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Decreto Ejecutivo PCM-028-2017 mediante el cual se aprueba la implementación del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones Internacionales en Derechos Humanos (SIMORE)

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Resumen

Este decreto crea el SIMOREH, un sistema informático que permite al Estado hondureño registrar y monitorear el cumplimiento de recomendaciones internacionales en derechos humanos que recibe de la ONU y sistemas interamericanos. Facilita la rendición de cuentas y transparencia, y obliga a todas las instituciones públicas a reportar periódicamente sus avances.

Considerandos

  1. 1.Que de confonnidad al Articulo 245. numeral 11 de la Constinición de la República de Honduras, concsponde al Presidente Constitucional la Admin'.itración General del Estado, siendo entre oirás sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conlormc a la Ley. CONSIDERANDO; Quedeconibrmidadconei Aiii'culo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de ta República tiene a su cargo la suprema dilección y coordinación de la Administración Púbíica Centralizada y DcilcenUalizMdd, pudicndo en el cjoivicin de sus timciones, actuar p o r sí o oi Consejo de Ministros.
  2. 2.Que durante el .segundo ciclo del Examen Pcnódico Universal ( E P U > cf Estado de Hondin-as recibió i 52 recomendaciones, entre las cuales destaca "apoyar tos estüerzos del mecanismo nacional de scguimieiiio de las recomendaciones del examen periódico universal por medio de la creación de un sistema en linea de scguimícnio". SUMARIO Sección A Occrctos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decretos t,jccuiivos nimwros PCM-028- 2017,047-2017. 048-2017,049-2017 PODER L E G I S l J V n V O Deudos Ñus. 137-2015.49-2ÜI7.50- SECRETARÍA DE DERECHOS HLTMANOS, JUSTICTA, GOBERNACIÓN V DESCENTRALIZACIÓN Acuerdo^ Nos. H6-2014. 116-A-2014. 118-2014, 119-2014. 120-2014, 121-2(íI4. 122-2014. 123-2014, 12-2016, 13-2016, Í4.2016. 24-2016, 25-2016, 09-A-2017. 21-2017 SECRETARÍA DE ESTADO DE LA PRESIDENOA Acuerdo Ejecutivo niimero 015-A-SP-2015 Acuerdo número 92-2016 A, i - 17 A 17-78 Sección B Avisos Legales Dc^prendible para su comodidad
  3. 3.Que la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia (iobeniaciÓD y Dcsccntralizacíóa, la Secretaria de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, > iu República del Paraguay a través del Ministerio de Relaciones ExturioFcs, y como testigo de honor la Oficina en I fondura.'; de) Alto Comisionado de las Naciones Unidas pani los Derechjs Humanos, suscribieron un P r o g r a m a de T M I REPÚBLICA DE HONDURAS -TKt.LCH.ALI'A, M D. C. 7 DE AGOSIO DKL illl7 iN». 34,410 Couprradón l'miica para la implemenlación del Sisirma de Seguimiento a Recomendaciones Internacionales en Derechos Hunianus - Programa SIMORE Paraguay, mediante una hemimienta informática que p c n n i t L ' el acceso y monilürco a través de una aplicación web para la implemcntación de las Recomendaciones tormuiadas al Estado de Honduras por los mecanismos de protCLción de derechos humanos, tanto de la Organización de las .Naciones Unidas (ONU), como del Sistema latcramericanf) de Derechos Humanos.
  4. 4.Que el SIMORE ha represenudo una expcrinicia exitosa para la Rcpúblic;i del Paraguay y una buena práctica de rendición de cuentas y transparencia de la gestión del Estado en materia de cumplimiento de tas recomendaciones internacionales, y es reconocido como pioDCFO a nivel iniemactonal. CONSIBERANDO: Que a través del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones se fortalecerá la capacidad del Estado en relación con la elaboración de infomtes nacionales periódicos que deben presentarse ^ I c los diferentes mecanismos internacionales de protección de Derechos Humanos y Organos de Tratados.
  5. 5.Que para mantener una peiinanente actualÍTación de un Sistema de Monitoreo de Recomendacíuncs, y por la dinámica del trabajo del Estado en materia de cumplimiento íntcniacional y de los continuos ciclos de los mecanismos inicmacionaies de promoción y protección de Derechos Humanos, es necesario aprobar la ímplemenldctón de un SÍMema de Monitoreo, como también la obligación de tos órganos estatales de proveer toda información concemicnlc al seguimiento de las recomendaciones internacionales.

Articulos

Articulo 1

^ S; establece el Sistema de Monitoreo de Recomendaciones de Honduras fSIMOREH) como un mecanismo en el cual constarán las acci(Mies del Estado relacionadas ui cumplimiento e implementación de las recomendaciont s formuladas al Estado de Hondura-s por los diferentes mecanismos imemacionaJes de Protección de tos Dcreclioí Humanos tanto de la Organización de las Naciones Unidas fONU), como del Sistema Inteiamericano de Derechos HuiTianos. Asimismo, para el seguimiento a las acciones del Esidn en cumplimiento de la Política Pública y Plan de Nacion« I de Acción en Derechos Humanos.

Articulo 2

S • designa como Coordinador del SIMOREH a la Secretaria de Derechos Humanos, Justicia Gobernación y Desceatiali^dt. ion, cspccíficamemc a la Subi>ecretaria de Derechos Humanos y Ju.^icia a través de la Dirección de Invesligación > Cjmplimienio de ComfffCHnisos Internacionales. La Qaceta DWfilO ORCIAL DE LA REPl^BUCA D£ HONDURAS DECANO DE U PHENSA HONDURENA P«ÍA HEJOH SEGURIDAD DE SUS PUBUCACIO»tS ABOG CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO Gsienle General JORGE ALBERTO RICO SAUNAS CoDfdiraikH y Supenisa EVPRESA MAOONAL DE ARTES GRAFICAS Cttoia Mi'ialbret Td(tc«io.f»: Gererdi 2230^^ himlmcnv 233040^ PtarH. CEKIRO CÍVICO GUaEBNAUEMTAL Seci.'iñii \S V l.l•lc^ La Gaceta.'^ R E P L i B L I t A D t H ( > N U U R . \ T E G L C K . A L l ' A , M . P. i .. 7 Ü L A G O S T O D E L 2017 N o . 34,410 Asimismü se faculta a dicha Scin'daria de Estado para la elaboración del Plan Anual de Trabajo, ia elaboración y aprobación del Reglamento para el uso del Sistema de Seguimiento y Monitoreo de las Recomendaciones SlMORFJí en el plazo de noventa (90) días a partir de la publicación del presente Decreto.

Articulo 3

Se instruye a las Secretarías de Estado, órganos deseo n centrados y descentral i zadús, para que designen sus puntos focales con el perfii idótico a solicitud de la Coordinación, quienes tendrán a su cargo incorporar de manera periódica la información correspondiente a la competencias de su institución en la base de datos del SIMOREII, concerniente al cumplimiento e implementación de tas recomendaciones internacionales mencionadas en el anícuto luio. dentro de los plazos establecidos por la Coordinación del SIMOREH para tal efecto. Asimismo, se autoriza a la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización para celebrar convenios de Cooperación con los otros poderes del Estado u órganos estatales independientes a fin de cumplir con los objetivos del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones.

Articulo 4

Se aprueba el siguiente signo distintivo del Sistema de Monitoreo de Recomendaciones en Derechos Humanos de Honduras SIMOREH. REHSISTEMA 0% MONITOREO E>C RH íUtENDACIONFS EN D(R£CHOS HUMANOS HONDURAS

Articulo 5

El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a lo.*; veindmieve |29) días del mes de junio del año dos mil diecisiete (2017), C O M I NÍOliF.SF. V PUBLÍQUESE. JLAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA J O R G E KAIVION HERNANDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINAOÓN GEI^RAL DE GOBIERNO R I Í A R D O L E O N E L C A R D O N A SECPETARIO DE LA PRESIDENOA H É C T O R L E O N E L A Y A L A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, J U S T I C I A , GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN M \ R 1 A D O L O R E S A G Ü E R O S E ( : : R E T A R I A D E E S T A D O E N L O S D E S P A C H O S D E R E L A C I O N E S E X T E R I O R E S Y C O O P E R A C I Ó N R N T E R N A C I O N A L , P O R L E Y A . Srrcíúii A \cui;rdus > t.eyes ^ ^ ^ R T P T B U C I ^ ^ O . N D Ü R A S 1 EtrUClí-ALCA. M. U . C , 7 DE AGO.v l(> DEL 2ftl7 ti». 3 4 . 4 1 0 T r i T I l i r ' M I G U E L A N T O N I O 7.LN1GA RODRÍGUEZ R U I I L I A C A L D E R O N SECHETARJO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL SECRETARIA DE ESTADO EN E L DESPACHO DE EDUCACIÓN A R N A L D O C A S T I L L O SECRETARIO DE ESTADO EN KL DESPACH(i DE C A R L O S M A D E R O DESARROLLO ECONÓMICO SECRLn ARK' DE ESTADO EN LOS DESPACHf )S DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL R O B E R T O P I N E D A SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS, POR LEY J A C O B O P A Z B O D D E N SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA J Ü L I A N P A C H E C O SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGLTIÍDAD J O S É A N T O N I O G A L D A M E S SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENIE Y F R E D V S A N T I A G O D Í A Z Z E L A Y A MINAS SECRETARIO DE ESTADO E N EL DESPACHO DE MINAS DEFENSA, POR LEY W I L F R E D O C E R R A T O D E U A R I V A S L O B O SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD FINANZAS.

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