Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
3 de enero de 2018Vigente

Aviso No. 2017-039867 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica +KOTA & DISEÑO

Instituto de la Propiedad / Registro de Propiedad Industrial

  • Decreto: 2017-039867
  • Publicación: 3 de enero de 2018
  • Órgano emisor: Instituto de la Propiedad / Registro de Propiedad Industrial
  • Gaceta: 34,532
  • Categoria: Mercantil

Texto completo

[1] Solicitud: 2017-039867 [2] Fecha de presentación: 19/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES AGUIRRE CALDERON, SOCIEDAD ANONIMA (INACSA) [4.1] Domicilio: Oficina colonia Matamoros, Residencial Tepeyac, calle Gracias a Dios, media cuadra arriba de Embajada de Venezuela, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: +KOTA & DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos veterinarios.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Otto Edwing Cerrato Sánchez USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 15 de noviembre del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 30 N., 15 D. 2017 y 3 E. 2018. TERCERO: Declarar improcedente a la solicitud de Ampliación de ciudades para operar Máquinas Tragamonedas por no cumplir con los requisitos establecidos en el Acuerdo 08-2004, de fecha trece de mayo del dos mil cuatro; Así mismo declarar sin lugar la solicitud de Autorización para el funcionamiento y Operación de los juegos de bingos, permanentes, manuales o electrónicos con fines de lucro.- CUARTO: Se prohíbe a la Sociedad Mercantil:

    • a)

      Transferir, traspasar u otorgar en concesión, a cualquier título el permiso, so pena de la cancelación inmediata del mismo;

    • b)

      Admitir en el establecimiento a personas menores de veintiún años y de vender bebidas alcohólicas de cualquier clase, so pena de la cancelación inmediata del permiso; y,

    • c)

      Ampliar el número de máquinas autorizadas y cambiar el lugar de establecimiento, total o parcialmente dentro o fuera del término municipal para el que fue autorizado, sin previa autorización de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, so pena de la cancelación inmediata del permiso. QUINTO: Extender un certificado el cual se deberá exhibir en el lugar más visible al público del establecimiento en donde opere las máquinas tragamonedas, conforme a lo establecido en el artículo 18 del Acuerdo 08-2004. SEXTO: La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: La presente resolución debe ser publicada a costas del interesado en el Diario Oficial LA GACETA. OCTAVO: Transcribir la presente Resolución, al Servicio de Administración de Rentas (SAR); Gobernaciones Departamentales de: Francisco Morazán, Cortés, Islas de la Bahía,Atlántida y Yoro; a las Alcaldías Municipales de: Tegucigalpa, San Pedro Sula, Roatán, La Ceiba, Tela y El Progreso; Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad; Instituto Hondureño de Turismo, con el propósito de dar estricto cumplimiento a la presente Resolución. NOVENO: Previo a extender la Certificación de la presente resolución el interesado deberá acreditar la cancelación de doscientos Lempiras (L.200.00) de conformidad con lo establecido en el Artículo 49 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto Legislativo No. 17-2010 de fecha 21 de abril de 2010.- NOTIFÍQUESE. (F y S) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN (F y S) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete (2017). RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 3 E. 2018.

      Marcas de Fábrica