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30 de noviembre de 2019Vigente

Aviso No. 385-19 — Aviso de demanda por nulidad e ilegalidad de acto presunto en sentido negativo

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 385-19
  • Publicación: 30 de noviembre de 2019
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 35,112

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 28 de octubre de 2019, los señores Bessy Janeth Ordóñez Castillo, Luis Antonio Romero Salas, Ada Matilde Suazo López y Jorge Edgardo Aceituno Sabillón, comparecieron ante este Juzgado interponiendo demanda personal con orden de ingreso No. 385-19 contra la Secretaría de Estado en los Despacho de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), para que mediante proceso especial por no ser conforme a derecho, se declare la nulidad e ilegalidad de un acto presunto en sentido negativo, producido por el silencio, en el reclamo administrativo, contraído entre otros a “Que se otorgue nivelación salarial, aumentos anuales de acuerdo al índice inflacionario. Nombramiento de asesores legales”.- Y consecuentemente el reconocimiento de una situación jurídica individualizada.- Y para su pleno restablecimiento, se adopten medidas necesarias mediante las cuales se condene al demandado a hacer efectiva la nivelación salarial y los demás beneficios solicitados en el reclamo administrativo, a partir de la instauración del mismo.- Y en concepto de daños y perjuicios, se le condene al pago del interés legal sobre las cantidades obtenidas, hasta que se cumpla con la obligación.- Habilitación de días y horas inhábiles.- Especial condena en costas.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder, en relación con acto presunto en sentido negativo producido por el silencio administrativo, alegando que dicho acto no es conforme a derecho. ABOG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 30 N. 2019. _____ LA no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito PODER JUDICIAL HONDURAS JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN