Aviso No. 87-2023-S.P.S. — Demanda Contenciosa Administrativa - Nulidad de Acuerdo de Cancelación en Materia Personal
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Decreto: 87-2023-S.P.S.
- Publicación: 17 de agosto de 2023
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, San Pedro Sula
- Gaceta: 36,310
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de febrero del año dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el señor Nelson Josué Cárcamo Quiroz, incoando demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, con orden de ingreso No.0801-2023-00233, para que se declare nulo un acto administrativo de carácter particular de la administración pública consistente en el ACUERDO No. 193-2023, de fecha 27 de enero del 2023, emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, por infracción del ordenamiento jurídico, por exceso y desviación de poder, declarar la ilegalidad del mismo. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por cancelación ilegal e injusta y como medida para el pleno restablecimiento de su derecho subjetivo violado se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al cargo que ocupaba funcionalmente como Planificador I de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG) o al cargo de Promotor de Desarrollo Comunal I nombrado, antes de conceder me cesantía, sin haberla solicitado, lo que equivale a una despido injusto e ilegal mediante el Acuerdo No. 193-2023, más el pago de salarios caídos dejados de percibir desde la fecha de su cancelación y demás derechos que le correspondan y se produzcan durante la secuela del juicio hasta que quede firme la sentencia definitiva, más las costas del juicio.- Se acompañan documentos .- Poder. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARIA, POR LEY 17 A. 2023 ______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.