Aviso — Declaración de Zona Catastrada - Municipio de Trujillo, Colón
Instituto de la Propiedad - Unidad Administradora de Proyectos
- Publicación: 20 de junio de 2019
- Órgano emisor: Instituto de la Propiedad - Unidad Administradora de Proyectos
- Gaceta: 34,975
Texto completo
El Instituto de la Propiedad a través de la Unidad Administradora de Proyectos del Instituto de la Propiedad, al público en general INFORMA: que habiéndose vencido el plazo establecido en el Artículo 64 de la Ley de Propiedad, equivalente a 30 días, para que los propietarios(as), ocupantes y tenedores(as) de inmuebles (predios) que conforman los siguientes Barrios, Colonias, Lotificaciones, Cooperativas, Caseríos y Aldeas del municipio de Trujillo, departamento de Colón, hayan acudido a las oficinas habilitadas para tal efecto (Mesas de Validación) a solicitar las correcciones de errores u omisiones al momento del Levantamiento del Catastro. En tal sentido, la Unidad Administradora de Proyectos del Instituto de la Propiedad, DECLARA: “ZONA CATASTRADA”, el área que comprenden los Barrios, Colonias, Lotificaciones, Cooperativas, Caseríos y Aldeas del municipio de Trujillo, de- par tamento de Colón. Artículo 67 de la Ley de Propiedad Una vez realizada la Vista Pública Administrativa y agotado el proceso de validación del Levantamiento Catastro Registral de una zona catastral, el Instituto de la Propiedad (IP) procederá a declarar la zona como “Zona Catastrada". Para los predios catastrados regulares se abrirá el Folio Real correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 10 de mayo de 2019. Ramón Álvarez Mejía Coordinador General de la Unidad Administradora de Proyectos Instituto de la Propiedad 20 J. 2019.