Resolución
Resolución No. 206-2015 — Concesión de Personalidad Jurídica a Organización de Desarrollo Love and Service
Poder Ejecutivo
RESOLUCIÓN No. 206-2015.SECRETARÍA DE ESTADO
EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS,
JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN.
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, once de marzo de
dos mil quince.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha
diecinueve de enero de dos mil quince, misma que corre a
Expediente PJ-19012015-10, por el Abogado JOSÉ LUIS
MONTALVÁN RODRÍGUEZ, en su condición de Apoderado
Legal de la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE
DESARROLLO (ONGD) denominada COMPASIONH
ASOCIACIÓN COMUNIDAD PARA EL DESARROLLO
SOCIAL HUMANITARIO E INTEGRAL DE HONDURAS,
cambiando su denominación a ORGANIZACIÓN DE
DESARROLLO LOVE AND SERVICE, con domicilio en el
barrio Tejeda, municipio de Marcala, departamento de La Paz;
contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y
aprobación de sus Estatutos.
RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud
los documentos correspondientes.
RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley
habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales
de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable
No.336-2015 de fecha 10 de marzo de 2015.
CONSIDERANDO: Que la ORGANIZACIÓN NO
GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD)
denominada ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO LOVE
AND SERVICE, se crea como asociación civil, independiente
de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés
público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen
al desarrollo humanitario e integral de la población; asimismo
sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el
orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es
procedente acceder a lo solicitado.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República
emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho
de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de
Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia,
competencia específica para la emisión de este acto administrativo
de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General
de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento
Administrativo.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo
No.03-2014 de fecha 24 de enero de 2014, se nombró al
ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como
Secretario de Estado en el Despacho de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización, modificado mediante
Acuerdo Ejecutivo No.03-A-2014 de fecha 24 de enero de 2014.
POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos
d e D e r e c h o s H u m a n o s , J u s t i c i a , G o b e r n a c i ó n y
Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo
establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución
de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013
publicado en fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley
General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil;
1, 2 primer párrafo, 6, 7 de la Ley Especial de Fomento para las
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LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia Miraflores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD);
3, 4, 5, 7, 9, 15, 16, 19 y 23 del Reglamento de la Ley Especial
de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de
Desarrollo (ONGD); 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento
Administrativo.
R E S U E L V E
PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la
ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESA-
RROLLO (ONGD) denominada ORGANIZACIÓN DE
DESARROLLO LOVE AND SERVICE, con domicilio en la
colonia Residencial Villa Universitaria, II etapa, bloque “D”,
casa 398 de la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, departamento de Francisco Morazán; y aprobar sus
Estatutos en la forma siguiente:
ESTATUTOS ORGANIZACION NO
GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD)
denominada ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO
LOVE AND SERVICE.
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN,
DURACIÓN Y DOMICILIO
Artículo 1. Se constituye la ORGANIZACIÓN NO
G U B E R N A M E N TA L D E D E S A R R O L L O ( O N G D )
denominada ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO LOVE
AND SERVICE, como asociación civil, independiente de los
gobiernos locales, de carácter privado y de interés público,
apolítica, sin fines de lucro.
Artículo 2. La duración de la Organización será por tiempo
indefinido se regirá por lo establecido en los Estatutos y su
reglamento, así como por el Código Civil, en lo que se refiere a
las personas jurídicas sin fines de lucro, por la Ley Especial de
Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo
(ONGD), su Reglamento, los Convenios Internacionales
ratificados por el Estado de Honduras y por las demás leyes
vigentes en la República de Honduras.
Artículo 3. El domicilio principal de la ORGANI-
ZACIÓN DE DESARROLLO LOVE AND SERVICE,
estará ubicada en barrio La Tejera, Marcala, departamento
de La Paz, República de Honduras; pero podrá, por determinación
de la Asamblea General a través de la Junta Directiva, establecer
oficinas y realizar actividades en otras ciudades y/o
municipios del país y del exterior.
CAPÍTULO II
DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS
Artículo 4. La Organización tiene como finalidad desarrollar
acciones que propicien la mejora en la calidad de vida de aquellas
personas, grupos, comunidades, regiones etc., de escasos recursos,
el bienestar común o de interés social, científicos, tecnológicos,
culturales, recreativos, salud, vivienda, servicios básicos así como
cualquier otro elemento determinante en el desarrollo integral
de la población beneficiaria, mediante la gestión, capacitación,
culturización, sensibilización, motivación, construcción e
implementación de proyectos encaminados a esta finalidad.
OBJETIVOS
Artículo 5. La Organización tiene como objetivos específicos
los siguientes: a) Ser instrumento eficaz a fin de unificar
esfuerzos para preservar los derechos sociales económicos,
culturales, ambientales y tecnológicos, a través de apoyo con
espacios didácticos para motivar a personas y familias de escasos
recursos a ser sujetos activos dentro de la sociedad. b) Promover
la difusión del conocimiento social, científico y tecnológico mediante
la capacitación en los sectores más humildes de la población
hondureña con el objeto de mejorar sus condiciones de vida. c)
Elaboración y ejecución de programas, proyectos y actividades
prioritarias para el desarrollo del país, especialmente en los
sectores socioeconómicos de mayor pobreza y marginación; así
como promover la adquisición y/o capacitación de conocimientos
científicos y tecnológicos, orientados a encontrar la solución de sus
problemas más prioritarios y a la generación de su desarrollo integral.
d) Colaborar con el Gobierno en la Supervisión y/o ejecución de
obras públicas y de servicios propios y complementarios en los
distintos sectores de la economía con la aprobación del mismo. e)
Generar proyectos encaminados a mejorar las condiciones de
seguridad alimentaria y nutricional, salud y educación de las familias
más desposeídas. f) Establecer programas para rescatar,
restaurar y consolidar a la juventud y la familia en riesgo social
y que los incorpore a la sociedad. g) Promover programas con el
objeto de que dentro de la comunidad se puedan generar empleos
a nivel del núcleo de las familias. h) Gestionar proyectos en pro del
desarrollo social, económico, ambiental y humanitario de Honduras.
DESARROLLO DEL OBJETO SOCIAL
La Organización podrá para el cumplimiento de sus fines:
a) Organizar las condiciones para desarrollar sus propias
actividades, celebrar contratos o convenios y asociarse con
otras entidades sin ánimos de lucro, gubernamentales y no
gubernamentales, de carácter nacional o internacional. b) Apoyar,
patrocinar y/o facilitar la ejecución de ideas presentadas por
personas o grupos, cuyos propósitos y objetivos concuerden
con los de la ORGANIZACION. c) Realizar actividades y
programas que propendan por el desarrollo integral de los
beneficiarios de la Organización. Todas las actividades que realice
la organización serán proporcionadas en forma gratuita a los
sectores más vulnerables y será supervisadas y/o coordinadas con
los entes Estatales correspondientes.
CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS
Artículo 6. Serán miembros de la Organización todas
las personas naturales o jurídicas debidamente constituidas, admitidos
por la Asamblea General e inscritos como tales en el libro de
miembros que a tal efecto lleve la Organización.
CLASES DE MIEMBROS
Artículo 7. Se establecen tres categorías de Miembros:
a) Miembros Fundadores, b) Miembros Activos, c) Miembros
Honorarios.
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Artículo 8. Son miembros Fundadores: Las personas que
suscribieron el acta de constitución de la Organización.
Artículo 9. Son miembros Activos: Las personas naturales o
jurídicas legalmente constituidas, que ingresan a la Organización
posteriormente a la constitución, presentando ante la Junta Directiva
solicitud la que deberá ser aprobada por la Asamblea General, y
que se encuentren debidamente inscritos como tales.
Artículo 10. Serán miembros Honorarios: Todas aquellas
personas naturales o jurídicas legalmente constituidas, nacionales
o extranjeras, que por su cooperación en la consecución de los
fines y objetivos de la Organización, Asamblea General concede
tal mérito.
Artículo 11. Las personas jurídicas que sean miembros
de la Organización, serán representadas ante la Asamblea General
y Junta Directiva por la persona que éste nombre, acreditando dicha
representación mediante poder debidamente otorgado con las
formalidades requeridas en el que conste dicho nombramiento.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
Artículo 12. Son derechos de los miembros Activos y
Fundadores de la Organización: a) Elegir y ser electos, b) Presentar
mociones y peticiones a las autoridades de las mismas, c) Ejercitar su
derecho de voz y voto, d) Que se les brinde información relacionada
con la situación financiera y operativa de la Asociación, cuando
lo soliciten, e) Recibir y portar credenciales que lo acrediten
como miembro de la Organización ante las autoridades, entidades
nacionales y extranjeras, f) Conservar su calidad de miembro en
caso de ausencia del país.
Artículo 13. Son derechos de los miembros Honorarios:
g) Asistir y participar en las Asambleas Generales y en las
reuniones de la Junta Directiva con voz pero sin voto. h) Formar
parte de las comisiones que para fines específicos le encomiende la
Asamblea General y la Junta Directiva, pudiendo ejercer su voz y
voto dentro de la toma de decisiones de las mismas. i) Recibir y
portar credenciales que lo acrediten como miembro de la
Organización ante las autoridades, entidades nacionales y
extranjeras.
Artículo 14. Son deberes de los miembros Activos y
Fundadores: a) Cumplir y hacer que se cumplan los presentes
estatutos, reglamentos y demás disposiciones adoptadas de
conformidad con los mismos. b) Contribuir con su mayor empeño
para que se cumplan los objetivos y fines de la Organización.
c) Concurrir a las Asambleas, sesiones y reuniones a las que fueren
convocados. d) Desempeñar con el más alto grado de
responsabilidad los cargos y comisiones que les confíen.
e) Representar con dignidad y decoro a la Organización.
PROHIBICIONES DE LOS MIEMBROS
Artículo 15. Se prohíbe a todas las clases miembros de esta
Organización: a) Comprometer o mezclar a la Organización
en asuntos que sean contrarios a los fines y objetivos perseguidos
por la misma. b) Hacer propaganda política dentro de la misma
a favor de determinadas ideologías políticas. c) Los miembros
no podrán disponer de los bienes de la Organización para fines
personales.
RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, MEDIDIDAS
DISCIPLINARIAS Y SU APLICACIÓN
Artículo 16. El incumplimiento de los presentes estatutos
estará sujeto a las sanciones siguientes: a) Amonestación verbal
y privada. b) Amonestación por escrito. d) Suspensión temporal
e) Expulsión definitiva. Previo aplicar las sanciones antes
mencionadas, la Junta Directiva abrirá un expediente disciplinario
el cual notificará al miembro a efecto de ser escuchado en audiencia,
si los hechos imputados quedaren desvirtuados, se levantará la
respectiva acta y se cerrará el expediente. En caso de no desvirtuar
los hechos la Junta Directiva levantará acta y lo someterá a la
Asamblea General Extraordinaria el expediente disciplinario para
que esta proceda a aplicar la sanción que amerite. Si el miembro a
quien se le ha iniciado un proceso no asiste a la audiencia, se
le tendrá por rebelde y se continuará con el procedimiento hasta
finalizar con aplicación de la respectiva sanción.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 17. Conforman los órganos de gobierno de la
Organización: a) A S A M B L E A G E N E R A L , b ) J U N TA
D I R E C T I VA , c ) Ó R G A N O D E F I S C A L I Z A C I Ó N ,
d) DIRECCIÓN EJECUTIVA.
Artículo 18. Ningún miembro de la Asamblea General y de la
Junta Directiva, devengará salarios, sueldo o cualquier remuneración
por actos propios de su cargo.
DE LA ASAMBLEA GENERAL
Artículo 19. La Asamblea General es la máxima autoridad de
la Organización y estará integrada por todos los miembros Activos
y Fundadores debidamente inscritos como tales.
Artículo 20. La Asamblea General podrá ser Ordinaria o
Extraordinaria según sean los asuntos que se traten en la misma.
Artículo 21. DE LA CONVOCATORIA.- La convoca-
toria para las Asambleas Generales Ordinarias serán realizadas
por el Presidente de la Junta Directiva de forma escrita por medio de
una simple nota o por medio de correo electrónico, misma que deberá
contener la agenda a tratar y el tipo Asamblea; con 7 días de
anticipación, convocatoria que deberá contener el día, lugar, fecha y
la agenda a tratar, la cual será entregada a cada uno de los
miembros personalmente o vía correo electrónico, la convocatoria
para la Asamblea General Extraordinaria se hará con 5 días de
anticipación como mínimo con las mismas formalidades establecidas
para la Asamblea General Ordinaria.
Artículo 22. La Asamblea General Ordinaria se celebrará en
el mes de enero de cada año y la Asamblea Extraordinaria cada
vez que la Junta Directiva lo estime conveniente.
Artículo 23. Del QUORUN: Para que la Asamblea General
Ordinaria tenga validez se requerirá la asistencia de por lo menos
la mitad más uno de los miembros inscritos, y si dicho número no
se lograre en primera convocatoria, la Asamblea se celebrará
válidamente una hora después con los miembros que asistan y para
la Asamblea General Extraordinaria, será necesaria la presencia
de las dos terceras partes de los miembros inscritos, de no
lograrse reunir dicho quórum se hará un día después con los
miembros que asistan.
Artículo 24. Son atribuciones de la Asamblea General
Ordinaria: a) Elegir a los miembros que conformarán la Junta
Directiva de la Organización; b) Discutir y aprobar la autorización
de los planes y la inversión de los fondos de la Organización y los
proyectos que se sometan a discusión por los miembros de la Junta
Directiva, de acuerdo con los fines y objetivos de la misma;
c) Discutir y aprobar la admisión de nuevos miembros; d) Discutir
y aprobar el Plan Operativo Anual de la Organización;
asimismo del Reglamento Interno; e) Discutir y aprobar los
informes financieros sometidos por la Junta Directiva; f) Nombrar
el los miembros que integren el órgano de fiscalización; g) Las
demás que le correspondan como autoridad máxima de la
Organización.
A r t í c u l o 2 5 . Atribuciones de la Asamblea General
Extraordinaria en los siguientes casos: a) Discutir y aprobar la
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reformar o enmendar los presentes estatutos. b) Discutir y aprobar
las reformas del reglamento interno. c) Acordar la disolución y
liquidación de la Organización. d) Resolver la impugnación de los
acuerdos. e) Cualquier otra causa calificada por la Junta Directiva.
Artículo 26. DE LOS ACUERDOS: Las decisiones de la
Asamblea General Ordinaria se tomarán por mayoría simple, es
decir, por la mitad más uno de los votos de los asistentes y en la
Asamblea General Extraordinaria se tomarán por mayoría
calificada, es decir por dos tercios de voto de los asistentes
a la Asamblea. Dichas decisiones podrán ser impugnadas por los
miembros de Asamblea General, cuando estén en contraposición con
los presentes estatutos, su reglamento o violente la legislación
hondureña vigente; impugnación que se presentará ante la Junta
Directiva dentro de los tres (3) días siguientes, quien las remitirá a
la Asamblea General Extraordinaria, para que conozca la
impugnación, quien resolverá dentro del término de diez días,
dicho procedimiento será reglamentado.
Artículo 27. Todos los acuerdos emanados tanto en la
Asamblea Ordinaria como en la Asamblea Extraordinaria,
siempre que se ajusten a los presentes estatutos, tienen
carácter obligatorio para todos los miembros quienes no podrán
alegar desconocimiento de las mismas.
Artículo 28. El miembro que por causa justificada
comprobable, no pueda asistir a una Asamblea General
Ordinaria o Extraordinaria, tiene derecho a ser representado por
otro miembro mediante delegación por escrito. En ningún caso se
puede dar la doble representación.
MECANISMOS DE TRANSPARENCIA
Artículo 29. Al final de cada Asamblea General se
formulará el acta de la misma, que contendrá las decisiones
tomadas y será sometida a la consideración de los asistentes. Al
ser aprobada se asentará en el libro correspondiente autorizado
por la autoridad competente, acta que será firmada por todos los
miembros asistentes, el cual estará en custodia del Secretario y
estará a la disposición de todos los miembros de la Asociación y
sujetos a auditorías a efectos de garantizar la transparencia.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 30. La Junta Directiva es el Órgano de dirección
de la Organización y estará integrada de la siguiente manera:
Un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Tesorero y
dos Vocales.
Artículo 31. La Junta Directiva será electa en la Asamblea
General Ordinaria y los miembros electos para la misma, se
desempeñará en su cargo Ad honorem durante dos años, estos
podrán ser reelectos por varios períodos más, siempre que la
Asamblea General Ordinaria así lo apruebe.
PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN
Artículo 32. La elección de la Junta Directiva se hará
mediante el sistema de cargos o planillas por mayoría simple es
decir la mitad más uno de los votos de los miembros que asistan
a dicha Asamblea. La votación se hará en forma secreta. La
Junta Directiva electa tomará posesión en la primera sesión
Ordinaria.
DE LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA
Artículo 33. La Junta Directiva se reunirá en sesión Ordinaria
una vez al mes y Extraordinariamente las veces que estime
necesario y conveniente. Para que dichas reuniones sean válidas
es necesaria la presencia de por lo menos cuatro de sus
miembros. En las sesiones de la Junta Directiva, no se aceptarán
representaciones.
Artículo 34. Los acuerdos y resoluciones deberán constar
en Acta, la que se asentará en un libro especial que autorizará el
Presidente y Secretario, las cuales indicarán el número de folio en
su última página, dichas actas, deberán ser firmadas por todos los
asistentes a la sesión que supieren hacerlo y los que ignoren
imprimirán su huella digital. Los miembros de la Junta Directiva se
abstendrán de opinar y votar en asuntos que tengan interés personal
o familiar o de sus socios comerciales o profesionales, sus
cónyuges, su compañera o compañero de hogar, o pariente dentro
del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; en tal
caso, deberán excusarse del conocimiento del asunto a tratar.
Será nula la decisión que se adopte en violación a esta disposición,
si la misma favorece las pretensiones de alguno de los miembros
de la Junta Directiva. Todas las resoluciones tomadas por la Junta
Directiva deberán tomarse por mayoría de votos, en caso de
empate, el Presidente tendrá doble voto.
ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
Artículo 35. La Junta Directiva tendrá las siguientes
atribuciones: a).- Promover la incorporación de nuevos miembros
y someterlo a consideración de la Asamblea General. b).- Elaborar
informe de las labores realizadas. c). - Tratar los asuntos propios
de la organización. d).- Autorizar la inversión de los fondos de la
Organización, de acuerdo con los fines y objetivos de la misma, las
pautas contables y financieras necesarias. e).- Ejecutar las
resoluciones de la Asamblea. f).- Representar legalmente
Organización. g).- Ejercer la dirección de la ORGANIZACIÓN y
velar por el cumplimiento de su objeto social, interpretar los
estatutos, fijar la orientación y política generales de sus actividades.
h).- Presentar ante la Asamblea el proyecto de reforma de los estatutos
de acuerdo con las previsiones de estos mismos. i).- Aprobar los
planes y programas a desarrollar por la ORGANIZACIÓN,
propuestos para el cumplimiento de su objeto social por la Junta
Directiva, los asociados y el representante legal. j).- Expedir los
reglamentos y las disposiciones estatutarias necesarias para
el buen funcionamiento de la ORGANIZACIÓN, en los términos
de éstos estatutos.
Artículo 36. Son atribuciones del Presidente/a: Actuar como
representante legal de la Organización. a) Convocar y presidir
con los límites que señalan los presentes estatutos, todas las
Asambleas Generales, reuniones de la Junta Directiva y actos
sociales de la ORGANIZACIÓN. b) Velar por los intereses de la
ORGANIZACIÓN debiendo firmar las actas, contratos,
convenios, correspondencia especial, memorias y todos los
documentos emanados de la ORGANIZACIÓN; sin dicha firma tales
actos no tendrán valides. Establecer acción jurídica a quienes
malversen, destruyan o dañen los fondos o bienes de la
ORGANIZACIÓN. c) Ordenar los gastos y firmar conjuntamente
con el Tesorero de la ORGANIZACIÓN los pagos, dentro de sus
limitaciones. d) Aprobar los actos y contratos que comprometan a la
ORGANIZACIÓN y los que señalen los estatutos, reglamentos,
acuerdos de la Asamblea o la Junta Directiva, resoluciones o
demás documentos. e) Presentar a la Asamblea General de la
ORGANIZACIÓN informe escrito sobre la marcha de la
ORGANIZACIÓN y en las reuniones Extraordinarias explicaciones
sobre los motivos de la convocatoria. f) Hacer cumplir la ley, los
estatutos, los reglamentos internos, los acuerdos de la Asamblea,
las resoluciones de la Junta Directiva, y los principios de la
ORGANIZACIÓN. g) Las demás que correspondan a la naturaleza
de su cargo. h) Nombrar los funcionarios y cargos que sean
necesarios para el funcionamiento de la ORGANIZACIÓN.
i) Celebrar los actos y los contratos para el desarrollo del objeto
social de la ORGANIZACIÓN. Cuando éstos comprometan el
patrimonio será necesaria la autorización previa de la Asamblea
General. j) Colocar a consideración y aprobación de la Junta
Directiva y de la Asamblea, los planes, programas y proyectos de la
Organización. k) Verificar el cumplimiento de los procesos
determinados por la Junta Directiva en la formulación y
presentación de los proyectos. l) Velará que los proyectos se
presenten de manera oportuna y con adecuada calidad.
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Artículo 37. Atribuciones del Vicepresidente: 1. Asistir al
Presidente y colaborar con él en el desempeño de sus funciones,
haciéndole las sugerencias que estime convenientes para la
buena marcha de la Asociación, 2. Sustituir al Presidente en caso
de ausencia temporal o de impedimento, 3. Aquellas otras que le
asignen la Asamblea General o la Junta Directiva y los Reglamentos
Internos de la Asociación.
Artículo 38. Atribuciones del Secretario/a: 1. Llevar y
conservar los libros de las actas de la Asamblea General, de la
Junta Directiva y otros que se consideren convenientes, y todo lo
referente al archivo de la misma; 2. Cumplir funciones de
Secretario/a en las Asambleas Generales Ordinarias y
Extraordinarias, así como en la Junta Directiva; 3. Citar para las
sesiones de la Junta Directiva y Asambleas Generales con
instrucciones del Presidente; 4. Redactar y autorizar con el
Presidente las actas de Asamblea General y la Junta Directiva;
5. Certificar los actos y resoluciones de la Asociación, así como
extender con el visto bueno del Presidente las constancias que le
sean solicitadas; 6. Dar información a los miembros como lo
disponga la Junta Directiva y el Presidente.
Artículo 39. Son atribuciones del Tesorero/a: 1. Recaudar
y custodiar los fondos de la Asociación en la forma que lo
disponga la Asamblea General, Junta Directiva y los reglamentos
de la Asociación; 2. Autorizar y firmar con el Presidente los
documentos y cheques de la Asociación; 3. Supervisar los libros y
registros correspondientes de carácter contable financieros
debidamente autorizados y elaborando y rindiendo los informes
pertinentes a la Junta Directiva y anual a la Asamblea; 4. Elaborar
el proyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la
Asociación; 5. Elaborar y mantener actualizado un inventario de
los bienes de la Asociación; 6. Tener firma registrada junto con
la del Presidente en la cuenta bancaria de la Asociación.
Artículo 40. Son atribuciones de los Vocales: 1. colaborar
con los demás miembros de la Junta Directiva en la promoción de
los asuntos sociales, económicos, culturales y recreativos de la
Asociación, formando y ejecutando las comisiones correspon-
dientes para estas acciones, presentándolas a la Junta
Directiva para su revisión y aprobación; 2. Colaborar en la
administración general de la Asociación; 3. Sustituir por su orden a
los miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia temporal
excepto al Presidente; 4. Las demás que le asignen la Asamblea
General, la Junta Directiva y los presentes estatutos.
ORGANO DE FISCALIZACIÓN
Artículo 41. El ORGANO DE FISCALIZACIÓN: Es el órgano
de fiscalización y vigilancia de la Organización y estará
integrada por dos (2) miembros, quienes serán nombrados
por la Asamblea General Ordinaria y tendrán las atribuciones
siguientes: a) Velar y auditar por el cumplimiento adecuado
de los gastos establecidos en el presupuesto legalmente
aprobado; b) Elaborar conjuntamente con el Presidente, Tesorero
y la Dirección Ejecutiva los informes financieros correspondientes;
c) Efectuar auditorías de contabilidad correspondiente; d) Velar
por el manejo correcto de los fondos y efectuar para ello las
revisiones contables y financieras que estime conveniente;
e) Informar inmediatamente al Presidente, Junta Directiva o
Asamblea General, según sea el caso, sobre cualquier irregularidad
que encuentre en el manejo de los fondos; f) Vigilar que los
miembros de la Asociación y de Junta Directiva cumplan los
p r e s e n t e s e s t a t u t o s y s u r e g l a m e n t o ; g ) L a s d e m á s
atribuciones inherentes a su cargo y aquellas que le señale la
Asamblea General o la Junta Directiva.
DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA
Artículo 42. La DIRECCIÓN EJECUTIVA: Es la
encargada de la administración y ejecución de planes y
proyectos que desarrolle la Organización. Estará a cargo de un
Director(a) Ejecutivo, que no formará parte de los miembros de
la Asamblea y por lo tanto es considerado como empleado de la
Organización.
Artículo 43. El Director(a) Ejecutivo será nombrado(a) por
la Junta Directiva y tendrá las siguientes atribuciones y
obligaciones: a) Atender a tiempo completo todas las actividades de
la Organización; b) Responder por la conducción, ejecución y
evaluación de los planes, programas y proyectos que apruebe la
Asamblea General y la Junta Directiva; c) Representar a la
Organización en todos los actos previa autorización de la Junta
Directiva; d) Ejecutar acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva;
e) Contratar el personal que requiere la Organización para su
funcionamiento actos previa autorización de la Junta
Directiva; f) Las demás actividades inherentes al cargo.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO DE LA ORGANIZACIÓN
Artículo 44. El patrimonio de la Organización corresponde,
únicamente a la Organización inclusive sus créditos y deudas. Nadie
puede disponer para uso personal, de los bienes y derechos que
formen parte del patrimonio, para uso personal. Sobre los bienes y
derechos que constituyan el patrimonio de la Organización, no
podrán constituirse gravámenes de ningún tipo, sin que medie
autorización de la Asamblea General. El patrimonio de la
Organización, estará constituido por: 1) Las aportaciones de sus
miembros. 2) Los bienes que adquiera. 3) Donaciones nacionales o
internacionales, que serán reportadas a la SDHJGD, de acuerdo al
artículo 21 de la Ley de Fomento de las Organizaciones No
Gubernamentales de Desarrollo (ONGD). 4) Herencias y legados.
5) Recursos generados por inversiones realizadas y los ingresos
por la prestación de bienes y servicios lícitos necesarios para
su autosostenibilidad; enmarcados en sus objetivos. 6) Ingresos
derivados de las actividades económicas lícitas realizadas como
medio para lograr sus fines en beneficio del sector más vulnerable
del país.
Artículo 45. Ningún miembro de la Organización podrá alegar
derechos de propiedad sobre los bienes de esta, aunque deje de
pertenecer a ella o la misma se disuelva.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA
ORGANIZACIÓN
Artículo 46. Son causas de disolución de esta Organización:
a) La resolución adoptada en la Asamblea General Extraordinaria.
b) La imposibilidad de realizar sus fines. c) Por apartarse de los
fines u objetivos por la cual se constituye. d) Por sentencia judicial
o resolución del Poder Ejecutivo, a través de esta Secretaría de
Estado.
Artículo 47. La disolución de esta Organización sólo podrá
acordarse mediante aprobación en Asamblea General
Extraordinaria por mayoría calificada, es decir, por dos tercios
de los votos de los miembros asistentes debidamente inscritos a
dicha Asamblea.
Artículo 48. En caso de acordarse la disolución y liquidación
de la Organización, la misma Asamblea General Extraordinaria
que haya aprobado tal determinación integrará una comisión
liquidadora, la que pasará a tener los poderes necesarios de
Administración y pago mientras dure la liquidación, dejando sin
lugar asimismo los poderes de la Junta Directiva y la misma
preparará un informe final para la Asamblea General, el que estará
a disposición de cualquier miembro de la Organización por un
período de treinta días en la Secretaría de la misma, para que
pueda ser examinado y en su caso hechas las observaciones u
objeciones que crea pertinentes; si pasado el término señalado
anteriormente sin que se presentaren observaciones ni objeciones
se publicará en un periódico de circulación nacional, un extracto
del resultante de dicha liquidación, y en caso de quedar bienes o
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patrimonios después de liquidada, se pasará a otra organización
con fines similares legalmente constituida en el país, señalada por
la Asamblea General Extraordinaria. Si hubiese observaciones u
objeciones la comisión liquidadora tendrá un plazo de quince días
para presentar un informe explicativo o que desvirtúe las mismas.
CAPÍTULO VII
REFORMAS DE ESTATUTOS
ARTÍCULO 49. Toda reforma o modificación de los presentes
estatutos, deberá ser aprobada en Asamblea General
Extraordinaria, por las dos tercera partes de los miembros
asistentes y debidamente inscritos, es decir; por mayoría
calificada, siguiendo el mismo procedimiento de su aprobación.
CAPÍTULO VIII
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 50. Esta Organización queda sujeta a la supervisión y
regulación del Estado y se obliga a presentar informes periódicos de
las actividades que realice ante las instituciones u organismos
del gobierno correspondientes, con los cuales se relacione en el
ejercicio de sus funciones.
Artículo 51. La Junta Directiva emitirá el reglamento interno
el cual será sometido a discusión y aprobación de la Asamblea
General Ordinaria.
Artículo 52. Las actividades de la Organización en ningún
caso podrán menoscabar las funciones del Estado y de sus
instituciones.
Artículo 53. Lo no dispuesto en los presentes estatutos, será
resuelto por la Asamblea General, y por las leyes hondureñas
vigentes en la materia de ONGD.
SEGUNDO: ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
DE DESARROLLO (ONGD) denominada ORGANIZACIÓN
DE DESARROLLO LOVE AND SERVICE, se inscribirá
en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos
Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando
nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus
representantes y demás integrantes de la Junta Directiva;
asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco
jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través
del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los
objetivos para los cuales fue constituida.
TERCERO: ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
DE DESARROLLO (ONGD) denominada ORGANIZA-
C I Ó N D E D E S A R R O L L O L O V E A N D S E RV I C E
presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los
Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y
Descentralización, a través de la Unidad de Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los estados
financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo
movimiento económico y contable, indicando su patrimonio
actual así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema
contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones
provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica
imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los
órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia
de los mismos.
CUARTO: ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
DE DESARROLLO (ONGD) denominada ORGANI-
ZACIÓN DE DESARROLLO LOVE AND SERVICE, se
somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos,
Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores
del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para
garantizar la transparencia de la administración, quedando
obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las
actividades que realicen con instituciones u organismos con los
que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo
cual fue autorizada.
QUINTO: ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL
DE DESARROLLO (ONGD) denominada ORGANIZACIÓN
DE DESARROLLO LOVE AND SERVICE, queda sujeta a los
principios de democracia participativa en el sentido interno, así como
en temas de transparencia y rendición de cuentas frente a sus
miembros y a la población en general cuando perciban o manejen
bienes o fondos públicos en general, deben rendir cuentas ante
el órgano competente de conformidad con el artículo 3 inciso 4) de la
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
SEXTO: La disolución y liquidación de ORGANIZACIÓN NO
GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) denomi-
nada ORGANIZACIÓN DE DESARROLLO LOVE AND
SERVICE, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes
vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones
contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización
legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o
una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de
esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento
de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes
a que hace referencia el párrafo primero de este mismo
artículo.
SÉPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos
no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del
peticionario.
OCTAVO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario
Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o
modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su
aprobación.
NOVENO: La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con
el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
DÉCIMO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que
emita la correspondiente inscripción.
DÉCIMO PRIMERO: Previo a extender la Certifi-
cación de la presente resolución el interesado deberá
a c r e d i t a r l a c a n c e l a c i ó n d e d o s c i e n t o s L e m p i r a s
(Lps.200.00) de conformidad con lo establecido en el Artículo 49
de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos Equidad Social
y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto
Legislativo No.17-2010 de fecha 21 de abril de 2010.
NOTIFÍQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO,
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHO DE
DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y
DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO
MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil
quince.
RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA
SECRETARIO GENERAL
24 M. 2015
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SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Encargado de la Secretaría General de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La
Licencia de Representante No Exclusivo que literalmente dice:
Ver como documento individual→Resolución
Resolución — Aprobación de Estatutos de la Iglesia La Familia de la Fe
Poder Ejecutivo
DE GOBIERNO
ARTÍCULO 11.- El gobierno de la Iglesia será ejercido por:
a.- La Asamblea General; y, b.- La Junta Directiva.
ARTÍCULO 12.- La Asamblea General, es la máxima
autoridad de la IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE y está
formada por la totalidad de los miembros y sus decisiones son de
cumplimiento obligatorio, pudiendo sesionar de forma Ordinaria
y Extraordinaria.
ARTÍCULO 13.- La Asamblea General se reunirá
Ordinariamente una vez al año, al final del mes enero y de manera
Extraordinaria cuando fuere convocada por la Junta Directiva.
ARTÍCULO 14.- Para la instalación de la Asamblea General
Ordinaria, se requiere la asistencia de la mitad más uno de los
miembros inscritos en primera convocatoria y con los que asistan
en segunda convocatoria.
ARTÍCULO 15.- Son atribuciones de la Asamblea General
Ordinaria: a.- Elegir en la primera sesión a los miembros de la
Junta Directiva y darles posesión de sus cargos. b.- Aprobar o no
el plan general de trabajo. c.- Aprobar los informes presentados
por la Junta Directiva y de cada uno de los miembros de la Junta
Directiva. d.- Aprobar los presentes Estatutos y Reglamento
Interno.
ARTÍCULO 16.- Son atribuciones de la Asamblea General
Extraordinaria: a.- Discutir y aprobar la disolución y liquidación
de la Iglesia. b.- Discutir y aprobar las reformas, enmiendas o
modificaciones de los presentes Estatutos. c.- La compra y venta
de bienes muebles e inmuebles propiedad de la Iglesia, así
como cualquier gravamen sobre dichos bienes. d.- Cualquier otro
aspecto que no sea competencia de la Asamblea General Ordinaria
y que tenga carácter de urgente.
ARTÍCULO 17.- DE LA JUNTA DIRECTIVA. La Junta
Directiva es el Órgano de dirección, ejecución, representación y
administración de la Iglesia, quien se reunirá de manera Ordinaria
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una vez al mes y Extraordinaria las veces que sean necesarias;
estará integrada por: a.- Un Presidente. b.- Un Vicepresidente.
c.-Un Secretario. d.- Un Tesorero. e.- Un Fiscal; y, f.-Tres
Vocales; quienes deberán ser hondureños o extranjeros con
residencia legal en el país.
ARTÍCULO 18.- ELECCIÓN Y PERÍODO DE
GOBIERNO. La Junta Directiva será electa por la Asamblea
General Ordinaria y ejercerá en sus funciones por dos años
prorrogable por el voto de la mayoría de sus miembros presentes.
ARTÍCULO 19.- SON ATRIBUCIONES GENERALES
DE LA JUNTA DIRECTIVA: a.- Celebrar sesiones mensuales.
b.- Elaborar el programa de actividades. c.- Aprobar las cuentas
de la Tesorería. d.- Velar por el cumplimiento de los presentes
Estatutos, Reglamento Interno, Acuerdos y resoluciones de la
Asamblea General y de la misma Junta Directiva. e.- Convocar a
sesiones Ordinarias y Extraordinarias de la Junta Directiva y de la
Asamblea General. f.- Recibir miembros y determinar su exclusión
o sancionarlo cuando éstos cometieren faltas contra la política
establecida o contra las Sagradas Escrituras. g.- Velar por la
correcta administración de los fondos, propiedades, muebles,
inmuebles de la Iglesia. h.- Acreditar representantes ante otras
Iglesias similares de iguales fines y por propósitos tanto dentro
como fuera de la República autorizando los respectivos gastos de
viaje y permanencia cuando fuera el caso. i.-Extender carta de
representación o recomendación u otro documento que fuera
necesario a sus miembros. j.- Resolver todos los asuntos que no
sean competencia de la Asamblea General.
ARTÍCULO 20.- SON ATRIBUCIONES DEL PRESI-
DENTE: a.- Tendrá la representación legal de la Iglesia y será el
Pastor de cada Iglesia local, en este caso de la representación
legal será el Presidente de la Junta Directiva General. b.- Presidir
las sesiones de la Junta Directiva, de la Iglesia y de la Asamblea
General. c.- Convocar a sesiones a la Junta Directiva una vez al
mes o cuando se crea necesario. d.- Registrar su firma juntamente
con la del Tesorero en una institución bancaria para beneficio de
la Iglesia. e.- Presentar informes a las diferentes Asambleas.
ARTÍCULO 21.- SON ATRIBUCIONES DEL VICE-
PRESIDENTE: a.- Desempeñar las funciones del Presidente
en caso de su ausencia. b.-Desempeñar cualquier cargo asignado
por la Junta Directiva. c.- Ser ejemplo de fe y servicio a la Iglesia.
ARTÍCULO 22.- ATRIBUCIONES DEL SECRETARIO:
a.- Llevar el libro de actas en donde conste lo acordado en las
sesiones. b.- Recibir la correspondencia y clasificarla. c.- Contestar
la correspondencia con instrucciones del Presidente o del Pastor.
d.- Mantener bajo archivo toda correspondencia privada. e.-
Anotar todos los miembros presentes en cada sesión de Junta
Directiva. f.- Realizar las diferentes convocatorias con la firma
del Presidente. g.- Llevar el libro de registro de los miembros.
ARTÍCULO 23.- SON ATRIBUCIONES DEL
TESORERO: a.- Llevar los libros donde consten las ofrendas,
diezmos y gastos. b.- Conservar en su poder los comprobantes
de caja. c.- Firmar cheques juntamente con el Presidente. d.-
Integrar la comisión de finanzas, elaborar presupuestos y promover
las finanzas de la Iglesia. e.- Preparar el informe financiero a la
Asamblea General.
ARTÍCULO 24.- SON ATRIBUCIONES DEL FISCAL:
a.- Velar por el buen manejo de los fondos obtenidos. b.- Presidir
la comisión de finanzas. c.- Fiscalizar las entradas y salidas de los
fondos de la Iglesia. d.- Ser ejemplo de unidad y servicio.
ARTÍCULO 25.- SON ATRIBUCIONES DE LOS
VOCALES: a.- Informarse de las necesidades de la Iglesia para
buscar una solución inmediata en el seno de la Junta Directiva o
en el Concilio de la Iglesia Local. b.- Desempeñar las Comisiones
que se les dé por la Junta Directiva o el Pastor en caso de las
Iglesias Locales y presentar su colaboración. c.- Sustituir a
cualquier miembro de la Junta Directiva o Concilio en su ausencia.
CAPITULO V
PATRIMONIO ECONOMICO Y DE LOS RECURSOS.
ARTÍCULO 26.- La IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE,
para cumplir sus fines podrá adquirir bienes de cualquier clase ya
sea por compra o donación, el conjunto de bienes se nombrará
PATRIMONIO DE LA IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE.
CAPITULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 27.- La disolución de la Iglesia será acordada
en Asamblea General Extraordinaria, con el voto favorable de la
mayoría absoluta o sea las dos terceras partes de los miembros
asistentes.
ARTÍCULO 28.- La Iglesia podrá disolverse por las causas
siguientes: a.- Por incumplimiento de los objetivos por los cuales
se constituyó la Iglesia. b.- Por Sentencia Judicial o Resolución
Administrativa. c.- Cuando así lo designe la mayoría requerida en
Asamblea General Extraordinaria. PROCEDIMIENTO PARA
LIQUIDAR.- Se procederá a nombrar una Junta Liquidadora,
encargada de efectuar las revisiones e inventarios
correspondientes, procediendo a cumplir con las obligaciones
contraídas con terceros, después de liquidada y si existiere
remanente, se traspasará a otra Iglesia, con fines similares o a
una Institución benéfica del país que decida la Asamblea General.
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CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 29.- Los presentes Estatutos sólo podrán ser
reformados por la sesión de Asamblea General Extraordinaria
convocada por la Junta Directiva con el voto favorable de dos
terceras partes de los miembros asistentes, su reforma puede ser
total o parcial.
ARTÍCULO 30.- Las diferencias en la interpretación de los
presentes Estatutos y sus Reglamentos deberán ser resueltas por
la Asamblea General Extraordinaria.
ARTÍCULO 31.- Los integrantes de la Junta Directiva
provisional continuarán en el desempeño de sus cargos como
propietarios hasta la fecha en que de acuerdo a los presentes
Estatutos deban ser elegidos nuevos integrantes.
ARTÍCULO 32.- La IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE,
se fundamenta en la garantía constitucional de libertad, de religión
y de culto, siempre que no contravenga el orden público, el sistema
democrático y las buenas costumbres.
ARTÍCULO 33.- Las reformas, enmiendas o modificaciones
de los presentes Estatutos se someterán al mismo procedimiento
de su aprobación con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y demás Leyes aplicables.
ARTÍCULO 34.- La Junta Directiva emitirá el Reglamento
Interno, el cual será sometido a discusión y aprobación de la
Asamblea General Ordinaria.
ARTÍCULO 35.- Lo no dispuesto en los presentes Estatutos,
será resuelto por las leyes hondureñas vigentes.
SEGUNDO:La IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE,
presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los
Despachos del Interior y Población, a través de la Unidad de
Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C), los
estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y
todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio
actual así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema
contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones
provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica
imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los
Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de
los mismos.
TERCERO: La IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE, se
inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior
y Población, indicando nombre completo, dirección exacta, así
como los nombres de sus representantes y demás integrantes de
la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que
dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de
Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el
cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
CUARTO: La IGLESIA LA FAMILIA DE LA FE, se
somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la
Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población y
demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento
sea requerido para garantizar la transparencia de la administración,
quedando obligada, además, a presentar informes periódicos
anuales de las actividades que realicen con instituciones u
organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus
objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la IGLESIA LA
FAMILIA DE LA FE, se hará de conformidad a sus estatutos
y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las
obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de
una organización legalmente constituida en Honduras que reúna
objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará
bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de
garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del
remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero
de este mismo artículo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario
Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la
Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o
modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su
aprobación.
SÉPTIMO: La presente Resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad
con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y
Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que emita
la correspondiente inscripción.
NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de
la presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado.
NOTIFÍQUESE. (F) PASTOR AGUILAR MALDONADO,
SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
POBLACIÓN Y PARTICIPACION CIUDADANA. (F)
FRANCISCA NICANOR ROMERO BANEGAS,
SECRETARIA GENERAL.”
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los tres días del mes de enero de dos mil catorce.
FRANCISCA NICANOR ROMERO BANEGAS
SECRETARIA GENERAL
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Marcas de Fábrica
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Baterías para vehículos.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ABOG. DORA ELIZABETH LÓPEZ DE MATUTE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 24/02/15.
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 6114-15
2/ Fecha de presentación: 10-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MANUEL ANTONIO MIDENCE BONES
4.1/ Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENDURA
ENDURA ENDURA ENDURA ENDURA ENDURA
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Producto farmacéutico medicinal para uso humano.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ABOG. DORA ELIZABETH LÓPEZ DE MATUTE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 24-02-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ Solicitud: 6116-15
2/ Fecha de presentación: 10-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DELIBRA, SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: República Oriental del Uruguay.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Uruguay.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QURA PLUS
Q Q Q Q QURA PL URA PL URA PL URA PL URA PLUS US US US US
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Producto farmacéutico medicinal para uso humano.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ABOG. DORA ELIZABETH LÓPEZ DE MATUTE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17-02-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 6117-2015
2/ Fecha de presentación: 10-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FARMAMEDICA, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IBUGRIP
IB IB IB IB IBUGRIP UGRIP UGRIP UGRIP UGRIP
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Producto farmacéutico medicinal para uso humano.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ABOG. DORA ELIZABETH LÓPEZ DE MATUTE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 17/02/15.
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ Solicitud: 6115-2015
2/ Fecha de presentación: 10-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FARMAMEDICA, S.A.
4.1/ Domicilio: Guatemala, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: IBUGRIPAL
IB IB IB IB IBUGRIP UGRIP UGRIP UGRIP UGRIPAL AL AL AL AL
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Sección B Avisos Legales
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue:
Neumáticos y cámaras de aire para ruedas de vehículos; ruedas y parches para
reparar y reencauchar llantas; bandas de rodamiento para vehículos de tracción.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANTONIO MONTES BELOT.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-11-14.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
1/ Solicitud: 38752-2014
2/ Fecha de presentación: 28-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MICHELIN RECHERCHE ET TECHNIQUE, S.A.
4.1/ Domicilio: Route Louis - Braille 10-12, CH 1763 Granges-Paccot, Suiza.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: “STRIAL”
STRIAL
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANTONIO MONTES BELOT.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 19-02-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ Solicitud: 37448-14
2/ Fecha de presentación: 20-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MEDIPHARMA INC.
4.1/ Domicilio: Edificio 1-A, Parque Industrial Cartago, Costa Rica, Código Postal
30801.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Costa Rica
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REFALEX
REFALEX
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias
para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes, preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANTONIO MONTES BELOT.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 23-02-2015.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015. _______
1/ Solicitud: 37447-14
2/ Fecha de presentación: 20-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MEDIPHARMA INC.
4.1/ Domicilio: Edificio 1-A, Parque Industrial Cartago, Costa Rica, Código Postal
30801.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Costa Rica
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MEDIMOX
MEDIMOX
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Perfumes; agua de colonia; agua perfumada; perfumería; aceites esenciales;
cosméticos; dentífricos; preparaciones de baño; jabones; jabones de baño en forma
líquida, sólida o en gel; desodorantes de uso personal; aceites de uso cosmético para
el baño; aceites de tocador; leche limpiadora de tocador; preparaciones cosméticas
para el cuidado de la piel; piedra pómez; preparaciones de baño; lociones capilares;
cosméticos para el bronceado de la piel; cosméticos de pestañas y cejas; lápices
cosméticos; maquillaje y preparaciones para remover el maquillaje de la cara y el
cuerpo; rubor (blush); máscara; base y correctores; lápices labiales; brillo de labios;
esmalte para uñas; talco de tocador; enjuagues capilares; preparaciones para re-
mover pulido (quita esmalte).
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RICARDO ANTONIO MONTES BELOT.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 23-07-2014.
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ Solicitud: 18158-14
2/ Fecha de presentación: 23-05-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PARFUMS PAROUR
4.1/ Domicilio: 148, avenue Víctor Hugo et 122/124, rue de Longchamp 75016 París,
France.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Francia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOMANI
LOMANI
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 18 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-002987
[2] Fecha de presentación: 22/01/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: VIC-MARZ, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Col. América, calle 8, bloque G, frente a restaurante Las Tejitas.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CORDERITO
CORDERITO [7] Clase Internacional: 16
[8] Protege y distingue:
Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos
de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; material para
artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o de
enseñanza (excepto aparatos), materias plásticas para embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres
de imprenta.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ ESTEBAN TOLEDO MEDINA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 2 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-002988
[2] Fecha de presentación: 22/01/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: VIC-MARZ, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Col. América, calle 8, bloque G, frente a restaurante Las Tejitas.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CARNESSI
[7] Clase Internacional: 16
[8] Protege y distingue:
Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; artículos
de encuadernación; fotografías; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; material para
artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o de
enseñanza (excepto aparatos), materias plásticas para embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres
de imprenta; clichés.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ ESTEBAN TOLEDO MEDINA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 17 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
CARNESSI
[1] Solicitud: 2015-003880
[2] Fecha de presentación: 27/01/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ANTONIO SALVADOR HANDAL MOURRA
[4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LADY LAURA Y DISEÑO.
[7] Clase Internacional: 3
[8] Protege y distingue:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar
y raspar; (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el
cabello; dentífricos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de marzo, del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2015-003881
[2] Fecha de presentación: 27/01/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ANTONIO SALVADOR HANDAL MOURRA
[4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de marzo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 3883-2015
[2] Fecha de presentación: 27-1-2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: INDUSTRIAS MÉDICAS DEL ALGODÓN Y SUS DERIVADOS
[4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MEDILAX
MEDI-LAX MEDI-LAX MEDI-LAX MEDI-LAX MEDI-LAX R
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
[8.1] Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 13/02/15.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
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Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2015-008317
[2] Fecha de presentación: 25/02/2015
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CREDITO POSTAL, S. DE R. L.
[4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREDITO POSTAL
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Sociedad dedicada a otorgar préstamos tanto a personas natuales como jurídicas,
pactando intereses y garantías de cualquier índole.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: DARLIN ISRRAEL TURCIOS.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de marzo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
CRÉDITO POSTAL
[1] Solicitud: 2015-008318
[2] Fecha de presentación: 25/02/2015
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS
A.- TITULAR
[4] Solicitante: CREDITO POSTAL, S. DE R. L.
[4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREDITO POSTAL
[7] Clase Internacional: 36
[8] Protege y distingue:
Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: DARLIN ISRRAEL TURCIOS.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 3 de marzo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
CRÉDITO POSTAL
[1] Solicitud: 2013-019316
[2] Fecha de presentación: 22/05/2013
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS
A.- TITULAR
[4] Solicitante: VSR, HONDURAS, S.A. DE C.V., (VSR DE HONDURAS)
[4.1] Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRACKER
[7] Clase Internacional: 37
[8] Protege y distingue:
Antirrobo, instalaciones y reparación de alarmas eléctricas, instalación y
reparación de aparatos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 18 de agosto del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2013-019314
[2] Fecha de presentación: 22/05/2013
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS
A.- TITULAR
[4] Solicitante: VSR, HONDURAS, S.A. DE C.V., (VSR DE HONDURAS)
[4.1] Domicilio: Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán
[4.2] Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: No tiene otros registros
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRACKER
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Abastecimiento, gestión comercial, licencias de productos y servicios para
tercero.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: CARLOS DANIEL SÁNCHEZ LOZANO.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 21 de agosto del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 20 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
6.2/Reivindicaciones: Se reivindican los colores negro, azúl y negro, tal como aparece en la etiqueta.
7/ Clase Internacional: 01
8/ Protege y distingue: Productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la
horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto, materiales plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones
extintoras, preparaciones para templar y soldar materiales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes;
adhesivos (pegamentos) para la industria.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 23/02/15.
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
1/ Solicitud: 6965-15
2/ Fecha de presentación: 16-2-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: SARA LUCÍA MORALES FIGUEROA
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AquaBits Y ETIQUETA
1/ Solicitud: 42681-2014
2/ Fecha de presentación: 28-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: AGENCIA LA MUNDIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACENDA Y ETIQUETA
6.2/Reivindicaciones: Se reivindican el color anaranjado como aparece en la etiqueta.
7/ Clase Internacional: 06
8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicas; construcciones transportables
metálicas; materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; artículos de cerrajería y ferretería
metálicos; tubos y tuberías metálicos; cajas de caudales; productos metálicos no comprendidos en otras clases; minerales
metalíferos.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
1/ Solicitud: 42682-2014
2/ Fecha de presentación: 28-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: AGENCIA LA MUNDIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACENDA Y ETIQUETA
6.2/Reivindicaciones: Se reivindican el color anaranjado como aparece en la etiqueta.
7/ Clase Internacional: 12
8/ Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
FENCETA FUERTE
1/ Solicitud: 3502-2015
2/ Fecha de presentación: 23-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FENCETA FUERTE
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-02-14.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
MULTIVAL
1/ Solicitud: 4650-2015
2/ Fecha de presentación: 30-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MULTIVAL
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 21 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
6.2/Reivindicaciones: Se reivindican los colores amarillo, rojo, negro, blanco, tal como aparece en la etiqueta.
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza,
vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-02-2015.
12/ Reservas: Se usará con la marca “CETECO”, Reg. 107412.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
1/ Solicitud: 42679-2014
2/ Fecha de presentación: 28-11-2014
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: CETECO MILK PRODUCTS CORPORATION
4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CETECO SE VISTE
DE ARTE Y ETIQUETA
1/ Solicitud: 42680-2014
2/ Fecha de presentación: 28-11-2014
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: CETECO MILK PRODUCTS CORPORATION
4.1/ Domicilio: Panamá, República de Panamá
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CETECO SE VISTE
DE ARTE Y ETIQUETA
6.2/Reivindicaciones: Se reivindican los colores amarillo, rojo, negro, blanco, tal como aparece en la etiqueta.
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue: Carne, pescado, carne de ave, y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y
legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevo; leche y productos lácteos; aceites
y grasas comestibles.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 09-02-2014.
12/ Reservas: Se usará con la marca “CETECO”, Reg. 125330.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
1/ Solicitud: 2015-002708
2/ Fecha de presentación: 19/01/2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: FÁBRICA DE ESPECIAS DON JULIO, S. DE R. L.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Honduras.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico: No tiene otros registros.
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MR KAFI Y ETIQUETA
7/ Clase Internacional: 30
8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales;
pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza,
vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 29 enero del año 2015.
12/ Reservas: No se protege café, tostado y molido. Se reivindica los colores café oscuro, café claro y beige, tal como aparece en la
etiqueta.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
LORADIN
1/ Solicitud: 4651-2015
2/ Fecha de presentación: 30-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LORADIN
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_ _ _ _ _ _ _
TILPLEX-7
1/ Solicitud: 4652-2015
2/ Fecha de presentación: 30-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5 Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TILPLEX-7
6.2/Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes, preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas; herbicidas.
8.1/ Página adicional.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ZAGLUL BENDECK SAADE.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-02-15.
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 22 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 32327-2014
2/ Fecha de presentación: 09-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: DINORA FIDELINA ALEMAN PÉREZ
4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS, CENTROAMERICA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen: HONDURAS
5.3/ Código país: HN
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: “POLLOS JERICO Y ETIQUETA”
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas,
jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LILIANA SALAVARRÍA CASTELLANOS
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-09-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
_______
1/Solicitud: 14-41227
2/ Fecha de presentación: 19-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Laboratorios Químico Farmacéuticos de Honduras, S.A. de C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AMIGDOL-Q
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas
dentales
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
AMIGDOL-Q
_______
1/Solicitud: 3882-2015
2/ Fecha de presentación: 27-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO FARMACÉUTICO DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: QUINICILINA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para improntas
dentales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 05/02/15
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
1/Solicitud: 3884-2015
2/ Fecha de presentación: 27-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO FARMACÉUTICOS, S.A. DE C.V. (QUIMIFAR)
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TIJUIL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para
improntas dentales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06/02/15
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
_______
1/Solicitud: 3885-2015
2/ Fecha de presentación: 27-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO FARMACÉUTICO DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DE LA VISTA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para
improntas dentales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 06/02/15
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
_______
1/Solicitud: 3886-2015
2/ Fecha de presentación: 27-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LABORATORIOS QUÍMICO FARMACÉUTICO DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: San Pedro Sula, Cortés.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Q
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina, sustancias dietéticas para uso
médico, alimentos para bebés, emplastos, material para apósitos, material para empastar los dientes y para
improntas dentales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-02-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
QUINICILINA
DE LA VISTA®
®
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 23 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 26504-14
2/ Fecha de presentación: 28-07-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Polo/Lauren Company L.P.
4.1/ Domicilio: 650 Madison Avenue, New York, New York, 10022 USA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHAPS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Ropa de hombres, mujeres y niños, calzado y sombrerería.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04/08/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
CHAPS
_______
1/Solicitud: 28311-14
2/ Fecha de presentación: 11-08-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ACTS Missions
4.1/ Domicilio: 285 Oblate Drive, San Antonio, Texas 78216, USA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ACTS MISSIONS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 45
8/ Protege y distingue:
Servicios jurídicos, servicios de seguridad para la protección de bienes y de personas, servicios personales y
sociales prestados por terceros destinados a satisfacer necesidades individuales, principalmente, servicios
ministeriales, celebración de retiros espirituales, servicios religiosos y espirituales, principalmente, proveer
encuentros y retiros para desarrollar y mejorar la vida espiritual de las personas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 14-08-14
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
ACTS MISSIONS
_______
1/Solicitud: 26495-14
2/ Fecha de presentación: 28-07-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Polo/Lauren Company L.P.
4.1/ Domicilio: 650 Madison Avenue, New York, New York, 10022 USA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POLO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Binoculares, estuches para anteojos, quevedos, estuches para quevedos, cadenas para quevedos, cordones para
quevedos, aros para anteojos, cadenas para anteojos, cordones para anteojos, anteojos, estuches para gafas, aros
POLO
para gafas, lentes para gafas, gafas, estuches para anteojos de sol, cordones para anteojos de sol, aros para anteojos
de sol, cadenas para anteojos de sol, anteojos de sol.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04/08/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
_______
1/Solicitud: 2014-30331
2/ Fecha de presentación: 26-08-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Arysta LifeScience Corporation
4.1/ Domicilio: 8-1 Akashi-cho, Chuo-ku, Tokyo 104-6591, Japan.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Japón
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIOZYME
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Fumigantes para uso en la agricultura, horticultura y jardín y hogar, herbicidas, fungicidas, insecticidas, pesticidas
y preparaciones para la destrucción de animales dañinos para uso en agricultura, horticultura, silvicultura, césped
y cuidado ornamental y hogar y jardín.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 26-09-14
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
BIOZYME
_______
1/Solicitud: 26502-14
2/ Fecha de presentación: 28-07-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Polo/Lauren Company L.P.
4.1/ Domicilio: 650 Madison Avenue, New York, New York, 10022 USA.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHAPS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 14
8/ Protege y distingue:
Metales preciosos y sus aleaciones y productos en metales preciosos o cubiertos con estos (excepto cubertería,
tenedores y cucharas), joyería, piedras preciosas, relojería y otros instrumentos cronométricos.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04-08-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
CHAPS
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 24 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 14-41734
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TILE CLAD
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28/11/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
TILE CLAD
_______
1/Solicitud: 14-41727
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARMORSEAL
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
ARMORSEAL
_______
1/Solicitud: 14-41732
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PHENICON
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
PHENICON
1/Solicitud: 14-41731
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NOVAPLATE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
NOVAPLATE
_______
1/Solicitud: 14-41730
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EPOPHEN
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
EPOPHEN
_______
1/Solicitud: 14-41729
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DURAPLATE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 02
8/ Protege y distingue:
Revestimientos para uso en aplicaciones industriales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: OSCAR RENE CUEVAS B. (BUFETE DURÓN)
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-11-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
20 F., 9 y 24 M. 2015.
DURAPLATE
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 25 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 40083-14
2/ Fecha de presentación: 10-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: College Board Entrance Examination Board.
4.1/ Domicilio: 45 COLUMBUS AVENUE, NEW YORK, NY 10023
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PIENSE Y DISEÑO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 41
8/ Protege y distingue:
Preparar y administrar pruebas para evaluar habilidades cognoscitivas de los estudiantes.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 21/11/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015. _______
1/Solicitud: 2014-42067
2/ Fecha de presentación: 26 NOV. 2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MARCIAL ADALBERTO MONCADA RODRÍGUEZ
4.1/ Domicilio: ISLAS DE LA BAHÍA, ROATAN, HONDURAS
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AUTHENTIC MONCADA CIGARS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 34
8/ Protege y distingue:
Tabaco, artículos para fumadores, cerillas.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 23-01-2015
12/ Reservas:
Abogad FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
AUTHENTIC MONCADA CIGARS
_______
[1] Solicitud: 2014-006348
[2] Fecha de presentación: 24/02/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: OD HONDURAS, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: AVENIDA LOS ROBLES, CONTIGUO AL HOTEL INTERCONTINENTAL, FRENTE A
PRICESMART, HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 27 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: Se reivindica los colores del diseño.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-006347
[2] Fecha de presentación: 24/02/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: OD HONDURAS, S. DE R.L.
[4.1] Domicilio: AVENIDA LOS ROBLES, CONTIGUO AL HOTEL INTERCONTINENTAL, FRENTE A
PRICESMART, HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: LO MEJOR DE LA TECNOLOGIA MUNDIAL
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: Señal de propaganda para ser usada con la marca diseño especial solicitud de registro No. 2014-6348,
las mismas se están llevando su trámite simultáneamente.
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-030343
[2] Fecha de presentación: 26/08/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ANDLAND OVERSEAS, S.A.
[4.1] Domicilio: EDIFICIO GLOBAL BANK, OFICINA 2302, PANAMÁ
[4.2] Organizada bajo las leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PROSTERONA
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Productos oncológicos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 5 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDLAES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
PROSTERONA
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 26 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2014-044300
[2] Fecha de presentación: 12/12/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, 1 AVE., 3 CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA,
HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREANDO FUTURO
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes de raíces, evaluaciones financieras y bancarias y de
bienes raíces, evaluación financiera relacionada a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios
monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en rama de
energía.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATYA NOHEMI ROSALES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con el registro # 311
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
Creando Futuro
_______
[1] Solicitud: 2014-044301
[2] Fecha de presentación: 12/12/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, 1 AVE., 3 CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA,
HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: MOVIENDO A LATINOAMERICA Y SU GENTE
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes de raíces, evaluaciones financieras y bancarias y de
bienes raíces, evaluación financiera relacionada a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios
monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en rama de
energía.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATYA NOHEMI ROSALES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con el registro # 311
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
Moviendo a Latinoamérica y su gente
_______
[1] Solicitud: 2014-044298
[2] Fecha de presentación: 12/12/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, 1 AVE., 3 CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA,
HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: COMPROMETIDOS CON LATINOAMERICA
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes de raíces, evaluaciones financieras y bancarias y de
Comprometidos con Latinoamérica
bienes raíces, evaluación financiera relacionada a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios
monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en rama de
energía.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATYA NOHEMI ROSALES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con el registro # 311
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-044299
[2] Fecha de presentación: 12/12/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, 1 AVE., 3 CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA,
HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRABAJANDO POR EL FUTURO
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes de raíces, evaluaciones financieras y bancarias y de
bienes raíces, evaluación financiera relacionada a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios
monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en rama de
energía.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KARYA NOHEMI ROSALES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con el registro # 311
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
Trabajando por el futuro
_______
[1] Solicitud: 2014-044302
[2] Fecha de presentación: 12/12/2014
[3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TERRA REPRESENTACIONES Y SERVICIOS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: URBANIZACIÓN LA CUMBRE, 1 AVE., 3 CALLE, BLOQUE E, TEGUCIGALPA,
HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CREAMOS, TRANSFORMAMOS. TRASCENDEMOS
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Servicios de evaluación de bienes y raíces, leasing de bienes de raíces, evaluaciones financieras y bancarias y de
bienes raíces, evaluación financiera relacionada a seguros, negocios de bienes raíces, negocios financieros, negocios
monetarios, negocios inmobiliarios, servicios de producción y distribución de energía, consultoría en rama de
energía.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: KATYA NOHEMI ROSALES
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se usará con el registro # 311
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
CJNDHNFSA
Creamos, Transformamos,Trascendemos.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 27 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/Solicitud: 2015-2253
2/ Fecha de presentación: 15-01-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LOGÍSTICA UNIVERSAL, S.A.
4.1/ Domicilio: EDIFICIO PAMEVIC, COLONIA SAN, CARLOS SEGUNDO NIVEL, TEGUCIGALPA, M.D.C.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIG BOSS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y
legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIO CÉSAR LAÍNEZ ORDÓÑEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-01-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
BIG BOSS
_______
1/Solicitud: 2015-2251
2/ Fecha de presentación: 15-01-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LOGÍSTICA UNIVERSAL, S.A.
4.1/ Domicilio: EDIFICIO PAMEVIC, COLONIA SAN CARLOS, SEGUNDO NIVEL, TEGUCIGALPA, M.D.C.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VORAZ
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 31
8/ Protege y distingue:
Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases, animales vivos, frutas y
legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos para los animales, malta.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: JULIO CÉSAR LAÍNEZ ORDÓÑEZ
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-01-2015
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
VORAZ
_______
1/Solicitud: 8126-2015
2/ Fecha de presentación: 24-02-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: HÉCTOR EDGARDO GARCÍA ARDÓN
4.1/ Domicilio: Municipio de la Villa de San Antonio, Comayagua.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SANTA ELENA Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 29
8/ Protege y distingue:
Queso, quesillo, mantequilla y demás productos derivados de la leche.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: WALTER IVAN LÓPEZ C.
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-03-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-005111
[2] Fecha de presentación: 13/02/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: LOGÍSTICA UNIVERSAL, S.A.
[4.1] Domicilio: EDIFICIO PAMEVIC, SEGUNDO NIVEL, COLONIA SAN CARLOS, TEGUCIGALPA,
M.D.C.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DON VICTOR
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café y sucedáneos del café.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JULIO CÉSAR LAÍNEZ
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
[11] Fecha de emisión: 19 de marzo del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
DON VICTOR
_______
1/Solicitud: 25036-14
2/ Fecha de presentación: 16-07-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: LBX Company LLC.
4.1/ Domicilio: 2004 BUCK LANE, LEXINGTON KY 40511-1074
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico: 86/167,613
5.1/ Fecha: 16/01/2014
5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América
5.3/ Código país: US
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REMOTECARE
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Rastreo, localización y monitoreo de vehículos para propósitos comerciales.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LINA LILI GÁMERO
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 10-10-14
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
REMOTECARE
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 28 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 05
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Las preparaciones farmacéuticas para uso humano.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 44177-2014
2/ Fecha de presentación: 12-12-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Merck Sharp & Dohme Corp.
Domicilio: One Merck Drive, Whitehouse Station New Jersey 08889, United States.
Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: GLONTRETA
GLONTRETA
_______
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 05
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Las preparaciones farmacéuticas para uso humano.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11/02/15
Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 44175-14
2/ Fecha de presentación: 12-12-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Merck Sharp & Dohme Corp.
Domicilio: One Merck Drive, Whitehouse Station New Jersey 08889, United States.
Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: METZIVA
METZIVA
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 05
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Las preparaciones farmacéuticas para uso humano.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 10-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 44176-14
2/ Fecha de presentación: 12-12-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Merck Sharp & Dohme Corp.
Domicilio: One Merck Drive, Whitehouse Station New Jersey 08889, United States.
Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: METENDI
METENDI
_______
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 31
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Productos agrícolas, hortícolas, forestales y granos, no comprendidos en otras clases,
animales vivos, frutas y legumbres frescas, semillas, plantas y flores naturales, alimentos
para los animales, malta.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina de León
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas: Clase 31
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 4045-2015
2/ Fecha de presentación: 28-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gano Excel Industries Sdn Bhd
Domicilio: Lote siete siete cuatro, Lebuhraya Bukit Kayu Hitam, Pekan Asun 06000
Jitra, Kedah Darulaman, Malasia
Organizada bajo las leyes de: Malasia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: PIOIR
PIOIR
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 29 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 35
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de
oficina.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina de León
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 4047-2015
2/ Fecha de presentación: 28-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gano Excel Industries Sdn Bhd
Domicilio: Lote siete siete cuatro, Lebuhraya Bukit Kayu Hitam, Pekan Asun
06000 Jitra, Kedah Darulaman, Malasia
Organizada bajo las leyes de: Malasia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: PIOIR
PIOIR
_______
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 32
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Cervezas, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos
de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina de León
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 4046-2015
2/ Fecha de presentación: 28-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gano Excel Industries Sdn Bhd
Domicilio: Lote siete siete cuatro, Lebuhraya Bukit Kayu Hitam, Pekan Asun
06000 Jitra, Kedah Darulaman, Malasia
Organizada bajo las leyes de: Malasia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: PIOIR
PIOIR
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 30
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Café, té, cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones
hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de
melaza, levadura, polvos para esponjar, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos),
especias, hielo.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina de León
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 4044-2015
2/ Fecha de presentación: 28-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gano Excel Industries Sdn Bhd
Domicilio: Lote siete siete cuatro, Lebuhraya Bukit Kayu Hitam, Pekan Asun
06000 Jitra, Kedah Darulaman, Malasia
Organizada bajo las leyes de: Malasia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: PIOIR
PIOIR
_______
Reivindicaciones:
Clase Internacional: 05
Productos, Servicios y/o finalidad que distingue:
Productos farmacéuticos y veterinarios, productos higiénicos para la medicina,
sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, emplastos, material para
apósitos, material para empastar los dientes y para improntas dentales, desinfectantes,
productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas.
D.- APODERADO LEGAL
Nombre: Claribel Medina de León
E. SUSTITUYE PODER
Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Fecha de emisión: 11-02-2015
Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. solicitud: 4043-2015
2/ Fecha de presentación: 28-01-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gano Excel Industries Sdn Bhd
Domicilio: Lote siete siete cuatro, Lebuhraya Bukit Kayu Hitam, Pekan Asun
06000 Jitra, Kedah Darulaman, Malasia
Organizada bajo las leyes de: Malasia
B.- REGISTRO EXTRANJERO
Registro básico:
Fecha:
País de Origen:
Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Denominación: PIOIR
PIOIR
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Derecho Reservados ENAG
-- 30 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2014-044133
[2] Fecha de presentación: 11/12/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DISTRIBUIDORA BC, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: BARRIO LOS ANDES, 15 AVENIDA, 6 CALLE, NO., SAN
PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ATUKUM POR DISTRIBUIDORA BC Y
DISEÑO
[7] Clase Internacional: 35
[8] Protege y distingue:
Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de
oficina.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BORIS ROBERTO LOVO MENDOZA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 18 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: Se protege únicamente la denominación “ATUKUM y su DISEÑO”.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-044134
[2] Fecha de presentación: 11/12/2014
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DISTRIBUIDORA BC, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: BARRIO LOS ANDES, 15 AVENIDA, 6 CALLE NO., SAN
PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISTRIBUIDORA BC
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Compra, venta y distribución de bebidas alcohólicas, productos alimenticios,
productos no comestibles, representaciones de casas nacionales y extranjeras.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: BORIS ROBERTO LOVO MENDOZA
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 18 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: En la modalidad de Nombre Comercial, no se protegen los diseños.
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
1/Solicitud: 38612-14
2/ Fecha de presentación: 27-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INVERSIONES COSETY
4.1/ Domicilio: LA CEIBA, HONDURAS
4.2/ Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código país:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PACAYA Y LOGO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Agua.
8.1/ Página Adicional
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: DANIEL ALBERTO DACARETT MITRY
E.- SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 01-12-2014
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La Suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras Primero
Departamental de Choluteca, al público en general y para los efectos
de Ley. HACE SABER: Que el Abogado SERGIO DAVID LOVO
SEGOVIA, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la
señora MARÍA SUZANA CARRANZA RIVERA, mayor de edad,
casada, ama de casa, hondureña, con Tarjeta de Identidad No. 0605-
1963-00181, con domicilio en el caserío El Bosque, aldea La Galera,
municipio El Corpus, departamento de Choluteca, presentó a este
Juzgado, solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno, ubicado
en el caserío El Bosque, aldea La Galera, jurisdicción del municipio El
Corpus, departamento de Choluteca, Ortofotomapa JD-22, con una
extensión superficial de apróximadamente CINCO PUNTO
DIECINUEVE CERO HECTÁREAS (5.00 HAS.) de NATURALEZA,
JURÍDICA (PRIVADO) SITIO AGUA AGRIA y LA PALANCAS
PRIVADA, el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda
con ANTONIO CARRASCO; al SUR, con DOROTEO PINEDA y
ANTONIO CARRASCO; al ESTE, con MARÍA MERCEDES
CARRANZA; y, al OESTE, con GONZALO RAMÍREZ y
ANTONIO CARRASCO. Dicho terreno lo ha poseído en forma qui-
eta, pacífica y no interrumpida por más de cincuenta años
consecutivos.
Choluteca, 17 de octubre del año 2014.
AIDA ESPERANZA GODOY CARRANZA
SECRETARIA
24 F., 24 M. y 24 A. 2015
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 31 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2014-027182
[2] Fecha de presentación: 01/08/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MEDPHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: Kilómetro 16 punto 5, carretera a San Juan Zacatepéquez, lote 24
Complejo Industrial Mixco Norte, zona 6 de Mixco.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: GUATEMALA, C.A.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: EPSILONMED
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Antipsicóticos atípicos.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: Se protege únicamente ANTIPSICOTICOS ATIPICOS en clase 05.
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
________
EPSILONMED
[1] Solicitud: 2014-027184
[2] Fecha de presentación: 01/08/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MEDPHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: Kilometro 16 punto 5, carretera a San Juan Zacatepéquez, lote 24
Complejo Industrial Mixco Norte, zona 6 de Mixco.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: GUATEMALA, C.A.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: VERTIKAMED
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Antiepiléptico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
VERTIKAMED
1/ No. Solicitud: 14-41781
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MED, PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5), carretera a San Juan
Sacatepéquez, lote veinticuatro (24) Complejo Industrial Mixco Norte, zona
seis (6) de Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUSEINA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Antitusígenos solos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Andrés Alvarado Bueso
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-11-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
______
TUSEINA
1/ No. Solicitud: 14-41780
2/ Fecha de presentación: 24-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: MED, PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
4.1/ Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5), carretera a San Juan
Sacatepéquez, lote veinticuatro (24) Complejo Industrial Mixco Norte, zona
seis (6) de Mixco, Guatemala.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Guatemala
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GADYSEN
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Antidepresivos inhibidores de la recaptura de serotonina y noradrenalina.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Andrés Alvarado Bueso
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-11-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
GADYSEN
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 32 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ No. Solicitud: 14-35649
2/ Fecha de presentación: 06-10-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: 360fly, Inc.
4.1/ Domicilio: 1000 Town Center Way, Suite 200, Canonsburg PA 15317, Estados
Unidos
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estadis Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 360 FLY
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 09
8/ Protege y distingue:
Equipos de imagen panorámica y equipo de sonido direccional, específicamente,
cámaras panorámicas, cámaras de vídeo y cámaras de vídeo, dispositivos de hardware
para el montaje de cámaras panorámicas, lentes panorámicas de cámara, micrófonos,
aparatos electrónicos de interfaz de usuario como ser teclados, panel de control
electrónico y pantalla táctil, computadoras, pantallas de cristal líquido, y aparatos
para la combinación de imágenes panorámicas con sonido direccional como ser una
combinación de altavoz de audio con monitor de vídeo, software de computadoras y
dispositivos móviles para convertir datos de imágenes panorámicas en datos de
imágenes visibles para almacenar datos de imagen y para la manipulación y
visualización de imágenes visibles, software de computadoras y dispositivos móviles
para almacenar, recuperar, manipular y transmitir datos de vídeo y audio panorámico.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Andrés Alvarado Bueso
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-12-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
360FLY
1/ No. Solicitud: 2015-2061
2/ Fecha de presentación: 13-01-15
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Rotam Agrochem International Company Limited.
4.1/ Domicilio: Unit 6,26/F Trend Centre, 29 Cheung Lee Street, Chai Wan, Hong
Kong
4.2/ Organizada bajo las leyes de: China
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MYPOX
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 05
8/ Protege y distingue:
Preparaciones veterinarias, pesticidas, insecticidas, fungicidas, herbicidas,
parasiticidas, preparaciones para eliminar animales dañinos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Andrés Alejandro Alvarado Bueso
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 28-01-15
12/ Reservas:
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
MYPOX
[1] Solicitud: 2014-027183
[2] Fecha de presentación: 01/08/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MEDPHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: Kilómetro 16, punto 5, carretera a San Juan Zacatepéquez, lote 24
Complejo Industrial Mixco Norte, zona 6 de Mixco.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: GUATEMALA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: QUETAXILMED
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Producto farmacéutico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
________
QUETAXILMED
[1] Solicitud: 2014-018422
[2] Fecha de presentación: 26/05/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: HOME TRADE, S.A.
[4.1] Domicilio: Calle 60, Edif. Pavillon, 1er. piso, oficina 1-A, ciudad de Panamá,
Panamá.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: WALES POLO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 25
[8] Protege y distingue:
Vestidos, calzados, sombrerería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 14 de noviembre del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 33 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2014-036356
[2] Fecha de presentación: 10/10/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: TASTY FOODS INDUSTRIES, INC.
[4.1] Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, JUAN DIAZ, URBANIZACIÓN
INDUSTRIAL, CALLE B, LOCALES 1-2, PANAMÁ.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: PANAMÁ
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: TASTY CHOICE Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería
y confitería.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 2 de febrero del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
1/ No. Solicitud: 14-35648
2/ Fecha de presentación: 06-10-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: 360fly, Inc.
4.1/ Domicilio: 1000 Town Center Way, Suite 200, Canonsburg PA 15317, Estados
Unidos
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: 360FLY
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
360FLY
Alojamiento de sitios web que ofrecen contenido de imágenes panorámicas para
terceros, proporcionar sitios web que ofrecen a los usuarios la posibilidad de
subir, compartir, manipular y visualizar imágenes panorámicas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Andrés Alvarado Bueso
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 02-12-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-027185
[2] Fecha de presentación: 01/08/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: MEDPHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
[4.1] Domicilio: Kilómetro 16, punto 5, carretera a San Juan Zacatepéquez, lote 24
Complejo Industrial Mixco Norte, zona 6 de Mixco.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: GUATEMALA
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: IBUVANZMED
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Antirreumático y analgésico.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 21 de noviembre del año 2014.
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
________
IBUVANZMED
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 34 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
[1] Solicitud: 2014-040893
[2] Fecha de presentación: 17/11/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: ROTAM AGROCHEM INTERNATIONAL COMPANY LIMITED
[4.1] Domicilio: Unit 6, 26/F TREND CENTRE, 29 CHEUNG LEE STREET,
CHAI WAN, Reg. Admiva Hong Kong
[4.2] Organizada bajo las leyes de: REG. ADMIVA HONG KONG
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: BAMBOO
[7] Clase Internacional: 5
[8] Protege y distingue:
Preparaciones veterinarias, pesticidas, insecticidas, herbicidas, fungicidas,
parasiticidas, preparaciones para destruir plagas.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 2 de marzo del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
________
BAMBOO
[1] Solicitud: 2014-038196
[2] Fecha de presentación: 23/10/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DUFERCO PARTICIPATIONS HOLDING, S.A.
[4.1] Domicilio: 16 Rue Guillaume Schneider, Lm-2522, Luxemburgo
[4.2] Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DUFERCO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 6
[8] Protege y distingue:
Metales comunes y sus aleaciones; metales en bruto y semielaborados; acero
en bruto y semielaborado; productos de hierro y acero, incluyendo planchas y
placas, bobinas, bobinas laminadas en caliente y laminadas en frío, chapas,
barras, cables y alambres, tubos, postes, barras, tuberías, tuberías soldadas,
laminados comerciales, bandas, tiras, secciones, losas, perfiles, varillas de alambre,
alambre laminado, bloques, lingotes, mineral de hierro, desbastes cuadrados o
rectangulares, palancones, gránulos, palanquillas, acero colado, cinta de acero,
cinta de acero laminado en frío, acero laminado, acero laminado en caliente y en
frío, tiras de acero, acero plano, acero de tubería, acero de silicio, acero resistente a
la abrasión, plancha de acero galvanizada, acero en barra, barras de acero, acero
forjado, bolas de acero, acero colado, hierro cromado, hierro galvanizado, hierro
colado en bruto y semielaborado, acero armado o para armaduras, aros de acero,
acero reforzado, tela de acero reforzado, acero estructural, acero seccionado,
acero revestido o recubierto, chapa de metal revestido en caliente, chapas de
metal revestido, planchas de metal revestido, acero en placas o láminas anchas,
acero especial, acero fino, acero brillante, acero pulido, acero elástico, vigas de
acero, marcos de acero para la construcción, acero para soldadura, acero para
herramientas, acero inoxidable, acero para máquinas eléctricas, metal enchapado,
pines o clavijas, hojalata, arrabio, hierro colado, tubería de hierro colado, tubería
de arrabio, hierro blanco y chatarra de hierro; materiales metálicos para la
construcción incluyendo vigas de ala ancha.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 11 de diciembre del año 2014.
[12] Reservas: Se reivindica el tono de color gris 424 C.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
________
[1] Solicitud: 2014-038195
[2] Fecha de presentación: 23/10/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: DUFERCO PARTICIPATIONS HOLDING, S.A.
[4.1] Domicilio: 16 Rue Guillaume Schneider, Lm-2522, Luxemburgo
[4.2] Organizada bajo las leyes de: LUXEMBURGO
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: DUFERCO Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 39
[8] Protege y distingue:
Suministro de gas; almacenamiento de gas; servicios de suministro de energía;
suministro de energía hidroeléctrica; almacenamiento, transporte, distribución y
suministro de energía, subproductos de energía, combustible diesel, gas natural, líquidos
de gas natural, combustibles gaseosos, gas de petróleo licuificado, petroquímicos,
petróleo y productos de petróleo refinado en oleoductos, tierra, agua y aire;
distribución y entrega de carbón, coque y otros combustibles y fuentes de
energía; la carga de carbón, coque y otros combustibles; almacenamiento de
carbón en búnkeres; servicios de almacenamiento de combustible; servicios de
almacenamiento de carbón al aire libre; suministro, distribución y transmisión de
electricidad; transporte y distribución de electricidad y otras fuentes de
energía suministrada a través de conductos; transmisión de petróleo o gas a
través de oleoductos; transporte, distribución y suministro de calor, agua,
calefacción local y distrital; suministro de gas a los consumidores por medio
redes de gas; suministro de calor y energía a consumidores; el suministro de calor
residual; la entrega de combustible; distribución y transmisión de electricidad;
distribución de energía; distribución de gas; servicios públicos relacionados
con el gas natural y la distribución de electricidad; transporte de combustible; asesoría
e información en relación con todos los servicios antes mencionados, también
prestados en línea a partir de una base de datos informática o internet.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Andrés Alvarado Bueso
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 10 de diciembre del año 2014.
[12] Reservas: Se reivindica el tono de color gris 424 C.
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
9, 24 M. y 10 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 35 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ No. Solicitud: 24915-14
2/ Fecha de presentación: 15-07-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Monarch Beverage Company, Inc.
4.1/ Domicilio: 3630 Peachtree Road NE, Suite 775, Atlanta, Georgia 30326 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: REAKTOR
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Aguas minerales y aireadas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas de frutas y jugos
de frutas, refrescos carbonatados, bebidas energizantes, siropes y otras preparaciones
para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 24/07/14
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_______
REAKTOR
1/ No. Solicitud: 33165-14
2/ Fecha de presentación: 12-9-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Strellson AG
4.1/ Domicilio: Sonnenwiesenstrasse 21, 8280 Kreuzlingen, Switzerland
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STRELLSON
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 14
8/ Protege y distingue:
Metales preciosos y sus aleaciones, no incluidas en otras clases, joyería, piedras
preciosas, instrumentos cronométricos y urológicos, ágata, broches (joyería), correas
para reloj, relojes de pulsera, dijes, joyería de amarillo ámbar, cronógrafos (relojes),
cronómetros, cronoscopios, diamantes, cajas de metales preciosos, hilos de metales
preciosos, hilos de plata, hilos de oro (joyería), piedras preciosas, estuches para
relojes, vidrios para relojes, piedras semipreciosas, collares (joyería), pines
ornamentales, adornos (joyería), gemelos, pines para corbatas, pines (joyería),
aritos, perlas (joyería), platino, perlas hechas de ambroid (ámbar prensado), anillos
(joyería), llaveros (medallones o dijes), hilado de plata (alambre de plata), espinela
(piedras preciosas), cronómetros, relojes de pulsera, relojes, relojes despertadores.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12/02/15
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
STRELLSON
1/ No. Solicitud: 39465-2014
2/ Fecha de presentación: 06-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZIH Corp.
4.1/ Domicilio: Suite 500, 475 Half Day Road, Lincolnshire, Illinois 60069 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZEBRA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 38
8/ Protege y distingue:
Proveyendo acceso a bases de datos electrónicas y redes, permitiendo al usuario
enviar, recibir e interactuar con audio, texto, imágenes digitales, vídeos, aplicaciones
de juegos electrónicos, y media social a través de una red; proveyendo acceso a la
infraestructura de comunicaciones de red que permite al usuario recibir coordenadas
basada en ubicación; consultoría técnica en el campo de transmisión de data y
Sistemas Identificación de Radio Frecuencia (RFID); servicios de telecomunicaciones
inalámbricas, principalmente, servicios de mensajería de data inalámbrica que
permiten al usuario enviar y recibir mensajes instantáneos, correo electrónico y
data; servicio de telefonía inalámbrica y transmisión electrónica de data y documentos
vía redes de comunicaciones y redes globales de computadora.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12/02/15
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_____
ZEBRA
1/ No. Solicitud: 39464-2014
2/ Fecha de presentación: 09-11-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: ZIH Corp.
4.1/ Domicilio: Suite 500, 475 Half Day Road, Lincolnshire, Illinois 60069 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ZEBRA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Consultoría relacionada a reparación de computadoras; instalación, mantenimiento
y reparación de equipo electrónico, principalmente, equipo de comunicaciones y
sistemas de captura de data de código de barra; servicios de reparación de impresora
de etiqueta; servicios de consultoría en la naturaleza de asesoría y asistencia con
instalación, modificación y mantenimiento de hardware de computadora que permita
el intercambio en tiempo-real de información con y acceso a información de personas,
aparatos, máquinas y equipo y aplicaciones que interactúan con esa data.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12/02/15
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
ZEBRA
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 36 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ No. Solicitud: 30096-14
2/ Fecha de presentación: 25-08-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: The Sherwin-Williams Company
4.1/ Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115-1075 USA
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SHERWIN-WILLIAMS
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 35
8/ Protege y distingue:
Servicios de tiendas al por menor en el campo de revestimientos y pinturas marinas, automotrices, para
la industria y arquitectura y accesorios relacionados a la pintura y revestimientos.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Oscar René Cuevas B. (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre: Lucía Durón López
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-08-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_______
SHERWIN-WILLIAMS
1/ No. Solicitud: 43808-2014
2/ Fecha de presentación: 10-12-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Aggreko plc.
4.1/ Domicilio: 8th Floor Aurora, 120 Bothwell Street, Glasgow G2 7 JS United
Kingdom
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGGREKO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 37
8/ Protege y distingue:
Reparación y mantenimiento de generadores, bancos de carga, transformadores,
tanques de combustible, cables, equipo de distribución, enfriadores, torres de
enfriamiento, aires acondicionados, enfriadores, controladores de aire, calentadores,
cambiadores de calor, deshumidificadores, tuberías, ductos y válvulas y proveer
asesoría, información y consulta en el campo de reparación y mantenimiento de lo
anterior.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-12-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
AGGREKO
1/ No. Solicitud: 43809-2014
2/ Fecha de presentación: 10-12-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Aggreko plc.
4.1/ Domicilio: 8th Floor Aurora, 120 Bothwell Street, Glasgow G2 7 JS United Kingdom
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Reino Unido
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGGREKO
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 40
8/ Protege y distingue:
Renta e instalación de generadores eléctricos, bancos de carga de resistencia y reactivos, transformadores
de voltaje eléctrico, tanques de combustible, cables, equipo de distribución, principalmente,
interruptores de circuito, equipo de sincronización, interruptores, paneles de carga, tableros de carga
y centro de distribución de transformador, principalmente, unidades individuales cerradas contenido
transformadores de voltaje eléctrico, interruptores de circuito, paneles de carga, cables y conexiones
del mismo, enfriadores, enfriados por aire, enfriadores, enfriados por agua, para uso en el enfriamiento
industrial, comercial y residencial, de líquidos y gases, torres de enfriamiento de circuito cerrado y
por evaporación, aires acondicionados, enfriadores de sitio, principalmente enfriadores de sitio
para enfriar el aire, controladores de aire, calentadores eléctricos para calentamiento por medio de
radiación, conducción, y por convección, cambiadores de calor de deshumidificadores refrigerantes,
deshumidificadores desecantes, bombas, tubería, ductos y válvulas para estos, compresores de aire
libres de aceite, secadores de aire a base de desecantes, secadores de aire refrigerados, postenfriadores
enfriados por aire, postenfriadores enfriados por agua, y mangueras, accesorios, colectores de
escape, impulsores, reguladores de presión y receptores de aire para estos; servicios de asesoría,
consultoría e información en el campo de renta e instalación del equipo antes mencionado.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12-12-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
AGGREKO
1/ No. Solicitud: 33163-14
2/ Fecha de presentación: 12-9-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Strellson AG
4.1/ Domicilio: Sonnenwiesenstrasse 21, 8280 Kreuzlingen, Switzerland
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STRELLSON
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 03
8/ Protege y distingue:
Jabones; perfumería; aceites esenciales; cosméticos; lociones capilares; dentífricos; cremas
cosméticas; lociones para propósitos cosméticos; preparaciones cosméticas para el cuidado de la
piel; preparaciones cosméticas para pestañas; máscara; lápices cosméticos; cosméticos para cejas;
preparaciones para maquillaje; preparaciones removedoras de maquillaje; desodorantes para
humanos; perfumes; agua perfumada; agua de colonia; preparaciones para afeitar; lociones para
después de afeitar; shampús; spray para el cabello; lápices labiales; brillos labiales; máscaras de
belleza; aceites para propósitos cosméticos; aceites para esencias y perfumes; aceites para propósitos
de tocador; aceites para propósitos de limpieza; preparaciones cosméticas para baños; pastillas de
jabón de tocador; esmaltes para uñas; preparaciones para el cuidado de uñas; preparaciones para el
bronceado.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 12/02/15
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_______
STRELLSON
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 37 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ No. Solicitud: 2015-9574
2/ Fecha de presentación: 05-3-2015
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: INVERSIONES Y SERVICIOS MIXTOS, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA (INSERMIX, S. DE R. L.)
4.1/ Domicilio: Comayagüela, municipio del Distrito Central.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: TUANY´S Y ETIQUETA
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 43
8/ Protege y distingue:
Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: Olman Edwin Lemus Lemus
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 11/03/15.
12/ Reservas:
Abogada Lesbia Enoe Alvarado Bardales
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-031529
[2] Fecha de presentación: 03/09/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PRODUCTOS ALIMENTICIOS DE CALIDAD (PROADCA)
[4.1] Domicilio: Comunidad de Zamora del municipio de Tocoa, Depto. de Colón,
Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: ZAMOREÑAS Y DISEÑO
[7] Clase Internacional: 29
[8] Protege y distingue:
Tajaditas fritas de plátano, yuca, malanga, papa.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: Roger Wilfredo Avila Salgado.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 16 de septiembre del año 2014
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
[1] Solicitud: 2014-033920
[2] Fecha de presentación: 19/09/2014
[3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
[4] Solicitante: RICARDO ARTURO MEDINA
[4.1] Domicilio: CORQUIN, DEPARTAMENTO DE COPAN.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHILIQUERA Y LOGO
[7] Clase Internacional: 30
[8] Protege y distingue:
Café, té, cacao, sucedáneos del café, pan, pastelería, miel.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: María Aurora Guerra Aguilar
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 27 de octubre del año 2014
[12] Reservas: No se protege la frase “CAFÉ”.
Abogada Eda Suyapa Zelaya Valladares
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
_______
[1] Solicitud: 2014-012146
[2] Fecha de presentación: 03/04/2014
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: FINCA SANTA ELENA, S. DE R.L. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Municipio Gracias Depto. Lempira, Honduras
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: FINCA SANTA ELENA
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
Establecimiento comercial dedicado, investigación agrícola en general,
turismo agrícola en todas sus formas, explotación de hoteles.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: María Aurora Guerra Aguilar
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 12 de septiembre del año 2014
[12] Reservas: No tiene reservas.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M. 10 y 28 A. 2015.
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 38 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 25
8/ Protege y distingue:
Ropa; calzado; sombrerería; trajes; vestidos; parkas; bañadores; trajes de baño; batas de baño; bandanas (pañuelos);
ropa de playa; guardapolvos; camisones (ropa interior); chaquetas (ropa); fajas (ropa); bufandas; guantes
(ropa); camisas; pantalones; tirantes; sudaderas (suéter de lana); suéteres; corbatas; corbatines; abrigos; batas;
ropa de dormir; orejeras; ponchos; camisas tipo polo; suéteres de lana; túnicas; impermeables; faldas; calcetines;
singeletes; medias; mallas; camisetas; chaleco; chalecos; pantuflas; sandalias; botas; sombreros; gorras;
(sombrerería); bandas para la cabeza (ropa); ropa interior.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 20-02-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ No. solicitud: 33167-2014
2/ Fecha de presentación: 12-09-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Strellson AG.
4.1/ Domicilio: Sonnenwiesenstrasse 21, 8280 Kreuzlingen, Switzerland.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Suiza
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STRELLSON
STRELLSON
_______
6.2/ Reivindicaciones:
Los colores azul oscuro, azul medio y azul claro.
7/ Clase Internacional: 42
8/ Protege y distingue:
Proveyendo uso temporal de software no descargable en línea para procesamiento de pagos electrónicos, proveyendo
uso temporal de software de autenticación no descargable en línea para controlar el acceso a y comunicaciones con
computadoras y redes de computadoras.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 27-02-15
12/ Reservas:
Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
1/ No. solicitud: 35891-2014
2/ Fecha de presentación: 07-10-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: PayPal, Inc.
4.1/ Domicilio: 2065 Hamilton Ave. San José, California 95125 U.S.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico: 86/264,546
5.1/ Fecha: 28/04/2014
5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América
5.3/ Código País: US
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PP Logo
_______
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 16
8/ Protege y distingue:
1/ No. solicitud: 14-41932
2/ Fecha de presentación: 25-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Stephen Joseph, Inc.
4.1/ Domicilio: 4302 Iroton Ave., Lubbock, Texas, Estados Unidos de América.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STEPHEN JOSEPH
STEPHEN JOSEPH
Bloques de notas adhesivas, lienzos para pintar, tapas de lápiz decorativas ornamentales, bolsas para almuerzos hechos
de tela, bloques de notas, cuadernos de dibujo, papelería, implementos de escritura, estuches de bolígrafos para escribir
comprendiendo partes para hacer bolígrafos de escribir.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04/12/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_______
1/ No. solicitud: 14-41933
2/ Fecha de presentación: 25-11-14
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Stephen Joseph, Inc.
4.1/ Domicilio: 4302 Iroton Ave., Lubbock, Texas, Estados Unidos de América.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: STEPHEN JOSEPH
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 18
8/ Protege y distingue:
Mochilas, Bolsos de playa, bolsos para llevar todo, monederos, carteras, maletas, bolsos de mano, bolsos de viaje,
sombrillas para niños, billeteras.
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 04/12/14
12/ Reservas:
Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
_________
STEPHEN JOSEPH
1/ No. solicitud: 4024-2014
2/ Fecha de presentación: 05-02-2014
3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
4/ Solicitante: Rhapsody International Inc.
4.1/ Domicilio: 1420 5th Avenue, Suite 1500, Seattle, Washington 98101 U.S.A.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NAPSTER
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 38
8/ Protege y distingue:
Suscripción de difusión de audio vía redes de comunicaciones electrónica, redes de comunicación inalámbricas
y redes de computadora global y local; difusión de audio, principalmente, difusión de música, conciertos, y
programas de radio vía redes de comunicación electrónica, redes de comunicación inalámbrica y redes de
computadora global y local, transmisión (streaming) de contenido de audio vía redes de comunicación electrónica,
redes de comunicación inalámbrica y redes de computadora global y local; servicios de difusión por internet
(webcasting).
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ (BUFETE DURÓN)
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
11/ Fecha de emisión: 11-12-2014
12/ Reservas:
Abogado Franklin Omar López Santos
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
NAPSTER
Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH
Derecho Reservados ENAG
-- 39 of 40 --
UDI -DEGT-UNAH
Sección B Avisos Legales
1/ No. Solicitud: 2014-013309
2/ Fecha de presentación: 10-abril-2014
3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
4/ Solicitante: CERVECERÍA HONDUREÑA, S.A. DE C.V.
4.1/ Domicilio: BULEVAR DEL NORTE, SALIDA A PUERTO CORTÉS, SAN PEDRO
SULA, CORTÉS.
4.2/ Organizada bajo las leyes de: Honduras
B.- REGISTRO EXTRANJERO
5/ Registro básico:
5.1/ Fecha:
5.2/ País de Origen:
5.3/ Código País:
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Viví experiencias intensas con tu Tropineón! y
etiqueta
6.2/ Reivindicaciones:
7/ Clase Internacional: 32
8/ Protege y distingue:
Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas y zumos
de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas.
8.1/ Página Adicional:
D.- APODERADO LEGAL
9/ Nombre: ELDA GUISELA MOLINA VILLANUEVA
E. SUSTITUYE PODER
10/ Nombre:
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
11/ Fecha de emisión: 16-02-2015
12/ Reservas:
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015.
______
[1] Solicitud: 2014-034238
[2] Fecha de presentación: 23/09/2014
[3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
[4] Solicitante: PEGA MORTEROS, S.A. DE C.V.
[4.1] Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Francisco Morazán, Honduras.
[4.2] Organizada bajo las leyes de: HONDURAS.
B.- REGISTRO EXTRANJERO
[5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS.
C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
[6] Denominación y [6.1] Distintivo: PEGA MORTEROS
[7] Clase Internacional: 0
[8] Protege y distingue:
L a f a b r i c a c i ó n , t r a n s f o r m a c i ó n , p r o c e s a m i e n t o , e n v a s e y e m p a q u e d e
cualquier tipo de materia prima y compuesta, para su venta al por mayor o
al por menor en toda clase de industria, especialmente en la industria de la
construcción al por mayor y menor; el transporte de todo tipo de materia
prima y compuesta, materiales, productos y elementos industriales o que
resulten de las mismas; así como la contratación de transporte y fletes
marítimos y aéreos por cuenta propia o ajena y actuar como agente de
cargo.
D.- APODERADO LEGAL
[9] Nombre: JOSÉ ARMANDO DÍAZ BARAHONA.
USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
[11] Fecha de emisión: 15 de enero del año 2015.
[12] Reservas: No tiene reservas
Abogado FRANKLIN OMAR LÓPOEZ SANTOS
Registrador(a) de la Propiedad Industrial
24 M., 10 y 28 A. 2015
PEGA MORTEROS
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
San Pedro Sula, Cortés
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro
Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes; HACE SABER: Que en fecha dos de
diciembre del año dos mil catorce la Abogada THERLYN
VENTURA MEJÍA BONILLA, actuando en causa propia
interpuso demanda contra el Estado de Honduras, por actos
de la Corte Suprema de Justicia, dicha Demanda se encuentra
registrada bajo el número 0501-2014-000045. LAO en este
Despacho, y tiene como finalidad que se decrete la
ilegalidad y nulidad del Acto Administrativo consistente en
la Resolución dictada en el expediente Número 20-2013
relacionada con una sanción disciplinaria verbal
administrativa por inobservancia a la jerarquía
Administrativa impuesta en mi contra, creado mediante
resolución emitida por el Poder Judicial a través del
Consejo de la Judicatura, por no haberse dictado
conforme a derecho, y estar infringido el ordenamiento
jurídico, por haberse con exceso de poder asimismo
solicita el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada, que se adopten las medidas para su pleno
restablecimiento y que se condene a Costas.
San Pedro Sula, Cortés, 12 de marzo del año 2015.
KELLYN JENNIFER FRANCISCO MÉNDEZ
SECRETARIO ADJUNTA
24 M. 2015
_______
AVISO DE ORGANIZACIÓN DE
ECONOMÍA SOCIAL
Ver como documento individual→