Aviso No. 0801-2022-01570 — Demanda Ordinaria Contenciosa Administrativa - Continental Towers Honduras, S. de R.L. de C.V.
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2022-01570
- Publicación: 23 de mayo de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,845
Texto completo
Que en fecha veintiocho (28) de septiembre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la Abogada Andrea Ninoska Pereira Flores, Representante Procesal de la Sociedad Mercantil denominada Continental Towers Honduras, S. de R.L. de C. V., con orden de ingreso número 0801-2022-01570, contra el Estado de Honduras a través de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, incoando demanda ordinaria para que se declare no conforme a derecho y en consecuencia se anule absolutamente un acto administrativo de carácter particular consistente en la Resolución Número 072- 2021-TA A dictada por la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil (AHAC), contra la cual se presentó Recurso de Apelación resuelto por la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA) en la Resolución Número 097-2022, contra la cual, a su vez, se presentó recurso de Reposición resuelto por la misma Secretaría mediante Resolución Número 102-2022 notificada a mi mandante en fecha 17 de agosto del año 2022, por haberse dictado infringiendo el ordenamiento jurídico vigente, desproporcionalidad de la medida impuesta, exceso de poder desconociendo un derecho adquirido.- Que se declare el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas para su restablecimiento.- Se anuncian medios de prueba.- Se acompañan documentos.- Se señala el lugar donde obran otros documentos.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Condena especial en costas. ABG.CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 23 M. 2025 ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: