Resolución
Resolución No. 1329-2022 — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y Aprobación de Estatutos a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento
Poder Ejecutivo
RESOLUCION No. 1329-2022.
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION,
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintiuno de
septiembre del año dos mil veintidós.
VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder
Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en
fecha seis de junio del año dos mil veintidós, misma
que corre a Expediente No. PJ06062022-355, por el
Abogado LEONEL DAMIÁN SUAZO CASTILLO,
quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la
“JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO
URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA
LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN”, con domicilio en el Casco Urbano de la
Libertad, departamento de Francisco Morazán, contraído a
pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación
de sus Estatutos.
RESULTA Que el peticionario acompañó a su solicitud los
documentos correspondientes para el otorgamiento de la
Personalidad Jurídica.
CONSIDERANDO: Que la “JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA
COMUNIDAD DEL CASCO URBANO DE LA
LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA LIBERTAD,
DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”,
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EDIS ANTONIO MONCADA
ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas
disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el
orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que
es procedente acceder a lo solicitado.
CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República
emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha
veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega
al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y
Justicia, competencia específica para la emisión de este acto
administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y
122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de
la Ley de Procedimiento Administrativo.
POR TANTO: La Secretaría de Estado en los Despachos
de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus
facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18
de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34,
35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco
del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40
de la Constitución de la República; 29 reformado mediante
Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014;
116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56
y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento
Administrativo. Acuerdo de Ministerial No. 14-2022 de
fecha ocho de febrero de dos mil veintidós.
RESUELVE:
PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la “JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO
URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA
LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN” con domicilio en el Casco Urbano de la
Libertad, departamento de Francisco Morazán, asimismo se
aprueban sus estatutos en la forma siguiente:
ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DEL
CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO
DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE
FRANCISCO MORAZÁN
CAPÍTULO I
CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y
DOMICILIO
ARTICULO 1.- Se constituye la organización cuya
denominación será “Junta Administradora de Agua
Potable y Saneamiento del Casco Urbano de La Libertad,
municipio de La Libertad, departamento de Francisco
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Morazán”, como una asociación de servicio comunal, de
duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como
finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad
para la construcción, operación y mantenimiento del sistema
de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos
y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco
del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento,
efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria
ambiental, entre los habitantes del Casco Urbano de La
Libertad, municipio de La Libertad, departamento de
Francisco Morazán.
ARTÍCULO 2.- EL DOMICILIO LEGAL será en el
Casco Urbano de La Libertad, municipio de La Libertad,
departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en
dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.
ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área
delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas
de captación, conducción, almacenamiento y distribución de
agua, construidas por las comunidades con fines de salud y
las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal
en cada uno de los hogares.
CAPÍTULO II
DE LOS OBJETIVOS
ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es
regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora
de Agua y los diferentes comités para la administración,
operación y mantenimiento del sistema.
ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes
objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados
y de la comunidad en general. b.- Asegurar una correcta
administración del sistema. c.- Lograr un adecuado
mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia
en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.
e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de
abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población
use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en
los hogares de una manera racional evitando el desperdicio
del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria
para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar
labores de vigilancia en todos los componentes del sistema
(de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.-
Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable
y saneamiento.
ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados,
la organización podrá realizar las siguientes actividades:
a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa
mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto
de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de
capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la
salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico
a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del
sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de
entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse
con otras instituciones públicas y privadas para mantener
el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad
involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar
el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que
tienda a mejorar la salud y/o a conservar el sistema.
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CAPÍTULO III
DE LOS MIEMBROS. CLASES DE MIEMBROS
ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua, tendrá
las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores y, b)
Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el
acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b)
Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.
ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a) Ambas
clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir
y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta
Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la
adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el
prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir
avisos oportunamente de las interrupciones programadas del
servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier
evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del
servicio que recibe.
ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a)
Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado
de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura,
c) Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las
fechas establecidas.
CAPÍTULO IV
DE LOS ÓRGANOS, ATRIBUCIONES DE CADA
ÓRGANO
ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación
y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a
cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.-
Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas.
b) Comité de Operación y Mantenimiento; y, c) Comité de
Saneamiento.
DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS
ARTÍCULO 11.- La asamblea de Usuarios es la máxima
autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad
colectiva de los abonados debidamente convocados.
ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios:
a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.-
Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.
c.-Nombrar las comisiones o comités de apoyo.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios, la
Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de
la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por
un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período
más, ejerciendo dichos cargos ad honorem.- Para ser miembro
de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos
establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General
de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y
estará conformada por siete (7) miembros: 1.- Un Presidente(a)
2.- Un Vicepresidente(a); 3.- Un (a). 4.- Un Tesorero(a). 5.-
Un Fiscal, 6.- Un Vocal primero; y, 7.- Un Vocal Segundo.
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ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes
funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y
egresos. b.- Elaborar y ejecutar el trabajo. c.- Coordinar y
ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y
mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de
tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del
servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de
banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros
de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio
de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea
General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar
el servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las
fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación
y realizando acciones de protección y reforestación de la
microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras
sanitarias en los hogares de los abonados.
ARTÍCULO 15.- Para tratar los asuntos relacionados con
el sistema y crear una comunicación y coordinación en
su comunidad, se harán reuniones así: a.-Trimestralmente
en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma
extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por
mes.
DE LOS COMITÉS DE APOYO
ARTÍCULO 16.- La Junta Directiva tendrá los siguientes
comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento.
b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento.
ARTÍCULO 17.- Estos Comités estarán integrados a la
estructura de la Junta Directiva, su función específica es la
de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento
y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en
el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y
los reglamentos que para designar sus funciones específicas y
estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre
incorporar como miembro de los Comités de Operación y
Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al
Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del
Comité de Saneamiento.
DE LA JUNTA DIRECTIVA
ARTÍCULO 18.- La Junta Directiva de la Junta Administradora
de Agua estará formada por: a) Presidente, b) Vicepresidente,
c) Secretario, d) Tesorero, e) Fiscal, f) Vocal Primero, g)
Vocal Segundo.
ARTÍCULO 19.- Son Atribuciones del PRESIDENTE: a.-
Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones.
c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.- Autorizar
y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.-
Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que
implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y
extrajudicialmente a la Junta Administradora.
ARTÍCULO 20.- Son Atribuciones del VICEPRESIDENTE:
a.- Sustituir al presidente en caso de ausencia temporal o
definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple
de la Junta Directiva; b.- Supervisará las Comisiones que se
asignen; c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta
Directiva o la Asamblea.
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ARTÍCULO 21.- Son atribuciones del SECRETARIO: a.-
Llevar el libro de actas. b.-Autorizar con su firma las actuaciones
del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el
dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar
junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.-
Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo
de planillas de mano de obras.
ARTÍCULO 22.- Son atribuciones del TESORERO: Es
el encargado de manejar fondos, archivar documentos que
indiquen ingresos y egresos: a.-Recaudar y administrar los
fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros
ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente
con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán
destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.
c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las
operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero,
tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario
de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.-
Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento
económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la
Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones
que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de
los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el
Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la
Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral
y anual con copia a la Municipalidad.
ARTÍCULO 23.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es
el encargado de fiscalizar los fondos de la organización
b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos
provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos
destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la
Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la
administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar
el control y practicar las auditorías que sean necesarias para
obtener una administración transparente de los bienes de la
organización.
ARTÍCULO 24.- Son atribuciones de LOS VOCALES: a.-
Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente
que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en
convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité
de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité
de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el
Reglamento respectivo.
CAPÍTULO V
DEL PATRIMONIO
ARTÍCULO 25.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual
de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los
intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles
y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones
y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias,
legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de
personas naturales o jurídicas.
ARTÍCULO 26.- Los recursos económicos de la Junta
Administradora se emplearán exclusivamente para el uso,
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operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del
sistema.
CAPÍTULO VI
DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTÍCULO 27.- En caso de disolución y liquidación de
la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán
donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas,
siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que
señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo
estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 28.- El ejercicio financiero de la Junta
Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del
Gobierno de la República.
ARTÍCULO 29.- Los programas, proyectos o actividades
que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las
que el Estado realice, por el contrario, llevarán el propósito
de complementarlos de común acuerdo por disposición de
este último.
SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO
DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los
Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización,
indicando nombre completo, dirección exacta, así como los
nombres de sus representantes y demás integrantes de la
Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que
dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de
Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el
cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.
TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
D E L C A S C O U R B A N O D E L A L I B E R T A D ,
MUNICIPIO DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO
DE FRANCISCO MORAZAN”, presentará anualmente ante
el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados
financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo
movimiento económico y contable, indicando su patrimonio
actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo,
incluyendo herencias, legados y donaciones a través de
un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y
donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la
normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea
el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para
verificar la transparencia de los mismos.
CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA
POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD
DEL CASCO URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO
DE LA LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
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MORAZAN”, se somete a las disposiciones legales y políticas
establecidas por la Secretaría de Estado y los y demás entes
contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea
requerido para garantizar la transparencia de la administración,
quedando obligada, además, a presentar informes periódicos
anuales de las actividades que realicen con instituciones u
organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus
objetivos y fines para lo cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA
ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y
SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO
URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA
LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN”, se hará de conformidad a sus estatutos y las
leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las
obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte
de una organización legalmente constituida en Honduras, que
reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite
se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a
efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y
transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia
el párrafo primero de este mismo artículo.
SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego
de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en, el
Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas
en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas
o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de
su aprobación.
SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el
Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad
con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio
proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación,
Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC),
para que emita la correspondiente inscripción.
NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación
de la presente resolución, a razón de ser entregada a la
“JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE
Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DEL CASCO
URBANO DE LA LIBERTAD, MUNICIPIO DE LA
LIBERTAD, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO
MORAZAN”, cuya petición se hará a través de la Junta
Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando
cumplimiento con el Artículo 18 párrafo segundo de
la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento.
NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ
FLORES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE JUSTICIA. (F) CELSO DONADÍN
A L V A R A D O H E R N Á N D E Z , S E C R E T A R I O
GENERAL”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil
veintidós.
NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO
OFICIAL JURÍDICO
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Sección “B”
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La
LICENCIA DE REPRESENTANTE NO EXCLUSIVO,
otorgada mediante Resolución Número 166-2023 de fecha
19 de abril del año 2023, mediante poder especial de fecha
27 de junio del 2022, que LITERALMENTE DICE:
La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo
Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo
4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes
de empresas nacionales y extranjeras, extiende la presente
Licencia a la sociedad mercantil denominada PHARMED
SALES HONDURAS SOCIEDAD ANONIMA, como
REPRESENTANTE NO EXCLUSIVO de la Empresa
Concedente LABORATORIO DE PRODUCTOS
ÉTICOS, C.E.I.S.A. de nacionalidad paraguaya, para
importar, distribuir y comercializar los productos propiedad
de la empresa concedente, con jurisdicción en TODO EL
TERRITORIO DE LA REPUBLICA DE HONDURAS,
POR TIEMPO DEFINIDO hasta el 27 de junio del 2024.
MELVIN ENRIQUE REDONDO Subsecretario de Estado
en el Despacho de Integración Económica y Comercio
Exterior, Delegado mediante Acuerdo No. 022-2022 y JOEL
EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General.
Y para los fines que el interesado convenga, se extiende la
presente en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, a los veinticuatro días del mes de abril de enero del
año dos mil veintitrés
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
11 M. 2023
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras
de Ocotepeque, al público en general y para efectos de
Ley, HACE SABER: Que el señor ZOILA CAROLINA
PACHECO REYES, ha solicitado Título Supletorio de los
siguientes inmuebles: 1.-) Un lote de terreno con una Área
de CUATRO MANZANAS CON NOVENTA Y TRES
CENTESIMAS DE MANZANA, de extensión superficial
(4.93 Mzs) y está ubicado en el lugar denominado SAN
FRANCISCO, Municipio de Fraternidad, Departamento de
Ocotepeque, y tiene la medidas y colindancias siguiente:
DEL PUNTO UNO AL PUNTO DOS: Mide Noventa y
un metros (91.00Mts), DEL PUNTO DOS AL PUNTO
TRES: Mide Treinta y Tres Metros (33.00), DEL PUNTO
TRES AL PUNTO CUATRO: Mide Ciento Sesenta y
Cuatro Metros (164.00Mts), DEL PUNTO CUATRO AL
PUNTO CINCO: Mide Cien Metros (100.00Mts), DEL
PUNTO CINCO AL PUNTO SEIS: Mide Ciento Cuarenta
y Nueve Metros ( 149.00Mts), DEL PUNTO SEIS AL
PUNTO SIETE: Mide Dieciséis Metros (16.00Mts), DEL
PUNTO SIETE AL PUNTO OCHO: Mide Dieciséis
Metros ( 16.00Mts), DEL PUNTO OCHO AL PUNTO
NUEVE: Mide Treinta y Nueve Metros ( 39.00Mts) DEL
PUNTO NUEVE AL PUNTO DIEZ: Mide Ciento Sesenta
Metros (160.00 Mts), DEL PUNTO DIEZ AL PUNTO
UNO: Mide Ciento Setenta y Cuatro Metros (174.00Mts)
AL NORTE: Colinda con Juventina García Reyes, antes
José Erasmo Maldonado Peña, AL SUR: Colinda con calle
de acceso privado de por medio con Juventina García Reyes,
antes Santos Efrain Espinoza, AL ESTE: Colinda con Noé
Antonio Reyes Sanabria, antes Delia Argentina Espinoza,
AL OESTE: Colinda con José Erasmo Maldonado Peña.- El
cual he poseído quieta, pacífica e interrumpida por más de
diez años.- Ocotepeque, 01 de Marzo del año 2023.-.
Abg. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA ADJUNTA
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
11 A., 11 M. y 10 J. 2023
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-050-2023
El Gobierno de la República de Honduras por medio
de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y
en aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de La
Ley de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categorías "2" y"3", por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA
DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO
HIDRÁULICO 4000 PSI, 13V83000
(TAMBLA - TOMALÁ) 1 KM, DEPARTAMENTO
DE LEMPIRA, FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de licitación
Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en
Obras Viales Categorías "2" y "3", por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier
aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por
parte de las empresas participantes deberán solicitarla al
correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las
2:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción
de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las
autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por
la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública de apertura de ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE
(SIT)
11 M. 2023
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-051-2023
El Gobierno de la República de Honduras por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en
aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley
de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA
DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO
HIDRÁULICO 4000 PSI, 04S15920 RUTA 159, RUTA
CA-4-DULCE NOMBRE, 4.90 KM, DEPARTAMENTO
DE COPÁN, FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de Licitación
Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en
Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier
aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por
parte de las empresas participantes deberán solicitarla al
correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las
3:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción
de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las
autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir al acto, y de los funcionarios designados por
la Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública de apertura de ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023.
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE
(SIT)
11 M. 2023
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-052-2023
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en
aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley
de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categorías "2" y "3", por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA
DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto:
"PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO
4000 PSI, 13V83100 S116 - GUARITA (DESVÍO DEL
GUAYABO - GUARITA), 4.50 KM, DEPARTAMENTO
DE LEMPIRA, FASE I"
Podrán participar en el presente proceso de Licitación
Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en
Obras Viales Categorías "2" y "3", por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril, 2023. Cualquier
aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por parte
de las empresas participantes deberán solicitarla al correo
electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn en los plazos
establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las
4:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción
de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las
autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la
Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferente que hayan participado en
dicha audiencia pública de apertura de ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que sera integrado por los funcionarios que
designen, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA
Y TRANSPORTE
(SIT)
11 M, 2023.
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CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS PARA OPTAR
AL CARGO DE SECRETARIO(A) EJECUTIVO(A) DE
LA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONTRA
LA EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL Y TRATA
DE PERSONAS, CICESCT.
La Comisión Interinstitucional Contra la Explotación
Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras,
CICESCT COMUNICA: A los interesacos en participar en
el proceso de selección de Secretario(a) Ejecutivo(a), que
para postularse al cargo deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
1. REQUISITOS MINIMOS:
El Secretario(a) Ejecutivo(a): será nombrado por la
Junta Directiva de la Comisión Interinstitucional Contra
la Explotación Sexual Comercial y Trata de Personas
(CICESCT), en base a:
1. Ser hondureño(a) por nacimiento;
2. Mayor de veinticinco (25) años;
3 De reconocida honorabilidad; y,
4. Profesional en el área social preferentemente, y/o
con reconocida experiencia y autoridad en el tema.
2. REQUISITOS ESPECIALES:
1. Tener experiencia y conocimiento del ordenamiento
Jurídico vigente de Administración Pública
hondureña;
2. Conocimientos y experiencias en el manejo de
leyes, tratados y convenios.
3. Amplios conocimientos en tema de trata de
Personas.
4 Conocimientos y experiencia en la temática
Derechos Humanos.
3. DOCUMENTACION A PRESENTAR:
1. Hoja de Vida con fotografía reciente y documen-
tación soporte;
2. Constancia de experiencia laboral, especificando
cargo y tiempo de laborar (comprobada);
3. Constancia de Antecedentes Penales y Policiales
Vigentes;
4. Constancia de no tener cuentas pendientes con el
Estado de Honduras, emitida por el TSC;
5. Carta de expresión de interés para participar en el
concurso, debidamente firmada por el postulante
dirigido a la Junta Directiva de la CICESCT.
4. SUELDO MENSUAL: L. 68,100.00
NOTA: El postulante debe remitir toda la documentación
en un sobre sellado dirigido al Departamento de Personal,
"Concurso de selección de Secretario(a) Ejecutivo(a)
de la Comisión Interinstitucional Contra la Explotación
Sexual Comercial y Trata de Personas de Honduras". El sobre
sellado debe presentarse a más tardar el día 29 de mayo del
año en curso, hasta las 2:00 p.m. en la oficina de la Comisión
Institucional Contra la Explotación Sexual Comercial y
Trata de Personas de Honduras, CICESCT. Ubicada en
el Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle,
torre 1, piso 12, Tegucigalpa, M.D.C.
Cualquier otra información se puede solicitar al correo
electrónico de la CICESCT, empleos@cicesct.gob.hn /
marcomejia@ciscesct.gob.hn y al número de teléfono
2242-8490/91
Departamento de Personal
CICESCT
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Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE RENOV/MODIF DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia
se ha presentado la solicitud de RENOV/MODIF de Registro de
plaguicidas o Sustancia Afin.
El Abg. Oscar Enrrique Almendares Torres
actuando en representación de la empresa: TÉCNICA
UNIVERSAL HONDURAS, S.A. DE C.V. - TECUN.
Tendiente a que autorice el / la RENOV/MODIF de registro del
producto
Nombre Comercial: CPF 2 DP
Compuesto por los elementos: 2% CHLORPYRIFOS
Grupo al que Pertenece: Organofosforado
Toxicidad: 5
Estado Físico: Sólido
Tipo de Formulación: Polvo seco (DP)
Formulador y País de Origen: QUÍMICOS AGRÍCOLAS
INSECTROL, S.A. / GUATEMALA
Tipo de Uso: INSECTICIDA
EXPSENASA No: 2203-0959
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento
Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES
A PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., lunes 27 de marzo del 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
11 M. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE RENOVACIÓN - GER DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en dependencia se
la presentado solicitud de Renovación de plaguicidas o sustancia
afín.
El Abg. JOHANA MABEL MENDOZA actuando en
representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS
ACC, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de
nombre comercial: ACETOGAN 90 EC, compuestos por los
elementos: 90% ACETOCHLOR
Toxicidad: "3"
Grupo al que Pertenece: CLOROACETAMIDA
Estado Físico: 100, 125, 250, 500 ml; 1, 3.785, 5, 10, 20, 200
Litros
Tipo de Formulación: CONCENTRADO EMULSIONABLE
(EC)
Formulador y País de Origen: ADAMA AGAN, LTD. /
ISRAEL; ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA
/ COLOMBIA
Tipo de Uso: HERBICIDA
EXPEDIENTE N. 2204-1053
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos
Administrativos.
TEGUCIGALPA, M.D.C., 04 DE MAYO DEL 2023
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES
A PARTIR DE LA FECHA”
ING. FREDY SAMUEL RAUDALES
JEFE INTERINO DEL DEPARTAMENTO
REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS
11 M. 2023
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta
jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha diez (10) de mayo del año dos mil
veintidós (2022), compareció ante este juzgado la abogada GABRIELA
NICOLE BARRIOS HERRERA, en su condición de representante
legal de la señora INGRID SUYAPA SALGADO ARGUETA,
interponiendo demanda contencioso administrativa vía procedimiento
especial en materia personal, con orden den ingreso No. 0801-2022-
00363, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA
PROPIEDAD, contraída a solicitar: "para que se declare la nulidad de
un acto administrativo de carácter particular emitido por la Dirección
General de Registro Vehicular del Instituto de la Propiedad (IP),
consistente en el Acuerdo de Cancelación, por no ser dictado conforme
a derecho, infringir el ordenamiento jurídico, contener vicios de nulidad
y quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley.-
Que se reconozca la situación jurídica individualizada y adoptar como
medidas para el pleno restablecimiento de sus derechos que se ordene a
través de sentencia definitiva el reintegro a su puesto de trabajo de igual
o mejor categoría y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios
dejados de percibir con todos los aumentos, más el pago de vacaciones,
décimo cuarto mes, décimo tercer mes y demás beneficios colaterales
desde la cancelación hasta la ejecución de la sentencia, más intereses
legales.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida
en juicio de primera instancia.- Habilitación de días y horas inhábiles
para efectuar cualquier actuación judicial". Lo anterior en relación al
acto impugnado consistente en el Acuerdo No. DGRV-IP-081-2022 de
fecha treinta y uno (31) de marzo del año dos mil veintidós (2022).
HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCÍA
SECRETARIO, POR LEY
11 M. 2023
________
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras
A V I S O
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres (03) de marzo
del dos mil veintitrés (2023), compareció ante este Juzgado el abogado
JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, en su condición
de representante procesal del señor URIS ULICES RUIZ RAMOS,
incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número
0801-2023-00387, contra el Estado de Honduras, a través de la
AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL (AHAC),
se promueve demanda especial en materia de personal para la nulidad de
un acto administrativo, que se anule totalmente el mismos por haber sido
adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca
la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se condene al reintegro de mi representado a su puestos de trabajo así
como los salarios dejados de percibir en concepto de indemnización
de daños y perjuicios junto con los colaterales consistentes en décimo
tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto
de compensación social incrementos salariares otorgados a todos los
empleados del sector público y las vacaciones que deberían haber
gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que sean
reintegrados mis representados conforme a la Ley de Servicio Civil. Se
acompañan documentos. Se acredita representación. Costas. En relación
al Acuerdo de Cancelación No. 53-2023 de fecha 2 de febrero del 2023.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2023
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de enero
del dos mil veintitrés (2023), compareció a este juzgado el abogado
JHONATAN GABRIEL ROSALES CORRALES, en su condición de
representante procesal de la señora LOURDES JANET RODRÍGUEZ
DÍAZ, contra el ESTADO DE HONDURAS a través del SERVICIO
DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), incoando demanda
Contenciosa Administrativa, vía Procedimiento en Personal con orden
de ingreso número 0801-2023-00116, contra el Estado de Honduras
a través de la SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS
(SAR), demanda especial en materia de personal para la nulidad de tres
actos administrativos, que se anulen totalmente el mismos por haber
sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico y exceso de
poder.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para
su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras a través
del Servicio de Administración de Rentas (SAR) al reintegro de
mi; representada a su puestos de trabajo así como los salarios dejados
de percibir en concepto de indemnización de daños y perjuicios junto
con los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de
aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social
incrementos salariares otorgados a todos los empleados del sector
público. Ajuste salarial anual conforme al porcentaje de costo de vida
indicado por el Banco Central de Honduras (BCH), vacaciones que
debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación
hasta que sea reintegrada mi representada en igual o mejor puesto. Se
acredita representación.- Costas. En relación al acto impugnado Acuerdo
de Cancelación número SAR-No. 452-2022 de fecha 09 de diciembre de
2022.
ABG. KELLY JULLISA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIO ADJUNTA
11 M. 2023
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-048-2023
El Gobierno de la República de Honduras por medio de la
Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación
de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación
del Estado, INVITA: A las Empresas Constructoras debidamente
Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3” , por la
Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas
para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL
en el proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO
4000 PSI, 16V40000 (SANTA BÁRBARA - LA VUELTOSA-
P020) 1 KM, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA,
FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública
Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales
Categoría “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan
ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes
en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva
la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado
(ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la página del
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS),
a partir del día 24 de abril, 2023. Cualquier aclaración o consulta a
los Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes
deberán solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.
gob.hn, en los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado
dirigido a la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en
forma inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar
el día 10 mayo del 2023, hasta las 11:00 A.M., hora oficial de
la República de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima
establecida para la recepción de ofertas se realizará el acto de
apertura pública por las autoridades respectivas y en presencia
de las personas que deseen asistir al acto y de los funcionarios
designados por la Secretaría y por los Organismos Contralores del
Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los
representantes de los oferentes que hayan participado en dicha
Audiencia Pública de Apertura de Ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará una
comisión que será integrada por los funcionarios que designe,
quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas y la Formulación
de la Recomendación de Adjudicación correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
(SIT)
11 M. 2023
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Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-049-2023
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de la
Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en aplicación
de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley de Contratación
del Estado, INVITA: A las Empresas Consultoras debidamente
Precalificadas en Obras Viales Categorías “2” y “3” , por la
Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), a presentar Ofertas
para el PROGRAMA DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL
en el proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO
4000 PSI, 15V25300 P-015 - EL GUAYABITO - PUNUARE -
P 015 (BULEVAR) 2 KM, DEPARTAMENTO DE
OLANCHO, FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de Licitación Pública
Nacional, todas las Empresas Precalificadas en Obras Viales
Categoría “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT) y que de acuerdo con su capacidad puedan
ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y solventes
en el Registro de Contratistas del Estado que para tal efecto lleva
la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado
(ONCAE) y con todas sus obligaciones tributarias con el Estado.
El Proyecto será financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Concurso podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la página del
Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS),
a partir del día 24 de abril 2023. Cualquier aclaración o consulta a los
Documentos de Licitación por parte de las empresas participantes deberán
solicitarla al correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la información
requerida en el Documento Base de Concurso, deberá presentarse
en el Salón de Usos Múltiples, en sobre cerrado dirigido a
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), en forma
inviolable (lacrado) notoriamente identificado a más tardar el día
10 mayo del 2023, hasta las 1:00 P.M., hora oficial de la República
de Honduras, C.A., seguidamente a la hora máxima establecida
para la recepción de ofertas se realizará el acto de apertura pública
por las autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir y de los funcionarios designados por la Secretaría y
por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por los
representantes de los oferentes que hayan participado en dicha
Audiencia Pública de Apertura de Ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el Análisis de las Ofertas
y la Formulación de la Recomendación de Adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 de abril 2023
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
(SIT)
11 M. 2023
-- 17 of 32 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE RENOVACIÓN -GER DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia
se ha presentado solicitud de Renovación de Plaguicidas o
Sustancia afín.
La Abg. JOHANA MABEL MENDOZA, actuando en
representación de la empresa: ADAMA CROP SOLUTIONS
ACC, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto
de nombre comercial: MIRADOR 25 SC, compuesto por los
elementos: 25% AZOXYSTROBIN.
Toxicidad: “5”
Grupo al que Pertenece: ESTROBILURINA
Estado Físico: 125, 250, 500, ML 1, 3.785, 5, 10, 15, 20, 25, 100,
200, LITROS
Tipo de Formulación: SUSPENSIÓN CONCENTRADO
Formulador y País de Origen: ADAMA MAKHTESHIM, LTD/
ISRAEL; ADAMA ANDINA B.V. SUCURSAL COLOMBIA/
COLOMBIA
Tipo de Uso: FUNGICIDA
EXPEDIENTE No. 2204-1095
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos
Administrativos.
TEGUCIGALPA, M.D.C., 03 MAYO DEL 2023
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
ING. FREDY SAMUEL RAUDALES
JEFE INTERINO DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO
DE INSUMOS AGRÍCOLAS
11 M. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS
Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente se HACE SABER: que en esta dependencia
se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN
El representante legal actuando en representación de la empresa:
ADAMA CROP SOLUTIONS ACC
Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN
nombre Comercial: MAGNATE 75 SP
compuesto por elementos: 75% IMAZALIL
Grupo al que pertenece: IMIDAZOL
Toxicidad: 4
Estado Físico: SOLIDO
Tipo de formulación: Polvo Soluble (SP)
Formulador y País de Origen: ADAMA MAKHTESHIM, LTD/
ISRAEL
Tipo de Uso: FUNGICIDA
EXPSENASA No. 2212-4458
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este
AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos
Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”.
Tegucigalpa, M.D.C., martes, 18 abril de 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos
Agrícolas
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 28 de noviembre de 2022
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes,
HACE SABER: Que en fecha tres (03) de mayo del año dos
mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la Abogada
GABRIELA NICOLE BARRIOS HERRERA, actuando en
su condición de apoderada legal del señor DAVID ANTONIO
COLMAN JUAREZ, incoando demanda Contencioso
Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de
Honduras, a través del Instituto de la Propiedad, con orden de
ingreso número 0801-2022-00317, para que se declare la nulidad
de un acto administrativo de carácter particular en materia
de personal por no ser conforme a derecho por infringir el
ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades
esenciales establecidas en la ley. Que se reconozca una situación
jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y
como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los
mismos, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro al
cargo de Coordinador de la Coordinación de Asistencia Técnica
de la Secretaría Ejecutiva del Instituto de la Propiedad y a título
de daños perjuicios los salarios dejados de percibir desde la fecha
de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme
la sentencia definitiva condenatoria. Incrementos salariales que
en su caso tuviera el puesto del cual fue cancelado ilegalmente
durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales
que ocurran durante el mismo como, décimo tercero y décimo
cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto
de vacaciones. Especial condena en costas a la parte demandada y
vencida en juicio de primera instancia. Daño moral. Habilitación
de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.
En relación al Acuerdo de Cancelación No. SE-IP-061-2022 de
fecha 08 de abril del año 2022.
SECRETARIO, POR LEY
11 M. 2023
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres
(03) de febrero de dos mil veintitrés (2023), compareció a este
Juzgado el Abogado FERNANDO PUERTO CASTRO, en su
condición de Apoderado Legal de la señora JOSSELIN PAMELA
RIVERA DOMÍNGUEZ, quien delegó poder en el Abogado
HAROLD EDUARDO PACHECO LÓPEZ, interponiendo
demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-
2023-00221, contra el INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, para
que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter
particular de la administración pública consistente en el Acuerdo
de Cancelación No. DGRP-IP-025-2023, de fecha 13 de enero
del 2023, emitido por el Instituto de la Propiedad. Que se anule
totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del
ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica
individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al
Estado de Honduras por medio del Instituto de la Propiedad al
reintegro al puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así
como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de
la cancelación hasta la fecha en que se reintegre a su puesto de
trabajo mi representada, incluyendo los colaterales consistentes en
décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en
concepto de compensación social y las vacaciones y bonificación
de las mismas que debería haber gozado y que devengaría desde
la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada, así como todos
los aumentos y beneficios de los que sea objeto la plaza durante la
secuela del presente juicio. Se acompañan documentos, se confiere
Poder. Costas.
ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ALVAREZ
SECRETARIO ADJUNTO
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-046-2023
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), y en
aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley
de Contratación del Estado, INVITA: A las empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA
DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO
HIDRÁULICO 4000 PSI, 10S11820 RUTA 118,
CAMASCA-SANTA LUCÍA (CAMASCA - SAN
JUAN DE DIOS) 4.57 KM, DEPARTAMENTO DE
INTIBUCÁ, FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de Licitación
Pública Nacional, todas las Empresas Precalificadas en
Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT), y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado, que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE), y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS), a partir del día 24 abril 2023.
Cualquier aclaración o consulta a los Documentos de Licitación
por parte de las empresas participantes deberán solicitarla al
correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el salón de usos múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las
9:00 A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción
de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las
autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la
Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública de apertura de ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE
(SIT)
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REPÚBLICA DE HONDURAS
Secretaría de Infraestructura y Transporte
(SIT)
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
LPN-SIT-047-2023
El Gobierno de la República de Honduras, por medio de
la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y en
aplicación de los Artículos No. 38, 41, 43 y 46 de la Ley
de Contratación del Estado, INVITA: A las Empresas
Constructoras debidamente Precalificadas en Obras Viales
Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), a presentar Ofertas para el PROGRAMA
DE INTERCONEXIÓN MUNICIPAL en el Proyecto:
“PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO
HIDRÁULICO 4000 PSI, 16S07810 RUTA 78, SAN
VICENTE CENTENARIO - EL NISPERO (EL
NISPERO - KM 10+000) 4.50 KM, DEPARTAMENTO
DE SANTA BÁRBARA, FASE I”
Podrán participar en el presente proceso de Licitación
Pública Nacional, todas las Empresas precalificadas en
Obras Viales Categorías “2” y “3”, por la Secretaría de
Infraestructura y Transporte (SIT) y que de acuerdo con su
capacidad puedan ejecutar este tipo de Proyectos.
Dichas empresas deberán estar previamente inscritas y
solventes en el Registro de Contratistas del Estado que
para tal efecto lleva la Oficina Normativa de Contratación
y Adquisiciones del Estado (ONCAE) y con todas sus
obligaciones tributarias con el Estado. El Proyecto será
financiado con Fondos Nacionales.
Los documentos de Licitación podrán ser vistos y descargados
por los interesados en participar en este proceso en la
página del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones
(HONDUCOMPRAS) a partir del día 24 abril 2023. Cualquier
aclaración o consulta a los Documentos de Licitación por
parte de las empresas participantes deberán solicitarla al
correo electrónico: redvialcontrataciones@sit.gob.hn, en
los plazos establecidos en los Documentos de Licitación.
La propuesta y demás documentos conteniendo toda la
información requerida en el Documento Base de Licitación,
deberá presentarse en el Salón de Usos Múltiples, en
sobre cerrado dirigido a la Secretaría de Infraestructura y
Transporte (SIT), en forma inviolable (lacrado) notoriamente
identificado a más tardar el día 10 mayo del 2023, hasta las
10:00A.M., hora oficial de la República de Honduras, C.A.,
seguidamente a la hora máxima establecida para la recepción
de ofertas se realizará el acto de apertura pública por las
autoridades respectivas y en presencia de las personas que
deseen asistir al acto y de los funcionarios designados por la
Secretaría y por los Organismos Contralores del Estado.
De lo actuado se levantará un acta que podrá ser firmada por
los representantes de los oferentes que hayan participado en
dicha audiencia pública de apertura de ofertas.
La Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT), nombrará
una comisión que será integrada por los funcionarios que
designe, quienes tendrán a su cargo el análisis de las ofertas
y la formulación de la recomendación de adjudicación
correspondiente.
Comayagüela, M.D.C., 24 abril del 2023.
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE
(SIT)
11 M. 2023
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRICOLAS
AVISO DE RENOVACION
DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos
de ley correspondiente se HACE SABER: que en esta
dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION
La Abg. JOHANA MABEL MENDOZA, actuando
en representación de la empresa: ADAMA CROP
SOLUTIONS ACC
Tendiente a que autorice la RENOVACION
Nombre Comercial: GALIGAN 24 EC
Compuesto por los elementos: 24% OXYFLUORFEN
Grupo al que pertenece: Difenil Eter
Toxicidad: 5
Estado Físico: Líquido
Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC)
Formulador y País de Origen: ADAMA AGAN, LTD. /
ISRAEL.
Tipo de Uso: Herbicida
EXPSENASA No: 2209-3666
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan
causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia
de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando
para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación
de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No.
157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de
Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la
Ley Procedimiento Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., viernes 14 de abril de 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
11 M. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRICOLAS
AVISO DE RENOV/MODIF DE PLAGUICIDAS Y
SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para
efectos de ley correspondiente se HACE SABER: que en
esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOV/
MODIF de registro de plaguicidas o sustancia afín.
El Abg. Oscar Enrrique Almendares Torres actuando en
representación de la empresa: TÉCNICA UNIVERSAL
HONDURAS S.A. DE C.V. TECUN tendiente a que
autorice el/ la RENOV/MODIF de registro del producto.
Nombre Comercial: CPF 48 EC
Compuesto por los elementos: 48% CHLORPYRIFOS
Grupo al que pertenece: Organofosforado
Toxicidad: 4
Estado Físico: Líquido
Tipo de formulación: Concentrado emulsionable (EC)
Formulador y País de Origen: QUÍMICOS AGRÍCOLAS
INSECTROL, S.A./GUATEMALA
Tipo de Uso: Insecticida
EXPSENASA No: 2203-0960
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan
causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia
de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando
para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación
de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No.
157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de
Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la
Ley Procedimiento Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., viernes 14 de abril de 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
11 M. 2023
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 11 D E MAYO D E L 2023 N o . 36,225
Número de Solicitud: 2022-7736
Fecha de presentación: 2022-12-22
Fecha de emisión: 16 de febrero de 2023
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: TECHNOS DESIGN COMPUTADORAS S.A. DE C.V.
Domicilio: LA CEIBA ATLANTIDA, AVENIDA 14 DE JULIO, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
JIMMY ALEXANDER MARTINEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (35)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TECKNOS DESIGN COMPUTADORAS
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad
de uso sobre las palabras “DESIGN COMPUTADORAS S.A.”
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización dispositivos tecnológicos, de la
clase 35.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA
Registro de la Propiedad Industrial
11, 26 M. y 12 J. 2023
__________
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 13 de
febrero del año 2023 el Abogado Leónidas José Padilla
Jiménez apoderado legal de la sociedad mercantil denominada
SITES HONDURAS, S.A. de C.V., interpuso demanda
ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2023-
00248, contra la Comisión Nacional de Telecomunicaciones
(CONATEL), demanda ordinaria para la nulidad del acto
administrativo de carácter general contenido en la resolución
número NR006/2022 emitida por la Comisión Nacional
de Telecomunicaciones (CONATEL) en fecha doce (12)
de diciembre de dos mil veintidós (2022), publicidad en
ejemplar número treinta y seis mil ciento cinco (36,105) del
Diario Oficial La Gaceta, de fecha diecisiete (17) de dos mil
veintidós (2022). Que se declare la ilegalidad y la nulidad de
la misma. Que se reconozca consecuentemente la situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento,
que se deje sin valor ni efecto lo dispuesto en la resolución
que ahora se impugna, se proponen y relacionan medios de
prueba. Se pide autorización para presentar medios de prueba
periciales privados. Anexos. Poder.
MARGARITA ALVARADO GALVEZ
SECRETARIA ADJUNTA
11 M. 2023
_______
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de
esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de
febrero del 2023 comparece
Ver como documento individual→