Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-05-2025 — Reforma del artículo 60 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo - Reorganización de direcciones generales de SEFIN
Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 05-2025
LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE
SECRETARIOS DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República
establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración
General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones
dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir
Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones
conforme a la Ley; administrar la Hacienda Pública; y, dirigir
la política económica y financiera del Estado (artículo 245
numerales 2,11, 19 y 30).
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública dispone que la Presidenta de la República tiene
a su cargo la suprema dirección y coordinación de la
Administración Pública Centralizada y Descentralizada. La
Presidenta de la República, en el ejercicio de sus funciones,
podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública establece que la Presidenta de la República, por
Decreto en Consejo de Secretarios de Estado, podrá emitir
dentro de la Administración Pública Centralizada las normas
requeridas para determinar la competencia de los Despachos
por las Secretarías de Estado y crear las dependencias internas
que fueren necesarias para la buena administración (artículo
14 numeral 1).
CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ley General
de la Administración Pública, la Presidenta de la República
puede ampliar, reducir, fusionar o reasignar las competencias
y los Despachos de las Secretarías de Estado (artículo 29
párrafo penúltimo).
CONSIDERANDO: Que el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo,
establece las funciones de las Direcciones Generales y
demás órganos especializados de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Finanzas (SEFIN).
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número
PCM 017-2011 se creó la “Dirección General de Control de
Franquicias Aduaneras”, responsable de conocer y registrar
todos los asuntos relacionados con todas las exenciones y
exoneraciones fiscales que se deben otorgar conforme a los
-- 1 of 6 --
EDIS ANTONIO MONCADA
ELSA XIOMARA GARCIA FLORES
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
Convenios, Tratados Internacionales y las Leyes vigentes
(artículo 1 numeral 8).
CONSIDERANDO: Que con el objeto de responder a sus
verdaderas funciones y naturaleza, es necesario modificar el
nombre de la “Dirección General de Control de Franquicias
Aduaneras” a “Dirección General de Exoneraciones Fiscales y
Franquicias Aduaneras”, así como modificar sus competencias
y responsabilidades.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo y sus reformas, la Unidad de Modernización es un
órgano de apoyo de la Secretaría de Estado, correspondiéndole
coordinar las acciones orientadas a diseñar, ejecutar y evaluar
medidas de reforma institucional, dando seguimiento a su
ejecución, de acuerdo con los programas de la Secretaría de
Estado (artículos 17 y 39).
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo
número 1633 de fecha 16 de agosto de 2002, se asignaron a
la Unidad de Modernización las funciones relacionadas con
el área informática de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Finanzas (SEFIN). Asimismo, mediante Decreto Ejecutivo
número PCM 039-2014 de fecha 17 de octubre de 2014, se
realizó una reorganización de la Unidad de Modernización de
la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN);
no obstante, esto provocó duplicidad de funciones, generando
resultados no favorables y decremento en la coordinación y
operatividad en general. En ese sentido, para lograr soluciones
tecnológicas que optimicen la gestión de las finanzas públicas
dentro de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
(SEFIN) y, considerando la naturaleza y rectoría requerida de
los aspectos relacionados con las tecnologías de la información
(TIC), es necesario contar con una “Dirección General de
Tecnologías de la Información” con el rango adecuado,
evitando limitaciones y duplicidad de funciones.
CONSIDERANDO: Que es imperativo reestructurar las
dependencias internas de la Secretaría de Finanzas que
fueron alcanzadas por las redes sistémicas de la corrupción,
normalizando y legalizando conductas en pro de intereses
particulares a través del debilitamiento de la operatividad
funcional, la obtención de privilegios fiscales sin control,
los constantes abusos y la duplicidad de funciones. Además,
es necesaria la reestructuración del ente encargado del
otorgamiento de las exoneraciones fiscales, a través de la
mejora de su estructura organizacional, la implementación de
los procedimientos adecuados para el correcto otorgamiento
de los privilegios fiscales mediante la aplicación de controles
adecuados y la fiscalización, garantizando la transparencia,
eficiencia y eficacia.
POR TANTO,
En el ejercicio de las facultades legales de que está investida
y en aplicación de lo que establecen los siguientes artículos:
245 numerales 2), 11), 19) y 30), 248, 252 y 321 de la
Constitución de la República; 11, 14 numeral 1) , 22 numeral
3), 29 párrafo penúltimo, 33, 116, 117 y 119 de la Ley General
de la Administración Pública; Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo (Decreto
Ejecutivo número PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” el 07 de junio de 1997 y las reformas de su
artículo 60 mediante Decretos Ejecutivos número PCM 35-
2015 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición
número 33,766 del 16 de junio de 2015 y PCM 017-2011
-- 2 of 6 --
publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición
32,489 del 09 de abril de 2011); y demás aplicables.
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Reformar el artículo 60 del “Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo” contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-008-97
emitido en fecha dos (2) de junio de mil novecientos noventa
y siete (1997) publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en
fecha 07 de junio de 1997 y sus reformas, el cual deberá leerse
de la siguiente forma:
“Artículo 60. Las funciones de las Direcciones Generales y
demás órganos especializados de esta Secretaría de Estado
son las siguientes:
1. Dirección General de Presupuesto: …;
2. Contaduría General de la República: …;
3. Tesorería General de la República: …;
4. Dirección General de Crédito Público: …;
5. Dirección General de Inversiones Públicas: …;
6. D i r e c c i ó n G e n e r a l d e I n s t i t u c i o n e s
Descentralizadas: …;
7. Superintendencia de Sociedades Mercantiles:
…;
8. Dirección General de Exoneraciones Fiscales
y Franquicias Aduaneras: Responsable de
la inscripción en el Registro de Exonerados
de obligados tributarios que califiquen;
asimismo, la tramitación, administración,
verificación y control de las exoneraciones
fiscales, franquicias aduaneras y dispensas,
así como las devoluciones y notas de crédito
derivadas de las mismas. Es responsable de la
cancelación de exoneraciones fiscales inscritas
o beneficios fiscales otorgados, aplicación
de sanciones y determinación de pago de
algún tributo dejado de pagar, derivado de
los procesos de verificación, fiscalización y
control realizados a las exoneraciones fiscales
y franquicias aduaneras. La Dirección General
de Exoneraciones Fiscales y Franquicias
Aduaneras será una dependencia adscrita a
la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto y
estará a cargo de un Director y un Subdirector;
9. Dirección General de Política Macrofiscal: …;
10. Dirección General de Política Tributaria: …;
y,
11. Dirección General de Tecnologías de la
Información: Responsable de proporcionar
soluciones tecnológicas para optimizar la
gestión de las finanzas públicas, apoyando a
los entes rectores mediante la conformación
de proyectos para el diseño, desarrollo
e implementación de estas soluciones, su
mantenimiento, capacitación, soporte técnico,
actualización y mejora tecnológica, abarcando
los aspectos de seguridad de la información,
la gestión de la infraestructura tecnológica
requerida, la coordinación interinstitucional
y el cumplimiento normativo en materia de
tecnologías de la información para las finanzas
públicas. La Dirección General de Tecnologías
de la Información será una dependencia
adscrita al Secretario de Estado en el Despacho
de Finanzas y estará a cargo de un Director y
un Subdirector”.
ARTÍCULO 2. La Unidad de Modernización de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) deberá
seguir ejecutando las funciones que le corresponden, de
conformidad a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento
de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder
Ejecutivo.
ARTÍCULO 3. Se autoriza a la Secretaría de Estado en
el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que realice una
revisión de la estructura de puestos de la Dirección General
de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras y de la
Dirección General de Tecnologías de la Información y proceda
con los cambios en los perfiles de puestos y salarios, de
acuerdo con las nuevas funciones establecidas en el presente
Decreto.
-- 3 of 6 --
ARTÍCULO 4. Se autoriza a la Secretaría de Estado en el
Despacho de Finanzas (SEFIN) para que identifique dentro
de su presupuesto vigente, los recursos presupuestarios
pertinentes para el funcionamiento de la Dirección General
de Exoneraciones Fiscales y Franquicias Aduaneras y de la
Dirección General de Tecnologías de la Información, antes
enunciadas.
ARTÍCULO 5. Dejar sin valor ni efecto el Acuerdo Ejecutivo
número 1633 de fecha 16 de agosto de 2002, en el que se
asignan a la Unidad de Modernización de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) las funciones
relacionadas con el área informática de esta Secretaría de
Estado.
ARTÍCULO 6. Dejar sin valor ni efecto el Decreto Ejecutivo
número PCM 039-2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y
publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición
número 33,558 de fecha 17 de octubre de 2014, en el que se
asignan funciones y se reorganiza la Unidad de Modernización
de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
(SEFIN).
ARTÍCULO 7. El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigor
a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año
dos mil veinticinco (2025).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
LESLY SARAHÍ CERNA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO SOCIAL
CHRISTIAN DAVID DUARTE CHÁVEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS
TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN
-- 4 of 6 --
RICARDO ARTURO SALGADO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE ASUNTOS DE LA MUJER
HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE SEGURIDAD
RIXI RAMONA MONCADA GODOY
SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
CARLA MARINA PAREDES REYES
SECRETARIA DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE SALUD
LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE EDUCACIÓN
ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY
LAURA ELENA SUAZO TORRES
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL
SECRETARIO DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE ENERGÍA
OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
-- 5 of 6 --
WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA
SECRETARIA DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE TURISMO
GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS
DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS
WARREN OCHOA ORELLANA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y
SANEAMIENTO
JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS
NACIONALES (COPECO)
LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA
Consejo Nacional Electoral
CNE
Ver como documento individual→