Aviso — Demanda ordinaria de Fredis Alonso Cerrato Valladares contra INJUPEMP por devolución de deducciones
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Publicación: 16 de noviembre de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 35,773
Texto completo
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24) de agosto de dos mil veintiuno (2021 ), compareció ante este Juzgado el Abogado FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES quien actúa en causa propia, interponiendo demanda ordinaria con orden de ingreso número 00362-2021, juez n.5, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DEL PODER EJECUTIVO (INJUPEMP); para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo presunto negativo por silencio administrativo de carácter particular al no ser conforme a derecho por infracción del ordenamiento jurídico y quebrantamiento de formalidades esenciales. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y la adopción de medidas necesarias para el pleno restablecimiento de la misma, entre ellas que se condene al Estado de Honduras a tras del Instituto de Jubilaciones y pensiones de los empleados y funcionarios del poder ejecutivo (INJUPEMP) a la devolución de las cantidades de dinero deducidas de oficio en el mes de septiembre de dos mil diecinueve, del monto acumulado de once meses del beneficio de jubilación y de la mes a da de mi pensión por vejez en los meses de octubre de dos mil diecinueve, marzo de dos mil veinte, junio y julio de dos mil veintiuno, asimismo de las deducciones que se realicen durante la secuela del juicio, y al pago de los intereses causados desde la fecha que se realizó cada deducción y las que se realicen durante el proceso hasta el momento en que quede firme de la sentencia definitiva respectiva. ABOG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 16 N. 2021
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA