Lo no previsto en estos estatutos será resuelto por la Asamblea General de conformidad con las leyes vigentes. SEGUNDO: La organización Religiosa denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PAN DEL CIELO, inscribirá ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), su Junta Directiva, de igual forma queda obligada a notificar los cambios de dirección. Asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La Organización Religiosa denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PAN DEL CIELO, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados financieros juntamente con el informe de actividades dentro de los dos (2) primeros meses del año. Dichos registros deben constar en libros autorizados por la autoridad competente, los que estarán siempre a disposición de sus miembros y sujetos a las auditorías que señale la Ley, sus Estatutos y Reglamentos.
CUARTO: L a Organización Religiosa denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PAN DEL CIELO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la Organización Religiosa denominada MINISTERIO INTERNACIONAL PAN DEL CIELO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país. SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución a razón de entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de septiembre de dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 28 N. 2015. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa FERBA INTERNACIONAL, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: PROTIFERT BORO, compuesto por los elementos: 05.63% NITROGENO ORGANICO TOTAL, 06.40% BORO DISPONIBLE (%B), 32% AMINOACIDOS Y PEPTIDOS TOTALES. En forma de: LÍQUIDO. Formulador y país de origen: FERBA INTERNACIONAL, S.A. / COSTA RICA. Tipo de uso: FERTILIZANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., CATORCE (14) DE OCTUBRE DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 28 N. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS A FINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afin. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa CEREXAGRI, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: BUSTER 72 WP, compuesto por los elementos: 64% MANCOZEB, 8% CYMOXANIL. En forma de: POLVO MOJABLE. Formulador y país de origen: UNITED PHOSPHORUS LTD/INDIA. Tipo de uso: FUNGICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley De Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., CATORCE (14) DE OCTUBRE DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 28 N. 2015.
AVISO DE LICITACION PÚBLICA REPUBLICA DE HONDURAS EMPRESA HONDUREÑA DE TELECOMUNICACIONES “HONDUTEL” LICITACION PÚBLICA NACIONAL DARMH No.002-2014 “ADQUISICIÓN DE FORMULARIO AVISOS DE COBRO POR SERVICIOS Y FORMAS CONTINUAS VARIAS” 1. La Empresa Hondureña de Telecomunicaciones “HONDUTEL”, invita a Licitantes a presentar ofertas en sobre cerrado para la ADQUISICIÓN DE FORMULARIO AVISOS DE COBRO POR SERVICIOS Y FORMAS CONTINUAS VARIAS. La adquisición del objeto de esta licitación será sufragada con fondos propios de HONDUTEL. 2. La licitación se llevará a cabo conforme a las Normas y Procedimientos de la Ley de Contratación del Estado de la República de HONDURAS, la adjudicación del o los contratos se hará por uno o más lotes, a la oferta evaluada como las más baja entre aquellas que cumplan con todos los requisitos de las bases de licitación. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a: Dirección de Administración de Recursos Materiales ubicado en la Col. Vista Hermosa, entrada a Residencial Plaza, contiguo al RAP. Teléfonos 2228-2061- 2228-2065, en horario de 8:00 A.M. a 4:00 P.M. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras (www. honducompras. gob. hn). 4. La recepción y apertura de la ofertas se efectuará en acto público en presencia de los miembros representantes de los Órganos Contralores del Estado, la comisión nombrada por HONDUTEL y de los oferentes o representantes debidamente acreditados, en el salón de conferencias de CENCAPH, segundo edificio de HONDUTEL, boulevard Centro América, Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras el día 09 de diciembre del año 2015. 5. Las ofertas presentadas después de la hora indicada, serán rechazadas, todas las ofertas deberán estar acompañadas por una Garantía de Mantenimiento de Oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2 %) del monto total de la oferta. Tegucigalpa M.D.C., noviembre del 2015. 28 N. 2015.
La suscrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA. La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a MENDEZ COMPAÑÍA DE COMERCIO, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO, de la empresa concedente BRENTWOOD APPLIANCES INC., de nacionalidad estadounidense; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Otorgada mediante Resolución Número 873-2015 de fecha 26 de octubre del 2015, mediante Acuerdo de Distribución de fecha 21 de julio de 2015; Fecha de Vencimiento: hasta el 20 de julio del 2018; DILCIA LIZETH AGUIRIANO CALIX, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, por Ley Acuerdo No. 105-2015. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los tres días del mes de noviembre del año dos mil quince. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ Secretaria General 28 N. 2015. _______ CERTIFICACIÓN JUZGADO DE ELTRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha cuatro de septiembre del dos mil quince, compareció a este Juzgado René Edgardo Rojas García, incoando demanda Personal No. 302-15, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, para que se declare la nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo de carácter particular, en materia personal. Que se reconozca la situación jurídica individualizada de separación o cancelación ilegal y como medida para su pleno restablecimiento el reintegro al cargo de Educador II. Reclasificación al cargo de Asesor Legal , pago de salarios dejados de percibir correspondientes desde la fecha efectiva de cancelación hasta la ejecución de la sentencia. Que se condene en costas. Se acompañan documentos. Poder. LIC. WALTER ALEXANDER CARIAS GOZAINE SECRETARIO ADJUNTO 28 N. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abog. EVER DANILO VARGAS, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DE CENTROAMERICA, S.A. DE C.V. (FERTICA, S.A. DE C.V.) tendiente a que autorice la Renovación de Registro del producto de nombre comercial: GRANUPOTASSE, compuesto por los elementos: 50% POTASIO TOTAL (K2O), 45% AZUFRE (SO3). En forma de: SÓLIDO. Formulador y país de origen: TESSENDERLO CHEMIE NV/SA / BELGICA. Tipo de uso: FERTILIZANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTIDOS (22) DE JULIO DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 28 N. 2015. _______ FE DE ERRATA Por un error involuntario en La Gaceta # 33,876, de fecha 6 de Noviembre del año 2015; donde aparece la publicación de Estatuto de La Cooperativa de Ahorro y Crédito Educadores de Honduras Limitada COACEHL, donde se lee ART. 41 Página B-10 Artícules, debiendo leerse: Artículos. Página B-14, ART. 66 inciso z, la palabra Composición, siendo lo correcto Compensación. En la página B-24 se lee ART. 45, siendo lo correcto ART. 145. En la página B-31, aparece ART.195 inciso e. siendo lo correcto inciso c. LA GERENCIA 28 N. 2015.
La suscrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA. La Licencia de Representante y Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DE REPRESENTANTE y DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Por Ley en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a CONSULTORA TECNOLOGICA ADMINISTRATIVA, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (CONTA, S. DE R.L.), como REPRESENTANTE y DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente KUVELA, S.A., de nacionalidad ecuatoriana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL; Otorgada mediante Resolución Número 886-2015 de fecha 27 de octubre del 2015, mediante Contrato de Representación y Distribución de fecha 03 de marzo del año 2015; Fecha de Vencimiento: hasta el 2 de marzo del 2016; DILCIA LIZETH AGUIRIANO CALIX, Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, Por Ley Acuerdo No.105 2015. SANDRA PATRICIA FLORES LOPEZ, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diez días del mes de noviembre del año dos mil quince. SANDRA PATRICIA FLORES LOPEZ Secretaria General 28 N. 2015. _______ CERTIFICACIÓN CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS, C.A. AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR La infrascrita, Secretaria General del Juzgado de Letras Seccional de Puerto Cortés, departamento de Cortés, al público en general y para los efectos de ley; HACE SABER: Que en fecha catorce de octubre del año dos mil quince (2015), se presentó ante este Despacho de Justicia la solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR, promovida por la señora MELIDA URBINA MOLINA, mayor de edad, casada, maestra de Educación Primaria, hondureña, Tarjeta de Identidad 0501-1946-02146 y de este domicilio, quien solicita la Cancelación y Reposición de los siguientes Títulos Valores denominados Capitalización número 1) 0000124823, 2) 0000124824, 3) 0000124825, 4) 0000124826, 5) 0000124827, 6) 0000124828, 7) 0000124829, 8) 0000124830, 9) 0000124831, 10) 0000124832, 11) 0000124838; y 12) 0000124839, por la cantidad de CINCO MIL LEMPIRAS (L.5,000.00), cada uno Título Valor emitido por Sociedad Mercantil denominada DAVIVIENDA; de esta ciudad, actúa como Apoderada Legal de la solicitante, la Abogada GRICELDA JANETH MIRANDA MENJIVAR. Puerto Cortés, departamento de Cortés, diecinueve de diciembre del año dos mil quince. KEYLA ESTER MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL 28 N. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abg. BERNABE SORTO RAMIREZ, actuando en representación de la empresa FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. DE C.V., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: FOSFATO DIAMONICO 18-46-0, compuesto por los elementos: 18% NITROGENO TOTAL, (100% NITROGENO AMONIACAL (NH4+)), 46% FOSFORO (P2O5). En forma de: SÓLIDO. Formulador y país de origen: SICHUAN OLLIANCE CHEMICAL CO., LTD./ CHINA. Tipo de uso: FERTILIZANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTITRES (23) DE OCTUBRE DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 28 N. 2015. _______ CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “