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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

13 septiembre 2025Edición No. 36,942

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta edición contiene un acuerdo que permite al Secretario de Estado de Desarrollo Económico delegar sus funciones a otros funcionarios del ministerio. La delegación requiere instrucciones claras y mantiene el control sobre los asuntos más importantes del desarrollo económico nacional. Aplica a servidores públicos y empresas que tratan con este ministerio.

Acuerdo Ministerial

Acuerdo Ministerial No. 089-2025 — Delegación de atribuciones del Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

  1. 1.

    Que el Artículo 321 de la Constitución de la República manda: “Los Servidores de Estado no tienen más facultades que las que expresamente les confiere la Ley. Todo acto que ejecuten fuera de la Ley es nulo e implica responsabilidad”.

  2. 2.

    Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del ramo. CONSIDERANDO: El acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado podrá contener instrucciones obligatorias para este en materia procedimental.

  3. 3.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 271-2022 de fecha 31 de marzo del 2022, la Presidenta Constitucional de la República, en uso de sus facultades que se encuentra investida nombra al

Ver como documento individual →