Aviso No. 0801-2018-00148 — Aviso de Demanda Ordinaria por Nulidad de Actos Administrativos del INPREMA
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2018-00148
- Publicación: 15 de agosto de 2018
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,719
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha13de abril del año2018,los Abogados Víctor Antonio Fernández Guzmán y Ronis Rodil Vásquez Florentino en su condición de representantes procesales de los señores Alma Yolanda Domínguez Valle, Ranulfo Germán Torres Hernández, Aníbal Roberto Barahona Torres, José Arturo Zavala Castro y otros demandantes, comparecieron ante este Juzgado con orden de ingreso No. 0801-2018-00148, contra el Estado de Honduras a través del Instituto de Previsión del Magisterio (INPREMA), incoando demanda Ordinaria para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular, por no haber sido dictado conforme a Derecho e Infringir el ordenamiento jurídico constitucional y convencional el cual consiste en A) No. DAL/159/12-09- 2017 resolución administrativa dictado por el Directorio de Especialistas de Imprema; y, B) Resolución No. DAL/244/20-12-2017 que resuelve la reposición presentada contra el acto administrativo supramencionado, ambas por no ser conforme derecho. Se declara la nulidad y se reconozca una situación jurídica individualizada de cada uno de los peticionarios y adoptar como medida necesaria para el pleno restablecimiento de sus derechos, la instrucción al Instituto Nacional de Previsión del Magisterio de tramitar el beneficio de jubilación a favor de cada uno de nuestros representados, quienes oportunamente la solicitaron de conformidad con la Ley del 15 de julio de 1980. Costas del juicio. Se acompañan documentos. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 15A. 2018. _________
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