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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

29 octubre 2025Edición No. 36,979

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 247-2025 — Poner a disposición del Consejo Nacional Electoral el Alto Mando de las Fuerzas Armadas

Poder Ejecutivo

ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 247-2025 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO (01): Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 1, 4, 235, 245 numerales: 2), 16) y 45), así como, la disposición contenida en los artículos: 272 y 277 de la Constitución de la República y en los artículos: 1 y 19 numeral 1) de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas, Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como una República libre, democrática e independiente, cuya forma de gobierno es republicana, ejercida por tres poderes de manera complementaria e independiente, en la cual la titularidad del Poder Ejecutivo corresponde, en representación y para beneficio del pueblo a la Presidenta de la República, quien, dentro de sus atribuciones; dirige la Política General del Estado, lo representa y ejerce el mando de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General. Institución de carácter permanente, esencialmente profesional, apolítica, obediente y no deliberante. CONSIDERANDO (02): Que, con la finalidad de dar cumplimiento a las funciones del Ejecutivo, su titular ejercerá la suprema dirección y coordinación de la administración pública, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros encontrándose para dichos efectos legitimada para emitir los actos administrativos que fuesen pertinentes, los cuales deberán ser refrendados por el Secretario de Estado en los asuntos relativos a sus respectivo ramo, tal como lo establece el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República en relación con los artículos: -- 1 of 36 -- EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL 11, 22 numeral 6), 33, 36 numeral 21), 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública y en los artículos: 25 y 62 numeral 2), literal b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO (03): Que, tal como se establece en los artículos: 4, 5 y 51 de la Constitución de la República, en relación con el artículo 6 de la Ley Electoral de Honduras, el gobierno debe sustentarse en los principios de Soberanía Popular, la Autodeterminación de los Pueblos y la Democracia Participativa, razón por la cual la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia es obligatoria y para garantizar el ejercicio de la función electoral se crearon el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) como entes autónomos e independientes, sin relación de subordinación con los Poderes del Estado e investidos para tales efectos con personalidad jurídica, jurisdicción y competencia en toda la República. CONSIDERANDO (04): Que en aplicación de la norma contenida en los artículos: 1, 2, 6, 7 y 318 de la Ley Electoral de Honduras, con la finalidad de organizar y dirigir los procesos electorales, así como el establecer el marco institucional mediante el cual se regula el libre ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes políticos de los ciudadanos a elegir y ser electos, el Consejo Nacional Electoral (CNE), tiene la facultad de efectuar los actos, procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones generales, siendo el órgano responsable de la custodia, transporte y vigilancia del material electoral, para lo cual, la Presidenta Constitucional de la República, un mes antes de las elecciones generales, pondrá bajo su disposición a las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO (05): Que mediante los procesos electorales se garantiza el ejercicio de los derechos ciudadanos consignados en el artículo 37 de la Constitución de la República, así como, los deberes políticos, garantizando su libre ejercicio y la participación consciente y efectiva de la ciudadanía mediante la elección por medio del voto de los integrantes de los órganos Legislativo, Ejecutivo, así como, de las Corporaciones Municipales y otras instancias derivadas que determina la función pública. -- 2 of 36 -- POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos: 1, 4, 5, 37, 51, 235, 245 numerales: 2), 11), 16) y 45) y 277 de la Constitución de la República. Artículos: 1, 11, 22 numeral 6), 33, 36 numeral 21), 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. Artículos: 1, 2, 6, 7 y 318 de la Ley Electoral de Honduras. Artículos: 25 y 62 numeral 2) literal b) del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. Artículos: 1 y 19 numeral 1) de la Ley Constitutiva de las Fuerzas Armadas de Honduras y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO: Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República y al artículo 318 de la Ley Electoral de Honduras, en virtud de lo cual, en el ejercicio del mando en Jefe de las Fuerzas Armadas en carácter de Comandante General, se pone a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), el Alto Mando de las Fuerzas Armadas de Honduras (Ejército, Fuerza Aérea, Fuerza Naval y demás organismos) en todo el territorio nacional, desde el treinta (30) de octubre de dos mil veinticinco (2025), hasta la Declaratoria de Elecciones Generales 2025. SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA ORLANDO ENRIQUE GARNER ORDOÑEZ SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DEFENSA NACIONAL -- 3 of 36 -- tal como lo establece el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República en relación con los artículos: 11, 22 numeral 6), 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. CONSIDERANDO (03): Que, tal como se establece en los artículos: 4, 5 y 51 de la Constitución de la República, en relación con el artículo 6 de la Ley Electoral de Honduras, el gobierno debe sustentarse en los principios de Soberanía Popular, la Autodeterminación de los Pueblos y la Democracia Participativa, razón por la cual la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia es obligatoria y para garantizar el ejercicio de la función electoral se crearon el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) como entes autónomos e independientes, sin relación de subordinación con los Poderes del Estado e investidos para tales efectos con personalidad jurídica, jurisdicción y competencia en toda la República. CONSIDERANDO (04): Que en aplicación de la norma contenida en los artículos: 1, 2, 6, 7 y 319 de la Ley Electoral de Honduras, con la finalidad de organizar y dirigir los procesos electorales, así como, el establecer el marco institucional mediante el cual se regula el libre ejercicio de Poder Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 248-2025 — Orden a instituciones de la administración pública poner vehículos a disposición del CNE

Poder Ejecutivo

ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 248-2025 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO (01): Que de conformidad con las disposiciones contenidas en los artículos: 1, 4, 235, 245 numerales: 2) y 45), de la Constitución de la República, Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido como una República libre, democrática e independiente, cuya forma de gobierno es republicana, ejercida por tres poderes de manera complementaria e independiente, en la cual la titularidad del Poder Ejecutivo corresponde, en representación y para beneficio del pueblo a la Presidenta de la República, quien, dentro de sus atribuciones; dirige la Política General del Estado y lo representa. CONSIDERANDO (02): Que, con la finalidad de dar cumplimiento a las funciones del Ejecutivo, su titular ejercerá la suprema dirección y coordinación de la administración pública, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros, encontrándose para tales efectos legitimada para emitir los actos administrativos que fuesen pertinentes, -- 4 of 36 -- los derechos y el cumplimiento de los deberes políticos de los ciudadanos a elegir y ser electos, el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene la facultad de efectuar los actos y procedimientos administrativos y técnicos de las elecciones generales, para lo cual, la Presidenta Constitucional de la República, los Gerentes de las instituciones desconcentradas y descentralizadas del Estado, así como, los Alcaldes Municipales deben ordenar a todas sus dependencias, que todos los vehículos automotores deben estar a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuando éste así lo requiera para los procesos electorales por un período de setenta y dos (72) horas antes y setenta y dos (72) horas después de las elecciones. CONSIDERANDO (05): Que mediante los procesos electorales se garantiza el ejercicio de los derechos ciudadanos consignados en el artículo 37 de la Constitución de la República, así como, los deberes políticos, garantizando su libre ejercicio y la participación consciente y efectiva de la ciudadanía mediante la elección por medio del voto de los integrantes de los órganos Legislativo, Ejecutivo, así como, de las Corporaciones Municipales y otras instancias derivadas que determina la función pública. POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos: 1, 4, 5, 37, 51, 235, 245 numerales: 2), 11) y 45) de la Constitución de la República. Artículos: 1, 11, 22 numeral 6), 116, 117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. Artículos: 1, 2, 6, 7 y 319 de la Ley Electoral de Honduras y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO: Se ORDENA a todas las Instituciones de la Administración Pública dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 319 de la Ley Electoral de Honduras, poniendo para tales efectos todos los vehículos automotores de sus dependencias a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), cuando este así lo requiera, acto que deberá ser efectivo por un periodo de setenta y dos (72) horas antes y setenta y dos (72) horas después de las elecciones generales a realizarse el día treinta (30) de noviembre de 2025. SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el párrafo segundo del precitado artículo, si se necesitare la circulación -- 5 of 36 -- de uno o varios vehículos automotores en el período electoral en que éstos ya estén a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), se debe solicitar su autorización para circular, indicando el motivo o necesidad de su uso. El mecanismo para la emisión de la autorización para dichos vehículos, será determinado de manera conjunta entre cada institución y el organismo electoral, para lo cual se contará con el respaldo y seguimiento de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia. TERCERO: Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional, a vigilar el cumplimiento del presente Acuerdo Ejecutivo. CUARTO: Los titulares de cada uno de los órganos y entidades de la Administración Pública deben ordenar a todas sus dependencias a nivel nacional, el cumplimiento de lo establecido en el presente Acuerdo Ejecutivo. QUINTO: La coordinación logística de los vehículos que cada dependencia debe poner a disposición del Consejo Nacional Electoral (CNE), será establecida de manera conjunta entre cada institución y la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia en aplicación a la competencia y función asignada en el artículo 29 numeral 1) de la Ley General de la Administración Pública. SEXTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de octubre del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 6 of 36 -- -- 7 of 36 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. Pendiente Próxima Edición. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 8 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Sección “B” CONVOCATORIA El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil denominada TECNOCOMP S.A. DE C.V., en aplicación de lo dispuesto en sus estatutos sociales y los artículos 168, 169, 174, 177, 178, 179, 181, 182, 185, 187, 191 y 192 del Código de Comercio, convoca a sus accionistas a la Asamblea General de dicha sociedad en la que se tratarán asuntos de carácter ordinario y extraordinario, a celebrarse el día viernes doce (12) de diciembre del año dos mil veinticinco (2025), a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), en las oficinas de la sociedad en su domicilio social, sito en Avenida Circunvalación, 5ta calle frente a Parqueo del Comisariato Los Andes, Barrio Los Andes, San Pedro Sula, para tratar el siguiente orden del día: A. Apertura de la sesión y verificación del Quórum B. Instalación de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de la sociedad TECNOCOMP S.A. DE C.V. Asuntos de caracter Ordinario: 1. Informe del Consejo de Administración. 2. Informe del Comisario Social. 3. Presentación, discusión, aprobación o modificación del Balance General y del Estado de Resultados de la Sociedad, relativos a los ejercicios sociales correspondientes a los años 2020, 2021, 2022, 2023 y 2024 debidamente auditados. 4. Acuerdo y Decreto de Dividendos si hubiere lugar a ello. 5. Elección del Consejo de Administración. 6. Determinar los emolumentos correspondientes a los administradores y comisario. 7. Asuntos de caracter Extraordinario: 1. Disolución y liquidación de la sociedad. 2. Nombramiento de Ejecutor Especial de Acuerdos relativos a la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria y Protocolización e inscripción de correspondiente de la presente acta. 3. Lectura y aprobación del acta. En caso de no existir quórum el día y hora antes indicado, la asamblea podrá realizarse en segunda convocatoria el día siguiente sábado trece (13) de diciembre de este mismo año (2025), en el mismo lugar, a las nueve de la mañana (9:00 a.m.), sin necesidad de nueva convocatoria. San Pedro Sula, departamento de Cortés, 15 de octubre del año 2025. Secretario del Consejo de Administración TECNOCOMP S.A. DE C.V. 29 O. 2025 -- 9 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO FISCAL ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de julio del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado Román Pinera Mendoza, en su condición de representante procesal de la sociedad mercantil denominada Servicios Financieros Electrónicos S.A. DE C.V. (SEFELSA), ahora CREDOMATIC HONDURAS S.A., contra el Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas (SAR), y de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, con orden de ingreso No. 0801-2025- 000018, " ..., para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo identificado como la Resolución número 138-2025, de fecha 29 de mayo del 2025 y notificada en forma electrónica en fecha 19 de junio del 2025, emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. La demanda se interpone ya que con el acto impugnado la demanda infringe el ordenamiento jurídico, quebranta las formalidades esenciales y contener vicios de nulidad y anulabilidad como el exceso de poder y la desviación de poder. Se solicita el reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para su pleno restablecimiento se ordene dejar sin valor ni efecto el ajuste practicado por el Estado de Honduras con valor de cuatro millones seiscientos diez mil diecinueve lempiras con doce centavos (L. 4,610.019.20), en concepto de Impuesto Adicional a pagar en concepto de Impuesto Sobre la Renta Activo Neto, Aportación Solidaria, declaraciones varias de Retención de Anticipo IRS 1% periodos fiscales 2013-2013. Se acompañan documentos. Petición Poder". ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 29 O. 2025 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria General del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete de agosto del 2025, compareció a este Juzgado la Abogada VANNA STEPHANY VALLADARES CACERES, en su condición de apoderado legal de la Empresa DIALISIS DE HONDURAS S.A., POR LA VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistentes en la Resolución No. 780-2025-SS de fecha 11 de junio del 2025 y la Resolución No. 381-2025-SS de fecha seis de marzo del 2025 emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, así como el reconocimiento de una situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se adopten las medidas necesarias y se ordene el pago de la cantidad de DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL OCHO LEMPIRAS (L.10,144,008.00) en concepto de servicios prestados más intereses devengados a partir de la fecha del reclamo administrativo. Contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República. Quedando registrada en esta judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2025-00613. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 29 O. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciséis (16) de junio de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el señor AXEL JOSUÉ AGUILERA LOZANO quien confirió poder al Abogado WILMER GEOVANY DÍAZ QUINTANILLA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00434 contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI), para que se declare la nulidad e ilegalidad de un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, en materia de personal, consistente en el Acuerdo de Cancelación de Número NO. 145-INAMI-2025 de fecha veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticinco (2025) emitido por el INSTITUTO NACIONAL PARA LA ATENCIÓN A MENORES INFRACTORES (INAMI). Por no ser dictado conforme a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como medidas necesarias para el restablecimiento del derecho el reintegro al puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta la fecha que materialice el reintegro al puesto de trabajo mediante sentencia condenatoria, más el pago de beneficios que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto de salario, vacaciones, bonificación por concepto de vacaciones, aumentos salariales, se decrete la nulidad del acto por el cual se hubiere nombrado el sustituto en mi puesto de trabajo del cual fui cancelado, especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia, habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial, se acompañan documentos, se delega poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 29 O. 2025 -- 10 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de esta ciudad, al público en general, HACE SABER: Que con fecha seis de agosto del año dos mil veinticinco. El señor OSCAR RENE MORENO PORTILLO, a través de su Apoderado Legal, Abg. RONNY MAURICIO HERNANDEZ ROSA Y DEYBI BISMARI GIRON MATA, presentó ante este despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un inmueble que se describe de la manera siguiente: Lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El Ciruelo del municipio de San Nicolás de este departamento de Copán, con una superficie de 61,249.56 m2, (6.l25 HAS), limitando así que se describe de la siguiente manera: Del lado 0-1 rumbo N 77°12'30.79" E, con una distancia de 61.40 metros, colinda con Bernabe Escalante; del lado 1-2 rumbo N 75°23'51.00"E, con una distancia de 64,98 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 2-3 rumbo N 78°22'51.11'E, con una distancia de 38.40 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 3-4 rumbo N 70°32'22.74"E, con una distancia de 57.21 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 4-5 rumbo N 80°20'24.86'E, con una distancia de 34.64 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 5-6 rumbo N 73°56'33.29"E, con una distancia de 15.09 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE, del lado 6-7 rumbo S 52º17'22.95'E, con una distancia de 41.25 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; de lado, 7-8 rumbo S 25°37'26.35"E, con una distancia de 20.17 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 8-9 rumbo S 47º23'20.58*, E, con una distancia de 47.40 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 9-10 rumbo S 47°05'28.17'E, con una distancia de 33.79 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 10-11 rumbo S 39°13'42.40*E, con un distancia de 27.63 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 11-12 rumbo S 45°38'52.70*E, con una distancia de 40.71 metros, colinda con BERNABE ESCALANTE; del lado 12-13 rumbo S 69°30'09.35"W, con una distancia de 321.08 metros, colinda con MARIA JOSEFINA MARTINEZ; del lado 13-14 rumbo N 32°22'21.30*W con una distancia de 45.06 metros, colinda con OMAR SANABRIA; del lado 14-15 rumbo N 44°43'23.51'W, con una distancia de 47.57 metros, colinda con OMAR SANABRIA; del lado 15-16 rumbo N 25º57'46.18'W, con una distancia de 17.34 metros, colinda con OMAR SANABRIA; del lado 16-0 rumbo N 22°42'14.03 W, con una distancia de 115.56 metros, colinda con BLANCA LETICIA MOREIRA; dicho terreno lo he poseído en forma quieta, pública, pacífica e interrumpida por más de diez (10) años y lo obtuvo mediante Compra Venta que le hiciera a la señora MARIA JOSEFINA MARTINEZ MARTINEZ. La Entrada, Copán, 06 de agosto del 2025 ABG. ANNYIE DANIELA ZARAGOZA SECRETARIA 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 -- 11 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que el Abogado JOSE ALEXANDER HERRERA GARCIA, quien actúa en representación legal del señor BOHANERGES OYUELA HERRERA, mayor de edad, casado, hondureño, agricultor, con Documento Nacional de Identificación número 0616-1968-00126 y con domicilio y residencia en el caserío La Montaña, aldea Colaire, municipio de El Corpus, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de dos lotes de terreno, ubicado en el lugar denominado La Montaña, El Corpus, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, Lote No.1. Esta oficina envió una Brigada Catastral a realizar una investigación de campo y en su informe indica que el terreno está ocupado por el solicitante, tiene una área de 3:80 HAS de terreno cultivado de pasto natural la situación jurídica del terreno es PRIVADO SITIO LAS MINAS O MINITAS.- COLINDANCIAS.- NORTE, Abelino Herrera; SUR, Pedro Oyuela, Dolores Oyuela. ESTE, Antonio Carrasco, OESTE, San José Obrero. Lote No.2. Predio ubicado en caserío LA MONTAÑA: Aldea CALAIRE municipio EL CORPUS, municipio Choluteca, departamento Choluteca Mapa Final JC-11 Extensión del Predio 01 HAS 76 AS, 24.60 CAS, Naturaleza Jurídica: SITIO: AGUA AGRARIA Y PALANCA/PRIVADO.- COLINDANCIAS: NORTE, CALLE DE POR MEDIO CON: JULIA MARIA OYUELA, JOSE DOLORES OYUELA; SUR, PEDRO OYUELA; ESTE, JUAN ESCALANTE; OESTE, PEDRO OYUELA, MARIA DOLORES OYUELA y MAURA AGUIRRE. Este predio lo adquirió de forma quieta, pacífica y no interrumpida, de buena fe y tiene más de diez años de poseerlo. Choluteca, 24 de junio del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 29 A. 29 S. 29 O. 2025 ____________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR Exp. 0801-2024-07072-CV La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que según expediente número 0801-2024-07072-CV, ante este Despacho de Justicia, compareció el Abogado JARED SAID PERDOMO CERRATO, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora MARIA REINA NOLASCO, solicitando la Cancelación y Reposición de Título Valor que consiste en un Certificado de Plazo Fijo a título personal con número 0000006225063 a un plazo de 360 días con un saldo actual de treinta y cinco mil dólares ($ 35,000.00), posteriormente mediante auto de fecha veintiuno (21) de mayo del año dos mil veinticinco (2025) se ordena la cancelación y reposición del Título Valor consistente en un Título de Capitalización con número de cuenta 0152334168 con un valor nominal a la fecha, de cincuenta y un mil quinientos treinta y nueve dólares ($ 51,539.00), lo anterior se pone en conocimiento del público para los efectos de ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 22 de agosto del 2025 ABG. ANDREA CELESTE MURILLO SECRETARIA ADJUNTA 29 O. 2025 _________ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 29 de agosto del 2025, compareció a este Juzgado Abogado NELSON ARMANDO MEDINA RAMOS, en su condición de Representante Legal de la Sociedad Mercantil INDUSTRIA TEXTIL LAMYSEF BY LAUREL S.A. de C.V. para la declaración de ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados consistente en la resolución SDN No. 153-2025 de fecha 20 de agosto del 2025 y la Resolución SDN No. 107-2025 de fecha 12 de junio del 2025 ambas emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, reconocimiento de una situación jurídico individualizada y para su pleno reconocimiento se adopten las medidas necesarias para que se deje sin valor ni efecto la Resolución SDN No. 107-2025 en su resolutivo segundo mediante el cual se impone a la parte demandante una sanción por un monto de QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON OCHENTA Y TRES CENTAVOS (L.583,415.84). Contra el Estado de Honduras, a través de Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801- 2025-00625. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. ABG. LUZ MARINA SAUCEDA SECRETARIA ADJUNTA 29 O. 2025 -- 12 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras ede la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, presentada por el señor JORGE ALBERTO ALVARADO LOPEZ, quien es mayor de edad, agricultor, hondureño, con domicilio en el sitio, en el municipio de La Unión, departamento de Copán, con DNI número: 0412-1964-00108, es dueño de un lote de terreno ubicado en el sitio denominado El Pilón Arroyos, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán; que consta de un área cuadrada de TREINTA Y SIETE MIL SETENTA Y OCHO PUNTO CERO SIETE METROS CUADRADOS (37,078.07 MTS2), equivalen a CINCO PUNTO TREINTA CENTÉSIMAS DE MANZANAS (5.30MZ), de extensión superficial; con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con JOSE ARNUFO CHINCHILLA LARA y JORGE ALBERTO ALVARADO LOPEZ; AL ESTE, colinda con JORGE ALBERTO ALVARADO LOPEZ; AL SUR, colinda con calle pública que conduce hacia la comunidad de El Kelix; AL OESTE, colinda con OSVIN MORAN, HERMINDA PEREZ, GUILLERMINA PEREZ, AMINTA PEREZ y MARVIN CHINCHILLA. Representa la Abogada YARELI LISBETH CANALES AGUIRRE. Santa Rosa de Copán, 07 de agosto del año 2025 ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, solicitado por el señor ELDER DIONEL PINTO MOLINA, quien es mayor de edad, comerciante, hondureño, con domicilio en el municipio de La Unión, departamento de Copán, con DNI número: 1406-1985-00177, es dueño de un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado San José Palmas, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, constante con un área de NUEVE MIL QUINIENTOS SESENTA PUNTO NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (9,560.94 MTS.2) equivalente a UNO PUNTO TREINTA Y SIETE MANZANAS (1.37 MZ), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NOR-OESTE, colinda con propiedad del señor Alexander Contreras; AL NOR-ESTE, colinda con calle pública y con propiedad de la señora Guillermina Lara Hernández; AL ESTE, colinda con calle pública; AL SUR-ESTE, colinda con propiedad de los señores Naun Bueso y Zoila Alvarado; AL SUR, colinda con propiedad de los señores Maribel Aguilar Vásquez, Salvador Mejía y Andrés Bueso; AL SUR-OESTE, colinda con calle pública; AL OESTE, colinda con propiedad de los señores José Reynaldo Lorenzana y Felipe Bueso. Representa la Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, 01 de agosto del 2025 ABG. GABRIELA JISSEL DUBON ALVARADO SECRETARIA 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por el señor MIGUEL ESPINOZA LOPEZ, mayor de edad, soltero, agricultor, hondureño, con domicilio en aldea La Laguna, jurisdicción del municipio, de La Unión, departamento de Copán, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número: (0412-1986-00017), es dueño de unos inmuebles que se describe así: LOTE Nº 1 Ubicado en el lugar denominado "Los Hornitos", aldea La Laguna, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con propiedad del señor Edwin Javier Espinoza Alvarado; AL SUR, con calle pública; AL ESTE, con propiedad de la señora Odilia López; AL OESTE, con propiedad del señor José Lorenzo Calidonio Escobar y calle pública; el cual consta de un área total de TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO PUNTO VEINTISIETE METROS CUADRADOS (36,754.27 MTS.2) equivalente a CINCO PUNTO VEINTISIETE MANZANAS (5.27 MZ) de extensión superficial.- LOTE N° 2 Ubicado en el lugar denominado "Los Hornitos", aldea La Laguna, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con propiedad del señor Jorge Alberto Escalante; AL SUR, colinda con calle pública; AL ESTE, con propiedad del señor Jorge Alberto Escalante y calle pública; AL OESTE, colinda con propiedad de la señora Odilia López; el cual consta de un área total de QUINCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE PUNTO TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS (15,597.36 MTS.2) equivalente a DOS PUNTO VEINTITRÉS MANZANAS (2.23 MZ) de extensión superficial.- LOTE Nº 3. Ubicado en el lugar denominado "Los Hornitos", aldea La Laguna, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, con las colindancias siguientes: AL NORTE, con calle pública; AL SUR, colinda con quebrada La Piña; AL ESTE, con propiedad del señor Jorge Alberto Escalante; AL OESTE, colinda con propiedad del señor José Lorenzo Calidonio Escobar; el cual consta de un área total de DOSCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO PUNTO CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (204,268.52 MTS.2) equivalente a VEINTINUEVE PUNTO VEINTINUEVE MANZANAS (29.29 MZ) de extensión superficial; extremo que acredita con el documento privado de compraventa fecha dos (2) de febrero de dos mil doce (2012) inmuebles sobre los cuales carece de escritura inscribible al Instituto de la Propiedad y sobre los cuales ha estado en posesión quieta, pacífica, tranquila e ininterrumpida, por más de trece años, por tal razón solicita Título Supletorio de Dominio de los inmuebles antes descritos. Representa la Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, 12 de agosto del 2025 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GÓMEZ SECRETARIO, POR 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 -- 13 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en la solicitud de Título Supletorio promovida por el señor GONZALO RODRIGUEZ CHACON, mayor de edad, soltero, agricultor, hondureño, con domicilio en el municipio de La Unión, departamento de Copán, con Documento Nacional de Identificación (DNI) número: (0412-1960-00065), es dueño de un inmueble que se describe así: Un lote de terreno ubicado en el lugar denominado La Ceibita, jurisdicción del municipio de La Unión, departamento de Copán, constante de un área total de CIENTO SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE PUNTO OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (169,437.87 MTS.2), equivalente a VEINTICUATRO PUNTO TREINTA MANZANAS (24.30 MZ), de extensión superficial, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con propiedad de los señores Rodolfo Miranda, María Irene Rodríguez, calle pública, Patronato de la Comunidad de La Ceibita y Onoria López; AL SUR, colinda con propiedad de los señores Jose Gonzalo Rodríguez Hernandez, Merin Miranda, Orlando Rodríguez Martínez; AL ESTE, colinda con propiedad de los señores Ramon Aguilar López y Jesús Aguilar; AL OESTE, colinda con propiedad de los señores Armando Acosta, Cesar Pérez, Zoila Pérez; extremo que acredita con el documento privado de compraventa de fecha veinte (20) de abril del año dos mil once (2011), cual carece de escritura inscribible al Registro de la Propiedad, del cual he estado en posesión quieta, pacífica, tranquila e ininterrumpida, por catorce años, por tal razón solicita Título Supletorio de Dominio del lote descrito. Representa la Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ. Santa Rosa de Copán, 12 de agosto del año 2025 ABG. RONALD EDGARDO PINEDA GOMEZ SECRETARIO, POR LEY 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL, NACAOME, VALLE AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de Nacaome, departamento de Valle, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que la Abogada SCARLETH MELISSA HERNANDEZ VALLEJO, en su condición de Apoderada Legal de la señora IASAURA PINEDA, ha solicitado TÍTULO SUPLETORIO, sobre el siguiente inmueble: UN LOTE DE TERRENO: Ubicado en el Sitio Agua Caliente en el Caserío Sonare, Aldea San Rafael, municipio de Nacaome, departamento de Valle, con una superficie de TRECE MIL DOSCIENTOS VEINTISIETE PUNTO CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (13.227.58M2) y tiene el Área Polígono (01 Has, 32 ÁREAS 27.58 CAS, igual a 01 Manzanas+ 8971.75 Vr2), una hectáreas treinta y dos áreas veintisiete punto cincuenta y ocho centiáreas igual una manzana más ocho mil novecientos setenta y uno punto setenta y cinco varas cuadradas de Naturaleza Jurídica PRIVADA con las siguientes COLINDANCIAS: NORTE, colinda con Miguel Banegas, Noé Álvarez, calle de por medio con Inginia Maldonado; SUR, colinda Marcos Tulio García, callejón de por medio con Máximo Maldonado; AL ESTE, colinda con Eduviges Cárcamo, Quebrada intermitente de por medio con Eduviges Cárcamo; AL OESTE, calle de por medio con Inginia Maldonado Gregorio Maldonado, Escuela Policarpo Paz García, callejón de por medio con Eladia Maldonado, Máximo Maldonado.- El cual ha poseído de manera quieta, pacífica y no interrumpida por más de CUARENTA (40) años consecutivos. Nacaome, Valle, 30 de julio de 2025 ABG. JOSE LUIS ANDINO LAINEZ SECRETARIO 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley, HACE SABER: Que la Abogada RUTH YAMILETH ESPINOZA RODRIGUEZ, quien actúa en Representación Procesal de la señora DILMA DEL ROSARIO PONCE AGUIRRE, mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña, con Documento Nacional de Identificación número 0603-1968-00522, con domicilio en la aldea La Guaruma, municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Aldea La Guaruma, municipio de Concepción de María, departamento de Choluteca, Mapa Final KC-42 extensión del predio 08 HAS, 25 AS, 25.50 CAS, equivalente a 11 MANZANAS CON 8.362.78 VARAS CUADRADAS, está ubicado en el SITIO LA GUARUMAS de Naturaleza Jurídica PRIVADO SEGÚN INFORMACIÓN PROPORCIONADA POR LA OFICINA CENTRAL I.N.A. COLINDANCIAS: NORTE, calle de por medio con José David Ponce Aguirre, Marciano Ponce Quiñonez; SUR, Clementina Aguirre Sánchez, Marlon Aguirre, Marina Aguilar, José David Ponce, Luis Alonzo Ponce Quiñonez; ESTE, calle de por medio con: Marciano Ponce Quiñonez, Luvinda Rodas; OESTE, Luis Alonso Ponce Quiñonez, Marciano Ponce Quiñonez, Pamela Espinoza Ponce. Este predio lo adquirió de forma quieta, pacífica y no interrumpida, de buena fe y tiene más de diez años de poseerlo. Choluteca, 11 de agosto del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 29 A., 29 S. y 29 O. 2025 -- 14 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en ciudad de San Pedro Sula, departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha seis de octubre del año dos mil veinticinco, el abogado Maximiliano Villeda Vásquez.- Interpone demanda con número de Correlativo 0501-2025-00089-LAO.- Contra el Estado de Honduras, representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Manuel Antonio Díaz Gáleas, por actos del Ministerio Público. Demanda en materia ordinaria para la nulidad absoluta de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Fiscalía General de la República mediante resolución N°. FGR-528-2025 de fecha veintiocho (28) de agosto del año dos mil veinticinco (2025), por no ser conforme a derecho.- Que se declare la ilegalidad y su nulidad absoluta por infracción del ordenamiento jurídico, quebrantamiento de la formalidad esenciales.- Concurrencia de exceso de poder.- Prescripción de la acción disciplinaria.- Quien se reconozca una situación jurídica individualizada por haber sido sancionada con suspensión sin goce de sueldo por un día.- De manera ilegal e injustificadamente.- Para su pleno restablecimiento se adopten la medias necesarias como ser la supleción del acto administrativo impugnado y en sentencia definitiva se declare la nulidad del acto administrativo, que se deje sin ningún valor ni efecto la Sanción de suspensión sin goce de sueldo por un (01) día. Veintiuno de octubre del año dos mil veinticinco Licenciado Juan Antonio Madrid Guzmán Secretario General 29 O. 2025 Número de Solicitud: 2024-6626 Fecha de presentación: 2024-10-11 Fecha de emisión: 2 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Inversiones Comerciales E Industriales, S.A. de C.V. Domicilio: Oficina de la Administración, segundo nivel, Centro Comercial El Dorado, Bulevar Morazán, Tegucigalpa, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL ELY GABRIELA LAZO DISCUA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN COORPORATIVO EL DORADO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de CORPORATIVO de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Arrendamiento de locales comerciales; alquiler de locales comerciales; alquiler de locales de oficina, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 29 O., 13 y 28 N. 2025 _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito -- 15 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2024-8013 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PANAZECLOX G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de consumo humano, especialmente un medicamento para el tratamiento de convulsiones, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-8012 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CIPROBAC G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de consumo humano, especialmente un medicamento para el tratamiento de infecciones broncopulmonares, neumonía y otitis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 Número de Solicitud: 2024-8003 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 20 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAGNEFUSIN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de consumo humano, especialmente un medicamento para el tratamiento de preeclampsia y eclampsia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-8016 Fecha de presentación: 2024-12-05 Fecha de emisión: 16 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EQUIVAC G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de consumo humano, especialmente un medicamento para el tratamiento de depresión, neurosis obsesiva compulsiva, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 -- 16 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2024-2489 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISA FARMACIAS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad al término “FARMACIAS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta, distribución y comercialización de preparaciones farmacéuticas, veterinarias y sanitarias, así como suministros médicos, servicios de venta minorista de preparaciones farmacéuticas, veterinarias y sanitarias, así como de suministros médicos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-2707 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 28 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIPROPHEN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anestésico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 Número de Solicitud: 2024-1756 Fecha de presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISALITINA-M G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéutico para el tratamiento de la diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-2490 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISA FARMACIAS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad al término “FARMACIAS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, cuidados de higiene y belleza para personas; asesoramiento médico para personas con discapacidad; asesoramiento sobre dietética y nutrición; asesoramiento sobre la salud; asesoramiento sobre la salud en el trabajo; asistencia médica; monitorización a distancia de datos médicos para el diagnóstico y el tratamiento médicos; preparación de recetas médicas por farmacéuticos; puesta a disposición de instalaciones de rehabilitación física; servicios de análisis médicos prestados por laboratorios médicos con fines diagnósticos y terapéuticos; servicios de centros de salud/ servicios de dispensarios médicos; servicios de clínicas médica; servicios de cuidados de enfermería a domicilio; servicios de estaciones termales / servicios de spa; servicios de esteticistas; servicios de esteticistas faciales; servicios de evaluación de la salud; servicios de medicina alternativa; servicios de medicina regenerativa; servicios de psicólogos; servicios de telemedicina; servicios de vacunación; servicios de vacunación; suministro de animales de asistencia a personas con discapacidad; terapia asistida con animales [zooterapia]; terapia ocupacional / ergoterapia; tratamientos médicos que utilizan células cultivadas, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 -- 17 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2024-2488 Fecha de presentación: 2024-04-22 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISA FARMACIAS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad al término “FARMACIAS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: : Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de adicciones de conducta y de ingestión, preparaciones farmacéuticas antibacterianas, antibióticos, analgésicos, anestésicos, productos farmacéuticos para et tratamiento de la demencia, antidepresivos, antieméticos, preparaciones antifúngicas, preparaciones para el tratamiento de la migraña, producto farmacéutico antimiasténico, antimicobacterianos, antineoplásicos, medicamentos antiparasitarios, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la enfermedad de Parkinson, preparaciones farmacéuticas antipsicóticas, antiséptico, antivirales, ansiolíticos, preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la diabetes, preparaciones farmacéuticas cardiovasculares, preparaciones farmacéuticas que operan en el sistema nervioso central, electrólitos para uso médico, complementos minerales, vitaminas y complejos vitamínicos, agentes gastrointestinales, preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades infecciosas, parasitarias, neoplasmas, endocrinas, de la sangre, congénitas, del sistema inmunológico, nervioso central, cardiocirculatorio, respiratorio, digestivo, genitourinario, dermatológico, y trastornos del sistema endocrino, preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de patologías del oído, nariz y garganta, preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades obstétricas y ginecológicas, antialérgicos, antiácidos, antiarrítmicos, anticoagulantes y trombolíticos, anticonvulsivos, antidiarréico, antiemético, antihistamínico, antihipertensivo, antiinflamatorio, medicamentos supresores de la tos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-1757 Fecha de presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISARIVAXAN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de trombosis y embolia pulmonar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 Número de Solicitud: 2024-1759 Fecha de presentación: 2024-03-13 Fecha de emisión: 27 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Pisa, S.A. de C.V. Domicilio: Avenida España Número 1840, Colonia Moderna, Z.C. 44190, en Guadalajara, Jalisco, México, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL FERNANDO ALBERTO GODOY E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PISAVILD-M G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2021-5770 Fecha de presentación: 2021-10-29 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SWIMC LLC Domicilio: 101 W. Prospect Avenue, Cleveland, Ohio 44115, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL Fernando A. Godoy E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FASTLINE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Guantes de nylon y nitrilo, caretas y máscaras de protección, para su uso con pinturas y revestimientos industriales y de automóviles, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 -- 18 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2024-2420 Fecha de presentación: 2024-04-16 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: D2I SOLUTIONS S.A. DE C.V Domicilio: Condominios Metropólis, torre 1, piso 7, local 10710, Boulevard Suyapa,Tegucigalpa, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL KARINA MICHELLE ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Hondoo G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios tecnológicos, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 S., 13 y 29 O. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-5983 Fecha de presentación: 2024-09-10 Fecha de emisión: 16 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BEST TRADE INTERNATIONAL INC Domicilio: Ciudad de Panamá, Panamá, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSE ANTONIO TORO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEVIANT PLUS G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra “PLUS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéuticos de uso humano consistente en medicamento protector intestinal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 Número de Solicitud: 2024-4853 Fecha de presentación: 2024-07-24 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INTERNATIONDL ROYAL TRADING CO., LTD Sociedad de Responsabilidad Limitada Domicilio: Colonia Centroamérica Oeste, Centro Comercial Venus, frente a la Gasolinera Puma, de la ciudad de Comayagüela, M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JACOBO ALFREDO HERNANDEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (12) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Y2 G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto la denominación "Y2" y la apariencia de la etiqueta; sin dar exclusividad del uso por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Focos para vehículos y motocicletas, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 _______ Número de Solicitud: 2025-624 Fecha de presentación: 2025-02-04 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COMAYAGUA INVERSIONES MEDICAS ESPECIALIZADAS, S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANNY RAMOS E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOVAURA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “NOVAURA” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos estéticos y la prestación servicios médicos integrales para el tratamiento de la salud, la higiene corporal y la belleza; ejecución de procedimientos médicos ambulatorios; realización de rellenos faciales, corporales, procedimientos de toxina botulínica, micropigmentación y SPA, de la clase 44 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 -- 19 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2025-1048 Fecha de presentación: 2025-02-19 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TIERRA BLANCA SOCIEDAD MERCANTIL S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: ALDEA DE GUALJOCO, MUNICIPIO DE SANTA BÁRBARA, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAMON BAYARDO MONJARREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AVICAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AVICAL” y la apariencia de la etiqueta. No se le da protección a los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplementos nutricionales que consisten principalmente en el calcio para aves, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-4709 Fecha de presentación: 2024-07-18 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SELCO HONDURAS S. DE R.L. Domicilio: 13 y 14 calle, antiguo local de transporte Hedman Alas, Comayagüela, CP 04001, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JOSE RAMON RAMIREZ MARTINEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta y comercializacion de transformadores eléctricos, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 Número de Solicitud: 2025-758 Fecha de presentación: 2025-02-11 Fecha de emisión: 7 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO FINANCIERA CENTROAMERICANA S.A. Domicilio: Edificio Banco Ficensa, frente a Clínicas Médicas, Boulevard Morazán, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RENE ANDRES SIERRA DIAZ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DINO KIDS G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad sobre la palabra “KIDS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Negocios Financieros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 _______ Número de Solicitud: 2025-1249 Fecha de presentación: 2025-02-25 Fecha de emisión: 17 de julio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO IMAVE S.A. DE C.V. Domicilio: TORRE MEDIPLAZA, COLONIA TEPEYAC, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL OSCAR MANUEL TEJADA TORRES E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AVI CAFE G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “AVI CAFE” y la apariencia de la etiqueta en su conjunto sin dar exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante y cafetería, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 -- 20 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2024-8421 Fecha de presentación: 2024-12-26 Fecha de emisión: 10 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Alimenticio, S.A. de C.V. (Grupo Alza, S.A. de C.V.) Domicilio: COMPLEJO DE BODEGAS BLUEWAREHOUSE II, COLONIA VILLA ERNESTINA, 33 CALLE, SECTOR EL POLVORÍN, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL MIRIAM SARAHI RAMIREZ PORTILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MYDIBEL G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “MYDIBEL” y la apariencia de su etiqueta. Sin dar protección a ningún otro elemento denominativo contenido en su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papas fritas, copos de papa, hojuelas de papa, buñuelos de papa, papas fritas con bajo contenido graso, papas fritas con bajo contenido en grasa, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 _______ Número de Solicitud: 2025-4467 Fecha de presentación: 2025-07-04 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Alimenticio, S.A. de C.V. (Grupo Alza, S.A. de C.V.) Domicilio: COMPLEJO DE BODEGAS BLUEWAREHOUSE II, COLONIA VILLA ERNESTINA, 33 CALLE, SECTOR EL POLVORÍN, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL MIRIAM SARAHI RAMIREZ PORTILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN STAR FOODS G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga exclusividad de la palabra “FOODS”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papas fritas, papas fritas con bajo contenido en grasa, hojuelas de papas, copos de papa, aceite de canola, aceite vegetal, aceite de girasol, aceite de maíz, aceite de oliva, aceite de oliva extra virgen, carnes congeladas, frescas, envasadas, embutidos de carnes, pescado, mariscos, tripas y sus imitaciones, huevos, semillas preparadas, semillas procesadas, semillas comestibles, cebollas procesadas, granos de soja procesados, leche, suero de leche, productos lácteos, proteína vegetal texturizada, arándanos procesados y secos, chiles en conservas, almendras procesadas y molidas, coco deshidratado, flores comestibles secas, procesadas y deshidratadas, frijoles en conserva, consomés, preparados vegetales, mezcla, concentrados para sopas, verduras y frutas en polvo, legumbres secas, enlatadas y en conserva, verduras y hortalizas secas, liofilizadas y procesadas, concentrados a base de verduras, hortalizas y legumbres para cocinar, cremas para el café, cremas blanqueantes para café compuestas principalmente por productos lácteos, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 Número de Solicitud: 2024-2620 Fecha de presentación: 2024-04-26 Fecha de emisión: 16 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Position Logic, S.A. Domicilio: República de Guatemala, ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERaADO LEGAL Fredy Amilcar Castillo Portillo E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CXPSFleet G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CXPSFleet” y la apariencia de su etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software de rastreo web para control logístico vehicular y de activos, mediante dispositivos gps, software accedido por medio de navegadores web, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 _______ Número de Solicitud: 2024-547 Fecha de presentación: 2024-01-29 Fecha de emisión: 2 de julio de 2025 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO Q INTERAMERICA CORP. Domicilio: PANAMÁ, PANAMÁ, Panamá. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERaADO LEGAL LUIS ALEJANDRO MATAMOROS QUILICO E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GENTE QUE LO HACE MEJOR G.- H.- Reservas/Limitaciones: Esta señal de propaganda se vincula con el nombre comercial VAS A LLEGAR GQ, con Registro 689l. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Identificar a una empresa y sus establecimientos dedicados a las siguientes actividades; comercialización de vehículos, repuestos y accesorios; servicios de gestión comercial; servicios financieros y crediticios; servicio de mantenimiento y reparación de vehículos por medio de talleres automotrices; servicios de transporte terrestre, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 13, 29 O. y 13 N. 2025 -- 21 of 36 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 29 D E O C T U BRE D E L 2025 N o . 36,979 Número de Solicitud: 2023-1493 Fecha de presentación: 2023-03-13 Fecha de emisión: 13 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: MITSUBISHI JIDOSHA KOGYO KABUSHIKI KAISHA. Domicilio: 1-21, Shibaura 3-chome, Minato-ku, Tokyo 108-8410, Japón. B.- PRIORIDAD: