Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-016-2023 — Reforma de artículos del Decreto Ejecutivo PCM 03-2022 sobre Comisión Interventora del Sistema Penitenciario Nacional
Poder Ejecutivo
LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE
ESTADO,
CONSIDERANDO: Que la persona humana es el 昀椀n
supremo de la sociedad y del Estado y conforme a los artículos
59 y 62 de la Constitución de la República los derechos de
cada persona están limitados por los derechos de los demás.
CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 245
numerales 2, 4 y 11 de la Constitución de la República, la
Presidenta de la República tiene a su cargo la Administración
General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones
dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir
acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones
conforme a la Ley; mantener la paz y seguridad interior de
la República.
CONSIDERANDO: Que los establecimientos penales
son componentes esenciales del Sistema de Justicia Penal
del país, y como tales, fundamentales para garantizar la
seguridad de los habitantes de la República.
CONSIDERANDO: Que el artículo 293 de la Constitución de
la República, de昀椀ne a la Policía Nacional como una institución
profesional permanente del Estado, apolítica en el sentido
partidista, de naturaleza puramente civil, encargada de velar
por la conservación del orden público, la prevención, control
y combate del delito; proteger la seguridad de las personas y
sus bienes, ejecutar resoluciones, disposiciones, mandatos y
decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos,
todo con estricto respeto a los derechos humanos.
CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración
Pública establece en sus artículos 98, 99 y 100, que el Poder
Ejecutivo puede intervenir total o parcialmente, todos los
entes, órganos o unidades de la Administración Pública que
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EDIS ANTONIO MONCADA
ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
operen con pérdidas, no cumplan con sus funciones o no
presten adecuadamente los servicios por los cuales fueron
creados.
CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República en
Consejo de Secretarios de Estado, en respuesta a la grave
situación del sistema penitenciario nacional, con el objeto
de desmilitarizar el sistema y de garantizar el respeto de
los derechos de las personas privadas de libertad, declaró
EMERGENCIA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO
NACIONAL, mediante Decreto Ejecutivo número PCM
03-2022, de fecha 01 de marzo de 2022, publicado en el
Diario O昀椀cial “La Gaceta” en su edición número 35,998.
Asimismo, se procedió a nombrar a la Policía Nacional
de Honduras, a través de su Directorio Estratégico, en
calidad de Comisión Interventora, por un período un año.
Dicha declaratoria de Emergencia, así como la vigencia
del Decreto Ejecutivo precitado, fueron prorrogadas por un
período de UN (1) año, mediante Decreto Ejecutivo número
PCM 14-2023, del 01 de marzo de 2023 publicado en el
Diario O昀椀cial “La Gaceta” en su edición número 36,195, con
el propósito de continuar con el proceso de traspaso gradual
y progresivo del Sistema Penitenciario Nacional.
CONSIDERANDO: Que en fecha 31 de marzo de 2023, el
Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) aprobó
de manera unánime la II etapa del PLAN NACIONAL DE
SEGURIDAD “SOLUCIÓN CONTRA EL CRIMEN”
(SCC), en el cual se establecen diferentes medidas
estratégicas interinstitucionales.
CONSIDERANDO: Que el 08 y 09 de abril de 2023, se
registraron varios acontecimientos violentos de forma
simultánea en CINCO Centros Penitenciarios del país,
dejando en evidencia la urgente necesidad de fortalecer el
sistema de seguridad integral de los Centros Penitenciarios.
CONSIDERANDO: Que existe una grave perturbación de
la paz y la seguridad en las principales ciudades del país,
ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados
que operan como ma昀椀as, muchos de los cuales operan y son
coordinados o dirigidos desde los Centros Penitenciarios,
poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas,
incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos,
robos, trá昀椀co de drogas y secuestros.
CONSIDERANDO: Que el 10 de abril de 2023 se procedió
a anunciar el nombramiento de una Comisión Interventora
para los Centros Penales dentro de la Policía Nacional, con el
objetivo primordial de desmontar las estructuras criminales
que operan dentro de los mismos.
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CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras debe
cumplir con las obligaciones de respetar y garantizar los
derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución de
la República como en tratados y convenios internacionales
rati昀椀cados por el País.
CONSIDERANDO: Que es deber ineludible de la Presidenta
de la República en Consejo de Ministros, tomar las acciones
necesarias para mantener el orden, la seguridad y la paz en
la Nación.
POR TANTO,
En uso de las facultades contenidas en los artículos 59, 62, 65,
69, 78, 81, 84, 93, 99, 187, 245 numerales 2), 4) y 11), 252,
293, 321, 323 de la Constitución de la República; artículos
11, 98, 99 y 100 de la Ley General de la Administración
Pública; artículo 2 de la Ley Orgánica de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de
Honduras; Decreto Ejecutivo número PCM 03-2022; Decreto
Ejecutivo número PCM 14-2023; y, demás aplicables.
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Reformar los artículos 2 y 4 del Decreto
Ejecutivo número PCM 03-2022 de fecha 01 de marzo de
2022, publicado en el Diario O昀椀cial “La Gaceta” en su edición
número 35,998, los cuales deberán leerse de la siguiente
forma:
ARTÍCULO 2. En aplicación a lo establecido en el
Decreto Legislativo 143-2021, se resuelve con昀椀rmar la
eliminación de la Comisión Interventora sobre el Sistema
Penitenciario Nacional, integrada por el pleno de FUSINA
sobre el Sistema Penitenciario Nacional y nombrar una
Comisión Interventora por un período un año, la cual
asumirá de manera temporal todas las competencias y
facultades legales otorgadas a las autoridades superiores
que integran el Sistema Penitenciario Nacional, tanto
las establecidas en la Ley General de la Administración
Pública, como las especiales que rigen esta materia,
apegándose al respeto de los Derechos Humanos,
Derechos de la Niñez y la Adolescencia, funciones que
incluyen la autoridad, control, manejo y administración
del Sistema Penitenciario Nacional, conformado por
el Instituto Nacional Penitenciario (INP) y el Instituto
Nacional para la Atención a Menores Infractores
(INAMI), para el cumplimiento de sus 昀椀nes, a partir de
la entrada en vigencia del presente Decreto, quedando en
suspenso de manera temporal las funciones del Consejo
Directivo del Sistema Penitenciario Nacional y cualquier
otro órgano de Dirección y Gerenciamiento.
La Comisión estará integrada por una Comisionada
Presidenta y dos adjuntos, todos de libre remoción
y nombramiento de la Presidenta de la República,
correspondiéndole las atribuciones del órgano de decisión
superior.
Las decisiones de la Comisión Interventora se tomarán
por mayoría simple de sus miembros y quien la presida
ostentará la representación legal de la misma.
ARTÍCULO 4. El Proceso de Transición…
La Comisión Interventora deberá presentar un Plan de
Contingencia y Emergencia en los Centros Penitenciarios,
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para responder ante cualquier eventualidad que pudiera
registrarse, tales como amotinamientos, atentados,
explosiones, incendios, sismos, colapso estructural e
inundaciones, entre otros. Se instruye a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Seguridad y a la Secretaría de
Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a brindar todo
el apoyo que sea necesario a la Comisión Interventora,
para asegurar el despliegue rápido, coordinado y efectivo
de todos los recursos necesarios en caso de contingencia
o emergencia.
ARTÍCULO 2. Remitir el presente Decreto Ejecutivo al
Congreso Nacional de la República para su conocimiento.
ARTÍCULO 3. El presente Decreto es de ejecución
inmediata, entrará en vigencia el día de su 昀椀rma y deberá ser
publicado en el Diario O昀椀cial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, a los 11 días del mes de abril del año dos mil
veintitrés (2023).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE LA PRESIDENCIA
JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DESARROLLO SOCIAL
RIXI RAMONA MONCADA GODOY
SECRETARIA DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE FINANZAS
TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
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JAIME REINALDO TURCIOS OREAMUNO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA
CORRUPCIÓN, POR LEY
RICARDO ARTURO SALGADO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA
DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE ASUNTOS DE LA MUJER
RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SEGURIDAD
JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DEFENSA NACIONAL
JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SALUD
LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE EDUCACIÓN
MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE DERECHOS HUMANOS
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LAURA ELENA SUAZO TORRES
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL
SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE ENERGÍA
MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE
LESLY SARAHÍ CERNA
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
LUIS GUILLERMO CHÉVEZ CONTRERAS
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO
DE TURISMO, POR LEY
GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS
DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS
OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y
SANEAMIENTO
DARÍO JOSUÉ GARCÍA VILLALTA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS
NACIONALES (COPECO)
FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA
SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO
Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS
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