Aviso No. 0801-2016-00486 — Demanda en Materia de Personal - Lorenza Elizabeth Valeriano y Otras
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2016-00486
- Publicación: 24 de febrero de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,274
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de septiembre del dos mil dieciséis (2016), comparecieron ante este tribunal las señoras LORENZA ELIZABETH VALERIANO, SINTYA CAROLINA VALERIANO RAMÍREZ Y MARÍA DEL ROSARIO DURÓN, incoando demanda en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2016-00486 contra el Estado de Honduras a través del Hospital Escuela Universitario, para la nulidad de un Acto Administrativo (0167, 0168 y 0169).- El reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- El reintegro al cargo que hemos venido desempeñando o en su defecto el pago de prestaciones laborales. Salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha en que se ejecute la sentencia.- Benfecios, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, vacaciones, ajustes salarias y otros derechos que nos pudieran corresponder, más las costas del juicio. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 24 F. 2017. _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de abril de 2016, el Abogado Francisco Candido Flores Varela, en su condición de Apoderado Legal del señor SANTOS ORLANDO MORAZÁN PONCE, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 146-16 contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, pidiendo que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un Acuerdo de Cancelación por despido de un Servidor Público.- El reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- Pago de prestaciones laborales a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación por despido hasta la fecha en que se ejecute la sentencia.- Beneficios, décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones.- Gastos de representación.- Ajustes salariales y otros derechos, más las costas del juicio. LIC. KARINA E. GALVEZ REYES SECRETARIA ADJUNTA 24 F. 2017.
Sección B Avisos Legales