Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-027-2025 — Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2026
Congreso Nacional
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 27-2025
LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE
SECRETARIOS DE ESTADO,
CONSIDERANDO (1): Que de conformidad con las
disposiciones contenidas en los artículos: 1, 4, 235, 245
numerales: 2), 19) y 45) de la Constitución de la República,
Honduras es un Estado de Derecho, soberano, constituido
como una república libre, democrática e independiente, cuya
forma de gobierno es republicana, ejercida por tres poderes
de manera complementaria e independiente, en la cual la
titularidad del Poder Ejecutivo corresponde, en representación
y para beneficio del pueblo a la Presidenta de la República,
quien dentro de sus atribuciones dirige la Política General del
Estado y lo representa, administrando la hacienda pública.
CONSIDERANDO (2): Que, el Poder Ejecutivo se encuentra
constituido por: La Presidencia de la República, el Consejo
de Ministros y las Secretarías de Estado, siendo estas últimas
órganos de administración general colaboradores de la
Presidencia cuya función es la de orientar, dirigir, coordinar
supervisar y controlar las actividades de sus respectivos
despachos, así como el ejercicio de las atribuciones por Ley
conferidas, tal como se establece en los artículos: 246 y 247
de la Constitución de la República, así como en los artículos:
10 y 36 numeral 1) de la Ley General de la Administración
Pública y en el artículo 16 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO (3): Que, con la finalidad de dar
cumplimiento a las funciones del Ejecutivo, su titular ejercerá
la suprema dirección y coordinación de la administración
pública, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros
encontrándose para tales efectos legitimada para emitir los
actos administrativos que fuesen pertinentes, tal como lo
establece el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la
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EDIS ANTONIO MONCADA
ELSA XIOMARA GARCIA FLORES
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
República en relación con los artículos: 11, 22 numeral 6), 116,
117 y 118 de la Ley General de la Administración Pública.
Mismos que adquirirán la forma de Decretos cuando estos
fuesen privativos del Presidente de la República o deban ser
dictados en Consejo de Secretarios de Estado, como lo es la
toma de las medidas necesarias para el buen funcionamiento
de los Servicios Públicos.
CONSIDERANDO (4): Que el Poder Ejecutivo tendrá
dentro de sus atribuciones, tal como se nomina en el artículo
245 numerales 1), 19) y 30), así como en el artículo 367 de
la Constitución de la República, dirigir la política económica
y financiera del Estado, administrando la hacienda pública,
encontrándose para tales efectos legitimado para presentar al
Honorable Congreso Nacional, dentro de los primeros quince
(15) días del mes de septiembre de cada año, el Proyecto del
Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República.
CONSIDERANDO (5): Que la Ley General de la
Administración Pública en su artículo 22, numeral 4, establece
que corresponde al Consejo de Ministros formular y aprobar,
de conformidad con los planes de desarrollo, el Proyecto de
Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República,
el cual, el Poder Ejecutivo deberá someter anualmente a la
aprobación del Congreso Nacional.
CONSIDERANDO (6): Que el Gobierno de la República
continúa instaurando las bases para una política económica
de salvaguarda de las finanzas públicas, transparencia e
integridad financiera y esto se concretiza en la presentación
del Proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos
de la República y sus Disposiciones Generales 2025.
CONSIDERANDO (7): Que 113 instituciones públicas
formularon en la plataforma de Sistema de Administración
Financiera Integrado (SIAFI) sus presupuestos, de las
cuales 79 corresponden a la Administración Central y 34
a la Administración Descentralizada, dichas instituciones
distribuyeron sus presupuestos en los siguientes grupos de gasto:
Servicios Personales, Servicios No Personales, Materiales y
Suministros, Bienes Capitalizables, Transferencias, Activos
Financieros, Servicios de la Deuda y Otros Gastos, financiando
dichos gastos con los ingresos provenientes de los tributos en
su mayoría del Impuesto Sobre Ventas y del Impuesto Sobre
la Renta recaudados a través del sistema financiero privado
y transferidos al Sistema de Cuenta Única de la Tesorería;
asimismo, con la estimación de ingresos provenientes de
la captación propia de aquellas instituciones que generan
recursos propios y del crédito tanto interno como externo.
CONSIDERANDO (8): Que el Presupuesto General de
Ingresos y Egresos de la República, se financia en un 89.2% de
fuentes nacionales que corresponden a recursos provenientes
del tesoro nacional, los recursos propios y donaciones internas
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y un 10.8% proveniente de las fuentes externas incluidas
en estas los préstamos y las donaciones provenientes de
gobiernos amigos y organismos internacionales; las fuentes
internas se concentran en los ingresos provenientes de los
tributos: Impuesto Sobre Ventas y del Impuesto Sobre la
Renta, recaudados a través del sistema financiero privado y
transferidos a la Cuenta Única de la Tesorería General de la
República (TGR); así como, aquellos recursos autogenerados
(Recursos Propios) por algunas instituciones públicas tanto
de la Administración Central como Descentralizada.
CONSIDERANDO (9): Que de conformidad con el artículo 5,
numeral 2 de la Ley Orgánica del Presupuesto, la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas presentará a la Presidenta
de la República para su aprobación la Política Financiera de
Mediano Plazo y la Política Presupuestaria Anual y dirigirá
su ejecución una vez aprobada.
CONSIDERANDO (10): Que, el Gobierno de la República
ejecuta el Plan de Gobierno Bicentenario para Refundar
Honduras, enmarcado en 5 prioridades: Participación y
Democracia, Desarrollo Social, Desarrollo Económico,
Desarrollo Ambiental y Seguridad Jurídica y 3 ejes
transversales: Defensa a los Derechos Humanos, Género y
Desarrollo Territorial.
CONSIDERANDO (11): Que, con la finalidad de dar
cumplimiento a las funciones antes nominadas, la titular
del Ejecutivo se encuentra legitimada para emitir los actos
administrativos que fuesen necesarios, tal como lo establece
el artículo 245 numeral 11) de la Constitución de la República
en relación con los artículos: 116, 117 y 118 de la Ley General
de la Administración Pública.
POR TANTO,
En uso de las facultades contenidas en los artículos: 1, 4,
235, 245 numerales: 2), 11), 19), 45) y 30), 246, 247 y
367 de la Constitución de la República. Artículos: 1, 10,
11, 22 numerales: 4) y 6), 36 numeral 1), 116, 117 y 118
de la Ley General de la Administración Pública. Artículo
16 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Competencias del Poder Ejecutivo y demás aplicables.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos
y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2026,
presentado por la Secretaría de Estado en el Despacho de
Finanzas, el cual está formulado considerando lo establecido
en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP)
2026-2029, la Ley de Responsabilidad Fiscal (LRF) y los
techos presupuestarios considerados en el MMFMP, el cual
asciende a un monto de CUATROCIENTOS SESENTA
Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO
MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO LEMPIRAS
EXACTOS (L.469,248,998,964.00) desglosados de la manera
siguiente:
a) Apruébese como estimación de Ingresos y Egresos
de la Administración Central para el Ejercicio Fiscal
2026, la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y
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NUEVE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y
SIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA
Y CUATRO MIL QUINIENTOS DIECISIETE
LEMPIRAS EXACTOS (L.279,977,364,517.00); y,
b) Apruébese como estimación de Ingresos y Egresos de la
Administración Descentralizada para el Ejercicio Fiscal
2026, la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE
MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES
SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE
LEMPIRAS EXACTOS (L189,271,634,447.00).
ARTÍCULO 2. Se Autoriza a la Secretaría de Estado en
el Despacho de Finanzas para que presente el Proyecto de
Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República,
Ejercicio Fiscal 2026 y sus Disposiciones Generales ante
el Congreso Nacional, para la correspondiente discusión y
aprobación.
ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los doce (12) días del mes de septiembre del año
dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
LESLY SARAHÍ CERNA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE LA PRESIDENCIA
MIRTHA CLAUDINA GUTIÉRREZ REYES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO SOCIAL, POR LEY
CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS
TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
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JAVIER EFRAIN BÚ SOTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN
RICARDO ARTURO SALGADO BONILLA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO ECONÓMICO
DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE ASUNTOS DE LA MUJER
HÉCTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SEGURIDAD
CARLA MARINA PAREDES REYES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SALUD
LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
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DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE EDUCACIÓN
HECTOR LONGINO BECERRA LANZA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS
LAURA ELENA SUAZO TORRES
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE ENERGÍA
OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE TURISMO
GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS
DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS
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WARREN ILDEFONSO OCHOA ORELLANA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y
SANEAMIENTO
JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS
NACIONALES (COPECO)
JUAN CARLOS COELLO DÍAZ
SECRETARIO DE ESTADO PARA EL DESARROLLO
Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS
LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
Secretaría de Estado en
el Despacho de Desarrollo
Económico
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