Aviso No. 0801-2018-00411 — Aviso de Demanda en Materia de Personal - Declaración de Nulidad de Acuerdo de Cancelación
Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2018-00411
- Publicación: 8 de marzo de 2019
- Órgano emisor: Juzgado de Letras Contencioso Administrativo
- Gaceta: 34,890
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 19 de noviembre de 2018, compareció ante este Juzgado el señor LIESTER BALLARDO GUNERA AMADOR, incoando demanda en Materia de Personal, con orden de ingreso número 0801-2018-00411, para que se declare la nulidad de un acto particular de la Administración Pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación por restructuración de la Policía Nacional número 1963-2018 de fecha 17 de agosto del año 2018, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, dictado con infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades esenciales establecidas, consecuentemente que se declare la ilegalidad y su nulidad total de dicho acto. Se reconozca una situación jurídica individualizada por haber lesionado derechos del administrado y para el pleno restablecimiento que se ordene mi reintegro, al puesto de trabajo conforme al grado, en iguales o en mejores condiciones a las establecidas. Se ordene el pago de los salarios dejados de percibir, décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y demás derechos, a partir de la fecha que se canceló el acuerdo de nombramiento hasta la fecha quede firme la sentencia definitiva condenatoria. En especial condena en costas por haberme despedido sin justa causa, con violación a los principios de defensa y el debido proceso; o en su defecto el pago de las prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho corresponda hasta la fecha que se quede vencido en juicio. Se acompañan documentos. Se confiere poder. Petición. ABOG. MARVIN GEOVANNY RAMOS ÁVILA SECRETARIO ADJUNTO 8 M. 2019. _____ SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE CHICHICASTAL”, del municipio de Santiago Puringla, departamento de La Paz, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco días del mes de febrero de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 8 M. 2019. _____