Vigente
Decreto No. 246-2000 | 10 de julio de 2018 | Congreso Nacional

Acuerdo SEFIN N° 700 mediante el cual se aprueba el Reglamento General Piloto de Atención Cultural Complementaria a Niños, Niñas y Jóvenes de 7-14 Años y el Reglamento de Matrícula y Promoción de Beneficiarios del Programa Piloto Integral de Combate a la Pobreza Urbana (PPICPU)

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo establece dos reglamentos para un programa de combate a la pobreza urbana en Honduras. Define reglas para que niños y jóvenes de 7-14 años accedan a cursos de arte y cultura (música, danza, teatro, artes visuales y computación), así como servicios de alimentación y apoyo psicosocial. También regula los requisitos de matrícula, permanencia y promoción de los beneficiarios del programa.

Texto completo

PDF No. hn0412201801 Título: "REGLAMENTO GENERAL PILOTO DE ATENCIÓN CULTURAL COMPLEMENTARIA A NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE 7-14 AÑOS". Y EL "REGLAMENTO DE MATRÍCULA Y PROMOCIÓN DE BENEFICIARIOS" DEL PROGRAMA PILOTO INTEGRAL DE COMBATE A LA POBREZA URBANA". (PPICPU) Número de Documento: 700 GLINID Clase de Documento: ACUERDO Fecha de Emisión: 10 de julio 2018 Publicación : Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 34,811 Fecha de Publicación: 4 de diciembre 2018 El Artículo 9.06, Anexo A, numeral Vil) del Contrato de Préstamo N°1066/SF-HO contenido en el Decreto Legislativo N° 246-2000 antes descrito señala que: "La ejecución de las actividades del Programa serán coordinadas por la Secretaría de Finanzas (SEFIN), de acuerdo con lo establecido en la Guía Operativa del Programa, la Secretaría de Finanzas, que actuará mediante la Unidad Coordinadora del Programa (UCP), teniendo entre otras, la responsabilidad de; (i) el monitoreo y seguimiento de los objetivos del programa; (ii) el cumplimiento de la guía operativa; y, {¡¡¡} el manejo eficiente de los recursos..." Una vez concluidos los fondos de dicho Convenio de Préstamo y bajo los lineamientos de la Estrategia de Reducción de la Pobreza (ERP), la Secretaría de Finanzas, desde el 2006, asumió la ejecución tanto funcional como financiera del Programa, asignándole fondos nacionales en el Presupuesto Nacional, a través de la estructura presupuestaria siguiente: Inst: 0100 Secretaría de Finanzas; GA: 001 Gerencia Central; UE: 001 Secretaría de Estado; Cat. Pro: 01 00 000 007 Programa Piloto Integral de Combate a la Pobreza Urbana PPICPU. El Programa Piloto Integral de Combate a la Pobreza Urbana (PPICPU), es un programa de reducción a la pobreza, altamente sensible a la población más necesitada en mejorar la calidad de vida y que sirve como un indicador para calificar el cumplimiento de contraparte con los organismos internacionales y el fondo monetario internacional, ya que su propósito es impulsar acciones innovadoras, destinadas a mejorar el capital social y brindar nuevas oportunidades de desarrollo humano a Niños, Niñas y Jóvenes, en condiciones de vulnerabilidad. La Secretaría de Finanzas a través del Programa Piloto de Combate a la Pobreza Urbana (PPICPU), específicamente, Piloto de Atención Cultural Complementaria a Niños, Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas Niñas y Jóvenes de 7 a 14 años, brinda servicios de arte y cultura en cinco disciplinas artísticas-técnica y otros servicios: Música, Danza, Artes Visuales, Teatro y Computación, así como la Atención Psicosocial para niños y sus padres y Servicios de Alimentación para los beneficiarios, para lo cual rige su funcionamiento a través de los Reglamentos Internos de la Secretaría de Finanzas y sus Reglamentos Internos, que dictan sus funciones, deberes y derechos y contribuyen con los lineamientos y políticas de sostenibiíidad y obtención de fondos, así como los procedimientos de matrícula, sujeto al cumplimiento de los requisitos, condiciones y procedimientos establecidos. Se hace necesario reglamentar las políticas que regirán la matrícula de Beneficiarios del Programa Piloto Integral de combate a la Pobreza Urbana; el cual tiene por objeto regular criterios académicos, técnicos y artísticos de ingreso, permanencia, promoción y proyección para cada uno(a) de los participantes en el Piloto de Atención Cultural Complementaria para niños, niñas y jóvenes de siete a catorce años de edad. ACUERDO (SEFIN) N° 700 del 10 de julio de 2018 que cuyo contenido primordial es el "REGLAMENTO GENERAL PILOTO DE ATENCIÓN CULTURAL COMPLEMENTARIA A NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE 7-14 AÑOS". Y EL "REGLAMENTO DE MATRÍCULA Y PROMOCIÓN DE BENEFICIARIOS" DEL PROGRAMA PILOTO INTEGRAL DE COMBATE A LA POBREZA URBANA". (PPICPU). Pp. A l - ¡8 A REGLAMENTO GENERAL PILOTO. ATENCIÓN CULTURAL COMPLEMENTARIA. NIÑOS, NIÑAS Y JÓVENES DE 7-14 AÑOS. REGLAMENTO DE MATRÍCULA. PROMOCIÓN DE BENEFICIARIOS. PROGRAMA PILOTO INTEGRAL DE COMBATE A LA POBREZA URBANA. (PPICPU) PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) hn0612201801 AMPLIAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LACONSTRUCCIÓN DEL "HOSPITAL REGIONAL DEL SUR" 162-2018 DECRETO GLINID Fecha de Emisión: Gaceta oficial 34,813 Fecha de Publicación: 27 noviembre 2018 06 diciembre 2018 La Secretaría de Estado en el Despacho Salud tiene a través del Programa Nacional de Servicios de Salud (PRONASSA)/ Unidad técnica de Gestión de Proyectos (UTGP), la coordinación y la ejecución del proyecto Construcción del Hospital Regional del Sur, en Choluteca, ejecutado con fondos del préstamo EDCF No. HND-4 proveniente de la República de Corea (Export Import Bank de Corea KEXIM BANK) suscrito el 16 de febrero del 2012 y aprobado mediante Decreto No. 48-2012 de fecha 17 de abril de 2012 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta", Edición No. 32,828 el 24 de mayo de 2012. En el Convenio suscrito entre Export Import Bank de Corea KEXIM BANK y la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud por el monto equivalente a TREINTA Y TRES MILLONES VEINTIDÓS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (S 33, 022,000.00), en el cual el último desembolso a ejecutar será en un plazo de cuarenta y dos (42) meses de la fecha efectiva del Convenio prorrogable por un acuerdo entre ambas partes. Según las Disposiciones Generales del Presupuesto General de la República, Ejercicio Fiscal 2018, Artículo 93 contar con el Setenta de Ingresos y Egresos numeral 4), requiere y Cinco por ciento (75%) de los recursos comprometidos y que actualmente se está elaborando el nuevo diseño del Hospital del Sur y que las obras de contraparte se inician en 2018 y la construcción del Hospital en el 2019, no se cuenta con el porcentaje de ejecución requerido Conforme al Artículo 205 Atribución 32} de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional; aprobar anualmente el Presupuesto General de Ingresos y Egresos tomando como base el proyecto que remite el Poder Ejecutivo debidamente desglosado y resolver sobre su modificación. Sumario (Español) Términos Notas DECRETO N° 162-2018 del 27 de noviembre de 2018 cuyo contenido principal estriba en AMPLIAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN DEL "HOSPITAL REGIONAL DEL SUR". 2 Artículos. Pp. 30 A - A 31 AMPLIAR. PLAZO DE EJECUCIÓN. CONSTRUCCIÓN REGIONAL DEL SUR". SECRETARÍA DE ESTADO EN EL FINANZAS. MUNICIPIO DE CHOLUTECA. "HOSPITAL DESPACHO DE PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas hn071220!801 ADICIONAR EL ARTICULO 70-A A LA LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HONDURAS 66-2018 DECRETO Gaceta oficial 34,814 GLINID Fecha de Emisión: Fecha de Publicación: 17 de julio 2018 07 diciembre 2018 La Constitución de la República reconoce el derecho a la protección de la salud, estableciendo que es deber de todos participar en la promoción y la protección de ésta; la posibilidad de sobrevivir a un evento complejo de salud es radicalmente distinta, dependiendo del lugar donde se encuentre el paciente. Esto debido a que los pacientes que viven en las comunidades, aldeas o pueblos más apartados, por lo general no cuentan con los medios suficientes para realizar el traslado hasta la ciudad más cercana, así que muchas personas de escasos recursos económicos optan por no continuar el tratamiento recomendado. Es necesario adoptar medidas de acción positiva para garantizar que las personas de escasos recursos puedan acceder al Derecho Humano de la Salud. DECRETO N° 66-2018 del 17 de julio de 2018 que contiene el ADICIONAR EL ARTÍCULO 70-A A LA LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HONDURAS. 3 Artículos. Pp. 2 A - A 3 ADICIONAR. ARTÍCULO 70-A. "LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HONDURAS". INSTITUTO HONDURENO DEL TRANSPORTE TERRESTRE. (IHTT). SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL. CENTRO DE SALUD. HOSPITAL REGIONAL. HOSPITAL NACIONAL. PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) hn0712201802 REFORMAR POR ADICIÓN EL ARTÍCULO 24 DE LA "LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HONDURAS" 136-2018 DECRETO Gaceta oficial 34,814 El ámbito del Derecho GLINID Fecha de Emisión: Fecha de Publicación: 07 noviembre 2018 07 diciembre 2018 Internacional del cual Honduras forma parte, existen normas que regulan las diferentes condiciones en que debe operar el transporte de de la globalización de mercancías, tanto de esos bienes que producto la producción, de la oferta y demanda, son traslados del territorio de un país a otro, así como cuando transitan por uno de ellos, teniendo un tercer país como destino, lo cual supone asegurarse reglas mínimas en ese traslado, así como los aseguramientos necesarios de esa carga, así como del transporte y equipo que la moviliza, siendo necesario y un compromiso de país, armonizar nuestras normas nacionales a esos Tratados Internacionales como lo requiere el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Transporte Multimodal Internacional de Mercancías, celebrado en Ginebra, el 24 de mayo de 1980, así corno la Conferencia de las Naciones Unidas para la elaboración de un Convenio sobre el transporte multirnodal internacional, y en el ámbito regional el Acuerdo Centroamericano sobre Circulación por Carreteras en Materia de Pesos y Dimensiones de Vehículos de Carga. Es responsabilidad del Estado de Honduras garantizar a través de las instituciones que conforman el sector de transporte, el cumplimiento de la finalidad primordial del servicio en las mayores y mejores condiciones y en el transporte de carga, generando entre los sujetos de la relación, condiciones de competitividad con equidad. DECRETO No. 136-2018 del 07 de noviembre de 2018 que estable el REFORMAR POR ADICIÓN EL ARTÍCULO 24 DE LA TERRESTRE DE HONDURAS". 3 Artículos. Pp. 6 A "LEY DE TRANSPORTE - A 9 Términos REFORMAR. POR ADICIÓN. ARTÍCULO 24. "LEY DE TRANSPORTE TERRESTRE DE HONDURAS". Notas PDF No. hn0812201801 Título: REGLAMENTO GENERAL DEL SISTEMA DE TRAZABILiDAD AGROPECUARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA (SINART) DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) Número de Documento: 006-2018 GLINID Clase de Documento: ACUERDO No. C.D. SENASA Fecha de Emisión: 27 noviembre 2018 Publicación : Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 34,815 Fecha de Publicación: 08 diciembre 2018 Recursos Jurídicos Relacionados: Para mejorar la competitividad de los sectores productivos nacionales y facilitar las exportaciones de productos agropecuarios, se requiere incrementar la eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios de sanidad agroalimentaria, de tal forma que el creciente intercambio comercial de esos productos se efectúe cumpliendo con las normas nacionales e internacionales. Conforme establece el artículo N° 1 del Decreto Ejecutivo N" 038-2016, la SAG, a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), es responsable de la organización, ejecución y control de la acreditación de profesionales, laboratorios, empresas para programas o acciones sanitarias y fitosanitarias en el país. El artículo 11 de la Ley Fito zoosanitaria reformada mediante Acuerdo Legislativo 344-1005 el SENASA, debe reglamentar y coordinar con los gremios profesionales, universidades y centros de formación profesional agropecuaria oficialmente reconocidos en el país, el sistema nacional de acreditación de empresas y profesionales para que puedan realizar certificaciones, asesorías y servicios acordes con las necesidades de los programas y las disposiciones legales vigentes. El Decreto Ejecutivo N° PCM-038-2016, publicado en La Gaceta de fecha 25 de julio del 2016, el Presidente Constitucional de la República en Consejo de Ministros decretó la Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: creación del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, suprimiendo la Dirección conocida como Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, con un Órgano Técnico de Decisión superior denominado "Consejo Directivo" facultado para discutir y aprobar los Reglamentos que someta a consideración el Director General. ACUERDO Na C.D. SENASA-006-2018 del 27 de noviembre de 2018 que contiene el REGLAMENTO GENERAL DEL SISTEMA DE TRAZABILIDAD AGROPECUARIA, ACUÍCOLA Y PESQUERA (SINART) DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA). 91 Artículos. Pp. A l - A 23 REGLAMENTO GENERAL. SISTEMA DE TRAZAB1LIDAD. AGROPECUARIA. ACUÍCOLA. PESQUERA. (SINART). SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA. (SENASA). ORDENAMIENTO AVÍCOLA. LEY FITOZOOSANITARIA. INCUBADORA. PLANTAS PROCESADORAS. POLINAZA. GALLINAZA. - hn!012201801 REGLAMENTO DE LA LEY DE APOYO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA 826-2018 ACUERDO Gaceta oficial 34,816 GLIN ID Fecha de Emisión: Fecha de Publicación: 10 diciembre 2018 10 diciembre 2018 En fecha 28 de noviembre de 2018 fue publicado en e! Diario Oficial La Gaceta el Decreto N° 145-2018 contentivo de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa, en la que se establecen una serie de medidas para fomentar la regularizaron y formalización, de tal manera Sumario (Englísh) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: Número de que contribuya al fortalecimiento económico de la Nación, a la generación de nuevos y mejores empleos. El Artículo 15 de la Ley de Apoyo a la Micro y Pequeña Empresa establece: "La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en coordinación con la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y el Servicio de Administración de Rentas (SAR), debe emitir el Reglamento de la presente Ley, en un plazo no mayor a treinta (30) días después de su entrada en vigencia". Conforme al Numeral 15) del Artículo 29 de la Ley de Administración Pública y sus Reformas, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, le compete todo lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las Finanzas Públicas, por lo que se debe asegurar de la correcta aplicación de las normas jurídicas relacionadas con el funcionamiento del Sistema Tributario de Honduras. El Artículo 60 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-008-97 reformado por el Decreto PCM-35-2015 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 26 de junio de 2015, compete a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Dirección General de Política Tributaria, definir, dar seguimiento y evaluar la política tributaria, a fin de lograr una política fiscal sostenible en beneficio de la sociedad hondurena. ACUERDO N° 826-2018 (SEFIN) del 10 de diciembre de 2018 que contiene el REGLAMENTO DE LA LEY DE APOYO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA. 28 Artículos. Pp. A 45 -52 A REGLAMENTO. LEY DE APOYO A LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA. COMERCIANTES. DIFOMIPYME. FORMALIZACIÓN. PROFESIONALES INDEPENDIENTES. SAR. SEFIN. hnl!12201801 MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS INTEGRADOS, DIRECCIÓN GENERAL DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES Y BIENES INMUEBLES (DIGECEBI). 0777-SE-2018 GLIN ID Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas ACUERDO MINISTERIAL Gaceta oficial 34,817 Fecha de Emisión: 27 de agosto 2018 Fecha de Publicación: 11 diciembre 2018 Es facultad de los Secretarios de Estado, Orientar, Dirigir, Supervisar y Controlar las Actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieren a otros órganos. Es atribución y deber de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos en los asuntos de su competencia y en aquellos que le delegue el Presidente de ía República. La Dirección General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI), tiene como objeto desarrollar proyectos fundamentales para el mejoramiento de la calidad de la enseñanza-aprendizaje, teniendo como punto de partida la protección y administración de los bienes del Estado. Para los próximos años DIGECEBI será reconocida como el ente gubernamental que mejor ha respondido y seguirá respondiendo a las necesidades de construcción y reparación que presentan los centros educativos en todo el territorio hondureno. ACUERDO MINISTERIAL No. 0777-SE-2018 del 27 de agosto de 2018 que contiene el MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS INTEGRADOS, DIRECCIÓN GENERAL DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES Y BIENES INMUEBLES (DIGECEBI}. 3 Artículos. Pp. A 1 - A 307 MANUAL DE PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS INTEGRADOS. DIRECCIÓN GENERAL DE CONSTRUCCIONES ESCOLARES Y BIENES INMUEBLES (DIGECEBI). ESTRUCTURA ORGANIZATIVA. FUNCIONES SUSTANTIVAS. DESCRIPCIÓN DE PROCESOS. UNIDAD DE EVALUACIÓN Y DISEÑO. DESCRIPCIÓN DE PUESTOS. PDF No. hn!212201801 Título: PROTOCOLO DE FAMILIAS DE PROTECCIÓN TEMPORAL HONDURAS Numero de Documento: 296-A-2018 GLINID Clase de Documento: ACUERDO Fecha de Emisión: 15 noviembre 2018 Publicación : Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 34,818 Fecha de Publicación: 12 diciembre 2018 Recursos Jurídicos Relacionados: El Artículo 118 de la Ley General de la Administración Pública establece, entre otras cosas, que se emitirán por Acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada y que la motivación de estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula "ACUERDA". Los Acuerdos serán firmados por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales. La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), es un ente desconcentrado, adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, con independencia técnica, funcional y administrativa para el mejor cumplimiento de sus fines. La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), tiene entre sus atribuciones, rectorar, formular, coordinar, gestionar, monitorear y evaluar las políticas públicas, programas y servicios especializados en materia de niñez, adolescencia y familia, ello implica la transferencia de recursos financieros a los organismos responsables de la ejecución directa de programas de atención a dichos sectores, el Estado Hondureno basa sus acciones y atención de las niñas, niños y adolescentes en la normativa internacional, entre los que destacan la "Declaración de los Derechos del Niño", adoptada por la Asamblea General el 20 de noviembre de 1959 y la "Convención sobre los Derechos del Niño", ratificada por Honduras en 1990, que además de establecer los principios básicos para el cumplimiento de todos sus derechos, exigen la prestación de recursos, aptitudes y contribuciones específicas, necesarios para asegurar al máximo la supervivencia y el desarrollo de la infancia.- En sus artículos también se exige la creación de mecanismos para proteger a la infancia contra los diferentes riesgos como por ejemplo el abandono, la explotación, los malos tratos v la violencia. En el Diario Oficial" La Gaceta, número 34,667 de fecha 15 de junio del año 2018, fue publicado el Protocolo de Familias de Protección Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Temporal Honduras, cuyo objetivo general es asegurar que los niños, niñas y adolescentes en acogida por Familias de protección Temporal, como medida de Protección temporal, tienen garantizados su Interés Superior, su bienestar y sus derechos; debiendo ser éste de cumplimiento obligatorio. ACUERDO N° 296-A-2018 (DINAF) del 15 de noviembre de 2018 que contiene el PROTOCOLO DE FAMILIAS DE PROTECCIÓN TEMPORAL HONDURAS, el cual tiene como objetivo general asegurar que los niños, niñas y adolescentes en acogida por Familias de Protección Temporal, como medida de protección temporal, tengan garantizados su Interés Superior, su bienestar y sus derechos. 3 Artículos. Pp. A 49 -50 A PROTOCOLO DE FAMILIAS. PROTECCIÓN TEMPORAL HONDURAS. DIRECCIÓN DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (DINAF). DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO. hn!312201801 PROYECTO ESPECIAL "ECONOMÍA NARANJA". PCM-079-2018 DECRETO EJECUTIVO GLIN ID Fecha de Emisión: 04 diciembre 2018 Gaceta oficial 34,819 Fecha de Publicación: 13 diciembre 2018 El Decreto Legislativo N° 36-2016, creó el Programa Nacional de Generación de Empleo y Crecimiento Económico denominado "PROGRAMA HONDURAS 2020", como un ente de derecho privado auxiliar de la Administración Pública, coadyuvante de los procesos que se realicen con el sector privado para la generación de empleo y crecimiento económico, el cual es ejecutado a través de la Unidad de Transformación y Facilitación de Inversión y Emprendimientos denominada (UT), la cual puede actuar como ejecutora de otros programas y proyectos que complementen al Programa. El Presidente de la República debe tomar las medidas necesarias para lograr que los planes, políticas, proyectos y programas se cumplan, para lo cual debe crear o modificar las instancias de conducción estratégica que estime necesarias y, cuando corresponda pueda auxiliarse en los organismos de derecho privado pertinentes para alcanzar los objetivos del Plan de Nación y los planes estratégicos que de él se deriven. Es de interés ineludible del Gobierno de la República, tomar las medidas necesarias para coordinar, articuladamente esfuerzos, con miras a visibilizar las industrias creativas nacionales, promoviendo su crecimiento e identificándolo como un sector generador de empleo de calidad, motor de desarrollo, que fomenta el tejido social humano, así como la identidad y equidad, las cuales deben ser exaltadas, promocionadas, incentivadas, protegidas y reconocidas. Las industrias creativas comprenden los sectores que conjugan creación, producción y comercialización de bienes y servicios basados en contenidos intangibles de carácter cultural, y/o aquellas que generen protección en el marco de los derechos de autor, además comprenden de forma genérica, sin limitarse a los sectores editoriales, audiovisuales, fonográficos, de artes visuales, de artes escénicas y espectáculos, de turismo y patrimonio cultural material e inmaterial, de educación artística y cultural, de diseño, publicidad, contenidos multimedia, software de contenidos y servicios audiovisuales interactivos, moda, agencias de noticias y servicios de información y educación creativa. Para el Gobierno de la República, es de vital interés formular un Proyecto Integral de la Economía Creativa, con miras a desarrollar y ejecutar una normativa integral que despliegue sus fines y objetivos. Para lo cual se identificará los sectores objeto de la misma, formulando lineamientos que permitan desarrollarlos, fortalecerlos, posicionarlos, protegerlos y acompañarlos como creadores de valor agregado de la economía. La Economía Naranja, es el conjunto de actividades que de manera encadenada permiten que las ideas se transformen en bienes y servicios culturales, cuyo valor está determinado por su contenido de Propiedad Intelectual; es evolución del sector creativo; oportunidad para tomar en cuenta el talento de otros, intercambiar ideas y dar vida a un producto completamente innovadory lleno de valor intelectual. Es urgente poner en marcha un plan para respaldar e impulsar los hondurenos dedicados a actividades que tienen su origen en la creatividad, la habilidad y el talento individual. Sumario (English) Sumario (Español) DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-079-2018 del 04 de diciembre de 2018 que contiene el PROYECTO ESPECIAL "ECONOMÍA NARANJA" con el objeto de impulsar y desarrollar la innovación y la industria creativa- cultural en el país. 10 Artículos. Pp. A 1-6 A Términos PROYECTO ESPECIAL "ECONOMÍA NARANJA". PROGRAMA NACIONAL DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y CRECIMIENTO ECONÓMICO. "PROGRAMA HONDURAS 2020". Notas PDF No. hn!512201801 Título: OTORGAMIENTO DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA ANUAL A LA "ASOCIACIÓN DE RESERVISTAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS (ARPAH)" Número de Documento: 67-2018 GLINID Clase de Documento: DECRETO Fecha de Emisión: 31 de enero 2018 Publicación : Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 34,821 Fecha de Publicación: 15 diciembre 2018 Recursos Jurídicos Relacionados: Los reservistas son hondurenos que con dignidad y lealtad, sacrificio, prestaron el Servicio Militar Obligatorio sirviendo al país en la Defensa de la Soberanía Territorial, por el bienestar de nuestros habitantes y la Seguridad del Estado. Es deber del Estado velar por la protección de aquellos ciudadanos que habiendo sido dados de baja o se encuentren en situación de retiro de las Fuerzas Armadas de Honduras y que no formen parte de ningún régimen de Protección o Previsión Social, que les permita recibir una compensación económica, para vivir dignamente. El 23 de julio de 2013, fue aprobado por esta Cámara Legislativa el Decreto N" 142-2013, el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 33,342, cuya finalidad es otorgar la cantidad anual de DIECIOCHO MIL LEMPIRAS (L.18,000.00) a LA ASOCIACIÓN DE RESERVISTAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS, sin embargo, Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Existen otras asociaciones de reservistas que en forma independiente se han constituido y se encuentran excluidas del derecho de recibir la compensación económica por los servicios prestados a la Patria. DECRETO N° 67-2018 del 31 de enero de 2018 cuyo contenido primordial es el OTORGAMIENTO DE UNA COMPENSACIÓN ECONÓMICA ANUAL A LA "ASOCIACIÓN DE RESERVISTAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS (ARPAH)" OTORGAMIENTO. COMPENSACIÓN ECONÓMICA ANUAL. "ASOCIACIÓN DE RESERVISTAS DE LAS FUERZAS ARMADAS DE HONDURAS (ARPAH)". DIECIOCHO MIL LEMPIRAS (L.18,000.00) hn!71220180l POLÍTICA DE GESTIÓN DE RENTAS. SAR-479-2018 ACUERDO Gaceta oficial 34,822 DE RIESGO DEL SERVICIO GLINID Fecha de Emisión: Fecha de Publicación: DE ADMINISTRACIÓN 07 diciembre 2018 17 diciembre 2018 El numeral 1 del Artículo 197 del Decreto en cuestión indica que el SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), estará a cargo de un(a) Director(a) Ejecutivo(a), con rango Ministerial nombrado por el Presidente de la República, quien será responsable de definir y ejecutar las políticas, estratégicas, planes y programas administrativos, metas y resultados, conforme a las políticas económicas, Fiscales y tributarias del Estado. El Artículo 198 de la supra citada norma establece entre otras atribuciones del Servicio de Administración de Rentas (SAR); 1) ..., 2} Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efecto de combatir las infracciones y los delitos tributarios., 12) Aprobar Acuerdos para la aplicación eficiente en materia tributaria de conformidad con el presente Código. El Artículo 199 del Código Tributario establece entre otras atribuciones de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), 1) Ejercer la Representación legal y administración general, dirección y manejo de la institución..." 2) Aprobar las políticas institucionales; 6} Aprobar Acuerdos que contengan las normas internas de la institución...; 12) Preparar planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la política económica y metas de recaudación anuales acordadas.; y, 13) Las demás funciones que le confieran el presente Código y las leyes aplicables. El Acuerdo Ejecutivo N° 001-A-2017 de fecha 02 de enero del 2017 se nombró a la suscrita como Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango Ministerial y con facultades para emitir y ejecutar los actos administrativos necesarios y pertinentes para el ejercicio de las funciones. Mediante Acuerdo Número SAR-1220-2017 de fecha 27 de mayo de!2017, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PBI) 2017- 2022 del Servicio de Administración de Rentas (SAR), a fin de optimizar la recaudación, disminuyendo el déficit fiscal, haciendo énfasis en el combate a la evasión y elusión fiscal. Es necesario establecer el marco legal, para la gestión integral de riesgo tributario que garantice la articulación de las diferentes políticas, estrategias, metodologías planes y acciones que reduzcan la brecha de incumplimiento, teniendo como consecuencia el aumento de la recaudación tributaria y facilitación del cumplimiento. Los órganos administrativos desarrollarán su actividad sujetándose a la jerarquía normativa establecida en el Artículo 7 de la Ley General de la Administración Pública y con arreglo a las normas de economía, celeridad y eficacia, a fin de lograr una pronta y efectiva satisfacción del interés general. La Ley General de la Administración Pública en su Artículo 116 determina que, los actos de los Órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias Sumario (English) Sumario (Español) Términos ACUERDO NÚMERO SAR-479-2018 del 07 de diciembre de 2018 que entraña el contenido de la POLÍTICA DE GESTIÓN DE RIESGO DEL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS. 3 Artículos. Pp. 2 A - A 3 POLÍTICA DE GESTIÓN DE RIESGO. SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR). COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS. MINISTRA(O). DIRECTORA(O). GRANDES CONTRIBUYENTES TEGUCIGALPA. GRANDES CONTRIBUYENTES SAN PEDRO SULA. Notas PDF No. hn!712201802 Título: REFORMAR EL ARTICULO 1 DEL DECRETO EJECUTIVO N° 013-2018 Número de Documento: 029-2018 GLIN ID Clase de Documento: DECRETO EJECUTIVO Fecha de Emisión: 14 diciembre 2018 Publicación : Gaceta oficial Número de Edición de la Publicación: 34,822 Fecha de Publicación: 17 diciembre 2018 Para asegurar una adecuada administración y eficiencia en el uso de los recursos de los Fideicomisos, es necesario contar con un mecanismo único y consolidado de asignación, control financiero y gobernanza que permita mantener una adecuada toma de decisiones en los recursos. Que el crecimiento económico sostenible a través de la inversión pública, la asistencia social y la generación de empleo y oportunidades, es prioritario para reducir la pobreza. Corresponde a la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, auxiliar al Presidente de la República en la coordinación de la Administración Pública, así como la asignación de los recursos para el logro de los objetivos y metas definidos por el Presidente de la República. Mediante Decreto Ejecutivo N° PCM-033-2018 de fecha 18 de mayo del 2018 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 30 de mayo del 2018, se instruyó a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, como fideicomitente, para que aprobara y suscribiera un contrato de Fideicomiso denominado: "FIDEICOMISO DE INVERSIONES Y ASIGNACIONES, PARA REALIZAR INVERSIONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD, INVERSIONES EN LA RED VIAL PRIMARIA, SECUNDARIA Y TERCIARIA DEL PAÍS, INVERSIONES EN PROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEO Y OTROS" (FINA 2), con el BANCO HONDURENO PARA LA PRODUCCIÓN Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), o ante otro banco del sistema financiero nacional; creándose asimismo la Unidad Técnica de Fideicomisos para coordinar, supervisar y monitorear, la ejecución de los fondos y el cumplimiento de los objetivos del Fidecomiso antes mencionado. El referido Decreto Ejecutivo establece que para efectos de garantízar_una sana efectividad en el uso de los recursos y Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: mismos sean destinados para los fines establecidos en el objetivo del fideicomiso, la Secretaría de Coordinación General de Gobierno establecerá, de acuerdo a las instrucciones del Presidente de la República giradas mediante el correspondiente Decreto Ejecutivo, la cartera de programas y proyectos del fideicomiso. En fecha 03 de septiembre de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 013-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 12 de septiembre de 2018, mediante el cual se aprueba la cartera de proyectos a ser financiados por el Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA 2), para el año 2018. El 23 de octubre de 2018 se aprobó el Decreto Ejecutivo 019-A- 2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 23 de octubre de 2018, mediante el cual se reforma el Artículo 1 del Decreto Ejecutivo 013-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 12 de septiembre de 2018. Por el Decreto Ejecutivo PCM-078-2018, se declara Estado de Emergencia y se interviene el Hospital Escuela Universitario (HEU) por razones de interés público, nombrando para este efecto, una Comisión Interventora, con amplios poderes conforme a lo establecido en la Ley General de la Administración Pública. DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 029-2018 del 14 de diciembre de 2018 cuyo contenido manda REFORMAR EL ARTÍCULO 1 DEL DECRETO EJECUTIVO N° 013-2018. 2 Artículos. Pp. 4 A - A 7 REFORMAR. ARTÍCULO 1. DECRETO EJECUTIVO N° 013-2018. FIDEICOMISO DE INVERSIONES. ASIGNACIONES, SISTEMA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN DE LA PROPIEDAD. INVERSIONES EN LA RED VIAL. INVERSIONES EN P'ROYECTOS DE GENERACIÓN DE EMPLEOS. hn2012201801 PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2019 Número de Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas PDF No. Título: Número de 180-2018 DECRETO Gaceta oficial 34,825 GLIN ID Fecha de Emisión: Fecha de Publicación: 13 noviembre 2018 20 diciembre 2018 La Constitución de la República establece que Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como República libre, democrática e Independiente para asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, libertad, la cultura, el bienestar económico. El Artículo 205 de la Constitución de la República Atribución 32) establece que es potestad del Congreso Nacional la aprobación anual del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, tomando como base eí proyecto que remite el Poder Ejecutivo, debidamente desglosado y resolver sobre su modificación. DECRETO N° 180-2018 del 13 de noviembre de 2018 que contiene el PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, EJERCICIO FISCAL 2019. 261 Artículos. Pp. A l - A 99 PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA. EJERCICIO FISCAL 2019. CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES LEMPIRAS EXACTOS (L 152,356,832,593.00) hri2112201801 INTERPRETAR EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DEL INST TUTO DE PREVISIÓN MILITAR 173-2018 GLIN ID Documento: Clase de Documento: Publicación : Número de Edición de la Publicación: Recursos Jurídicos Relacionados: Sumario (English) Sumario (Español) Términos Notas DECRETO Fecha de Emisión: 06 diciembre 2018 Gaceta oficial 34,826 Fecha de Publicación: 21 diciembre 2018 La Ley del Instituto de Previsión Militar, según Decreto No. 167-2006 de fecha 27 de noviembre de 2006, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 21 de febrero del año 2007, manda en el Artículo 71 lo siguiente: "EXENCIÓN DE IMPUESTO, el Instituto de Previsión Militar (IPM) y sus dependencias están exentos del pago de cualquier clase de impuesto, derechos tasas, contribuciones y arbitrios", exención que se encuentra vigente al tenor de lo que disponen las excepciones que taxativamente señala el Articulo 5 del Decreto No. 278-2013 de fecha 21 de diciembre del 2013 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 30 de diciembre de 2013 y en particular la de su numeral 6). El Artículo 39 de la Ley Marco del Sistema de Protección Social contenido en Decreto No. 56-2015 de fecha 21 de mayo de 2015, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 2 de julio del año 2015, establece: "Todos los derechos y beneficios de asistencia social que se deriven de la presente Ley, son de orden prioritario y están sujetos a la capacidad presupuestaria. Sin perjuicio de lo expuesto en el párrafo anterior, por la naturaleza propia como administradores de riesgo de los institutos prevísionales, cuyos flujos de ingresos y egresos están asociados a mediciones actuariales, por lo que son parte de un marco regulatorio de supervisión técnica especializada, no le son aplicables a los referidos Institutos cualquier norma o disposición presupuestaria que les restrinja el logro de su objetivo esencial de cumplir en tiempo y forma el pago de los beneficios previsionales que se derivan de su Ley, así como de la inversión de las reservas técnicas". DECRETO No. 173-2018 del 06 de diciembre de 2018 que entraña el INTERPRETAR EL ARTÍCULO 71 DE LA LEY DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR. 2 Artículos. Pp. 22 A INTERPRETAR. ARTÍCULO 71. LEY DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN MILITAR. ESTADO MAYOR CONJUNTO. EXENCIÓN DE IMPUESTO. IMPUESTOS. DERECHOS. TASAS. CONTRIBUCIONES. ARBITRIOS. Notas Dr. Ernesto Gálvez Mejfa Director Centradélnvestigacion Y Estr slativa CCIEL Mes de Diciembre de 2018.

Leyes relacionadas

Acuerdo Ministerial No. A-646-15 — Medidas fitosanitarias para prevenir la diseminación de Xylella fastidiosa
Esta ley establece medidas obligatorias para prevenir la propagación de Xylella fastidiosa (una bacteria que afecta café y cítricos) en Honduras. Requiere pruebas de laboratorio antes de exportar plantas, destrucción total de cultivos infectados sin compensación a dueños, y determinar si la bacteria existe en el país siguiendo normas internacionales.
Decreto A-646-15 | 2015
Acuerdo Ejecutivo 05-2019 mediante el cual se autoriza a la Procuraduría General de la República para ejercer la facultad especial de transigir en el proceso de solución amistosa en el caso 12.972 Marcelo Ramón Aguilera Aguilar
Este acuerdo autoriza a la Procuraduría General de la República a negociar y llegar a un acuerdo económico con Marcelo Ramón Aguilera Aguilar por su despido de la Policía Nacional en 2001. El Estado asume el pago de la indemnización acordada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sin reconocer responsabilidad.
Decreto 58-2001 | 2019
Acuerdo Ministerial No. SAG-192-2021 — Reintegración a la flota pesquera nacional de caracol de la embarcación REY KIM
Este acuerdo reintegra la embarcación pesquera REY KIM a la flota nacional de caracol después de haber sido excluida injustamente en 2015. La embarcación ahora es la número 14 de la flota y recibe la misma cuota de captura que las otras 13 embarcaciones autorizadas, permitiendo que su propietario vuelva a la actividad de pesca de caracol.
Decreto SAG-192-2021 | 2022
Acuerdo Ejecutivo — Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de La Chorrera
Este acuerdo aprueba los estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento (JAAS) de La Chorrera, Marcala, La Paz. Establece que esta organización sin fines de lucro administrará, operará y mantendrá el sistema de agua potable y saneamiento de la comunidad, con una Asamblea de Usuarios como máxima autoridad y una Junta Directiva de siete miembros que coordina comités de operación, saneamiento, microcuencas y vigilancia. Los ciudadanos tienen derecho a voz, voto y a elegir directivos, pero deben usar adecuadamente el agua, pagar tarifas puntuales y participar en labores de mantenimiento del sistema.
Decreto | 2025
Acuerdo Ejecutivo No. 34-2024 — Nombramiento de Director Adjunto del Fondo Hondureño de Inversión Social y Subsecretario interino de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento
Decreto 34-2024 | 2024