Aviso — Aviso de demanda contencioso administrativa incoada por Michele Derlenda Platino López contra Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 28 de septiembre de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,454
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa M.D.C., 21 de septiembre del 2017 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado la Abogada Gladys Ondina Matamoros Arias, incoando demanda personal contra la Secretaría de Seguridad, con orden de ingreso No. 145-17, Se solicita reconocimiento de una situación Jurídica individualizada.- Que se adopten las medidas para su pleno restablecimiento ordenando el reintegro al trabajo del cual fui cancelada.- Pago de los salarios dejados de percibir más el reajuste a que tengo derecho en mi ausencia y me sean otorgados.- Y los beneficios en el Instituto de Previsión Militar.- Bonos.- Décimo tercero y décimo cuarto mes de salario.- Vacaciones comunes y corrientes.- Nulidad de un acto administrativo emitido con exceso y abuso de poder violentando garantías constitucionales.- Violentando el debido proceso.- Por violentar el derecho a defensa que es inviolable.- Que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo, y como consecuencia que se decrete la nulidad del mismo acuerdo número: 0622-2017 de fecha 24 de enero del 2017 contenido en el oficio SEDS-SG-0974-2017 de fecha 31 de enero del 2017 y notificado el 14 de marzo del 2017.- Poder .-Petición.- Especial condena en cosas.- Por violación de Derechos Humanos.- Por manchar el honor y estigmatizar a mi persona con esta cancelación me violenta el Derecho que tengo ya que estoy en el periodo de lactancia y me dejan a mi menor hija sin Seguro Social.- Se acompañan documentos debidamente autenticados.- Y se señala lugar donde obran otros.- Se relacionan hechos de la demanda con sus medios de prueba.- En relación al acto impugnado consistente en el Acuerdo N°. 0622-2017 de fecha 24 de enero de 2017. ABOG. LIKZA GISSEL MARTINEZ SUAZO SECRETARIA ADJUNTA 28 S. 2017 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al artículo cincuenta(50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro de abril del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado la señora Michel e Derlenda Platino López, incoando demanda personal contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso número 0801- 2017-00167, Demanda Contencioso Administrativa en materia de Personal.- Se solicita reconocimiento de una situación Jurídica Individualizada.- Que se Adopten las medidas para su pleno restablecimiento ordenando el reintegro al trabajo del cual fui cancelada.- Pago de los salarios dejados de percibir más el reajuste a que tengo derecho en mi ausencia y me sean otorgados.- Y los beneficios en el Instituto de Previsión Militar.- Bonos.- Décimo tercero y décimo cuarto mes de salario.- Vacaciones comunes y corrientes.- Nulidad de un acto Administrativo emitido con exceso y abuso de poder violentando garantías constitucionales.- Violentando el debido proceso.- por violentar el derecho a defensa que es inviolable.- Que se declare no ser conforme a Derecho de un acto administrativo y como consecuencia que se decrete la nulidad del mismo acuerdo número: 0603-2017 de fecha 24 de enero del 2017 contenido en el oficio SEDS-SG-0955-2017 de fecha 31 de enero del 2017 y notificado el 14 de marzo del 2017.- Poder.- Petición.- Especial condena en costas.- Por violación de Derechos Humanos.- Por manchar el honor y estigmatizar a mi persona.- Se acompañan documentos debidamente autenticado.- Y se señala lugar donde obran otros.- se relacionan hechos de la demanda con sus medios de prueba. Se impugna el Acuerdo de Cancelación número 0603-2017 de fecha 24 de enero del 2017 contenido en el oficio SEDS-SG-0955-2017 de fecha 31de enero del 2017 y notificado el 14 de marzo del 2017 emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 28 S. 2017 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticinco (25) de julio de dos mil diecisiete (2017), compareció a este Juzgado el Abogado ALBERTO GARCIA FORTIN, en su condición de Apoderado Legal de la sociedad mercantil denominada DISTRIBUIDORA SOLIS, S.A. DE C.V., incoando demanda en materia Ordinaria con orden de ingreso número 0801-2017-00381 contra el Estado de Honduras a través de Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular por infracción del ordenamiento Jurídico consistente en la Resolución DGPC-329- 2017 de fecha (06) de junio del año dos mil diecisiete (2017), emitida por la Dirección General de Protección al Consumidor de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento.- Habitación de días y horas inhábiles.- Se acompañan documentos.- Se acredita poder.- Condena en costas.- En relación con la Resolución DGPC-329-2017, de fecha 06 de junio de 2017 y notificada en fecha 21 de julio de 2017.- RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 28 S. 2017