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30 de septiembre de 2019Vigente

Aviso No. 0801-2019-00270 — Demanda de nulidad de acto administrativo - Cancelación de nombramiento

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2019-00270
  • Publicación: 30 de septiembre de 2019
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 35,062

Texto completo

AVISO El infrascrito Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta(50)de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno de julio del dos mil diecinueve, compareció a este Juzgado la señora HILDA RUDY MONDRAGÓN RIVERA, incoando demanda personal contra el Estado de Honduras a través de la COMISIÓN INTERVENTORA DEL HOSPITAL ESCUELA,con orden de ingreso No.0801-2019- 00270, demanda para la nulidad de un acto administrativo de carácter particular que anula un acuerdo de nombramiento de un servidor público según Acuerdo de Cancelación N°. 0192 con acción personal 144 con efectividad de fecha 11 de julio del 2019 emitida por la Comisión Interventora del Hospital Escuela.- Que es el que se indica con toda precisión como el acto impugnado en la presente demanda.- Declarar la ilegalidad del acto y su nulidad por haber emitido el mismo al margen de la Ley.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada.-Adopción de medidas para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado.- Pagos de salarios adeudados desde el 20 de julio del año 2016, en vista que me suspen dieron dichos salarios.- Pago de mis prestaciones laborales.- Y a título de daños y perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha de cancelación de mi acuerdo de nombramiento hasta que conforme a las normas procesales quede firme la sentencia condenatoria.- Espacial condena en costa a la parte demandada.- Poder.- Se anexan documentos. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 30 S. 2019. _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A.