Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 14874-2022 — Reforma del Acuerdo Ministerial No. 2744 sobre Píldora Anticonceptiva de Emergencia para víctimas de violencia sexual
Poder Ejecutivo
Tegucigalpa, M.D.C. 01 de diciembre del 2022
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SALUD
En uso de las facultades que se le confiere mediante
Acuerdo Ejecutivo No. 58-2022 de fecha 02 de febrero del
2022, como Secretario de Estado en el Despacho de Salud.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República de
Honduras reconoce el derecho a la protección de la salud, es
deber de todos participar en la promoción y preservación de
la salud personal y de la comunidad.
CONSIDERANDO: Que Honduras como Estado miembro
de la Organización de las Naciones Unidades (ONU) y de la
Organización de los Estados Americanos (OEA) ha suscrito
y ratificado diversos Tratados y Convenios, por lo tanto,
se ha inscrito en el Sistema Universal e Interamericano de
Protección de los Derechos Humanos.
CONSIDERANDO: Que el 02 de abril de 1983 entró en
vigor la “Convención sobre la eliminación de todas las
formas de Discriminación contra la Mujer”, mejor conocida
como CEDAW, en la que se promueve que los países
miembros, como en el caso de Honduras promueva a través
de su normativa interna, la erradicación de todas las prácticas
discriminatorias y garantizar el ejercicio pleno de los derechos
humanos de las mujeres.
CONSIDERANDO: Que los compromisos aceptados por
Honduras como un Estado miembro de la Organización
Panamericana de la Salud (OPS), son un estándar importante
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EDIS ANTONIO MONCADA
DAGOBERTO ZELAYA VALLE
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
de salud pública y derechos humanos que pudiera ser de
utilidad con relación a la lucha contra la disminución de
abortos inseguros. Lo anterior, con relación a la protección
social y al acceso a los servicios de salud de calidad para
mujeres y adolescentes en la Agenda de Salud para las
Américas.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con la Organización
Mundial de la Salud (OMS) “la anticoncepción de emergencia
se refiere a métodos que las mujeres pueden usar como
respaldo y en caso de emergencia, dentro de los primeros
días posteriores a una relación sexual sin protección, con el
objetivo de prevenir un embarazo no deseado”.
CONSIDERANDO: Que, en fecha 21 de octubre del año
2009 se emitió el Acuerdo No. 2744, publicado, en el Diario
Oficial La Gaceta No. 32,045, con fecha 24 de octubre de
2009, que a la letra señala; prohibir la promoción, uso,
venta y compra relacionada con la Píldora Anticonceptiva
de Emergencia (PAE), así como la distribución pagada o
gratuita y comercialización de fármacos de anticoncepción de
emergencia, en farmacias droguerías o cualquier otro medio
de adquisición.
CONSIDERANDO: Que, en fecha 18 de agosto de 2022, a
solicitud de la Secretaría de Asuntos de la Mujer (SEMUJER),
el Colegio Médico de Honduras (CMH) emitió el dictamen
por parte de la Sociedad de Ginecología y Obstetricia de
Honduras, el cual, en una de sus partes dice que la píldora
anticonceptiva de emergencia, no es abortiva y no impide la
implantación de un óvulo fecundado, ya que no tiene efecto
sobre el endometrio, por lo cual, no existen condiciones
médicas conocidas en las cuales no se deba usar la PAE, y
que su eficacia se ciñe a su toma en los primeros días después
de la relación sexual, antes de que el óvulo sea liberado desde
el ovario y de que el espermatozoide lo fecunde, por lo que
no pueden interrumpir un embarazo ya establecido ni dañar
a un embrión en desarrollo.
CONSIDERANDO: Que, la Organización Mundial de la
Salud (OMS) concluyó en una investigación, que 1 de cada
4 mujeres en América Latina y el Caribe han sufrido una
agresión física o sexual de su pareja íntima y el 12% ha sufrido
violencia sexual de parte de otro agresor; y que la violencia
sexual es una emergencia médica, definida por la Organización
Panamericana de la Salud (OPS) como: “todo acto sexual,
la tentativa de consumar un acto sexual, los comentarios
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o insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones para
comercializar o utilizar de cualquier otro modo, la sexualidad
de una persona sin su consentimiento expreso por otra persona,
independientemente de la relación de ésta con la víctima, en
cualquier ámbito incluido el hogar y el lugar de trabajo”.
CONSIDERANDO: Que la violencia sexual abarca actos
que van desde el acoso verbal a la penetración forzada y
una variedad de tipos de coacción, desde la presión social e
intimidación a la fuerza física, estando dentro de los grupos
más vulnerables en Honduras según las estadísticas actuales,
las mujeres, niñas, niños y adolescentes.
CONSIDERANDO: Que la violencia es un problema de
salud pública debido a que afecta al desarrollo integral y
al bienestar biopsicosocial de la persona. Los efectos de
cualquier forma de violencia pueden conllevar condicionantes
de la salud como: ansiedad, depresión, suicidio, embarazo
no intencional, infecciones de transmisión sexual, abuso de
bebidas alcohólicas, entre otras. Las consecuencias de la
violencia sexual para la salud son devastadoras, estas pueden
ser biológicas, psicológicas y sociales, debido a lo cual, es
necesaria la intervención en salud en varios sentidos.
CONSIDERANDO: Que, la Secretaría de Salud tiene como
función responder de manera eficiente, eficaz y equitativa
a las necesidades y demandas de las personas víctimas/
sobrevivientes de violencia sexual, para brindar una respuesta
integral a la población en referencia, surgiendo la necesidad
de contar con un instrumento normativo, que permita a
proveedores de servicios de salud públicos y no públicos, dar
respuesta sin ningún tipo de discriminación a la demanda de
personas de diferentes ciclos de vida, que acuden en busca
de atención posterior a una agresión sexual, para lo cual se
vuelve indispensable la modificación del acuerdo 2744 de
fecha 21 de octubre de 2009.
CONSIDERANDO: Que la Ley de Procedimiento
Administrativo establece, que el órgano que dictó el acto
podrá modificarlo cuando desaparecieran las circunstancias
que lo motivaron o sobrevinieron otras que, de haber existido
a la razón, el acto no habría sido dictado; también podrá
modificarlo cuando no fuere oportuno o conveniente a los
fines del servicio para el cual se dicta.
POR TANTO: En uso de las facultades que esta investido,
y en aplicación a los artículos 145, 146, 149, 255 de la
Constitución de la República; 36 numerales 1, 2, 8, 116, 118,
119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública;
67 del Reglamento de Organización Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo; 156, 162, 164, 165, 226,
227, 229, 230 y 232 del Código de Salud; 121, 125 de la Ley
de Procedimiento Administrativo.
ACUERDA:
PRIMERO.- Reformar el Acuerdo Ministerial NO. 2744 del
21 de octubre del año 2009, publicado en el Diario Oficial
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La Gaceta NO. 32,045 en fecha 24 de octubre del año 2009,
que a la letra señala: “PRIMERO: Prohibir la promoción, el
uso, venta y compra relacionada con la Píldora Anticonceptiva
de Emergencia (PAE), así como la distribución pagada o
gratuita y comercialización de fármacos de anticoncepción de
emergencia, en farmacias, droguerías o cualquier otro medio
de adquisición; exceptuando de esta prohibición, la promoción
y el uso de la Píldora Anticonceptiva de Emergencia (PAE)
para los casos de víctimas sobrevivientes de violencia sexual.
SEGUNDO.- Se solicita a la Agencia de Regulación Sanitaria
(ARSA), a hacer ejercicio de sus facultades para la regulación,
supervisión, revisión, verificación, control, vigilancia y
fiscalización del cumplimiento de la reglamentación legal y
técnica del medicamento, con el fin de garantizar protección
a la salud de la población hondureña, quien a través del
Laboratorio de Especialidades Farmacéuticas del Colegio
Químico Farmacéutico de Honduras, realizará el análisis
cuali-cuantitativo y demás correspondientes y secundarios a la
vigilancia en calidad del medicamento. También, se instruye
a la Unidad Técnica de Medicamentos hacer ejercicio de sus
facultades para su distribución y almacenaje en sector de
salud pública; a la Dirección General de Vigilancia del Marco
Normativo de la Secretaría de Salud para su vigilancia de uso
y aplicabilidad.
TERCERO.- Es mandatorio la creación y publicación de
los protocolos que permitan estandarizar la atención integral
inmediata y de calidad a las personas víctimas/sobrevivientes
de violencia sexual en los servicios de salud públicos, sin
ningún tipo de discriminación. Lo anterior, con el fin de
una adecuada promoción, uso, venta y compra de la Píldora
Anticonceptiva de Emergencia (PAE) para los casos de
víctimas sobrevivientes de violencia sexual.
CUARTO.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir
del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los dos (02) días del mes de diciembre del año dos
mil veintidós (2022).
COMUNÍQUESE:
DOCTOR JOSE MANUEL MATHEU AMAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SALUD
ABOGADO ALLAN MIGUEL PINEDA ECHEVERRIA
SECRETARIO GENERAL
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Sección “B”
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29 de abril
del 2022, compareció a este juzgado el Jeffry Rolando Gáleas
Cárdenas, en su condición de representante legal de la ciudadana
Norma Leticia Medina Salinas, incoando demanda, VÍA
PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL,
para la declaración del acto administrativo impugnando el
Acuerdo No. 192-2022 de fecha ocho de abril de 2022, emitido
la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación,
Justicia y Descentralización, se pide el reconocimiento de la
situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para
el restablecimiento del derecho, se ordene el reintegro al puesto de
trabajo, a título de daños y perjuicios el pago de salarios dejados de
percibir desde la fecha de cancelación hasta que se dicte sentencia
definitiva condenatoria, más el pago de beneficios que ocurran
durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes
de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones,
desde la fecha de la terminación hasta la fecha en que se ejecute
la sentencia que se dicte, más intereses legales por pago tardío
imputable al Estado de Honduras. Contra el Estado de Honduras
a través de la Procuraduría General de la República; quedando
registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-
2022-00308. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte, demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17
de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y
los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente
publicación. DOY FE.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLON CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
20 E. 2023
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 28 de abril
del año 2022 comparece el señor ENADEX DIXZANDE
ZEPEDA HERNÁNDEZ, quien interpuso demanda con orden
de ingreso No.0801-2022-00305, contra el Estado de Honduras
a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE TRANSPORTE
TERRESTRE, interpone demanda en materia de personal
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha treinta y uno
(31) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció ante este
juzgado la señora LILIAN ALEJANDRA MORAZAN CALIX,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso
número 0801-2022-01205 contra el Estado de Honduras, a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ENERGIA, se promueve demanda contenciosa administrativa
en materia de personal para que se declare la nulidad de un
acto administrativo emitido con exceso y abuso de poder.
reconocimiento de una situación jurídica individualizada para su
pleno restablecimiento reintegro al trabajo a Título de daños y
perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir. Pago de los
derechos adquiridos durante la secuela del juicio como ser décimo
vacaciones, tercer mes, décimo cuarto mes, aumentos en ausencia.
Se alega notificación defectuosa.- Condena en Costas. Petición.
Anexos. En relación al acuerdo de cancelación N°. SEN-101-
2022 de fecha 10 de agosto del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
20 E. 2023
________
en contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO
HONDUREÑO DE TRANSPORTE TERRESTRE
(IHTT) adscrito a la Secretaría de Estado en los Despachos de
Infraestructura y Transporte (SIT) para que se declare la nulidad
de la acción personal N. 509 DE FECHA 22 de marzo de 2022
al ser el acto administrativo de carácter particular mediante el
cual se da por finalizada la relación jurídica de empleo.- Que se
reconozca la situación jurídica individualizada por la separación
inconstitucional e incausada del cargo de personal de seguridad y
como medida para el restablecimiento de la situación se ordene
mediante sentencia definitiva el reintegro a mi puesto de trabajo
y el pago de todas indemnizaciones legales y convencionales
correspondientes .- Indefensión y notificación defectuosa.-
Impugnación indirecta de acto administrativo de carácter general.-
Se acompañan documentos.- Costas del Juicio.- Poder.
MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado solicitud de REGISTRO de Plaguicidas o
Sustancia Afín.
La Abg. María Liliana Aguilar, actuando en representación de
la empresa: RAINBOW AGROQUÍMICOS DE HONDURAS,
S.A. DE C.V.
Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de.
Nombre Comercial: SPANVIC PLUS 20 SC
Compuesto por los elementos: Emamectin Benzoate 4.00%,
Spinosad 16.00%
Grupo al que Pertenece: Avermectina, Spinosin
Toxicidad: 5
Estado Físico: Líquido
Tipo de Formulación: Suspensión concentrada (SC)
Formulador y País de Origen: QINGDAO RAINBOW
CHEMICAL, CO., LTD/CHINA.
Tipo de Uso: Insecticida, Acaricida
EXPSENASA No: 2210-3759
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento
Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., viernes, 6 de enero del 2023.
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado solicitud de REGISTRO de Plaguicidas o
Sustancia Afín.
La Abg. María Liliana Aguilar, actuando en representación de
la empresa: RAINBOW AGROQUÍMICOS DE HONDURAS,
S.A. DE C.V.
Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de.
Nombre Comercial: CYFAMOX XTRA 52.5 WG
Compuesto por los elementos: Cymoxanil 30.00%, Famoxadone
22.50%
Grupo al que Pertenece: Urea, Oxazolidinediona
Toxicidad: 5
Estado Físico: Sólido
Tipo de Formulación: Granulos dispersables (WG)
Formulador y País de Origen: QINGDAO RAINBOW
CHEMICAL, CO., LTD./CHINA
Tipo de Uso: Fungicida
EXPSENASA No: 2210-3783
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento
Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., viernes, 6 de enero del 2023.
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
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AVISO DE LICITACIÓN PUBLICA
República de Honduras
INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN
Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS
PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
“SUMINISTRO DE INTERNET Y DATOS PARA
EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN
Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS
PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE A NIVEL
NACIONAL POR EL PERIODO DE 12 MESES”
ICF-GA-LPN-005-2022
1. El INSTITUTO NACIONAL DE CONSER-
VACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL DE
ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
(ICF), por este medio y en cumplimiento con los
principios de publicidad, transparencia, igualdad y
libre competencia, invita a Potenciales Oferentes
presentar oferta para el proceso de LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL No. ICF-GA-LPN-005-2022
“SUMINISTRO DE INTERNET Y DATOS
PARA EL INSTITUTO NACIONAL DE
CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL,
ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE A
NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12
MESES”.
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita a Ing. Annya
Melissa Chávez, Gerente Administrativo del ICF en la
siguiente dirección: Colonia Brisas de Olancho, 1 cuadra
arriba de Gasolinera Uno, a partir del 07 de diciembre de
2022 en un horario de 8:00 a.m. 4.00 p.m. previo el pago
de la cantidad no reembolsable de L.500.00 en efectivo.
Los documentos de la licitación también podrán ser
examinados en el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Honducompras
1”, (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente
dirección: Gerencia Administrativa del ICF colonia
Brisas de Olancho 1 cuadra arriba de Gasolinera Uno,
Comayagüela, M.D.C, a más tardar a las 2:00 p.m
del 03 de febrero del 2023. Las ofertas que se reciban
fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán
en presencia de los representantes de los Oferentes que
deseen asistir en la dirección indicada a las 2:15 p.m
del 03 de febrero del 2023. Todas las ofertas deberán
estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento
de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los
documentos de la licitación.
Comayagüela, M.D.C. 22 de diciembre del 2022
Ing. Annya Melissa Chávez
Gerente Administrativo del ICF
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA
República de Honduras
INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y
DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS
Y VIDA SILVESTRE
"CONTRATACIÓN DEL SEGURO COLECTIVO
DE VIDA Y ACCIDENTES PARA EMPLEADOS
PERMANENTES DEL ICF A NIVEL NACIONAL POR
EL PERIODO DE 12 MESES"
ICF-GA-LPN-006-2022
l. El INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN
Y DESARROLLO FORESTAL DE ÁREAS
PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF), por este
medio y en cumplimiento con los principios de publicidad,
transparencia, igualdad y libre competencia, invita a
Potenciales Oferentes presentar oferta para el proceso de
LICITACIÓN PÚBLICA N A C I O N A L N o . I C F -
G A - L P N - 0 0 6 - 2 0 2 2 "CONTRATACIÓN DEL
SEGURO COLECTIVO DE VIDA Y ACCIDENTES
PARA EMPLEADOS PERMANENTES DEL ICF
A NIVEL NACIONAL POR EL PERIODO DE 12
MESES".
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene de Fondos Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación, mediante solicitud escrita a lng.
Annya Melissa Chávez, Gerente Administrativo del
Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo
Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre en la
dirección indicada al final de este Llamado, Colonia
Brisas de Olancho, 1 cuadra arriba de Gasolinera
Uno, a partir del 22 diciembre del 2022 en un
horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. previo el pago de la
cantidad no reembolsable de L.500.00 en efectivo.
Los documentos de la licitación también podrán
ser examinados en el Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"Honducompras 1", (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en siguiente dirección:
Gerencia Administrativa del Instituto Nacional
de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas
Protegidas y Vida Silvestre, colonia Brisas de Olancho
1 cuadra arriba de Gasolinera Uno, Comayagüela,
M.D.C, a más tardar a las 2:00 p.m. del 01 de febrero
del 2023, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán
rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los
representantes de los Oferentes que deseen asistir en la
dirección indicada, a las 2:15 p.m. del 01 de febrero
del 2023, todas las ofertas deberán estar acompañadas
de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el
valor y la forma establecidos en los documentos de la
licitación.
Comayagüela, M.D.C. 22 de diciembre del 2022
Ing. Annya Melissa Chávez
Gerente Administrativo del ICF
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PODER JUDICIAL
HONDURAS
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER:
Que en la solicitud de Título Supletorio, promovido
por la Abogada MARYORY MARIVIA MURILLO
HERRERA, en representación procesal de la Sociedad
Mercantil MINERALES DE OCCIDENTE, S.A C.V.,
también conocida como siglas (MINOSA), de un inmueble
que mi representada adquirió mediante contrato privado de
compra venta otorgado por el señor HERTOR EMILIO
REYES RODRIGUEZ, quien es mayor de edad, casado,
agricultor, vecino de la comunidad de San Miguel La Unión,
departamento de Copán, con Tarjeta de Identidad número
0412-1979-00030, en el instrumento número CIENTO
VEINTIDOS (122). Dicho lote de terreno es de naturaleza
Jurídica privada que consta de un área de: TREINTA Y
OCHO PUNTO CERO CUATRO HECTÁREAS (38.04
HAS); equivalente a CINCUENTA Y CUATRO PUNTO
CINCUENTA Y SEIS MANZANAS (54.56 MZ); de
extensión superficial y se encuentra situado en aldea San
Miguel, jurisdicción del municipio de La Unión departamento
de Copán, el cual tiene la relación de medidas siguientes:
de la estación uno a la estación dos mide, CIENTO DIEZ
PUNTO TREINTA Y SIETE METROS (110.37 MTS), de
la estación dos a la estación tres mide, TRES SESENTA
PUNTO CINCUENTA METROS (360.50 MTS) de la
estación tres a la estación cuatro mide, DOSCIENTOS
TREINTA Y DOS PUNTO CINCUENTA Y CUATRO
METROS (232.64 MTS); de la estación cuatro a la estación
cinco mide, CIENTO SEIS PUNTO NOVENTA Y OCHO
METROS (106.98 MTS); de la estación cinco a la estación
seis mide, NOVENTA Y CINCO PUNTO VEINTUN
METROS (95.21 MTS); de la estación seis a la estación
siete mide, DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO
DIECISIETE METROS (237.17 MTS); de la estación
siete a la estación ocho mide, OCHENTA Y NUEVE
PUNTO SESENTA Y OCHO METROS (89.68 MTS); de
la estación ocho a la estación nueve mide, CINCUENTA
Y DOS PUNTO DIECINUEVE METROS (52.19 MTS);
de la estación nueve a la estación diez mide, CUARENTA
Y NUEVE PUNTO SETENTA Y TRES METROS
(49.73 MTS); de la estación diez a la estación once mide,
DOSCIENTOS CUATRO PUNTO SESENTA Y SIETE
(204.67 MTS); de la estación once a la estación doce
mide CIENTO ONCE PUNTO OCHENTA Y OCHO
(111.88 MTS); de la estación doce a la estación trece mide
,TREINTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y NUEVE
METROS (39.89 MTS); de la estación trece a la estación
catorce mide, CIENTO CINCO PUNTO OCHENTA Y
NUEVE METROS (105.89 MTS), de la estación catorce
a la estación quince mide, SESENTA Y DOS PUNTO
NOVENTA Y DOS METROS (62.92 MTS), de la estación
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quince a la estación dieciséis, mide CIENTO CUARENTA
Y TRES PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS (143.52
MTS); de la estación dieciséis a la estación diecisiete
mide DOSCIENTOS SETENTA PUNTO CUARENTA
METROS (270.40 MTS); de la estación diecisiete a la
estación dieciocho mide CUARENTA Y DOS PUNTO
SETENTA Y SEIS METROS (42.76 MTS); de la estación
dieciocho a la diecinueve, mide CIENTO TREINTA Y
DOS PUNTO SESENTA Y NUEVE METROS (132.69
MTS); de la estación diecinueve a la veinte, mide CIENTO
TREINTA Y CUATRO PUNTO CINCUENTA Y TRES
METROS (134.53 MTS). Con las colindancias siguientes:
AL NORTE, con quebrada de El Aguacate; AL SUR, con
Tomas Rodríguez y Minosa; AL ESTE, con quebrada El
Aguacate y Minosa; AL OESTE, con Tomas Rodríguez y
Rodolfo Lopez, antes y ahora colinda con cuatro rumbos
con Minerales de Occidente. Dicho terreno lo ha poseído
en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de
trece años, y en la que los testigos MARICELA MIRANDA
CHACON, JUANA VELASQUEZ MIRANDA,
SERAFIN REYES OLIVA, quienes afirmarán ser cierto.
Santa Rosa de Copán, catorce (14) de octubre del dos mil
veintidós.
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
20 D. 2022, 20 E. y 20 F. 2023
AVISO
INVITACIÓN A LICITAR
La Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII)
invita, a todas las compañías Aseguradoras Nacionales,
interesadas a participar en la realización del proceso de
Licitación Pública Nacional Número DNII-LPN01-2023,
con financiamiento de fondos propios, a fin de suscribir un
contrato para la adquisición de dos Pólizas de Seguros para
los Vehículos y Motocicletas de la DNII.
Las Bases de Licitación podrán ser retiradas por los
interesados en la Secretaría General de la DNII, ubicada en
el edificio principal, Aldea El Ocotal, carretera al Primer
Batallón, contiguo a Gasolinera Texaco, Comayagüela,
municipio del Distrito Central, República de Honduras; a
partir del día lunes veintitrés (23) de enero al día viernes
veintisiete (27) de enero del año dos mil veintitrés (2023),
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., debiendo pagar la
cantidad de QUINIENTOS LEMPIRAS (L.500.00) NO
REEMBOLSABLES, mediante Recibo de Pago TGR-1 con
código 12121, a nombre de la Secretaría de Finanzas, para
ser inscritos en el registro de participantes; la presentación
de las ofertas será a las 8:50 a.m., y la apertura será a las
9:00 a.m., ambas el día lunes seis (6) de febrero del año dos
mil veintitrés (2023), en el edificio de la DNII, Salón de
Sesiones.- Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía Bancaria de Mantenimiento de Oferta por un
monto equivalente al dos por ciento (2%) del precio total de
la oferta.
El contacto para el proceso de Licitación Pública Nacional
será la Secretaría General, teléfono 2280-9095, correo
electrónico: legal@dnii.gob.hn.
Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia
19 y 20 E. 2023
República de Honduras
Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia
Teléfono 2280-9095
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CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, otorgada en la
Resolución Número 248-2022, de fecha 22 de julio del
año 2022, en relación a la Carta de Distribuidor otorgado
por la empresa Concedente en fecha 02 de mayo del 2021,
que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico en cumpli-
miento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de
Representantes, Distribuídores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia de
DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil PHAR MED
SALES HONDURAS, S.A., como Concesionaria de la
empresa Concedente LABORATORIO DE PRODUCTOS
ETICOS, CEISA., de nacionalidad paraguaya, de forma
NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO HASTA
EL 02 DE MAYO DEL AÑO 2023; con jurisdicción en
TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE
HONDURAS, para registrar, importar y comercializar los
productos fabricados por la empresa concedente. F. y S.
MELVIN ENRIQUE REDONDO, Subsecretario de Estado
en el Despacho de Integración Económica y Comercio
Exterior. Delegado mediante Acuerdo No.022-2022 JOEL
EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Esta
certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es
publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la
Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría
de Estado.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, veintisiete de julio del año dos mil veintidós.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
20 E. 2023 __________
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE TITULO
VALOR
La Infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Civil del
Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para
los efectos de Ley correspondientes, HACE SABER: Que ante este
Despacho de Justicia compareció la señora JENNY ELISABET
SANCHEZ OYUELA solicitando la Cancelación y Reposición
de un Título Valor que consiste en un CERTIFICADO DE
DEPOSITO A PLAZO FIJO EN LEMPIRAS 31-312-000095-
5, con vencimiento de fecha nueve de junio del dos mil dieciséis,
por la cantidad de SETENTA MIL LEMPIRAS EXACTOS
(L.70,000.00), extendido por la institución financiera BANCO
DEL PAIS S.A. a favor de la señora JENNY ELISABET
SANCHEZ OYUELA, solicitud presentada en fecha diecinueve
de enero del año dos mil veintidós. Lo que se pone en conocimiento
del público para los efectos de ley correspondiente.
Tegucigalpa, M.D.C., siete de noviembre del año dos mil veintidós.
SECRETARIA ADJUNTA
20 E. 2023 __________
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA:
La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR otorgada en la
Resolución Número 234-2022, de fecha 15 de julio del
2022, en relación a la Carta de Autorización otorgada
por la empresa Concedente en fecha 19 de enero del
2022, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en
cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley
de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas
Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia
de DISTRIBUIDOR a la sociedad mercantil PHAR
MED SALES (HONDURAS) SOCIEDAD ANONIMA
(PHAR MED, S.A.), como Concesionaria de la empresa
Concedente TERUMO BCT INC, SUCURSAL ZONA
FRANCA DE URUGUAY, de nacionalidad uruguaya, de
forma NO EXCLUSIVA; POR TIEMPO DEFINIDO
hasta el 31 de marzo del año 2024; con jurisdicción
en TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA
DE HONDURAS, para importar, vender y distribuir sus
productos, a proveer servicio técnico y a solicitar el registro
sanitario de los productos de la línea Terumo y Terumo BCT.
F. y S. MELVIN ENRIQUE REDONDO, Subsecretario
de Estado en el Despacho de Integración Económica y
Comercio Exterior Delegado mediante Acuerdo No.022-
2022 JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario
General. Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si
la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y
registrada en la Dirección General de Sectores Productivos
de esta Secretaría de Estado.
Para los fines que al interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, veintidós de julio del año dos mil veintidós.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
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Poder Judicial
Honduras
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de la
Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER:
En la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor
OSCAR HUMBERTO DUARTE REYES, mayor de edad,
soltero, agricultor, hondureño, con domicilio en el municipio
de Cucuyagua, departamento de Copán, con Documento
Nacional de Identificación 0401-1977-01043, es dueño de un
lote de terreno ubicado en el lugar denominado Aruco Celaque
jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento
de Copán, el cual tiene las siguientes medidas: Un área
superficial de UNO PUNTO CATORCE MANZANAS
(1.14 MZNS) de extensión superficial; con las colindancias
siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad de Sebastián
Paz Cardoza; AL SUR, colinda con propiedad de Aleph
Uriel Alvarado Lara; AL OESTE, colinda con propiedad
de los señores José Armando Monge Reyes y Sebastián Paz
Cardoza.- El cual ha poseído según manifiesta en forma
quieta, pacífica e interrumpidamente por más de diez años.
Representa el Abogado CARLOS ROBERTO ALVARADO
CHINCHILLA.
Santa Rosa de Copán, 14 de Diciembre de 2022
ABG. MIRNA LETICIA HERNANDEZ
SECRETARIA
20 D. 2022
________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretarío Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para
los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha catorce (14) de noviembre de dos mil veintidós
(2022), compareció a este Juzgado el ciudadano CESAR
JOEL CANALES CANALES, quien confirió poder en
el Abogado CESAR ARTURO HELLER PORTILLO,
interponiendo demanda en materia de personal con orden
de ingreso 0801-2022-01838, CONTRA EL ESTADO
DE HONDURAS a través de LA SECRETARIA DE
ESTADO EN LOS DESPACHOS DE SEGURIDAD,
para que se declare la nulidad de un acto administrativo de
carácter particular de la administración pública consistente
en el acuerdo No. 2092-2022 de fecha 8 de noviembre del
2022. Emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho
de Seguridad. Dictado con infracción del ordenamiento
jurídico, con quebrantamiento de formalidades esenciales
para su formación, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada por haber lesionado derechos
del administrado, y para su pleno restablecimiento que se
ordene mi reintegro al cargo que ocupaba y el pago de los
salarios dejados de percibir, o en su defecto el pago de las
prestaciones laborales e indemnizaciones que en derecho
corresponda, se solicita prescripción de la acción de la
administración, se acompañan documentos, se confiere
poder, condena en costas.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
20 E. 2023
_______
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN
CENTRO DE JUSTICIA CIVIL
EL AVISO DE DECLARATORIA DE MUERTE POR
PRESUNCION
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras
Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público
en general y para los efectos de ley, HACE SABER, Que
este juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco
Morazán, en el Expediente Número 0807-2022-07731-C.V.,
dictó auto de fecha cinco (5) de enero del año dos mil veintitrés,
que en su PARTE DISPOSITIVA dice: PRIMERO admitir
a trámite la presente solicitud de declaratoria de muerte
por presunción cítese al desaparecido el señor JEFRY
ANTHONY COLINDRES MEDINA, por medio de
edictos publicado en el Periódico Oficial de la República por
tres (3) veces por lo menos, habiendo transcurrido más de
cuatro (4) meses, entre cada dos (2) citaciones, juntos con las
copias simples y los anexos que se acompañan, se ordene su
registro ante la institución Registro Nacional de las Personas
para que se realice la inscripción de defunción a nombre del
señor JEFRY ANTHONY COLINDRES MEDINA.
Astrid.
Tegucigalpa, M.D.C., 11 de enero de 2023
ABG. ELSA M. AVILA ERAZO
SECRETARIA ADJUNTA
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AVISO DE PRECALIFICACIÓN
Alcaldía Municipal de Utila
PRE - EC- 001/2023
INVITACIÓN A FIRMAS CONSTRUCTORAS Y
CONTRATISTAS INDIVIDUALES
La Alcaldía Municipal de Utila, Islas de la Bahía,
invita a todas las firmas constructoras y contratistas
individuales a participar en el proceso de precalificación
de empresas para la ejecución de proyectos de
infraestructura vial, edificación en general, edificación
médico-hospitalaria, obras hidráulicas, obras de paso,
mantenimiento vial, intervenciones menores.
Las empresas interesadas de participar en el
proceso, deberán notificar por escrito su interés
a la siguiente dirección de correo electrónico
munícipalidadutila@yahoo.com los términos
de referencia para esta precalificación podrán ser
descargados en el sitio web www.honducompras.gob.hn
o ser retirados en la oficinas de la Alcaldía Municipal
de Utila, o bien solicitarlos a la dirección de correo
electrónico antes mencionada junto con la nota de
expresión de interés a partir del 17 de enero de 2023.
Las empresas precalificadas con La municipalidad de
Utila en el año anterior 2022, solo deberán actualizar
su información de documentos vigentes a la fecha de
presentación.
Los interesados deberán presentar su infonnación de
precalificación el día 06 de febrero de 2023, hora
3:00 pm, en las oficinas administrativas de la
Alcaldía Municipal de Utila, barrio Jerusalén calle
al Aeropuerto, Utila, departamento de Islas de la
Bahía, Honduras.
Para Consultas o Aclaraciones llamar al Tel. 2425
3615 o la siguiente dirección de correo electrónico:
municipalidadutila@yahoo.com.
SR. JOSÉ ALEXANDER EBANKS
ALCALDE MUNICIPAL
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AVISO DE TÍTULO SU SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaría Juzgado de Letras de Ocotepeque,
al Público en General y para efectos de Ley, HACE
CONSTAR: Que la Señora: GLADIZ MAGDALENA
VALLE VALLE, ha solicitado Título Supletorio del
Inmueble siguientes: De Un lote de terreno con un área
de SIETE MANZANAS CON VEINTE Y SIETE
CENTESIMAS DE MANZANA DE EXTENCION
SUPERFICIAL (7.27 MZS) ubicado en el lugar
denominado “EL CHAGUITON”, municipio de San
Jorge, departamento de Ocotepeque con las colindancias
siguientes: del punto uno al punto dos mide ciento sesenta
y ocho punto ochenta y cinco metros (168.85), del punto
dos al punto tres mide veinte y cuatro punto sesenta y
cuatro metros (24.64 Mzs); del punto tres al punto cuatro
mide ciento veinte y dos punto cincuenta y uno metros (122.5
Mzs); del punto cuatro al punto cinco mide dieciocho punto
treinta y nueve metros (18.39 Mzs); del punto cinco al
punto seis mide sesenta y uno punto catorce metros (61.14
Mzs); del punto seis al punto siete mide treinta seis punto
ochenta y siete metros (36.87 Mzs); del punto siete al
punto ocho mide treinta y tres punto ochenta y dos metros
(33.82 Mzs); del punto ocho al punto nueve mide treinta y
dos punto cincuenta y ocho metros (32.58 Mzs); del punto
nueve al punto diez mide treinta y cinco punto veinte y
siete metros(35.27 Mzs); del punto diez al punto once mide
noventa y uno punto once metros (91.11 Mzs); del punto
once al punto doce mide veinte y cuatro punto cero cinco
metros (24.05 Mzs); del punto doce al punto trece mide
setenta y cuatro punto diecinueve metros (74.19 Mzs) del
punto trece al punto catorce mide cuarenta y nueve punto
cincuenta y ocho metros (49.58 Mzs); del punto catorce
al punto quince mide treinta y tres punto veinte y nueve
metros(33.29 Mzs); del punto quince al punto uno: mide
ciento sesenta y nueve punto noventa y seis metros (169. 96
Mzs), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con el señor; Héctor Manuel Valle; AL SUR, colinda con
el señor Alan Amilcar Aguilar; Y AL ESTE, colinda con
la seriara Gladis Noemi Aquilar; Y AL OESTE, colinda
con el señor Víctor Manuel Pinto Carrillo en vista de que
adquirió el terreno antes mencionado por compra realizada
al señor Francisco Israel Aguilar.-Representante legal Abog.
RONAL ALEXIS VALLE PINTO.
Ocotepeque, 10 de noviembre del año 2022.
Abg. BLANCA CECILIA POLANCO GUZMAN Sria.
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
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Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2022-4437
Fecha de presentación: 2022-07-27
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS MADONA, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EDGAR ROLANDO ARDON MONCADA
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MADONA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MADONA”, así como la apariencia de los ejemplares
de etiquetas, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Consomé de mariscos, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
MARÍA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Número de Solicitud: 2022-4436
Fecha de presentación: 2022-07-27
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS MADONA, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EDGAR ROLANDO ARDON MONCADA
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MADONA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MADONA”, así como la apariencia de los ejemplares
de etiquetas, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Consomé de res, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
MARÍA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Número de Solicitud: 2022-4434
Fecha de presentación: 2022-07-27
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS MADONA, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EDGAR ROLANDO ARDON MONCADA
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MADONA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MADONA”, así como la apariencia de los ejemplares
de etiquetas, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Pimienta y comino, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Número de Solicitud: 2022-4433
Fecha de presentación: 2022-07-27
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS MADONA, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EDGAR ROLANDO ARDON MONCADA
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MADONA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MADONA”, así como la apariencia de los ejemplares
de etiquetas, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Consomé de pollo, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Número de Solicitud: 2022-4432
Fecha de presentación: 2022-07-27
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS MADONA, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
EDGAR ROLANDO ARDON MONCADA
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Carnes, extractos de carne, especialmente sopas y consomés, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
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Número de Solicitud: 2021-5724
Fecha de presentación: 2021-10-28
Fecha de emisión: 6 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: CENTRO FINANCIERO BAC CREDOMATIC,
BLVD. SUYAPA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
FLOR JAZMIN HERNANDEZ AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación
en su conjunto, sin concederle el uso exclusivo del término
“SOLUCIONES”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios financieros;
negocios monetarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
21 D., 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Soluciones
BAC Credomatic
Número de Solicitud: 2021-4378
Fecha de presentación: 2021-08-23
Fecha de emisión: 26 de octubre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: CENTRO FINANCIERO BAC CREDOMATIC,
BLVD. SUYAPA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
FLOR JAZMIN HERNANDEZ AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Mis Finanzas
BAC Credomatic
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios financieros,
negocios monetarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
21 D., 2022, 5 y 20 E. 2023
_______
Número de Solicitud: 2021-4317
Fecha de presentación: 2021-08-19
Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: CENTRO FINANCIERO BAC CREDOMATIC,
BLVD. SUYAPA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
FLOR JAZMIN HERNANDEZ AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sólo se protege para ser usado
en su forma conjunta “Mall Credomatic.com” y no se da
excusividad sobre la palabra de dominio “.COM”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios financieros,
negocios monetarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
21 D., 2022, 5 y 20 E. 2023
Mall
Credomatic.com
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Número de Solicitud: 2021-3913
Fecha de presentación: 2021-07-29
Fecha de emisión: 28 de octubre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AEROSOLES FORMULACIONES Y ACCESORIOS TEXTILES, S.A. DE
C.V. (AFATEX, S.A. DE C.V.)
Domicilio: Zip San José segundo, anillo periférico 20 y 27 calle Sur Oeste, edificio
15B, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
Cristian Joaquín Vega Delgado
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SumAseptic
G.-
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias
para colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones
abrasivas); jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el
cabello, dentífricos; de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
________
Número de Solicitud: 2021-3914
Fecha de presentación: 2021-07-29
Fecha de emisión: 28 de octubre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AEROSOLES FORMULACIONES Y ACCESORIOS TEXTILES, S.A. DE
C.V. (AFATEX, S.A. DE C.V.)
Domicilio: Zip San José segundo, anillo periférico 20 y 27 calle Sur Oeste, edificio
15B, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
Cristian Joaquín Vega Delgado
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SUMA+HEALTH
G.-
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin darle protección de forma
separada.
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras sustancias
para colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones
abrasivas); jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el
cabello, dentífricos; de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
Número de Solicitud: 2022-525
Fecha de presentación: 2022-01-25
Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ANDREA NICOLLE AÑEZ LÓPEZ
Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Cristian Joaquín Vega Delgado
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ESPACIO SHOP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se Protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad del término “SHOP” por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de joyería, bisutería, piedras
preciosas, relojería e instrumentos cronométricos, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
________
Número de Solicitud: 2021-3912
Fecha de presentación: 2021-07-29
Fecha de emisión: 28 de octubre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AEROSOLES FORMULACIONES Y ACCESORIOS TEXTILES, S.A. DE
C.V. (AFATEX, S.A. DE C.V.)
Domicilio: Zip San José segundo, anillo periférico 20 y 27 calle Sur Oeste, edificio
15B, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
Cristian Joaquín Vega Delgado
E.- CLASE INTERNACIONAL (4)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FLAT
G.-
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales; lubricantes; productos
para absorber, regar y concentrar el polvo; combustibles (incluyendo gasolinas para
motores) y materias de alumbrado; bují-as y mechas para el alumbrado, de la clase 4.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
-- 17 of 24 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 20 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,134
__________
Número de Solicitud: 2021-5727
Fecha de presentación: 2021-10-28
Fecha de emisión: 13 de junio de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: CENTRO FINANCIERO BAC CREDOMATIC,
BLVD. SUYAPA, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
FLOR JAZMIN HERNANDEZ AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
mipromo
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios financieros; negocios
monetarios de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
Número de Solicitud: 2021-4315
Fecha de presentación: 2021-08-19
Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: CENTRO FINANCIERO BAC CREDOMATIC,
BLVD. SUYAPA, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
FLOR JAZMIN HERNANDEZ AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Blue Cash
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sólo se da protección para ser
usada en su forma conjunta “BLUE CASH” y no podrá solicitar
exclusividad de manera separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios financieros; negocios
monetarios de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023__________
Número de Solicitud: 2019-1892
Fecha de presentación: 2019-01-15
Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO DE AMERICA CENTRAL HONDURAS,
S.A.
Domicilio: TEGUCIGALPA, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JORGE ALBERTO PINEDA LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protege en su forma
conjuta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios financieros de la clase
36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
ÉLITE BAC CREDOMATIC
-- 18 of 24 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 20 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,134
__________
Número de Solicitud: 2022-4567
Fecha de presentación: 2022-08-04
Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ARTURO ALEJANDRO CASTILLO VASQUEZ
Domicilio: ECOVIVIENDA, TORRE 2, ETAPA 2, PISO 7,
APARTAMENTO 2071, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Flor de María Mejía Suazo
E.- CLASE INTERNACIONAL (4)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
EL REY
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Carbón, de la clase 4.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
Número de Solicitud: 2022-5288
Fecha de presentación: 2022-09-06
Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO VISION S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: Lomas del Guijarro Sur, edificio 12, bloque D, a la par del
antiguo edificio de la Procuraduría General de la República (PGR),
Tegucigalpa, M.D.C., Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ISEL ALEYDA RUIZ VASQUEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (45)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TRUST ME
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjuto
sin dar protección a las palabras “VIGILANCIA COLABORATIVA”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de seguridad; control de
sistemas de seguridad, de la clase 45.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
Número de Solicitud: 2022-5287
Fecha de presentación: 2022-09-06
Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO VISION S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: Lomas del Guijarro Sur, edificio 12, bloque D, a la par del
antiguo Edificio de la Procuraduría General de la República (PGR),
Tegucigalpa, M.D.C., Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ISEL ALEYDA RUIZ VASQUEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TRUST ME
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Alojamiento, sitios web; servicio de
almacenamiento de datos en la nube; hospedajes de sitios web; servicios
de protección de datos alojados en la nube, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023 __________
Número de Solicitud: 2021-6713
Fecha de presentación: 2021-12-02
Fecha de emisión: 22 de agosto de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: ekaterra Group IP Holdings B.V.
Domicilio: Weena 455 3013 AL Rotterdam, Reino de los Países Bajos
B.- PRIORIDAD:
Se otorga Documento de prioridad No. 1444092 de fecha 02/Jun./2021,
Oficina Benelux de Marcas (BBM)
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Casco Fortín
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ekaterra
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; difusión de publicidad; servicios de
publicidad; servicios de promoción; investigación de mercado; administración
de negocios; servicios de contabilidad y teneduría de libros; administración de
empresas; funciones de oficina; servicios de oficina; servicios de contestador
telefónico; servicios de venta minorista, mayorista y en línea relacionados
con alimentos y bebidas; servicios de programas de fidelización, incentivos
y bonificaciones; servicios de consultoría en el ámbito de los servicios antes
mencionados de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 E. y 6 F. 2023
-- 19 of 24 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 20 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,134
__________
Número de Solicitud: 2022-2378
Fecha de presentación: 2022-05-02
Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: MARCO ANTONIO PIZZATI OBANDO
Domicilio: LA CEIBA, DEPARTAMENTO DE ATLÁNTIDA, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUIS ALFREDO MARADIAGA MENDOZA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FLAMINGO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Limpiador de metales, abrillantador,
pulidores de neumáticos de vehículo, limpiador de neumáticos de vehículo,
desengrasante para limpieza de motor, desengrasante para limpieza de
carburador, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
Número de Solicitud: 2022-6188
Fecha de presentación: 2022-10-19
Fecha de emisión: 23 de diciembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Fundación Grupo Terra
Domicilio: Residencial La Cumbre 1era Ave, 3era Calle Bloque E, de la ciudad de
Tegucigalpa, M.D.C., Tegucigalpa, CP 11101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
DOUGLAS ENRIQUE SUAREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Terrateimpulsa
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, de investigación,
de navegación, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, audiovisuales, ópticos,
de pesaje, de medición, de señalización, de detección, de pruebas, de inspección, de
salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la distribución o del consumo
de electricidad; aparatos e instrumentos de grabación, transmisión, reproducción o
tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software,
soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; mecanismos
para aparatos que funcionan con monedas; cajas registradoras, dispositivos de
cálculo; ordenadores y periféricos de ordenador; trajes de buceo, máscaras de buceo,
tapones auditivos para buceo, pinzas nasales para submarinistas y nadadores, guantes
de buceo, aparatos de respiración para la natación subacuática; extintores. de la clase
9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
__________
Número de Solicitud: 2022-83
Fecha de presentación: 2022-01-05
Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2022
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO Q INTERAMERICA CORP.
Domicilio: PANAMÁ, Panamá
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Luis Alejandro Matamoros Quilico
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Esta señal de propaganda está vinculada a la marca
de servicios denominada “GRUPO ACTIVE MOTORS” con número de
solicitud 2021-1676.
J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales;
administración comercial; importación, exportación, comercialización y
distribución de motocicletas, vehículos automotores, sus componentes,
repuestos y accesorios. de la clase 35
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 E., 6 y 21 F. 2023
NOS MUEVE VERTE
AVANZAR
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A.
Tegucigalpa, M.D.C., 05 de diciembre de 2022.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de
ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE
SABER: Que en fecha cuatro (04) de agosto del año dos mil veintidós
(2022), compareció a este Juzgado la señora VIVIAN PAOLA QUAN
CRUZ, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de
Personal, contra el Estado de Honduras a través del Servicio Nacional
de Emprendimiento y Pequeños Negocios (SEPRENDE), con orden de
ingreso número 0801-2022-00844, se solicita la declaración de ilegalidad
y nulidad de un acto administrativo. Se solicita el reconocimiento de una
situación juridica individualizada y que se adopten las medidas necesarias
para su pleno restablecimiento, entre ellas el reintegro al cargo del cual
fui ilegalmente cancelada o a uno nuevo con igual o mejor categoria y
salario. Se solicita el pago de salarios dejados de percibir. Se acompañan
documentos. Se designa o señala lugar donde obran otros originales. Se
relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de
pruebas. Se confiere poder. Se pide especial pronunciamiento de condena
de costas a la parte demandada En relación al Acuerdo de Cancelación
No. 026-2022 de fecha 28 de julio del año 2022.
ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO
SECRETARIO ADJUNTO
20 E. 2023
-- 20 of 24 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 20 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,134
Número de Solicitud: 2022-2920
Fecha de presentación: 2022-05-30
Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ARABELA S.A. DE C.V.
Domicilio: Calle 3 Norte No. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ARABELA VAINILLA SECRETS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACION “ARABELA VAINILLA
SECRETS”; SIN DAR EXCLUSIVIDAD DE USO SOBRE LOS TERMINOS “VAINILLA” Y
“SECRETS”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales,
productos para la higiene, cuidado y belleza de la piel, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023 _______
Número de Solicitud: 2021-5559
Fecha de presentación: 2021-10-20
Fecha de emisión: 18 de octubre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Alimentos para animales, Sociedad Anónima
Domicilio: 42 calle, 20-91 zona 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
+VIDA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca únicamente en su conjunto sin
darle exclusividad sobre el término “VIDA”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para distinguir y proteger: Productos alimenticios para animales, de la clase 31
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
________
Número de Solicitud: 2021-6175
Fecha de presentación: 2021-11-12
Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: FERNANDO ANTONIO PADILLA HERNANDEZ
Domicilio: Tegucigalpa, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CAFÉR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para distinguir y proteger: Servicios de restauración (alimentación), de la clase
43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
________
Número de Solicitud: 2022-4563
Fecha de presentación: 2022-08-04
Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ARABELA S.A. DE C.V.
Domicilio: Calle 3 Norte No. 102, Parque Industrial Toluca 2000, 50233 Toluca, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ARABELA TRENDY
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cosméticos, productos de perfumería y fragancias, aceites esenciales,
productos para la higiene, cuidado de belleza de la piel, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023 _______
Número de Solicitud: 2022-1229
Fecha de presentación: 2022-03-04
Fecha de emisión: 27 de julio de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: TELEVISA, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: AVENIDA DE VASCO DE QUIROGA #2000, COLONIA SANTA FE, ALCALDÍA
ÁLVARO OBREGÓN, CIUDAD DE MÉXICO. MÉXICO C.P. 01210. México
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
EL ÚLTIMO REY. EL HIJO DEL
PUEBLO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y
culturales, producción de programas de televisión; programas de entretenimiento por televisión;
suministro de programas de televisión, no descargables, mediante servicios de vídeo a la carta; servicios
de entretenimiento forma de programas de televisión; producción de programas de televisión para
su emisión en dispositivos móviles; producción de programas de televisión por cable; preparación
y producción de programas de televisión; producción de entretenimiento en forma de programas de
televisión; servicios consistentes en la realización de programas televisivos; producción de programas
televisivos de entretenimiento; entretenimiento del tipo de series de programas de televisión en el ámbito
de las variedades; programas de entretenimiento, a saber, series dramáticas y de comedia; programas
de entretenimiento, a saber, telenovelas; servicios de entretenimiento, a saber, programas de televisión
ininterrumpidos en el ámbito de las noticias; producción de obras audiovisuales; producción de bioseries
en formato audiovisual, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
21 D. 2022, 5 y 20 E. 2023
-- 21 of 24 --
L