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26 de junio de 2019Vigente

Aviso No. 0801-2017-00281 — Demanda Contenciosa Administrativa - Norma Zobeida Narváez Rodríguez contra Ministerio Público

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2017-00281
  • Publicación: 26 de junio de 2019
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 34,980

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en la ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación al artículo (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: que en fecha veintisiete de marzo del años dos mil diecinueve, el abogado Allan Leonel Reyes Portillo, actuando en su condición de apoderado judicial del señor Roberto Javier Chacón Tejeda, interpuso demanda contra el Tribunal Superior de Cuentas, a través de su representante legal el señor Roy Pineda Castro, en su condición de Presidente Magistrado, dicha demanda en materia ordinaria se encuentra registrada bajo el número No. 19-2019, con correlativo No. 0501-2019-00016-LAO, en este despacho y tiene como finalidad que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución definitiva emitida por el Tribunal Superior de Cuentas número 210-2014-SC-TSC, de fecha trece de febrero del año dos mil catorce y la resolución número 087-2016-SG-TSC-RR, de fecha veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis, asimismo solicita que se reconozca una situación jurídica individualizada, se adopten las medidas necesarias para su restablecimiento del derecho subjetivo violado y especial condena en costas.- San Pedro Sula, Cortés, 29 de mayo del 2019. Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario 26 J. 2019. _______ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 31 de octubre de 2016, compareció al Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de la ciudad de San Pedro Sula, Cortés la señora Norma Zobeida Narváez Rodríguez, quien confirió poder al Abogado JULIO CÉSAR LAGOS REYES, promoviendo demanda en materia de personal contra el Estado de Honduras a través del Ministerio Público con orden de ingreso No.0801-2017-00281, Juzgado que se excusó de conocer en la presente causa previa aprobación de la Corte Suprema de Justicia, Sala Laboral Contencioso Administrativo conociendo de la presente causa ahora el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, del departamento de Francisco Morazán, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal emitido por el Ministerio Público a través de la Fiscalía General de la República, consistente en el Acuerdo de Cancelación número FGR/OFCH/No. 395-2016 de fecha 26 de septiembre de 2016, por no ser conforme a derecho, que se declare la ilegalidad y su nulidad por infracción al ordenamiento jurídico quebrantamiento de formalidades esenciales y evidente exceso de poder que se reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido separada ilegal e injustificadamente, para su pleno restablecimiento se adopten las medidas necesarias como ser el pago de prestaciones sociales y a título de daños y perjuicios, los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser vacaciones, causadas y proporcionales, décimo tercer y décimo cuatro mes, a partir de la fecha de suspensión del ejercicio del cargo hasta que conforme a las reglas procesales quede firme el fallo que al efecto se dicte, habilitación de días y horas inhábiles, notificación subsidiaria, condena en costas, se acompañan documentos, se confiere poder. ABOG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 26 J. 2019. _______ Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.