Aviso No. 0801-2016-00171 — Demanda de nulidad de actos administrativos por cancelación de trabajadores
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2016-00171
- Publicación: 1 de febrero de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,254
Texto completo
AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de abril del 2016, los señores MARINA ELIZABETH VÁSQUEZ CHACON, HIPOLITA REYES MARTÍNEZ, MANUELA FLORES ANDINO, JOSÉ ALEXIS ORDÓÑEZ, interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2016-00171, incoando demanda en materia de Personal para que se declare la Nulidad de Actos Administrativos por cancelación de manera injusta, ilegal y arbitraria. Por la violación a garantías Constitucionales el derecho a la estabilidad laboral. El derecho a su antigüedad y los derechos adquiridos. La garantía del debido proceso. Derecho a la defensa. Y al principio de legalidad. Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a sus puestos de trabajo en iguales o mejores condiciones por medio de la Secretaría de Finanzas a través de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras, o en su caso a la nueva institución creada. O la dependencia que se les notifique. A título de daños y perjuicios, el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se produzca sus Reinstalaciones. Los incrementos de salarios en ausencia ya sean generales o selectivos en los cargos de igual categoría. Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales. Nulidad de los Acuerdos de nombramientos de los sustitutos. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición. Poder. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIA ADJUNTA 1 F. 2017 ---------------------------- JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 08 de abril de 2016, la Abogada Y a nori Hibeth Vásquez Chacón, quien interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.117-16, incoando demanda personal para que se declare nulidad de de un Acto Administrativo por cancelación de manera injusta, ilegal y arbitraria.- Por la violación a garantías constitucionales el Derecho a la estabilidad laboral. El Derecho a su antigüedad derechos adquiridos, la granita del debido proceso, Derecho a la defensa, y al Principio de Legalidad. Reconocimiento de la situación Jurídica Particular individualizada y para su pleno Restablecimiento se adopte como medida necesaria el Reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones por medio de la Secretaría de Finanzas a través de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras, o en su caso a la nueva institución creada, o la Dependencia que se me notifique, a Título de Daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se produzca sus reinstalaciones, los incrementos de salarios en ausencia ya sean generales o selectivos en los cargos de igual categoría, Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales. Nulidad del Acuerdo de nombramiento del sustituto. Costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición y Poder. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIA ADJUNTA 1 F. 2017 ---------------------------- JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 11 de abril de 2016, las señoras Nancy Carolina Ponce Martínez, Delmy Leticia Pineda Zepeda, Bertha Lidia Pavón Almendares, Blanca Melani Solano Hernández, interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.131-16, incoando demanda en Materia de Personal para que se declare la Nulidad de actos administrativos por cancelación de manera injusta, ilegal y arbitraria, por la violación a garantías Constitucionales del Derecho a la estabilidad Laboral, el Derecho a la antigüedad y los derechos adquiridos, la garantía del debido proceso, Derecho a la defensa, y al principio de legalidad, Reconocimiento de antigüedad laboral.Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro a nuestros puestos de trabajo en igual o mejores condiciones por medio de la Secretaría de Finanzas a través de la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras, o en su caso a la nueva institución creada, o la dependencia, que se les notifique a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de su cancelación hasta que se produzca las reinstalaciones. Los incrementos de salarios en ausencia ya sean generales o selectivos en los cargos de igual categoría.- Pago de décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas y proporcionales. Pago de Pre y Post Natal. Horas de Lactancia por despido en estado de embarazo. nulidad de los Acuerdos de nombramientos de los sustitutos, costas del juicio. Se acompañan documentos. Petición. Poder. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIO ADJUNTO 1 F. 2017
Aviso de Licitación Pública República de Honduras INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR A RRENDAMIENTO DE EQUIPO AS / 4 0 0 P A R A P RODUCCIÓNY DESARROLL O L i citación Pública No. 0 1 - 2 0 1 7
- 1)
El Instituto de Previsión Militar(IPM),invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No.01-2017,a presentarofertas selladas para:Arrendamiento De Servidores As400 Para producción y Desarrollo.
- 2)
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional(LPN)establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- 3)
Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación,presentando un CD en blanco yuna solicitud dirigida al Coronel de Comunicaciones José Ernesto Leva Bulnes en el segundo nivel,en las oficinas del Departamento de Compras y Licitaciones en el Edificio IPM,en el Boulevard Centroamérica, costado norte al INPREMA , a partir del lunes 23 de enero al v iernes 0 3 de febrero del 2 0 1 7 en un horario de 8 : 3 0 0 A.M..a 4:00 P. M.
- 4)
Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: En el segundo nivel del edificio IPM,en el Boulevard Centroamérica costado Norte al INPREMA a más tardar a las 9:30 A.M., del jueves 02 de marzo de 2017. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:00 A.M., del jueves 02 de marzo de 2017. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%)del monto total dela oferta, únicamente en moneda nacional. Tegucigalpa, 19 de enero de 2017. Coronel de Comunicaciones DEM José Ernesto Leva Bulnes 1 F. 2017.