Aviso — Aviso de demanda en materia contencioso administrativa por SILVIA ARACELY TURCIOS TORRES
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 31 de enero de 2017
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,253
Texto completo
Sección “B” El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de noviembre del dos mil dieciséis 2016, compareció a este juzgado la señora SILVIA ARACELY TURCIOS TORRES, quien confirió poder al Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, incoando demanda en materia personal, a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801-2016-00614, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Para la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto; y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene, a través de sentencia definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos.- Se impugna el Acuerdo No. 2350-2016 de fecha 14 de octubre de 2016, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. LIC.JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 31 E. 2017. _______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de octubre del dos mil dieciséis 2016, compareció a este juzgado el señor RAMON WIGBERTO CÁLIX RIVERA, quien confirió poder al Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, incoando demanda en materia Personal, a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801-2016-00517, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Para la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal que fue objeto y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene, a través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde su ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos.-Se impugna el Acuerdo No. 2216-2016, de fecha 8 de Septiembre de 2016, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. LIC.JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 31E.2017. _______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (3) de noviembre del dos mil dieciséis 2016, compareció a este juzgado el señor EDSON JAVIER NAVARRO VÁSQUEZ, quien confirió poder al Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, incoando demanda en materia personal, a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801-2016-00552, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Para la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, que se reconozca la situación jurídica individualizada; por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto y como medida para el restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se me reintegre a mi antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales desde la fecha de mi cancelación hasta la ejecución de la sentencia; además se me otorguen los ascensos a mi grado inmediato superior al que tenía cuando fui despedido.- Se impugna el Acuerdo No. 2303-2016, de fecha 3 de octubre de 2016, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. LIC.JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 31E.2017.
Sección B Avisos Legales JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (7) de noviembre del dos mil dieciséis 2016, compareció a este juzgado el señor JACINTO GÓMEZ COREA, quien confirió poder al Abogado JOSÉ ARMANDO ESPINAL, incoando demanda en materia personal, a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801- 2016-00585, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Para la nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder, que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal que fue objeto y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de percibir, con los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos.- Se impugna el Acuerdo No. 2409-2016 de fecha 14 de octubre de 2016, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 31 E. 2017. _______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación al artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete de noviembre del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado el señor Justo José Paguada López quien confirió poder al Abogado José Armando Espinal, incoando demanda personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso número 0801-2016-00587 incoando demanda en materia personal para la anulación del Acuerdo Número 2387-2016 nulidad de un acto administrativo particular por infracción al ordenamiento jurídico establecido, quebrantamiento jurídico de formalidades y esenciales, exceso y desviación de poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medidas necesarias para su pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene a través de Sentencia Definitiva el reintegro a mi antiguo puesto de trabajo, más los ascensos a los grados inmediatos superiores que tenía al momento de ser despedido de manera ilegal por parte de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos, pago de vacaciones, décimo tercer mes, décimo cuarto mes y demás beneficios colaterales que se pudieran generar desde mi ilegal cancelación hasta el momento en que dicha sentencia sea ejecutada.- Se acompañan documentos. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 31 E. 2017.