Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 89-2019 — Elección de Consejeros del Consejo Nacional Electoral
Congreso Nacional
EL CONGRESO NACIONAL:
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.200-2018
de fecha 24 de enero de 2019, ratificado el 29 de enero de
2019, se reformó el Decreto No.131, de fecha 11 de enero
de 1982, contentivo de la Constitución de la República con
la finalidad de tomar medidas para la implementación de
un modelo electoral.
CONSIDERANDO: Que la reforma constitucional
conlleva la separación de las funciones electorales,
administrativas, técnicas y logísticas, por un lado y, las
jurisdiccionales electorales por otro, por lo que se crean:
el Consejo Nacional de Elecciones y el Tribunal de Justicia
Electoral.
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 205, Atribución 11 de la Constitución de
la República, corresponde al Congreso Nacional hacer la
elección de los Miembros del Tribunal Superior de Cuentas,
Procurador y Subprocurador General de la República,
Consejeros del Consejo Nacional Electoral y Magistrados
del Tribunal de Justicia Electoral, Fiscal General de la
República y Fiscal General Adjunto, Comisionado Nacional
de los Derechos Humanos, Superintendente de Concesiones,
Comisionados del Registro Nacional de las Personas.
CONSIDERANDO: Que para la escogencia de los
funcionarios que dirigirán estos nuevos órganos electorales
se ha agotado un proceso arduo por una Comisión
Multipartidaria integrada por todos los partidos políticos,
que, con apego a derecho, ha seguido el procedimiento
establecido en la Ley Especial para la Selección y
Nombramiento de Autoridades Electorales, del cual se han
seleccionado a los ciudadanos más idóneos y capaces.
CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido
en el Artículo 52 de la Constitución de la República el
Consejo Nacional Electoral está integrado por tres (3)
consejeros propietarios y dos (2) consejeros suplentes,
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C E R T I F I C A C I Ó N
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA
la resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN
No. 226-2019. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y
DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, siete
de febrero del dos mil diecinueve.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha
diecisiete de enero del dos mil diecinueve, la cual corre
agregada al expediente administrativo No. PJ-17012019-
34, por el Abogado EDWIN NATANAHEL SANCHEZ
NAVAS, quien actúa en su condición de apoderado legal de
la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL, con domicilio en la comunidad de El Carrizal,
municipio de La Iguala, departamento de Lempira; contraída
a solicitar la Personalidad Jurídica a favor de su representada.
ANTECEDENTE DE HECHO, en diecisiete de enero
del dos mil diecinueve, compareció ante esta Secretaría de
Estado, el Abogado EDWIN NATANAHEL SANCHEZ
NAVAS, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de
la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL, con domicilio en la comunidad de El Carrizal,
municipio de La Iguala, departamento de Lempira, a solicitar
la Personalidad Jurídica a favor de su representada.
MOTIVACIÓN FÁCTICA Y JURÍDICA
PRIMERO: Resulta que en el caso que nos ocupa, la
petición formulada por el impetrante, está contraída a pedir la
Personalidad Jurídica, de la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, para lo cual,
acompañó los documentos que se requieren para casos como
el indicado y que a nuestro juicio, justifican la petición por
él formulada.
SEGUNDO: En este sentido y según el análisis realizado,
se logra apreciar que corren agregados a los folios tres,
cuatro, cinco, seis al trece y del catorce al veintiuno (3, 4, 5,
6 al 13) y del (14 al 21) los documentos referentes a carta
poder, autorización al presidente para la contratación de
un abogado, certificación de punto de acta de constitución,
elección de Junta Directiva discusión y aprobación de
estatutos, las copias de las Tarjetas de Identidad de cada uno
de los miembros que integran su Junta Directiva así como
también el listado de asistencia.
TERCERO: La Constitución de la República, dispone en el
artículo 78, que: “…Se garantizan las libertades de asociación
y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público
y a las buenas costumbres…” según lo dispone la norma
constitucional antes reproducida, la Libertad de Asociación es
un derecho protegido por nuestra constitución en su artículo
78, derecho que posibilita o permite que los ciudadanos
constituyamos todo tipo de asociaciones sin importar las
tendencias; siempre y cuando éstas no sean contrarias a la
Ley, procurando con ello mejorar y defender las condiciones
de los grupos de interés con distintas tendencias ideológicas,
políticas o religiosas para el fortalecimiento de la sociedad
civil y la voz de la opinión pública, necesarias e indispensables
en un país democrático.
CUARTO: Por su parte el Código Civil en su Capítulo II,
artículo 56, se refiere a quienes la ley considera como Personas
Jurídicas: “…1º El Estado y las corporaciones, asociaciones
y fundaciones de interés público, reconocidas por la Ley.
La personalidad de éstas empieza en el instante mismo en
que, con arreglo a derecho hubiesen quedado válidamente
constituidas. 2º Las Asociaciones de interés particular,
sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley
conceda personalidad propia, independientemente de la
de cada uno de los asociados”.
QUINTO: La Ley Marco del Sector de Agua potable y
Saneamiento en su artículo 18 literalmente enuncia “Las
Juntas Administradoras de Agua tendrán personalidad
jurídica otorgada que otorgará la Secretaría de Estado
en los Despachos de Gobernación y Justicia por medio de
dictamen de la respectiva Corporación Municipal, que
constatará de la legalidad de la misma. El otorgamiento
de dicha personalidad y su publicación en el Diario Oficial
La Gaceta será de forma gratuita. El Reglamento de la
presente Ley establecerá la organización y funciones de
las Juntas de Agua.
SEXTO: Que la Asociación Civil de beneficio mutuo,
denominada JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE EL CARRIZAL, se crea como asociación civil de
Sección “B”
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beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no
contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y
las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo
solicitado.
SÉPTIMO: La Unidad de Servicios Legales, mediante
Dictamen Legal número DICTAMEN LEGAL U.S.L
No. 221-2019 de fecha siete de febrero del año dos mil
diecinueve, se pronunció en el sentido de: “…DICTAMEN
FAVORABLE en relación a la petición planteada,
recomendando conceder lo solicitado, por ser procedente
el otorgamiento de Personalidad Jurídica a favor de la
JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL.
OCTAVO: Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de
los Estatutos aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, la Asamblea General,
es la máxima autoridad de la JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, expresa la voluntad
colectiva de los usuarios debidamente convocados. Para
tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una
comunicación y coordinación en su comunidad, se harán
reuniones así: a) Trimestralmente en forma ordinaria con los
usuarios del servicio y cuando fuese necesario de urgencia
en forma extraordinaria. Esta resolución no le da validez
a cualquier disposición contenida en los mismos, que sean
contrarias a la Constitución de la República y las Leyes.
NOVENO: Que el Presidente de la República emitió el
Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero
del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado
en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia
específica para la emisión de este acto administrativo
de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley
General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de
Procedimiento Administrativo.
DECISIÓN
POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN
LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA
Y DESCENTRALIZACIÓN, en uso de sus facultades y
en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral
40 de la Constitución de la República; 56 y 58 del Código
Civil y en aplicación de los Artículos 29 reformado mediante
Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 18 de la
Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35,
36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco
del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 24, 25 y 83 de la
Ley de Procedimiento Administrativo, Acuerdo Ejecutivo
No. 138-2018 de fecha 05 de abril de 2018; Acuerdo
Ministerial No. 80-2018 de fecha 09 de abril de 2018.
RESUELVE:
PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la
JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL, con domicilio en la comunidad de El Carrizal,
municipio de La Iguala, departamento de Lempira; con sus
estatutos que literalmente dicen:
ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD DE EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE
LA IGUALA DEPARTAMENTO DE LEMPIRA
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y
DOMICILIO
ARTÍCULO 1.- Se constituye la organización cuya
denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE
COMUNIDAD EL CARRIZAL, MUNICIPIO DE LA
IGUALA DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, como una
asociación de servicio comunal, de duración indefinida,
sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la
participación efectiva de los pobladores de la comunidad
para la construcción, operación y mantenimiento del sistema
de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos
y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco
del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento,
efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria
ambiental, entre los habitantes de la COMUNIDAD EL
CARRIZAL, municipio de La Iguala , departamento de
Lempira.
ARTÍCULO 2.- El domicilio de la Junta de Agua Potable
y Saneamiento, será la COMUNIDAD EL CARRIZAL,
municipio de La Iguala, departamento de Lempira y tendrá
operación en dicha comunidad, proporcionando el servicio
de agua potable.
ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área
delimitada y protegida de la microcuenca o las microcuencas,
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las obras físicas de captación, las comunidades con fines de
salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento
comunal en cada uno de los hogares.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es
regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora
de Agua Potable y Saneamiento y los diferentes comités para
la administración, operación y mantenimiento del sistema.
ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes
objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados
y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta
administración del sistema. c.- Lograr un adecuado
mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener
Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de
agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el
servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque
la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas
y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando
el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica
necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.-
Realizar labores de vigilancia en todos los componentes
del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento
básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de
agua potable y saneamiento. j.- Establecer, en aplicación de
Acuerdo Ejecutivo No. 021-2015, publicado en el Diario
oficial La Gaceta de fecha 15 de abril del 2016, un mecanismo
de compensación por servicios ecosistémicos definiendo
bajo reglamento interno el esquema de administración
y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos,
convenios, formas de cobro y pago, entre otras actividades.
ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados,
la organización podrá realizar las siguientes actividades:
a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de
tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en
concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas
de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la
salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico
a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del
sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de
entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse
con otras instituciones públicas y privadas para mantener
el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad
involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar
el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad
que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.-
Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de
conservación y protección de la microcuenca.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua y
Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros:
a.- Fundadores; y, b.- Activos. Miembros Fundadores: Son
los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta
de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las
Asambleas de Usuarios.
ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a.- Ambas
clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir
y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta
Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien
la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos
ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio.
f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones
programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa
y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la
calidad del servicio que recibe.
ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros:
a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso
adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la
infraestructura.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA
ÓRGANO
ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación
y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a
cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.-
Comités de Apoyo.
DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
ARTÍCULO 11.- La Asamblea de Usuarios es la máxima
autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad
colectiva de los abonados debidamente convocados.
ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios:
a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.-
Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.
c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios la
Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de
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la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por
un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período
más, ejerciendo dichos cargos ad honorem; para ser miembro
de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos
establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de
la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará
conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.-
Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a).
e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.
ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y
egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.
c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento
básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.-
Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en
efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.
e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones
de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente
del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes
en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.-
Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y
proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando
su contaminación y realizando acciones de protección y
reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento
de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
ARTÍCULO 15.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones.
c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar
y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.-
Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que
implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación
legal de la Junta Administradora.
ARTÍCULO 16.-Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:
a.- Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o
definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la
mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las
comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones
que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.
ARTÍCULO 17.- Son atribuciones del SECRETARIO:
a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las
actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto
lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la
correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.-
Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de
la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de
mano de obras.
ARTÍCULO 18.- Son atribuciones del TESORERO:
El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar
documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar
y administrar los fondos provenientes del servicio de
contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.-
Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y
custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta
bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y
con claridad el registro y control de las operaciones que se
refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de
la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos
ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar
mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico
y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.
e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre
sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta.
g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación
de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de
ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la
Municipalidad.
ARTÍCULO 19.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es
el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.
b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos
provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos
destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la
Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la
administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar
el control y practicar las auditorías que sean necesarios para
obtener una administración transparente de los bienes de la
organización.
ARTÍCULO 20.- Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente
que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en
convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el
Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán
el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán
en el Reglamento respectivo.
ARTÍCULO 21.- Para tratar los asuntos relacionados con
el sistema y crear una comunicación y coordinación en
su de los pobladores del barrio, se harán reuniones así: a.
Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de
urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se
reunirá una vez por mes.
DE LOS COMITÉS DE APOYO
ARTÍCULO 22.- La Junta Directiva tendrá los siguientes
Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento.
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b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.-
Comité de Vigilancia.
ARTÍCULO 23.- Estos Comités estarán integrados a la
estructura de la Junta Directiva, su función específica es la
de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento
y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en
el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y
los reglamentos que para designar sus Funciones específicas
y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo
siempre incorporar como miembro de los Comités de
Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde
auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como
miembro de Comité de Saneamiento.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
ARTÍCULO 24.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual
de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los
intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles
y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones
y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias,
legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de
personas naturales o jurídicas.
ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora se emplearán exclusivamente para el uso,
operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del
sistema.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 26.- Causas de Disolución: a.- Por Sentencia
Judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por
cambiar de objetivos para los cuales se constituyó. d.- Por
cualquier causa que haga imposible la continuidad de la
Junta Administradora de Agua. La decisión de Disolver la
Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea
Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada
por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente
inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la
liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones
que se hayan contraído con terceras personas y el remanente,
en caso de que quedare serán donados exclusivamente a
organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean
de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios,
cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil
para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3
partes de sus miembros.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 27.- El ejercicio financiero de la Junta de Agua
y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de
la República.
ARTÍCULO 28.- Los programas, proyectos o actividades
que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las
que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito
de complementarlos de común acuerdo por disposición de
este último.
SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE EL CARRIZAL, se inscribirá en la Secretaría de
Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y
Descentralización, indicando nombre completo, dirección
exacta, así como los nombres de sus representantes y demás
integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las
disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden
a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano
interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los
cuales fue constituida.
TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE EL CARRIZAL, presentará anualmente ante el
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados
financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo
movimiento económico y contable, indicando su patrimonio
actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de
un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y
donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la
normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea
el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para
verificar la transparencia de los mismos.
CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DE EL CARRIZAL, se somete a las disposiciones legales
y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los
demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto
documento sea requerido para garantizar la transparencia de
la administración, quedando obligada, además, a presentar
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INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
No. LPN-002-INM-2019
“SUMINISTRO DE UNIFORMES PARA PERSONAL
DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN”
El Instituto Nacional de Migración, invita a las empresas
interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional
No. LPN-002-INM-2019, a presentar ofertas selladas para el
“SUMINISTRO DE UNIFORMES PARA PERSONAL
DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACÓN”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene de Fondos Nacionales.
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los interesados en presentar ofertas, pueden adquirir los
Documentos de Licitación a partir del 24 de septiembre de
2019 mediante solicitud escrita dirigida a Mario Edgardo
Fernández Chávez, Gerente de Administración y Finanzas
del Instituto Nacional de Migración (INM), colonia El Prado,
calle Golán, Tegucigalpa, M.D.C. Honduras, C.A., Teléfonos:
2235-6821, 2335-7297, E-mail: inmcompras@inm.gob.hn.
También estarán disponibles y podrán ser examinados y
descargado en el Sistema de Información de Contratación y
Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
www.honducompras.gob.hn y/o en la página web del
Instituto Nacional de Migración (INM) www.inm.gob.hn.
Las ofertas deberán presentarse el día 04 de noviembre de
2019 la hora límite de presentación de ofertas será a las 2:30
P.M., en el salón La Fraternidad del Instituto Nacional de
Migración. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas. Las ofertas se abrirán en evento público en
presencia de los representantes de los Oferentes que deseen
asistir al acto. Todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor
y la forma establecidos en los documentos de la licitación.
Tegucigalpa, M.D.C., 23 de septiembre de 2019.
Carolina Dolores Menjivar
Directora
23 S. 2019.
informes periódicos anuales de las actividades que realicen
con instituciones u organismos con los que se relacionen en el
ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL, se hará de conformidad a sus estatutos y las
leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las
obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte
de una organización legalmente constituida en Honduras,
que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho
trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de
Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las
obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a
que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el
Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas
en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas
o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de
su aprobación.
SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse
en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de
conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de
Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de
Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles
(DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción.
NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación
de la presente resolución, a razón de ser entregada a la
JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE EL
CARRIZAL, cuya petición se hará a través de la Junta
Directiva para ser proporcionado en forma gratuita,
dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo
de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento.
NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES
NÁJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE JUSTICIA (f) WALTER ENRIQUE
PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, a los diecisiete días del mes de mayo del
dos mil diecinueve.
WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES
SECRETARIO GENERAL
23 S. 2019.
-- 12 of 32 --
La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
Marcas de Fábrica
[1] Solicitud: 2019-035334
[2] Fecha de presentación: 19/08/2019
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑÍA, S. DE R.L. Y SUCESORES.
[4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EL MOTOR QUE TE MUEVE
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Para distinguir, proteger y utilizar como un medio publicitario, para atraer al consumidor en la compra y venta de automotores,
de partes y accesorios de los mismos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BESSY NADEZDA NUÑEZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 27 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: Señal de Propaganda que se utilizará con el Nombre Comercial CASA JAAR.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
El motor que te mueve
_________
1/ Solicitud: 35335/19
2/ Fecha de presentación: 19/agosto/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑIA, S. DE R.L. Y SUCESORES.
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JAAR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Construcción; reparación; servicios de instalación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: BESSY NADEZDA NÚÑEZ.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-08-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
JAAR
_________
1/ Solicitud: 35332/19
2/ Fecha de presentación: 19/agosto/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑIA, S. DE R.L. Y SUCESORES.
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASA JAAR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Construcción; reparación; servicios de instalación.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: BESSY NADEZDA NÚÑEZ.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-08-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
_________
1/ Solicitud: 35336/19
2/ Fecha de presentación: 19/agosto/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑIA, S. DE R.L. Y SUCESORES.
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CASA JAAR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Vehículos, aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: BESSY NADEZDA NÚÑEZ.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-08-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
_________
1/ Solicitud: 35333/19
2/ Fecha de presentación: 19/agosto/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑIA, S. DE R.L. Y SUCESORES.
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JAAR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: BESSY NADEZDA NÚÑEZ.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVOs DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-08-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
JAAR
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2017-025587
[2] Fecha de presentación: 12/06/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INSECTICIDAS INTERNACIONALES DE COSTA RICA, S.A.
[4.1] Domicilio: San José, Zapote, esquina Oeste de Radio Columbia, edificio Lolita, Costa Rica.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SUMAG
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Herbicidas, insecticidas y fungicidas de uso agrícola.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 25 de julio del año 2017.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
SUMAG
[1] Solicitud: 2018-031180
[2] Fecha de presentación: 16/07/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ITALPHARMA DEVELOPMENT & INDUSTRIES, CO. LTD.
[4.1] Domicilio: LAKE BUILDING, P.O., BOX 3174, ROAD TOWN, TORTOLA, Islas Vírgenes Británicas.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, suplemento alimenticio
para personas; digestivos, enzimas digestivas, digestivos para uso farmacéutico, enzimas para uso médico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 6 de febrero del año 2019.
[12] Reservas: Se reivindican los colores Blanco, Naranja, Marrón.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
[1] Solicitud: 2018-031181
[2] Fecha de presentación: 16/07/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ITALPHARMA DEVELOPMENT & INDUSTRIES, CO. LTD.
[4.1] Domicilio: LAKE BUILDING, P.O., BOX 3174, ROAD TOWN, TORTOLA, Islas Vírgenes Británicas.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ISLAS VÍRGENES BRITÁNICAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos farmacéuticos, preparaciones, preparaciones para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico, suplemento
alimenticio para personas; digestivos, enzimas digestivas, digestivos para uso farmacéutico, enzimas para uso médico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 6 de febrero del año 2019.
[12] Reservas: Se reivindican los colores Blanco, Naranja, Verde.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
[1] Solicitud: 2018-031182
[2] Fecha de presentación: 16/07/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: POPSOCKETS LLC.
[4.1] Domicilio: 3033 Sterling Circle, Boulder, CO., 80301, Estados Unidos de América.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:DISEÑO TRIDIMENSIONAL
[7] Clase Internacional: 9
[8] Protege y distingue:
Estuches de transporte; soportes para; estuches protectores y soportes comprendiendo controles de fuentes de alimentación;
adaptadores; altavoces y dispositivos de carga de baterías especialmente adaptados para uso con dispositivos electrónicos
digitales de mano, en especial teléfonos, reproductores de sonido y lectores de vídeo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BENITO ARTURO ZELAYA CALIX
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 6 de febrero del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
1/ Solicitud: 2019-29153
2/ Fecha de presentación: 08-07-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EUROFARMA GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA.
4.1/ Domicilio: Kilómetro 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REDUX
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Un medicamento de uso controlado, que sirve como supresor del apetito, cuyo principio activo es Fentermina.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Benito Arturo Zelaya Calix.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31/7/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019
REDUX
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2019-031208
[2] Fecha de presentación: 22/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TAXI EXPRESS. HN, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: EDIFICIO TORRE MORAZÁN #1, OFICINA # 11104, NIVEL 11,
TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SEVEN Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 39
[8] Protege y distingue:
Aplicación de plataforma electrónica para el servicio de transporte, encomiendas, asistencia
vial, eventos y organización de viajes.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: WIDNELY MEJÍA HERNÁNDEZ
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2019.
[12] Reservas: EL DISEÑO Y LOS COLORES BLANCO Y EL VERDE AQUA.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
[1] Solicitud: 2019-033043
[2] Fecha de presentación: 02/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MERCADEO DIGITAL Y COMUNICACIONES, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: Colonia Lomas del Mayab, edificio Torre Mayab, séptimo piso, local 707,
Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: THINK DIGITAL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad; gestión de negocios comerciales, administración comercial; trabajos de oficina,
publicidad y ventas por internet, comercio electrónico, mercadeo en línea.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MARILI CONCEPCÓN VÁSQUEZ RUIZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 9 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_________
[1] Solicitud: 2019-005057
[2] Fecha de presentación: 31/01/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CA BROADCASTING, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CON M DE MUJER
[7] Clase Internacional: 41
[8] Protege y distingue:
Producción y presentación de todo tipo de programas de entretenimiento televisivo y por
radio.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de febrero del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
CON M DE MUJER
1/ Solicitud: 35337/19
2/ Fecha de presentación: 19/agosto/19
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EMILIO J. JAAR Y COMPAÑIA, S. DE R.L. Y SUCESORES
4/1/Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: EL MOTOR QUE MUEVE A HONDURAS
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 00
8/ Protege y distingue:
Finalidad: Para distinguir, proteger y utilizar como un medio publicitario, para atraer al
consumidor en la compra y venta de automotores, de partes y accesorios de los mismos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: BESSY NADEZDA NÚÑEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88,
89 y 91, de la Ley de Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 28-08-2019
12/Reservas: Señal de Propaganda será utilizada con el Nombre Comercial Casa Jaar 3121.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
El motor que mueve a Honduras
-- 15 of 32 --
La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 2017-19316
2/ Fecha de presentación: 02-05-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM INC.
4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: YUMMYPOP
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, congeladas,
secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leches y productos lácteos, aceites
y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-06-2017
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
YUMMYPOP
__________
1/ Solicitud: 2017-19319
2/ Fecha de presentación: 02-05-2017
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM INC.
4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: YUMMY POP
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones
hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel de melaza; levadura,
polvos para esponjar, sal mostaza; vinagre.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 08-06-2017
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019
YUMMY POP
__________
[1] Solicitud: 2019-034674
[2] Fecha de presentación: 14/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PANISTRO, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Barrio Los Andes, 16 avenida, 5 calle, San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PANISTRO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones
hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre;
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KAREN GABRIELA COTO DIAZ.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: Se protege la denominación “PANINSTRO y su DISEÑO”, los demás
elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN
JUDICIAL DE CHOLUTECA
FO-14649-167
FOLIO N°.
EXP: 0601-2019-00289
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de
Choluteca, al público en general y para los efectos de ley HACE SABER:
Que la Abogada SCARLETH MELISSA HERNÁNDEZ VALLEJO,
quien actúa en su condición de Apoderada legal de la señora BESSY
OLIMPIA BUSTILLO MANZANARES, mayor de edad, soltera,
hondureña, Odontóloga, con Tarjeta de Identidad No.1706-1975-00473,
con domicilio en la colonia Julio Médence, municipio de Choluteca,
departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título
Supletorio de Naturaleza Jurídica de un Lote de Terreno aproximadamente
media manzana, Mapa Final JD-11, con una extensión superficial que es 00
Has, 60 As, 90.22 Cas, Naturaleza Jurídica SITIO: Privado.- Candelaria
Galeras o Joya.- NATURALEZA JURIDICA SITIO MUNICIPAL
PRIVADO.- BALDOQUIN, el cual tiene las colindancias siguientes: AL
NORTE, colinda con BESSY OLIMPIA BUSTILLO MANZANARES,
calle Pavimentada de por medio y RAMÓN DIAZ; AL SUR, con RAMON
DIAZ, calle de por medio con JOSE EULALIO OSORTO; AL ESTE,
con RAMÓN DIAZ, calle pavimentada de por medio y RAMÓN DIAZ;
y, AL OESTE, con BESSY OLIMPIA BUSTILLO MANZANARES,
calle de por medio y JOSÉ EULALIO OSORTO. El cual se encuentra
cercado por todos sus rumbos. Dicho lote lo ha poseído en forma quieta,
pacífica y no interrumpida por más de cuarenta años consecutivos.
Choluteca, 23 de Julio del año 2019.
AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
23 A., 23 S. y 23 O. 2019.
-- 16 of 32 --
La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 26303/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 26
8/ Protege y distingue:
Puntillas y bordados, cintas y lazos, botones, corchetes y ojetes, alfileres y agujas, flores artificiales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/6/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
1/ Solicitud: 26304/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 16
8/ Protege y distingue:
Papel, cartón y articulos de estas materias no compremdidos en otras clases; productos de imprenta;
artículos de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa;
material para artistas; pinceles.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/6/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
1/ Solicitud: 26305/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 24
8/ Protege y distingue:
Tejidos y poductos textiles no comprendidos en otras clases; ropa de cama y de mesa.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/6/2019.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
1/ Solicitud: 26306/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-6-2019.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 10112/19
2/ Fecha de presentación: 01/03/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANGELINO Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico,
alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-03-2019.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
1/ Solicitud: 26302/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE.
4.1/ Domicilio: En el anillo periférico, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 20
8/ Protege y distingue:
Muebles, espejos, marcos, productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno,
hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/6/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
1/ Solicitud: 2019-28532
2/ Fecha de presentación: 03-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: VSR, HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL, VARIABLE, (VSR DE HONDURAS).
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL CAZADOR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesar, de medida, de
señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17/7/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
1/ Solicitud: 2019-28533
2/ Fecha de presentación: 03-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: VSR, HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDURAS).
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL CAZADOR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17/7/2019.
12/ Reservas:
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
________
EL CAZADOR
EL CAZADOR
1/ Solicitud: 2019-28535
2/ Fecha de presentación: 03-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: VSR, HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, (VSR DE HONDURAS).
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EL CAZADOR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño relativos a ellos, servicios de análisis y
de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: CARLOS DANIEL SANCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 15-07-2019.
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
EL CAZADOR
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2019-033540
[2] Fecha de presentación: 05/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PICA PRODUCTIONS INC.
[4.1] Domicilio: Spaces Plaza 2000, Calle 53 Marbella anda Calle 50,
Corregimiento de Bella Vista, Panamá.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: WINGS WEEK
[7] Clase Internacional: 41
[8] Protege y distingue:
Educación formación, servicios de entretenimientos, actividades deportivas y
culturales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 19 de agosto del año 2019
12] Reservas: Se protege en su forma conjunta y no por separado.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_______
[1] Solicitud: 2019-033541
[2] Fecha de presentación: 05/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PICA PRODUCTIONS INC.
[4.1] Domicilio: Spaces Plaza 2000, Calle 53 Marbella anda Calle 50, Corregi-
miento de Bella Vista, Panamá.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: HONDURAS WEEK
[7] Clase Internacional: 41
[8] Protege y distingue:
Educación formación, servicios de entretenimientos, actividades deportivas y
culturales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 19 de agosto del año 2019
12] Reservas: Se protegen en su forma conjunta y no por separado.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
_______
[1] Solicitud: 2019-033542
[2] Fecha de presentación: 05/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PICA PRODUCTIONS INC.
[4.1] Domicilio: Spaces Plaza 2000, Calle 53 Marbella anda Calle 50,
Corregimiento de Bella Vista, Panamá.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BURGER WEEK
[7] Clase Internacional: 41
[8] Protege y distingue:
Educación formación, servicios de entretenimientos, actividades deportivas y
culturales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: IRMA ELIZABETH AGUILAR ARIAS
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 19 de agosto del año 2019
12] Reservas: Se protege en su forma conjunta y no por separado.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
-- 19 of 32 --
La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ No. Solicitud: 31170-19
2/ Fecha de presentación: 19-7-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Televisa, S.A. de C.V.
4.1/ Domicilio: Avenida Vasco de Quiroga No. 2000, Colonia Santa Fe, Delegación Álvaro Obregón, C.P. 02010, Ciudad
de México, México.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BITME
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional:41
8/ Protege y distingue:
Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales, programas de televisión y otras obras
audiovisuales, canales de televisión enfocados a eSports y videojuegos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 30-07-2019
12/ Reservas:
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
_______
BITME
1/ No. Solicitud: 2019-28128
2/ Fecha de presentación: 01-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Cemex, S.A.B. de C.V.
4.1/ Domicilio: At. Av. Constitución 444 Poniente, Colonia Centro, 64000 Monterrey, Nuevo León, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Cemex
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Educación, formación, actividades culturales principalmente a través de la organización y dirección de conferencias,
foros, simposis, coloquios, congresos, cursos y exposiciones relacionadas con el sector de la construcción.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01-08-2019
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
_______
Cemex
1/ No. Solicitud: 2019-28126
2/ Fecha de presentación: 01-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Cemex, S.A.B. de C.V.
4.1/ Domicilio: At. Av. Constitución 444 Poniente, Colonia Centro, 64000 Monterrey, Nuevo León, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Cemex
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
Cemex
8/ Protege y distingue:
Servicios de construcción y servicios de reparación de inmuebles, servicios de asesoría relacionados con la construcción
y con el uso de materiales para la construcción (asesoría o información en materia de construcción) pavimentación de
carreteras, servicios de instalaciones de pisos y banquetas, demolición y trabajos de albañilería, trabajos de yesería,
remodelación de inmuebles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01-08-2019
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V.
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
_______
1/ No. Solicitud: 2019-28127
2/ Fecha de presentación: 01-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Cemex, S.A.B. de C.V.
4.1/ Domicilio: At. Av. Constitución 444 Poniente, Colonia Centro, 64000 Monterrey, Nuevo León, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Cemex
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 39
8/ Protege y distingue:
Servicios relativos al transporte, abastecimiento, distribución, envío y descarga por cualquier medio de todo tipo de
materiales para la construcción y en especial de concreto, comento, clinker y materiales relacionados con los señalados.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01-08-2019
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V.
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
_______
Cemex
1/ No. Solicitud: 2019-28125
2/ Fecha de presentación: 01-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Cemex, S.A.B. de C.V.
4.1/ Domicilio: At. Av. Constitución 444 Poniente, Colonia Centro, 64000 Monterrey, Nuevo León, México
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Cemex
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Comercialización de todo tipo de materiales para la construcción para terceros (intermediario comercial), organización de
estrategias promocionales para la obtención de incentivos (premios e incentivos) originadas de una compra, los servicios
anteriores prestados a través de medios de comunicación electrónicos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-8-2019
12/ Reservas:
Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS V.
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
Cemex
-- 20 of 32 --
La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 26307/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4/1/Domicilio: En el Anillo Periferíco, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 28
8/ Protege y distingue:
Juegos, juguetes, artículos de gimnasia y deporte no comprendidos en otras clases, decoraciones para
árboles de navidad.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 27-06-2019
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019
_______
1/ Solicitud: 26308/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4/1/Domicilio: En el Anillo Periferíco, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 18
8/ Protege y distingue:
Cuero e imitaciones de cuero, productos de estas materias no comprendidios en otras clases, pieles de
animales, baúles y maletas, paraguas, sombrillas y bastones, fustas y guarnicionería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 27-06-2019
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019
1/ Solicitud: 26309/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4/1/Domicilio: En el anillo periferíco, Colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 21
8/ Protege y distingue:
Utencilios y recipientes para el menaje y la cocina, peines y esponjas, cepillos (con excepción de los
pinceles), materiales para la fabricación de cepillos, material de limpieza, viruta de hierro.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 27-06-2019
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019
_______
1/ Solicitud: 26310/19
2/ Fecha de presentación: 20/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/Solicitante: EL PALACIO DE LOS NIÑOS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
4/1/Domicilio: En el Anillo Periferíco, colonia Palma Real, casa número 7002, Tegucigalpa, M.D.C.,
Honduras, C.A.
4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/Registro Básico:
5.1/Fecha:
5.2/País de Origen:
5.3/Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMAX Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes
y otras preparaciones para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL.
9/Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO
E.- SUSTITUYE PODER
10/Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/Fecha de emisión: 27-06-2019
12/Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 42679-18
2/ Fecha de presentación: 9-10-18
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: TESCO, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Salvador, El Salvador.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNDA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 38
8/ Protege y distingue:
Telecomunicaciones.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Óscar Armando Manzanares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 31-10-2018.
12/ Reservas:
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
UNDA
1/ Solicitud: 23521-19
2/ Fecha de presentación: 05-junio-2019
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO-FARMACEUTICOS LANCASCO, S.A.
4.1/ Domicilio: 2 Calle 14-90, zona 18 Colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INVOLAN
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos para el Sistema Nervioso Central.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21-06-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
INVOLAN
1/ Solicitud: 31173-19
2/ Fecha de presentación: 19-7-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Televisa, S.A. de C.V.
4.1/ Domicilio: Avenida Vasco de Quiroga No. 2000, Colonia Santa Fe, Delegación Alvaro Obregón,
C.P. 02010, Ciudad de México, México.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BITME Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 38
8/ Protege y distingue:
Telecomunicaciones; canales de televisión enfocados a eSports y videojuegos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 30-07-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
1/ Solicitud: 31172-19
2/ Fecha de presentación: 19-7-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Televisa, S.A. de C.V.
4.1/ Domicilio: Avenida Vasco de Quiroga No. 2000, Colonia Santa Fe, Delegación Alvaro Obregón,
C.P. 02010, Ciudad de México, México.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BITME Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales; programas de televisión y
otras obras audiovisuales; canales de televisión enfocados a eSports y videojuegos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 30-07-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
1/ Solicitud: 31171-19
2/ Fecha de presentación: 19-7-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Televisa, S.A. de C.V.
4.1/ Domicilio: Avenida Vasco de Quiroga No. 2000, Colonia Santa Fe, Delegación Alvaro Obregón,
C.P. 02010, Ciudad de México, México.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BITME
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 38
8/ Protege y distingue:
Telecomunicaciones; canales de televisión enfocados a eSports y videojuegos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 30-07-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
BITME
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
1/ Solicitud: 2019-25330
2/ Fecha de presentación: 14-06-2019
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALTIAN PHARMA, S.A.
4.1/ Domicilio: 13 Avenida “A” 2-95 zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYEROS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para personas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88,89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 20-08-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
ARGYEROS
1/ Solicitud: 2019-25331
2/ Fecha de presentación: 14/6/2019
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALTIAN PHARMA, S.A.
4.1/ Domicilio: 13 Avenida “A” 2-95 zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYSENG
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para personas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88,89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 15-08-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
ARGYSENG
1/ Solicitud: 25334/19
2/ Fecha de presentación: 14/06/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALTIAN PHARMA, S.A.
4.1/ Domicilio: 13 Avenida “A” 2-95 zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYBETA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue: ARGYBETA
Preparaciones farmacéuticas; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para personas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 07/8/2019.
12/ Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
1/ Solicitud: 25333-19
2/ Fecha de presentación: 14-06-19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALTIAN PHARMA, S.A.
4.1/ Domicilio: 13 Avenida “A” 2-95 zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYPOWER
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para personas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14/8/2019.
12/ Reservas:
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
____
ARGYPOWER
1/ Solicitud: 25332-2019
2/ Fecha de presentación: 14/6/2019
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ALTIAN PHARMA, S.A.
4.1/ Domicilio: 13 Avenida “A” 2-95 zona 2, Colonia La Escuadrilla, Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo: Denominativa
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARGYBRAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos
alimenticios para personas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Sandra Yadira Amaya Valladares
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la
Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06-08-2019.
12/ Reservas:
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
23 S., 9 y 25 O. 2019.
ARGYBRAL
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2019-031188
[2] Fecha de presentación: 19/07/2019
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INVERSIONES GMV, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: QUICK MART
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Establecimiento dedicado a la distribución y comercialización en general, sobre todo aquellas que se
venden en tiendas de conveniencia y venta de productos para vehículos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Mauricio Andino Bernhard
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 25 de julio del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-028961
[2] Fecha de presentación: 05/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: GALERIA DE DISEÑO HONDURAS, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: COLONIA 15 DE SEPTIEMBRE, COMAYAGUELA, M.D.C., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: GALERIA DE DISEÑO HONDURAS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Venta de productos alimenticios, abarrotería, productos artesanales y gestión de negocios.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Mario Daniel Valladares Hernández
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 18 de julio del año 2019.
[12] Reservas: No se pide exclusividad en la palabra Honduras.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-033496
[2] Fecha de presentación: 05/08/2019
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TELMA LORENA SEVILLA HERRERA
[4.1] Domicilio: RESIDENCIAL VILLA ROSALIA, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Venta y compra de productos de belleza.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Helga Carolina Guardiola Bonilla
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
____
BEAUTY BAG HONDURAS
[1] Solicitud: 2019-030517
[2] Fecha de presentación: 16/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MELBA AIDA TORRES SUAZO, COMERCIANTE INDIVIDUAL (MATTES)
[4.1] Domicilio: BARRIO AGUA DULCE, CALLE HACIA MIRAVALLE, VALLE DE ANGELES,
F.M., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MATTES Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Manuel Antonio Cerrato Núñez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-030516
[2] Fecha de presentación: 16/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MELBA AIDA TORRES SUAZO, COMERCIANTE INDIVIDUAL (MATTES)
[4.1] Domicilio: BARRIO AGUA DULCE, CALLE HACIA MIRAVALLE, VALLE DE ANGELES,
F.M., HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MATTES Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 26
[8] Protege y distingue:
Puntillas y bordados, cintas y lazos; botones, corchetes y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Manuel Antonio Cerrato Núñez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
6, 23 S. y 9 O. 2019.
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2018-039997
[2] Fecha de presentación: 14/09/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PHIBRO ANIMAL HEALTH CORPORATION
[4.1] Domicilio: Glenpointe Centre East, 3rd FI. 300 Frank W. Burr Blvd., Ste. 21 Teaneck, New Jersey,
Estados Unidos de América
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PHIBRO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 31
[8] Protege y distingue:
Aditivos alimenticios y suplementos no medicados para animales; alimentos no medicados para
animales; agente contra el apelmazamiento y ayuda de granulación para alimentos terminados
de animales; aditivos para la salud, nutrición y alimentación terapéutica y suplementos, a saber:
reactivos químicos para uso veterinario; vacunas para uso veterinario; preparaciones biológicas para
uso veterinario; desinfectantes para uso en la producción de alimentos para animales; suplementos
medicados y no medicados para la estimulación del crecimiento, mejora del rendimiento, prevención,
control y tratamiento de enfermedades e infecciones y diagnósticos veterinarios; vitaminas,
minerales, levadura, subproductos de fermentación, enzimas, aglutinante de toxinas, moduladores
inmunes, alimentación directa de microbianos, prebióticos, probióticos y productos de exclusión
intestinal competitiva para animales; aditivos para la salud, nutrición y alimentación terapéutica,
y suplementos, a saber; farmacéuticos veterinarios; antimicrobianos, antibióticos, antibacteriales,
antiinfecciosos, anticoccidianos, antihelmínticos, parasiticidas, agentes para el control de la
hinchazón y agentes quimioterapéuticos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 1 de abril del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2018-039991
[2] Fecha de presentación: 14/09/2018
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PHIBRO ANIMAL HEALTH CORPORATION
[4.1] Domicilio: Glenpointe Centre East, 3rd FI. 300 Frank W. Burr Blvd., Ste. 21 Teaneck, New Jersey,
Estados Unidos de América
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PHIBRO
[7] Clase Internacional: 31
[8] Protege y distingue:
Aditivos alimenticios y suplementos no medicados para animales; alimentos no medicados para
animales; agente contra el apelmazamiento y ayuda de granulación para alimentos terminados
de animales; aditivos para la salud, nutrición y alimentación terapéutica y suplementos, a saber:
reactivos químicos para uso veterinario; vacunas para uso veterinario; preparaciones biológicas para
uso veterinario; desinfectantes para uso en la producción de alimentos para animales; suplementos
medicados y no medicados para la estimulación del crecimiento, mejora del rendimiento, prevención,
control y tratamiento de enfermedades e infecciones y diagnósticos veterinarios; vitaminas,
minerales, levadura, subproductos de fermentación, enzimas, aglutinante de toxinas, moduladores
inmunes, alimentación directa de microbianos, prebióticos, probióticos y productos de exclusión
intestinal competitiva para animales; aditivos para la salud, nutrición y alimentación terapéutica,
y suplementos, a saber; farmacéuticos veterinarios; antimicrobianos, antibióticos, antibacteriales,
antiinfecciosos, anticoccidianos, antihelmínticos, parasiticidas, agentes para el control de la
hinchazón y agentes quimioterapéuticos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 1 de abril del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
PHIBRO
1/ Solicitud: 5819-19
2/ Fecha de presentación: 05/02/19
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: BAJAJ AUTO LIMITED
4.1/ Domicilio: Akurdi, Pune - 411 035, State of Maharashtra, India.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1 Fecha:
5.2 País de Origen:
5.3 Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Tipo de Signo:
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BAJAJ
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 04
8/ Protege y distingue:
Aceites y grasas para uso industrial, combustibles y materiales de alumbrado; alcohol [combustible];
carburante de benceno; combustibles de motor; diésel; gasóleo; combustible a base de alcohol;
combustibles; gases combustibles; aceites combustibles; gasolina [carburante]; petróleo; éter de petróleo;
petróleo crudo o refinado; aceites de motor; aceites de motor; aceites para motor de alto rendimiento;
aceites para motores; aceites para motores automotrices; aceites para motores de motocicleta; aceites de
calidad para motores; combustible para vehículos a motor.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL.
9/ Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 13-02-2019.
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2017-043292
[2] Fecha de presentación: 16/10/2017
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: AMELA DABDUB IMPORTACIONES Y COMPAÑIA LIMITADA
[4.1] Domicilio: Reparto Barcelona, detrás de Gasolinera UNO La Estación, Masaya, Nicaragua
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: NICARAGUA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: SARDINAS BRAVO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Sardinas en salsa de tomate y salsa de tomate picante.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Benito Arturo Zelaya Cálix
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad ndustrial.
[11] Fecha de emisión: 20 de noviembre del año 2017.
[12] Reservas: No se da exclusividad sobre la palabra SARDINAS, se protege únicamente la palabra
BRAVO los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
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La G aceta
Sección B Avisos L egales
REPÚBLICA D E HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D . C., 23 D E SEPTIEMBRE D EL 2019 N o. 35,056
[1] Solicitud: 2019-029059
[2] Fecha de presentación: 08/07/2019
[3] Solicitud de registro de: EMBLEMA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o
consumidor, venta al menudeo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Lizette Amalia Gómez Robleda
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2019.
[12] Reservas: Se protege el diseño de lunares colocados en forma de degradado de tamaño mayor a menor
con colores Naranja intenso a más tenue, fondo Amarillo.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-029058
[2] Fecha de presentación: 08/07/2019
[3] Solicitud de registro de: EMBLEMA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DRAKE KARIOTAKIS
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Comercialización de toda clase de productos, compra y venta de productos para terceros o
consumidor, venta al menudeo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Lizette Amalia Gómez Robleda
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 29 de julio del año 2019.
[12] Reservas: Se protege el diseño de lunares colocados en forma de degradado de tamaño mayor a menor
con colores Rojo intenso a más tenue, fondo Amarillo.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-033044
[2] Fecha de presentación: 02/08/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ALIMENTOS Y BEBIDAS MEZAPA, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: MEZAPA, ATLANTIDA, Honduras
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LA BENDICIÓN Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 32
[8] Protege y distingue:
Agua.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Narssis Yolany Mejía Rodríguez
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 20 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-032321
[2] Fecha de presentación: 29/07/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: EVER MIGUEL RODRIGUEZ AMAYA
[4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, Honduras
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MONTAÑAZUL Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café y grano.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Arlen Omar Tejada Hernández
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 9 de agosto del año 2019.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
____
[1] Solicitud: 2019-020095
[2] Fecha de presentación: 13/05/2019
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ALIMENTOS MIRAMONTES
[4.1] Domicilio: BARRIO ABAJO, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PAN HISTORICO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Preparaciones hechas de cereales y harinas, pan, productos de pastelería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Piedad Melissa Osorio Zelaya
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley
de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de julio del año 2019.
[12] Reservas: No se protege la palabra PAN.
Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
22 A., 6 y 23 S. 2019.
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electos por mayoría calificada de al menos dos terceras
partes de los votos de la totalidad de los diputados que
integran el Congreso Nacional, electos por un período de
cinco (5) años, pudiendo ser reelectos”.
POR TANTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Elíjase a los ciudadanos KELVIN
FABRICIO AGUIRRE CÓRDOVA, ANA PAOLA HALL
GARCÍA y RIXI ROMANA MONCADA GODOY como
CONSEJEROS PROPIETARIOS DEL CONSEJO
NACIONAL ELECTORAL y los ciudadanos FLAVIO
JAVIER NÁJERA ZELAYA y MAXIMINO GERMÁN
LOBO MUNGUÍA como CONSEJEROS SUPLENTES
DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, previo
haber prestado la promesa de ley correspondiente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir del día de su aprobación y debe ser publicado en el
Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a
los diez días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.
MAURICIO OLIVA HERRERA
PRESIDENTE
JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA
SECRETARIO
SALVADOR VALERIANO PINEDA
SECRETARIO
Por Tanto: Publíquese.
Poder Legislativo
DECRETO No. 90-2019
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que el Artículo 1 de la Constitución
de la República, establece que Honduras es un Estado de
Derecho, soberano, constituido como República libre,
democrática e independiente para asegurar a sus habitantes
el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar
económico y social.
CONSIDERANDO: Que según el Artículo 2 de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República
se establece que: Habrá un Procurador General y Sub-
procurador, que serán electos por el Congreso Nacional,
por un período de 4 años y no podrán ser reelectos para el
período siguiente.
CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la
Procuraduría General de la República en su Artículo 3
establece que: Para ser Procurador General de la República
y Subprocurador, se requiere ser hondureño por nacimiento,
mayor de veinticinco (25) años, ciudadano en el ejercicio
de sus derechos, de reconocida honradez y competencia y
poseer el título de abogado.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No.70-2018
de fecha 17 de julio del año 2018 y publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta”, el 27 de julio de 2018, se eligió a la
ciudadana Lidia Estela Cardona como Procuradora General
de la República, por un período comprendido del 29 de
junio de 2018 al 29 de junio de 2022, quedando pendiente
la designación del Subprocurador General de la República.
CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido
en el Artículo 205, Atribución 11) de la Constitución de
la República, corresponde al Congreso Nacional hacer la
elección de los Miembros del Tribunal Superior de Cuentas,
Procurador y Subprocurador General de la República,
-- 27 of 32 --
Consejeros del Consejo Nacional Electoral y Magistrados
del Tribunal de Justicia Electoral, Fiscal General de la
República y Fiscal General Adjunto, Comisionado Nacional
de los Derechos Humanos, Superintendente de Concesiones
y Comisionados del Registro Nacional de las Personas.
POR TANTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Elíjase a la ciudadana MARCIA NUÑEZ
ENNABE, para ocupar el cargo de Subprocuradora
General de la República, cargo que ejercerá hasta el 29 de
junio del 2022, previo haber prestado la promesa de Ley
correspondiente.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su aprobación y deberá ser publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a
los diez días del mes de septiembre de dos mil diecinueve.
MAURICIO OLIVA HERRERA
PRESIDENTE
JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA
SECRETARIO
SALVADOR VALERIANO PINEDA
SECRETARIO
Por Tanto: Publíquese.
Poder Legislativo
DECRETO No. 91-2019
EL CONGRESO NACIONAL,
Ver como documento individual→