Aviso No. 0801-2019-00327 — Aviso de demanda contencioso administrativa incoada por Bessy Yolanda Bustamante Sánchez contra el Instituto Nacional para la Atención a Menores Infractores
Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Decreto: 0801-2019-00327
- Publicación: 14 de octubre de 2021
- Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
- Gaceta: 35,746
Texto completo
AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de septiembre del dos mil diecinueve (2019), comparecieron ante este juzgado la señora BESSY YOLANDA BUSTAMANTE SÁNCHEZ, incoando demanda Contencioso Administrativa en materia personal con orden de ingreso número 0801-2019-00327 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES, para que se declare no ser conforme a derecho un acto administrativo de carácter particular consistente en el Acto Tácito de la Administración Pública con fecha 20 de agosto del año 2019. emitido por el Instituto Nacional para la Atención de Menores Infractores.- Con infracción del ordenamiento jurídico, violentando el principio de legalidad y el debido proceso, con exceso de poder y quebrantamiento de formalidades esenciales.- Se señala que el acto impugnado no reúne los requisitos legales y formales de un acuerdo, pero el mismo en forma tacita produce los mismos efectos de un acuerdo de cancelación por cesantía de carácter expreso, notificado de manera defectuosa, por consiguiente que se declare su nulidad.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de mis derechos, el reintegro al cargo del cual fui cancelada o a otro de igual o mejor categoría y salario.- Pago de salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta hasta la fecha que mediante sentencia definitiva condenatoria sea reintegrada al cargo del cual fui cancelada, reconocimiento los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los demás derechos laborales que ocurran durante el proceso, como decimo tercero y cuarto mes de salario, vacaciones doblemente remuneradas y otros.- Costas de juicio.- Se acompañan documentos.- Poder. ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCIA SECRETARIA ADJUNTA 14 O. 2021 _________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO