Aviso No. 0801-2024-00071 — Aviso de Demanda Contencioso Administrativa - Sara Lorena Andino Lagos contra Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2024-00071
- Publicación: 10 de abril de 2025
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Gaceta: 36,813
Texto completo
Que en fecha veinticuatro (24) de enero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la señora SARA LORENA ANDINO LAGOS, incoando demanda contencioso-administrativa en materia de personal con orden de ingreso número 0801-2024-00071, en contra del Estado de Honduras a través de LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, contraída a solicitar “se interpone demanda especial contencioso administrativa para que se declare la ilegalidad y nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por haberse emitido infringiendo el ordenamiento jurídico y no ser conforme a derecho.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su plena restablecimiento se me reintegre o restituya en mi cargo de igual o mejor categoría, más el pago de los sueldos dejados de percibir que me corresponden a partir de la fecha de mi cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrado al cargo, más el pago de los derechos adquiridos, como decimotercer y cuarto mes de salario y vacaciones que me correspondan.- Así como los aumentos de salario que se otorguen al cargo que desempeñaba hasta que se ejecute la sentencia condenatoria que se dicte.- Se acompañan documentos.- Poder. "Esto en relación con el Acuerdo de Cancelación NO. 062-2024 de fecha quince (15) de enero del dos mil veinticuatro (2024). ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CACERES SECRETARIO ADJUNTO 10 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: