Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 30-2023 — Aprobación del Contrato de Reconstrucción del Puente en la Carretera Nacional No.1 denominado Guacirope
Congreso Nacional
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 205,
numeral 19) de la Constitución de la República, corresponde
al Congreso Nacional aprobar o improbar los contratos que
lleven involucrados exenciones, incentivos y concesiones
fiscales, o cualquier otro contrato que haya de producir o
prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la
República.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los
Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) y la Empresa
HAZAMA ANDO CORPORATION, JAPON, suscribieron
el Dos de Septiembre del año 2022, el Contrato PARA EL
PROYECTO DE RECONSTRUCCIÓN DEL PUENTE
EN LA CARRETERA NACIONAL No.1, mismo que será
financiado con fondos de la donación realizada mediante
Acuerdo firmado el 28 de Febrero del año 2022, entre el
Gobierno de la República de Honduras y la Agencia de
Cooperación Internacional del Japón (JICA) y necesita ser
aprobado por el Congreso Nacional debido a que dicho
Contrato tiene exoneraciones fiscales.
CONSIDERANDO: Que la infraestructura vial proporciona
una base esencial para el funcionamiento de la economía
nacional y genera una amplia gama de beneficios económicos
y sociales, por lo que se vuelve necesario que el Estado de
Honduras conserve adecuadamente para preservar y aumentar
estos beneficios, en cumplimiento con la adopción de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible del Programa de Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) de la Organización de
Naciones Unidas (ONU) indican en el ODS No.1 (Fin de la
pobreza), 3 (Salud y bienestar) y 9 (Industria, innovación e
infraestructura).
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205,
Atribución 1) de la Constitución de la República, corresponde
al Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar
y derogar las leyes.
POR TANTO;
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de
sus part e s , e l C O N T R A T O d e
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EDIS ANTONIO MONCADA
ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
“ R E C O N S T R U C C I Ó N D E L
PUENTE EN LA CARRETERA
NACIONAL No.1 DENOMINADO
“GUACIROPE”, UBICADO EN
EL MUNICIPIO DE NACAOME,
DEPARTAMENTO DE VALLE”,
suscrito entre el señor BAYARDO
PAGOADA FIGUEROA, actuando en
su condición de SUBSECRETARIO
DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
D E I N F R A E S T R U C T U R A Y
TRANSPORTE (SIT), como Parte
Contratante; y, el señor AKIRA
NISHIO, en su condición de Director
de la División Internacional HAZAMA
ANDO CORPORATION, JAPON,
actuando como Contratado, en fecha 2 de
Septiembre del año 2022, por un monto
de DOS MIL CATORCE MILLONES
S E T E C I E N T O S S E S E N T A Y
NUEVE MIL YENES JAPONESES
(JPY 2,014,769,000.00); mismo que
literalmente dice:
“ S E C R E T A R Í A D E E S T A D O
E N L O S D E S P A C H O S D E
I N F R A E S T R U C T U R A Y
T R A N S P O R T E . C O N T R A T O
ENTRE LA SECRETARÍA DE
ESTADO EN LOS DESPACHOS
D E I N F R A E S T R U C T U R A Y
T R A N S P O R T E , R E P Ú B L I C A
D E H O N D U R A S Y H A Z A M A
A N D O C O R P O R A T I O N
JAPON, PARA EL PROYECTO
DE RECONSTRUCCIÓN DEL
PUENTE EN LA CARRETERA
NACIONAL No.1, CONVENIO ESTE
CONTRATO, hecho y celebrado el día
2 de septiembre de 2022 por y entre la
Secretaría de Estado en los Despachos
de Infraestructura y Transporte,
República de Honduras (en adelante
denominado el “Cliente”), y HAZAMA
ANDO CORPORATION (en adelante
denominado el “Contratista”), DA FE
DE QUE: CONSIDERANDO QUE la
Agencia de Cooperación Internacional
del Japón (en adelante denominado
“JICA”) otorgará una donación al
Gobierno de la República de Honduras en
base al Acuerdo de Donación (en adelante
denominado el “A/D”) firmado el día 28
de Febrero de 2022 entre el Gobierno
de la República de Honduras y JICA,
referente al Proyecto de Reconstrucción
del Puente en la Carretera Nacional No.1
(en adelante denominado el “Proyecto”);
CONSIDERANDO QUE el Cliente,
como una autoridad competente para el
Proyecto, requiere que las obras para el
Proyecto se ejecuten por el Contratista,
y ha aceptado una oferta presentada
por el Contratista para la ejecución y
la terminación de estas obras para el
Proyecto y la reparación de cualesquiera
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defectos de las mismas, POR LO
TANTO, AHORA, considerando
los convenios mutuos, el Cliente y el
Contratista aceptan lo siguiente: 1.
El presente Convenio, las palabras y
expresiones tendrán el mismo significado
que se les atribuya en los documentos del
Contrato a que se refieran. 2. El presente
Convenio y los documentos enumerados
a continuación serán considerados como
constitutivos del presente Contrato,
y deberán leerse e interpretarse como
integrantes del mismo. El presente
Convenio prevalecerá sobre todos los
demás documentos del Contrato. (i) la
Carta de la Oferta (ii) las Condiciones
Particulares- Parte A (Datos del Contrato,
incluido el Calendario de Pago) (iii)
las Condiciones Particulares – Parte
B (Disposiciones Específicas) (iv)
las Condiciones Generales (incluidos
Anexos) (v) las Especificaciones (vi)
los Planos (vii) el Reconocimiento
de Cumplimiento de las Directrices
de Adquisición para las Donaciones
Japonesas (Tipo I). (viii) el Cualquier otro
documento que forma parte del Contrato
(1) las Respuestas a las Preguntas sobre
los Documentos de Licitación Nos. 1ra
Respuesta y 2da Respuesta fechadas el
19 de julio de 2022 y el 8 de agosto de
2022 respectivamente. (2) las Adendas
de los Documentos de Licitación Nos.
1ra Adenda emitidas el 12 de agosto
de 2022. (3) la Acta de la Reunión de
Aclaración y Negociación del Contrato
celebrada el 31 de agosto de 2022. 3.
Como contrapartida a los pagos que
el Cliente ha de hacer al Contratista,
conforme se estipula en el presente
Convenio, el Contratista se compromete
ante el Cliente, por medio del presente
Convenio, a ejecutar las obras para el
Proyecto y a reparar sus defectos de
conformidad en todos los aspectos con las
disposiciones del Contrato. 4. El Cliente
se compromete por medio del presente
a pagar al Contratista, en compensación
por la ejecución y terminación de las
obras para el Proyecto y la reparación
de sus defectos, el Precio del Contrato o
las otras sumas que resulten pagaderas
de conformidad con lo dispuesto en
el Contrato en el plazo y la forma
estipulados en éste. EN FE DE LO
CUAL las partes presentes han acordado
que este Convenio sea firmado en la fecha
escrita anteriormente con sus nombres
respectivos, por duplicado, conservando
cada Parte una (1) copia del mismo.
El Cliente (FYS) Bayardo Pagoada
Figueroa, Subsecretario de Estado en el
Despacho de Transporte, dependiente de
la Secretaría de Estado en los Despachos
de Infraestructura y Transporte (SIT)
República de Honduras, El Contratista
señor (F) AKIRA NISHIO, Director de
la División Internacional, HAZAMA
ANDO CORPORATION, JAPAN,
Condiciones Particulares (CP). Las
siguientes Condiciones Particulares
complementarán las Condiciones
Generales del Contrato para las Obras
de Construcción (CG). En los casos de
discrepancia, las presentes disposiciones
prevalecerán sobre las que figuran en
las CG.
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- 5 -
Parte A – Datos del Contrato (DC)
Elementos Sub- Cláusula Datos
Directrices Aplicables 1.1 (1) Directrices de Adquisición
para las Donaciones
Japonesas (Tipo l) (enero,
2016)
Fecha límite de
presentación de la
Carta de la Oferta
1.1 (3) La fecha para la remisión de
la Carta de la Oferta es el 23
de agosto de 2022
Nombre del Consultor
Gerente
1.1 (5) Sr. Masataka FUJIKUMA,
Oriental Consultants Global
Co., Ltd.
Nombre y dirección
del Consultor
1.1 (12) Oriental Consultants Global
Co., Ltd. Tokyo Opera City
Tower 9F, 3-20-2,
Nishisshinjuku, Shinjuku-ku,
Tokio, 163-1409 Japón
Nombre del
Supervisor Residente
1.1 (46) Sr. Jiro NISHITANAKA
Oriental Consultants Global
Co., Ltd.
Sistemas de
transmisión
electrónica
1.3 (1) (a) Fax y correos electrónicos.
Las direcciones de correo
electrónico serán
confirmadas por escrito para
la confirmación de
recepción.
Dirección del receptor
para fines de
comunicaciones
1.3 (1) (b) Las direcciones son:
Cliente: Secretaría de
Estado en los Despachos de
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- 6 -
Infraestructura y Transporte
(SIT)
Elementos Sub-Cláusula Datos
SIT, Barrio la bolsa,
Comayagüela, M.D.C
Honduras, C.A.
Atención: Sr. Mauricio
Antonio Ramos Suazo
Tel: + 504 2232 7200
E-mail:
despacho@sit.gob.hn
Contratista:
HAZAMA ANDO
CORPORATION 1-9-1,
Higashi-Shimbashi, Minato-
ku, Tokio, 105-7360, Japón.
Atención: Sr. Kiyoshi
HIROSE
Departamento de Desarrollo
de Negocios
División Internacional
Tel: + 81- 3-3575-6150
Fax: +81-3-3575-6033
E-mail: hirose.kiyoshi@ad-
hzm.co.jp
Ley Aplicable 1.4 (1) Ley de Japón
Idioma 1.4 (2) Español
Requisitos de
notificación etc.
1.13 (b) N/A
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- 7 -
Alcance de las Obras 2.1 • Construcción del
Nuevo Puente
Guacirope, incluyendo
las calles de acceso.
Para los detalles de las
Obras, véase las
Especificaciones y Planos.
Sección 1.1 (47)
2.2
8.2
N/A
Responsabilidades del
Cliente
4.2 Véase el Apéndice 1: una
copia del último Anexo 4
(Obligaciones del Receptor)
del A/D
Elementos Sub-Cláusula Datos
Tiempo (s) de acceso
al Lugar de las Obras
4.4 (1), (2)
7.1 (1) (c)
La SIT completará la
expropiación de tierras hasta
el 15 de septiembre de 2022.
(El acceso al sitio de
construcción del puente será
posible).
La SIT completará la
remoción de casas, etc.
Hasta el 15 de octubre de
2022.
Obligaciones y
facultades del
Consultor
5.1 (1) Véase el Apéndice 2:
Alcance de los Servicios bajo
el Acuerdo de Consultoría
Horas de trabajo 6.1 (8)
Anexo 6.1.5
La jornada de trabajo normal
es de 8:00 am a 5:00 pm.
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- 8 -
Monto de la Garantía
de Cumplimiento
6.2 (1) Doscientos un millones
cuatrocientos setenta y seis
mil novecientos yenes
japoneses
(JPY201,476,900), que
equivalen al (los) monto(s) de
diez por ciento (10%) del
Precio del Contrato en yenes
japoneses.
Nombre del
Representante del
Contratista
6.3 (2) Sr. Takashi ISHIZAKA
Plazo de Terminación 1.1 (55)
7.2
El plazo de terminación será
el 15 de marzo de 2025.
Progreso o logro 7.3 (2) (a) (ii) Véase el Apéndice 3:
Calendario de Pagos
Precio del Contrato 1.1 (17)
9.1 (3)
Dos mil catorce millones
setecientos sesenta y nueve
mil yenes japoneses
(JPY2,014,769,00)
Véase el Apéndice 3:
Calendario de Pagos
(limitación de disponibilidad
del Acuerdo para cada etapa
de la Donación al A/D)
Calendario de Pagos 1.1 (40)
9.1 (3)
Véase el Apéndice 3:
Calendario de Pagos
Elementos Sub-Cláusula Datos
Progreso o logro de las
Obras para el pago
intermedio (parcial)
1.1 (11)
9.4 (1)
Véase el Apéndice 3:
Calendario de Pagos
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Apéndice 1: Una Copia del Anexo 4 (Obligaciones del Receptor) del A/D, Nota: INSEP e INVEST-H están integrados en
la SIT, INSEP e INSEP en la tabla deben entenderse como la SIT.
Anexo 4 Obligaciones del Receptor. De acuerdo con las obligaciones del Receptor estipuladas en el C/N, el Receptor cumplirá
con las obligaciones incluidas en las siguientes tablas. En cualquier momento JICA y el Receptor podrán acordar por separado
y por escrito sobre los items, plazos y otras cuestiones descritas en las tablas siguientes dentro del alcance de las obligaciones
estipuladas en el C/N.
- 9 -
Nombres de las
autoridades
competentes
13.2 (4) (a) N/A
Plazos para entregar
los documentos del
seguro
16.1 (6) Dentro de los siguientes 28
días posteriores a la orden de
inicio
Monto máximo de
cantidades deducibles
del seguro respecto al
uso del Cliente y
Fuerza Mayor
16.2 (4) (d) El monto máximo de
cantidades por ocurrencia
deducibles es de cien mil
yenes japoneses
(JPY100,000).
Monto mínimo del
seguro de
responsabilidad civil
(contra riesgos
terceros)
16.3 (2) El monto mínimo de
cantidades es de cien
millones yenes japoneses
(JPY100,000,000)
Idioma para el
Arbitraje
18.3 (5) Español
Apéndice 1: Una Copia del Anexo 4 (Obligaciones del Receptor) del A/D, Nota:
INSEP e INVEST-H están integrados en la SIT, INSEP e INSEP en la tabla deben
entenderse como la SIT.
Anexo 4 Obligaciones del Receptor. De acuerdo con las obligaciones del
Receptor estipuladas en el C/N, el Receptor cumplirá con las obligaciones incluidas
en las siguientes tablas. En cualquier momento JICA y el Receptor podrán acordar
por separado y por escrito sobre los items, plazos y otras cuestiones descritas en
las tablas siguientes dentro del alcance de las obligaciones estipuladas en el C/N.
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(1) Obligaciones específicas del Receptor que no se financiarán con la Donación
1) Antes de la Licitación
- 10 -
(1) Obligaciones específicas del Receptor que no se financiarán con la Donación 1)
Antes de la Licitación
Nro. Ítems Plazo Responsable Costo
estimado
(USD)
Ref.
1 1 Firmar el acuerdo
bancario (B/A) con un
banco en dentro de 1 mes
Japón (el Banco Agente)
para y abrir una cuenta
BCH después de la firma
del G/A Emitir la
Autorización de Pago
(A/P) al Banco Agente
dentro de 1 mes después
de la firma del bancaria
para la Donación
Dentro de 1
mes
después de
la firma G/A
BCH
22,692
2 Emitir la Autorización de
Pago (A/P) al Banco
Agente para el pago
Consultor
Dentro de 1
mes
después de
la firma del
contrato con
el consultor
BCH
3 Asumir las siguientes
comisiones al Banco
Agente por los servicios
bancarios basados en el
B/A
1) Comisión Asesora
A/P
Dentro de 1
mes BCH/ INSEP
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- 11 -
después de
la firma del
contrato (s)
2) Comisión de pago
por A/P
Cada pago BCH/ INSEP
4 Aprobar el EIA (se deben
cumplir las condiciones
de aprobación, sí las hay)
y asegurar el presupuesto
necesario para la
ejecución de EMP y
EMoP (y cumplir las
condiciones de
aprobación, si
corresponde)
Dentro de 1
mes
después de
la firma del
G/A (EIA fue
aprobado)
INSEP/ Mi
Ambiente
227,000
5 Asegurar el presupuesto
necesario para
implementar el proceso
de adquisición de
terrenos y/o mejoras
incluyendo la
compensación para
restaurar los medios de
vida a las familias
afectadas de acuerdo a
los procedimientos
descritos en el RAP
Antes de la
notificación
de los
documentos
de licitación
de los
documentos
de licitación
INSEP
553,093
6 Implementar el monitoreo
social y enviar los
resultados del monitoreo
a JICA, utilizando
formulario de monitoreo,
INSEP
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- 12 -
trimestralmente como
parte del Informe de
Monitoreo del Proyecto
7 Asegurar y despejar las
siguientes tierras:
1) Patio de
construcción
temporal y patio de
almacenamiento
cerca del área del
proyecto
2) Botadero de
materiales de
construcción cerca
del Área del
Proyecto
Antes de la
notificación
de los
documentos
de licitación
INSEP
13,366
8 Obtener el permiso de
planificación, zonificación
y construcción
Antes de la
notificación
del
documento
de licitación
INSEP
9 Borrar, nivelar y reclamar
los siguientes sitios:
1) eliminar servicios
públicos
2) instalaciones
existentes
Antes de la
notificación
de los
documentos
de licitación
INSEP/
compañía de
servicios
públicos y
privados
50,000
10 Para Presentar el Informe
de Monitoreo del
Proyecto (con el resultado
del Diseño Detallado)
Antes de la
preparación
de los
documentos
de licitación
INSEP
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- 13 -
2) Durante la Implementación del Proyecto
Nr
o.
Ítems Plazo Responsable Costo
estim
ado
(USD
)
Ref.
1 Emitir la A/P al Banco Agente
para el pago al proveedor y al
contratista
Dentro de 1
mes después
de la firma del
contrato (s)
BCH/INSEP
Asumir las siguientes
comisiones al Banco Agente
por los servicios bancarios
basados en el B/A)
1) Comisión Asesora de
A/P
Dentro de 1
mes después
de la firma del
contrato (s)
BCH/INSEP
2) Comisión de pago por
A/P
Cada pago BCH/INSEP
3 Garantizar la pronta descarga
y el despacho de aduana en
los puertos de desembarque
en el país del Destinatario y
para ayudar al Proveedor (s)
con el transporte interno en el
mismo
Durante el
proyecto
INSEP
4 Otorgar a las personas físicas
japonesas y/o personas
físicas de terceros países
cuyos servicios pueden ser
Durante el
proyecto
Instituto
Nacional de
Migración/IN
SEP
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- 14 -
necesarios en relación con el
suministro de los productos y
los servicios, las instalaciones
que sean necesarias para su
entrada en el país del
Destinatario y permanecer allí
para el desempeño de su
trabajo
5 Asegurar que los derechos
aduaneros, impuestos
internos y otras cargas
fiscales que se impongan en
el país del Beneficiario con
respecto a la adquisición de
los Productos y/o los
Servicios sean eximidos
Durante el
proyecto
Secretaría de
Finanzas/
INSEP
6 Asegurar la seguridad de las
personas encargadas de la
implementación del Proyecto
en el país del Beneficiario
Durante el
proyecto
INSEP
7 Todos los gastos, excepto los
cubiertos por la Donación,
necesarios para la ejecución
del Proyecto
Durante el
proyecto
INSEP
8 Notificar a JICA de inmediato
sobre cualquier incidente o
accidente que tenga o pueda
tener un efecto adverso
significativo sobre el medio
ambiente, las comunidades
afectadas, el público o los
trabajadores.
Durante la
construcción
INSEP
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- 15 -
9 1) Enviar el Informe de
Monitoreo del Proyecto
Cada mes INSEP
2) Presentar el informe de
monitoreo del proyecto
(final) (incluidos los
planos de
construcción, la lista de
equipos, fotografías,
etc)
Dentro de 1
mes después
de la emisión
del
Certificado de
Finalización
de las obras
bajo los
contratos
INSEP
10 Presentar un informe sobre la
finalización del Proyecto
Dentro de los
6 meses
posteriores a
la finalización
del proyecto
INSEP
11 Asegurar las siguientes tierras
- Patio de construcción
temporal y patio de
almacenamiento cerca del
Área del Proyecto
- Botadero de materiales de
construcción cerca del
Área del Proyecto
Durante la
construcción
INSEP
12 Proveer de instalaciones para
la distribución de electricidad,
suministro de agua y el
sistema de desagüe y otras
instalaciones adicionales
necesarias para la
implementación del Proyecto
Durante la
construcción
INSEP
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- 16 -
fuera de los sitio(s)
necesario(s) para la
implementación del Proyecto
13 Tomar las medidas
necesarias para la seguridad
del proyecto
- Control de tráfico
alrededor del sitio y en
rutas de transporte de
materiales de
construcción
- Notificaciones públicas
Durante la
construcción
INSEP/
Secretaría de
Seguridad
Implementar el Plan de
Gestión Ambiental (EMP) y el
Plan de Monitoreo Ambiental
(EMoP)
Durante la
construcción INSEP
2,280
Presentar los resultados del
monitoreo ambiental a JICA,
utilizando el formulario de
monitoreo, trimestralmente
como parte del Informe de
Monitoreo del Proyecto
Durante la
construcción
INSEP
-
Implementar ARAP
(programa de restauración de
medios de vida)
Por un
período
basado en el
programa
restauración
de medios de
vida
INSEP
Implementar el monitoreo
social y enviar los resultados
-Durante 2
años después
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- 17 -
del monitoreo a JICA,
utilizando el formulario de
monitoreo, trimestralmente
como parte del Informe de
Monitoreo del Proyecto
- El periodo de monitoreo
puede extenderse si los
medios de vida de las
personas afectadas no se
restauran lo suficiente. La
extensión del monitoreo
se decidirá en base a un
acuerdo entre INSEP y
JICA
del programa
de
restauración
de medios de
vida (en caso
de que se
proporcione
el programa
de
restauración
de medios de
vida)
- Durante 2
años después
de completar
la adquisición
de terrenos
y/o mejoras
(en caso de
que no se
proporcione
el programa
de
restauración
de medios de
vida)
INSEP
3) Después del Proyecto
Nro
.
Ítems Plazo Responsa
ble
Costo
estimad
o
Ref.
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- 18 -
(USD)
1 Implementar EMP y EMoP Por un
período
basado en
EMP y EMoP
INVEST
Honduras/
Municipio
de
Nacaome
1,140
2 Presentar los resultados del
monitoreo ambiental a JICA,
mediante el formulario de
monitoreo, semestralmente
-El período de monitoreo
ambiental puede extenderse
si se encuentran impactos
negativos significativos en el
medio ambiente. La
extensión del monitoreo se
decidirá en base a un
acuerdo entre INSEP y JICA
Durante tres
años después
del Proyecto
INVEST
Honduras/
INSEP
3 Mantener y usar de manera
adecuada y efectiva las
instalaciones construidas y el
equipo provisto bajo la Ayuda
de la Donación
1) Asignación de costos
de mantenimiento
2) Estructura de
operación y
mantenimiento
3) Control de rutina/
Inspección periódica
Después de
la finalización
de la
construcción
INVEST
Honduras/
INSEP
61,246 /
año
(C/B: Convenio Bancario, A/P: Autorización de Pago, N/A: No aplicable).
(2) Otras obligaciones del Receptor financiadas por la Donación.
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- 19 -
Nro. Ítems Plazo Monto (Millones de
yenes japoneses)
1 Reconstrucción del puente
Guacirope
Durante el
proyecto
2 Reparación de vía de acceso
3 Implementar soporte de licitación y
supervisión de construcción
(Servicio de Consultorías)
4 Contingencias
Total 2,398
(Nota) El progreso de las obligaciones del Receptor puede confirmarse y
actualizarse periódicamente por escrito entre JICA y el Receptor.
Apéndice 2: Alcance de los Servicios del Consultor. Apéndice 1: CEA-2.1
Alcance de los Servicios, 1, Alcance de los Servicios Los Servicios deberán consistir
en lo siguiente: (1) Todas las fases 1) La "no objeción" de JICA e informes a JICA.
El Consultor deberá asistir al Cliente para obtener la "no objeción" de JICA, y
proporcionar el informe de avance y el informe final a JICA de acuerdo con el A/D y
las Directrices Aplicables. La asistencia deberá incluir lo siguiente: (a) Preparar o
revisar los documentos requeridos, y el informe de avance de acuerdo con el A/D y
las Directrices Aplicables, (b) Presentar a JICA los documentos requeridos para su
revisión y la "no objeción" o el informe de avance, (c) Responder a la consulta o
aclaración solicitada por JICA, y. (d) El Consultor, en nombre del Cliente, podrá
coordinar con JICA. 2) Compromiso del Cliente El Consultor deberá supervisar el
progreso del compromiso del Cliente estipulado en el A/D y el Gobierno del País
Receptor, y debe tomar las medidas apropiadas para acelerar el progreso, si es
necesario, para la adecuada implementación del Proyecto. 3) Informe del evento
Informar al Cliente y JICA inmediatamente tras la ocurrencia de cualquier accidente
en relación con el Proyecto. 4) Colaboración con JICA Colaborar con JICA todo el
tiempo sobre cualquier tema que JICA pueda requerir bajo las directrices
pertinentes. (2) Fase de licitación. El Consultor deberá: 1) Asistir al Cliente en la
(C/B: Convenio Bancario, A/P: Autorización de Pago, N/A: No aplicable).
(2) Otras obligaciones del Receptor financiadas por la Donación.
(Nota) El progreso de las obligaciones del Receptor puede
confirmarse y actualizarse periódicamente por escrito entre
JICA y el Receptor.
Apéndice 2: Alcance de los Servicios del Consultor.
Apéndice 1: CEA-2.1 Alcance de los Servicios, 1, Alcance
de los Servicios. Los Servicios deberán consistir en lo
siguiente: (1) Todas las fases. 1) La “no objeción” de JICA e
informes a JICA. El Consultor deberá asistir al Cliente para
obtener la “no objeción” de JICA y proporcionar el informe
de avance y el informe final a JICA de acuerdo con el A/D
y las Directrices Aplicables. La asistencia deberá incluir lo
siguiente: (a) Preparar o revisar los documentos requeridos y
el informe de avance de acuerdo con el A/D y las Directrices
Aplicables, (b) Presentar a JICA los documentos requeridos
para su revisión y la “no objeción” o el informe de avance,
(c) Responder a la consulta o aclaración solicitada por JICA,
y (d) El Consultor, en nombre del Cliente, podrá coordinar
con JICA. 2) Compromiso del Cliente. El Consultor deberá
supervisar el progreso del compromiso del Cliente estipulado
en el A/D y el Gobierno del País Receptor y debe tomar las
medidas apropiadas para acelerar el progreso, si es necesario,
para la adecuada implementación del Proyecto. 3) Informe
del evento Informar al Cliente y JICA inmediatamente
tras la ocurrencia de cualquier accidente en relación con el
Proyecto. 4) Colaboración con JICA. Colaborar con JICA
todo el tiempo sobre cualquier tema que JICA pueda requerir
bajo las directrices pertinentes. (2) Fase de licitación. El
Consultor deberá: 1) Asistir al Cliente en la realización
de la precalificación de los solicitantes de la licitación (si
es aplicable), 2) Asistir al Cliente en los procedimientos
de licitación y en la evaluación de las ofertas, 3) Asistir al
Cliente en la adjudicación del Contrato al adjudicatario y
en la negociación del Contrato con el licitador, incluyendo
elaboración posterior respecto al programa de construcción
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y programa del envío del personal, CEA-3 4) En nombre del
Cliente, preparar los documentos de contrato que se firmará
por el Cliente y el Contratista, y 5) Tener bajo su custodia la
garantía de pago anticipado y/o la garantía de cumplimiento
presentada por el Contratista. (3) Fase de Construcción. El
Consultor deberá prestar servicios de supervisión para el
Proyecto para asegurar que los trabajos ejecutados por el
Contratista en el Proyecto estén de acuerdo con el contrato
entre el Cliente y el Contratista. Los servicios de supervisión
deberán incluir los siguientes trabajos: (a) Organizar un
equipo de supervisión y elaborar el plan de supervisión para el
Proyecto, (b) Realizar las inspecciones y pruebas de las obras,
los materiales y los equipos dentro y fuera del sitio, incluyendo
inspecciones del fabricante, (c) Revisar y dar aprobación,
consentimiento y comentarios, según proceda, respecto a
los siguientes documentos; • programa de construcción y el
programa de construcción revisado, • plan de construcción
(declaración de método), • documentos de garantía de calidad
y control de calidad, • documentos de gestión de la seguridad
de la salud y del medio ambiente, • plano de taller, muestras
y catálogos, • otros documentos pertinentes presentados por
el Contratista, (d) Emitir avisos, certificados e instrucciones,
en caso necesario, (e) Realizar estudios e investigaciones, si
es necesario, y emitir información y/o planos, si es necesario,
(f) Interpretar y explicar las ambigüedades y/o discrepancias
en los documentos que constituyen el Contrato y emitir
aclaraciones o instrucciones necesarias, (g) Supervisar al
Contratista para su desempeño eficiente y adecuado, (h)
Supervisar al Contratista para que desempeñe su trabajo
durante todo el tiempo en condiciones de seguridad e higiene,
(i) Obtener permisos, consentimiento y/o aprobación del
Cliente, si se requiere, (j) En coordinación con el Cliente,
obtener permisos, consentimiento y/o aprobación de las
autoridades pertinentes, (k) Informar al Cliente y/o JICA sobre
el avance del Proyecto, documentación “conforme a obra
(as-built)”y manuales como se requieren en el contrato, (l)
Coordinar y organizar las reuniones de gestión entre el Cliente,
Contratista y otras terceras personas pertinentes, (m) Asistir al
Cliente para modificar o enmendar el Contrato [y/o cualquier
otro contrato concerniente al Proyecto, en el cual el Cliente es
una parte, excepto el Acuerdo de Consultoría], (n) Asistir al
Cliente para gestionar y resolver diferencias o reclamaciones
del Contratista y para resolver las controversias entre el Cliente
y el Contratista, (o) Realizar la Prueba de Funcionamiento al
finalizar el Proyecto, (p) Realizar la búsqueda de los defectos
antes de la expiración del Periodo de Notificación de Defectos
y llevar a cabo la inspección y/o la confirmación de los
trabajos de reparación realizados por el Contratista durante
el Período de Notificación de Defectos, y, (q) Proporcionar
servicios técnicos y secretariales para la realización de la
sesión de control de calidad de la construcción entre el
Cliente, el Contratista y las organizaciones pertinentes. 2. El
Alcance de los Servicios prescrito en el Párrafo 1 mencionado
anteriormente deberá limitarse a los siguientes ítems para el
Proyecto - Reconstrucción del Puente Guacirope - Reparación
de Vía de Acceso. 3. El Alcance de los Servicios prescrito en
el Párrafo 1 no podrá ser modificado sin el acuerdo por escrito
de las Partes. FIN CEA-5. Apéndice 3: Calendario de Pagos.
1. Desglose del Precio del Contrato. 1.1 Desglose de las Obras.
El final del siguiente periodo no equivale al plazo acordado/
previsto para el cumplimiento de los trabajos que corresponden
a cada fase para las Obras bajo la Sub-Cláusula 7.3 (Programa
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de Obra). Etapa-1: Ninguno. Etapa-2: Periodo entre la fecha
de la firma del Contrato y el Plazo de Terminación. - Trabajos
de construcción: Treinta y cinco por ciento (35%) del volumen
de trabajo total previsto. Etapa-3: Período entre la fecha de
inicio de la Etapa-3 que se especifica en el A/D y el Plazo de
Terminación. - Trabajos de construcción: Cuarenta por ciento
(40%) del volumen de trabajo total previsto (total acumulativo,
setenta y cinco por ciento (75%)). Etapa-4: Período entre
la fecha de inicio de la Etapa-4 que se especifica en el A/D
y el Plazo de Terminación. - Trabajos de construcción:
Veinticinco por ciento (25%) del volumen de trabajo total
previsto. 1.2 Desglose del Precio del Contrato. 1.2.1 Desglose
del Precio del Contrato cubierto por la Donación El desglose
del Precio del Contrato cubierto por la Donación es como
lo siguiente: Etapa-1: Ninguno. Etapa-2: Período entre la
fecha de la firma del Contrato y el Plazo de Terminación. -
Precio de Construcción. Setecientos cinco millones ciento
sesenta y nueve mil yenes japoneses (JPY705,169,000).
Etapa-3: Periodo entre la fecha de inicio de la Etapa 2 que se
especifica en el A/D y el Plazo de Terminación. - Precio de
Construcción. Ochocientos cinco millones novecientos siete
mil yenes japoneses (JPY805,907,000). Etapa-4: Período entre
la fecha de inicio de la Etapa 4 que se especifica en el A/D y
el Plazo de Terminación. -Precio de Construcción. Quinientos
tres millones seiscientos noventa y tres mil yenes japoneses
(PY503,693,000). 1.2.2 Monto del Precio del Contrato que
no es cubierto por la Donación N/A. 2. Calendario de Pagos.
(1) Precio de Construcción.
- 22 -
(JPY705,169,000). Etapa-3: Periodo entre la fecha de inicio de la Etapa 2 que se
especifica en el A/D y el Plazo de Terminación. - Precio de Construcción.
Ochocientos cinco millones novecientos siete mil yenes japoneses
(JPY805,907,000). Etapa-4: Período entre la fecha de inicio de la Etapa 4 que se
especifica en el A/D y el Plazo de Terminación. -Precio de Construcción. Quinientos
tres millones seiscientos noventa y tres mil yenes japoneses (PY503,693,000). 1.2.2
Monto del Precio del Contrato que no es cubierto por la Donación N/A. 2. Calendario
de Pagos. (1) Precio de Construcción.
Fase Monto de Pago Condiciones de Pago Documentos Requeridos
para el Pago
Etapa- 2
Pago
Anticipado
Seiscientos cuatro
millones
Cuatrocientos treinta
mil yenes japoneses
(JPY604,430,000), que
corresponden al
cuarenta por ciento
(40%) del Precio de
Construcción para la
Etapa-2 y Etapa-3.
- La “no objeción” de
JICA sobre el
Contrato
- Entrega de la
garantía de pago
anticipado para la
Etapa-2
- Una fotocopia del
certificado de la “no
objeción” de JICA
sobre el Contrato
- Un original del
certificado del recibo
de la garantía de pago
anticipado para la
Etapa-2 del Contrato
emitido por el
Consultor
Fase Monto de Pago Condiciones de
Pago
Documentos
Requeridos para el
Pago
Segundo
Pago
Intermedio
Cien millones setecientos
treinta y nueve mil yenes
japoneses
Terminación de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-2
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
- 22 -
(JPY705,169,000). Etapa-3: Periodo entre la fecha de inicio de la Etapa 2 que se
especifica en el A/D y el Plazo de Terminación. - Precio de Construcción.
Ochocientos cinco millones novecientos siete mil yenes japoneses
(JPY805,907,000). Etapa-4: Período entre la fecha de inicio de la Etapa 4 que se
especifica en el A/D y el Plazo de Terminación. -Precio de Construcción. Quinientos
tres millones seiscientos noventa y tres mil yenes japoneses (PY503,693,000). 1.2.2
Monto del Precio del Contrato que no es cubierto por la Donación N/A. 2. Calendario
de Pagos. (1) Precio de Construcción.
Fase Monto de Pago Condiciones de Pago Documentos Requeridos
para el Pago
Etapa- 2
Pago
Anticipado
Seiscientos cuatro
millones
Cuatrocientos treinta
mil yenes japoneses
(JPY604,430,000), que
corresponden al
cuarenta por ciento
(40%) del Precio de
Construcción para la
Etapa-2 y Etapa-3.
- La “no objeción” de
JICA sobre el
Contrato
- Entrega de la
garantía de pago
anticipado para la
Etapa-2
- Una fotocopia del
certificado de la “no
objeción” de JICA
sobre el Contrato
- Un original del
certificado del recibo
de la garantía de pago
anticipado para la
Etapa-2 del Contrato
emitido por el
Consultor
Fase Monto de Pago Condiciones de
Pago
Documentos
Requeridos para el
Pago
Segundo
Pago
Intermedio
Cien millones setecientos
treinta y nueve mil yenes
japoneses
Terminación de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-2
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
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- 23 -
(JPY100,739,000), que
corresponden a la diferencia
entre el Precio de
Construcción para la Etapa-2 y
el monto pagado.
pertinentes emitido
por el Consultor
Etapa -3
Tercer
Pago
Intermedio
Trescientos veintidós millones
trescientos sesenta y dos mil
yenes japoneses
(JPY322,362,000), que
corresponden al cuarenta por
ciento (40%) del precio de
Construcción para la Etapa-3
-Terminación de los
trabajos de
construcción
definidos como
condiciones de
pago en el segundo
pago intermedio
-Entrega de la
garantía de pago
anticipado para la
Etapa-3
- Un original del
certificado del recibo
de la garantía de
pago anticipado para
la Etapa-3 del
Contrato emitido por
el Consultor
Cuarto
Pago
Intermedio
Doscientos cuarenta y un
millones setecientos setenta y
dos mil yenes japoneses
(JPY241,772,000), que
corresponden al treinta por
ciento (30%) del Precio de
Construcción para la Etapa-3
-Terminación de
cincuenta por ciento
(50%) o más de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-3
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
pertinentes emitido
por el Consultor
Quinto
pago
intermedio
Ciento sesenta y un millones
ciento ochenta y un mil yenes
japoneses (JPY161,181,000),
que corresponden al veinte
por ciento (20%) del Precio de
Construcción para la Etapa-3
Terminación de
ochenta y cinco por
ciento (85%) o más
de los trabajos de
construcción para la
Etapa-3)
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
pertinentes emitido
por el Consultor
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Sexto
Pago
Intermedio
Ochenta millones quinientos
noventa y dos mil yenes
japoneses (JPY80,592,000),
que corresponden al diez por
ciento (10%) del precio de
construcción para la Etapa-3
Terminación de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-3
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
pertinentes emitido
por el Consultor
Etapa-4
Séptimo
Pago
Intermedio
Doscientos un millones
cuatrocientos setenta y siete
mil yenes japoneses
(JPY201,477,000), que
corresponden al cuarenta por
ciento (40%) del Precio de
Construcción para la Etapa-4
-Terminación de los
trabajos de
construcción
definidos como
condiciones de
pago en el sexto
pago intermedio
-Entrega de la
garantía de pago
anticipado para la
Etapa-4
-Un original del
certificado del recibo
de la garantía de
pago anticipado
revisada o adicional
del Contrato emitido
por el Consultor
Octavo
Pago
Intermedio
Ciento cincuenta y un millones
ciento siete mil yenes
japoneses (JPY151,107,000)
que corresponden al treinta
por ciento (30%) del Precio de
Construcción para la Etapa-4
Terminación de
cincuenta por ciento
(50%) o más de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-4
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
pertinentes emitido
por el Consultor
Noveno
Pago
Intermedio
Cien millones setecientos
treinta y ocho mil yenes
japoneses (JPY100,738,000),
que corresponden al veinte
por ciento (20%) del precio de
Construcción para la Etapa-4
Terminación de
ochenta y cinco por
ciento (85%) o más
de los trabajos de
construcción para la
Etapa-4
El certificado de
Confirmación de
Cumplimiento para
los trabajos
pertinentes emitido
por el Consultor
Pago Final Cincuenta millones trescientos
setenta y un mil yenes
japoneses (JPY50,371,000),
que corresponden al diez por
Terminación de los
trabajos de
construcción para la
Etapa-4
El certificado de
Terminación para los
trabajos de
construcción emitido
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- 25 -
Parte B- Provisiones Específicas
Sub-Clausula 6.19
(1), (2), (3)
(Electricidad, Agua y
Gas)
La Sub-Clausula 6.19 (1), (2) y (3) deberán ser
eliminadas y reemplazadas por lo siguiente:
“(1) El Contratista deberá de ser responsable por el
suministro de energía, incluyendo los arreglos e
instalación de los transformadores y generadores,
agua, incluyendo la instalación de pozos de agua y
bombas, y otros servicios que se requieran para las
actividades de construcción. El Cliente deberá cooperar
con el contratista en las negociaciones y
procedimientos con las varias autorizadas
concernientes y públicas para el suministro.
(2) El contratista deberá, bajo su propio riesgo y costo,
suministrar cualquier aparato necesario para su uso en
estos servicios y para medir las cantidades consumidas.
(3) Cuando el Contratista utilice servicios públicos los
cuales están contratados con la autoridad relevante
local, el Contratista deberá pagar estas facturas a la
autoridad relevante local de acuerdo al servicio
contratado.”
Sub- Clausula 6.21 (1) El contratista deberá preparar informes de progreso
mensual y remitirlo con los datos digitales al Consultor
ciento (10%) del Precio de
Construcción para la Etapa-4,
sujetos a ajustes de
conformidad con la Sub-
Clásusula 10.5
por el Consultor y
aprobado por el
Cliente
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ARTÍCULO 2.- El Contrato aprobado en el presente
Decreto surte sus efectos legales según
el marco jurídico nacional, sin perjuicio
de la responsabilidad penal, civil o
administrativa en que haya incurrido
cualquier funcionario público que
intervino en la suscripción del mismo.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto entrará en vigencia
a partir del día de su publicación en el
Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los
veinticinco días del mes de abril de dos mil veintitrés.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA
SECRETARIA
SILVIA BESSY AYALA FIGUEROA
SECRETARIA
Al Poder Ejecutivo.
Por Tanto: Ejecútese.
Tegucigalpa, M.D.C., 8 de mayo de 2023
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS
DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y
TRANSPORTE (SIT).
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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AVISO DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL
(LPN) No. 18-2023-HE-AAETO
Tegucigalpa, Honduras C.A.
ABRIL 2023
HOSPITAL ESCUELA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN)
No. 18-2023-HE-AAETO
El Hospital Escuela, en aplicación de los Artículos 26, 32,
38 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio
invita a presentar ofertas para el suministro de:
“ADQUISICIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE EQUIPOS DE
TOMOGRAFIA, MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y
CORRECTIVO CON SUMINISTRO DE REPUESTOS
PARA EL HOSPITAL ESCUELA”
Esta compra será financiada con Fondos Nacionales
correspondiente al Ejercicio Fiscal año 2022.
El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del
día LUNES 10 DE ABRIL DEL 2023, en el horario de
lunes a viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. en la siguiente
dirección: Unidad de Gestión de Licitaciones, primer piso
del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela,
Boulevard Suyapa, calle "La Salud", Tegucigalpa, M.D.C.,
F.M., los Pliegos de esta Licitación poseen un valor no
reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS
(L 500.00), que deberán ser depositados a nombre del
Hospital Escuela en Banco Central de Honduras, en
cuenta Nº. 11103-01-000-131-7. El Pliego de Condiciones
deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en
participar en el proceso de Licitación Pública acompañada
del comprobante de pago, números de teléfono y dirección
de correo electrónico.
La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado
en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera
desde el día posterior a esta publicación hasta la fecha de
la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el
Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el Primer Piso
del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, Calle "La Salud",
Tegucigalpa, M.D.C., el día LUNES 22 DE MAYO DE
2023, la hora límite de recepción de ofertas será a las ocho
y cuarenta y cinco de la mañana (8:45 a.m.), hora oficial de
la República de Honduras, acto seguido se procederá a la
apertura de los sobres que contengan las ofertas a las nueve
de la mañana en punto (9:00 a.m.).
La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de
Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del
HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de Ciento Veinte
(120) días calendario contados a partir del día de la apertura
de la oferta y por un monto equivalente al Dos por Ciento
(2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El
acto de apertura se efectuará en presencia de representantes
del Hospital Escuela, Oferentes o sus Representantes y
Veedores Sociales.
Consultas:
Para consultas o información dirigirse a la Dirección de
Gestión Administrativa y Financiera hasta diez 10 días antes
de la presentación de la oferta mediante nota en fisico y/o
correo electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn
con copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn
DR. OSMIN ONAN TOVAR PEÑA
DIRECTOR GENERAL
HOSPITAL ESCUELA
9 M. 2023
Sección “B”
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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AVISO DE LICITACION PÚBLICA NACIONAL
(LPN) No. 22-2023-HE-ABOSUALLU
Tegucigalpa, Honduras C.A.
ABRIL, 2023
HOSPITAL ESCUELA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN)
Nº. 22-2023-HE-ABOSUALLU
El Hospital Escuela en aplicación de los Artículos 26, 32, 38
y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este m e d i o
invita a presentar ofertas para el suministro de:
“ADQUISICION DE BOMBA SUMERGIBLE DE
AGUAS LLUVIAS PARA EL HOSPITAL ESCUELA”
Esta compra será financiada con Fondos Nacionales
correspondiente al ejercicio fiscal año 2022.
El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del
día LUNES 10 DE ABRIL DEL 2023, en el horario de
Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. en la siguiente
dirección: Unidad de Gestión de Licitaciones, primer piso
del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela,
Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C.,
F.M., Los Pliegos de esta Licitación poseen un valor no
reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS
(L. 500.00), que deberán ser depositados a nombre del
Hospital Escuela en Banco Central de Honduras, en
cuenta Nº. 11103-01-000-131-7. El Pliego de Condiciones
deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en
participar en el proceso de Licitación Pública, acompañada
del comprobante de pago, números de teléfono y dirección
de correo electrónico.
La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado
en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera
desde el día posterior a esta publicación hasta la fecha de
la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el
Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el primer piso
del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, Calle “La Salud”,
Tegucigalpa, M.D.C., el día MARTES 23 DE MAYO DE
2023, la hora límite de recepción de ofertas será a las nueve
y cuarenta y cinco de la mañana (9:45 a.m.), hora oficial de
la Republica de Honduras, acto seguido se procederá a la
apertura de los sobres que contengan las ofertas a las diez de
la mañana en punto (10:00 a.m.).
La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de
Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del
HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de Ciento Veinte
(120) días calendario contados a partir del día de la apertura
de la oferta y por un monto equivalente al Dos por Ciento
(2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El
acto de apertura se efectuará en presencia de representantes
del Hospital Escuela, Oferente o sus Representantes y
Veedores Sociales.
Consultas:
Para consultas o información dirigirse a la Dirección de
Gestión Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes
de la presentación de la oferta mediante nota en fisico y/o
correo electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn
con copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn
DR. OSMIN ONAN TOVAR PEÑA
DIRECTOR GENERAL
HOSPITAL ESCUELA
9 M. 2023
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Sección B A v isos L egales
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE
SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRICOLAS
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA
Al comercio, agroindustria y público en general y para
efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en
esta dependencia se ha presentado solicitud de REGISTRO
de plaguicidas o sustancias afín.
El apoderado legal Mario Antonio Mendoza Castillo
Actuando en representación de la empresa MARKETING
ARM INTERNATIONAL, INC.
Tendiente a que autorice el REGISTRO del producto de.
Nombre Comercial: BIONEEM 0.4 EC
Compuesto por los elementos: Azadirachtina 0.40%
Grupo al que Pertenece: Acridiona
Categoría Toxicológica: IV
Estado Físico: Líquido
Tipo de Formulación: Concentrado emulsionable (EC)
Formulador y País de Origen: MARKETING ARM
PANAMA, INC./ PANAMA.
Tipo de Uso: Insecticida, Nematicida Botanico
EXPSENASA 2781-2020
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello
con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No.
157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de
Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la
Ley Procedimientos Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., jueves, 20 de abril de 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
13 M. 2023
REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE
SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRICOLAS
AVISO DE RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN
DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos
de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta
dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN/
MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDA.
El representante legal Edwin Roberto López Escoto
Actuando en representación de la empresa JEBAGRO
GMBH.
Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN/
MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDA
De nombre comercial: 2, 4-D JEBAGRO 60 SL
Compuesto por los elementos: 2, 4-D 60%
Grupo al que Pertenece: Alquilclorofenoxi
Clasificación Toxicológica: 4
Estado Físico: Líquido
Tipo de Formulación: Concentrado soluble (SL)
Formulador y País de Origen: CHANGZHOU
WINTAFONE CHEMICAL CO. LTD./CHINA
Tipo de Uso: Herbicida
EXPSENASA 795-2021
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello
con un plazo de diez (10) días hábiles de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No.
157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de
Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la
Ley Procedimientos Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”
Tegucigalpa, M.D.C., martes 18 de abril de 2023
Ing. Fredy Samuel Raudales
Jefe Interino del Departamento Regulatorio
de Insumos Agrícolas
13 M. 2023
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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Aviso de Licitación Pública
República de Honduras
“RENOVACIÓN DE LICENCIAS Y SERVICIO DE SOPORTE
DE NEXT GENERATION FIREWALS DE LA CNBS”
No. LPN-CNBS-004-2023
1. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros invita a las
sociedades interesadas que operen legalmente en el país, a participar
en la Licitación Pública Nacional No. LPN-CNBS-004-2023 y
a presentar ofertas en sobres sellados para la “RENOVACIÓN
DE LICENCIAS Y SERVICIO DE SOPORTE DE NEXT
GENERATION FIREWALLS DE LA CNBS”.
Lote Único: Renovación de Licencias y Servicio de Soporte
para Equipos CheckPoint 5900 NGTP Appliance- HPP w/ SSD y
CheckPoint Smart-1 405 NGSM Appliance.
Numeral 1: Renovación de Licencias para Equipos CheckPoint
5900 NGTP Appliance - HPP w/ SSD y Checkpoint Smart-1405
NGSM Appliance.
Numeral 2: Renovación de Servicio de Soporte para Equipos
CheckPoint 5900 NGTP Appliance - HPP w/ SSD y CheckPoint
Smart-1 405 NGSM Appliance.
2. El financiamiento para la realización del presente proceso
proviene de Fondos Nacionales.
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de
Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de
Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados para ser inscritos en el Registro como
participantes del proceso y tener derecho a presentar ofertas,
previo a la presentación de las mismas, deberán adquirir
directamente los documentos de la presente licitación en la
dirección abajo indicada, mediante nota y previo pago de la
cantidad no reembolsable de L.200.00, pudiendo hacer este pago
mediante cheque de caja, cheque certificado, depósito directo en
la cuenta de cheques en moneda nacional en el Banco Central
de Honduras No.1110201000058-l de la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros con RTN 08019003252507, o mediante
transferencia ACH. Si prefiere hacer el trámite de inscripción de manera
electrónica deberá confirmar su participación al correo electrónico de la
Gerencia Administrativa cnbslicitaciones@cnbs.gob.hn mediante nota
y adjuntar comprobante de pago. Los documentos de la licitación
también podrán ser examinados en el Sistema de Información
de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras
“HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn).
5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección:
Gerencia Administrativa, Colonia El Castaño Sur, primer piso,
Edificio Santa Fe, Paseo Virgilio Zelaya Rubí, Bloque “C”,
Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 11:00 a.m., del día
MIERCOLES 7 DE JUNIO DE 2023. Las ofertas que se reciban
fuera de plazo seran rechazadas. Los sobres que contienen las
ofertas económicas se abrirán en presencia de los representantes
de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada a
las 11:15 a.m., del día MIERCOLES 7 DE JUNIO DE 2023.
Todas las ofertas deberá estar acompañadas de una Garantía de
Mantenimiento de Oferta por el valor y la forma establecidos en el
documento base de la licitación.
Los asistentes a la apertura de ofertas que no sean los Representantes
Legales de los Oferentes deben presentar carta o documento que
los acredite para asistir a dicho acto de apertura.
Tegucigalpa, M.D.C., 27 de abril de 2023.
MARCIO GIOVANNY SIERRA DISCUA
Comisionado Presidente
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REPÚBLICA DE HONDURAS
SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD
AGROALIMENTARIA
DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL
DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS
AGRÍCOLAS
AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS
AFINES
Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de
Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia
se ha presentado solicitud de REGISTRO de plaguicidas o
sustancia afín.
El Abg. Allan Deivis Martinez Lainez
Actuando en representación de la empresa: AGROHAO CO.,
LTD.
Tendiente a que autorice el / la REGISTRO de registro de producto.
Nombre Comercial: HAOSATE 35.6 SL
Compuesto por los elementos: GLYPHOSATE 35.6%
Grupo al que pertenece: FOSFONOGLICINA
Toxicidad: 5
Estado Físico: Líquido
Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL)
Formulador y País de Origen: JIXIXIAN QINGFENG
TIANYING BIOCHEMICAL CO., LTD.
Tipo de Uso: Herbicida
EXPSENASA No. 2109-0588
Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales
técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos
inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con
un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de
este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada.
Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94,
Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y
Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos
Administrativos.
“ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A
PARTIR DE LA FECHA”.
Tegucigalpa, M.D.C., martes 18 de abril de 2023.
Ing. Fredy Samuel Raudales Barahona
Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos
Agrícolas
9 M. 2023
CERTIFICACIÓN
El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Desarrollo Económico, CERTIFICA: La
LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO POR
TIEMPO DEFINIDO, otorgada mediante resolución número
175-2023 de fecha 24 de abril del año 2023, mediante contrato
de suministro de fecha 1 de marzo del año 2018, que en su
resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON
LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR NO
EXCLUSIVO POR TIEMPO DEFINIDO, presentada por
la Abogada EVELYN CAROLINA RAMIREZ SANCHEZ,
inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el número
18882, actuando en su condición de apoderada legal de la sociedad
mercantil GASPRO HONDURAS, S. A. DE C. V., con número de
RTN: 08019017950966, con domicilio legal en la ciudad de San
Pedro Sula, departamento de Cortés, colonia Suyapa, Boulevard
del Sur, kilómetro 8, 350 metros antes del peaje de Chamelecón,
como concesionaria de la empresa concedente LINDE
COLOMBIA, S. A., de nacionalidad colombiana, en virtud
que cumple con todos los requisitos establecidos por la Ley de
Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales
y Extranjeras y su Reglamento. SEGUNDO: CONCEDER a la
sociedad mercantil GASPRO HONDURAS, S. A. DE C. V.,
la licencia como distribuidor de la empresa concedente LINDE
COLOMBIA, S. A., de nacionalidad colombiana, para distribuir
de forma NO EXCLUSIVA, por tiempo DEFINIDO HASTA 1
MARZO DEL AÑO 2025, CON JURISDICCIÓN EN TODO
EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS,
para suministrar gas a granel líquido los cuales se detallan a
continuación: Nitrógeno líquido Por Ton, Oxígeno líquido Por
Ton, Argón líquido Por Ton, Dióxido de carbono líquido Por Ton.
(F) y (S) MELVIN ENRIQUE REDONDO, Subsecretario de
Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio
Exterior. Delegado mediante Acuerdo No. 022-2022. (F) y (S)
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General.
Esta certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no
es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la
Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de
Estado.
Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente
en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los
28 días del mes de abril del año 2023.
JOEL EDUARDO SALINAS LANZA
Secretario General
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JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
Tegucigalpa, M.D.C., 25 de abril de 2023
AVISO
La infrascrita, Secretaria por Ley del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
(50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de
abril del año dos mil veintitrés (2023), compareció a este Juzgado
la abogada MARTA CAROLINA PINEDA ZAPATA, actuando
en causa propia, incoando demanda Contencioso Administrativo
en materia de Personal, contra el Estado de Honduras, a través de
la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores
y Cooperación Internacional, con orden de ingreso número 0801-
2023-00457, se declare la nulidad de un acto administrativo de
carácter particular por haber sido dictado prescindiendo total
y absolutamente del procedimiento establecido consistente en
el Acuerdo de cancelación por cesantía No. 108-SRH-2023,
emitido por la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional (SRECI). Se declare que el mismo no es conforme
a derecho por infringir el ordenamiento juridico. Se reconozca
una situación juridica individualizada y la adopción de medidas
necesarias para su pleno restablecimiento como ser: 1) El reintegro
al trabajo en iguales o mejores condiciones; 2) El pago de salarios
dejados de percibir a título de daños y perjuicios desde la fecha de
mi cancelación ilegal hasta la fecha en que se ejecute la sentencia;
y, 3) El pago de los demás derechos que se produzcan durante
la secuela del juicio. Se manifiesta expresamente la voluntad de
cumplir los requisitos exigidos por la ley a efecto de subsanar
cualquier defecto procesal que contenga la presente demanda
y demás actos procesales que deriven del presente proceso, de
conformidad a lo establecido en el artículo 20 de Código Procesal
Civil. Se proponen medios de prueba documentales. Se acompañan
documentos. - En relación al Acuerdo de Cancelación número
108-SRH-2023 de fecha 08 de marzo del año 2023, efectivo a
partir del 15 de marzo del mismo año.
SECRETARIA GENERAL
9 M. 2023
______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha tres
(03) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció ante este
Juzgado la abogada PIEDAD MELISSA OSORIO ZELAYA,
en su condición de representante procesal de la señora DORIS
IMELDA HERNANDEZ VASQUEZ, con orden de ingreso
número 0801-2022-00822, contra el Estado de Honduras, a través
de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL, se interpone demanda especial contencioso
administrativo en materia de personal, para que se declare la
nulidad de un acto administrativo de carácter particular por
no ser conforme a derecho, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada, la adopción de medidas para su pleno
restablecimiento entre ellas se ordene mi restitución al cargo con
el pago de salarios dejados de percibir a título de indemnización
por daños y perjuicios y demás derechos gozados por los otros
servidores en mi ausencia, más los intereses que dichas cantidades
resulten con indemnización por daños y perjuicios derivado del
pago de honorarios de los salarios dejados de percibir, aunado a
ello se aplique el índice inflacionario que ordena el Banco Central
de Honduras. Costas procesales, profesionales y judiciales que
resulten del juicio. En relación al Acuerdo de Cancelación No.
257-SRH-2022 de fecha 30 de junio del 2022.
ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE
SECRETARIA ADJUNTA
9 M. 2023
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta
50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los
efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha
veinticuatro (24) de agosto del año dos mil veintidós (2022),
compareció ante este Juzgado la señora GLADYS SUYAPA
BARAHONA EUCEDA, contra el Estado de Honduras a través
del Instituto Nacional de Migración, con orden de ingreso 0801-
2022-01168, se interpone demanda ordinaria para que se declare la
nulidad de un acto administrativo.- Declarar la ilegalidad del acto y
su nulidad. Que se reconozca la situación jurídica individualizada
por la cancelación ilegal de que fui objeto.- Y como medida para
el restablecimiento de mi derecho que se condene al reintegro a
mi puesto de trabajo en igualdad o mejores condiciones.- Pago
de salarios dejados de percibir durante todo el tiempo que dure
el juicio hasta que quede firme la sentencia condenatoria dictada
en el presente asunto.- Se acompañan documentos.- Costas.- Se
otorga poder.- Relacionado con el Acuerdo 115-2022 de fecha 02
de agosto del 2022.
LIC. CINTHIA G. CENTENO PAZ
SECRETARIA ADJUNTA
9 M. 2023
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Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del
Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de
la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos
legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 30 de
junio del año 2022, compareció a este juzgado por el abogado
JOSE MARÍA DIAZ AVILA, en su condición de representante
procesal de la señora Yolanda María Oliva Pinel, por la VÍA DEL
PROCEDIMIENTO ESPECIAL EN MATERIA PERSONAL,
para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo
impugnado consistente en el ACUERDOS DE CANCELACION
No.068-SRH-22 de fecha 19 de abril del 2022. Emitido por la
Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores
y Cooperación Internacional, reconocimiento de una situación
jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se
adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley de
Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; contra el Estado
de Honduras a través de la Procuraduría General de la República,
quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso
No. 0801-2022-00652. Asimismo se hace la advertencia, que
los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C)
del artículo 17 de la Ley de la jurisdicción de lo Contencioso
Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS
con la presente publicación. DOY FE.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
9 M. 2023
______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
Tegucigalpa, M.D.C.
República de Honduras, C.A.
A V I S O
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso
Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley
de esta jurisdicción a los interesados y para los efectos legales
correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 24 de febrero
del 2023, compareció a este Juzgado la abogada Karla Yadira
Paredes Ortega, en su condición de representante procesal
del ciudadano Nelson Rene Posadas Molina, por la vía del
procedimiento especial en materia de personal, para la declaración
de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado
consistente en ACUERDO DE CANCELACIÓN No. DGRV-
IP-007-2023, de fecha 25 de enero del año 2022, emitido por
actuaciones del Instituto de la Propiedad. Que se reconozca una
situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento
se adopten las medidas establecidas en el artículo 112 de la Ley
de Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Quedando
registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-
2023-00315.Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados
como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17
de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y
los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente
publicación.
ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO
SECRETARIA ADJUNTA
9 M. 2023 ______
Poder Judicial
JUZGADO DE LETRAS DE FAMILIA
DE FRANCISCO MORAZAN
AVISO
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de Familia de
Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de ley
AVISA: Que en diecinueve de enero del año dos mil veintitrés, se
presentó ante este despacho la Solicitud de Adopción promovida
por los señores TODD DOUGLAS MOODY Y KATIE
CHILDS MOODY, mayores de edad, estadounidenses, para
adoptar a la menor LUCY ANABELLA AGUILAR, quien nació
el dieciséis de abril del año dos mil diecisiete, en Intibucá en el
departamento de Intibucá.
Tegucigalpa, M.D.C., a los diecinueve días
del mes de abril del año dos mil veintitrés
ABG. JULIO MUÑOZ
SECRETARIO ADJUNTO
9 M. 2023 ______
LA EMPRESA NACIONAL DE
ARTES GRÁFICAS
No es responsable del contenido de las
publicaciones, en todos los casos la misma
es fiel con el original que recibimos para
el propósito.
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Número de Solicitud: 2020-21430
Fecha de presentación: 2020-07-30
Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: THALES
Domicilio: TOUR CARPE DIEM, PLACE DES COROLLES, ESPLANADE
NORD, 92400 COURBEVOIE, Francia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
FERNANDO GODOY SAGASTUME
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos,
geodésicos, ópticos y de señalización, eléctricos, fotográficos, cinematográficos, de
pesaje, medición, verificación, salvamento y enseñanza; aparatos de señalización
naval; aparatos e instrumentos para transportar; distribuir, transformar, almacenar,
regular o controlar la corriente eléctrica; aparatos para el registro, transmisión y
reproducción de sonidos, imágenes o datos; soportes de datos magnéticos, discos de
grabación de sonido; terminales de telecomunicaciones; aparato de radio-búsqueda;
aparatos de radioteléfono, aparatos de telefonía móvil con sistemas de facsímil
incorporados; sistemas de telecomunicaciones, en particular terminales de
radioteléfono y torres de telecomunicaciones; estaciones satelitales de
telecomunicaciones, especialmente aerotransportadas; cables eléctricos u ópticos;
satélites de telecomunicaciones; satélites de intercomunicación; antenas satelitales;
procesadores satelitales; estaciones terrenas de satélite; aparatos de navegación por
satélite; sistemas de navegación por satélite; receptores de televisión por satélite;
satélites para transmisión de serial; software para sistemas de navegación por satélite;
terminales que proporcionan acceso a varios medios; aparatos para almacenar,
convertir, procesar y transmitir datos, información y señales; paquetes de software;
software de ordenador, en particular software para proporcionar acceso a servicios de
correo electrónico; máquinas de facsímil, especialmente máquinas de facsímil
móviles o portátiles; aparatos de televisión; ordenadores; computadoras,
especialmente servidores informáticos; aparatos y equipos de procesamiento de
datos; software de ordenador; software para su uso en chips, circuitos integrados y
microcircuitos para tarjetas de memoria; software para usar en los campos de
finanzas, actividades de ocio, juegos, venta de boletos por computadora,
telecomunicaciones, fidelidad de clientes, educación, identidad, control de acceso,
pago por televisión, seguridad, salud, medicina, transporte, medición, entornos
cerrados, ubicación e información tecnologías; software para lectores de tarjetas;
software utilizado para escribir programas diseñado para tarjetas con chip
electrónicas, lectores de tarjetas y para aparatos y equipos que utilizan tarjetas con
chip; programas informáticos, programas informáticos grabados, programas
informáticos descargables, programas grabados del sistema operativo; programas y
sistemas operativos para lectores de tarjetas con chip; hardware de computadora;
dispositivos periféricos para computadoras, dispositivos periféricos con
microprocesador seguro para computadoras; componentes de hardware informático;
red de computadoras; comunicación por computadora y terminales telefónicas,
especialmente para el acceso a redes mundiales de telecomunicaciones (internet) o
redes privadas (intranet); memorias informáticas, memorias electrónicas, módems,
interfaces para computadoras y microprocesadores, especialmente para acceder a
bancos de datos multimedia; interfaces informáticas, interfaces para tarjetas de
memoria o tarjetas con chip; sistemas de entretenimiento para pasajeros de aeronaves,
a saber, hardware y servidores informáticos para proporcionar contenido multimedia,
incluyendo programación de entretenimiento de audio y vídeo; aparatos e
instrumentos para la lectura óptica de información codificada; chips; microchips;
circuitos impresos; circuitos impresos para tarjetas de memoria o tarjetas con chip;
microcircuitos; tarjetas con chip electrónico; obleas de silicio para circuitos
integrados; tarjetas magnéticas; tarjetas de identidad magnéticas; lectores para
tarjetas, tarjetas con chip, tarjetas de circuito integrado o tarjetas de microcircuito,
tarjetas de memoria o microprocesador; lectores de credenciales; semiconductores;
aparatos y equipos que funcionan con tarjetas con chip, circuito integrado o tarjetas
THALES
de microcircuito; lectores de radiofrecuencia, conjuntos de componentes listos para
ensamblar para radiofrecuencias; unidades de visualización; centros de servidores de
base de datos; instrumentos informáticos para acceder a bancos de datos multimedia;
CD-ROM, discos ópticos digitales, discos compactos ópticos digitales; sistemas de
seguridad informática; electrónica para uso civil y militar; electrónica para
exploración espacial, satélites y estaciones terrestres; equipos electromecánicos y
micro-electrónicos; aparatos radioeléctricos, electrotécnicos y electrostáticos;
equipos de localización, detección, control y cartografía; aparatos de prueba
Ver como documento individual→