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8 de agosto de 2018Vigente

Aviso No. 0801-2017-00507 — Aviso de demanda contencioso-administrativa - Nivelación Salarial vs. Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2017-00507
  • Publicación: 8 de agosto de 2018
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 34,713

Texto completo

República de Honduras A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50 ) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 22 de julio de 2016, compareció a este Juzgado el Abogado César Arturo Heller Portillo, incoando demanda en materia de Personal contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso No. 0801-2016-00359, para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales para su formación. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para su pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los salarios dejados de percibir o, en su defecto, el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Condena en costas. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS ÁVILA SECRETARIO ADJUNTO 8 A. 2018. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50 ) de la Ley de ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de marzo del dos mil diecisiete, compareció a este Juzgado el Abogado José Ramón Lamothe Rosales, incoando demanda ordinaria contra el Banco Central de Honduras, con orden de ingreso No.150-2017, para que se declare la nulidad de un acto administrativo contenido en las resoluciones N°. 23-1/2017, sección N°. 3658, N°. 24-1/2017, sección N°. 3658, N°. 25-1, sección N°. 3658, dictadas el 19 de enero del año dos mil diecisiete por el Directorio del Banco Central de Honduras. El reconocimiento de una situación jurídica individualizada contentivo del pago de beneficio de jubilación en aplicación de lo establecido en el Artículo 38 del Plan de Asistencia Social del Banco Central de Honduras y el Decreto Legislativo N°. 92-2014, contentivo de la Ley de Reconocimiento de Cotizaciones Individuales y Aportaciones Naturales entre Institutos Públicos de Previsión Social. En relación al acto impugnado consistente en Relación a las resoluciones 23-1/2017 sección N°. 3658, 24-1/2017 sección N°. 3658, 25-1/2017 sección N°. 3658. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS ÁVILA SECRETARIO ADJUNTO 8 A. 2018 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50 ) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 07 de noviembre de 2017, compareció a este Juzgado el Abogado Edmond Gabriel Madrid Romero, incoando demanda en procedimiento Ordinario contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso No. 0801-2017-00507, para que se declare de que no es conforme a derecho un acto particular de la Administración Pública y por consiguiente se anule el mismo por infracción del ordenamiento jurídico. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos de los administrados y para su pleno restablecimiento se reconozca el derecho a la nivelación salarial y demás derechos conexos y se condene hacer efectivo el mismo. Costas. Se acompañan documentos. Manifiesto mi intención de cumplir con los requisitos que manda la ley. En relación al acto impugnado consistente en la Resolución número 102-2017, de fecha 11 de julio de 2017. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS ÁVILA SECRETARIO ADJUNTO 8 A. 2018. ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O