Aviso No. 2016-037994 — Solicitud de registro de marca de fábrica - TOPAZ - Coex Exportadora (Honduras), S.A. de C.V.
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2016-037994
- Publicación: 10 de enero de 2017
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 34,235
- Categoria: Mercantil
Texto completo
[1] Solicitud: 2016-037994 [2] Fecha de presentación: 20/09/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR [4] Solicitante: COEX EXPORTADORA (HONDURAS), S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
- B)
REGISTRO EXTRANJERO [[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
- C)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TOPAZ [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Café, sus derivados, sucedáneos del café, incluyendo bebidas a base de café.
- D)
APODERADO LEGAL [9] Nombre: BÁRBARA REYES SALINAS. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de octubre del año 2016. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 26 D. 2016, 10 y 24 E. 2017 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucilpa, M.D.C., 16 de agosto de 2016 A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, compareció a este Juzgado el señor Dennis Agustín Godoy Ramos, incoando demanda Personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Seguridad, con orden de ingreso No.522-2016, Se solicita reconocimiento de una situación jurídica individualizada y que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento, entre ellas el pago de la indemnización correspondiente a través de las prestaciones laborales y el pago de salarios dejados de percibir. Se acompañan documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales. Se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de pruebas. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena de costas a la parte demandada. En relación al acto impugnado consistente en el Acuerdo de cancelación No. 2223- 2016 del 08 de septiembre de 2016. ABOG. HERLON DAVID MENJIVAR SECRETARIO ADJUNTO 10 E. 2017