Aviso No. 2024-5953 — Solicitud de registro de marca de fábrica YIMZONT - Novartis AG
Registro de la Propiedad Industrial
- Decreto: 2024-5953
- Publicación: 14 de mayo de 2025
- Órgano emisor: Registro de la Propiedad Industrial
- Gaceta: 36,837
- Categoria: Mercantil
Texto completo
YIMZONT Número de Solicitud: 2024-5953 Fecha de presentación: 2024-09-09 Fecha de emisión: 31 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
- A)
TITULAR Solicitante: Novartis AG Domicilio: 4002 Basel, Suiza
- B)
PRIORIDAD:
- C)
TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa
- D)
APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET
- E)
CLASE INTERNACIONAL (5)
- F)
ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
- G)
- H)
Reservas/Limitaciones: IMZAF
- I)
Reivindicaciones:
- J)
Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparados antifúngicos; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; preparados farmacéuticos dermatológicos; preparados farmacéuticos inhalados para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparados farmacéuticos que actúan sobre el sistema nervioso central; preparados y sustancias farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, el sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario; preparados farmacéuticos para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmunológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades renales; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de trastornos cutáneos; preparados farmacéuticos para uso en dermatología; preparados farmacéuticos para uso en urología; preparados farmacéuticos para uso oftalmológico; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento del cáncer y los tumores; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de alergias; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades óseas; preparados farmacéuticos para la prevención y tratamiento de enfermedades respiratorias y asma, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 28 A., 14 y 29 M. 2025
Leyes relacionadas
- Acuerdo — Acuerdo entre la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y el Gobierno de Honduras sobre Condiciones de Ejecución del Proyecto de Gestión Resiliente del Corredor Vial CA-13
- Aviso No. 2023-5953 — Solicitud de registro de marca de fábrica TORO LOCO (Decreto 2023-5953, 2024)
- Aviso No. 2023-5953 — Registro de Marca de Fábrica - TORO LOCO (Decreto 2023-5953, 2024)
- Acuerdo Ministerial No. SETRASS-160-2024 — Protocolo de Inspección del Trabajo: Discriminación de Género en el Empleo y la Ocupación — Este protocolo establece los procedimientos que deben seguir los inspectores de trabajo en Honduras para detectar, investigar y sancionar la discriminación de género en el empleo y ocupación. Afecta a empleadores y trabajadores, creando un sistema uniforme para recibir denuncias sobre acoso laboral, hostigamiento sexual, brecha salarial y otras formas de discriminación, con el propósito de garantizar igualdad de oportunidades en el trabajo. (Decreto SETRASS-160-2024, 2024)
- Acuerdo-SETRASS-160-2024 — Este acuerdo aprueba un protocolo que instruye a los inspectores de trabajo en Honduras sobre cómo identificar, investigar y sancionar la discriminación de género en el empleo. Establece procedimientos unificados para atender denuncias de malos tratos, acoso laboral, hostigamiento sexual y brechas salariales, protegiendo los derechos de trabajadores y trabajadoras mediante inspecciones ordinarias, extraordinarias y de asesoría técnica. (Decreto SETRASS-160-2024, 2024)