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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

20 junio 2016Edición No. 34,064

Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 39-2016 — Ampliación del término de vigencia del pago de multas, recargos e intereses de deudores de SANAA

Congreso Nacional

DECRETO No. 39-2016 El Congreso Nacional, CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional en fecha 22 de Octubre del año 2015, aprobó mediante Decreto No.123-2015, la exoneración del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), mediante el cual se ha logrado obtener una considerable reducción en la mora. CONSIDERANDO: Que el Período comprendido en el Decreto No.123-2015, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de Enero de 2016, se encuentra próximo a vencer y que es necesario ampliarlo para poder beneficiar a los usuarios del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA). POR TANTO, DECRETA: ARTÍCULO 1.- Ampliar el término de la vigencia del pago de multas, otros recargos e intereses, como consecuencia de la deuda principal que los usuarios morosos, mantengan con el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), contenido en el Decreto No.123-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2016. ARTÍCULO 2.- El Presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los catorce días del mes de abril de dos mil dieciséis. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SARA ISMELA MEDINA GALO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecututese. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de mayo de 2016. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS WILFREDO CERRATO SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER LEGISLATIVO Decreto No. 39-2016, 16-2016 A. 1 - 3 SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo Ejecutivo No. 0026J-A A. 4 - 27 SECRETARÍA DE SEGURIDAD Acuerdos 1059-2016, 1303-2016 1304-2016 A. 28-31 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 0989-SE-2016 A. 32 - 43 OTROS A. 44 Sección B Avisos Legales Poder Legislativo

Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 16-2016 — Modificación de prohibición de transporte de dos personas de sexo masculino en vehículos motorizados de dos ruedas

Congreso Nacional

DECRETO No. 16-2016 El Congreso Nacional, CONSIDERANDO: Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y el Estado y todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. CONSIDERANDO: Que el Congreso Nacional aprobó el Decreto No.91-2012 de fecha 14 de junio del 2012, el cual establece en su Artículo 1) una prohibición para que dos (2) personas de sexo masculino se transporten en vehículos automotores de dos (2) ruedas, con el propósito de evitar la comisión de múltiples asesinatos utilizando estos medios de transporte. CONSIDERANDO: Que según las estadísticas proporcionadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, las muertes violentas ejecutadas desde vehículos motorizados de dos (2) ruedas, en los municipios del interior y en las zonas rurales del país, la ejecución a través de esta modalidad es mínimo o casi excepcional. CONSIDERANDO: Que la prohibición a que hace referencia el Decreto No.91-2012 debe focalizarse a las cabeceras y las ciudades más importantes del país. LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4966 Administración: 2230-3028 Publicidad: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL