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27 de marzo de 2018Vigente

Aviso — Comunicado de la Empresa Nacional Portuaria y Comisión Nacional Supervisora de Servicios Públicos sobre Renovación de Tarifas Portuarias

Empresa Nacional Portuaria (ENP), Comisión Nacional Supervisora de los Servicios Públicos (CNSSP)

  • Publicación: 27 de marzo de 2018
  • Órgano emisor: Empresa Nacional Portuaria (ENP), Comisión Nacional Supervisora de los Servicios Públicos (CNSSP)
  • Gaceta: 34,603

Texto completo

Sección “B” PUBLICACIÓN GENERAL La Empresa Nacional Portuaria(ENP)yla Comisión Nacional Supervisora de los Servicios Públicos (CNSSP), comunican al público en general que el Consejo Directivo de la Empresa Nacional Portuaria (ENP), reunido en Sesión Ordinaria No. 876 celebrada en San Pedro Sula, departamento de Cortés el día 27 de diciembre de 2017 y el Pleno de la Comisión Nacional Supervisora de los Servicios Públicos (CNSSP), mediante el Procedimiento de Consulta Directa auscultado el 16 de febrero del presente año resolvieron con carácter de Ejecución Inmediata, la aplicación de las disposiciones siguientes: 1- Renovar por un período de dos (2) años a partir del 26 de enero de 2018 al 26 de enero de 2020, la Aplicación de las Tarifas vigentes por Concepto de Servidumbre y Monitoreo del Tráfico de Contenedores y Vehículos Importados que transitan por el Portón No.1 del Recinto Portuario de Puerto Cortés, consignados a la Empresa Tela Rail Road Company, actualmente bajo la titularidad de Chiquita Honduras Company Limitada, cuyo vencimiento contractual de estas disposiciones vencieron el 25 de enero del presente año.- Los cargos de las tarifas por cada movimiento unitario serán los siguientes: US$. 2.50 por Contenedor lleno; US$.1.00 por Contenedor vacío que ingrese o salga; y US$.10.00 por cada vehículo comercial que ingrese o egrese por el Portón No.1 del Recinto Portuario anteriormente mencionado, ambos aplicables en cada movimiento. 2- Ampliar la vigencia de la Tarifa Adicional por concepto de Sobrecargo de US$.2,300.00 por cada Maniobra de Atraque con igual valor para la Maniobra de Desatraque, en la prestación del Servicio de Remolcaje de Buques Transportadores de Petróleo y/o de sus derivados con tamaños mayores de 12,000 Toneladas de Registro Bruto (T.R.B) que atracan y zarpan del Puerto de San Lorenzo, Valle; por un período de dos (2) años contados a partir del 27 de enero de 2018 al 27 de enero de 2020. Para los efectos de aplicación práctica de Sobrecargo Tarifario, se especifica así: B) CARGO ADICIONAL POR SERVICIOS DE REMOLCAJE A BUQUES TRANSPORTADORES DE PETRÓLEO Y/O DE SUS DERIVADOS EN EL PUERTO DE SAN LORENZO, VALLE, CUYO TAMAÑO SEA MAYOR DE 12,000 T.R.B. SECCIÓN: III.I DENOMINADA DERECHOS Y SERVICIOS A LOS BUQUES Partida 110: REMOLCAJE Inciso 4: Cargo adicional por Servicios de Remolcaje a Buques Transportadores de Petróleo y/o de sus derivados, cuyo tamaño sea mayor de 12,000 T.R.B. que arriben y zarpen del Puerto de San Lorenzo, Valle. Base Tarifaria: Por Maniobra de Remolcaje a Buques Petroleros. Sobrecargo Tarifario: US$ 2,300.00 por Maniobra de Remolcaje, Atraque y Desatraque, por cada movimiento. Tegucigalpa, M.D.C., 15 de marzo de 2018. EMPRESA NACIONAL PORTUARIA (ENP) COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS (CNSSP) 27 M. 2018.