Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 58-2022 — Aprobación del Convenio de Crédito entre el Banco Central de Honduras y el Gobierno de la República
Congreso Nacional
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República 2022-
2026, ha encontrado una grave crisis fiscal y financiera,
finanzas públicas deterioradas, una tesorería sin recursos
financieros para cubrir los gastos y obligaciones requeridas;
al inicio del 2022 se realizaron pagos históricamente altos
y no apegados a las prioridades de las Normas Técnicas
del Subsistema de Tesorería. Aunado a la rigidez del gasto
público con asignaciones premeditadas que constituyen
para el Gobierno compromisos adquiridos mediante leyes,
incremento de la masa salarial y del servicio de deuda pública;
contribuyendo al aumento de la brecha fiscal y por ende, a las
necesidades de nuevo financiamiento.
CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional, mediante
Decreto No.8-2022 del 15 de Febrero de 2022 y publicado
en el Diario Oficial “La Gaceta” en esa misma fecha, declaró
Estado de EMERGENCIA FISCAL Y FINANCIERA DEL
SECTOR PÚBLICO, autorizando a la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que adopte las
medidas extraordinarias requeridas en el ámbito fiscal y
financiero, entre ellas, la reasignación del gasto público,
gestión de financiamiento de conformidad con atribuciones
conferidas por la Constitución de la República y demás
leyes y Reglamentos vigentes; asimismo, autorizó a la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)
para que, en caso de ser necesario, durante los ejercicios
fiscales 2022 y 2023, realice la contratación directa de
préstamos internos o externos, reasignación de recursos
externos disponibles, colocación de títulos de deuda en el
mercado doméstico o internacional y otras operaciones de
crédito público en las condiciones financieras que obtenga al
momento de su negociación, hasta por un monto de DOS MIL
MILLONES DE DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA (US$2,000,000,000.00), adicionales al monto
de endeudamiento autorizado en el Artículo 1 del Decreto
No.107-2021 de 10 de Diciembre del 2021 y publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de Diciembre del 2021.
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EDIS ANTONIO MONCADA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-01-2022 del 1 de Marzo de 2022 y publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta” el 3 de Marzo del 2022, emitido
por la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, se
ratificó la aprobación del otorgamiento del crédito por parte
del Banco Central de Honduras (BCH) al Gobierno de la
República por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Finanzas (SEFIN) y se autorizó al titular de ésta para
convenir o suscribir con el Banco Central de Honduras (BCH)
el “Convenio de Crédito entre el Banco Central de Honduras
(BCH) y el Gobierno de la República, por Intermedio de la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)”.
CONSIDERANDO: Que el “Convenio de Crédito entre
el Banco Central de Honduras (BCH) y el Gobierno de
la República, por Intermedio de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas (SEFIN)”, suscrito el 7 de
Marzo de 2022, tiene por objeto, formalizar y establecer
las características y condiciones sobre cuales se otorgará el
crédito en referencia, así como la forma de pago y moneda
mediante la cual se transferirá los recursos hasta ser un
monto de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL SESENTA Y CINCO
DERECHOS ESPECIALES GIRO (DEG239,422,065.00),
provenientes del aumento en las asignaciones del DEG, a
favor de Honduras a través del Banco Central de Honduras
(BCH) por parte del Fondo Monetario Internacional (FMI)
en Agosto del 2021 y que dan origen al mencionado crédito.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205,
Atribución 36) de la Constitución de la República, es potestad
del Congreso Nacional: Aprobar o improbar los empréstitos o
convenios similares que se relacionen con el crédito público,
celebrados por el Poder Ejecutivo.
POR TANTO;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de las partes el
“Convenio de Crédito entre el Banco Central de Honduras
(BCH) y el Gobierno de la República, por Intermedio
de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
(SEFIN)”, por un monto de DOSCIENTOS TREINTA Y
NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDÓS
MIL SESENTA Y CINCO DERECHOS ESPECIALES
DE GIRO (DEG239,422,065.00), aproximadamente
TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES
NOVECIENTOS SETENTA MIL CIENTO CUARENTA
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA
CON CATORCE CENTAVOS (US$335,970,140.14), que
literalmente dice:
“SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS. CONVENIO DE CRÉDITO ENTRE EL
BANCO CENTRAL DE HONDURAS Y EL GOBIERNO
DE LA REPÚBLICA, POR INTERMEDIO DE LA
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
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FINANZAS. CONSIDERANDO (1): Que de acuerdo con lo
establecido en el Convenio Constitutivo, el Fondo Monetario
Internacional (FMI) puede asignar Derechos Especiales de
Giro (DEG) a los países miembros en proporción a sus cuotas.
Dicha asignación ofrece a cada miembro un activo que no le
cuesta ningún valor; en tal sentido, si las tenencias de DEG
de un país miembro superan el nivel asignado, se devenga
intereses sobre el excedente, mientras que, si mantiene un
nivel inferior al asignado, el país miembro paga intereses
sobre el déficit, este último aplica a Honduras actualmente.
CONSIDERANDO (2): Que la Junta de Gobernadores del
FMI por medio de comunicado de prensa No.21/235 del 2
de agosto de 2021, aprobó una asignación general de DEG
equivalente a US$650,000.00 millones (aproximadamente
DEG456,000.00 millones), con el fin de afianzar la
liquidez mundial; de dicha cifra, a Honduras se le asignó
DEG239,422,065.00, monto que se mantiene en reservas
monetarias internacionales bajo el instrumento Tenencias de
DEG. CONSIDERANDO (3): Que el Congreso Nacional,
mediante Decreto Legislativo No.8-2022 del 15 de febrero de
2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en esa misma
fecha, aprobó Declarar Estado de EMERGENCIA FISCAL
Y FINANCIERA DEL SECTOR PÚBLICO, autorizando a
la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN)
para que adopte las medidas extraordinarias requeridas en
el ámbito fiscal y financiero, entre ellas la reasignación del
gasto público, gestión de financiamiento de conformidad
con las atribuciones conferidas por la Constitución de la
República y demás leyes y Reglamentos vigentes; asimismo,
autorizó a la Sefin para que en caso de ser necesario durante
el ejercicio fiscal 2022 y 2023, realice la contratación directa
de préstamos internos o externos, reasignación de recursos
externos disponibles, colocación de títulos de deuda en el
mercado doméstico o internacional y otras operaciones de
crédito público en las condiciones financieras que obtenga
al momento de su negociación, hasta por un monto de dos
mil millones de dólares de los Estados Unidos de América
-EUA- (US$2,000,000,000.00), adicionales al monto de
endeudamiento autorizado en el Artículo 1 del Decreto
No.107-2021 del 10 de Diciembre de 2021 y publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de ese mismo mes y año.
CONSIDERANDO (4): Que por medio de los oficios
DPMF-007-2022 y DPMF-013-2022 del 14 y 16 de febrero
del 2022, respectivamente; la Sefin, en representación del
Gobierno de la República, solicitó a esta Institución, con base
en los artículos 40, párrafo segundo de la Ley del BCH, 75
de la Ley Orgánica del Presupuesto y el Decreto Legislativo
No.8-2022 del 15 de febrero de 2022; un crédito por la
cantidad de doscientos treinta y nueve millones cuatrocientos
veintidós mil sesenta y cinco DEG (DEG239,422,065.00),
aproximadamente trescientos treinta y cinco millones
novecientos setenta mil ciento cuarenta dólares de los EUA
con catorce centavos (US$335,970,140.14)1, provenientes del
aumento en las asignaciones otorgadas a Honduras por parte
del FMI en agosto de 2021 y que los mismos sean trasladados
a la Cuenta Especial que la Tesorería General de la República
(TGR) aperturará en el BCH, para apoyo presupuestario.
Dichos recursos serán orientados al pago del servicio de
deuda de la Administración Central en el primer trimestre
del año en curso; asimismo, los fondos serán desembolsados
en dólares de los EUA y depositados en la Cuenta Especial.
CONSIDERANDO (5): Que el crédito solicitado por la
Sefin, en representación del Gobierno, se enmarca dentro
de lo establecido en el Artículo 40, párrafo segundo de la
Ley del BCH, el cual establece que la Autoridad Monetaria
podrá otorgar créditos al Gobierno en casos de emergencia
o de grave calamidad pública y su aprobación requerirá el
voto unánime de los miembros del Directorio, así como, su
1 Al tipo de cambio DEG0.712629 por US$1.0 del 18 de febrero de 2022.
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ratificación mediante Decreto emitido por el Presidente de la
República en Consejo de Ministros, debiendo darse inmediata
cuenta al Congreso Nacional de la emisión del mismo.
CONSIDERANDO (6): Que el numeral 19) del Artículo 205
de la Constitución de la República establece que es atribución
del Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que
lleven involucradas exenciones, incentivos y concesiones
fiscales o cualquier otro contrato que haya de producir o
prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la
República; asimismo, mediante Decreto Legislativo No.2-
2005 del 26 de enero de 2005, publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” el 10 de marzo de ese mismo año, el Congreso
Nacional interpretó el numeral 19) del referido Artículo, en el
sentido que los contratos a que se refiere el mismo comprenden
todos aquellos que celebren las entidades del sector público,
entendiéndose por sector público: el Poder Ejecutivo y sus
dependencias, incluyendo órganos desconcentrados que le
estén adscritos, las instituciones autónomas o descentralizadas
y las municipalidades. CONSIDERANDO (7): Que mediante
Decreto Ejecutivo Número PCM-01-2022 del 1 de marzo de
2022 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 3 de marzo
de 2022, emitido por el Presidente de la República en Consejo
de Ministros, se ratificó la aprobación del otorgamiento del
crédito por parte del Banco Central de Honduras al Gobierno
de la República por medio de la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas y se autorizó al titular de la Sefin para
convenir y suscribir con el BCH el “Convenio de Crédito entre
el Banco Central de Honduras y el Gobierno de la República,
por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Finanzas” y que de la emisión del referido Decreto
Ejecutivo se dio inmediata cuenta al Congreso Nacional.
CONSIDERANDO (8): Que de conformidad con el Artículo
73 de la Ley Orgánica del Presupuesto, la negociación de los
empréstitos del Sector Público corresponderá a la Secretaría
de Estado en el Despacho de Finanzas. POR TANTO:
Nosotros, REBECA PATRICIA SANTOS RIVERA, mayor
de edad, soltera, hondureña, Licenciada en Economía, con
Documento Nacional de Identificación No.0801-1963-06643 y
de este domicilio, actuando en mi condición de PRESIDENTA Y
REPRESENTANTE LEGAL del Banco Central de Honduras,
nombrada mediante Acuerdo No.8-2022 del 27 de enero de 2022
y autorizada para la suscripción del presente documento por medio
de la Resolución No.93-02/2022 del 24 de febrero de 2022 por el
Directorio del Banco Central de Honduras, quien en adelante se
denominará “EL BANCO” y RIXI RAMONA MONCADA
GODOY, mayor de edad, casada, hondureña, Abogada y Notaria
Pública, con Documento Nacional de Identificación No.0824-
1965-00062 y de este domicilio, actuando en mi condición de
Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, nombrada
mediante Acuerdo No.7-2022 del 27 de enero de 2022, quien en
adelante se denominará “EL GOBIERNO” y en atención a lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo Número PCM-01-2022 del 1 de
marzo de 2022, ambas con facultades suficientes y debidamente
autorizadas, de común acuerdo hemos convenido en celebrar el
presente “CONVENIO DE CRÉDITO ENTRE EL BANCO
CENTRAL DE HONDURAS Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA, POR INTERMEDIO DE LA SECRETARÍA
DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS”, el cual
se regirá por las cláusulas y condiciones siguientes: CLÁUSULA
PRIMERA. ANTECEDENTES. Honduras es miembro del FMI
desde el 27 de diciembre de 1945, destacando que cuando un
país ingresa en el FMI, se le asigna una cuota inicial que se sitúa
dentro de la gama de cuotas de los países miembros existentes
que sean básicamente comparables en cuanto al tamaño y las
características de su economía. El FMI utiliza una fórmula de
cuotas como guía para determinar la posición relativa del país.
Que según comunicado de prensa No.21/235 del 2 de agosto de
2021, la Directora Gerente del FMI, en Washington, D.C., dio a
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conocer que la Junta de Gobernadores de ese Organismo aprobó
una asignación general de DEG equivalente a US$650,000.00
millones (aproximadamente DEG456,000.00 millones), con
el fin de afianzar la liquidez mundial. De la nueva asignación,
aproximadamente US$275,000.00 millones (alrededor de
DEG193,000.00 millones) se destinó a países de mercados
emergentes y en desarrollo, incluidos países de bajo ingreso,
asignándose a Honduras DEG239.4 millones, monto que a la
fecha, se mantiene en reservas monetarias internacionales bajo
el instrumento Tenencias de DEG. Según el comunicado antes
mencionado, esta es la mayor asignación de DEG en la historia
del FMI, generando una inyección de ánimo para la economía
mundial en medio de una crisis sin precedentes, beneficiando a
todos los países miembros, abordando la necesidad de reservas
a escala mundial y a largo plazo, generando confianza y
promoviendo resiliencia y estabilidad. En particular, ayudará a
los países miembros más vulnerables que están luchando contra
los estragos de la crisis provocada por la Covid-19; la asignación
general de DEG fue depositada el 23 de agosto de 2021 a los
países miembros en proporción con sus cuotas. El total de cuotas
o aportes de Honduras en el FMI al 16 de febrero de 2022 es
de doscientos cuarenta y nueve millones ochocientos mil DEG
(DEG249,800,000.00). Es importante mencionar que el total de
cuotas o aportes está categorizado dentro del balance del BCH
como aportaciones a un organismo internacional, que forma parte
de los recursos internos de BCH, pero en representación del
Gobierno de Honduras. “EL GOBIERNO”, mediante oficios
DPMF-007-2022 y DPMF-013-2022 del 14 y 16 de febrero del
2022, respectivamente, solicitó a “EL BANCO” se le otorgue un
préstamo por doscientos treinta y nueve millones cuatrocientos
veintidós mil sesenta y cinco DEG (DEG239,422,065.00),
aproximadamente trescientos treinta y cinco millones
novecientos setenta mil ciento cuarenta dólares de los EUA
con catorce centavos (US$335,970,140.14), para apoyo
presupuestario, que será utilizado para realizar los pagos de
vencimiento de deuda al primer trimestre de 2022; asimismo,
que dichos fondos sean desembolsados en dólares de los EUA
y depositados en la Cuenta Especial de la TGR, lo anterior en
atención a la emergencia fiscal y financiera del sector público.
CLÁUSULA SEGUNDA. OBJETO DEL CONVENIO.
El objeto de este Convenio de Crédito, en lo sucesivo “EL
CONVENIO”, es formalizar y establecer las características y
condiciones sobre las cuales se otorgará el crédito en referencia,
así como, la forma de pago por parte de “EL GOBIERNO” a
“EL BANCO” de dichos recursos; asimismo, definir la forma
y moneda mediante la cual “EL BANCO” transferirá a “EL
GOBIERNO” el monto de DOSCIENTOSTREINTAYNUEVE
MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MILSESENTA
Y CINCO DEG (DEG239,422,065.00), recursos provenientes del
aumento en las asignaciones de DEG, a favor de Honduras a través
de “EL BANCO” por parte del FMI en agosto de 2021 y que
dan origen al mencionado crédito. CLÁUSULA TERCERA.
OPERACIÓN DE CRÉDITO EN CASO DE EMERGENCIA
O DE GRAVE CALAMIDAD PÚBLICA. “EL BANCO”
declara que la presente operación de crédito se otorga al Gobierno de la
República de conformidad con lo establecido en el Artículo 40, párrafo
segundo de la Ley del Banco Central de Honduras, disposición legal
que establece que “EL BANCO” tiene la potestad de otorgar créditos
a “EL GOBIERNO” en casos de emergencia o de grave calamidad
pública, situaciones que actualmente atraviesa el país en vista de
la declaración de emergencia fiscal y financiera del sector público
aprobada por el Congreso Nacional. En tal sentido, el Directorio
del BCH, mediante Resolución No.93-02/2022 del 24 de febrero
de 2022 aprobó por unanimidad de votos el otorgamiento de un
crédito al Gobierno de la República por DOSCIENTOS TREINTA
YNUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDÓS MIL
SESENTAY CINCO DEG (DEG239,422,065.00). La aprobación
de dicho crédito fue ratificada mediante Decreto Ejecutivo
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Número PCM-01-2022 emitido el 1 de marzo de 2022 por la
Presidente de la República en Consejo de Ministros y del cual
se dio cuenta inmediata al Congreso Nacional. CLÁUSULA
CUARTA. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES
DE “EL GOBIERNO”. “EL GOBIERNO” manifiesta que la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, es la institución
de la Administración Pública facultada y encargada de realizar el
uso de los recursos financieros señalados en la Cláusula Segunda;
asimismo, autoriza en este acto a “EL BANCO” para que pueda
debitar automáticamente de la Cuenta Única de la Tesorería
General de la República (TGR) en moneda nacional o extranjera,
los valores correspondientes al capital e intereses, así como
costos por variación del tipo de cambio o cualquier otro gasto
que se incurra a partir de la suscripción de “EL CONVENIO”;
de igual manera, “EL GOBIERNO” se compromete a que
los pagos totales o parciales derivados del presente crédito, no
se realizarán mediante la entrega de Bonos. Adicionalmente
“EL GOBIERNO” tendrá a su cargo las responsabilidades y
obligaciones siguientes: 1. Destinar los recursos transferidos
a la Cuenta Especial que la Tesorería General de la República
aperturará en “EL BANCO”, para ser utilizados como apoyo
presupuestario para realizar los pagos de vencimiento de deuda
externa e interna al primer trimestre de 2022. 2. Remitir al
correo electrónico fpublicas@bch.hn y por los canales oficiales,
los reportes diarios, a más tardar el día hábil siguiente de
realizadas las operaciones, mismos que deben contener
información detallada por destino e institución ejecutora
de los montos asignados, ejecutados/devengados y pagados
para apoyo presupuestario, conforme lo señalado por la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, mediante
los oficios DPMF-007-2022 del 14 de febrero y DPMF-013-
2022 del 16 de febrero de 2022, en su orden. 3. Presentar
informes mensuales firmados por la Titular de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas, a más tardar diez (10) días
hábiles después del cierre de cada mes. Dicho informe deberá
contener, además de las especificaciones mencionadas en el
numeral anterior, los montos pagados por Programa y Actividad
Presupuestaria por cada institución que reciba los recursos. 4.
Elaborar y presentar informes anuales que contengan los montos
detallados por asignación, ejecución/devengo y pago de los
fondos que “EL BANCO” le transferirá a la Cuenta Especial
que aperturará la TGR; mismos que deberán presentarse a más
tardar seis (6) meses después de finalizado cada ejercicio fiscal,
hasta la finalización de la ejecución y pago total de los recursos.
Dichos informes deberán ser validados por una firma auditora
externa y sometidos al Tribunal Superior de Cuentas (TSC) y los
mismos deberán presentarse ante “EL BANCO” en las mismas
condiciones antes indicadas, aún y cuando no se hayan ejecutado
y pagado dichos recursos. 5. Cumplir en cualquier tiempo y con
la debida prontitud con todos los requerimientos de información
que realice “EL BANCO”, presentando la información de manera
detallada sobre el avance de la ejecución de los recursos en el
marco de la facilidad crediticia de este Convenio de Crédito.
6. Reembolsar a “EL BANCO”, los recursos transferidos en
los términos y condiciones financieras establecidas; así como,
cualquier otro costo que “EL BANCO” incurra ante dicho
organismo producto de la conversión de dólares a DEG al tipo
de cambio vigente entre “EL BANCO” y el FMI. 7. Realizar las
previsiones presupuestarias y financieras para reembolsar a “EL
BANCO”, el capital, intereses y demás gastos originados por los
recursos financieros transferidos mediante “EL CONVENIO”.
8. Asignar y considerar el presente crédito como financiamiento
interno, en el marco de la Política de Endeudamiento Público
(PEP) y a su vez dentro de los parámetros del Análisis de
Sostenibilidad de Deuda. 9. Remitir debidamente suscrito al
Poder Legislativo “EL CONVENIO” para su aprobación en
observancia de lo establecido en el Artículo 205, numeral 19)
de la Constitución de la República. 10. Remitir a “EL BANCO”
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copia fotostática de la nota de remisión al Congreso Nacional,
en la cual se solicita la aprobación de “EL CONVENIO”, en
virtud que el mismo prolonga sus efectos al siguiente período
de Gobierno. 11. Cumplir con lo establecido en la Constitución de
la República, Ley del Banco Central de Honduras, Ley Orgánica
del Presupuesto, Ley General de la Administración Pública, los
Reglamentos aplicables, Normas de Ejecución Presupuestarias
Vigentes, Normas Técnicas de la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas y demás normativa vigente establecida en las
diferentes leyes y reglamentos nacionales para la ejecución de fondos
públicos. CLÁUSULA QUINTA. RESPONSABILIDADES Y
OBLIGACIONES DE “EL BANCO”. “EL BANCO” realizará
las actividades siguientes: 1. Transferir a “EL GOBIERNO” un
monto de hasta DOSCIENTOS TREINTAYNUEVE MILLONES
CUATROCIENTOSVEINTIDÓSMILSESENTAYCINCODEG
(DEG239,422,065.00),APROXIMADAMENTETRESCIENTOS
TREINTAYCINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA
MIL CIENTO CUARENTA DÓLARES DE LOS EUA CON
CATORCE CENTAVOS (US$335,970,140.14), en los términos
y condiciones financieras establecidas por el BCH, los
cuales se detallan a continuación:
MONTO: D o s c i e n t o s t r e i n t a y n u e v e m i l l o n e s
cuatrocientos veintidós mil sesenta y cinco DEG
(DEG239,422,065.00), aproximadamente trescientos
treinta y cinco millones novecientos setenta mil
ciento cuarenta dólares de los EUA con catorce
centavos (US$335,970,140.142).
MONEDA DE DENOMINACIÓN
DEL PRESTAMO: Derechos Especiales de Giro (DEG).
PLAZO: Ocho (8) años plazo, con cuatro (4)
años de gracia.
2 Al tipo de cambio DEG0.712629 por US$1.0 del 18 de febrero de 2022.
FORMA DE
DESEMBOLSO: En dólares de los EUA con crédito
a la Cuenta Especial que la Tesorería
General de la República aperturará en
“EL BANCO”, una vez formalizado el
correspondiente Convenio de Crédito.
FORMA DE PAGO: Semestrales en DEG.
TASA DE INTERÉS: Variable, compuesta por tasa de interés
DEG determinada por el mercado
(0.192%3) más un margen establecido
por la Junta Ejecutiva del FMI cada
2 años (actualmente 100 pb), de
acuerdo con la tasa de interés aplicada
al préstamo Acuerdo Stand-By (SBA,
por sus siglas en inglés).
DESTINO: Apoyo presupuestario para atender
la emergencia fiscal y financiera del
sector público, destinándose al pago
del vencimiento del Bono Soberano
por US$166.7 millones; así como
para cubrir una parte de los otros
vencimientos de la deuda externa e
interna programados para marzo de
2022.
2. Ejercer el derecho de suspender o cancelar los derechos de
“EL GOBIERNO” en relación a beneficiarse de los recursos
financieros provenientes de “EL CONVENIO”, en caso de que
a juicio de “EL BANCO” exista algún incumplimiento por parte
3 Vigente del 14 al 20 de febrero de 2022, revisable semanalmente por el FMI.
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de “EL GOBIERNO” derivado de alguna de sus obligaciones
contraídas en virtud de “EL CONVENIO”. CLÁUSULA
SEXTA. VIGENCIA Y DURACIÓN. El presente Convenio
tendrá vigencia a partir de la fecha de su suscripción y tendrá una
duración igual al plazo del crédito en los términos y condiciones
establecidas por “EL BANCO” en la cláusula quinta. CLÁUSULA
SÉPTIMA. CONTROVERSIAS. Cualquier controversia que
surja de la aplicación del presente instrumento será dirimida entre “EL
BANCO” y “EL GOBIERNO” y se formalizará por escrito entre
las partes y formará parte de “EL CONVENIO”. CLÁUSULA
OCTAVA ACEPTACIÓN. Leído el presente Convenio por los
otorgantes y enterados de su contenido, objeto y demás efectos
legales, lo ratificamos, aceptamos y firmamos en duplicado en
la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los
siete (7) días del mes de marzo de dos mil veintidós (2022). (F Y
S) REBECA PATRICIA SANTOS RIVERA, Presidenta, Banco
Central de Honduras. (F Y S) RIXI RAMONA MONCADA
GODOY, Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas, en
representación del Gobierno de Honduras”.
ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entra en vigencia el día
de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a
los diecinueve días del mes de mayo de dos mil veintidós.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES
SECRETARIO
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÌA
SECRETARIA
Al Poder Ejecutivo
Por Tanto: Ejecútese.
Tegucigalpa, M.D.C., 27 de mayo de 2022.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
RIXI RAMONA MONCADA GODOY
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Sección “B”
Poder Judicial
Honduras
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION DE
TITULO VALOR
El infrascrito, Secretario General del Juzgado de Letras Seccional
de Choloma, Cortés, al público en general y para efectos de la
Ley y según lo establecido en el artículo 634, párrafo tercero y
640 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en fecha
DIEZ (10) DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS
(2022), la señora DILCIA JUANA HERNANDEZ, presentó
SOLICITUD DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE
UN TÍTULO VALOR consistente en CERTIFICADO DE
DEPÓSITO A PLAZO FIJO, número 105093, con número de
cuenta 31-232-000328-3, emitido a favor de la señora DILCIA
JUANA HERNANDEZ, por la sociedad mercantil BANCO
DE OCCIDENTE S.A., en fecha treinta (30) de abril del año
dos mil veinte (2020), solicitud que se hace en virtud de haberse
extraviado el mismo.
Choloma, Cortés, trece (13) de mayo del año 2022.
(Exp. 0502-2022-00029)
ABOGADO: HECTOR EMILIO BARAHONA ARAGON.
SECRETARIO GENERAL, JUZGADO DE LETRAS
SECCIONAL, CHOLOMA, CORTÉS.
9 J. 2022 __________
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.-
A los comerciantes y público en general se les comunica: Que
en esta ciudad a los 28 de mayo de 2022, ante los oficios del
Notario ANGEL RAFAEL HERRERA CHINCHILLA,
mediante Instrumento Público Número 122 la sociedad
mercantil GENERADORA LA UNION, S.A. DE C.V. con
domicilio en Choloma, Cortés, aumentó su capital social así:
Capital Mínimo la suma de UN MILLON DE LEMPIRAS
(LPS.1,000,000.00) y como CAPITAL MÁXIMO en
la cantidad de SETENTA Y DOS MILLONES DE
LEMPIRAS (LPS.72,000,000.00), quedando suscrito y
pagado en su totalidad el capital maximo y en consecuencia
reformada las cláusulas Quinta y Sexta de la escritura
constitutiva.-
San Pedro Sula, Cortés, 28 de mayo de 2022.
CONSEJO DE ADMINISTRACION
9 J. 2022 __________
AUMENTO DE CAPITAL SOCIAL.-
A los comerciantes y público en general se les comunica:
Que en esta ciudad a los 28 de mayo de 2022, ante los
oficios del Notario ANGEL RAFAEL HERRERA
CHINCHILLA. mediante Instrumento Público Numero
124 la sociedad mercantil INDUSTRIAS MOLINERA,
S.A. DE C.V. (IMSA) con domicilio en Choloma, Cortés.
aumentó su capital social así: Capital Mínimo la suma
de CUATROCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS
(LPS.400,000,000.00) y como CAPITAL MÁXIMO la
cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES
DE LEMPIRAS (LPS.750,000,000.00), quedando suscrito
y pagado el capital en la cantidad de SEISCIENTOS
MILLONES DE LEMPIRAS (L.600,000,000.00) y
en consecúencia quedan reformadas las cláusulas Sexta.
Séptima y Octava de la escritura constitutiva.-
San Pedro Sula. Cortés, 28 de mayo de 2022.
CONSEJO DE ADMINISTRACION
9 J. 2022
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Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS
DE FAMILIA DEL DPTO. DE CORTES
SAN PEDRO SULA.
AVISO
Al Público en General se HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de agosto o
del año dos mil veintiuno (2021), se presentó una SOLICITUD DE ADOPCION
POR LA VIA DEL PROCESO ABREVIADO NO DISPOSITIVO, respecto
al menor EMANUEL ALEXANDER AMADOR GONZALEZ con acta de
nacimiento No. 0801-2018-13882, ubicada a folio 041, del tomo 07878, del
año 2018, extendida por el Registro Nacional de las Personas de San Pedro
Sula, departamento de Cortés, nacido el día veintidós (22) de junio del año dos
mil dieciocho (2018), en el Municipio de Distrito Central, Departamento de
Francisco Morazán, mismo que quien es hijo de la señora HEYDY YISSEL
AMADOR GONZALEZ. Dicha Solicitud fue presentada por los señores
ORLANDO JOSE CACERES FLORES y ANA YENORY PORRAS
CAMPOS, ambos mayores de edad, casados entre sí, con Tarjeta de Identidades
números 0601-1978-02352, 01-1008-2009-1488 y con domicilio en Residencial
Villas Mackey, Bloque J, Lote 17, San Pedro Sula, Cortés. Dicha Solicitud consta
bajo Expediente No. 0501-2021-01957 en el Despacho del Juzgado de Letras
de Familia del Departamento de Cortés. Por lo tanto que la parte interesada
proceda a realizar una publicación en el Diario "La Gaceta" y una publicación en
cualquier otro periódico de circulación nacional, con caracteres que permitan ser
vistas fácilmente y para que represente a los demandantes señores ORLANDO
JOSE CACERES FLORES y ANA YENORY PORRAS CAMPOS, en virtud
de desconocerse el paradero de la misma y no tener representante legalmente
reconocido.
SAN PEDRO SULA, CORTES, 03 DE JUNIO 2022.
ABG OLLIE ORTEGA PAZ
SECRETARIA ADJUNTA
9 J. 2022 __________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C. A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que
en fecha cuatro (04) de mayo del año dos mil diecisiete
(2017), compareció a este Juzgado el señor WILMER
ALEXIS SALGADO, incoando demanda Contencioso
Administrativo en materia de Personal, contra la Secretaría
de Estado en el Despacho de Seguridad, con orden de ingreso
número 0801-2017-00279, para que se declare la ilegalidad
y anule un acto administrativo de carácter particular en
materia personal que se subsume en la cancelación de mi
nombramiento según Acuerdo número 2334-2017, de fecha
29 de marzo del año 2017, reconocimiento de mi situación
jurídica individualizada de cancelación o separación injusta
ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se me
reintegre o restituya en mi cargo. Que se adopten las medidas
necesarias para el pleno reconocimiento de mis derechos
adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes
y vacaciones. Acompaño, documentos. Se confiere poder.
En relación al Acuerdo de Cancelación No. 2334-2017 de
fecha 29 de marzo del año 2017, notificado en fecha 05 de
abril del año 2017.
ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO
SECRETARIO ADJUNTO
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Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2021-6857
Fecha de presentación: 2021-12-07
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Kraft Foods Schweiz Holding GmbH
Domicilio: Chollerstrasse 4, Zug 6300, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TOBLERONE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Café, extractos de café; sucedáneos del café; cocoa;
chocolate; cocoa; bebidas a base de café y chocolate y preparaciones para tales bebidas;
té; panadería; azúcar y edulcorantes; pastelería; biscochos; galletas; brownies; pasteles de
queso; pasteles; waffles; wafers; productos de confitería en particular confitería de azúcar
y confitería de chocolate; chocolate para untar; confitería helada y congelada; helado;
postres; cereal congelado y postres a base de chocolate; pasteles congelados; yogurt
congelado; cereal helado y postres a base de chocolate; productos de masa; preparaciones
hechas de cereales; cereal para el desayuno; helados; sorbetes miel; pudines; palomitas de
maíz y maíz crujiente; productos de bocadillos a base de maíz, arroz, cebada, centeno o
pastelería de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022 __________
Número de Solicitud: 2021-5970
Fecha de presentación: 2021-11-05
Fecha de emisión: 15 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB
Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A, 106 38 Stockholm, Suecia
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°018504472 de fecha 30/06/2021 de Suecia.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPÉZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Clases de actividades de gimnasia; instrucción de
yoga instrucción de pilates; servicios de aptitud física y deportes; servicios de renta
relacionados a equipo e instalaciones para deportes, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
__________
Número de Solicitud: 2021-5968
Fecha de presentación: 2021-11-05
Fecha de emisión: 9 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB
Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A, 106 38 Stockholm, Suecia.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°018504472 de fecha 30/06/2021 de Community Trade Mark.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPÉZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (28)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos; juguetes; artículos deportivos y de gimnasia;
bandas de goma para ejercicio; mancuernas; pesas de ejercicio; bloques de yoga;
pelotas de gimnasia para yoga: correas de yoga; pesa rusa; anillos para deportes;
anillos manualmente operados para ejercicios de resistencia de la parte inferior y
superior del cuerpo; pelotas de pilates de tonificación; cuerdas de saltar, de la clase
28.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-5964
Fecha de presentación: 2021-11-05
Fecha de emisión: 12 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB
Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A, 106 38 Stockholm, Suecia.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°018504472 de fecha 30/06/2021 de Community Trade Mark
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPÉZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Pedómetros; anteojos de sol; estuches para teléfonos
móbiles; anteojos para deportes; gafas de protección para nadar, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
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Número de Solicitud: 2021-143
Fecha de presentación: 2021-01-12
Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: MATER MEDITERRANEA S.R.L.
Domicilio: Vad-o Ligure (SV), VIA TRIESTE 25 CAP 17047, Italia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ANTONIO ZUNIGA CASTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BEEBAD
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se concede registro a los términos “ENERGY DRINK” presentes en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas energéticas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
__________
Número de Solicitud: 2021-4783
Fecha de presentación: 2021-09-14
Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: NERY LEONEL AGUILAR PACHECO
Domicilio: Residencial San Juan, Bloque 17, casa #9, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ANTONIO ZUNIGA CASTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
__________
COMBIOTEK
Número de Solicitud: 2021-2882
Fecha de presentación: 2021-06-11
Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES TURISTICAS CASAGRANDE S.A. DE C.V.
Domicilio: 7a calle, N.O. Barrio Abajo, 1/2 cuadra al Este del cine Valladolid, casa 12101, Comayagua, Comayagua,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ANTONIO ZUNIGA CASTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HOTEL CASAGRANDE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Sólo podrá ser utilizada en su forma conjunta “CASAGRANDE”.
I.- Reivindicaciones: No se reivindica la palabra Hotel.
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restauración (alimentación; hospedaje temporal), de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
__________
Número de Solicitud: 2021-2883
Fecha de presentación: 2021-06-11
Fecha de emisión: 21 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES TURISTICAS CASAGRANDE S.A. DE C.V.
Domicilio: 7a calle, N.O. Barrio Abajo, 1/2 cuadra al Este del cine Valladolid, casa 12101, Comayagua, Comayagua,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ANTONIO ZUNIGA CASTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ABOLENGOS DEL CARMEN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de restauración (alimentación), de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
__________
1/ No. Solicitud: 29456-2018
2/ Fecha de presentación: 06-07-2018
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DELICIAS DEL CARMEN, S. DE R.L.
4.1/ Domicilio: Aldea Los Mangos, municipio de La Villa de San Antonio, Kilómetro 65, carretera CA-
5, departamento de Comayagua, Honduras, Centro América.
4.2/ Organizada bajo las Leyes de:
B. REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro Básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DON GUILLERMO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue:
Café y sucedáneos del café.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Abg. José Antonio Zúniga Castillo
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16-08-2018
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
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[1] Solicitud: 2020-011434
[2] Fecha de presentación: 10/03/2020
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CARLOS ANTONIO SOSA
[4.1] Domicilio: BARRIO EL CARMELO ABAJO, SECTOR BELLA VISTA, Honduras
[4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo:
DON RUPERTO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 34
[8] Protege y distingue:
Puros
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: VICTOR MONTESINOS VARELA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 14 de agosto del año 2020
[12] Reservas: No tiene reservas.
NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
_________
_________
Número de Solicitud: 2022-418
Fecha de presentación: 2022-01-20
Fecha de emisión: 14 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: GRANJA AVICOLA ALVARENGA, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: 14 AVE, 9 CALLE, COLONIA MODELO, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CHEF
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: No se reivindica la palabra huevo
J.- Para Distinguir y Proteger: Huevos de aves, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
Número de Solicitud: 2022-513
Fecha de presentación: 2022-01-24
Fecha de emisión: 14 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: GRANJA AVICOLA ALVARENGA, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: 14 AVE, 9 CALLE, COLONIA MODELO, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: ??????
D.- APODERADO LEGAL
ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
¡NUTRIENDO EL MAÑANA!
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: No se le otorga exclusividad sobre las palabras aisladamente, sólo se otorga protección, para ser
usadas en su forma conjunta “ NUTRIENDO EL MAÑANA”.
J.- Para Distinguir y Proteger: Venta de huevos y carnes, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
_________
_________
Número de Solicitud: 2022-416
Fecha de presentación: 2022-01-20
Fecha de emisión: 13 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GRANJA AVICOLA ALVARENGA, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: 14 AVE, 9 CALLE, COLONIA MODELO, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ANIBAL LARDIZABAL NAVARRO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AVICA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: No se reivindica la palabras nutriendo el mañana
J.- Para Distinguir y Proteger: Venta de huevos y carnes, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-5604
Fecha de presentación: 2021-10-21
Fecha de emisión: 29 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: VALERIANO QUIMICO INDUSTRIAL, S. DE R.L. DE C.V., tambien conocida como VALQUIM, S. DE
R.L. DE C.V.
Domicilio: Carretera a La Esperanza, km 1,2 cuadras arriba de la Escuela Juan de la Cruz Avelar, Siguatepeque,
Comayagua, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Ana Cristina Echenique Cáceres
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NITRO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se protege las palabras “DALE PODER A TU VEHICULO”
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Detergentes y demás productos para limpieza y cuidado del interior y exterior de los
automóviles, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
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Número de Solicitud: 2022-1629
Fecha de presentación: 2022-03-30
Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INSTITUTO MISIONERO SOCIEDAD DE SAN PABLO
Domicilio: Boulevard San Juan Bosco, frente al Mall Multiplaza, Teg. M.D.C.,
Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Emeteria Carolina Martínez Escalante
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Paulus
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PAULUS” y la
aparencia de su etiqueta, se protege tal como es presentada en las etiquetas.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servcios de agrupamiento por cuenta de terceros
de una amplia gama de productos (Distribución de Imágenes Religiosas) de la
clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 11 J. 2022 __________
Número de Solicitud: 2022-1793
Fecha de presentación: 2022-04-06
Fecha de emisión: 27 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Domicilio: Colonia Alameda, Avenida Juán Manuel Galvez, 9na y 10ma calle,
casa número 929, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de
Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Catherine Giselle Matute Galo
E.- CLASE INTERNACIONAL ( )
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en
su conjunto sin darle exclusividad a los términos “DISTRIBUIDORA” y
“UNIVERSAL” por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa dedicada a la venta para oficinas de:
insumos, mobilirarios, artículos de limpieza, seguridad y bioseguridad, de la
clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 11 J. 2022
DISTRIBUIDORA UNIVERSAL
__________
Número de Solicitud: 2022-1792
Fecha de presentación: 2022-04-06
Fecha de emisión: 27 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA UNIVERSAL SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA
Domicilio: Colonia Alameda, Avenida Juan Manuel Galvez, 9na y 10ma calle,
casa número 929, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de
Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Catherine Giselle Matute Galo
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DISTRIBUIDORA UNIVERSAL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la frase “TU MEJOR OPCIÓN EN
COMPRA” presente en la etiqueta. Se protege la marca únicamente en conjunto
sin dar exclusividad de uso sobre los términos denominativos por separado.
tampoco se le concede el uso exclusivo del elemento figurativo del mapa mundi,
presente en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Empresa comercial para la venta de: papelería e
insumos de oficinas, productos, higiénicos para oficinas, mobiliarios de oficinas,
artículos de limpiezas para oficinas, artículos de seguridad y productos de
bioseguridad para oficinas, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 11 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-3887
Fecha de presentación: 2021-07-29
Fecha de emisión: 13 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: EMPRESA PROCESADORA DE ALIMENTOS Y BEBIDAS EL
EDEN, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL
VARIABLE (ABEDEN, S. DE R.L. DE C.V.)
Domicilio: SANTA ROSA DE COPÁN, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JORGE LUIS DUBON PORTILLO
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
EL EDÉN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “EL
EDEN” no se protegen los elementos denominativos que aparecen en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTURO SIERRA
Registro de la Propiedad Industrial
9, 24 J. y 11 J. 2022
-- 14 of 28 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Número de Solicitud: 2021-6160
Fecha de presentación: 2021-11-12
Fecha de emisión: 1 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DEL GRANO, S.A DE C.V.
Domicilio: BARRIO RIO DE PIEDRAS, 19 AVENIDA, 4TA. Y 5TA. CALLE S.O.,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
CLARISSA MARIETH GOMEZ FAJARDO
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LART DU PAIN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Se protege en su forma conjunta sin reivindicar lo que se lee
en la etiqueta, "LO ARTESANAL ES LO NUESTRO, PANADERIA FRANCESA,
EST 2014"
J.- Para Distinguir y Proteger: Venta, elaboración, distribución de comidas y
alimentos de cualquier tipo, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado DENIS OMAR TURCIOS HERRERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2021-5252
Fecha de presentación: 2021-10-12
Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LATIN FARMA, SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio: GUATEMALA
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
Francisco Antonio Galdamez Monge
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MENLAIT
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos y sustancias dietéticas para uso médico;
alimentos para bebés de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
Número de Solicitud: 2019-9655
Fecha de presentación: 2019-02-27
Fecha de emisión: 21 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: ASOCIACIÓN CIVIL DENOMINADA AGUA PARA EL PUEBLO
Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RAFAEL AMILCAR ECHENIQUE SALGADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (40)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AGUACLARA-PTAP
POTABILIZADORA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se da exclusividad en la palabra “POTABILIZADORA”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de tratamiento de agua, de la clase 40.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-6581
Fecha de presentación: 2021-11-25
Fecha de emisión: 17 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Productos Sarita Sociedad Anónima
Domicilio: Guatemala, Guatemala
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JOSE DANIEL AMADOR ORDOÑEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Giga Café
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad
de uso sobre la palabra "CAFE"
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Café y sucedáneos del café, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
___________
-- 15 of 28 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Número de Solicitud: 2022-1837
Fecha de presentación: 2022-04-08
Fecha de emisión: 22 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: FRANQUICIAS E INVERSIONES DACSI, S. de R.L. de C.V.
Domicilio: Residencial Las Hadas, B1. II, casa 13, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
departamento de Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LILIAM SIWADY SALAZAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PIZZALANDIA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: servicios de restauración (alimentación), de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2022-1835
Fecha de presentación: 2022-04-07
Fecha de emisión: 21 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: RITA CAROLINA CHINCHILLA RODRIGUEZ
Domicilio: Colonia Universidad Norte, bloque E, casa 20, Tegucigalpa, D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LILIAM SIWADY SALAZAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DEI ROCHI
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Repostería, pizzas, quiches, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2022-1838
Fecha de presentación: 2022-04-08
Fecha de emisión: 22 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: FRANQUICIAS E INVERSIONES DACSI, S. de R.L. de C.V.
Domicilio: Residencial Las Hadas, B1. II, casa 13, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central,
departamento de Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LILIAM SIWADY SALAZAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PAPALANDIA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación), de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2021-6547
Fecha de presentación: 2021-11-24
Fecha de emisión: 7 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: SOCIEDAD COLECTIVA MURILLO VALLECILLO Y ASOCIADOS
Domicilio: EN LA CIUDAD DE PUERTO DE LA CEIBA DE ATLÁNTIDA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
KARLA MERCEDES VIGIL
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LÁCTEOS MUVA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA MARCA PARA SER UTILIZADA EN SU
FORMA CONJUNTA "LACTEOS MUVA". NO SE DA EXCLUSIVIDAD A LA PALABRA
LACTEOS.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Leche, quesos, mantequilla, yogur y otros productos lácteos, de la
clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUE RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2021-1322
Fecha de presentación: 2021-03-19
Fecha de emisión: 23 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ROSA ALICIA SOSA UCLES
Domicilio: MUNICIPIO DE SANTA MARIA, DEPARTAMENTO DE LA PAZ, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
KARLA MERCEDES VIJIL
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CAFE DE LA FORTALEZA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: NO SE REIVINDICA LA PALABRA CAFE.
J.- Para Distinguir y Proteger: Café y sucedáneos del café, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
-- 16 of 28 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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P
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Número de Solicitud: 2022-40
Fecha de presentación: 2022-01-04
Fecha de emisión: 17 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados
Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DOTERRA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Goma de mascar; azúcar: candi; caramelos;
pastillas [productos de confitería]; dulces con una base de menta [que no sean
medicinales]; azúcar candi para uso alimenticio; productos de confitería;
pastillas dulces de menta; barritas de caramelo, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
_________
Número de Solicitud: 2022-41
Fecha de presentación: 2022-01-04
Fecha de emisión: 16 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados
Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DOTERRA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas vitamínicas y minerales que no
sean para uso médico; bebidas no alcohólicas; preparados para la elaboración
de bebidas; mezclas para preparar bebidas; aromatizantes para bebidas, de la
clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
Número de Solicitud: 2020-24638
Fecha de presentación: 2020-12-16
Fecha de emisión: 19 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: EMPAQUETADURAS DARROW S.A.S.
Domicilio: CL. 36 48 14 MEDELLIN, Colombia
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (12)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DARROW
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Repuestos para vehículo, especialmente repuestos
para vehículos movidos por motor, tipo automóviles, camperos, buses, camiones,
motocicletas especialmente en lo referente u culatas, múltiple admisión, válvula, ejes de
levas, cilindros y pistones, tensores de cadenilla, cigüeñales, trasmisiones, selectores de
cambios, ejes de cambios, carcasas derecha e izquierda, cubierias, clutch, cubiertas de
volante, pedales crank, carburadores, silenciadores, sillines, bombas de aceite, magnetos,
bobinas de altas, bujías, soportes de motor, chasis, amortiguadores, reposapies delanteros y
traseros, guardabarros, gatos centrales y laterales, rines, llantas, neumáticos, portabandas,
delanteros y traseros, dirección mecánica e hidráulica, cardan, caja de cambios mecánica
e hidráulica, clutch¬freno pedales de freno, manubrios, suspensiones delanteras y traseras,
tanques, tapas, grifos de gasolina, antivibrantes, velocímetros, cables, farolas, bombillos,
cadenaje de farolas, guardacadenas, direccionales, stops, inyectores, cajas de cambios,
embragues, balineras, bujes, soportes, retrovisores, empaquetaduras, guías de válvulas,
sellos de válvulas, capots, visagras, ventanas, emblemas de la marca, persianas, bompers,
limpiaparabrisas, guardafangos, de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
___________
Número de Solicitud: 2021-4620
Fecha de presentación: 2021-09-08
Fecha de emisión: 22 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Inversiones Diversas Rize, S. de R.L. (Pulpería Artesanal)
Domicilio: Colonia Jardines de Toncontín atrás de Camosa, calle Cantera No. 348,
Comayagüela, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Pulpería artesanal
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "PULPERIA
ARTESANAL" en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los
elementos denominativos que la conforman, los demás elementos denominativos que
aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales; administración
comercial; establecimientos para la comercialización de productos artesanales, de la clase
35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
-- 17 of 28 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Número de Solicitud: 2021-3864
Fecha de presentación: 2021-07-28
Fecha de emisión: 29 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB
Domicilio: Mäster Samuelsgatan 46 A, 106 38 Stockholm, Suecia.
B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 018457289 de fecha 21/04/2021 de
European Intellectual Property Office (EUIPO).
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H&M MOVE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Calcetería de compresión graduadas; pantimedias
de compresión; rodillo de masaje de espuma; bolas trigger; bolas masajeadoras;
almohadillas y cojines de alivio de presión; máscaras faciales para uso médico, de la
clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
_________
Número de Solicitud: 2021-5991
Fecha de presentación: 2021-11-08
Fecha de emisión: 14 de enero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Xiaomi Inc.
Domicilio: No.006, floor 6, building 6, yard 33, middle Xierqi Road, Haidian District,
Beijing , China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)
E.- CLASE INTERNACIONAL (45)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Monitoreo de alarmas antirrobo y de seguridad;
monitoreo de alarmas; investigaciones de antecedentes personales; acompañante;
acompañamiento en la sociedad (acompañante); servicios de tareas domésticas; renta
de ropa; consultoría de estilo de guardarropa personal; conducción de ceremonias
religiosas; servicios de citas; servicios de redes sociales en línea, apertura de
cerraduras de seguridad; servicios de agencias de adopción; devolución de propiedad
pérdida; renta de cajas fuerte; investigación genealógica; planeación y arreglo de
ceremonias de boda; liberación de palomas para ocasiones especiales; alquiler de
nombres de dominio en internet; servicios de detección de bombas; renta de chalecos
salvavidas; combatir incendios; organización de reuniones religiosas; licenciamiento
de propiedad intelectual; investigación legal; licenciamiento de software de
computadora (servicios legales), licenciamiento (servicios legales) en el marco de
referencia de publicidad de software; licenciamiento de diseño registrados (servicios
legales); servicios legales; proporcionar información acerca de servicios legales vía
un sitio web, de la clase 45.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-3962
Fecha de presentación: 2021-08-03
Fecha de emisión: 4 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Robert Bosch GmbH
Domicilio: Robert-Bosch-Platz1, 70839 Gerlingen, Alemania.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON)
E.- CLASE INTERNACIONAL (28)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos, juguetes; artículos de gimnasia y deporte,
de la clase 28.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
________
Número de Solicitud: 2021-7347
Fecha de presentación: 2021-12-29
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: JDV MARKCO S.A.P.I DE C.V.
Domicilio: Ruben Dario 115-8 Col. Bosque de Chapultepec, C.P. 11580 México, D.F.,
México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
POR COMIDAS + JUGOSAS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Jugos de néctares de frutas, bebidas energizantes y
bebidas para deportistas, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
10, 25 M. y 9 J. 2022
-- 18 of 28 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 9 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,945
Número de Solicitud: 2021-6733
Fecha de presentación: 2021-12-02
Fecha de emisión: 14 de enero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS ARSAL S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN SALVADOR, EL SALVADOR, El Salvador.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA J. OCHOA B.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DROSETUX
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos antitusivos destinados al
alivio de diferentes tipos de tos, como tos seca o irritante (secreción de flemas.), de
la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
________
Número de Solicitud: 2021-6148
Fecha de presentación: 2021-11-11
Fecha de emisión: 25 de enero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS ARSAL S.A. DE C.V.
Domicilio: CIUDAD DE SAN SALVADOR, El Salvador
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA J. OCHOA B.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GINEVALG.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; preparaciones para uso
médico; productos higiénicos y sanitarios; medicamentos; contra hongos patógenos,
de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
________
Número de Solicitud: 2021-6147
Fecha de presentación: 2021-11-11
Fecha de emisión: 21 de enero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS ARSAL S.A. DE C.V.
Domicilio: CIUDAD DE SAN SALVADOR, El Salvador
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA J. OCHOA B.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DIATRILO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; preparaciones para uso
médico; productos higiénicos y sanitarios; medicamentos; contra la hipersecreción
intestinal; antidiarreicos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
25 M., 9 y 24 J. 2022
________
Número de Solicitud: 2021-7098
Fecha de presentación: 2021-12-15
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS ARSAL, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN SALVADOR, El Salvador
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
SANDRA J. OCHOA B.
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PROMETIN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; medicamentos para tratar
infecciones bacteriana
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