Decreto Legislativo
Decreto Legislativo No. 144-2022 — Ascensos de Oficiales de la Policía Nacional a diversos grados
Congreso Nacional
DECRETO No. 144-2022
EL CONGRESO NACIONAL,
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Decreto No.69-
2017 del 22 de Agosto del 2017, publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” de fecha 10 de Octubre de 2017, es una atribución
del Poder Ejecutivo someter a consideración del Congreso
Nacional, el ascenso de la categoría de Oficiales Generales y
Oficiales Superiores, propuestos por la Secretaría de Estado
en el Despacho de Seguridad. Lo que se realiza en base al
Acta Extraordinaria del Consejo General de Ascensos para
el año 2022 y al Dictamen Técnico del Directorio Estratégico
Policial.
CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto No.69-2017
del 22 de Agosto del 2017, publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” en fecha 10 de Octubre de 2017, Edición
No.34,463, se emitió la Ley de la Carrera Policial, la que
tiene por objeto regular el ingreso, desarrollo profesional,
formación, capacitación, así como lo relativo a los ascensos
y la terminación de la carrera policial.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 50 de la Ley de la Carrera
Policial, establece lo siguiente: “OTORGAMIENTO DE
GRADOS”. Los Grados deben ser otorgados en estricto orden
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jerárquico, sin obviar ninguno. Los requisitos y procedimientos
necesarios para el otorgamiento de grados se deben regir por lo
establecido en la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en
el Despacho de Seguridad y de la Policía Nacional, la presente
Ley, reglamentos y manuales respectivos. Los ascensos de
las categorías de Oficiales Subalternos son otorgados por el
Presidente de la República, a propuesta de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Seguridad. Los ascensos de las
Categorías de Oficiales Generales y Oficiales Superiores son
otorgados por el Congreso Nacional a propuesta del Poder
Ejecutivo, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Seguridad…”.
CONSIDERANDO: Que los Oficiales nominados conforme
al Acta Extraordinaria del Consejo General de Ascensos
para ascender al grado superior inmediato, han mantenido
una sobresaliente ejecutoria en el desempeño de su carrera
profesional y han cumplido con los requisitos que se establecen
en la Ley de la Carrera Policial, Reglamento de Ascenso de la
Policía Nacional y Manuales respectivos, para ser declarados
aptos para el ascenso al grado inmediato superior.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205
Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad
del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar
y derogar las leyes.
POR TANTO,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Ascender a los Oficiales de la Policía
N a c i o n a l : H É C T O R G U S T A V O
SÁNCHEZ VELÁSQUEZ y JUAN
MANUEL AGUILAR GODOY de su
grado actual como COMISIONADO
GENERAL al Grado Superior Inmediato
de GENERAL DIRECTOR.
ARTÍCULO 2.- Ascender de su grado actual como
COMISIONADO DE POLICÍA al Grado
Superior Inmediato de COMISIONADO
GENERAL a los Comisionados de la
Policía Nacional:
1) W I L M E R J O S É T O R R E S
SAAVEDRA;
2) JUAN LOPÉZ RÓCHEZ;
3) SANTOS EDILCIO OCHOA ÁRIAS;
4) MARTÍN NÚÑEZ MORALES; y,
5) OTONIEL CASTILLO LEMUS.
ARTÍCULO 3.- Ascender de su grado actual como SUB-
COMISIONADO DE POLICÍA al Grado
Superior Inmediato de COMISIONADO
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DE POLICÍA a los Oficiales de la Policía
Nacional siguientes:
1) CARLOS VLADIMIR ESTRADA
PACHECO;
2) ÁNGEL JOSUÉ LUQUE PADILLA;
3) NELSON FRANCISCO MURILLO
PÉREZ;
4) M E L V I N A L E X A N D E R
ALVARENGA DERAS;
5) MARLOM ENRRIQUE LAGOS;
6) JORGE ALBERTO RODRÍGUEZ
MONTOYA; y,
7) ALFREDO WALTER GODOY
FLORES.
ARTÍCULO 4.- Ascender de su grado actual como SUB-
COMISIONADO DE LOS SERVICIOS
a l G r a d o S u p e r i o r I n m e d i a t o d e
COMISIONADO DE LOS SERVICIOS,
al Oficial de la Policía Nacional:
1) F I L I B E R T O F R A N C I S C O
ACEVEDO BENGTSON.
ARTÍCULO 5.- Ascender de su grado actual como
SUB-COMISIONADO AUXILIAR DE
SANIDAD al Grado Superior Inmediato
de COMISIONADO AUXILIAR DE
SANIDAD al Oficial de la Policía Nacional:
1) E V A N G E L I N A C E L I B E T H
CLAROS HERNÁNDEZ.
ARTÍCULO 6.- Ascender de su grado actual como
C O M I S A R I O D E P O L I C I A a l
Grado Superior Inmediato de SUB-
COMISIONADO DE POLICÍA a los
Oficiales de la Policía Nacional siguientes:
1) SAÚL MENDOZA ESPINO;
2) A D E L A M A R Í A S E R R A N O
TORRES;
3) OSLY FERNELL MELÉNDEZ
CASTILLO;
4) LEONEL ARMANDO MÉNDEZ
BARAHONA;
5) LORENA PATRICIA HERNÁNDEZ
LÓPEZ;
6) YURI ANDRONICO ESPINAL
PONCE;
7) HULDA LADINIA ARGUETA
RODRÍGUEZ;
8) ROSA ABILIA CRUZ GÁLVEZ;
9) W I L F R E D O V E N T U R A
RODRÍGUEZ;
10) D A N I E L A N D R É S M E R I N O
CASTRO;
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11) RAMÓN DE JESÚS RAMOS
RODRÍGUEZ;
12) SANTOS ARNULFO SORIANO
ORDÓÑEZ;
13) E N O X A V E L I N O F Ú N E Z
MEDINA;
14) SULAY MAYLIN PONCE ELVIR;
15) M A R C O S N A U N A N D A R A
CHACÓN;
16) DENIS ALEXANDER ZELAYA
GÓMEZ;
17) RAÚL ANTONIO MORALES
JIMÉNEZ;
18) O S C A R A N T O N I O N Ú Ñ E Z
FUNES;
19) JESSYCA MARÍA AGUILAR;
20) NANCY CAROLINA CERRATO
CRUZ;
21) C É S A R A L E X I S R U I Z
RODRÍGUEZ;
22) ELEÁZAR GARIDALDY PADILLA
SUAZO;
23) L U I S E N R I Q U E T R Ó C H E Z
PINEDA; y,
24) E N C A R N A C I Ó N G A R C Í A
GUERRERO.
ARTÍCULO 7.- Ascender de su grado actual como SUB-
COMISARIO DE POLICÍA al Grado
Superior Inmediato de COMISARIO DE
POLICÍA a los Oficiales de la Policía
Nacional siguientes:
1) BAYRON EFREN MUNGUÍA
BOQUÍN;
2) J O R G E A B I S A I G A R C Í A
GÓMEZ;
3) F R E D Y R E N É P I N E D A
CÁRCAMO;
4) ALEX ISAÍ CUBAS PERDOMO;
5) G U S T A V O A D O L F O
MARADIAGA;
6) WALTER SÁNCHEZ SÁNCHEZ;
7) ADÁN NOÉ MEDINA DÍAZ;
8) MOISÉS EDGARDO AMADOR
MURILLO;
9) DAVID EDUARDO TORRES
OCHOA;
10) JOSÉ R OL A N D O BE N Í TE Z
RAMOS;
11) J U A N C A R L O S G A R C Í A
CÁRDENAS;
12) ARNOL YADIR CANTARERO
ARGUETA;
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13) DARWIN SAID HERNÁNDEZ
MENDOZA;
14) ÁNGEL FERNANDO MURILLO
PAZ;
15) G E R A R D O A L F R E D O
PANCHAMÉ DOBLADO;
16) M A R I O J O E L A R G U E T A
AGUILERA;
17) JUAN BAUTISTA GUZMÁN
RODRÍGUEZ;
18) DAVID ALEJANDRO TÁBORA
GONZÁLEZ;
19) H E R L A N R E N É V I N D E L
VINDEL;
20) J O S É A L B A N Y H E R R E R A
FLORES;
21) A N D Y W I L F R E D O R E Y E S
PADILLA;
22) JUDYTH LIZETH DOMÍNGUEZ
QUIROZ;
23) JOSÉ JUBENILDO SISNADO
PAZ;
24) J O S É A M I L C A R C O R E A
MENDOZA;
25) JOSÉ ARMANDO ESTEVEZ
ORELLANA;
26) L E Y D Y D I N O R A P I N E D A
HERRERA;
27) TONY MISAEL MEDINA RONAS;
28) JUAN CARLOS HERNÁNDEZ
MENDOZA;
29) KARLA MARGARITA MURILLO
RUIZ;
30) HERNÁN ISAÍAS AMADOR
MURILLO;
31) S E L B I N R E N Á N R E Y E S
HERNÁNDEZ;
32) WILSON ANTONIO ARGEÑAL
GUDIEL;
33) JULIO FRANCISCO MÉNDEZ
GUTIÉRREZ;
34) S A N D R A C A B R E R A
HERNÁNDEZ;
35) DANNY EDGARDO RODRÍGUEZ
GUILLÉN;
36) LISANDRO GARCÍA MUÑOZ;
37) JESSICA OTILIA COLÍNDRES
PINOTH;
38) O S C A R E D G A R D O P É R E Z
LÓPEZ;
39) ERIC OSMIN FÚNEZ OYUELA;
40) R I N A E L I Z E T H O S O R I O
VELÁSQUEZ;
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41) FRANCISCO NAUM CANALES;
y,
42) JOSÉ DAVID ZÚNIGA AMADOR.
ARTÍCULO 8.- Ascender de su grado actual como SUB-
COMISARIO DE INTENDENCIA al
Grado Superior Inmediato de COMISARIO
DE INTENDENCIA al Oficial de la Policía
Nacional:
1) JORGE AMÍLCAR BUSTILLO
RIVERA.
ARTÍCULO 9.- Ascender de su grado actual como SUB-
COMISARIO AUXILIAR al Grado
Superior Inmediato de COMISARIO
AUXILIAR al Oficial de la Policía
Nacional:
1) SILVIA JUDITH ORELLANA
FLORES.
ARTÍCULO 10.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir del día de su publicación en el Diario
Oficial “La Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito
Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a
los catorce días del mes de diciembre de dos mil veintidós.
LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO
PRESIDENTE
CARLOS ARMANDO ZELAYA ROSALES
SECRETARIO
LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA
SECRETARIA
Al Poder Ejecutivo
Por Tanto: Ejecútese.
Tegucigalpa, M.D.C., 23 de diciembre de 2022.
IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO
PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL
DESPACHO DE SEGURIDAD
RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA
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