Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 055-2026 — Derogación del Acuerdo SDN No. 041-2025 y restablecimiento de vigencia de artículos del Reglamento de la Reserva de las Fuerzas Armadas
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional
CONSIDERANDO (01): Que los Decretos 142-2013 y
067-2018 publicados en el Diario Oficial “La Gaceta” en
sus ediciones No. 33,342 y 34,821 regulan la compensación
económica que se otorga a los hondureños mayores de
cuarenta y cinco (45) años, que en su condición de reservistas
forman parte de las asociaciones legalmente constituidas, de
reservistas acreditados oficialmente y reconocidos como tales
por las Fuerzas Armadas de Honduras.
CONSIDERANDO (02): Que el Acuerdo SDN No. 021-
2019 contentivo del Reglamento de la Reserva de las Fuerzas
Armadas de Honduras en su artículo 31 establecía “Son
requisitos comunes de ingreso a los cuadros orgánicos de
la Reserva Activa para Oficiales, Suboficiales y Tropa, los
siguientes:1) Estar aptos física y mentalmente para cumplir
con las responsabilidades y exigencias de acuerdo al grado
y cargo que se le asigne; 2) Ser menor de 65 años; 3) Haber
causado baja de conformidad con las leyes y reglamentos
militares; 4) No tener procesos judiciales penales pendientes;
y, 5) No tener antecedentes policiales”.
CONSIDERANDO (03): Que el Acuerdo SDN No. 021-
2019 contentivo del Reglamento de la Reserva de las
Fuerzas Armadas de Honduras en su artículo 37 establecía
“El procedimiento administrativo de pago de la Planilla de
Reservistas, iniciará cuando las Asociaciones de Reservistas
reconocidas por las Fuerzas Armadas, remita el expediente de
los candidatos propuestos al Comando de Reservas Militares
de las Fuerzas Armadas para la validación del mismo; del cual
se emitirá dictamen, procediendo con dicha certificación”.
CONSIDERANDO (04): Que el Acuerdo SDN No. 021-
2019 contentivo del Reglamento de la Reserva de las
Fuerzas Armadas de Honduras en su artículo 38 establecía
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DIARIO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS
DECANO DE LA PRENSA HONDUREÑA
PARA MEJOR SEGURIDAD DE SUS PUBLICACIONES
ABG. JUAN MANUEL GALVEZ ORDONEZ
Gerente General
DIOSSANA GUADALUPE FLORES LEIVA
Coordinadora y Supervisora
EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
E.N.A.G.
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
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“Corresponde también a las Asociaciones de Reservistas
remitir a la Secretaría de Defensa Nacional, las bajas causadas
por defunción o que conforme al Reglamento Interno de la
Asociación se hayan realizado, con el propósito de que los
mismos no sigan activos en la planilla de dicha pensión”.
CONSIDERANDO (05): Que el Acuerdo SDN No. 021-
2019 contentivo del Reglamento de la Reserva de las Fuerzas
Armadas de Honduras en su artículo 39 establecía “El
Comando de Reservas Militares de las Fuerzas Armadas,
verificará que los candidatos propuestos por las Asociaciones
de Reservistas reconocidas por las Fuerzas Armadas, reúnan
los requisitos establecidos en los Decretos 142-2013 y
167-2018: a) Ser hondureño; b) Mayor de 45 años; c) No
ser beneficiado por ninguna otra ayuda o bonificación del
Estado o de los Institutos de Previsión Social existentes y que
causaron alta durante el servicio militar obligatorio; y, d) Y
formar parte de las Asociaciones de Reservistas reconocidas
por las Fuerzas Armadas. Una vez verificados los requisitos
anteriores, el Comando de Reservas de las Fuerzas Armadas,
procederá a cotejar que el candidato propuesto no labore para
instituciones gubernamentales. Así como aquellos especiales
y/o recomendados por la Secretaría de Defensa Nacional, la
Secretaría de Finanzas y el Tribunal Superior de Cuentas u
otro órgano contralor que así lo requiera conforme a Ley”.
CONSIDERANDO (06): Que el Acuerdo SDN No. 021-
2019 contentivo del Reglamento de la Reserva de las Fuerzas
Armadas de Honduras en su artículo 40 establecía “Si el
candidato propuesto no reúne los requerimientos previamente
señalados, se devolverá el expediente a la Asociación de
Reservistas reconocida por las Fuerzas Armadas a que
pertenezca, notificándole al solicitante dicho proceso.
CONSIDERANDO (07): Que en fecha ocho (08) de mayo
del dos mil veinticinco (2025) fue publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” No. 36,832 el Acuerdo SDN No. 041-2025
mediante el cual se reformaron los artículos 31, 37, 38, 39 y
40 del Acuerdo SDN No. 021-2019 Reglamento de la Reserva
de las Fuerzas Armadas de Honduras, los cuales en adelante
se leerían de la siguiente forma “Artículo 31. Son requisitos
comunes de ingreso a los cuadros orgánicos de la Reserva
Activa para Oficiales, Suboficiales y Tropa, los siguientes:
Documentos que deberán ser presentados a no más tardar el
primer trimestre del año al Comando de Reservas Militares:
1) Ser hondureño; 2) Estar apto física y mentalmente para
cumplir con las responsabilidades y exigencias de acuerdo con
el grado y cargo que se le asigne; 3) Ser menor de sesenta y
cinco (65) años; 4) Copia fotostática del Documento Nacional
de Identificación (DNI), vigente; 5) Haber causado baja de
acuerdo con las Leyes y Reglamentos Militares; 6) Presentar
antecedentes penales y policiales, vigente; y, 7) Presentar
constancia de vecindad, vigente. Artículo 37. El procedimiento
administrativo de pago de la Planilla de Reservistas iniciará
cuando las Asociaciones de Reservistas presenten ante el
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Comando de Reservas Militares de las Fuerzas Armadas el
expediente de los candidatos propuestos; una vez verificados y
validados los requisitos, se emitirá dictamen por el Comando
de Reservas Militares en el cual se determinará si cumple o no
para continuar con los trámites correspondientes. Corresponde
únicamente al Comando de Reservas Militares la verificación,
validación y certificación de los reservistas de las Fuerzas
Armadas. Artículo 38. Corresponde también a las Asociaciones
de Reservistas remitir al Comando de Reservas Militares, las
bajas causadas por defunción, solicitud o por cualquier otra
índole, con el propósito de que los mismos no sigan activos
en la planilla de dicha compensación económica, las cuales
deberán ser remitidas con su documentación respaldo. Artículo
39. El Comando de Reservas Militares de las Fuerzas Armadas,
verificará en el primer trimestre del año calendario que los
candidatos a recibir la compensación económica reúnan los
requisitos establecidos en el presente reglamento, siendo los
siguientes: 1) Ser hondureño; 2) Mayor de cuarenta y cinco
(45) años; 3) Copia fotostática del Documento Nacional de
Identificación (DNI), vigente; 4) Constancia original emitida
por el Comando de Reserva; 5) Declaración Jurada de no
trabajar para el Estado; 6) Declaración Jurada de no estar
siendo beneficiado por ningún Instituto de Previsión Social
existente o cualquier otra ayuda, gratificación o bonificaciones
del Estado; 7) Presentar antecedentes penales y policiales,
vigentes y 8) No residir en el extranjero, deberá acreditar
anualmente mediante constancia de vecindad, vigente. Una vez
verificados los requisitos anteriores, el Comando de Reserva
de las Fuerzas Armadas procederá a cotejar que el candidato
propuesto no labore para instituciones gubernamentales, así
como aquellos requisitos especiales y/o recomendados por
la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional,
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y
el Tribunal Superior de Cuentas (TSC) u otro órgano contralor
que lo requiera conforme a Ley. Artículo 40. Si el candidato
propuesto no reúne los requerimientos previamente señalados,
se devolverá el expediente a la Asociación de Reservistas a
que pertenezca, notificándole al solicitante dicho proceso”.
CONSIDERANDO (08): Que en fecha veinte (20) de mayo
del dos mil veintiséis (2026) la Auditoría Jurídico Militar de
las Fuerzas Armadas emitido DICTAMEN LEGAL mediante
cual determinó lo siguiente: “Que, es PROCEDENTE la
derogación del Acuerdo S.D.N. No. 041-2025, contentivo de
las reformas efectuadas a los artículos 31, 37, 38, 39 y 40 del
Acuerdo S.D.N. No. 021-2019 contentivo del Reglamento
de la Reserva de las Fuerzas Armadas de Honduras, por
cuanto las modificaciones incorporadas no representan
cambios sustanciales al marco normativo previamente
vigente, limitándose principalmente a introducir formalidades
documentales y disposiciones reiterativas que afectan la
claridad, simplicidad y funcionalidad administrativa del
Reglamento originalmente contenido en el Acuerdo S.D.N.
No. 021-2019. SEGUNDO: En virtud de la derogación
resulta procedente restablecer la vigencia del contenido
original en el Acuerdo S.D.N. No. 021-2019, respecto de los
artículos reformados 31, 37, 38, 39 y 40 del Reglamento de la
Reserva de las Fuerzas Armadas de Honduras. TERCERO:
Que, la derogación del Acuerdo S.D.N. No. 041-2025 no
limita las facultades de control, verificación y fiscalización
administrativa que corresponden al Comando de Reservas
Militares, las cuales podrán ejercerse conforme al marco
normativo vigente y los mecanismos legalmente establecidos,
garantizando la correcta administración de los recursos
públicos destinados a la compensación económica de los
reservistas”.
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CONSIDERANDO (09): Que en fecha veintiocho (28) de
mayo del dos mil veintiséis (2026) la Dirección Legal de esta
Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional
emitido DICTAMEN LEGAL mediante cual determinó lo
siguiente: “1) ES PROCEDENTE la DEROGACIÓN DEL
ACUERDO SDN No. 041-2025, en virtud que la reforma
efectuada específicamente al artículo 39 del Reglamento
genera una contradicción con lo estipulado en el artículo 49,
lo cual produce inseguridad jurídica ya que se imposibilita
la aplicación uniforme de las actuaciones administrativas,
lo que conllevaría a decisiones arbitrarias, asimismo, las
reformas en los artículos 31, 37, 38 y 40, no representan
cambios significativos que modifiquen el alcance de la ley,
sino disposiciones reiterativas que reproducen lineamientos
establecidos en la normativa que pretendían modificar.
2) Que el Acuerdo SDN No. 021-2019, cuenta con las
estipulaciones legales necesarias para que los beneficiarios
puedan acceder a la compensación económica otorgada por
el Estado mediante el Decreto No. 142-2013 reformado
mediante Decreto No. 67-2018, puesto que este no limita las
facultades de control y fiscalización por parte del Estado y
permite corroborar la aplicación de los principios de legalidad,
control, transparencia y correcta administración de fondos
públicos, mediante los mecanismo ya establecidos en virtud
que como se puede constar mediante los informes emitidos
por la Dirección Administrativa de las Fuerzas Armadas y el
Comando de Reservas Militares, se logra evidenciar que ya
existen los mecanismos de control que permiten garantizar
el cumplimiento de todos los requisitos solicitados en el
Acuerdo SDN No. 041-2025, por lo que la presentación de
esa documentación no aporta elementos nuevos respecto a los
solicitados inicialmente por lo que contradice el principio de
simplificación administrativa”.
CONSIDERANDO (10): Que la Ley de Procedimiento
Administrativo, manda que los actos administrativos cuando
los actos de carácter general infringen los limites de la potestad
reglamentaria cuando alteran el espíritu de la Ley, variando
su sentido y alcance.
POR TANTO:
El Secretario de Estado en el Despacho de Defensa Nacional
por Ley en uso de las facultades legales que la Ley le confiere:
ACUERDA:
Artículo 1.- Derogar el Acuerdo SDN No. 041-2025 publicado
en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 36,832 en fecha ocho
(08) de mayo del dos mil veinticinco (2025) mediante el cual
se reformaron los artículos 31, 37, 38, 39 y 40 del Acuerdo
SDN No. 021-2019 Reglamento de la Reserva de las Fuerzas
Armadas de Honduras.
Artículo 2.- Recobran su vigencia los artículos 31, 37, 38, 39
y 40 del Reglamento de la Reserva de las Fuerzas Armadas
de Honduras establecidos en el Acuerdo SDN No. 021-2019
publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34,983 en fecha
veintinueve (29) de junio del año dos mil diecinueve (2019).
Tegucigalpa, M.D.C., 24 de junio de 2026
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE:
Abogado Rafael Cano Martínez
Secretario de Estado de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Defensa Nacional, por Ley
José Miguel Villeda Villela
Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Defensa Nacional
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Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
ACUERDO MINISTERIAL No. 041-2026
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO
Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 041-2026 — Adopción de medida de salvaguardia mediante modificación temporal de derechos arancelarios a la importación
Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
CONSIDERANDO: Que es competencia de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, lo
concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y
evaluación de las políticas relacionadas con el comercio
nacional e internacional de bienes y servicios, la integración
económica, entre otras, en coordinación con las instituciones
pertinentes según sea el caso.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo
No. 222-92 de fecha 10 de diciembre de 1992, el Congreso
Nacional de la República aprobó el Protocolo de Adhesión
de Honduras al Convenio Sobre el Régimen Arancelario y
Aduanero Centroamericano, delegando la atribución a la
Secretaría de Economía y Comercio, actualmente Secretaría
de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, como
la encargada de dirigir la política nacional en todo lo
relacionado con la aplicación del referido Convenio.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 26 del Convenio Sobre
el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
dispone "Cuando alguno de los Estados Contratantes se viere
enfrentado a graves problemas de desequilibrio de la balanza
de pagos; o las deficiencias repentinas y generalizadas en el
abastecimiento de materias primas y bienes finales básicos;
o a desorganización del mercado; o a prácticas de comercio
desleal; o a cualquier otra circunstancia que amenace derivar
en situaciones de emergencia nacional, dicho Estado queda
facultado para aplicar unilateralmente las disposiciones
previstas en el Capítulo VI de este Convenio, relacionadas
con la modificación de los derechos arancelarios a la
importación, durante un plazo máximo de 30 días. Lo
anterior, sin perjuicio de otras medidas no arancelarias que
adopten los Estados con base en su legislación nacional.
Dentro de dicho plazo, el Consejo deberá reunirse para
considerar la situación, calificar su gravedad y disponer
medidas que conjuntamente deban tomarse, incluyendo la
posibilidad de resolver sobre la suspensión o modificación
de las disposiciones adoptadas unilateralmente o, según
el caso, autorizar la prórroga de las mismas. El plazo del
párrafo anterior se tendrá por prorrogado hasta la fecha en
que el Consejo adopte las medidas que correspondan. El
Consejo reglamentará la presente disposición".
CONSIDERANDO: Que el Acuerdo Ministerial No. 005-
2021 contentivo del Procedimiento para el Establecimiento,
Modificación o Eliminación de Medidas de Salvaguardia,
publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 16 de enero del
2021, en el Artículo 4 establece la creación de la Comisión
Ad-Hoc para emitir el informe técnico sobre las solicitudes
de establecimiento, modificación o eliminación de medidas
de salvaguardia conforme al Artículo 26 del Convenio sobre
el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
CONSIDERANDO: Que en fecha 26 de junio de 2025,
la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
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Económico, recibió solicitud de "Establecimiento de Medidas
de Salvaguardia mediante la modificación arancelaria de los
derechos a la importación del 35% aplicables al alambrón
clasificado en los incisos arancelarios 7227.90.10.00,
7227.90.90.00, 7228.30.10.00, 7228.30.90.00, 7228.50.10.00
y 7228.50.90.00 en razón de una amenaza grave e inminente
a la industria nacional".
CONSIDERADO: Que mediante resolución número 186-
2026 de fecha 20 de abril de 2026, se determinó declarar
parcialmente con lugar lo solicitado por el peticionario,
aplicando la medida de salvaguardia únicamente para las
importaciones de los incisos arancelarios 7227.90.10.00,
7227.90.90.00, 7228.30.10.00, 7228.30.90.00, 7228.50.10.00
y 7228.50.90.00, por el término de dos (2) años con el fin de
proteger la producción nacional.
POR TANTO:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico, en el uso de sus facultades y en aplicación de
los artículos 247, 255, 329, 331 de la Constitución de la
República; 36 numeral 8, 116, 118, 119 y 122 de la Ley de
Administración Pública; 54 literal 1 literal b), d) y e) del
Decreto Ejecutivo PCM-008-97, que contiene el Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo; 26 del Convenio Sobre el Régimen Arancelario
y Aduanero Centroamericano contenido en el Decreto
Legislativo 222-92 de fecha 10 de diciembre de 1992.
ACUERDA:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 26 del Convenio
sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
la adopción de una medida de salvaguardia consistente
en la modificación temporal el Derecho Arancelario a la
Importación (DAI), por el período de dos (02) años a partir
de la entrada en vigor del presente acuerdo para los incisos
arancelarios abajo descritos:
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SEGUNDO: Los Derechos Arancelarios a Importación
(DAI) antes indicados se aplicarán en régimen de Nación
Más Favorecida (NMF).
TERCERO: Instruir a la Dirección General de Integración
Económica y Política Comercial, de esta Secretaría de
Estado a realizar un monitoreo entorno al impacto de la
medida adoptada en el ordinal primero, en relación con
las importaciones, exportaciones, producción y consumo
nacional; y, a la Dirección General de Protección al
Consumidor de esta Secretaría de Estado a realizar el
monitoreo permanente de los precios de venta al consumidor
final de limas “herramientas” y remitir el respectivo informe
a la Dirección General de Integración Económica y Política
Comercial de forma mensual, a partir de la vigencia del
presente Acuerdo.
CUARTO: Solicitar a la Administración Aduanera de
Honduras a realizar el monitoreo en torno al impacto de las
medidas adoptadas en el ordinal primero, generando datos
estadísticos sobre importaciones, exportaciones y remitir el
respectivo informe a la Dirección General de Integración
Económica y Política Comercial de forma mensual.
QUINTO: Notificar el presente Acuerdo a la Administración
Aduanera de Honduras, a fin de que instruya a las Aduanas
del territorio Nacional para su observación y estricto
cumplimiento.
SEXTO: Notificar el presente Acuerdo a la Secretaría de
Integración Económica Centroamericana (SIECA), a efecto
de que haga del conocimiento del Consejo de Ministros de
Integración Económica Centroamérica (COMIECO).
SÉPTIMO: El presente Acuerdo entrará en vigor el 27 de
abril del año dos mil veintiséis (2026) debiendo ser publicado
en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veinte (20) días del mes de abril de 2026.
NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.-
EDDY JOHANS ORDOÑEZ RUBI
Secretario de Estado en el Despacho
de Desarrollo Económico
MARIANO TORRES FLORES
Secretario General
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Empresa Nacional de Artes Gráficas
(E.N.A.G.)
Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental
Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339
Suscripciones:
Nombre:___________________________________________________________________________________________
Dirección: _________________________________________________________________________________________
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El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado
Próxima Edición
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Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al
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Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono:
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Sección B A v isos L egales
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 02
de febrero del año 2026 comparece la Abogada AZALIA
DESIREE REYES CARRANZA, Interpuso demanda ante
este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2026-00145,
contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de
Estado en los Despachos de Transparencia y Lucha Contra
la Corrupción, por el procedimiento en materia de personal,
se promueve demanda contencioso administrativa en
materia de personal para que se declare la nulidad de un acto
administrativo de carácter particular por no ser conforme a
derecho.- Se reconozca la situación jurídica individualizada
y como medida para su pleno restablecimiento se ordene
el reintegro al puesto de trabajo en iguales o mejores
condiciones y a título de daños y perjuicios, se proceda al
pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de
la cancelación hasta que sea firme la sentencia condenatoria
respectiva, incluyendo incrementos salariales y cualquier
otro beneficio que opere según la ley.- Costas del juicio.- Se
acompañan documentos.
NORMA CECILIA VIDAUR
SECRETARIA ADJUNTA
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL
DE JUTICALPA
“DEPARTAMENTO DE OLANCHO”
AVISO DE CANCELACIÓN DE UN TÍTULO VALOR
(CHEQUE DE CAJA)
La infrascrita, Secretaria del Juzgado Primero de Letras
Seccional de Juticalpa, Departamento de Olancho al público
general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que en
fecha Once de Diciembre del Año Dos Mil Veinticinco,
se presentó a este juzgado el señor LUIS ALFREDO
BAQUEDANO, solicitando CANCELACIÓN DE UN
TÍTULO VALOR EN CHEQUE DE CAJA, consistente
en CERTIFICADO DE DEPÓSITO BANCARIO No.
12801000270, por la cantidad de CIENTO SETENTA Y
SIETE MIL DOSCIENTOS LEMPIRAS ( L. 177,200.00),
otorgado de AGROCOMERCIAL OLANCHO S.DE R.L.
Por el Banco BANHCAFE, de esta Ciudad de Juticalpa,
Olancho.- Aviso que se hace de conformidad a lo establecido
en el artículo 634 del Código de Comercial, para los efectos
de oposición.
Juticalpa Olancho, 10 de marzo del 2026
AZUCENA PERDOMO MEJIA
SECRETARIA
7 J. 2026
_______
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa M.D.C.
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C.,18 de junio del 2026
AVISO
La infrascrita, Secretaria adjunta del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa,
Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha 16 de abril del año 2026,
compareció a este Juzgado el ciudadano PABLO RAMON
RAMIREZ AYES, en su condición personal, para la VÍA
DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA
PERSONAL para la declaración de ilegalidad y nulidad
de los actos administrativos impugnados consistente en el
ACUERDO DE CANCELACIÓN Nº CAN-CN 015-
2026-GRH ,de fecha cuatro de febrero del 2026, emitida por
el Estado de Honduras por actuaciones del CONGRESO
NACIONAL DE HONDURAS, reconocimiento de
una situación jurídica individualizada y para su pleno
restablecimiento se adopten las medidas establecidas en el
artículo 112 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo; contra el Estado de Honduras, a través de la
Procuraduría General de la República, quedando registrada
en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2026-
00329. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17
de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo
y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la
presente publicación.
ABG. LUZ MARINA SAUCEDA
SECRETARIA ADJUNTA
7 J. 2026
Sección “B”
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B.
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PODER JUDICIAL
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad
de La Entrada, Nueva Arcadia, Departamento de Copán, al público en
general HACE SABER: Que con fecha veintinueve de marzo del año
dos mil veintiséis, al señor MARCO TULIO MEJIA MANCHAME, a
través de su apoderado legal, ABG. NASIR JOSUE PINEDA CRUZ y
NELSY TOBIAS ULLOA GALDAMEZ, presentó ante este despacho
solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, sobre un lote de terreno
consistente en que se describe de la manera siguiente: Ubicado en aldea
Manacal del municipio de El Paraíso, Departamento de Copán, mismo
que tiene las siguientes medidas y colindancias: del punto uno al punto
dos mide siete punto siete diecinueve metros (7.19 Mtrs), colinda con
Leónidas Leiva; del punto dos al punto tres mide nueve punto setenta
y cuatro metros (9.74 Mtrs), colinda con Leónidas Leiva; del punto tres
al punto cuatro mide dieciocho punto noventa y ocho metros (18.98
Mtrs), colinda con Leónidas Leiva; del punto cuatro al punto cinco mide
doce punto noventa y cuatro metros (12.94 Mtrs), colinda con Leónidas
Leiva; del punto cinco al punto seis mide veinticuatro punto dieciséis
metros (24.16 Mtrs), colinda con Leónidas Leiva; del punto seis al
punto siete mide veintinueve punto cero cinco (29.05 Mtrs), colinda con
Leónidas Leiva; del punto siete al punto ocho mide treinta y siete punto
trece (37.13 Mtrs), colinda con Alejandro Almazán; del punto ocho al
punto nueve mide cinco punto cuarenta y seis (5.46 Mtrs), colinda con
quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto nueve al punto
diez mide cinco punto setenta y cuatro metros (5.74 Mtrs), colinda con
quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto diez al punto
once mide cuatro punto setenta y dos (4.72 Mtrs), colinda con quebrada
y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto once al punto doce mide
nueve punto diecisiete metros (9.17 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly
Yadira Jerónimo Hernández; del punto doce al punto trece mide once
punto veinticinco metros (11.25 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly
Yadira Jerónimo Hernández; del punto trece al punto catorce mide diez
punto setenta y cinco (10.75 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly Yadira
Jerónimo Hernández; del punto catorce al punto quince mide seis punto
setenta y siete metros (6.77 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly Yadira
Jerónimo Hernández; del punto quince al punto dieciséis mide siete
punto ochenta y cuatro metros (7.84 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly
Yadira Jerónimo Hernández; del punto dieciséis al punto diecisiete mide
cuatro punto sesenta y dos metros (4.62 Mtrs), colinda con quebrada
y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto diecisiete al punto
dieciocho mide cinco punto cero siete metros (5.07 Mtrs), colinda con
quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto dieciocho al
punto diecinueve mide ocho punto setenta metros (8.70 Mtrs), colinda
con quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto diecinueve
al punto veinte mide ocho punto sesenta y cuatro metros (8.64 Mtrs),
colinda con quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández; del punto
veinte al punto veintiuno mide dieciocho punto setenta y nueve metros
(18.79 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly Yadira Jerónimo Hernández;
del punto veintiuno al punto uno mide diecisiete punto cincuenta y ocho
metros (17.58 Mtrs), colinda con quebrada y Nelly Yadira Jerónimo.-
Dicho terreno lo hubo compra que le hiciera el señor MARCO TULIO
MEJIA MANCHAME, el cual posee en forma quieta, pacífica e
ininterrumpidamente por más de catorce años, según información
testifical. Sobre dicho inmueble he estado en posesión de manera quieta,
pacífica e ininterrumpida por más de cuarenta años.
La Entrada, Copán, 18 de junio del año 2026
ABG. ANNYIE DANIELA ZARAGOZA
SECRETARIA
7 J., 7 A. y 7 S. 2026
PODER JUDICIAL
AVISO TÍTULO SUPLETORIO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en
la solicitud de Titulo Supletorio de Dominio, presentada por
el señor CARLOS ARTURO MEJIA ORELLANA, es
mayor de edad, soltero, agricultor, hondureño, con domicilio
en El Níspero, jurisdicción del municipio de Cucuyagua
Copán, Departamento de Copán, con Documento Nacional
de Identificación número 0406-1983-00182, es dueño de un
inmueble que se describe así: Un lote de terreno ubicado en
el lugar denominado El Níspero, jurisdicción del Municipio
de Cucuyagua, Departamento de Copán, constante con un
área total de CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS
CUARENTA Y SIETE PUNTO CINCUENTA METROS
CUADRADOS (52,747.50 MTS.2), equivalente a
SIETE PUNTO CINCUENTA Y SEIS MANZANAS
(7.56 MZN), de extensión superficial, con las medidas y
colindancias siguientes: AL NOR-OESTE, colinda con
Carretera Internacional CA-4 y con propiedad de los señores
Paola Quintanilla y German Eulalio Rodríguez Lara; AL
NOR-ESTE, colinda con propiedad del señor Edgardo
Rodríguez; AL ESTE, colinda con calle pública por medio
y con propiedad de la señora Vilma Pacheco; AL SUR-
ESTE, colinda con calle pública por medio y con propiedad
de los señores Rosa Lidia Quintanilla y Rudi Alberto Lara
Quintanilla; AL SUR-OESTE, colinda con propiedad
de la señora Rosa Lidia Quintanilla; AL OESTE, colinda
con propiedad del señor Edwin Danilo Fuentes Espinoza.
Dicho inmueble lo ha poseído en forma quieta, pacífica e
ininterrumpidamente desde hace más de diez (10) años, y de
lo cual, los testigos GERMAN EULALIO RODRIGUEZ
LARA, RUDI ALBERTO LARA QUINTANILLA y
ROSA LIDIA QUINTANILLA, mayores de edad, casados,
todos residentes de esta ciudad, hondureños, portador de
Documento Nacional de Identificación 0406-1997-00069,
0406-1978-00012, 0406-1974-00164, respectivamente,
afirmaran ser cierto.
Representa: Abg. JULIA MARIA MELGAR
HERNANDEZ.
Santa Rosa de Copán, 22 de junio del 2026
ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GOMEZ
SECRETARIO, POR LEY
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de
lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50
de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha veintiuno (21) de abril de dos mil veintiséis (2026),
compareció a este juzgado la Abogada, quien actuó en su
condición de Representante Procesal del señor BRIAN
MARTIN ERAZO MUÑOZ, interponiendo demanda en
materia con orden de ingreso No. 0801-2026-01532 J-5,
de personal contra el Estado de Honduras a través de la
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE SALUD, para que se declaren no conforme a derecho
y se anulen dos actos administrativos de carácter particular
consistentes en los acuerdos número 1989-2026 y 1990-
2026, ambos de fecha veinte (20) de marzo de dos mil
veintiséis (2026), y notificados en fecha veintitrés (23) de
marzo de dos mil veintiséis (2026), mediante los cuales
se dispuso la cancelación del doctor Brian Martin Erazo
Muñoz en dos plazas distintas; se solicita el reconocimiento
de una situación jurídica individualizada y la adopción de
las medidas necesarias para su pleno restablecimiento,
consistentes en el reintegro a las plazas y cargos que
legalmente venía desempeñando o a otros de igual o mejor
categoría, nivel y remuneración; la nulidad del acto del
nombramiento de sus sustitutos, si los hubiere; el pago de
los salarios dejados de percibir, décimo tercer mes, décimo
cuarto mes, vacaciones, incrementos y demás derechos
laborales; el reconocimiento y pago de las diferencias
salariales y reajustes que correspondan de conformidad con
la Ley del Estatuto del Médico Empleado; restablecimiento
integral de su situación previsional ante el Instituto Nacional
de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios
del Poder Ejecutivo (INJUPEMP); remisión del expediente
administrativo, con especial condena en costas; se acompañan
documentos.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
7 J. 2026
PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
Tegucigalpa, M.D.C., 27 de mayo del 2026
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los
interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha (17) de abril del dos mil
veintiséis (2026), compareció ante este juzgado el Abogado
CARLOS ANTONIO FIALLOS CARRILLO, en su
condición de representante procesal de la señora ROSA
AMELIA OSEJO ANDINO, con orden de ingreso número
0801-2026-001347 contra el ESTADO DE HONDURAS, a
través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL,
se promueve demanda especial para la nulidad de un acto
administrativo en materia de personal.- Que se declare no
ser conforme a derecho y que se anule totalmente el mismo
por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento
jurídico y quebrantamiento de las formalidades esenciales.-
Que se reconozca la situación jurídica individualizada y
para su pleno restablecimiento se condene al reintegro en mi
puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como
el pago de los sueldo dejados de percibir desde la fecha de
la cancelación hasta la fecha en que sea reintegrada a mi
puesto de trabajo, incluyendo los colaterales consistentes en
décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto
mes en concepto de compensación social, incrementos
salariales otorgados todos los empleados sector público
y las vacaciones que y cualquier otro beneficio laboral
que pudiera reconocerse.- Especial condena en costas a la
parte demandada y vencida en juicio de primera instancia,
habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier
actuación judicial.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
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C E R T I F I C A C I Ó N
El infrascrito, Secretario del Consejo Directivo del
BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN Y
LA VIVIENDA (BANHPROVI), nombrado mediante
Resolución CD-96-15-05/2026 del veintidós (22) de
mayo de dos mil veintiséis (2026), CERTIFICA: Que
en el libro de actas de sesiones del Consejo Directivo
que al efecto lleva durante el 2026, se encuentra el acta
número CD-17/2026, contentiva de la sesión ordinaria
celebrada el 5 de junio de 2026, por el Consejo Directivo
del BANCO HONDUREÑO PARA LA PRODUCCIÓN
Y LA VIVIENDA (BANHPROVI), en la que se emitió
la RESOLUCIÓN-CD-115-17-06/2026 del Consejo
Directivo del Banco Hondureño para la Producción
y la Vivienda (Banhprovi), que en su parte resolutiva,
cita lo siguiente: “1. Dar por conocida la Nota SBOUA-
NO-260/2026 del 2 de junio de 2026, emitida por la
Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), mediante
la cual se dan por enterados del cese del nombramiento
del Ingeniero Irving Homero Zavala Bueso en el cargo
de Gerente del Banhprovi. 2. Instruir a la Secretaría del
Consejo Directivo del Banhprovi, certificar la presente
resolución, para que el Departamento de Riesgos la remita
a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 de la Ley
de la CNBS. 3. Esta resolución entra en vigor en esta fecha,
quedando la documentación correspondiente adjunta al
acta”. Para los efectos legales pertinentes (F) SERGIO
ROBERTO AMAYA ORELLANA, Presidente Ejecutivo.
(F) VIOLETA SOFÍA RODRÍGUEZ OCHOA, Consejera
Propietaria. (F) JAVIER FRANCISCO PAREDES
BAIDE, Consejero Propietario. (F) FRANCISCO JAVIER
ARGUETA SABILLÓN, Comisario. (F) RAMÓN
ÁNGEL REYES BAUTISTA, Secretario del Consejo
Directivo del Banco Hondureño para la Producción y la
Vivienda (Banhprovi). Firman la Resolución CD-115-
17-06/2026. La presente resolución es conforme con
su original y para ser publicada en el Diario Oficial La
Gaceta, se extiende la presente CERTIFICACIÓN en la
Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el
17 de junio de 2025.
……………..……última línea..............................
ABOGADO RAMÓN ÁNGEL REYES BAUTISTA
SECRETARIO DEL CONSEJO DIRECTIVO
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
SAN PEDRO SULA, CORTÉS
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San
Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del
artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo
Contencioso Administrativo, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en
fecha cuatro de junio del año dos mil veintiséis (2026), por
el Abogado Eduardo Javier Reyes Nuñez en su condición
de apoderado judicial de los señores Dunia Jackelin Zúñiga
Ramos, Carlos Adalid Diaz Mejía, Garde Jonatan Acosta
Reyes, Joslyn Efigenia Núñez Saldaña, Daniel Humberto
Zavala Quezada, Marcos Alid Rodriguez Villafranca .-
Interpone demanda con número de Correlativo 0501- 2026-
00260-LAP.- Contra el Estado de Honduras representado
legalmente por el Procurador General de la República,
Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, por actos de la
Secretaría de Estado en los Despachos de Educación,
demanda en materia personal, para que se declare la nulidad
de un acto administrativo en materia de personal contra los
Acuerdos Cancelación N° 01329-SE-2026, a nombre Dunia
Jackelin Zúñiga Ramos de fecha veinticuatro de abril del
año dos mil veintiséis, emitido por la Secretaría de Estado
en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación
N° 01328-SE-2026, a nombre Carlos Adalid Diaz Mejía
de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis.
emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos
de Educación, Acuerdos Cancelación N° 01345-SE-
2026, a nombre Gardel Jonatan Acosta Reyes de fecha
veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis, emitido por
la Secretaría de Estado en los Despachos de Educación,
Acuerdos Cancelación N° 01337-SE-2026, a nombre Joslyn
Efigenia Núñez Saldaña de fecha veinticuatro de abril del
año dos mil veintiséis, emitido por la Secretaría de Estado
en los Despachos de Educación, Acuerdos Cancelación
N° 01321-SE-2026, a nombre Daniel Humberto Zavala
Quezada de fecha veinticuatro de abril del año dos mil
veintiséis. emitido por la Secretaría de Estado en los
Despachos de Educación. Acuerdos Cancelación N° 01346-
SE-2026, a nombre Marcos Alid Rodriguez Villafranca
de fecha veinticuatro de abril del año dos mil veintiséis.
emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de
Educación, por haber sido adoptados con infracción del
ordenamiento jurídico quebrantamiento de la formalidades
esenciales del acto administrativo por haber sido dictados
prescindiendo total y absolutamente del procedimiento
legalmente establecido, por desviación de poder, por
contrariar lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley General
de la Administración Pública en relación con el artículo 34
literal f) de la Ley de Procedimientos Administrativo, que
se reconozca la situación jurídica individualizada y para su
pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras
al reintegro a los puesto de trabajo en igual o mejores
condiciones, así como al pago de los sueldos dejados de
percibir de la fecha de sus cancelaciones hasta la fecha en
que sea reintegrados incluyendo los derechos colaterales
consistentes en el décimo tercer mes, décimo cuarto mes,
en conceptos de compensación social, incrementos salariales
otorgados a los empleados del sector público y las vacaciones
que debieron gozarse y que se devenguen durante dicho
período.- COSTAS.
Veintiséis de junio del año dos mil veintiséis
Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman
Secretario General
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
Exp. 0801-2025-08373-CV
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil
Departamento de Francisco Morazán, al público en general
y para los efectos de ley correspondientes, HACE SABER:
Que ante este Despacho de Justicia compareció la Abogada
DESSIREE CRISTINA DESTEPHEN LEIVA actuando
en su condición de representante procesal de la señora
AZALEA ISABEL REYES MONDRAGON, solicitando
TÍTULO SUPLETORIO SOBRE UN BIEN INMUEBLE
que se describe así: El inmueble con Clave Catastral DGR-
BF-1148/EXP-1148-2022-CR, de "Un terreno ubicado
Aldea El Zarzal, Municipio de Cantarranas, Departamento
de Francisco Morazán, solicitado por AZALEA
ISABEL REYES MONDRAGON; DOCUMENTOS
PRESENTADOS: Documento Privado de Compra Venta
otorgado por Francisco Miguel Reyes Mondragón a favor
de Azalea Isabel Reyes Mondragón, con fecha once días de
agosto del 2020, Copia de Constancia y Plano de Catastro
de la Alcaldía Municipal de Cantarranas de fecha 29 días del
mes de agosto del año 2022, Recibo No. 2843124 de pago
por servicios catastrales por la cantidad de L. 6,529.00 de
fecha 23 de septiembre del 2022, INFORMACIÓN DEL
PROCESO DE INSPECCIÓN DE CAMPO. Conforme
Inspección de Campo realizada en fecha 19 de noviembre
del 2022, la documentación presentada y la información
catastral existente en la Dirección General de Registros se
establece lo siguiente: Área: 484,339.42 m² equivalentes a
694,692.23 vrs², 48.4339, ha, equivalentes a 69.4692 mz,
perímetro: 3,630.81 m, colindancias: NORTE, Antonio
Cerrato; SUR, Fernanda Portillo; ESTE, Antonio Cerrato,
OESTE, calle de por medio con Francisco Miguel Reyes
Mondragón y Fernanda Portillo. 1. Naturaleza Jurídica
del Predio: Privada, 2. Se encuentra dentro del Título
"Cacalutepeque" de Naturaleza Jurídica "Privada", 3. El
predio se encuentra fuera del perímetro urbano establecido
por la Municipalidad, por lo tanto es: Rural, 4. No se
encuentra en Espacio de Uso Público o Utilidad Pública,
5. No está comprendido dentro del artículo 71 de la Ley de
Propiedad, Decreto 82-2004, 6. No se encuentra en Zona
Expropiada por el Estado de Honduras a través del Instituto
de la Propiedad, 7. Ubicación: Aldea El Zarzal, Municipio
de Cantarranas, Departamento de Francisco Morazán.- Este
extracto deberá ser publicado en tres veces, de treinta en
treinta en el Periódico OFICIAL y en la Tabla de Avisos de
este Tribunal.
Tegucigalpa, M.D.C., 04 de marzo del 2026
ABG. MARÍA FERNANDA MONCADA
SECRETARIA ADJUNTA
7 J. 7 A., y 7 S. 2026
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la
Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinticuatro (24)
de junio del año dos mil veinticinco (2025), compareció a este
Juzgado el Abogado JUAN CARLOS BUSTILLO PAGOAGA,
quien actúa en causa propia, interponiendo demanda Contenciosa
Administrativa, en Materia Especial de Ordinaria, contra el
ESTADO DE HONDURAS, a través de la CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA. Que la Parte Demandante “demanda para la
nulidad parcial de un acto administrativo particular por infracción
del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de formalidades
esenciales exceso y desviación de poder, que se reconozca la
situación jurídica individualizada por la reclasificación de mi
grado salarial, reduciéndolo de la categoría 10 a la categoría 8 de
la que fui objeto; y como medida para el pleno restablecimiento
de mis derechos que se ordene a través de sentencia definitiva
la restitución a mi grado salarial como técnico especializado i,
código 6301, grado salarial 10, asignado a la Inspectoría General
de tribunales del Poder Judicial, Departamento de Francisco
Morazán, y a título de daños y perjuicios el reajuste del pago
de los salarios menoscabados con todos los aumentos, pago de
vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás
beneficios colaterales, todo ello desde la fecha 01 de marzo de
2012 en que se me reclasificó el grado salarial, disminuyéndolo de
la categoría 10 a la 8, hasta que se ejecute la sentencia definitiva
que declare con lugar mi pretensión. Se acompañan documentos.
Costas del juicio.”
ABG. ANA MARIA COLINDRES PINEDA
SECRETARIA ADJUNTA
7 J. 2026
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIALDE
SANTA ROSA DE COPÁN
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la
solicitud de Título Supletorio, promovida por el señor JUAN
MANUEL ORTEGA TORRES, quien es mayor de edad,
casado, hondureño, agricultor, con Documento Nacional de
Identificación número: 0405-1991-00220, con domicilio en Los
Cedros, jurisdicción del Municipio de Corquín, Departamento
de Copán, es dueño de un terreno ubicado denominado Los
Cedros, jurisdicción del Municipio de Corquín, Departamento
de Copán, con una extensión superficial de CINCO PUNTO
VEINTISIETE MANZANAS (5.27 MZS), el cual posee
las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Gloria
Esperanza Franco; AL SUR, colinda con Natividad Moreno; AL
ESTE, colinda con José Ovidio Cardoza; AL OESTE, colinda
con Zoila Torres. Representa el Abogado CARLOS ROBERTO
ALVARADO ANDARA.
Santa Rosa de Copán, 04 de mayo del año 2026
ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO
SECRETARIA
7 J, 7 A., y 7 S. 2026
________
Número de Solicitud: 2024-8164
Fecha de presentación: 2024-12-12
Fecha de emisión: 18 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: COMPAÑÍA TELEVISORA HONDUREÑA S.A.
Domicilio: BULEVAR SUYAPA CONTIGUO A EMISORAS UNIDAS, HONDURAS,
CP 11101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ELA PATRICIA SARMIENTO PAREDES
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ExpoFamilia
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación
"ExpoFamilia" y la apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento, educación y
enseñanza, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
__________
LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
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PODER JUDICIAL
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
Tegucigalpa, M.D.C., 04 de mayo del 2026
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diez (10) de
abril del dos mil veintiséis (2026), compareció ante este juzgado
la Abogada ROSANGEL SANDOVAL CARRASCO, en su
condición de representante procesal de las señoras ESTEPHANY
SUSETH BANEGAS ALVARADO Y LINDA ESTEFANY
ARIAS DUBÓN, con orden de ingreso número 0801-2026-
00996 contra del ESTADO DE HONDURAS a través de la
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL, se
promueve demanda mediante procedimiento especial en materia de
personal para que se declaren no conformes a derecho y se anulen
los actos Administrativos de carácter particular consistentes en los
Acuerdos NO. ANSEC-053-2026 Y ANSEC-054-2026, ambos de
fecha trece (13) de marzo de dos mil veintiséis (2026), emitidos por
la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), mediante
los cuales se dispuso la cancelación de los nombramientos de las
señoras Estephany Suseth Banegas Alvarado y Linda Estefany
Arias Durón; se solicita el reconocimiento de una situación jurídica
individualizada y la adopción de las medidas necesarias para su
pleno restablecimiento, consistentes en el reintegro a su cargo o
a otros de igual o mejor categoría, condiciones remuneración; el
pago de demás derechos laborales que les hubieren correspondido
durante el tiempo en que permanecieron ilegalmente separadas
del cargo, incluyendo incrementos salariales, quinquenios,
decimotercer mes, decimocuarto mes, vacaciones ordinarias,
vacaciones adeudadas y demás beneficios, inherentes al cargo,
desde la fecha de efectividad del acto impugnado hasta su efectivo
reintegro; indemnización derivada de la afectación a su relación
previsional con el Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de
los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (INJUPEMP),
consistente en que una vez firme la sentencia, se condene al Estado
al pago de las cuotas patronales y aportaciones correspondientes
a todo el periodo en que permanecieron ilegalmente separadas
del cargo, a efecto de no afectar su historial de cotización ni su
derecho futuro a jubilaciones; se solicita remisión del expediente
administrativo; con especial condena en costas; se acompañan
documentos.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
7 J. 2026
Número de Solicitud: 2025-3277
Fecha de presentación: 2025-05-19
Fecha de emisión: 12 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: HONDUGRES S.A. DE C.V.
Domicilio: Colonia, Villa Eugenia, 14 Calle, Ave. Circunvalación, contiguo a City Mall,
San Pedro Sula, Cortés, Honduras, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ALEJANDRO JOSE CASTILLO HANDAL
E.- CLASE INTERNACIONAL (37)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Stone Gallery
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Stone Gallery" y
la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar protección a los términos por
separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de instalación y reparación de granito,
mármol, cuarzo, cuarcita, piedra sinterizada y porcelanato; e instalación reparación
y construcción de muebles de cocinas, baños, closets, grifería de baño y cocina, de
la clase 37.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
__________
Número de Solicitud: 2025-4987
Fecha de presentación: 2025-07-24
Fecha de emisión: 19 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: OSCAR IVAN MARTINEZ URBINA
Domicilio: BARRIO CABAÑAS AVENIDA 25 DE JULIO, A LA PAR DE
SUPERMERCADO CABAÑAS YORO, DEPARTAMENTO DE YORO, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUZ IDALIA GIRON
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LA COPANECA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "LA COPANECA" y la
apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la
misma no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Se comercializará productos varios de ferretería,
herramientas, equipos, máquinas, motores, productos varios para el agro, de la clase
35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
-- 16 of 56 --
9
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Marcas de Fábrica
Número de Solicitud: 2024-8344
Fecha de presentación: 2024-12-20
Fecha de emisión: 18 de julio de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA)
Domicilio: FIFA-Strasse 20, 8044 Zurich, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N 935157182 de fecha 26/06/2024 de Brasil.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (28)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Brazil 2027
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de uso de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Juegos y juguetes; bandas de resistencia para el
estiramiento de los dedos; pelotas y balones para deportes; juegos de mesa; mesas
para fútbol de mesa; réplicas de jerséis de fútbol miniatura para muñecos; muñecas
y animales de juguete; vehículos de juguete; rompecabezas; globos; juguetes
hinchables; naipes; confetis; artículos para gimnasia y deportes; aparatos de
gimnasia; equipo para el fútbol, a saber, balones de fútbol, guantes, protectores para
las rodillas, codos y hombros, protectores para las canillas y porterías de fútbol; muros
de porterías de fútbol; contenedores y bolsos deportivos adaptados para transportar
artículos deportivos; gorros de fiesta (juguetes); juegos electrónicos portátiles para
utilizar exclusivamente con receptores de televisión; palancas de mando [joysticks]
para videojuegos; aparatos de videojuegos; consolas para juegos; máquinas de
juegos portátiles con pantallas de cristal líquido; juegos electrónicos portátiles
excepto aquellos adaptados solo para su uso con receptores de televisión; mandos
para juegos; manubrios para videojuegos y alfombras de baile para videojuegos;
manos de espuma (juguetes); robots de juguete para entretención; videojuegos de
tipo recreativos; modelos a escala de aeronaves; juguetes para animales de compañía;
lotería de tarjetas para raspar; cometas; patines de ruedas; patinetes [juguetes];
monopatines; almohadillas de mandos de juegos y mandos de juego activados por
voz o accionados manualmente, de la clase 28.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5,22 J. y 7 J. 2026
________
Número de Solicitud: 2025-7536
Fecha de presentación: 2025-11-10
Fecha de emisión: 3 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: iFIT Inc.
Domicilio: 1500 South 1000 West, Logan, Utah 84321, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N 99463594 de fecha 27/10/2025 de Estados Unidos de América
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
IFIT TAILOR
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable para monitorear, analizar y
controlar el funcionamiento de equipos de ejercicio; software descargable en forma
de aplicación móvil para que los usuarios participen en clases e instrucciones de
ejercicio y acondicionamiento físico en línea; software descargable en forma
de aplicación multimedia interactiva para que los usuarios participen en clases e
instrucciones de ejercicio y acondicionamiento físico; programas informáticos
descargables que utilizan inteligencia artificial para ofrecer clases e instrucciones de
ejercicio y acondicionamiento físico, así como rutinas personalizadas de ejercicio y
acondicionamiento físico basadas en las preferencias y el rendimiento del usuario;
aplicaciones web descargables que utilizan inteligencia artificial para ofrecer clases e
instrucciones de ejercicio y acondicionamiento físico, así como rutinas personalizadas
de ejercicio y acondicionamiento físico basadas en las preferencias y el rendimiento
del usuario; aplicaciones web descargables que utilizan inteligencia artificial para el
seguimiento de información, el acceso a instrucciones y la transmisión de contenido
en los ámbitos de la salud, el bienestar, el acondicionamiento físico, el ejercicio y la
nutrición, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5,22 J. y 7 J. 2026
________
Número de Solicitud: 2025-7537
Fecha de presentación: 2025-11-10
Fecha de emisión: 3 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: iFIT Inc.
Domicilio: 1500 South 1000 West, Logan, Utah 84321, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N° 99463594 de fecha 27/10/2025 de Estados Unidos de América
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
IFIT TAILOR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de TAILOR de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Proporcionar el uso temporal de software
informático en línea, sin necesidad de descarga, que utiliza tecnología de inteligencia
artificial para la instrucción en acondicionamiento físico y ejercicio; proporcionar una
plataforma web con software sin necesidad de descarga para la entrega y gestión de
contenido de instrucción en acondicionamiento físico y ejercicio; proporcionar el uso
temporal de software sin necesidad de descarga para generar rutinas personalizadas
de acondicionamiento físico y ejercicio basadas en las preferencias del usuario y los
datos de rendimiento; proporcionar una plataforma web sin necesidad de descarga
para la integración de algoritmos de inteligencia artificial para analizar los datos
del usuario y personalizar programas de acondicionamiento físico y ejercicio;
proporcionar el uso temporal de aplicaciones de software basadas en la web para el
seguimiento de información, el acceso a la instrucción y la transmisión de contenido
en los ámbitos de la salud, el bienestar, el acondicionamiento físico, el ejercicio y la
nutrición, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5,22 J. y 7 J. 2026
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de TAILOR de forma separada
-- 17 of 56 --
10
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2023-7724
Fecha de presentación: 2023-12-06
Fecha de emisión: 9 de julio de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM INC.
Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
YUMMI POPS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "YUMMI POPS" en su
conjunto no se da protección a la letra "R".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Harinas y preparaciones a base de cereales;
pan; productos de pastelería y confitería; chocolate; palomitas de maíz;
saborizados; palomitas de maíz con sabor a queso, caramelo, con chile,
crema y especias; palomitas de maíz para hacer en microondas, de la clase
30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
__________
Número de Solicitud: 2025-295
Fecha de presentación: 2025-01-16
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM INC.
Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
YUMMIES
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Snacks o boquitas a base de maíz,
extruidos de maíz, harina de papa; almidón de papa, palomitas de maíz,
dulce, chocolates, barras de cereales, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Número de Solicitud: 2025-294
Fecha de presentación: 2025-01-16
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ADVANCED TOTAL MARKETING SYSTEM INC.
Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
YUMMIES
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Snacks o boquita a base de plátano, yuca,
malanga, papa; snacks a base de chicharrón de cerdo, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
__________
Número de Solicitud: 2025-2354
Fecha de presentación: 2025-04-09
Fecha de emisión: 14 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: RESEARCH & DEVELOPMENT MARKETING INC.
Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
PATRICIA EUGENIA YANES ARIAS
E.- CLASE INTERNACIONAL (31)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ALTIMA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Frutas y verduras; hortalizas y legumbres
frescas, de la clase 31.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 18 of 56 --
11
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-3580
Fecha de presentación: 2025-05-29
Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Saval Costa Rica S.A.
Domicilio: 500 metros al Sur del cruce de Taras sobre la autopista Florencio del Castillo,
Cartago, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Armonara
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparado farmacéutico a base de ashwagandha
para aliviar trastornos del sueño, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Número de Solicitud: 2025-8427
Fecha de presentación: 2025-12-17
Fecha de emisión: 12 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Corteva Agriscience LLC
Domicilio: 9330 Zionsville Road, Indianapolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BRIMVALY
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Insecticidas para uso agrícola, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Número de Solicitud: 2025-5560
Fecha de presentación: 2025-08-14
Fecha de emisión: 5 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Johnson & Johnson
Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey 08933-7001,
Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
INDWELRIS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparato médico para introducir preparaciones
farmacéuticas en el cuerpo humano; dispositivo médico implantable para introducir
preparaciones farmacéuticas en el cuerpo humano; dispositivo implantable de
administración de fármacos, de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Número de Solicitud: 2025-5301
Fecha de presentación: 2025-08-05
Fecha de emisión: 5 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante:Apple Inc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°. 99297220 de fecha 22/07/2025 de Estados Unidos de América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
S SHAZAM
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "S SHAZAM" sin dar
exclusividad sobre la letra S. Se otorga protección de la apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Programas (software) para reconocimiento e
identificación de audio y música; bases de datos que contienen archivos de música
grabados descargables; contenido descargable de audio, vídeo y multimedia;
programas (software) de juegos de computadora con concursos de música; programas
(software) de computadora que permite a los espectadores de programas de radio,
televisión o streaming o contenido de entretenimiento audiovisual o información
acceder en línea o a través de un teléfono móvil o computadora, a contenido de
entretenimiento audiovisual o información interactivo o a proveedores de servicios
minoristas; programas (software) para acceder a información relacionada con
música y contenido de audio y visual; programas (software) que permite descubrir,
interactuar con y compartir audio, vídeo o multimedia, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 19 of 56 --
12
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2024-7772
Fecha de presentación: 2024-11-25
Fecha de emisión: 13 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Reckitt & Colman (Overseas) Hygiene Home Limited
Domicilio: 103-105 Bath Road, Slough, Berkshire, SL1 3UH, Reino Unido.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MORTEING.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bobinas eléctricas; módulos de carga
electrónica para el control de dispositivos dispensadores de insecticida;
sistemas automáticos de temporización para aparatos eléctricos
dispensadores; sensores electrónicos para activación de dispensadores de
insecticida, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Número de Solicitud: 2025-4124
Fecha de presentación: 2025-06-20
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft
Domicilio: Kaiser Wilhelm-Alle, 51373 Leverkusen, Alemania.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 019123392 de fecha 20/12/2024 de Unión Europea.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ARNUVEQS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparados farmacéuticos para el
tratamiento de la helmintiasis transmitida por el suelo y la oncocercosis;
farmacéuticos (productos-), en concreto antihelmíntica, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Número de Solicitud: 2025-3888
Fecha de presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 23 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Controladora Vuela Compañía de Aviación, S.A.B. de C.V.
Domicilio: Av. Antonio Dovalí Jaime No. 70, Torre B, piso 13, Col. Zedec Santa
Fé, Alcaldía, Álvaro Obregón, C.P.01210, Ciudad de México, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
altitude by volaris
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "altitude by
volaris" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto sin dar protección a los
términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software; software (programas grabados)
y software (aplicación descargable) para otorgar recompensas a usuarios de
servicios de transporte aéreo de pasajeros, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Número de Solicitud: 2025-6065
Fecha de presentación: 2025-09-11
Fecha de emisión: 27 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Health Research Services GmbH
Domicilio: 76698 Ubstadt-Weiher, Hofaeckerstrasse 14, Alemania.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ERr 731
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto,
sin dar exclusividad de uso de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones a base de plantas para
el tratamiento de los síntomas de la menopausia; suplementos dietéticos
para el alivio de los síntomas de la menopausia; suplementos naturales
para el alivio de los sofocos y el apoyo del equilibrio hormonal durante la
perimenopausia y la menopausia, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 20 of 56 --
13
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-4614
Fecha de presentación: 2025-07-11
Fecha de emisión: 9 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS PROVET S.A.S
Domicilio: Autopista Medellín Km 7, Unidad 77, Celta Trade Park, Funza-
Cundinamarca, Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CANISAN D
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos p
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - PARASITEX
Registro de la Propiedad Industrial
ara fines veterinarios,
especialmente contra parásitos internos en perros y gatos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - MEDIGRAY ASTENOLIT
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5379
Fecha de presentación: 2025-08-07
Fecha de emisión: 18 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES ORIDAMA S.A.
Domicilio: San Miguel de Desamparados, calle Sabanillas, frente a la
Urbanización Pradera Encantada, San José, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MEDIGRAY ASTENOLIT
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de consumo
humano; utilizado para la prevención de estados carenciales de vitaminas y
aminoácidos, dietas desequilibradas, de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - SINGAP
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4621
Fecha de presentación: 2025-07-11
Fecha de emisión: 10 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS PROVET S.A.S
Domicilio: Autopista Medellín Km. 7, Unidad 77, Celta Trade Park, Funza-
Cundinamarca, Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SINGAP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para eliminar animales dañinos,
de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - RICO 12
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4620
Fecha de presentación: 2025-07-11
Fecha de emisión: 10 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LABORATORIOS PROVET S.A.S
Domicilio: Autopista Medellín Km. 7, Unidad 77, Celta Trade Park, Funza-
Cundinamarca, Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RICO 12
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma
conjunta "RICO 12" sin dar exclusividad de la numerología y de los demás
elementos denominativos representado en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamentos para fines veterinarios para
tratar enfermedades como anemias, debilidad e inapetencia, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 21 of 56 --
14
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - MYKA (Clase 35)
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-3099
Fecha de presentación: 2024-05-14
Fecha de emisión: 13 de mayo de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: MYKA FROZEN YOGURT, S.L.
Domicilio: José Ortega y Gasset 44, 28006, Madrid. España, España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MYKA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MYKA" y la
apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen
en la misma no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización de
helados a base de yogurt; servicios de gestión de negocios comerciales;
administración de instalaciones de operaciones técnicas; franquiciamiento
en la forma de provisión de asistencia técnica en el establecimiento y/o
operación de heladerías y restaurantes, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
__________
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - MYKA (Clase 43)
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-3100
Fecha de presentación: 2024-05-14
Fecha de emisión: 30 de junio de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: MYKA FROZEN YOGURT, S.L.
Domicilio: José Ortega y Gasset 44, 28006, Madrid. España, España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MYKA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MYKA".- No se
protegen "GREEK FROZEN YOGURT" presente en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimientos para comer helados;
servicios prestados o asociados con la operación de franquicia de heladerías
y otros establecimientos o facilidades que se ocupan de proveer comida y
bebidas preparadas para consumo, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5,22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - GENFAR
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-6389
Fecha de presentación: 2024-09-27
Fecha de emisión: 9 de abril de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GENFAR, S.A.
Domicilio: Avenida Carrera 68 # 17-64, zona Industrial Montevideo, Bogotá, D.C.
Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GENFAR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Se reivindica el color rojo tal como es presentada la
etiqueta.
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de comercialización,
representación comercial, agencias de importación y exportación de
productos farmacéuticos, preparaciones farmacéuticas, medicinas para
salud humana y veterinaria, antibióticos, medicinas dermatológicas,
oftalmológicas, otológicas y homeopáticas, medicinas para la salud
animal y otras medicinas para defensa y protección de la salud humana y
veterinaria, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
__________
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - SUPREME
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-5231
Fecha de presentación: 2024-08-07
Fecha de emisión: 1 de abril de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HENRI SELMER PARIS.
Domicilio: 25 rue Maurice Berteaux, 78711 MANTES-LA-VILLE, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (15)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SUPREME
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Instrumentos musicales; cañas y boquillas
para instrumentos musicales; accesorios musicales, a saber, estuches para
instrumentos musicales y fundas protectoras para boquillas de instrumentos
musicales, de la clase 15.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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15
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - BASANT
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2622
Fecha de presentación: 2025-04-24
Fecha de emisión: 19 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: IMPORTADORA BASANT INTERNACIONAL S. DE R.L
Domicilio: Barrio Concepción, 3 avenida casa l140, calle l l y l 2, Comayagüela, Francisco
Morazán, CP 504. Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JOHANNA LIZETH FONSECA FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BASANT
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación "BASANT" y la
apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma
no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Venta y comercialización al por mayor y menor de
productos para terceros en particular artículos para el hogar, artículos del cuidado personal,
productos de belleza, cosméticos, utensilios domésticos, productos escolares, productos para
bebés, niños y niñas; servicios de promoción y representación comercial; servicios de gestión
de ventas; servicios de publicidad, marketing; servicios de organización con fines comerciales;
administración de negocios comerciales, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - Agrolenca
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3055
Fecha de presentación: 2025-05-12
Fecha de emisión: 5 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS LENCA,
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Domicilio: Barrio Abajo, Avenida Candelaria atrás del autobanco de Banco de Occidente,
lntibucá, Intibucá, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Karen Melissa Lopez Lemus
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Agrolenca
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación '"AGROLENCA" en su
conjunto y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso en forma separada
de palabras "AGRO" y "LENCA", los demás elementos denominativos contenidos en el
ejemplar de etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Compra y venta de productos y equipo agropecuarios,
accesorios agroindustriales e insumos; importación y exportación de productos; administración
directa o indirecta en actividades y operaciones lucrativas comerciales, agrícolas e industriales,
de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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16
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - RAMA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6320
Fecha de presentación: 2025-09-23
Fecha de emisión: 11 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Flora Food Global Principal B.V.
Domicilio: Beethovenstraat 551-7th floor, 1083 HK Amsterdam, Países Bajos.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RAMA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y
verduras en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos;
leche y productos lácteos; aceites y grasas para alimentos; productos para untar; productos
para untar de frutas, nueces, queso, queso crema y vegetales; productos lácteos y sustitutos
lácteos; productos lácteos para untar; productos lácteos para untar; productos lácteos para
untar bajos en grasa; productos para untar no lácteos; mantequilla; preparaciones de
mantequilla; sustitutos de mantequilla; mantequilla concentrada; mantequilla mezclada;
mantequillas saladas; mantequillas de semillas; mantequilla hecha de nueces; manteca de
cacao; mantequillas de nueces en polvo; margarina; sustitutos de la margarina; productos
para untar a base de grasas comestibles para pan; crema; crema agria; crema en polvo;
crema artificial (sustitutos de productos lácteos); alternativas y sustitutos de la crema:
leche y crema no lácteas; aceites y grasas comestibles; aceites de cocina; aceites de
nueces; aceites vegetales para alimentos; aceite y grasa de coco para alimentos; aceites
animales para alimentos; aceites comestibles derivados de pescado [excepto aceite de
hígado de bacalao]; aceite de soja para alimentos; aceites de semillas para alimentos;
aceites aromatizados; aceites de oliva; aceites especiados; aceite de mantequilla; aceites
mezclados para alimentos; aceites hidrogenados para alimentos; aceites endurecidos;
mantequilla clarificada; mantequilla para cocinar; mantequilla clarificada; salsas; salsas
lácteas; sustitutos de carne; sustitutos de carne vegetales y vegetales; pastas para untar de
carne; pastas para untar de carne; aperitivos de carne; pastas para untar vegetales; pastas
para untar de vegetales; aperitivos de vegetales; pastas para untar de queso; aperitivos
de queso; pastas para untar de frutos secos; pastas para untar de frutos secos; pastas para
untar compuestas principalmente de frutas; pastas para untar de coco; pastas para untar
de chocolate de coco; pastas para untar de naranja; pastas para untar con sabor a coco;
pastas para untar de cereza; pastas para untar de plátano; pastas para untar de leche de
arroz; aperitivos de frutas; aperitivos de frutas; bebidas lácteas; bebidas elaboradas con
productos lácteos; leche proteica; nata (productos lácteos); crema no láctea; blanqueadores
lácteos para bebidas; leche en polvo para fines nutricionales; cobertura batida a base de
lácteos; pudines y postres lácteos; yogur; yogures; bebidas y bebidas de yogur; bebidas
y bebidas a base de yogur; yogur para beber; postre de yogur; yogur de soja; yogur
saborizado; yogures estilo crema pastelera; yogur bajo en grasa; preparaciones para hacer
yogur; yogur hecho con leche de cabra; productos lácteos; suero de mantequilla; crema
de mantequilla; leche; batidos de leche; leche agria; cuajada de leche; leches saborizadas;
sólidos lácteos; leche en polvo; leche en polvo; leche de soja; bebidas y bebidas lácteas;
bebidas y bebidas a base de leche; bebidas y bebidas lácteas saborizadas; bebidas lácteas,
predominantemente de leche; leche de arroz; leche de oveja; leche de cabra; leche de vaca;
leche fermentada; leche evaporada; leche cuajada; leche condensada; leche de albúmina;
leche de avena; sucedáneos de la leche; bocadillos a base de leche; kéfir; kumiss [bebida
láctea]; leche de cáñamo usada como sustituto de la leche; postres artificiales a base de
leche; leche de almendras; leche de coco; leche de cacahuete; leche de avellana; leche
de anacardo; leches de frutos secos; aperitivos a base de frutos secos; barritas de frutas y
frutos secos; barritas de frutos secos y semillas; aperitivos a base de legumbres; aperitivos
a base de tofu; aperitivos a base de soja; aperitivos de algas comestibles; aperitivos a
base de proteínas; queso vegano; nata vegana; queso crema vegano; sucedáneos de queso
hechos con aceites vegetales; queso sin lactosa hecho con aceite vegetal; yogur con grasas
de origen vegetal; postre de yogur con grasas de origen vegetal; untables con grasas de
origen vegetal; sucedáneos de la leche con grasas de origen vegetal; postres a base de
sucedáneos de la leche; sustitutos de la mantequilla y la margarina con grasas de origen
vegetal; sustitutos de la nata con grasas de origen vegetal; proteína vegetal texturizada
formada para usar como sustituto de la carne; bebidas a base de soja usadas como
sustitutos de la leche; bebidas a base de leche; bebidas a base de leche de arroz; bebidas a
base de sustitutos de leche; bebidas a base de leche con sabor a chocolate; bebidas a base
de leche de arroz con sabor a chocolate; bebidas a base de sustitutos de leche con sabor a
chocolate; comidas preparadas que consisten principalmente en vegetales y sustitutos de
carne, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - GROUPAUTO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5730
Fecha de presentación: 2025-08-25
Fecha de emisión: 23 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GROUPAUTO INTERNATIONAL
Domicilio: 7 Avenue Georges Pompidou, 92300 Levallois-Perret, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GROUPAUTO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “GROUPAUTO” y la
apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad, gestión empresarial, asesoramiento empresarial,
información o consultas, y en particular asesoramiento en organización y gestión de empresas,
asesoramiento en gestión empresarial, análisis de precios de coste, servicios de asesoramiento
en gestión empresarial, estudio de mercado, investigaciones comerciales, estudios de mercado,
previsiones económicas, relaciones públicas, investigación con fines comerciales, estudios de
marketing, consultoría y estudios comerciales para la creación, desarrollo y gestión de redes y
rótulos comerciales, asesoramiento comercial sobre definición de política de redes comerciales
en cuanto a selección de proveedores, aprovisionamiento, logística y distribución, estudios para
asociaciones comerciales con otros, selección de personal; venta, venta al por menor, venta al por
mayor, venta por internet y venta por correo de repuestos para automóviles y camiones, aceites y
grasas industriales, lubricantes, productos para absorber aceite, combustibles (incluida gasolina
para motores) e iluminadores, bujías, brocas, incluidos aditivos no químicos para combustibles,
combustibles que contienen alcohol, benceno, bencina, benzol, productos para quitar el polvo,
sistemas de turboinyección, arrancadores, sistemas de inyección de motores diésel y de gasolina,
radiadores, cojinetes, válvulas, cabrestantes, prensas hidráulicas, baterías, zumbadores, alarmas,
hidrómetros, baterías, supresores, aparatos de soldadura eléctrica, balizas, bobinas eléctricas,
cajas de conexiones, carcasas para altavoces, tapones indicadores de presión para válvulas,
señales antiniebla, cables, fusibles, luces intermitentes, interruptores, medidores, conductores
eléctricos, conectores, aparatos de control eléctrico, controladores de velocidad para vehículos,
aparatos de diagnóstico, dinamómetros, cuentakilómetros para vehículos, señales, dispositivos
de equilibrado, extintores, fusibles, fundas para cables eléctricos, medidores de gas, altavoces,
indicadores eléctricos, medidores, baterías, cuentarrevoluciones, triángulos de advertencia,
radares, radios, aparatos para cargar dispositivos eléctricos, controladores, cerraduras eléctricas,
productos de señalización, dispositivos de advertencia antirrobo, comprobadores, básculas para
pintura, aparatos fijos o móviles de distribución de grasa, aparatos fijos o móviles de distribución
de aceite, aparatos de recuperación de aceite, acumuladores, analizadores de gases, PLC para
probar y mantener las funciones de un vehículo, bancos de prueba, baterías y cargadores de
baterías, acumuladores de calor, aparatos de acetileno, dispositivos para enfriar y acondicionar
el aire en vehículos, filtros de aire, bombillas, dispositivos antivaho, antideslumbrantes y
anticongelantes, luces de automóviles, faros, tapones de radiador, instalaciones de calefacción
para vehículos, aire acondicionado para vehículos, desempañadores, equipos de iluminación
para vehículos, radiadores eléctricos, lámparas reflectoras, calentadores, sistemas de aire
acondicionado, vehículos, aparatos para locomoción terrestre, todos los accesorios y repuestos
para vehículos, especialmente, amortiguadores (muelles), amortiguadores, dispositivos
antideslizantes, antideslumbrantes y antirrobo, reposacabezas, transmisión ejes, enganches de
remolque, capós, carrocerías para vehículos, cadenas, chasis, parachoques, persianas, alarmas,
válvulas para neumáticos, bandas de rodadura para neumáticos recauchutados, barras de torsión,
ruedas de carro, carrocerías de camiones, cajas de cambios, tapones para tanques, parabrisas,
capós para vehículos, engranajes, cinturones de seguridad, tubos, orugas, circuitos hidráulicos,
convertidores de par, intermitentes, motores eléctricos, embragues, engranajes, tapacubos,
neumáticos, máquinas balanceadoras de ruedas, ejes, cojinetes de eje, limpiaparabrisas, forros
de freno, zapatas de freno, segmentos de freno, frenos, bandas para cubos de rueda, cubiertas,
llantas, estribos, parasoles, mecanismos de propulsión, remolques, tanques, espejos retrovisores,
ruedas, trenes de automóviles, transmisiones, turbinas, contrapesos para ruedas, puertas, asientos,
volantes, ventanas, alarmas, alternadores, carburadores, compresores de aire, condensadores,
cojinetes, culatas, bicicletas, alerones, equipo de motor, bombas de aire para vehículos, camiones,
elevadores, techos solares, sistemas de turboinyección, arrancadores, sistemas de inyección de
combustible para motores diésel y gasolina, radiadores, cojinetes, válvulas, cabrestantes, prensas
hidráulicas, baterías, zumbadores, alarmas, alcoholímetros, baterías, supresores, dispositivos de
soldadura eléctrica, balizas, bobinas eléctricas, cajas de conexión, cajas de altavoces, indicadores
de presión para válvulas, señales antiniebla, cables, fusibles, luces intermitentes, interruptores,
medidores, conductores eléctricos, conectores, aparatos de control eléctrico, controladores
de velocidad para vehículos, aparatos de diagnóstico, dinamómetros, cuentakilómetros para
vehículos, señales, dispositivos de equilibrado, extintores, fusibles, fundas para cables eléctricos,
medidores de gas, altavoces, indicadores eléctricos, medidores, baterías, tacómetros, triángulos
de advertencia, radares, radios, cargadores para dispositivos eléctricos, controladores, cerraduras
eléctricas, productos de señalización, dispositivos de advertencia contra robos, dispositivos de
monitoreo, básculas para pintura, estacionarios de dispositivos móviles de distribución de grasa,
estacionarios de dispositivos móviles de distribución de aceite, dispositivos de recuperación de
aceite, acumuladores, analizadores de gases, controladores lógicos programables para probar
y mantener las funciones de un vehículo, bancos de pruebas, baterías y cargadores de baterías,
sellos, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 24 of 56 --
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - FRANCIS APPAREL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6992
Fecha de presentación: 2025-10-22
Fecha de emisión: 4 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: FRANCIS APPAREL, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: Parque Zip Choloma, frente a Mall Las Américas, calle principal
entrada a Colonia La Mora, Choloma, Cortés, CP 2112, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
MELANIE GRISSELLE SEGURADO DIEK
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FRANCIS APPAREL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.
sin dar exclusividad de uso de forma separada. No se otorga protección de
los demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores presentados en la etiqueta.
J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir ya sea de hombre, mujer
y niño de fibra natural o sintética, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - COFFEE COLORS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-8209
Fecha de presentación: 2024-12-13
Fecha de emisión: 27 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: COFFEE COLORS S.A. DE C.V.
Domicilio: SECTOR LAS CIDRAS, CARRETERA HACIA GRACIAS,
LEMPIRA, CP 41101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ENRIQUE PALMA VILLEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
COFFEE COLORS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “COFFEE
COLORS” en su conjunto, sin dar protección a los términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a los servicios
de cafetería, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - CAPYBARA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2910
Fecha de presentación: 2025-05-06
Fecha de emisión: 25 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ALMACENES EL TITAN S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
DANILO DELGADO MONTES
E.- CLASE INTERNACIONAL (18)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CAPYBARA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Mochilas, de la clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - SAN - A
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-5849
Fecha de presentación: 2023-09-14
Fecha de emisión: 2 de junio de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ALMACENES XTRA, S.A.
Domicilio: BOULEVARD SUYAPA CONTIGUO A TORRES METRÓPOLIS,
Tegucigalpa, CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LIZETTE AMALIA GOMEZ ROBLEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SAN - A
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación
“SAN - A” y la apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Gel de manos antibacterial, jabón líquido
de manos antibacterial, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 25 of 56 --
18
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Volaris Points
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3892
Fecha de presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 28 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Controladora Vuela Compañía de Aviación, S.A.B. de C.V.
Domicilio: Av. Antonio Dovalí Jaime, No. 70, Torre B, piso 13, Col. Zedec Santa
Fé, Alcaldía, Álvaro Obregón, C.P. 01210, Ciudad de México, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Volaris Points
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “Volaris Points”
en su conjunto, sin dar protección a los términos por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software; software (programas grabados)
y software (aplicación descargable) para otorgar recompensas a usuarios de
servicios de transporte aéreo de pasajeros, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - YETI
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6173
Fecha de presentación: 2025-09-16
Fecha de emisión: 11 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: YETI Coolers, LLC.
Domicilio: 7601 Southwest Parkway, Austin, TX 78735, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 99143187 de fecha 17/04/2025 de Estados Unidos de
América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (20)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
YETI
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Espuma plástica y materiales poliméricos
en formas preformadas, con diseños de siluetas para equipos, utilizados
para el transporte y almacenamiento de estos productos; espuma plástica
y materiales poliméricos en forma de insertos modulares moldeados
entrelazados para disponer en diseños personalizados para equipos,
utilizados para el transporte y almacenamiento de estos productos, de la
clase 20.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - RUPANEW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2026-1157
Fecha de presentación: 2026-02-20
Fecha de emisión: 27 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Newport Pharmaceutical of Costa Rica S.A.
Domicilio: Barrio Francisco Peralta, de la Casa Italia, 100 metros Sur, 100
Metros Este y 50 metros Sur, Casa #1054, San José, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RUPANEW
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento
de la rinitis alérgica y urticaria, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - KEYNOTE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2536
Fecha de presentación: 2025-04-22
Fecha de emisión: 20 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Johnson & Johnson
Domicilio: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, New Jersey 08933-
7001, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 99102444 de fecha 25/03/2025 de Estados Unidos de
América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
KEYNOTE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos médicos y
quirúrgicos para la prensión, disección, transección, sellado y hemostasia
de tejidos, de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
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Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Barcyk
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-4451
Fecha de presentación: 2024-07-05
Fecha de emisión: 21 de febrero de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Químico - Farmacéuticos Lancasco, S.A.
Domicilio: 2 calle 14-90, zona 18, Colonia Lavarreda, Ciudad de
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Barcyk
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para
tratar padecimientos del Sistema Nervioso Central, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - MALVAXIN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2023-7650
Fecha de presentación: 2023-11-30
Fecha de emisión: 8 de enero de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: BHARAT BIOTECH INTERNATIONAL LIMITED.
Domicilio: Genome Valley, Turkapally, Shameerpet, Hyderabad -
500078, Telangana, India.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Maria Isabel Martínez Corea
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MALVAXIN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso
humano, específicamente, vacunas contra la malaria, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - TURFAN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6666
Fecha de presentación: 2025-10-09
Fecha de emisión: 16 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Químico-Farmacéuticos Lancasco, S.A.
Domicilio: 2 calle 14-90, zona 18, Colonia Lavarreda, Ciudad de
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TURFAN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos
específicamente para tratar enfermedades del sistema nervioso, de
la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - DURMAZ
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6667
Fecha de presentación: 2025-10-09
Fecha de emisión: 5 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Químico-Farmacéuticos Lancasco, S.A.
Domicilio: 2 calle 14-90, zona 18, Colonia Lavarreda, Ciudad de
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DURMAZ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos
específicamente para tratar enfermedades del sistema respiratorio,
de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - LUIGI
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4344
Fecha de presentación: 2025-06-30
Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DERIVADOS DE LOS LÁCTEOS, S.A. DE C.V. (DELASA).
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HECTOR ANTONIO FERNANDEZ PINEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LUIGI
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “LUIGI” y la
apariencia de la etiqueta. No se le da protección a los demás elementos
denominativos que aparecen en la etiqueta
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad para salsa para
pizza; promoción de productos alimenticios mediante todos los medios de
difusión; marketing y estrategias comerciales en el sector alimentario, de
la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - MULTICAP
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6141
Fecha de presentación: 2025-09-12
Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS ECOVITA, S. DE RL DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MULTICAP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones desinfectantes en
forma líquida o concentrada en gel y aerosol, destinadas a la limpieza,
desinfección y eliminación de bacterias y gérmenes en superficies de uso
doméstico, institucional e industrial, incluyendo baños, inodoros, lavabos,
pisos, cocinas, encimeras, muebles, utensilios de cocina y áreas comunes,
adecuadas para uso general multipropósito en establecimientos domésticos,
comerciales e industriales, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - PLAZA FLORESSE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6794
Fecha de presentación: 2025-10-15
Fecha de emisión: 12 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: PERLA RUBI RODRIGUEZ BAIRES
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PLAZA FLORESSE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PLAZA
FLORESSE” en su conjunto, sin dar exclusividad sobre la palabra
“PLAZA”. Se otorga protección sobre la apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios inmobiliarios; servicios de
agencia inmobiliaria; administración de bienes inmuebles; alquiler de
locales comerciales; alquiler de predios; cobro de alquileres, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - PLAZA FLORESSE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6795
Fecha de presentación: 2025-10-15
Fecha de emisión: 12 de enero de 2026
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: PERLA RUBI RODRIGUEZ BAIRES
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PLAZA FLORESSE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PLAZA
FLORESSE” en su conjunto, sin dar exclusividad sobre la palabra
“PLAZA”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial que funciona
como un centro comercial que alberga varios comercios de todo tipo de
productos, mercancías y servicios, así como directamente a la prestación de
servicios relacionados con la actividad inmobiliaria, también actividades
de financiamiento, ventas al contado y al crédito, promoción de productos
y servicios dentro y fuera de las tiendas incluyendo ferias comerciales y
ventas de descuento en general, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - SYLT PROFESSIONAL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-8109
Fecha de presentación: 2024-12-10
Fecha de emisión: 15 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUIDORA CUSCATLAN, S.A. DE C.V.
Domicilio: l a. calle Poniente y 4a. Avenida Norte, Número 1-7, Santa Tecla, Departamento
de La Libertad, El Salvador, El Salvador.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HECTOR ANTONIO FERNANDEZ PINEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SYLT PROFESSIONAL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SYLT PROFESSIONAL”
en su forma conjunta; sin dar exclusividad de uso de la palabra PROFESSIONAL.
No se protegen demás elementos denominativos “salon recommended”, contenidos
en el ejemplar de etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos cosméticos y preparaciones de tocador
no medicinales; productos de perfumería, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - THE WELLNESS LAB
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7257
Fecha de presentación: 2024-11-06
Fecha de emisión: 6 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES Y DESARROLLO CORPORATIVO, S.A. DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (44)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
THE WELLNESS LAB
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación “THE
WELLNESS LAB”, sin dar exclusividad de uso de las palabras en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tratamientos faciales y corporales;
servicios de peluquería y barbería; servicios de depilación; terapias de masajes y
relajación; servicios de spa; servicios de fisioterapia y rehabilitación; tratamientos
de medicina estética (sin intervención quirúrgica); servicios de nutrición y dietética;
terapias alternativas, como acupuntura y reflexología, de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - TOP FLOWERS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4632
Fecha de presentación: 2025-07-11
Fecha de emisión: 26 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: PERLA RUBI RODRIGUEZ BAIRES
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TOP FLOWERS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “TOP FLOWERS” en su forma
conjunta, así como la apariencia de su etiqueta sin dar exclusividad de uso a las palabras “Top y
Flowers” de forma separada, los demás elementos denominativos no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por menor y al por mayor, en
establecimientos físicos y a través de medios electrónicos o digitales, de arreglos florales
elaborados con flores naturales combinadas y preparadas; comercialización de productos
complementarios para regalo, tales como vinos, chocolates, peluches, frutas, globos decorativos
con y sin helio de diferentes tamaños, formas y colores, tarjetas de felicitación, cajas
personalizadas y artículos para celebraciones: servicios de distribución, promoción, importación,
exportación, intermediación y comercialización de los productos antes descritos; servicios de
organización, administración y gestión de negocios comerciales relacionados con floristerías y
regalos; servicios de asesoramiento en ventas, promoción de productos, atención al cliente y
fidelización en el ámbito del comercio de flores, arreglos y artículos para ocasiones especiales,
de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - TOP FLOWERS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4631
Fecha de presentación: 2025-07-11
Fecha de emisión: 26 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: PERLA RUBI RODRIGUEZ BAIRES
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TOP FLOWERS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “TOP
FLOWERS” sin dar exclusividad de las palabras en su forma separada
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: La finalidad de la empresa establecimiento mercantil dedicado
a la elaboración, distribución y venta de arreglos con flores naturales preparadas y combinadas
de todo tipo, acompañados de vinos, chocolates, peluches, frutas y otros productos, también
dedicado a la prestación del servicio de decoración con arreglos florales y accesorios para todo
tipo de eventos públicos y privados, como ser cumpleaños, baby showers, bautizos, aniversarios,
bodas, graduaciones, también dedicado a la venta y comercialización de globos con y sin helio
de diferentes tamaños, formas y colores, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 29 of 56 --
22
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - VIXAZINA XR
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-2572
Fecha de presentación: 2024-04-24
Fecha de emisión: 14 de julio de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: MEGA LABS S.A.
Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio MegaPharma,
piso 3,14.000, Canelones, Uruguay, Uruguay.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSÉ CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
VIXAZINA XR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto
“VIXAZINA XR”, sin otorgar exclusividad de uso sobre el término “XR”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento de trastornos del sistema nervioso central, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Celsius (Figurativa)
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7988
Fecha de presentación: 2024-12-05
Fecha de emisión: 12 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Celsius Holdings, Inc.
Domicilio: 2424 North Federal Hwy Suite 208 Boca Raton Florida 33431
United States of America, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSÉ CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones dietéticas; complementos
dietéticos; complementos dietéticos y nutricionales; complementos
homeopáticos; complementos a base de hierbas; complementos
nutricionales en polvo para elaborar bebidas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - United Way Worldwide
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3608
Fecha de presentación: 2025-06-02
Fecha de emisión: 18 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: United Way Worldwide
Domicilio: 70l N. Fairfax Street Alexandria, Virginia 22314 United States of
America, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios benéficos en el ámbito de
donaciones monetarias para organizaciones de servicios humanos; servicios
benéficos, a saber, planificación, coordinación y provisión de fondos para
la salud, el bienestar, la recreación y otros servicios de atención humana
y servicios sociales; servicios benéficos en el ámbito de donaciones
monetarias para la salud, el bienestar, la recreación y otros servicios de
atención humana y servicios sociales, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - 7UP
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-1726
Fecha de presentación: 2024-03-12
Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: PORTFOLIO CONCENTRATE SOLUTIONS UNLIMITED
COMPANY
Domicilio: 5 Eastgate Road, Eastgate Business ParkLittle Island, Co.
CorkIreland, Irlanda.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
7UP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas gaseosas con alcohol, aguas
carbonatadas con alcohol, bebidas a base de vino, bebidas alcohólicas a base
de caña de azúcar, bebidas alcohólicas de malta fermentada aromatizadas
(excepto cervezas), bebidas alcohólicas premezcladas que no sean a base
de cerveza, bebidas alcohólicas que contienen frutas, ron, whiskey, ginebra,
vino, sidras, sake, esencias y extractos alcohólicos (excepto de cerveza)
para preparar bebidas, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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La G aceta
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Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Gut500
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2322
Fecha de presentación: 2025-04-08
Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Blue Star Pharma Group, S.A.
Domicilio: Oceanía Business Plaza, Torre 1000, Piso 33, Oficina 33A, Panamá,
Panamá
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Rodrigo José Cano Bonilla
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Gut500
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Probióticos y productos con indicación
para problemas gastrointestinales, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - AIRALO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5809
Fecha de presentación: 2025-08-28
Fecha de emisión: 10 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: AirGSM Pte. Ltd.
Domicilio: 6 Raffles Boulevard #03-308 Marina Square Singapore 039594
Singapore, Singapur.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 202500801 de fecha 16/04/2025 de
Irlanda.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AIRALO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de acceso a telecomunicaciones;
servicios de comunicación por telefonía móvil; servicios de
telecomunicaciones, es decir, transmisión eléctrica, digital, celular e
inalámbrica de voz, datos, información, imágenes, señales y mensajes;
proporcionar conexiones de telecomunicaciones a través de una red de
comunicaciones global; correo electrónico, buzón de voz y servicios de
mensajería; teleconferencia de audio y vídeo; programas informáticos
destinados al funcionamiento y acceso a sistemas de telecomunicaciones,
de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Pascual
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7792
Fecha de presentación: 2024-11-26
Fecha de emisión: 16 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LÁCTEOS DE FUENTEMIZARRA, S.L.U.
Domicilio: Carretera de Palencia, s/n; 09400 Aranda de Duero; Burgos, España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Pascual
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “Pascual” y la
apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos presentes en
la misma no se protegen
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Yogur estilo griego; yogures con sabor a
fruta estilo griego; yogures para beber estilo griego, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ALIBARBAR
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5710
Fecha de presentación: 2025-08-22
Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HONGKONG VANLIEW TECHNOLOGY CO., LIMITED.
Domicilio: Room 9042, 9th Floor, Block B, Chung Mei Centre, 15-17 Hing Yip
Street, Kwun Tong, Kowloon, Hong Kong, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (34)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ALIBARBAR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: La marca se considera como tipo de signo
denominativo
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco; tabaco de mascar; puros;
cigarrillos; shishas; vaporizadores bucales para fumadores; pitilleras;
aromatizantes, que no sean aceites esenciales, para cigarrillos electrónicos;
cigarrillos electrónicos; soluciones líquidas para cigarrillos electrónicos,
de la clase 34.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - WCS SOLUCIONES
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7818
Fecha de presentación: 2025-11-21
Fecha de emisión: 6 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: WCS SOLUCIONES S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: COLONIA ZERON, 23 AVENIDA, 9 Y 10 CALLE, SAN PEDRO
SULA, CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
WCS SOLUCIONES
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “WCS
SOLUCIONES” en su forma conjunta, sin dar exclusividad de uso sobre la
palabra “SOLUCIONES” de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la
comercializacion y manufactura de equipo de construcción, herramientas,
adhesivos, aditivos y sistemas de construcción, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - BESAFE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3793
Fecha de presentación: 2025-06-06
Fecha de emisión: 27 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: V&M DE HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE
Domicilio: Boulevard del Sur, frente a estación de bomberos, sector S.O. San
Pedro Sula, Cortés, Honduras, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BESAFE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga protección sobre el símbolo ®
consignado en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, calzado, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - V&M DE HONDURAS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3696
Fecha de presentación: 2025-06-04
Fecha de emisión: 25 de julio de 2025
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: V&M DE HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE
Domicilio: Boulevard del Sur, frente a estación de bomberos, sector S.O. San
Pedro Sula, Cortés, Honduras, Honduras, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
V&M DE HONDURAS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad sobre el término
“HONDURAS”
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: La finalidad de la empresa:
Comercialización de productos de seguridad industrial, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - CREDIBUENO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3746
Fecha de presentación: 2025-06-05
Fecha de emisión: 19 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: CREDIBUENO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Domicilio: BARRIO GALERAS, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA,
DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JORGE ALBERTO RUIZ GARCIA
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CREDIBUENO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado al
otorgamiento de préstamos, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - IntraBio (Figurativa)
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2497
Fecha de presentación: 2025-04-22
Fecha de emisión: 30 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: IntraBio Inc.
Domicilio: 201 W 5th Street Suite 100 Austin, Texas 78701, U.S.A., Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 98833,266 de fecha 01/11/2024 de Estados Unidos de América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Color azul 551 C, color verde 7494 C y color rosa 487
C, se reivindican como característica de la marca.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para activar la
función celular; preparados farmacéuticos para la prevención y el tratamiento
de enfermedades, trastornos o afecciones del sistema nervioso; preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento de trastornos de los órganos sensoriales;
preparados farmacéuticos para el tratamiento de lesiones o alteraciones del sistema
nervioso; preparados farmacéuticos para su uso en la prevención y el tratamiento
de enfermedades neurológicas y neurodegenerativas; medicamentos con fines
médicos, a saber, medicamentos para la prevención y el tratamiento de enfermedades
neurológicas y neurodegenerativas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - E11EVEN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7459
Fecha de presentación: 2025-11-06
Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: GR Opco, LLC
Domicilio: 29 NE 11 th Street Miami, Florida 33132 United States of America, Estados
Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento en forma de
representaciones de grupos musicales; prestación de servicios de entretenimiento
en forma de música grabada; suministro de instalaciones teatrales; organización
de producciones teatrales; suministro de instalaciones de cine y teatro; servicios de
reserva de entradas para el teatro; salas de cine; alquiler de archivos de imágenes
digitales descargables autenticados mediante tokens no fungibles; servicios de
E11EVEN
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - TUNIX TX
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-6841
Fecha de presentación: 2024-10-21
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gabriel Antonio Cuenca Gómez Ugarte
Domicilio: Felipe Ángeles Núm. 22. Colonia Tolteca, Alcaldía Álvaro Obregón, Ciudad de
México, C.P. 01150, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TUNIX TX
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Adaptadores eléctricos; antenas; taxímetros; letreros
luminosos; letreros digitales; letreros de neón; letreros metálicos [eléctricos]; letreros
metálicos [luminosos]; letreros publicitarios [mecánicos o luminosos]; arneses de
cableado eléctrico para automóviles; cables de arranque para motores; cables
eléctricos; material para conducciones eléctricas [hilos, cables]; cables coaxiales;
calibradores; calibradores para medir la presión de neumáticos; cámaras de reversa
para vehículos; candados electrónicos; candados (eléctricos) para bicicletas y
motos; llaves codificadas; llaves electrónicas de automóviles; bandas de seguridad
reflejantes para adherirse a ropa de ciclistas y deportistas; materiales retroreflejantes
para seguridad; conectores y cuadros de conexión; conectores para cables eléctricos;
conectores para circuitos electrónicos; conectores roscados para cables eléctricos;
conectores (enchufes y conectores eléctricos); conectores coaxiales; conectores
de alimentación [eléctricos]; conectores de cables [electricidad]; conectores de
cables de audio; conectores [electricidad]; tomas de conector eléctricas; conectores
multimedia para vehículos; conectores de teléfonos móviles para vehículos; aparatos
de control remoto; aparatos eléctricos de control; estaciones de control remoto,
eléctricas o electrónicas; aparatos electrónicos de control remoto; transmisores para
controles remotos; controles remotos; aparatos de control remoto para controlar
la iluminación; convertidores eléctricos; adaptadores de conexión eléctrica;
adaptadores estereofónicos para automóviles; extintores; extintores de incendios
para automóviles; luces de aviso [faros de destellos]; diodos electroluminiscentes
[ledes]; fusibles; alambres fusibles; fusibles para vehículos; fusibles eléctricos; cajas
de fusibles; filtros de polarización; portacelulares; relevador eléctrico; sensores de
reversa; sirenas para vehículos; sockets; sockets para motos; equipos de música
(estéreos para coches); bandas de seguridad reflejantes; reflejantes de seguridad;
altavoces de automóviles (tweeter); tacómetros / taquímetros, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
juegos de realidad virtual prestados en línea desde una red informática; servicios de
clubes de baile; espectáculos de entretenimiento en vivo; organización de festivales
con fines de entretenimiento; organización de festivales con fines culturales;
organización de fiestas; suministro de grabaciones sonoras digitales no descargables
de internet; producción musical; organizar y dirigir fiestas en discotecas; servicios
de clubes nocturnos [entretenimiento]; organización de fiestas con fines recreativos;
suministro de instalaciones para actividades recreativas al aire libre, como actividades
acuáticas y junto a la piscina; servicios discográficos consistentes en la organización
y coordinación de fiestas en discotecas; organización y gestión de eventos de
entretenimiento; clubes de playa y piscina; organización de conciertos musicales;
entretenimiento en forma de competiciones deportivas electrónicas, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - LINDE DE AZALOMA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6660
Fecha de presentación: 2025-10-09
Fecha de emisión: 20 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS ATAMAURI, S.L.
Domicilio: Av. Vizcaya, 2 26200 Haro (La Rioja), España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (33)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LINDE DE AZALOMA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "LINDE
DE AZALOMA".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vinos, de la clase 33.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - RUIJIE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-6540
Fecha de presentación: 2024-10-09
Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Ruijie Networks Co., Ltd.
Domicilio: Building 19, Juyuanzhou Industrial Park, No. 618 Jinshan Avenue, Cangshan
District, Fuzhou City Fujian Province, China 350028, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RUIJIE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; presentación de productos en cualquier
medio de comunicación para su venta minorista; publicidad en línea por una red
informática; promoción de ventas para terceros; suministro de espacios de venta en
línea para vendedores y compradores de productos y servicios; servicios de agencias
de importación-exportación; marketing; compilación de información en bases de
datos informáticas; optimización de motores de búsqueda con fines de promoción
de ventas; actualización y mantenimiento de datos en bases de datos informáticas,
de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - songna
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2604
Fecha de presentación: 2025-04-24
Fecha de emisión: 25 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: SHAOXUAN CHEN
Domicilio: No. 2, Xiedi Lane 8, Shenyang, Gurao Town, Chaoyang District, Shantou City,
Guangdong Province, China, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
songna
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa interior; ajuares de ropa para bebés; zapatos;
sombreros; prendas de calcetería; fajas [ropa interior]; prendas de vestir; trajes de
baño [bañadores]; guantes [prendas de vestir]; fulares, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Priauto
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7701
Fecha de presentación: 2025-11-17
Fecha de emisión: 8 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Jiangsu Carzone Auto Parts Co., Ltd.
Domicilio: Building 1, No.3 Gutan Avenue, Gaochun District, Nanjing city, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (1)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Priauto
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aditivos detergentes para gasolina; productos
contra el deslustre de las ventanas; productos químicos para preparar el cuero;
líquido de frenos; agua acidulada para recargar acumuladores; antiincrustantes;
productos químicos anticongelantes; compuestos de sellado de neumáticos;
absorbentes químicos; aditivos químicos para carburantes; colas [aprestos];
productos de descrudecimiento; anticongelante para sistemas de refrigeración de
vehículos; productos contra el deslustre del vidrio; disolventes para barnices; fluidos
de transmisión; productos para depurar gases; fluidos refrigerantes; adhesivos para
uso industrial; productos químicos para la depuración de agua, de la clase 1.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
-- 34 of 56 --
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - DOÑACATRACHA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-227
Fecha de presentación: 2025-01-14
Fecha de emisión: 10 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: AGRO-COMERCIAL IORANA.
Domicilio: Santa Lucía, Francisco Morazán, kilómetro 17, dos cuadras abajo de la Iglesia
Católica, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Jorge Alberto Izaguirre Zamora
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DOÑACATRACHA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, como un
solo término. No se da exclusividad a la palabra "CATRACHA".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, cacao, azúcar, arroz. tapioca, sagú,
sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas con cereales, pan, pastelería
y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos para
esponjar, sal, mostaza y vinagre, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - Cisticran ProBio
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7377
Fecha de presentación: 2025-11-04
Fecha de emisión: 27 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: PROFARMACO, S.A.
Domicilio: Barcelona, España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARIA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Cisticran ProBio
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad sobre el término "ProBio".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano que ayuda
para el mecanismo de acción del tracto urinario, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - LEE MARTINEZ
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3798
Fecha de presentación: 2025-06-06
Fecha de emisión: 9 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: SAYDI LEE MARTINEZ OLIVA
Domicilio: CHOLUTECA, CHOLUTECA, BARRIO CABAÑAS, CP 51101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ANGELA YULISSA GODOY
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
LEE MARTINEZ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la
apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso de las palabras "LEE
MARTINEZ" en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Compra y venta de ropa usada y nueva, zapatos
de todo tipo, carteras, cosméticos (lociones, cremas, desodorantes, sombras, blush,
lipstick, aritos, ganchos, colas, esmaltes), de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - PARADOX
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-5844
Fecha de presentación: 2024-09-03
Fecha de emisión: 14 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: OK SECURITY HONDURAS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA.
Domicilio: Barrio Santa Ana, 6 y 7 Ave N.O. Edificio La Rotonda Local #7, Plantel de
Gasolinera Texaco, Boulevard del Norte, salida a Puerto Cortés, San Pedro Sula, Cortés, CP
21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JOSE OSWALDO FIGUEROA PINEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PARADOX
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Alarmas, alarmas inalámbricas, sistemas de control
de acceso, sensores de movimiento, detectores de movimiento analógicos y digitales,
detectores, montaduras de sensores, gabinetes de alarmas, teclados y transmisores,
de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026.
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La G aceta
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - GENMOJI
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-1536
Fecha de presentación: 2025-03-07
Fecha de emisión: 19 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Apple Inc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados
Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Computadoras; computadoras
portátiles; computadoras tablet; hardware de computadora; aparatos
e instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos móviles; teléfonos
inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbrica para
proporcionar acceso a internet y enviar, recibir y transmitir datos,
imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; dispositivos
electrónicos digitales portátiles para proporcionar acceso a internet
y enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, mensajes de voz,
correo electrónico, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido
multimedia; hardware de computadora portátil; computadoras
portátiles; rastreadores de actividad portátiles; relojes inteligentes;
anillos inteligentes; gafas inteligentes; aparatos de
telecomunicaciones en forma de joyería; pulseras conectadas;
cascos; aparatos de transmisión y reproducción de sonido; altavoces
de audio; altavoces inteligentes; concentradores de automatización
del hogar; concentradores domésticos inteligentes; aparatos de
reconocimiento de voz; micrófonos; asistentes digitales personales;
auriculares; audífonos; auriculares; auriculares para comunicación
remota; almohadillas para auriculares; dispositivos de transmisión
de medios digitales; decodificadores; hardware de computadora
para transmitir y permitir la visualización de audio, vídeo, televisión,
películas, imágenes digitales y otro contenido multimedia; lectores
de libros electrónicos; aparatos de comunicación en red;
reproductores multimedia portátiles; dispositivos periféricos de
computadora; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, anillos
inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos
inteligentes, auriculares, audífonos, cascos, televisores, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
periféricos portátiles para usar con computadoras, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, anillos
inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos
inteligentes, auriculares, televisores, decodificadores, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
cascos, gafas, anteojos, controladores, controles remotos y pantallas
de realidad virtual; cascos, gafas, anteojos, controladores, controles
remotos y pantallas de realidad aumentada; periféricos portátiles
para jugar vídeojuegos; controladores para usar con contenido
multimedia digital interactivo; anteojos 3D; anteojos; anteojos de
sol; vídrio óptico; productos ópticos; aparatos e instrumentos
GENMOJI
ópticos; lentes ópticas; estuches para anteojos; cordones para
anteojos; marcos para anteojos; lentes para anteojos; lentes de
contacto; recipientes para lentes de contacto; lentes correctoras;
oculares; instrumentos que contienen oculares; monitores de vídeo;
monitores de computadora; pantallas de visualización; pantallas
montadas en la cabeza; pantallas de visualización portátiles;
televisores; receptores y monitores de televisión; pantallas táctiles
interactivas; interfaces para computadoras, teléfonos inteligentes,
relojes inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y dispositivos
electrónicos digitales portátiles; pantallas de visualización
electrónicas para computadoras, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, anteojos inteligentes, televisores, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
teclados; ratones; alfombrillas para ratón; impresoras para
computadoras; lápices de computadora; bolígrafos electrónicos;
dispositivos de seguimiento inalámbricos para localizar artículos;
etiquetas electrónicas para productos; dispositivos, lectores,
etiquetas, tarjetas y pegatinas habilitados para NFC; tarjetas
inteligentes; pulseras de identificación codificadas; tarjetas de
acceso codificadas; llaveros electrónicos como aparatos de control
remoto; periféricos de computadora utilizados para localizar,
monitorear y rastrear artículos; cámaras; cámaras de teléfonos
móviles; lentes de cámara de teléfonos inteligentes; flashes para
teléfonos inteligentes; chips de computadora; circuitos integrados;
aparatos de identificación y autenticación biométrica; máquinas de
examen de huellas dactilares; aparatos de reconocimiento facial;
escáneres de huellas dactilares; escáneres biométricos; escáneres de
iris biométricos; cerraduras biométricas; mandos a distancia para
controlar ordenadores, teléfonos móviles, periféricos portátiles,
relojes inteligentes, altavoces inteligentes, gafas inteligentes,
auriculares, cascos, auriculares, reproductores de audio y vídeo,
televisores, decodificadores, dispositivos electrónicos digitales
portátiles, reproductores de audio y vídeo y sistemas de
entretenimiento doméstico; unidades de disco; discos duros;
dispositivos de memoria de ordenador; aparatos de almacenamiento
de datos; aparatos de procesamiento de datos; imanes; robots
humanoides con inteligencia artificial; convertidores analógico-
digitales; servidores de internet; dispositivos de codificación y
decodificación; tokens de seguridad; escáneres 3D; escáneres de
entrada y salida digitales; transmisores y receptores de radio;
sistema de posicionamiento global (aparato GPS); interfaces de
usuario para ordenadores de a bordo de vehículos de motor; aparatos
de navegación para vehículos; kits de manos libres para teléfonos;
aparatos de; visualización frontal para vehículos; soportes para
auriculares de teléfono de coche; alfombrillas de salpicadero
adaptadas para sujetar teléfonos móviles y teléfonos inteligentes;
aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de
reconocimiento y comando de voz; aparatos de navegación por
satélite; aparatos de comunicación por satélite; equipos para recibir,
procesar y transmitir voz, vídeo, datos e información de localización
a través de satélites; baterías eléctricas para vehículos; estaciones de
carga para vehículos eléctricos; aparatos de entrada y encendido de
vehículos sin llave; partes y accesorios para computadoras,
periféricos de computadora, dispositivos electrónicos móviles,
teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes,
anteojos inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores
domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares, cascos,
reproductores de audio y vídeo y hardware portátil; baterías; baterías
solares; baterías recargables; cargadores de batería; cargadores de
energía portátiles; cargadores de batería inalámbricos; cargadores
de batería para computadoras, periféricos de computadora, teléfonos
móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, anteojos
inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos
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inteligentes, auriculares, audífonos, cascos, auriculares, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
cargadores inalámbricos para computadoras, periféricos de
computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, anteojos inteligentes, parlantes inteligentes,
concentradores domésticos inteligentes, auriculares, audífonos,
cascos, auriculares, dispositivos electrónicos digitales portátiles y
reproductores de audio y vídeo; aparatos de carga para ordenadores,
periféricos de ordenador, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes,
relojes inteligentes, gafas inteligentes, altavoces inteligentes,
concentradores domésticos inteligentes, auriculares, cascos,
auriculares, auriculares con micrófono, dispositivos electrónicos
digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo; alfombrillas de
carga y estuches de carga adaptados para ordenadores, periféricos
de ordenador, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, cascos, auriculares con
micrófono, dispositivos electrónicos digitales portátiles y
reproductores de audio y vídeo; adaptadores de corriente; conectores
eléctricos y electrónicos, acopladores, cables, alambres, cargadores,
bases, estaciones de acoplamiento y adaptadores para usar con
ordenadores, periféricos de ordenador, dispositivos electrónicos
portátiles, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, concentradores domésticos
inteligentes, auriculares, cascos, auriculares con micrófono,
reproductores de audio y vídeo, televisores y decodificadores;
cargadores para baterías eléctricas; cargadores para cigarrillos
electrónicos; significa monitores de computadora, periféricos de
computadora, computadoras tipo tableta, computadoras portátiles,
teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes,
anteojos inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores
domésticos inteligentes, auriculares, audífonos, televisores,
decodificadores, dispositivos electrónicos digitales portátiles y
reproductores de audio y vídeo; bolsas, cubiertas, estuches, fundas,
correas, cordones y soportes para computadoras, periféricos de
computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, anteojos inteligentes, anillos inteligentes, parlantes
inteligentes, concentradores domésticos inteligentes, auriculares,
audífonos, auriculares, auriculares, auriculares, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
protectores de pantalla para monitores de computadora, pantallas de
computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y dispositivos
electrónicos digitales portátiles; películas protectoras para
computadoras, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, anteojos inteligentes, televisores y dispositivos
electrónicos digitales portátiles; palos para selfies; lentes para
selfies; luces de anillo para selfies para teléfonos inteligentes,
computadoras, computadoras portátiles y tabletas; almohadillas de
enfriamiento para computadoras portátiles; hardware de
computadora para usar en el control de sistemas de automatización
del hogar, incluyendo iluminación, electrodomésticos, calefacción y
aire acondicionado, timbres y alarmas de seguridad; aparatos
electrónicos activados por voz y de reconocimiento de voz para
controlar dispositivos electrónicos de consumo y sistemas
residenciales; sistemas de control de clima que consisten en
dispositivos de control de calefacción; termostatos; monitores,
sensores y controles para dispositivos y sistemas de aire
acondicionado, calefacción y ventilación; aparatos de control de
iluminación; tomas de corriente eléctricas; interruptores eléctricos y
electrónicos; alarmas, sensores de alarma y sistemas de monitoreo
de alarma; detectores de humo y monóxido de carbono; cerraduras
y pestillos eléctricos y electrónicos para puertas y ventanas; teclados
y controles eléctricos y electrónicos para puertas de garaje; aparatos
y sistemas de seguridad y vigilancia residencial; software de
computadora; software de computadora para configurar, operar y
controlar computadoras, periféricos de computadora, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, anillos
inteligentes, parlantes inteligentes, concentradores domésticos
inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares, dispositivos
electrónicos digitales portátiles, televisores, decodificadores,
reproductores de audio y vídeo y sistemas de entretenimiento
doméstico; software de reconocimiento de gestos; software de
reconocimiento de voz; software de reconocimiento de imágenes;
software de reconocimiento facial; software de identificación
biométrica; software de desarrollo de aplicaciones; software de
computadora para usar como una interfaz de programación de
aplicaciones (API) para crear aplicaciones de software; software
para procesar, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio,
contenido audiovisual y otro contenido multimedia; software para
enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y
recordatorios; software de juegos de computadora; programas de
videojuegos; software de realidad virtual; software de realidad
aumentada; software para navegar en entornos de realidad virtual y
realidad aumentada; software para usar para permitir que
computadoras, dispositivos móviles y teléfonos móviles brinden
experiencias de realidad virtual y realidad aumentada; bienes
virtuales descargables, especialmente, programas de computadora
que presentan productos electrónicos, auriculares, anteojos, ropa,
calzado, sombreros, joyas, cosméticos, bebidas, equipos deportivos,
vehículos y juguetes para usar en mundos virtuales en línea; software
de computadora para proporcionar información geográfica, mapas
interactivos e imágenes satelitales y aéreas; billeteras electrónicas
descargables; software de computadora para facilitar transacciones
comerciales a través de dispositivos de telecomunicaciones móviles;
archivos de audio, archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos
de música y contenido multimedia descargables; grabaciones de
audio y visuales descargables, podcasts, libros, publicaciones
periódicas, grabaciones musicales, películas, filmes y programas de
televisión; protectores de pantalla descargables para computadoras,
teléfonos y relojes inteligentes; emoticones descargables; gráficos
de computadora descargables; tonos de llamada descargables;
fuentes tipográficas descargables; agendas electrónicas; aparatos
para verificar el sello de correo; cajas registradoras; mecanismos
para aparatos que funcionan con monedas; dictáfonos; marcadores
de dobladillo; máquinas de votación; hologramas; máquinas de fax;
aparatos e instrumentos de pesaje; medidas; tableros de anuncios
electrónicos; aparatos de medición; obleas [rebanadas de silicio];
filamentos conductores de luz [fibras ópticas]; pararrayos; aparatos
de ionización que no sean para el tratamiento del aire o el agua;
extintores; aparatos radiológicos para fines industriales; dibujos
animados; silbatos para perros; imanes decorativos; retardadores
portátiles de automóviles controlados a distancia; silbatos
deportivos, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
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La G aceta
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Número de Solicitud: 2025-3414
Fecha de presentación: 2025-05-23
Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC.
Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover, New Jersey, 07936, Estados Unidos de
América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
RITZ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RITZ" y la apariencia
de la etiqueta. No se le da protección a los demás elementos denominativos que
aparecen en la etiqueta.
I.- Reivindicaciones: Se reivindican colores blanco, rojo, amarillo, azul, azul claro
y anaranjado.
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones hechas a base de cereales, pan,
pastelería y confitería, galletas, bizcochos y galletas saladas, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
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Número de Solicitud: 2025-3916
Fecha de presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Bambu Systems LLC.
Domicilio: 6525 Quail Hollow Rd., Suite 300, Memphis, TN 38120 MEMPHIS
TENNESSEE (US), Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MIBAMBU
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "MIBAMBU" y la
apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos contenidos en el
ejemplar de etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios; servicios bancarios a través
de conexiones telefónicas móviles; servicios bancarios en línea accesible por
medio de aplicaciones móviles descargables; organización y provisión de créditos,
préstamos, seguros, cambio de divisas y cheques de viajeros; recaudación de fondos
de beneficencia mediante la asignación de una parte de las cuotas de un cliente a una
fundación de su elección, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-686
Fecha de presentación: 2025-02-06
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Virbac
Domicilio: 1ère Avenue - 2065 m -L.I.D. 06516 CARROS, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
VIRBAC
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Lociones para la piel para animales; productos de
higiene para mascotas y cosméticos para animales; removedores de manchas de
mascotas; champús para mascotas; preparaciones de cuidado dental para animales;
preparaciones para el cuidado de la piel para animales; refrescadores de aliento
para animales; dentífricos no medicados para animales; preparaciones para el pelo,
lociones capilares, incluyendo para animales; jabones no medicados para animales;
aceites esenciales para animales; lociones no medicadas para animales; desodorantes
para animales; perfumería, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
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Número de Solicitud: 2025-687
Fecha de presentación: 2025-02-06
Fecha de emisión: 29 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Virbac
Domicilio: 1ère Avenue - 2065 m -L.I.D. 06516 CARROS, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
VIRBAC
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones veterinarias; preparaciones higiénicas
para propósitos veterinarios; sustancias y reparaciones veterinarias; preparaciones
antibacterianas para uso veterinario; antiparasitarios, preparaciones antiparasitarias
para propósito veterinario; preparaciones antinflamatorias y antibióticas para
animales; comida dietética y sustancias adaptadas para uso veterinario; suplementos
de comida para uso veterinario; desinfectantes para uso veterinario; preparaciones
para matar malas hierbas y destruir parásitos; vacunas para uso veterinario, de la
clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
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B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-3195
Fecha de presentación: 2025-05-14
Fecha de emisión: 20 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Nexia International Limited.
Domicilio: 1st Floor, Sixty Circular Road, Douglas, Isle of Man.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de agencias de factoraje; servicios
bancarios; agencias de cobro de deudas; análisis financieros; servicios de fondos
mutuos, a saber, servicios de asesoramiento sobre fondos mutuos, servicios de
análisis de fondos mutuos, servicios de desarrollo de fondos mutuos y servicios
de planificación de fondos mutuos; servicios de fianzas; transacciones de divisas;
emisión de cheques de viajero; valoraciones financieras; evaluaciones fiscales;
servicios fiduciarios, a saber, servicios de representante fiduciario; servicios de
financiación; inversión financiera en el campo de bienes raíces, valores, planificación
de carteras e inversiones, préstamos comerciales; inversiones de capital; gestión
financiera; gestión de bienes raíces; actividades bancarias y monetarias, a saber,
servicios bancarios y servicios de cambio monetario; consulta sobre préstamos
financieros; transacciones financieras, a saber, servicios de transacciones de divisas;
cotizaciones de bolsa, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
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NEXIA
Número de Solicitud: 2024-4592
Fecha de presentación: 2024-07-16
Fecha de emisión: 10 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: PT INDAH KIAT PULP & PAPER TBK y PT APP PURINUSA
EKAPERSADA.
Domicilio: Gedung Sinar Mas Land Plaza, Tower 2, 9th Floor, JL. M.H. Thamrin No. 51,
Jakarta 10350, Indonesia y Gedung Sinar Mas Land Plaza, Tower 2, 9th Floor, JL. M.H.
Thamrin No. 51, Jakarta 10350, Indonesia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (16)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Epaper
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "EPAPER" y la apariencia
de su etiqueta, los demás elementos denominativos presentes en la misma no se
protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Papel, cartón; impresos; material de encuadernación;
fotografías; papelería; adhesivos para papelería o uso doméstico; materiales para
artistas; pinceles; máquinas de escribir; material de instrucción y enseñanza (excepto
aparatos); materiales plásticos para embalaje (no comprendidos en otras clases);
caracteres de impresora; bloques de impresión; agenda; libro de ejercicios, cuaderno,
papel para fotocopia, carpeta de papel, papel multiusos, de la clase 16.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-4165
Fecha de presentación: 2025-06-23
Fecha de emisión: 5 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DORPAN, S.L.
Domicilio: C/ Gremio Toneleros, 24 - Polígono Son Castelló, 07009, Palma de Mallorca,
Islas Baleares, España.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (43)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AFFILIATED BY MELIÃ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación para ser usada en su forma
conjunta sin dar exclusividad sobre las palabras "AFFILIATED" y "BY"
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de preparación y suministro de alimentos
y bebidas para consumo en restaurantes y cafeterías; provisión de alojamiento
temporal en hoteles; servicios hoteleros; servicios de reservas hoteleras; organización
de alojamiento en hoteles; reserva de hoteles por internet; servicios de consultoría
de instalaciones hoteleras; información relativa a hoteles; prestación de servicios de
información sobre hoteles a través de un sitio web; servicios de hotel para clientes
preferentes, de la clase 43.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2025-3898
Fecha de presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 14 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Controladora Vuela Compañía de Aviación, S.A.B. de C.V.
Domicilio: Av. Antonio Dovalí Jaime No. 70, Torre B, Piso 13, Col. Zedec Santa Fé, Alcaldía,
Álvaro Obregón, C.P. 01210, Ciudad de México, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Volaris 5,000 ft" en su
forma conjunta, sin dar exclusividad de uso a la numerología "5,000" y a las letras
"ft".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Emisión de bonos de valor para recompensar la
fidelidad de la clientela; administración de recompensas en especie por incentivos;
administración de recompensas monetarias por incentivos, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Volaris 5,000 ft
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-3651
Fecha de presentación: 2025-06-03
Fecha de emisión: 11 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Apple Inc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad Nº. 20250115 de fecha 28/01/2025 de Liechtenstein.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (12)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CarPlay Ultra
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, no se
protegen las palabras de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vehículos terrestres; bicicletas; motocicletas;
ciclomotores; motores y motores eléctricos para vehículos terrestres, bicicletas,
motocicletas y ciclomotores de la clase 12.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2024-7725
Fecha de presentación: 2024-11-22
Fecha de emisión: 7 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: FrieslandCampina Nederland, B.V.
Domicilio: Stationsplein 4, 3818 LE Amersfoort, Países Bajos.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores verde, azul y blanco, tal
como se muestra la etiqueta.
J.- Para Distinguir y Proteger: Leche; leche en polvo; bebidas lácteas, con
predominio de leche; bebidas que contienen principalmente sustitutos lácteos de
origen vegetal; bebidas que contienen principalmente sustitutos lácteos a base de
frutos secos; sustitutos lácteos; sustitutos de productos lácteos; sustitutos de leche no
lácteos; sustitutos lácteos de origen vegetal; sustitutos lácteos a base de frutos secos,
de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-3899
Fecha de presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 2 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Controladora Vuela Compañía de Aviación, S.A.B. de C.V.
Domicilio: Av. Antonio Dovalí Jaime No. 70, Torre B, piso 13, Col. Zedec Santa Fé, Alcaldía,
Álvaro Obregón, C.P.01210, Ciudad de México, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (39)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Volaris 5,000 ft" en su
conjunto, sin dar exclusividad al término "5,000 ft".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de transporte aéreo que ofrecen programas
de gratificación para viajeros frecuentes; provisión de sitios web de información
sobre servicios de transporte y de reserva para servicios de transporte; transporte;
organización de viajes; servicios de transportación aérea; servicios de transportación
aeronáutica; servicios de transporte aéreo de pasajeros, cargamentos y mercancías;
servicios de organización de viajes prestados por agencias de turismo; organización
de viajes a través de agencias de viajes; organización de viajes turísticos; servicios
de reservas de plazas de viaje, de la clase 39.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Volaris 5,000 ft
Número de Solicitud: 2025-3578
Fecha de presentación: 2025-05-29
Fecha de emisión: 14 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: NIPRO CORPORATION
Domicilio: 3-26, Senriokashinmachi, Settsu, Osaka, 566- 8510, Japón.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CLFine" en su forma
conjunta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones esterilizantes que no sean para uso
agrícola; preparaciones esterilizantes para uso médico y doméstico; preparaciones
antibacterianas; antimicrobianos para uso médico y doméstico; desinfectantes para
uso médico, doméstico e industrial (excluyendo fines agrícolas); preparaciones
desodorantes para uso doméstico, comercial o industrial; desodorantes para uso
médico y doméstico, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
CLFine
-- 40 of 56 --
33
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2026-79
Fecha de presentación: 2026-01-08
Fecha de emisión: 11 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUNA INVERSIONES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
/ LUNA, S. DE R.L.
Domicilio: BARRIO ABAJO, COMAYAGUA, COMAYAGUA, FRENTE A MOTEL
LAS BRISAS, CP 0000, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
DIANA CAROL ORTEGA BARDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FINCA DE LUNA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FINCA DE LUNA" en su forma
conjunta y la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso a las palabras de forma
separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Café; café tostado; café molido; café en grano; café
instantáneo; cápsulas de café; extractos y esencias de café; bebidas a base de café;
preparaciones a base de café; postres a base de café, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
_______
Número de Solicitud: 2025-6700
Fecha de presentación: 2025-10-13
Fecha de emisión: 10 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: A2 Energy Solutions, S. de R.L. de C.V.
Domicilio: Colonia Jardines del Valle, segunda etapa, 3ra. calle, 1 Ave, en la Ciudad de San
Pedro Sula, Departamento de Cortés., CP 21102, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRECIA RAQUEL PADILLA BONILLA
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial dedicado a la compra, venta,
comercialización, distribución, asesoramiento, importación, exportación, mantenimiento,
diseño e instalación de sistemas solares fotovoltaicos conectados a red, sistemas solares
fotovoltaicos aislados (con baterías), sistemas solares fotovoltaicos híbridos, sistemas de
bombas solares sumergibles, instalaciones eléctricas residenciales y comerciales, auditorías
energéticas; la compra, venta, importación, exportación, distribución, instalación, diseño y
mantenimiento de equipos eléctricos como bombas solares, generadores eléctricos y banco
de capacitores; el asesoramiento técnico a clientes y otras empresas sobre la selección e
implementación de soluciones energéticas eficientes; el diseño, instalación, distribución y
mantenimiento de sistemas termosolares con colectores solares y reflectores parabólicos,
así como de la instalación, uso y mantenimiento de sistemas solares de todo tipo, de la
clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
A2 ENERGY SOLUTIONS
Número de Solicitud: 2025-895
Fecha de presentación: 2025-02-14
Fecha de emisión: 9 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CERVECERÍA TAGUZGALPA, S.A.
Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
CARLOS VIRGILIO UMANZOR BONILLA
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CASA DE AGUA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Agua; agua de litines; agua de Seltz; aguas [bebidas];
aguas de mesa; aguas gaseosas / aguas carbonatadas; aguas minerales [bebidas], de la clase
32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-3655
Fecha de presentación: 2025-06-03
Fecha de emisión: 2 de septiembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUCIONES AM, S.A. DE C.V.
Domicilio: Colonia 21 de Octubre, salida a Valle de Ángeles, inicio del Anillo Periférico,
atrás de Técnica Europea, calle sin salida, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
José Antonio Zúniga Castillo
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SIMPLY POP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la apariencia de
su etiqueta, no se protegen las palabras de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebida carbonatada con sabor a fresa, de la clase 32 .
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
_______
-- 41 of 56 --
34
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-707
Fecha de presentación: 2025-02-07
Fecha de emisión: 27 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Latin Trading CO., S.A.
Domicilio: Punta Pacífica, edificio Oceanía, Torre dos mil (2000), piso dieciséis (16), Ciudad
de Colón, Panamá, Panamá, Panamá, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
ELA MARÍA RIVERA
E.- CLASE INTERNACIONAL (8)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
JTC
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se protege la frase "JOIN THE CLUB" presente en
la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Martillos, destornilladores, alicates, llaves inglesas;
cuchillos, navajas, tijeras, maquinillas de afeitar; palas, rastrillos, podaderas; piedras
de afilar, cuchillos de cocina, cuchillas de afeitar, de la clase 8.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2024-7459
Fecha de presentación: 2024-11-12
Fecha de emisión: 7 de abril de 2026
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: CORPORACIÓN DE SALUD VALENCIANA, S.A. DE C.V.
Domicilio: Col. Tepeyac, frente a Anafut, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
DIEGO FERNANDO SUAZO PINEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Bienestar sin Estrés y Dolores
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda ligada a la marca de servicios
denominada "FarmaWeek" con número de expediente 2024-7453.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad relativa a productos farmacéuticos;
servicios de venta al por menor de productos farmacéuticos, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-2955
Fecha de presentación: 2025-05-07
Fecha de emisión: 22 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Friopartes, S.A. de C.V.
Domicilio: Barro Santa Anita, 1 y 2 calle, 8 avenida, San Pedro Sula, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Karen Elizabeth Martinez Rivera
E.- CLASE INTERNACIONAL (11)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Whisper COOL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad de la palabra "COOL".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos de alumbrado, de calefacción, de
producción de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación, de
distribución de agua e instalaciones sanitarias, de la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2025-1908
Fecha de presentación: 2025-03-25
Fecha de emisión: 9 de enero de 2026
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: EMPRESA DIECK Y DIECK, S. DE R.L.
Domicilio: CARRETERA CA-5, COLONIA INDEPENDENCIA, CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
DARIANA ISABEL MENJIVAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda vinculada con el registro 56267
"Marca de Fábrica" denominada "MR DIECK" en clase 30.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Arroz, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
ALIMENTAR A HONDURAS
-- 42 of 56 --
35
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2022-6723
Fecha de presentación: 2022-11-14
Fecha de emisión: 22 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: ERICK HUMBERTO SALAZAR HERNANDEZ "INVERSIONES DOÑA
ROSA".
Domicilio: Ciudad Puerto de San Lorenzo, Departamento de Valle, Honduras, Centroamérica,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EVA CECILIA OLIVA EGUIGURENS
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
el Rey tv
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta "el
Rey tv "sin dar exclusividad de la palabra "TV", los demás elementos que aparecen
en la etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de publicidad mediante medios
audiovisuales; asesoría en estrategias de marketing digital; promoción de productos
y servicios de terceros a través de plataformas televisivas y digitales; gestión
comercial de contenidos publicitarios; consultoría en comunicación empresarial;
administración de campañas promocionales; y servicios relacionados con la difusión
de mensajes publicitarios con fines comerciales, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2024-8066
Fecha de presentación: 2024-12-09
Fecha de emisión: 8 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: MICREDITO HOLDING CORP.
Domicilio: CIUDAD DE PANAMÁ, PANAMÁ. Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
EMILIA JOSE MATAMOROS
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MICREDITO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación MICREDITO como un solo
término sin dar exclusividad de uso de las palabras que la conforman por separado.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios en relación con operaciones financieras
o monetarias, a saber; servicios de instituciones bancarias o instituciones afines,
tales como operaciones de cambio o compensación; servicios de instituciones de
crédito que no sean bancos, como cooperativas de crédito, compañías financieras
individuales, prestamistas; servicios de sociedades de inversión y sociedades
de cartera; servicios de corredores de bienes y valores; servicios en relación con
operaciones monetarias con garantía de agentes fiduciarios; servicios en relación con
la emisión de cheques de viaje y cartas de crédito; servicios de arrendamiento con
opción de compra (leasing); servicios de administradores de propiedades a saber,
servicios de alquiler y tasación de bienes inmuebles o financiación; servicios de
suscripción de seguros, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2025-7247
Fecha de presentación: 2025-10-29
Fecha de emisión: 19 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: TIENDAS CARRION, S.A. DE C.V.
Domicilio: Residencial El Potosí, Boulevard Mario Catarino Rivas, calle principal, desvío al
Vado Colonia Colombia, a 250 metros al Norte del Top Golf, CP 21102, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JOSE AUGUSTO SANDOVAL MALDONADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CITY BOY
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar
exclusividad de uso de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Vestidos, faldas, blusas, camisas, camisetas,
ropa interior, ropa para niños, trajes de baño, calzoncillos, calcetines, calzados,
sombrerería, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2025-3008
Fecha de presentación: 2025-05-08
Fecha de emisión: 24 de abril de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HUMING INTERNACIONAL HONDURAS SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA.
Domicilio: CARRETERA HACIA EL CALAN, CALLE PRINCIPAL,
VILLANUEVA, CORTÉS, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RONEY INESTROZA AGUILAR
E.- CLASE INTERNACIONAL (19)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HOMING
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tablas yeso, cielos falsos, molduras decorativas
y esquineros de PVC, de la clase 19.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
-- 43 of 56 --
36
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-171
Fecha de presentación: 2025-01-13
Fecha de emisión: 19 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: WANG Xicheng
Domicilio: No. 26053 Third District Market, International Trade Mart, China
Commodity City, Yiwu City, Zhejiang Province, China, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Marcelo Antonio Turcios Vindel
E.- CLASE INTERNACIONAL (21)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Sweetbeauty
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación como un solo
término.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Pinceles para pestañas; pinceles de
maquillaje; esponjas de maquillaje; esponjas para polvos; esponjas de baño;
utensilios cosméticos, a saber, frascos y estuches vacíos para cosméticos,
de la clase 21.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
11 M., 10 J. y 7 J. 2026.
______
Número de Solicitud: 2026-165
Fecha de presentación: 2026-01-12
Fecha de emisión: 26 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Inversiones Bustillo Aplicano
Domicilio: Choluteca, Barrio Las Atenas, cuadra al Este de Escuela Ricardo
Soriano, CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
VILMA FABIOLA GALINDO
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Jireh
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Jireh" y la apariencia
de su etiqueta, los demás elementos denominativos contenidos en el ejemplar
de etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Agua purificada, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026.
Número de Solicitud: 2026-2992
Fecha de presentación: 2026-05-07
Fecha de emisión: 19 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: BEST TRADE INTERNATIONAL, INC.
Domicilio: Torre General, piso 9C-1 Avenida Samuel Lewis Obarrio, Ciudad de
Panamá, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JOSE ANTONIO TORO
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Cosmético consistente en bloqueador
solar, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
______
UVECTA
Número de Solicitud: 2026-1403
Fecha de presentación: 2026-03-05
Fecha de emisión: 26 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Siglo Beauty, S. DE R.L.
Domicilio: Comayagüela, 4 avenida entre 2 y 3 calle, a la par de Instituto
Hibueras, CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
SARA LIZETH VELASQUEZ GUEVARA
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Siglo Beauty
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación de manera
conjunta y la apariencia de su etiqueta, no se le otorga exclusividad de uso
a las palabras de manera individual.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de venta de productos cosméticos,
bisutería, bolsos y carteras, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
-- 44 of 56 --
37
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2026-922
Fecha de presentación: 2026-02-13
Fecha de emisión: 4 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados, S. de R.L.
Domicilio: Barrio La Libertad, tres cuadras al Sur del Hospital General del Sur, Choluteca,
Honduras, CP 51101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ARÚN GALO FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (44)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
IMÁGENES MÉNDEZ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto
"IMÁGENES MÉNDEZ" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de
uso de la palabra "IMÁGENES" en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, específicamente servicios de
diagnóstico por imágenes, radiografía, ultrasonido, Tomografía, de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
______
Número de Solicitud: 2026-926
Fecha de presentación: 2026-02-16
Fecha de emisión: 5 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados, S. de R.L.
Domicilio: Barrio La Libertad, tres cuadras al Sur del Hospital General del Sur, Choluteca,
Honduras, CP 51101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ARÚN GALO FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MÉNDEZ SALUD
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "MÉNDEZ
SALUD" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra
"SALUD" en forma separada. Los demás elementos denominativos contenidos en el
ejemplar de etiqueta no se protegen.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Programa de ordenador y aplicaciones informáticas
para la gestión de servicios médicos, incluyendo agenda de citas médicas, recepción
y almacenamiento de resultados de laboratorio, manejo de expedientes clínicos
digitales y administración de información hospitalaria, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
Número de Solicitud: 2026-936
Fecha de presentación: 2026-02-16
Fecha de emisión: 5 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados, S. de R.L.
Domicilio: Barrio La Libertad, tres cuadras al Sur del Hospital General del Sur, Choluteca,
Honduras, CP 51101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ARÚN GALO FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (44)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MÉNDEZ FARMA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "MÉNDEZ
FARMA" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad de uso de la palabra
"FARMA" en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de dispensación de medicamentos y
productos farmacéuticos, de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
______
Número de Solicitud: 2026-963
Fecha de presentación: 2026-02-16
Fecha de emisión: 5 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorio de Análisis Clínicos Méndez y Asociados, S. de R.L.
Domicilio: Barrio El Hospital, Calle Roosevelt, 1 cuadra al este del Hospital del Sur,
Choluteca, Choluteca, CP 51101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RICARDO ARÚN GALO FLORES
E.- CLASE INTERNACIONAL (44)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
MÉNDEZ LABORATORIO CLÍNICO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "MÉNDEZ
LABORATORIO CLÍNICO" y la apariencia de su etiqueta, sin otorgar exclusividad
de uso de los términos "LABORATORIO CLÍNICO" en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de laboratorio médico, uroanálisis,
química sanguínea, coproanálisis, hematológico, bacteriología, y pruebas especiales
(VIH, TSH, PSA), Biología molecular (PCR-RT), de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026.
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La G aceta
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Sección B A v isos L egales
R
E
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Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2024-3641
Fecha de Presentación: 2024-06-04
Fecha de emisión: 24 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Apple Inc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014,
Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 2023845 de fecha
01/12/2023 de Liechtenstein.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "APPLE
SPORTS" en su forma conjunta, sin dar exclusividad de uso sobre
la palabra "SPORTS".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Computadoras; computadoras
portátiles; tabletas; hardware de la computadora; aparatos e
instrumentos de telecomunicaciones; teléfonos móviles; teléfonos
inteligentes; dispositivos de comunicación inalámbrica para
proporcionar acceso a Internet y enviar, recibir y transmitir datos,
imágenes, audio, vídeo y contenido multimedia; dispositivos
electrónicos digitales manuales para proporcionar acceso a Internet
y enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, mensajes de voz,
correo electrónico, datos, imágenes, audio, vídeo y contenido
multimedia; hardware de computadora portátil; computadoras
portátiles; rastreadores de actividad portátiles; relojes inteligentes;
anillos inteligentes; gafas inteligentes; aparatos de
telecomunicaciones en forma de joyas; pulseras conectadas; cascos;
aparatos de transmisión y reproducción de sonido; altavoces de
audio; parlantes inteligentes; concentradores de automatización del
hogar; concentradores de hogares inteligentes; aparatos de
reconocimiento de voz: micrófonos; asistentes digitales personales:
auriculares; audífonos; auriculares; auriculares; auriculares para
comunicación remota; almohadillas para auriculares; dispositivos
de transmisión de medios digitales; decodificadores; hardware de
computadora para transmitir y permitir la visualización de audio,
vídeo, televisión, películas, imágenes digitales y otros contenidos
multimedia; lectores de libros electrónicos; aparatos de comunicación
en red; reproductores multimedia portátiles; dispositivos periféricos
informáticos; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos
inteligentes, altavoces inteligentes, concentradores domésticos
inteligentes, auriculares, audífonos, cascos, televisores, dispositivos
electrónicos digitales portátiles y reproductores de audio y vídeo;
periféricos portátiles para usar con computadoras, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos
inteligentes, altavoces inteligentes, centros de hogar inteligentes,
auriculares, televisores, decodificadores, dispositivos electrónicos
digitales manuales, y reproductores de audio y vídeo; auriculares de
realidad virtual, gafas de protección, anteojos, controladores,
APPLE SPORTS
controles remotos y pantallas; auriculares de realidad aumentada,
gafas de protección, anteojos, controladores, controles remotos y
pantallas; periféricos portátiles para jugar videojuegos; controladores
para su uso con contenido multimedia digital interactivos; gafas 3D;
gafas; anteojos; gafas de sol; vidrio óptico; productos ópticos;
aparatos e instrumentos ópticos; lentes ópticos; estuches para gafas;
cordones para gafas; monturas de gafas; lentes para gafas; lentes de
contacto; Recipientes para lentes de contacto; lentes correctores;
oculares; instrumentos que contienen oculares; monitores de vídeo;
monitores de computadora; pantallas de visualización; pantallas
colocadas en la cabeza; pantallas de visualización portátiles;
televisores; receptores y monitores de televisión; pantallas táctiles
interactivas; interfaces para computadoras, teléfonos inteligentes,
relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores y dispositivos
electrónicos digitales portátiles; pantallas electrónicas para
computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, televisores, dispositivos electrónicos digitales portátiles
y reproductores de audio y vídeo; teclados; ratones; alfombrilla para
ratón; impresoras para computadoras; lápiz de computadora;
bolígrafos electrónicos; dispositivos de seguimiento inalámbricos
para localizar artículos; etiquetas electrónicas para productos;
dispositivos, lectores, etiquetas, tarjetas y adhesivos habilitados
para NFC; tarjetas inteligentes; pulseras de identificación
codificadas; tarjetas de acceso codificadas; llaveros electrónicos
como aparato de control remoto; periféricos de computadora
utilizados para localizar, monitor y rastrear artículos; cámaras;
cámaras de teléfonos móviles; lente de cámara de teléfono
inteligente; flashes para teléfonos inteligentes; chips de computadora;
circuitos integrados; aparatos de identificación y autenticación
biométricas máquinas de examen de huellas dactilares; aparatos de
reconocimiento facial; escáneres de huellas dactilares; escáneres
biométricos; escáneres biométricos de iris; cerraduras biométricas;
controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles,
periféricos portátiles, relojes inteligentes, altavoces inteligentes,
gafas inteligentes, auriculares, audífono, auriculares, reproductores
de audio y vídeo, televisores, decodificadores, dispositivos
electrónicos digitales manuales, reproductores de audio y vídeo, y
sistemas de entretenimiento doméstico; unidades de disco; unidades
de disco duro; dispositivos de memoria para ordenadores; aparatos
de almacenamiento de datos; aparatos de procesamiento de datos;
imanes; robots humanoides con inteligencia artificial: convertidores
analógicos a digitales; servidores de internet; dispositivos de
codificación y decodificación; fichas de seguridad; escáneres 3D:
Escáneres de entrada y salida digitales; transmisores y receptores de
radio; sistema de posicionamiento global (aparato GPS); interfaces
de usuario para computadoras de a bordo de vehículos de motor;
aparatos de navegación para vehículos; kits manos libres para
teléfonos; aparatos de visualización frontal para vehículos; soportes
para auriculares telefónicos para automóviles; alfombrillas para
salpicaderos adaptadas para alojar teléfonos móviles y teléfonos
inteligentes; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de
reconocimiento y comando de voz; aparatos de navegación por
satélite; aparatos de comunicación por satélite; equipo para recibir,
procesar y transmitir voz, vídeo, datos e información de localización
a través de satélites; baterías eléctricas para vehículos; estaciones de
carga para vehículos eléctricos; aparatos de entrada y encendido de
vehículos sin llave; partes y accesorios para computadoras,
periféricos de la computadora, dispositivos electrónicos móviles,
teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, altavoces inteligentes, centros de hogar inteligentes,
audífonos, auriculares, audífonos, auriculares, auriculares,
reproductores de audio y visuales y hardware portátil; baterías;
baterías solares; baterías recargables; cargadores de batería;
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Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
cargadores de energía portátiles; cargadores de baterías inalámbricos;
cargadores de baterías para computadoras, periféricos de la
computadora, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, altavoces inteligentes, centros de
hogar inteligentes, auriculares, auriculares, audífonos, auriculares,
dispositivos electrónicos digitales de mano, y reproductores de
audio y visuales; cargadores inalámbricos para computadoras,
periféricos de la computadora, teléfonos móviles, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, picos
inteligentes, centros de hogar inteligentes, auriculares, audífonos,
auriculares, auriculares, dispositivos electrónicos digitales
manuales, y reproductores de audio y visuales; aparatos de carga
para computadoras, periféricos de la computadora, teléfonos
móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, altavoces inteligentes, centros de hogar inteligentes,
auriculares, audífonos, auriculares, audífonos, dispositivos
electrónicos digitales manuales, y reproductores de audio y visuales;
alfombrillas de carga y estuches de carga adaptados para
computadoras, periféricos de la computadora, teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes,
auriculares, audífonos, auriculares, auriculares, dispositivos
electrónicos digitales manuales, conectores eléctricos y electrónicos,
acopladores, alambres, cables, cargadores, muelles, estaciones del
muelle, y adaptadores para usar con computadoras, periféricos de la
computadora, dispositivos electrónicos portátiles, teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes,
centros de hogar inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares,
reproductores de audio y vídeo, televisores, y decodificadores;
cargadores de baterías eléctricas; cargadores para cigarrillos
electrónicos; estantes para monitores de computadora, periféricos
de la computadora, tabletas, computadoras portátiles, teléfonos
móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, altavoces inteligentes, centros de hogar inteligentes,
auriculares, auriculares, televisores, decodificadores, dispositivos
electrónicos digitales manuales, y reproductores de audio y vídeo;
bolsas, cobertores, estuches, mangas, correas, cordones y soportes
para computadoras, periféricos de la computadora, teléfonos
móviles, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, anillos inteligentes, altavoces inteligentes, centros de
hogar inteligentes, auriculares, audífonos, auriculares, auriculares,
dispositivos electrónicos digitales manuales, y reproductores de
audio y vídeo; protectores de pantalla para monitores de
computadora, pantallas de computadora, teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes,
televisores, y dispositivos electrónicos digitales portátiles; películas
protectoras para computadoras, teléfonos móviles, teléfonos
inteligentes, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores, y
dispositivos electrónicos digitales portátiles; palos para selfies;
lentes para selfies; luces de anillo selfie para teléfonos inteligentes,
computadoras, computadoras portátiles, y tabletas; almohadillas de
refrigeración para ordenadores portátiles; hardware de computadora
para uso en el control de sistemas de automatización del hogar,
incluyendo iluminación, accesorios, calefacción y aire
acondicionado, timbres y alarmas de seguridad; aparatos electrónicos
activados por voz y de reconocimiento de voz para controlar
dispositivos electrónicos de consumo y sistemas residenciales;
sistemas de control climático compuestos por dispositivos de control
de calefacción; termostatos, monitores, sensores, y controles para
aire acondicionado, dispositivos y sistemas de calefacción y
ventilación; aparatos de control de iluminación; enchufes eléctricos;
interruptores eléctricos y electrónicos; alarmas, sensores de alarma,
y sistemas de monitoreo de alarmas; detectores de humo y monóxido
de carbono; cerraduras y pestillos eléctricos y electrónicos para
puertas y ventanas; teclados y controles eléctricos y electrónicos
para puertas de garaje; aparatos y sistemas de seguridad y vigilancia
residenciales; software de ordenador; software de computadora para
configurar, configurando, operando, y controlar computadoras,
periféricos de la computadora, teléfonos inteligentes, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, anillos inteligentes, altavoces
inteligentes, centros de hogar inteligentes, auriculares, audífonos,
auriculares, dispositivos electrónicos digitales manuales, televisores,
decodificadores, reproductores de audio y vídeo, y sistemas de
entretenimiento doméstico; software de reconocimiento de gestos,
software de reconocimiento de voz; software de reconocimiento de
imágenes; software de reconocimiento facial; software de
identificación biométricas software de desarrollo de aplicaciones;
software para su uso como interfaz de programación de aplicaciones
(API) para crear aplicaciones de software; software para
procesamiento, transmitir y mostrar texto, datos, imágenes, audio,
contenido audiovisual y otros contenidos multimedia; software para
enviar y recibir mensajes electrónicos, alertas, notificaciones y
recordatorios; software de juegos de computadora; programas de
videojuegos; software de realidad virtual, software de realidad
aumentada; software para navegar en entornos de realidad virtual y
realidad aumentada; software para su uso en la habilitación de
computadoras, dispositivos móviles, y teléfonos móviles para
ofrecer experiencias de realidad virtual y realidad aumentada;
productos virtuales descargables, principalmente, programas
informáticos que incluyan electrónica, auriculares, gafas, ropa,
calzado, sombreros, joyas, productos cosméticos, bebidas, equipo
deportivo, vehículos, y juguetes para su uso en mundos virtuales en
línea; software informático para proporcionar información
geográfica, mapas interactivos e imágenes aéreas y satelitales;
billeteras electrónicas descargables; software para facilitar
transacciones comerciales a través de dispositivos de
telecomunicaciones móviles; archivos de audio descargables,
archivos de imagen, archivos de vídeo, archivos de música y
contenido multimedia; grabaciones de audio y visuales descargables,
podcasts, libros, publicaciones periódicas, grabaciones musicales,
películas, películas y programas de televisión; salvapantallas
descargables para ordenadores, teléfonos, y relojes inteligentes;
emoticones descargables; gráficos por computadora descargables;
tonos de llamada descargables; fuentes tipográficas descargables;
agendas electrónicas; aparatos para comprobar el correo sellado;
cajas registradoras; mecanismos para aparatos que funcionan con
monedas; dictáfonos: marcadores de dobladillo; máquinas de
votación; máquinas de selección de premios; hologramas; máquinas
de fax; aparatos e instrumentos de pesaje; medidores; tablones de
anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas [rodajas de
silicio]; filamentos conductores de luz (fibras ópticas); pararrayos;
aparatos de ionización que no sean para el tratamiento del aire o del
agua; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; dibujos
animados; dispositivos para inspección de huevos mediante luz;
silbatos para perros; imanes decorativos; cercas electrificadas;
retardadores de automóviles portátiles con control remoto; software
de computadora, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
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Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Número de Solicitud: 2025-3900
Fecha de Presentación: 2025-06-12
Fecha de emisión: 28 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Controladora Vuela Compañía de Aviación, S.A.B. de C.V.
Domicilio: Av. Antonio Dovalí Jaime No. 70, torre B, piso 13, Col. Zedec Santa Fé,
Alcaldía, Álvaro Obregón, C.P.01210, Ciudad de México, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Volaris 30,000 ft" en su
conjunto, sin dar exclusividad al término "10,000 ft".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software; software (programas grabados) y software
(aplicación descargable) para otorgar recompensas a usuarios de servicios de transporte
aéreo de pasajeros, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Volaris 10,000 ft
Número de Solicitud: 2026-191
Fecha de Presentación: 2026-01-13
Fecha de emisión: 23 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO LAMOSA, S.A. B. DE C.V.
Domicilio: Av. Pedro Ramírez Vázquez, #200-1, Col. Valle Oriente, C.P. 66269, San
Pedro Garza García, Nuevo León, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (19)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CREST CRESTUCO APLANA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su manera conjunta y la
apariencia de su etiqueta, no se da protección a ningún otro denominativo adjunto en
su ejemplar, no se protege el código de barra.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Mortero; mortero adhesivo para fines de construcción;
superficies texturizadas para muros; superficies texturizadas para techos; pastas
texturizadas (material de construcción); acabados de hormigón con textura;
recubrimientos no metálicos para la construcción, de la clase 19.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
________
Número de Solicitud: 2026-190
Fecha de Presentación: 2026-01-13
Fecha de emisión: 23 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: GRUPO LAMOSA, S.A.B. DE C.V.
Domicilio: Av. Pedro Ramírez Vázquez, #200-1, Col. Valle Oriente, C.P. 66269, San
Pedro Garza García, Nuevo León, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (19)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Mortero; mortero adhesivo para fines de construcción;
superficies texturizadas para muros; superficies texturizadas para techos; pastas
texturizadas (material de construcción); acabados de hormigón con textura;
recubrimientos no metálicos para la construcción, de la clase 19.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
CRESTUCO
________
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicios - Theatime Teatime Anytime
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-6908
Fecha de Presentación: 2024-10-22
Fecha de emisión: 16 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS
A.- TITULAR
Solicitante: Alka'bi Establishment
Domicilio: Zone No. 85, Central Market, Street No. 955, Property No. 21, Al
Maamoura, Doha, Qatar.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Teatime Teatime Anytime
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad
sobre las palabras TEATIME y TEATIME ANYTIME de forma separada. Se otorga
protección de la apariencia de la etiqueta, no se otorga protección de los demás
caracteres denominativos presentes en la misma.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suministro de información comercial a través de un
sitio web; asistencia en la gestión comercial o industrial; información y asesoramiento
comercial a los consumidores [tienda de asesoramiento al consumidor]; administración
comercial de la concesión de licencias de productos y servicios de otros; publicidad
por correo directo; difusión de material publicitario; distribución de muestras;
comercialización; modelado para publicidad o promoción de ventas; publicidad en
línea en una red informática; provisión de un mercado en línea para compradores y
vendedores de productos y servicios; organización de ferias comerciales con fines
comerciales o publicitarios; demostración de productos; presentación de productos en
medios de comunicación, con fines minoristas, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
-- 48 of 56 --
41
La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - YEZTUGO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4600
Fecha de Presentación: 2025-07-10
Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Gilead Sciences Ireland UC
Domicilio: IDA Business & Technology Park Carrigtohill Co. Cork., Irlanda
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y
prevención del VIH y SIDA; preparaciones farmacéuticas antivirales, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
YEZTUGO
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - JOSTENS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7344
Fecha de Presentación: 2024-11-08
Fecha de emisión: 23 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Jostens, Inc.
Domicilio: Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LUCIA DURON LOPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa, principalmente, gorras, vestidos, togas,
camisetas, pantalones cortos, sudaderas y pantalones; borlas; ropa deportiva especial
y de gimnasia, principalmente, camisas de golf, camisas de polo, camisas deportivas;
trajes de baño, gorros de natación, principalmente, viseras para el sol; sombreros,
principalmente, gorras; suéteres tipo jersey; chaquetas resistentes al aire; abrigos;
chaquetas, capuchas y componentes de capuchas; cuellos; estolas, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
________
JOSTENS
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - Instituto Hondureño de Educación por Radio
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5137
Fecha de Presentación: 2025-07-30
Fecha de emisión: 7 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: ASOCIACIÓN INSTITUTO HONDUREÑO DE EDUCACIÓN POR
RADIO (IHER)
Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Barrio Abajo, Ave. Lempira, casa #305, Honduras,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
ROLANDO LOPEZ RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (45)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación de manera conjunta, no se
da exclusividad a los términos de manera individual.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Registro de nombres de dominio, de la clase 45.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Instituto Hondureño de Educación
por Radio
________
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - HELIAR
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4725
Fecha de Presentación: 2025-07-15
Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Clarios Energy Solutions Brasil Ltda
Domicilio: Av. Independencia, 2757, Eden, Sorocaba SP, 18103-000, Brasil.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LUCÍA DURÓN LÓPEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HELIAR
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Baterías eléctricas, para vehículos; acumuladores,
eléctricos, para vehículos; baterías; baterías recargables; baterías de encendido;
probadores de baterías, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ECOVITA MÁXIMO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6140
Fecha de Presentación: 2025-09-12
Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS ECOVITA, S. DE R.L. DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ECOVITA MÁXIMO
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la
apariencia de su etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones desinfectantes líquidas o concentradas
en gel y aerosol, destinadas a la limpieza, desinfección y desodorización de pisos en
áreas domésticas, institucionales e industriales, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - FAN ZONE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5822
Fecha de Presentación: 2025-08-28
Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUCIONES UNIVERSALES, S.A. DE C.V. (DIUNSA).
Domicilio: 1 era Calle, 11 y 12 Avenida, N.E., Colonia San Fernando, CP 21101,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FAN ZONE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FAN ZONE" en su
conjunto, así como la apariencia de su etiqueta, sin dar exclusividad de uso de forma
separada las palabras "FAN y ZONE".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Organización y realización de eventos deportivos a
nivel nacional; organización de eventos recreativos a nivel nacional; organización de
actividades culturales a nivel nacional; promoción y difusión de actividades artísticas,
deportivas y culturales a nivel nacional; servicios de entretenimiento relacionados con
deportes a nivel nacional; organización de torneos y competencias deportivas a nivel
nacional; organización de espectáculos y actividades recreativas para el público en
general a nivel nacional, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - FITSTATION
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5568
Fecha de Presentación: 2025-08-14
Fecha de emisión: 16 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: DAVID ROLANDO TENORIO GONZÁLEZ
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HECTOR ANTONIO FERNANDEZ PINEDA
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FITSTATION
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "FITSTATION" y la
apariencia de su etiqueta. No se otorga protección sobre las palabras FIT y STATION
de forma separada. No se otorga protección sobre la palabra "GYM".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de gimnasio; centros de acondicionamiento
físico, entrenamiento personal; clases de fitness; organización de actividades
deportivas y recreativas; servicios de entrenador personal; realización de clases de
acondicionamiento fisico, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - GO TROPIC
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-781
Fecha de Presentación: 2025-02-12
Fecha de emisión: 6 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CAMELOT INTERNATIONAL, LLC.
Domicilio: Estado de Luisiana, Estados Unidos de América, CP 70769, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GO TROPIC
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su forma
conjunta, sin darle exclusividad sobre los términos por separado.
I.- Reivindicaciones: Se reinvindica el uso de los colores como aparecen en la
etiqueta y la grafia especial aplicada.
J.- Para Distinguir y Proteger: Limonadas naturales (bebidas sin alcohol a base de
limón); limonadas gasificadas (bebidas sin alcohol a base de limón con gas carbónico);
bebidas refrescantes de frutas con al menos un 10% de jugo, principalmente mezclas
como guayaba y piña, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Señal de Propaganda - DIUNSA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-561
Fecha de Presentación: 2024-01-30
Fecha de emisión: 8 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: DISTRIBUCIONES UNIVERSALES, S.A. DE C.V. (DIUNSA)
Domicilio: 1era. Calle, 11 y 12 Avenida, N.E., Colonia San Fernando, CP 21101,
Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula con la marca de
servicios denominada DIUNSA con Registro No. 32174.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios y administración comercial;
servicios de publicidad; organización de ferias y exposiciones comerciales,
investigación de mercado; consultoría empresarial, publicidad por correspondencia;
gestión de bases de datos comerciales; realización de estudios de mercado; gestión de
programas de fidelización de clientes; publicidad en línea; gestión de programas de
lealtad, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
CONTRIBUYENDO AL
BIENESTAR DE LAS FAMILIAS
HONDUREÑAS
Resolución
Resolución — Registro de Señal de Propaganda - BABY NUTRINE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-8602
Fecha de Presentación: 2025-12-29
Fecha de emisión: 9 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS CHAMER, S.A. DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, CP 21101 Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ LOZANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda ligada a la marca con registro
número 67608 de la marca BABY NUTRINE en clase 3.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras substancias para
la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; perfumería,
aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ECOVITA ECOAROMAS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6136
Fecha de Presentación: 2025-09-12
Fecha de emisión: 18 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS ECOVITA, S. DE RL DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101 Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ECOVITA ECOAROMAS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones en aerosol, gel o líquido, destinadas
a perfumar, aromatizar y desodorizar ambientes de uso doméstico, institucional e
industrial, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
CUIDAMOS LO QUE + CUIDAS
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ECOVITA ECOGRILL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6139
Fecha de Presentación: 2025-09-12
Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INDUSTRIAS ECOVITA, S. DE RL DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras, CP 21101 Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
HÉCTOR ANTONIO FERNÁNDEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ECOVITA ECOGRILL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto y la
apariencia de la etiqueta.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones en forma líquida, gel y aerosol,
destinadas a la limpieza, desengrase y eliminación de residuos en parrillas, planchas
de cocina, estufas, cocinas y hornos de uso doméstico, institucional e industrial, de la
clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - BENNETTS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7378
Fecha de Presentación: 2025-11-04
Fecha de emisión: 16 de marzo de-2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: A A UNIVERSAL
Domicilio: RESIDENCIAL COSTA VERDE, 15 CALLE SE, CASA 33, BLOQUE
39, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
IRIS PINEDA RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (18)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BENNETTS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "BENNETTS" y la
apariencia de la etiqueta. No se otorga protección sobre la letra "B" y del elemento
denominativo ®.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bolsos de mano; maletas de viaje; billeteras; carteras;
mochilas; estuches para llaves y para tarjeta de crédito, de la clase 18.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Nombre Comercial - LOVITO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7403
Fecha de Presentación: 2025-11-05
Fecha de emisión: 5 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL
A.- TITULAR
Solicitante: A A UNIVERSAL
Domicilio: RESIDENCIAL COSTA VERDE, 15 CALLE SE, CASA 33, BLOQUE
39, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
IRIS PINEDA RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la venta de productos de
cuero y prendas de vestir, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
______
LOVITO
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - BERNESS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7388
Fecha de Presentación: 2025-11-04
Fecha de emisión: 3 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: A A UNIVERSAL
Domicilio: RESIDENCIAL COSTA VERDE, 15 CALLE SE, CASA 33, BLOQUE
39, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
IRIS PINEDA RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BERNESS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "Denominativo".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Calzado como zapatillas, botas, sandalias, tacones,
sombreros, ropa interior, camisetas, camisas, pantalones y pañuelos, de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - BERNESS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-7389
Fecha de Presentación: 2025-11-04
Fecha de emisión: 4 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: A A UNIVERSAL
Domicilio: RESIDENCIAL COSTA VERDE, 15 CALLE SE, CASA 33, BLOQUE
39, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, CP 21103, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
IRIS PINEDA RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
BERNESS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo el tipo de signo "Denominativo".
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de venta de productos de cuero y prendas de
vestir, de la clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 22 J. y 7 J. 2026
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - AUSTRALIAN PROTECCIÓN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2800
Fecha de Presentación: 2025-04-30
Fecha de emisión: 26 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: PLANTA INDUSTRIAL DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA.
Domicilio: Boulevard Industrial Norte No.440, zona 4, Municipio de Mixco, Ciudad
de Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "AUATRALIAN
PROTECCION" en su forma conjunta, sin dar exclusividad de uso de las palabras
de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Leche, productos lácteos y sucedáneos de la leche,
de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
AUSTRALIAN PROTECCIÓN
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - MEDIGRAY VIGOR
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3788
Fecha de Presentación: 2025-06-06
Fecha de emisión: 30 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: INVERSIONES ORIDAMA S.A.
Domicilio: San Miguel de Desamparados, calle Sabanillas, frente a la Urbanización
Pradera Encantada, San José, Costa Rica.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin otorgar
exclusividad de uso sobre la palabra "VIGOR" en forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional compuesto por Aspartato de
Arginina, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
MEDIGRAY VIGOR
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - TUSCOLAN
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-3405
Fecha de Presentación: 2025-05-23
Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Laboratorios Químico — Farmacéuticos Lancasco, S.A.
Domicilio: 2 calle 14-90 zona 18 Colonia Lavarreda, Ciudad de Guatemala, Guatemala,
Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
OSCAR ARMANDO MANZANARES DIAZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de
enfermedades cardiometabólicas y trastornos del sistema nervioso central, de la clase
5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
TUSCOLAN
Resolución
Resolución — Registro de Señal de Propaganda - LOVEO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5769
Fecha de Presentación: 2025-08-26
Fecha de emisión: 20 de marzo de 2026
Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA
A.- TITULAR
Solicitante: REMESADORA LOVEO S.A.
Domicilio: Boulevard Centroamérica, Edificio LOTO, Tegucigalpa, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Gabriel Andres Moncada Fuentes
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula con el Registro
No. 030023, de la marca de servicios denominada LOVEO, en clase 36.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios;
negocios inmobiliarios, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
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SIN MUCHA VUELTA
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - CELSIUS
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7985
Fecha de Presentación: 2024-12-05
Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Celsius Holdings, Inc.
Domicilio: 2424 North Federal Hwy, Suite 208, Boca Raton, Florida, 33431 United
States of America, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSÉ CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones dietéticas; complementos dietéticos;
complementos dietéticos y nutricionales; complementos homeopáticos; complementos
a base de hierbas; complementos nutricionales en polvo para elaborar bebidas, de la
clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
CELSIUS
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - CELSIUS LIVE FIT
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-7975
Fecha de Presentación: 2024-12-05
Fecha de emisión: 5 de febrero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Celsius Holdings, Inc.
Domicilio: 2424 North Federal Hwy, Suite 208, Boca Raton, Florida, 33431 United
States of America, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSÉ CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CELSIUS LIVE FIT" en
su forma conjunta, sin dar exclusividad de uso sobre la palabra "LIVE FIT " en forma
separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Té; bebidas a base de té; bebidas de té; sucedáneos del
té; té para infusiones; bebidas elaboradas con té; goma de mascar; café; bebidas a base
de café; barritas de cereales ricas en proteínas; barritas de cereales ricas en proteínas
con fruta, frutos secos o semillas añadidas; barras de cereales; barritas energéticas;
barritas a base de cereales, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
CELSIUS LIVE FIT
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - RICO MOSH
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4164
Fecha de Presentación: 2025-06-23
Fecha de emisión: 12 de enero de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: THE QUAKER OATS COMPANY
Domicilio: 433 West Van Buren Street Suite 350N Chicago, Illinois 6060, USA,
Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARTHA EDITH ORTIZ PEÑA
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RICO MOSH" en su
forma conjunta, sin dar exclusividad de uso de las palabras de forma separada.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones hechas de cereales, cereales para
desayuno, a saber, cereales listos para comer y cereales calientes; galletas tipo
"biscuits", galletas y galletas saladas; avena, gachas de avena, papilla de avena, muesli
y preparaciones de muesli; mezcla de panqueques, mezclas preparadas para hornear;
barras de cereal basada en granos; mezcla de bocadillos basadas en granos; barras de
cereal; bocadillos a base de cereales; queques de arroz y productos de queques de arroz,
queques de granos; bocadillos basados en granola, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
EDITH ROSALINDA AVILA CANALES
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
RICO MOSH
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - STARSDUO
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-2298
Fecha de Presentación: 2025-04-07
Fecha de emisión: 8 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: THE QUAKER OATS COMPANY
Domicilio: 433 West Van Buren Street Suite 350N Chicago, Illinois 6060, USA,
Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Rodrigo José Cano Bonilla
E.- CLASE INTERNACIONAL (30)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aperitivos a base de cereales; aperitivos a base de
multicereales; aperitivos a base de maíz; aperitivos de maíz inflado; palomitas de maíz;
chips de maíz; chips de tortilla; aperitivos a base de cereales; preparados a base de
cereales; barritas a base de cereales; cereales para el desayuno; granola; aperitivos a
base de arroz; aperitivos a base de harina; chips a base de harina; galletas; galletas
saladas; pretzels; chips de pita; alimentos a base de avena; avena procesada, avena
instantánea; arroz preparado; frituras de arroz; galletas de arroz; aperitivos consistentes
principalmente en pan; frituras para panecillos; salsas para mojar aperitivos, salsas
(aderezos condimentados); aperitivos consistentes principalmente en productos
elaborados con granos, maíz, cereales o cualquier combinación de los mismos;
confitería hecha de azúcar; miel, sirope para panqueques; sirope de maple; sirope de
arce; sirope de maíz; aromatizantes para bebidas, excepto aceites esenciales; confitería
congelada, de la clase 30.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
_______
STARSDUO
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ATOH
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6092
Fecha de Presentación: 2025-09-11
Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima
Domicilio: Km. 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes,
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO BONILLA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para el
trastorno de déficit de atención e hiperactividad (TDAH), de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
ATOH
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - ANYSEW
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-289
Fecha de Presentación: 2025-01-16
Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HANGZHOU ANYSEW GARMENT EQUIPMENT CO., LTD.
Domicilio: Room 1011, No. 334 Fengqi Road, Gongshu District, Hangzhou City,
Zhejiang Province, China, China.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (7)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ANYSEW
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se considera bajo tipo de signo denominativo.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas de coser; máquinas de coser rematadoras;
máquinas cortadoras de tela; máquinas empaquetadoras; secadoras centrífugas;
máquinas de limpieza en seco; calderas de máquinas; prensas de imprimir; máquinas
de planchar; máquinas para la industria textil, de la clase 7.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J., 7 y 22 J. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - LYMBRU
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-6566
Fecha de Presentación: 2025-10-07
Fecha de emisión: 20 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima
Domicilio: Km. 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes,
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para el
tratamiento de infecciones fúngicas graves, como aspergilosis invasiva y candidiasis
sistémica. especialmente en pacientes inmunocomprometidos, producto farmacéutico
de uso humano para el tratamiento de la leishmaniasis visceral, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
LYMBRU
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - DALEV
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2024-4590
Fecha de Presentación: 2024-07-16
Fecha de emisión: 20 de agosto de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima
Domicilio: Km. 16.5 Carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes,
Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
RODRIGO JOSE CANO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para uso oncológico;
productos farmacéuticos para el tratamiento del cáncer, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA
Registro de la Propiedad Industrial
22 J. 7 y 22 J. 2026
DALEV
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La G aceta
B.
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 7 D E J U L I O D E L 2026 N o . 37,187
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Servicio - CENEC
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5517
Fecha de Presentación: 2025-08-12
Fecha de emisión: 28 de mayo de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO "CHOROTEGA LIMITADA"
Domicilio: Barrio Guadalupe, esquina opuesta a plaza La Solidaridad, Choluteca,
Choluteca, CP 504, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MIRNA LIZETH TURCIOS
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Administración de negocios financieros; servicios
de créditos a través de cooperativas, préstamos a plazos/pagos en cuotas; servicios
de pagos por biblioteca electrónica; servicios de pagos por monedero electrónico;
servicios financieros prestados por medios electrónicos; servicios de transacciones
financieras por medios electrónicos; servicios de procesamiento de transacciones
efectuadas con tarjetas de crédito, tarjetas de débito y cheques electrónicos; servicios
de opciones de pagos múltiples mediante terminales electrónicos operados por el
cliente; disponibles en locales de tiendas minoristas; servicios electrónicos de cuentas
corrientes sin papeles; servicios electrónicos de solicitud de préstamos; transferencias,
fondos y servicios de pago por medios electrónicos, de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
CENEC
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - EDOXAL
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-4481
Fecha de Presentación: 2025-07-07
Fecha de emisión: 11 de junio de 2026
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ALENA PHARMA
Domicilio: BARRIO, AVENIDA SAMUEL LEVIS, CALLE 53, EDIFICIO MEGA,
6 PISO, OFICINA NO. 6B-803, PANAMÁ, Panamá.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
OLGA VANESSA CHAVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
EDOXAL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación EDOXAL y la apariencia
de su etiqueta, los demás elementos denominativos y el signo de registro adjunto en
el ejemplar no se protege.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento con finalidad de usarse como
anticoagulante de última generación, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
_______
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - SWOLEFIRE
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5702
Fecha de Presentación: 2025-08-22
Fecha de emisión: 17 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Conecta Soluciones, S.A.
Domicilio: Colonia La Reforma, No. 2889, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
IRIS JANETH NUÑEZ ANDINO
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
SWOLEFIRE
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Camisetas de manga corta; camisetas de manga
larga; camisetas sin mangas; pantalones cortos para correr; pantalones cortos para
entrenamiento en el gimnasio; pantalones cortos para deportes; sudaderas con capucha;
sudaderas sin capucha; sujetadores deportivos; leggings ajustados; leggings flexibles;
chaquetas cortavientos o impermeables; gorras; calcetines; guantes deportivos;
bufandas deportivas; calzado para correr; calzado para baloncesto; calzado para fútbol;
ropa para natación; ropa para deportes de invierno; ropa de ciclismo; ropa de yoga;
uniformes de judo y de karate; bandas para la cabeza, calzado de playa; calzoncillos
bóxer; calzones de baño; shorts de baño, chalecos; pantalones y busos para deportes,
de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
ABOGADA CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
Resolución
Resolución — Registro de Marca de Fábrica - NAYA
Registro de la Propiedad Industrial
Número de Solicitud: 2025-5696
Fecha de Presentación: 2025-08-22
Fecha de emisión: 16 de octubre de 2025
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Conecta Soluciones, S.A.
Domicilio: Colonia La Reforma, No. 2889, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
IRIS JANETH NUÑEZ ANDINO
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
NAYA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Camisetas de manga corta; camisetas de manga
larga; camisetas sin mangas; pantalones cortos para correr; pantalones cortos para
entrenamiento en el gimnasio; pantalones cortos para deportes; sudaderas con capucha;
sudaderas sin capucha; sujetadores deportivos; leggings ajustados; leggings flexibles;
chaquetas cortavientos o impermeables; gorras; calcetines; guantes deportivos;
bufandas deportivas; calzado para correr; calzado para baloncesto; calzado para fútbol;
ropa para natación; ropa para deportes de invierno; ropa de ciclismo, ropa de yoga;
uniformes de judo y de karate; bandas para la cabeza; calzado de playa; calzoncillos
bóxer; calzones de baño; shorts de baño; chalecos; pantalones y busos para deportes,
de la clase 25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARIA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
7, 22 J. y 6 A. 2026
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