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24 de abril de 2017Vigente

Aviso No. 168-16 — Demanda por Nulidad de Actos Administrativos por Cancelación Injusta de Personal

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 168-16
  • Publicación: 24 de abril de 2017
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 34,321

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción,a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de abril de 2016,los Abogados Josué Ariel Alonzo Cruzy Rosman Wilfredo Montiel Flores, en su condición de apoderados de las señoras Karina Mariel Espinal, Zoila Amparo Lemus García,Ana Daysi García Agüero, Diana Lizeth Nelson Rivera, Florencia Bethel Argeñal Calona,Zarina Mercedes Lagos,Yolany Regina Godoy yYiny Mar en a Gómez Cálix, interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 168-16, demanda en materia personal para que se declare la nulidad de actos administrativos por cancelación de manera injusta, ilegal y arbitraria.- Por la violación a garantías constitucionales el derecho a la estabilidad laboral.- El derecho a su antigüedad y los derechos adquiridos.- La garantía del debido proceso.- Derecho a la defensa.- Y al principio de legalidad.- Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a sus puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones por medio de la secretaría de Finanzas a través de la Dirección adjunta de Rentas Aduaneras,o en su caso a la nueva institución creada o la dependencia que se les notifique.-A título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se produzca sus reinstalaciones.- Reconocimiento de antigüedad laboral.-Los incrementos de salarios en ausencia,y a sean generales o selectivos en los cargos de igual categoría.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales.- Nulidad de los Acuerdos de Nombramientos de los sustitutos.- Costas. En relación con los Acuerdos No. CLD-S-0026-2016, CLD-S-0350-2016, CLD-S-0656-2016, CLD-S-0196-2016, CLD-S-0316-2016, CLD-S-0220-2016, CLD-S-560-2016YCLD-S-0165-2016, alegando que dichos actos no son conforme a derecho. LIC. LIKZA GISSEL MARTÍNEZ SUAZO SECRETARIA ADJUNTA 24 A. 2017

62 B. Sección B Avisos Legales