Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. SAG-112-2025 — Delegación de atribuciones al Subsecretario de Estado en el Despacho de Ganadería
Poder Ejecutivo
LA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
de Honduras, establece que los Secretarios de Estado
son colaboradores del Presidente de la República en la
orientación, coordinación, dirección y supervisión de los
órganos y entidades de la administración pública nacional,
en el área de su competencia.
CONSIDERANDO: Que según Acuerdo Ejecutivo Número
11-2022 de fecha 27 de enero del 2022, se nombró a la
ciudadana LAURA ELENA SUAZO TORRES, en el cargo
de Secretaria de Estado en los Despachos de la Secretaría de
Agricultura y Ganadería.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 123 de la Ley General
de la Administración Pública establece: En defecto de
disposición expresa, el titular de un órgano, en caso de
ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno
más elevado en grado y en caso de paridad de grado, por el
funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto,
por el funcionario que ostente el título profesional superior.
.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere y
en aplicación de los Artículos 30, 34, 36 numeral 8) y 19),
122, 123 de la Ley General de la Administración Pública;
4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 17, 24
y 26 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Competencia del Poder Ejecutivo, según Decreto Ejecutivo
PCM-008-97, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, el
07 de junio de 1997.
ACUERDA:
PRIMERO: Delegar en el Subsecretario de Estado en
el Despacho de Ganadería, ciudadano JOSE ANGEL
ACOSTA ZAVALA, nombrado mediante Acuerdo
Ejecutivo No.55-2022, de fecha 01 de Febrero del año 2022,
las atribuciones que en cuanto a Ley corresponden a la titular
de esta Secretaría de Estado, quedando autorizado el delegado
a sustituirla y representarla en todo aquello que corresponda,
así como las reuniones que convoque la Excelentísima señora
Presidenta de la República o quien quede facultado en dicho
cargo; Como Secretario de Estado, por Ley, durante el
período comprendido del dieciocho (18) al veinte (20) de
agosto del dos mil veinticinco (2025).
SEGUNDO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.-
CÚMPLASE Y COMUNÍQUESE.
Ph.D LAURA ELENA SUAZO TORRES
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA
SECRETARIO GENERAL
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Secretaría de Estado
en los Despachos de
Agricultura y Ganadería
ACUERDO No. SAG-113-2025
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025
SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República,
en su Artículo 340 declara “de
utilidad y necesidad pública, la
explotación técnica y racional
de los recursos naturales de la
nación. El Estado reglamentará
su aprovechamiento de acuerdo
con el interés social y fijará las
condiciones de su otorgamiento a
los particulares”.
CONSIDERANDO: Que el Poder Ejecutivo a través
de la Secretaría de Estado en
los Despachos de Agricultura y
Ganadería (SAG), es la autoridad
encargada de reglamentar el
aprovechamiento, protección,
conservación y explotación de
los recursos marinos de forma
sostenible.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en
los Despachos de Agricultura y
Ganadería (SAG) es la autoridad
rectora del sector pesquero y
acuícola, responsable de formular
las políticas, en materia de
pesca y sus conexos, pudiendo
dictar medidas, procedimientos
y requisitos necesarios para las
investigaciones científicas y el
aprovechamiento sostenible de los
recursos marinos.
CONSIDERANDO: Que corresponde a la DIGEPESCA,
como entidad ejecutora desarrollar
investigaciones y estudios que,
permitan conocer el comportamiento
de las especies hidrobiológicas,
d e t e r m i n a r s u d i s t r i b u c i ó n
geográfica, abundancia, densidad
poblacional, métodos y artes
de pesca, que contribuyan a la
formulación de medidas técnicas
para la correcta administración
y conservación de las especies
hidrobiológicas.
CONSIDERANDO: Que Honduras es signataria de
convenios internacionales que
tienen como objetivo la protección
y conservación de los ecosistemas
marino-costeros y su biodiversidad,
por lo cual es obligatorio establecer
medidas eficaces para evitar la
sobreexplotación, así como la
captura incidental de fauna de
acompañamiento y especies no
objetivo dentro de las pesquerías.
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CONSIDERANDO: Que la República de Honduras es
parte del Sistema de Integración
Centroamericana (SICA) y la
Organización del Sector Pesquero y
Acuícola del Istmo Centroamericano
(OSPESCA) por lo cual está en el
deber de cumplir con el Reglamento
Regional OSP-06-13 sobre el
Uso Adecuado de Dispositivos
Excluidores de Tortugas Marinas
(DET).
CONSIDERANDO: Que la falta de información científica
actualizada no debe utilizarse como
justificación para aplazar o dejar de
tomar las medidas de conservación
y gestión necesarias, y que los
Estados pueden aplicar el Principio
Precautorio de la FAO, en términos
de garantizar la conservación,
ordenación y aprovechamiento
sustentable de los recursos acuáticos
vivos con el fin de proteger y
preservar el medio marino.
CONSIDERANDO: Que el Código de Conducta
para la Pesca Responsable de
la FAO, establece principios de
conformidad con las normas del
derecho internacional pertinentes,
para que la pesca y las actividades
relacionadas a esta, se lleven a cabo
de forma responsable en todos los
aspectos biológicos, tecnológicos,
económicos, sociales, ambientales
y comerciales.
CONSIDERANDO: Que la pesca de arrastre de camarón
en el caribe hondureño es una
técnica que puede ser muy eficiente
en términos de captura, pero que
también tiene un alto impacto en el
medio ambiente y en los ecosistemas
marinos, sobre todo a nivel del
fondo marino. Por lo que debe estar
sujeta a regulaciones que permitan
minimizar al máximo los impactos
negativos sobre las especies no
objetivo y sobre el ecosistema.
Así mismo, se debe procurar el
aprovechamiento de las diferentes
especies de importancia comercial
que son capturadas de forma
incidental, aplicando las medidas
establecidas en la Ley General de
Pesca y Acuicultura, Acuerdos
M i n i s t e r i a l e s , R e g l a m e n t o s
Regionales y normativas conexas.
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Pesca
y Acuicultura, en su Artículo
22, establece que la Secretaría
de Estado en los Despachos
de Agricultura y Ganadería
(SAG) debe dictar medidas
y planes de manejo específicos
para establecer limitaciones al
incremento del esfuerzo pesquero
o a la racionalización de éste, para
mantener la población de especies
de interés pesquero en condición
saludable y establecer regímenes
de acceso controlado para las
pesquería o pesquerías artesanales,
aún y cuando el estado del recurso
no presente riesgos de explotación.
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CONSIDERANDO: La DIGEPESCA en cumplimiento
con el artículo 37 de la Ley de
Pesca vigente ha establecido áreas
de NO PESCA para la Pesca de
arrastre delimitadas dentro de las
tres (03) millas náuticas exclusivas
para la pesca artesanal, las cuales
están destinadas a minimizar el
impacto de los efectos adversos
sobre ecosistemas vulnerables,
particularmente en los estuarios que
funcionan como zonas eco tonales
de alta relevancia biogeoquímica,
donde se produce la interfaz entre
sistemas terrestres, dulceacuícolas
y marinos. Estos ambientes
costeros tropicales desempeñan
un rol fundamental en el ciclo
de vida de especies comerciales
clave, incluyendo camarones
peneidos, langostas, cangrejos y
peces, los cuales representan una
fuente significativa de alimentos
y sustentan pesquerías de alto
valor económico. La delimitación
de estas áreas se fundamenta en
criterios científicos que consideran
tanto la distribución de los recursos
pesqueros como la necesidad de
proteger zonas de alta productividad
biológica.
CONSIDERANDO: Que la apertura de la temporada
de pesca de camarón de arrastre
se encuentra condicionada a
los resultados de los muestreos
científicos que verifiquen el
cumplimiento de la talla comercial
mínima establecida, conforme
a lo dispuesto en el Acuerdo de
Veda SAG-06-2025. Y que, de
acuerdo con estos resultados, se
podrán dictar medidas específicas
d e o r d e n a m i e n t o p a r a s u
aprovechamiento.
CONSIDERANDO: Que, mediante el procedimiento
de muestreo técnico realizado
en cumplimiento estricto de
los parámetros establecidos en
el “Protocolo de Muestreo para la
Verificación de Talla Comercial de
Camarón de Arrastre” elaborado
y oficializado por la Dirección
General de Pesca y Acuicultura
(DIGEPESCA), se han obtenido
resultados favorables que confirman
el cumplimiento de los estándares
biológico-pesqueros exigidos
para la preservación del recurso,
verificándose la predominancia de
ejemplares por encima de la talla
mínima comercial en las capturas
evaluadas; en consecuencia,
dicho protocolo se ratifica como
instrumento técnico de obligatorio
cumplimiento para la determinación
objetiva de la viabilidad del inicio,
continuidad o suspensión de la
actividad pesquera, conforme a
los principios de sostenibilidad y
ordenamiento pesquero previstos
en la legislación vigente.
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POR TANTO
En uso de sus facultades y en aplicación de los artículos:
340 de la Constitución de la República; 5, 7, 8 numeral 4, 29
numeral 9, 36 numeral 8, 116, 118, 119 numeral 3 y párrafo
último y 122 de la Ley General de la Administración Pública;
3, 5 inciso f), 16, 23, 24, 43 y 80 No. 1 inciso b) y f) del
Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencia
del Poder Ejecutivo; 24, 25, 26, 27, 30, 32 y 33 de la Ley de
Procedimiento Administrativo; 8 numeral 1, 15 y 23 numeral
1 del Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo, 3, 31, 56, 57, 71 y 72 de la Ley General del Ambiente,
1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 17, 18, 19, 20, 21,22, 23, 26, 27, 29, 33,
35,36, 37, 38, 47, 57, 58, 61, 62, 66, 69, 73, 71,77,78, 106,
107, de la Ley General de Pesca y Acuicultura Vigente.
ACUERDA:
PRIMERO: Autorizar la pesca comercial de Camarón
en el Mar Caribe a partir del veinticinco
(25) de agosto del año dos mil veinticinco
(2025), hasta el veintiocho (28) de febrero
del año dos mil veintiséis (2026).
SEGUNDO: Las especies autorizadas a capturar para
la pesca comercial de camarón en aguas
jurisdiccionales de Honduras en el Mar
Caribe, son las pertenecientes a la familia:
PENAEIDAE, específicamente las especies
Farfantepenaeus aztecus (camarón café
norteño), Farfantepenaeus duorarum
(camarón rosado), y Litopenaeus schmitti
(camarón blanco).
TERCERO: Todas las embarcaciones autorizadas y
pertenecientes a la Flota Pesquera Nacional
(FPN), dedicadas a la captura de camarón
estarán obligadas a someterse a una
inspección técnica obligatoria, realizada
por personal de la Dirección General
de Pesca y Acuicultura (DIGEPESCA),
con una antelación no menor a cinco (5)
días hábiles previos al inicio oficial de la
temporada de pesca correspondiente. Dicha
inspección tendrá por objeto verificar el
estricto cumplimiento de la normativa
vigente aplicable a esta pesquería, con
particular énfasis en el equipo de pesca
permitido para el ejercicio de las faenas de
pesca en las áreas autorizadas. Así mismo,
la portación de su identificación que le
acredite como capitán, marinos pescadores
y/o pescadores asalariados, mediante el
respectivo carné vigente que deberá ser
tramitado en las oficinas regionales de la
DIGEPESCA, y en cumplimiento de las
demás disposiciones establecidas por otras
entidades del Estado cuya competencia este
debidamente normada. El capitán de la
embarcación deberá solicitar la inspección
cuando cuente con toda su tripulación. No
se permite el enrolamiento de pescadores
o tripulantes sin que medie una nueva
inspección.
CUARTO: Todas las embarcaciones industriales
de la Flota Pesquera Nacional (FPN)
dedicadas a la pesca de camarón deberán
contar, previo al zarpe y durante toda
la temporalidad del período de pesca
autorizado, con un Sistema de Monitoreo
Satelital y Seguimiento Pesquero (VMS),
consistente en una baliza bidireccional
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debidamente instalada, activa y operativa
las veinticuatro (24) horas del día, en
estricto cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 57 de la Ley General de Pesca y
Acuicultura, así como del Reglamento OSP-
03-10 de OSPESCA. Dicho sistema deberá
garantizar la trazabilidad en tiempo real de
las actividades pesqueras, contribuyendo
al aprovechamiento sostenible del recurso
y al combate de la pesca Ilegal, No
Declarada y No Reglamentada (INDNR).
La información generada por el VMS
deberá transmitirse de manera obligatoria,
continua e ininterrumpida a la Unidad de
Monitoreo Satelital de la DIGEPESCA,
conforme a los protocolos técnicos
establecidos por dicha autoridad, siendo
responsabilidad exclusiva del armador,
capitán o patrono de la embarcación el
cumplimiento de esta disposición. El
incumplimiento de lo aquí dispuesto podrá
dar lugar al procedimiento administrativo
que corresponda.
QUINTO: Previo al zarpe y durante el periodo de pesca,
todas las embarcaciones camaroneras
deberán tener debidamente instalado de
manera permanente un (1) DET/TED en
cada una de sus redes de arrastre operativas
como equipamiento obligatorio, debiendo
tener disponible a bordo, al menos un (1)
DET/TED de repuesto. Lo anterior a fin
de garantizar que en caso de cualquier
incidente relacionado a la perdida de DET
en las faenas de pesca, no será excusa
para el uso de redes sin dispositivo, en
coherencia con el Reglamento Regional
OSP-06-13.
SEXTO: La DIGEPESCA a través del personal de la
Oficina Regional correspondiente, verificará
y posteriormente extenderá, si procede, una
Certificación de Uso de DET que da cuenta
de que la embarcación lleva incorporado los
(DET/TED) tipo “HARD TED” o DET en
todas las redes.
SÉPTIMO: La pesquería industrial de camarón está sujeta a
un régimen especial de control y fiscalización,
cuyo ejercicio únicamente podrá llevarse a cabo
previa obtención de la correspondiente licencia
de pesca debidamente emitida por la autoridad
competente. Las áreas autorizadas para el
desarrollo de esta actividad se circunscriben
al Mar Territorial y a la Zona Económica
Exclusiva (ZEE), quedando expresamente
excluidas aquellas zonas catalogadas como
Áreas de No Pesca y Zonas de No Pesca para
Arrastre (ZNPA) definidas y delimitadas en
el presente Acuerdo, siendo considerados
espacios protegidos para la repoblación (Ley
de pesca, artículo 22).
OCTAVO: Las Zonas de No Pesca para Arrastre (ZNPA)
destinadas a la operación de embarcaciones
industriales camaroneras quedan delimitadas
en las desembocaduras de los ríos y estuarios
de la zona costera del Caribe hondureño. Estas
zonas se delimitan mediante un buffer (área de
protección) de tres (3) millas náuticas a partir
del punto medio de cada desembocadura,
extendiéndose en un perímetro radial que, a
su vez, se superpone a la franja de protección
de tres (3) millas náuticas de playa marítima
continental.
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Mapa 1. Delimitación de Zonas de No Pesca para Arrastre (ZNPA) para la temporada de Pesca comercial de Camarón en el
Mar Caribe 2025-2026.
Las embarcaciones industriales camaroneras únicamente podrán realizar sus actividades extractivas fuera de las zonas definidas
como ZNPA 1, 2, 3, 4 y 5, cuyos polígonos se especifican mediante coordenadas geográficas debidamente georreferenciadas
en el presente acuerdo:
especifican mediante coordenadas geográficas debidamente georreferenciadas en el
presente acuerdo:
Zona De No Pesca
para Arrastre (ZNPA) Sitio Puntos Latitud Longitud
ZNPA1 Ulua 1 15°54'5.26''N 87°46'20.39''W
ZNPA1 Ulua 2 15°54'6.12''N 87°39'49.1''W
ZNPA1 Chamelecón 1 15°53'20.08''N 87°50'39.98''W
ZNPA1 Chamelecón 2 15°54'46.73''N 87°44'13.2''W
ZNPA2 Cangrejal 1 15°46'22.76''N 86°49'13.91''W
ZNPA2 Cangrejal 2 15°47'25.44''N 86°42'59.62''W
ZNPA2 Lean 1 15°50'56.58''N 87°22'36.95''W
ZNPA2 Lean 2 15°49'5.81''N 87°16'14.56''W
ZNPA3 Aguan 1 15°59'3.26''N 85°43'59.09''W
ZNPA3 Aguan 2 15°56'36.02''N 85°38'1.28''W
ZNPA4 Palacios 1 15°57'51.91''N 84°57'6.41''W
ZNPA4 Palacios 2 15°55'24.42''N 84°50'58.2''W
ZNPA4 Brus Laguna 1 15°52'39.48''N 84°42'33.99''W
ZNPA4 Brus Laguna 2 15°51'15.08''N 84°36'7.38''W
ZNPA4 Patuca 1 15°49'13.02''N 84°21'28''W
ZNPA4 Patuca 2 15°46'38.73''N 84°15'29.81''W
ZNPA5 Caratasca 1 15°24'16.52''N 83°46'45.3''W
ZNPA5 Caratasca 2 15°21'46.89''N 83°40'32.46''W
ZNPA5 Kruta 1 15°16'25.9''N 83°25'45.29''W
ZNPA5 Kruta 2 15°12'25.56''N 83°21'20.95''W
Queda estrictamente prohibida la operación de pesca con redes de arrastre camaronero
dentro de las ZNPA, en caso de contravenir lo dispuesto, se procederá con el inicio de los
procedimientos administrativos conforme a la legislación pesquera vigente. El cumplimiento
de estas disposiciones será supervisado por las autoridades competentes, quienes verificarán
el respeto a las coordenadas demarcadas mediante el Sistema de Monitoreo Satelital de la
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Queda estrictamente prohibida la operación de pesca con
redes de arrastre camaronero dentro de las ZNPA, en caso
de contravenir lo dispuesto, se procederá con el inicio de los
procedimientos administrativos conforme a la legislación
pesquera vigente. El cumplimiento de estas disposiciones
será supervisado por las autoridades competentes, quienes
verificarán el respeto a las coordenadas demarcadas mediante
el Sistema de Monitoreo Satelital de la DIGEPESCA. La
implementación de este régimen de protección especial de
hábitats críticos contribuirá a la recuperación de los stocks
pesqueros y al equilibrio ecosistémico, en concordancia con
los principios de ordenamiento pesquero establecidos en la
Ley General de Pesca y Acuicultura.
NOVENO: Se establece el área de Cayo Gorda, como
zona de prohibición pesquera (área de no
pesca) para asegurar el éxito reproductivo de
las poblaciones de langosta, caracol, pepino de
mar y para las especies que están reguladas a
través de la normativa de veda que la Autoridad
establezca. Esta zona geográficamente se
encuentra situada en las coordenadas Latitud
15º 51’ Norte y Longitud 82º 24’ Oeste y
cuenta con un área de 29.15 millas náuticas, a
continuación, se enuncian las coordenadas.
• Norte 15° 54’ 0”; Oeste 82° 27’ 16” W………
PUNTO A
• Norte 15° 48’ 36”; Oeste 82° 27’ 40”
W………PUNTO B
• Norte 15° 48’ 36”; Oeste 82° 27’ 16”
W………PUNTO C
• Norte 15° 54’ 0” ; Oeste 82° 21’ 40”
W………PUNTO D
• Norte 15° 48’ 36”; Oeste 82° 27’ 16” W…………PUNTO C
• Norte 15° 54’ 0” ; Oeste 82° 21’ 40” W………….PUNTO D
Mapa 2. Delimitación del Área de No Pesca de Cayo Gorda.
DECIMO: Se permitirá el paso o la navegación de embarcaciones pesqueras por las “áreas
de no pesca o Zona de No Pesca Para Arrastre” únicamente si se realiza de
manera rápida e ininterrumpida, con el propósito específico de transitar
directamente entre dos puntos dentro de las aguas jurisdiccionales de
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DECIMO: Se permitirá el paso o la navegación de
embarcaciones pesqueras por las “áreas de
no pesca o Zona de No Pesca Para Arrastre”
únicamente si se realiza de manera rápida e
ininterrumpida, con el propósito específico de
transitar directamente entre dos puntos dentro
de las aguas jurisdiccionales de Honduras y
bajo las siguientes condiciones:
1.- Durante el paso o la navegación en las “áreas de no pesca
o zonas de no pesca para arrastre” queda terminantemente
prohibido realizar actividades de pesca, así como cualquier
otra actividad que no esté directamente relacionada con el
tránsito por la zona.
2.- Los buques pesqueros que transitan por “áreas de no pesca
o zonas de no pesca para arrastre” no podrán realizar ninguna
actividad de investigación o levantamiento de datos sin la
autorización previa de la DIGEPESCA.
3.- El armador y/o el capitán de un buque de pesca en paso
por “áreas de no pesca o zonas de no pesca para arrastre”
deberá asegurarse de que todas las artes de pesca a bordo estén
estibadas de manera que no sean fácilmente utilizables para
la pesca o actividades relacionadas con la pesca.
4.- El paso por las “áreas de no pesca o zonas de no pesca para
arrastre” podrá incluir la detención y el fondeo, pero solo en
la medida en que estos constituyan incidentes normales de
la navegación, sean impuestos por fuerza mayor o dificultad
grave, o se realicen para prestar auxilio a personas, buques
o aeronaves en peligro o en dificultad grave. Esto deberá
ser notificado en tiempo y forma, y de ninguna manera se
permitirá la pesca mientras se desarrollen las actividades de
apoyo o auxilio que correspondan.
El incumplimiento de estas condiciones será considerado
como una actividad de pesca ilegal, no declarada y no
reglamentada (INDNR), debiendo realizar los procedimientos
administrativos que corresponda.
DÉCIMO
PRIMERO: Para la Pesquería Industrial de Camarón se
establece lo siguiente en cuanto al uso de las
redes de arrastre:
1) Se autoriza en cada embarcación seis (6)
redes de arrastre de fondo con su respectivo
(DET/TED) tipo “HARD TED” o DET
en operación, aclarando que dos (2) de las
redes son de repuesto. Los dispositivos
deben estar debidamente instalados en las
redes.
2) Se deberá llevar a bordo un DET de
repuesto. En caso de incidentes con
las redes operativas, se deberá hacer la
sustitución que corresponde. No se podrá
pescar con redes sin su respectivo DET.
3) Cada embarcación podrá arrastrar
únicamente 4 redes de fondo durante la
faena, con la dimensión de un máximo de
45 pies de longitud cada una o su medida
equivalente.
4) La luz de malla de las redes debe tener un
mínimo de dos (02) pulgadas, a excepción
de la parte final de la red llamada bolsa o
copo.
DÉCIMO
SEGUNDO: Las embarcaciones podrán
ser abordadas para inspección
p o r l a F u e r z a N a v a l d e
Honduras y la DIGEPESCA en
cualquier momento en las aguas
jurisdiccionales, con el fin de
verificar las capturas de especies
autorizadas, verificación de
cumplimiento de la normativa
relativa a la pesca responsable,
uso de aperos, métodos y artes
de pesca permitidos, manejo
de pesca incidental y la fauna
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acompañante producto de
las actividades de arrastre,
freezers, tripulación, bitácora
y otros elementos normativos
relacionados a la captura de las
especies objetivo.
DÉCIMO
TERCERO: En el caso de ser requerido por
la DIGEPESCA, los armadores
y capitanes de embarcaciones
pesqueras industriales, deberán
facilitar las condiciones adecuadas
de seguridad para contar con un
observador científico a bordo,
quien desarrollará actividades de
investigación morfométrica referidas
a los registros de especie, talla, peso,
estadio gonadal, posicionamiento,
esfuerzo, captura por unidad de
esfuerzo, fauna de acompañamiento,
batimetría, condición climatológica,
entre otros. El observador a bordo
se regirá por un protocolo técnico
que será debidamente consensuado
con los armadores previamente. Así
mismo, el observador no generará
interferencia con el desarrollo de las
actividades durante las faenas.
DÉCIMO
CUARTO: Para el óptimo control del producto
capturado y desembarcado, los
armadores, las plantas procesadoras
de mariscos, a través del propietario
de la embarcación o su representante
legal, deberán remitir a la Unidad
de Estadísticas y Regionales de
la DIGEPESCA en los primeros
diez (10) días de cada mes, las
bitácoras de registro de producción
(armadores, embarcaciones), y
reportes de producción, incluyendo
compras y exportaciones del mes
respectivo (plantas procesadoras).
DÉCIMO
QUINTO: Toda embarcación dedicada a la
pesca de camarón de arrastre deberá
registrar y reportar de manera
obligatoria la fauna acompañante
capturada, separada por especie o
nombre común, en el formato oficial
proporcionado por la Dirección
General de Pesca y Acuicultura
( D I G E P E S C A ) , c o n f o r m e
a las especificaciones técnicas
establecidas por dicha autoridad.
Dicho registro deberá consignarse
de manera diaria y por cada viaje
de pesca, garantizando la veracidad,
integridad y trazabilidad de la
información, bajo responsabilidad
administrativa y sin perjuicio
de las sanciones previstas en la
legislación pesquera vigente por
incumplimiento. La DIGEPESCA
supervisará el cumplimiento de
esta disposición y podrá requerir
la presentación de los registros
originales para su verificación,
quedando el propietario de la
embarcación y en caso de venderla,
también el comprador obligado en la
responsabilidad de conservar dicha
documentación por un plazo mínimo
de cinco (5) años.
DÉCIMO
SEXTO: La captura incidental de mamíferos
marinos (delfines, ballenas) o tiburones,
entre otros, deberá ser reportada en la
Bitácora Productiva oficializada por
la DIGEPESCA, de no hacerlo, se
considerará como pesca ilegal no
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declarada y no reglamentada, pudiendo
proceder al inicio de los procedimientos
administrativos que correspondan. Así
mismo, se deben registrar y reportar
los incidentes relacionados al uso de
dispositivos excluidores de tortugas
(DET). En caso de sustitución de un
dispositivo o de una red por pérdida
de este durante la faena de arrastre, se
debe documentar ante la DIGEPESCA.
DÉCIMO
SEPTIMO: La renovación de las licencias de pesca
correspondientes a la temporada 2025-
2026 estará sujeta al cumplimiento
de los requisitos establecidos en
el Acuerdo Ministerial de Requisitos
SAG No. 023-2025, el cual regula
los procedimientos aplicables en
la materia. Para efectos de hacer
efectiva dicha renovación, todas las
embarcaciones deberán acreditar el
cumplimiento de sus obligaciones
contributivas ante el Estado de
Honduras, mediante la presentación
del comprobante de pago del canon
contributivo de pesca que valide que
no hay deudas pendientes. La falta de
este pago dejará en suspenso el proceso
de licenciamiento, sin perjuicio de los
procesos administrativos que pudieran
derivarse del incumplimiento.
DÉCIMO
OCTAVO: El incumplimiento de lo dispuesto
en este Acuerdo y las Resoluciones
Ministeriales que se emitan, así como la
práctica de Pesca ilegal No Declarada
y No Reglamentada (NDNR), el
transporte de sustancias y especies no
permitidas y no autorizadas en esta
actividad pesquera, la manipulación
del sistema de monitoreo satelital y
transferencia de posicionamiento, y
todo aquello que resulte en contra de
las disposiciones normativas y leyes
conexas, dará lugar a la aplicación del
marco legal que corresponda a través
del procedimiento administrativo para
las embarcaciones de la FPN.
DÉCIMO
NOVENO: Se deroga en todas y cada una de sus
partes el Acuerdo Ministerial No.
SAG-159-2024 de fecha 28 de agosto
del 2024.
VIGÉSIMO: El presente Acuerdo es de ejecución
inmediata, y deberá ser publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta”.
VIGÉSIMO
PRIMERO: Hacer las transcripciones de Ley.
CÚMPLASE Y PUBLÍQUESE.
Ph.D LAURA ELENA SUAZO
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ABG. ROGER EMILIO MEDINA ORELLANA
SECRETARIO GENERAL EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
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Sección “B”
AVISO DE CONCURSO PÚBLICO
CP No.100-002/2025
“CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA PARA
CAMPAÑA PUBLICITARIA
DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA
ELÉCTRICA”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para la “CONTRATACIÓN DE CONSULTORÍA
PARA CAMPAÑA PUBLICITARIA DE LA EMPRESA
NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales, el mismo
se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso
Público, establecidos en la Ley de Contratación del Estado y
su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir los términos de
referencia del presente concurso, a partir de la fecha, mediante
presentación de una solicitud por escrito a la dirección física
indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m.
a 4:00 p.m., la solicitud presentada debe venir acompañada
de un recibo de pago por Quinientos Lempiras Exactos
(L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser depositada
en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°
12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación
también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día martes 07 de octubre del 2025, a las 10:00 a.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 10:15 a.m., en fecha 07 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE CONCURSO PÚBLICO
CP No.100-008/2025
“CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES PARA LA IDENTIFICACIÓN,
DIAGNÓSTICO Y REVALORIZACIÓN DE
TERRENOS (ARCHIVOS REGULATORIOS NO
ELÉCTRICOS) PROPIEDAD DE LA ENEE”.
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
PROFESIONALES PARA LA IDENTIFICACIÓN,
DIAGNÓSTICO Y REVALORIZACIÓN DE
TERRENOS (ARCHIVOS REGULATORIOS NO
ELÉCTRICOS) PROPIEDAD DE LA ENEE”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales, el mismo
se efectuará conforme a los procedimientos de Concurso
Público, establecidos en la Ley de Contratación del Estado
y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir los términos de
referencia del presente concurso, a partir de la fecha, mediante
presentación de una solicitud por escrito a la dirección física
indicada abajo, de lunes a viernes en un horario de 8:00 a.m. a
4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir acompañada de un
recibo de pago por quinientos lempiras exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el
Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°.
12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación
también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C”
del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a
más tardar el día 07 de octubre del 2025 a las 2:00 p.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 2:15 p.m. en fecha 07 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
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GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-018/2025
“MEJORAS EN EL CAMPAMENTO DE LA
CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”.
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para las “MEJORAS EN EL CAMPAMENTO
DE LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA PATUCA III”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación
se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación
Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a la
dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un
horario de 8:00 a.m., a 4:00 p.m., la solicitud presentada
debe venir acompañada de un recibo de pago por Quinientos
Lempiras Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable
que deberá ser depositada en el Banco Central de Honduras
en la cuenta de la ENEE N°. 12100-01-000118-5.
Los documentos de la licitación también podrán ser
examinados en el Sistema de Información de Contratación
y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día lunes 22 de septiembre del 2025, a las 2:00 p.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a
las 2:15 p.m., en fecha 22 de septiembre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-021/2025
“SERVICIO DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO
Y/O CORRECTIVO A EQUIPOS DE AIRE
ACONDICIONADO Y DE CLIMATIZACIÓN
EN EL CAMPAMENTO DE LA CENTRAL
HIDROELÉCTRICA PATUCA III”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para el “SERVICIO DE MANTENIMIENTO
PREVENTIVO Y/O CORRECTIVO A EQUIPOS DE
AIRE ACONDICIONADO Y DE CLIMATIZACIÓN
EN EL CAMPAMENTO DE LA CENTRAL
HIDROELÉCTRICA PATUCA III”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a
la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud
presentada debe venir acompañada de un recibo de
pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el
Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°
12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación
también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C”
del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C.,
a más tardar el día miércoles 08 de octubre del 2025,
a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo
serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de
los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la
dirección indicada, a las 10:15 a.m., en fecha 08 de octubre
del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto
equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
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GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-023/2025
“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE TERMINAL
ÓPTICO MPLS/TP
PARA LAS SUBESTACIONES ELÉCTRICAS
PAVANA Y SANTA LUCÍA”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para el “SUMINISTRO E INSTALACIÓN
DE TERMINAL ÓPTICO MPLS/TP PARA LAS
SUBESTACIONES ELÉCTRICAS PAVANA Y SANTA
LUCÍA.”
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a
la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud
presentada debe venir acompañada de un recibo de
pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en el
Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE N°.
12100-01-000118-5. Los documentos de la licitación
también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C”
del Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C.,
a más tardar el día miércoles 08 de octubre del 2025,
a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo
serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de
los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la
dirección indicada, a las 2:15 p.m., en fecha 08 de octubre
del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de
una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto
equivalente de al menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-028/2025
“ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE DRAGADO
DE SEDIMENTOS Y REMOCIÓN DE
MALEZA ACUÁTICA PARA LA CENTRAL
HIDROELÉCTRICA EL NÍSPERO”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE)
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar
ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPO
DE DRAGADO DE SEDIMENTOS Y REMOCIÓN
DE MALEZA ACUÁTICA PARA LA CENTRAL
HIDROELÉCTRICA EL NÍSPERO”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a
la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud
presentada debe venir acompañada de un recibo de
pago por Quinientos Lempiras Exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en
el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE
N°. 12100-01-000118-5. Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día jueves 09 de octubre del 2025, a las 10:00 a.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 10:15 a.m., en fecha 09 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-029/2025
“MODERNIZACIÓN DE SERVICIO PROPIO
PARA LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA EL
NÍSPERO”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para la “MODERNIZACIÓN DE SERVICIO
PROPIO PARA LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA
EL NÍSPERO”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a la
dirección física indicada abajo, de lunes a viernes en un horario
de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud presentada debe venir
acompañada de un recibo de pago por Quinientos Lempiras
Exactos (L.500.00), cantidad no reembolsable que deberá ser
depositada en el Banco Central de Honduras en la cuenta de la
ENEE N° 12100-01-000118-5. Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del Edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa M.D.C., a más
tardar el día jueves 09 de octubre del 2025, a las 2:00 p.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 2:15 p.m., en fecha 09 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
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GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-030/2025
“SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE
INTERRUPTOR DE UNIDAD 52 G
PARA LA CENTRAL HIDROELÉCTRICA EL
NÍSPERO”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para el “SUMINISTRO E INSTALACIÓN
DE INTERRUPTOR DE UNIDAD 52 G PARA LA
CENTRAL HIDROELÉCTRICA EL NÍSPERO”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a
la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., la solicitud
presentada debe venir acompañada de un recibo de
pago por quinientos lempiras exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en
el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE
N°.12100-01-000118-5. Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día viernes 10 de octubre del 2025 a las 10:00 a.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 10:15 a.m. en fecha 10 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-031/2025
“ADQUISICIÓN DE LA PÓLIZA DEL RAMO
AUTOMOTOR PARA FLOTA VEHICULAR DE
LA ENEE”
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar ofertas
selladas para la “ADQUISICIÓN DE LA PÓLIZA DEL
RAMO AUTOMOTOR PARA FLOTA VEHICULAR
DE LA ENEE”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego
de condiciones de la presente licitación, a partir de
la fecha, mediante presentación de una solicitud por
escrito a la dirección física indicada abajo, de lunes
a viernes en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., la
solicitud presentada debe venir acompañada de un recibo
de pago por quinientos lempiras xactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en
el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE
N°12100-01-000118-5. Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día lunes 13 de octubre del 2025 a las 10:00 a.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 10:15 a.m. en fecha 13 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
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GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
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AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN No.100-032/2025
“ADQUISICIÓN DE LA PÓLIZA DE SEGURO DE
VIDA COLECTIVO PARA LOS EMPLEADOS
PERMANENTES DE LA ENEE Y PARA
EMPLEADOS JUBILADOS Y PENSIONADOS
DEL FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES
DE LA ENEE”.
La Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
invita a los oferentes elegibles interesados a presentar
ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE LA PÓLIZA
DE SEGURO DE VIDA COLECTIVO PARA LOS
EMPLEADOS PERMANENTES DE LA ENEE Y PARA
EMPLEADOS JUBILADOS Y PENSIONADOS DEL
FONDO DE PRESTACIONES SOCIALES DE LA
ENEE”.
El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene exclusivamente de fondos nacionales. La
licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los oferentes interesados podrán adquirir el pliego de
condiciones de la presente licitación, a partir de la fecha,
mediante presentación de una solicitud por escrito a
la dirección física indicada abajo, de lunes a viernes
en un horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La solicitud
presentada debe venir acompañada de un recibo de
pago por quinientos lempiras exactos (L.500.00),
cantidad no reembolsable que deberá ser depositada en
el Banco Central de Honduras en la cuenta de la ENEE
N°.12100-01-000118-5. Los documentos de la
licitación también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
Las ofertas deberán presentarse en formato físico en la
siguiente dirección: Atención Dirección de Licitaciones,
ubicada en el séptimo piso del edificio Cuerpo Bajo “C” del
Centro Cívico Gubernamental, Tegucigalpa, M.D.C., a más
tardar el día lunes 13 de octubre del 2025 a las 2:00 p.m.
Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.
Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de
los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada,
a las 2:15 a.m. en fecha 13 de octubre del 2025. Todas
las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente de al
menos un 2% del valor total de su oferta.
Tegucigalpa, M.D.C., 21 de agosto del 2025.
ING. ERICK TEJADA CARBAJAL
GERENTE GENERAL (AI)
EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
(ENEE)
30 A. 2025
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INVITACIÓN A LICITACIÓN
La Alcaldía Municipal de El Negrito, Departamento
de Yoro, INVITA a todas las empresas y/o compañías
nacionales y/o extranjeras, legalmente constituidas en el
país e inscritas en la Oficina Normativa de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado (ONCAE), dedicadas a la
construcción, a presentar Oferta para la Licitación Pública
Nacional LPN-AMENY-003-2025 del siguiente Proyecto:
“CONSTRUCCIÓN DE ESCUELA VOCACIONAL
INTEGRAL EN ALDEA BATAN EL NEGRITO, YORO”.
La Alcaldía Municipal de El Negrito, Yoro firmo convenio
de Cooperación con la Organización No Gubernamental
Escuelas para los Niños del Mundo-Honduras (SCW), Club
Rotario San Pedro Sula, Empresa Asociativa de Campesinos
de Producción Batan y La Comunidad, para lo cual el
financiamiento para la realización del presente proceso
proviene fondos municipales y Escuelas para los Niños del
Mundo-Honduras (SCW).
La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
Los Pliegos de Condiciones e Información necesaria
para presentar su oferta estarán disponible en la oficina
de Tesorería de la Alcaldía Municipal ubicada en el
Barrio El Centro frente al Parque Central, a partir del
22 de agosto al 01 de septiembre del presente año
de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. La persona encargada de retirar
dicho documento deberá presentar una nota de intención
por escrito, firmada y sellada por el titular de la empresa o
compañía.
La visita de campo se realizará el sábado 02 de septiembre
del presente año a las 10:30 a.m., partiendo de Oficina
Municipal Regional ubicada en aldea La 36 Guaymas,
contiguo a Posta Policial calle a HONDUPALMA.
El período de consultas será a partir del 02 de septiembre al
12 de septiembre del presente año.
La apertura de las ofertas será el miércoles 24 de septiembre
2025 a las 10:30 a.m. (Hora HONDUTEL) en salón de
reuniones del edificio de la Alcaldía Municipal, lugar
y fecha en que serán abiertas las ofertas en presencia de
la COMISIÓN DE RECEPCIÓN y los Ofertantes o sus
Representantes debidamente acreditados.
Las ofertas que sean presentadas después de la hora indicada
no serán abiertas y se devolverán sin abrir.
Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía
de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al
dos por ciento (2%) del monto de la oferta.
El Negrito, Yoro, 19 de agosto del 2025.
Sr. Delvin Leonardo Salgado Fuentes
Alcalde Municipal
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Universidad Nacional de Ciencias Forestales
(UNACIFOR)
Invitación para la Actualización y Precalificación
Empresas Constructoras para la Construcción,
Ampliación, Remodelación y Mantenimiento de Obras
Civiles de la UNACIFOR, Periodo 2026
PRECALIFICACIÓN
No. UNACIFOR-PR-OC-002-2025
1. La Universidad Nacional de Ciencias Forestales
(UNACIFOR), invita a las empresas constructoras,
consorcios (en adelante denominados “Los
Solicitantes”) a presentar documentos para la
Actualización y Precalificación de Empresas
Constructoras para la Construcción, Ampliación,
Remodelación y Mantenimiento de Obras Civiles
de la UNACIFOR, Periodo 2026.
2. Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de
esta actualización y precalificación serán incluidos
en el registro de potenciales participantes en procesos
de licitación pública y/o privada que conduzca la
Universidad Nacional de Ciencias Forestales en el
periodo 2026.
3. Las compañías que fueron precalificadas durante el
periodo anterior y que no han cambiado su estatus
técnico y su estado legal, solamente deberán actualizar
los documentos que tienen fecha de vencimiento y
sus estados financieros, según lo establecido en los
Artículos 43, 44 y 45 de la Ley de Contratación del
Estado y 87 de su Reglamento.
4. La legislación aplicable en este proceso será la
Ley de Contratación del Estado y su Reglamento,
Disposiciones Generales del Presupuesto vigente
y otras aplicables de forma pertinente del marco
legal de la República de Honduras, como la Ley de
Procedimiento Administrativo, Ley de lo Contencioso
Administrativo, Código Penal, etc.
5. Los solicitantes a participar en la Actualización
y Precalificación, deberán solicitar los pliegos
mediante solicitud escrita dirigida a la MAE.
Mercedez Martínez, Vicerrectora Administrativa
remitida a la siguiente dirección Universidad
Nacional de Ciencias Forestales (UNACIFOR),
en oficinas de la Vicerrectoría Administrativa o al
correo m.donaira@unacifor.edu.hn; con copia a
la Lic. Marcia Molina, Asistente Administrativa,
al correo licitaciones@unacifor.edu.hn, a partir
del día 19 de agosto de 2025, de 7:00 a.m. a 4:00
p.m., en donde se les entregará gratuitamente
el documento de Precalificación. Los mismos
también podrán ser examinados en el Sistema
de Información de Contratación y Adquisiciones
del Estado de Honduras, “HonduCompras”,
(www.honducompras.gob.hn).
6. Los interesados, deberán entregar la Documentación
de Actualización y Precalificación en la siguiente
dirección: Secretaría General de la UNACIFOR,
ubicada en la primera planta del Edificio José
Flores Rodas de la Universidad Nacional de
Ciencias Forestales (UNACIFOR), el 19 de
septiembre 2025 hasta las 4:00 p.m.
Siguatepeque, 19 de agosto de 2025.
Dr. Emilio Esbeih
Rector UNACIFOR
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AVISO DE CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
REPÚBLICA DE HONDURAS
CPN-IP-003-2025 “CONSULTORÍA PARA EL
SERVICIO TÉCNICO ESPECIALIZADO DE
SEGURIDAD PERIMETRAL PLATAFORMA
TECNOLÓGICA SINAP DEL IP”
1. El INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, invita
a las empresas interesadas en participar en
el CONCURSO PÚBLICO NACIONAL
No. CPN-IP-003-2025, a presentar ofertas selladas
para la “CONSULTORÍA PARA EL SERVICIO
TÉCNICO ESPECIALIZADO DE SEGURIDAD
PERIMETRAL PLATAFORMA TECNOLÓGICA
SINAP DEL IP”.
2. El financiamiento para la realización del proceso
proviene de fondos del Tesoro Nacional y cualquier
otra fuente de financiamiento disponible.
3. El Concurso se efectuará conforme a los procedimientos
de Concurso Público Nacional (CPN) establecidos en
la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos del
presente Concurso, a partir del martes veintiséis (26)
de agosto del año 2025 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., por
un valor no reembolsable de L 0.00, mediante solicitud
escrita (física) presentada en el Departamento de
Adquisiciones, Instituto de la Propiedad, segundo nivel,
Cuerpo Bajo C del Centro Cívico Gubernamental José
Cecilio del Valle, Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, departamento de Francisco Morazán. De igual
manera, podrán ser examinados en la página web
www.honducompras.gob.hn del Sistema de Información de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras
(HonduCompras). La solicitud deberá indicar además
el nombre completo y número de identificación de
la persona que entregará la oferta en físico el día
programado para su recepción y apertura.
5. Se hará un registro de las solicitudes recibidas en forma
escrita (física), a fin de dejar constancia de los datos de
la persona a quien deberá ir dirigido todo documento
del presente proceso, como ser enmienda(s) y/o
aclaración (es), entre otros, que surjan del mismo. No
se considerará ningún documento base del Concurso
que no haya sido obtenido directamente del Instituto de
la Propiedad y no se enviarán enmiendas o aclaraciones
a ningún oferente que no esté inscrito en el registro
oficial de participantes.
6. Las ofertas deberán presentarse de manera física
en sobres separa