Decreto Legislativo No. 39-2016 — Ampliación del término de vigencia del pago de multas, recargos e intereses de deudores de SANAA
Considerandos
- 1.Que el Congreso Nacional en fecha 22 de Octubre del año 2015, aprobó mediante Decreto No.123-2015, la exoneración del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), mediante el cual se ha logrado obtener una considerable reducción en la mora.
- 2.Que el Período comprendido en el Decreto No.123-2015, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de Enero de 2016, se encuentra próximo a vencer y que es necesario ampliarlo para poder beneficiar a los usuarios del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA).
Articulos
Articulo 1
Ampliar el término de la vigencia del pago de multas, otros recargos e intereses, como consecuencia de la deuda principal que los usuarios morosos, mantengan con el Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), contenido en el Decreto No.123-2015 de fecha 22 de octubre de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2016.
Articulo 2
El Presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los catorce días del mes de abril de dos mil dieciséis. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO SARA ISMELA MEDINA GALO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecututese. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de mayo de 2016. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS WILFREDO CERRATO SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER LEGISLATIVO Decreto No. 39-2016, 16-2016 A. 1 - 3 SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS Acuerdo Ejecutivo No. 0026J-A A. 4 - 27 SECRETARÍA DE SEGURIDAD Acuerdos 1059-2016, 1303-2016 1304-2016 A. 28-31 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN Acuerdo No. 0989-SE-2016 A. 32 - 43 OTROS A. 44 Sección B Avisos Legales Poder Legislativo