Aviso — Aviso de Tarifas Aeroportuarias - Nueva Estructura Tarifaria
Interairports, S.A. / Superintendencia de Alianza Público y Privada
- Publicación: 28 de marzo de 2018
- Órgano emisor: Interairports, S.A. / Superintendencia de Alianza Público y Privada
- Gaceta: 34,604
Texto completo
AEROPUERTOS DE HONDURAS TARIFAS AEROPORTUARIAS NUEVA ESTRUCTURA TARIFARIA Interairports, S.A., informa que dando cumplimiento a la Cláusula 3.1.3 del Decreto 46-2000 contentivo del Contrato de Concesión de los Aeropuertos Internacionales de Honduras, presentó ante la Superintendencia de Alianza Público y Privada (SAPP), la solicitud de no objeción de la nueva estructura tarifaria, quien en el uso de las facultades investidas, en fecha doce (12) de febrero del año dos mil dieciocho (2018), emitió la Resolución 030- SAPP-12/02/2018 en la cual manifiesta su no objeción a la Estructura Tarifaria que a continuación se describe: La Estructura Tarifaria antes descrita tendrá vigencia a partir del 1 de abril del 2018 al 31 de marzo del 2019 y fue calculada en base al factor de inflación y de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Decreto 209-2003, aprobado por el Congreso Nacional de la República de Honduras, en fecha 12 de diciembre de 2003, en el cual se ratificó en todas sus partes la modificación No. 1 al Contrato de Concesión y su addendum. Las tarifas serán pagaderas en Dólares o su equivalente en Lempiras calculado el día que se efectúe el pago al tipo de cambio señalado en el Banco Central de Honduras. Tegucigalpa M.D.C., marzo 2018. GERENCIA GENERAL INTERAIRPORTS, S.A. 28 M. 2018. las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO:Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Las reformas o modificaciones de los estatutos de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA LA PAZ, DE RÍO LINDO, CORTÉS, se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA DE LA COLONIA LA PAZ, DE RÍO LINDO, CORTÉS. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 28 M. 2018.