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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

6 enero 2023Edición No. 36,122

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-01-2023 — Suspensión de garantías constitucionales por cuarenta y cinco días

LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM 29-2022 de fecha 03 de diciembre de 2022, la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, decretó la suspensión de las garantías establecidas en la Constitución de la República en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 a partir de las 6:00 p. m. del día 6 de diciembre del 2022 y hasta las 6:00 p. m. del día 6 de enero del año 2023. Lo anterior, en virtud de la grave perturbación de la paz y la seguridad que prevalece en las principales ciudades del país ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados, que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública. CONSIDERANDO: Que en cumplimiento a lo establecido en la Constitución de la República, se convocó al Congreso Nacional para que dentro del plazo de 30 días conociera el Decreto de Suspensión de Garantías Constitucionales, el cual fue ratificado y aprobado por este Poder del Estado, mediante Decreto Legislativo No. 156-2022 de fecha 21 de diciembre de 2022. CONSIDERANDO: Que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la Cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo Número PCM 29-2022, de suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados para combatir la criminalidad heredada que se insertó en los más altos niveles de la Administración Pública, por lo que es procedente decretar por un nuevo periodo -- 1 of 136 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL de cuarenta y cinco (45) días, la restricción de garantías constitucionales para el logro de los objetivos señalados y la protección de la ciudadanía. CONSIDERANDO: Que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado y conforme a los artículos 59 y 62 de la Constitución de la República, los derechos de cada persona están limitados por los derechos de los demás. CONSIDERANDO: Que de conformidad al artículo 245 numerales 2, 4, 7, 11, 16 y 19 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley; administrar la Hacienda Pública; mantener la paz y seguridad interior de la República; restringir o suspender el ejercicio de derechos de acuerdo con el Consejo de Ministros; ejercer el mando en Jefe de las Fuerzas Armadas en su carácter de Comandante General y adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece en el artículo 187 que el ejercicio de los derechos establecidos en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99, podrán suspenderse en caso de perturbación grave de la paz o de cualquier otra calamidad general, por la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, por medio de un Decreto que contendrá: 1. Los motivos que lo justifiquen; 2. La garantía o garantías que se restrinjan; 3. El territorio que afectará la restricción; y, 4. El tiempo que durará ésta. Además, se convocará en el mismo Decreto al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca de dicho decreto y lo ratifique, modifique o impruebe. CONSIDERANDO: Ante la grave situación de violencia criminal organizada, heredada de la administración anterior, el pueblo hondureño sigue siendo víctima de la violencia desenfrenada que afecta en particular a través del delito de extorsión, por lo que se hace necesario continuar con todas las medidas que lleven al restablecimiento de la paz y el orden, la preservación de la vida humana como fin supremo de la sociedad, así como a facilitar la búsqueda, identificación y detención de los autores de este flagelo, decretando la restricción de las garantías constitucionales en estricto cumplimiento de los principios de necesidad y de proporcionalidad, de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras debe cumplir con las obligaciones de respetar y garantizar los -- 2 of 136 -- derechos humanos reconocidos tanto en la Constitución de la República como en tratados internacionales ratificados por el País. Teniendo la facultad, en situaciones de crisis extraordinarias y muy graves, de suspender algunas de sus obligaciones en materia de derechos humanos, para lograr el restablecimiento a un estado de normalidad, que asegure el pleno respeto de todas las obligaciones asumidas internacionalmente. CONSIDERANDO: Que la Policía Nacional, a través de un análisis de la estadística policial y de las acciones realizadas en aplicación del Decreto Ejecutivo Número PCM 29-2022 de suspensión de garantías constitucionales, ha establecido la permanencia de miembros de maras y pandillas e incidencia de delitos cometidos por estos grupos, identificando sectores en situación crítica de inseguridad por el delito de extorsión, en los Municipios del Distrito Central, San Pedro Sula y otros ubicados en varios departamentos del país, en los cuales se ha registrado una perturbación grave de la paz. CONSIDERANDO: Que es deber ineludible de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, tomar las acciones necesarias para mantener el orden, la seguridad y la paz en la Nación. POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 59, 62, 65, 69, 78, 81, 84, 93, 99, 187, 245 numerales 2, 4, 7, 11, 16 y 19, artículos 252, 321, 323 de la Constitución de la República, artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 2 de la Ley Orgánica de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad y Policía Nacional de Honduras y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo Número PCM 29-2022 de suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE RESUELVE: decretar por un nuevo periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del día viernes 06 de Enero de 2023 y hasta las 6:00 p.m. del día lunes 20 de febrero de 2023. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de -- 3 of 136 -- Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el principio de necesidad y proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en los sectores de los Municipios del Distrito Central, San Pedro Sula y otros, identificados por la Policía Nacional en los listados que se adjuntan a este Decreto (ANEXO ÚNICO). ARTÍCULO 2. La libre circulación se realizará con normalidad en todo el país, aún en las zonas descritas en el presente Decreto y solo podrá ser restringida por las causales aquí descritas, determinadas puntualmente por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional. ARTÍCULO 3. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), coordinarán acciones para dar cumplimiento al presente Decreto y mantener el orden, la paz y la seguridad nacional, así como el control de las fronteras terrestres, aéreas y marítimas. ARTÍCULO 4. Las autoridades policiales competentes al momento de la detención deberán identificarse, informar los motivos de la detención y respetar los derechos de los detenidos. En los centros de detención deberá llevarse un registro oficial de los detenidos conforme los estándares internacionales. ARTÍCULO 5. Se convoca al Congreso Nacional para que dentro del plazo de treinta (30) días, conozca del presente Decreto y lo ratifique, modifique o impruebe. ARTÍCULO 6. Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional informar inmediatamente el presente Decreto una vez aprobado, a los demás Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), estableciendo los motivos de la suspensión, derechos suspendidos y la fecha en que haya dado por terminada tal suspensión. ARTÍCULO 7. El presente Decreto es de ejecución inmediata, entrará en vigencia el día de su firma y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 06 días del mes de enero del año 2023. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. -- 4 of 136 -- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ANEXO ÚNICO TEGUCIGALPA Y COMAYAGÜELA No BARRIOS Y COLONIAS ESTRUCTURA 1 21 DE FEBRERO MS-13 2 FÁTIMA MS-13 3 23 DE JUNIO MS-13 4 LA FUENTE MS-13 5 3 DE MAYO MS-13 6 ZAPOTE NORTE Y CENTRO MS-13 7 LAS AYESTAS MS-13 8 LOS PROFESORES MS-13 9 RAMÓN AMAYA AMADOR MS-13 10 NUEVA JERUSALÉN MS-13 11 NUEVA CAPITAL MS-13 12 JOSÉ ÁNGEL ULLOA MS-13 13 DIVINO PARAÍSO MS-13 14 MERY FLAKE DE FLORES MS-13 15 AUSTRALIA MS-13 16 VILLAFRANCA P-18 17 VILLA CRISTINA MS-13 18 LAS PAVAS P-18 19 ALEMANIA P-18 20 ROSA LINDA P-18 21 CERRO GRANDE ZONA No. 2 Y 5 P-18 22 LA LAGUNA P-18 23 BRISAS DE OLANCHO P-18 24 VILLA UNIÓN P-18 25 CAMPO CIELO MS-13 26 PEDREGALITO LOS CANALES 27 IBERIA MS-13 28 1 DE DICIEMBRE MS-13 29 DIVANNA P-18 30 ALTOS DE LA CENTROAMERICANA P-18 31 LA CUESTA 1 Y 2 P-18 32 COL. EL MANANTIAL P-18 33 SMITH 1 Y 2 P-18 34 SANTA ISABEL MS-13 35 CIUDAD ESPAÑA P-18 36 HÁBITAT P-18 37 ADRAS P-18 38 SAN MIGUEL ARCÁNGEL P-18 39 ALDEA EL DURAZNO P-18 40 ALDEA YAGUACIRE P-18 41 ALDEA EL LOLO P-18 42 LAURELES MS-13 43 NUEVA OROCUINA MS-13 44 SAN FRANCISCO MS-13 45 LA LINCOLN MS-13 46 SAN MIGUEL BERRIOS -- 5 of 136 -- 47 EEUU P-18 48 21 DE OCTUBRE P-18/ALKA EDA 49 LA MOLOLOA MS-13 50 LA SOSA P-18 51 LA TRAVESÍA P-18 52 LA ERA P-18 53 EL SITIO MS-13/P-18 54 LA IZAGUIRRE P-18 55 PICACHITO MS-13 56 BUENOS AIRES P-18/COMBO 57 LOS TUBOS MS-13 58 EL CALVARIO MS-13 59 LA SAGASTUME MS-13 60 BARRIO EL CHILE MS-13 61 SAN JOSÉ DEL PEDREGAL P-18 62 LA GUASALONA P-18 63 LAS BRISAS P-18 64 LA BETANIA P-18 65 OSCAR A. FLORES P-18 66 LA PEÑA P-18 67 LA VEGA P-18 68 14 DE MARZO P-18 69 LA CAÑADA P-18 70 SAN ISIDRO P-18 71 CALPULES P-18 72 ALDEA SANTA ROSA MS-13 73 COLONIA SANTA ROSA MS-13 74 COL. REINEL FUNEZ MS-13 75 ALTOS DE LOARQUE MS-13 76 COL. CRUZ ROJA MS-13 77 FLOR DEL CAMPO MS-13 78 LAS TORRES MS-13 79 LA ROSA P-18 80 SAN LUIS P-18 81 PREDIOS DEL RECREO P-18 82 VENEZUELA P-18 83 ALDEA SUYAPA MS-13 84 COL. NUEVA SUYAPA MS-13/P-18/PUCHOS 85 EL INFIERNITO MS-13 86 VILLANUEVA SECTORES 5 Y 7B MS-13/P-18 87 LOS PINOS MS-13/P-18 88 ALDEA TIERRA BLANCA P-18 89 COL. LAS PALMAS MS-13/P-18 -- 6 of 136 -- SAN PEDRO SULA, CORTES No BARRIOS Y COLONIAS ESTRUCTURA 1 EBENEZER P-18 2 LUFUSA P-18 3 SAN ANTONIO P-18 4 SUYAPA P-18 5 PROVIDENCIA P-18 6 SABILLÓN CRUZ MS-13 7 15 DE SEPTIEMBRE P-18/MS-13 8 17 DE JULIO MS-13 9 SAN JOSÉ V MS-13 10 LA UNIÓN P-18/MS-13 11 REPARTO LEMPIRA P-18 12 SAN FRANCISCO P-18 13 VALLE DE SULA P-18 14 JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ P-18 15 PERPETUO SOCORRO P-18/MS-13 16 COL. GUILLEN P-18 17 SAN JOSÉ V MS-13 18 COL. MUNICIPAL MS-13 19 PLANES DE CALPULES MS-13 20 PRADERA MS-13 21 LUISIANA MS-13 22 VILLA CRISTINA MS-13 23 COL JÚPITER MS-13 24 BORDOS DE VILLA FLORENCIA MS-13 25 BRISAS DE EXPO CENTRO MS-13 26 CABAÑAS MS-13 27 VILLEDA MORALES MS-13 28 COL HONDURAS MS-13 29 COL. SINAÍ TERCEREÑOS/P-18 30 COL. FLOR DE CUBA OLANCHANOS/MS-13 31 COL. LA PEDROZA MS-13/AGUACATES 32 EL SITIO 3 LOS AGUACATES 33 EL PORVENIR LOS AGUACATES 34 LOMAS DE SAN JUAN MS-13 35 NUEVA INVERSIÓN AGUACATES/OLANCHANOS/P-18 36 MIGUEL ÁNGEL PAVÓN P-18 37 EL OCOTILLO MS-13 38 SUAZO CÓRDOVA MS-13 39 SAN ISIDRO MS-13 40 PRIMAVERA MS-13 41 EL ZAPOTAL MS-13 42 GRACIAS A DIOS MS-13 43 EL KILOMETRO P-18 44 LA PRIMAVERA P-18 45 11 DE SEPTIEMBRE P-18 46 11 DE ABRIL P-18 47 BOSQUES DE CHOLOMA P-18 48 INFOP P-18 49 SEREN P-18 50 LA VICTORIA MS-13 51 CHAMPERIO MS-13 52 ÉXITOS DE ANACH MS-13 53 LAS TORRES MS-13 -- 7 of 136 -- 54 LA INÉS CARRANZA MS-13 55 EDILBERTO SOLANO MS-13 56 CERRO VERDE Y CASCADAS MS-13 57 SANTA FE P-18 58 LA SINOR P-18 59 LA GODOY P-18 60 VALLE DE SULA III P-18 61 VISTA HERMOSA P-18 62 TRINCHERAS P-18 63 ALTOS DE SANTA FE P-18 64 LAS TORRES P-18 65 COL. LOS APADRINADOS MS-13 66 COL. SUYAPA MS-13 67 ALDEA EL CALAN MS-13 68 GRACIAS A DIOS MS-13 69 SITRATERCO P-18 70 LA PAZ P-18 71 CERRITO LINDO P-18 72 NUEVA JERUSALÉN P-18 73 SAN FRANCISCO P-18 MUNICIPIOS VARIOS N° MUNICIPIO DEPARTAMENTO 1 LA CEIBA 2 EL PORVENIR 3 TELA 4 LA MASICA ATLÁNTIDA 5 JUTIAPA 6 ESPARTA 7 TOCOA 8 TRUJILLO COLÓN 9 BONITO ORIENTAL 10 SONAGUERA 11 COMAYAGUA 12 SIGUATEPEQUE COMAYAGUA 13 VILLA DE SAN ANTONIO 14 SAN LUIS 15 EL ROSARIO 16 MEAMBAR 17 LA LIBERTAD 18 NUEVA ARCADIA 19 SANTA ROSA DE COPAN 20 FLORIDA COPÁN 21 EL PARAÍSO 22 CUCUYAGUA 23 COPÁN RUINAS 24 SAN NICOLÁS 25 CHOLOMA 54 LA INÉS CARRANZA MS-13 55 EDILBERTO SOLANO MS-13 56 CERRO VERDE Y CASCADAS MS-13 57 SANTA FE P-18 58 LA SINOR P-18 59 LA GODOY P-18 60 VALLE DE SULA III P-18 61 VISTA HERMOSA P-18 62 TRINCHERAS P-18 63 ALTOS DE SANTA FE P-18 64 LAS TORRES P-18 65 COL. LOS APADRINADOS MS-13 66 COL. SUYAPA MS-13 67 ALDEA EL CALAN MS-13 68 GRACIAS A DIOS MS-13 69 SITRATERCO P-18 70 LA PAZ P-18 71 CERRITO LINDO P-18 72 NUEVA JERUSALÉN P-18 73 SAN FRANCISCO P-18 MUNICIPIOS VARIOS N° MUNICIPIO DEPARTAMENTO 1 LA CEIBA 2 EL PORVENIR 3 TELA 4 LA MASICA ATLÁNTIDA 5 JUTIAPA 6 ESPARTA 7 TOCOA 8 TRUJILLO COLÓN 9 BONITO ORIENTAL 10 SONAGUERA 11 COMAYAGUA 12 SIGUATEPEQUE COMAYAGUA 13 VILLA DE SAN ANTONIO 14 SAN LUIS 15 EL ROSARIO 16 MEAMBAR 17 LA LIBERTAD 18 NUEVA ARCADIA 19 SANTA ROSA DE COPAN 20 FLORIDA COPÁN 21 EL PARAÍSO 22 CUCUYAGUA 23 COPÁN RUINAS 24 SAN NICOLÁS 25 CHOLOMA -- 8 of 136 -- 26 PUERTO CORTÉS 27 VILLANUEVA CORTÉS 28 LA LIMA 29 SANTA CRUZ DE YOJOA 30 OMOA 31 CHOLUTECA 32 MARCOVIA CHOLUTECA 33 EL TRIUNFO 34 SAN MARCOS DE COLÓN 35 DANLÍ 36 TROJES 37 TEUPASENTI EL PARAÍSO 38 EL PARAÍSO 39 MOROCELÍ 40 TALANGA 41 TATUMBLA 42 GUAIMACA 43 SABANA GRANDE FRANCISCO MORAZÁN 44 LEPATERIQUE 45 SANTA LUCÍA 46 VALLE DE ÁNGELES 47 JESÚS DE OTORO 48 LA ESPERANZA INTIBUCÁ 49 INTIBUCÁ 50 ROATÁN ISLAS DE LA BAHÍA 51 LA PAZ 52 MARCALA LA PAZ 53 GRACIAS 54 LEPAERA LEMPIRA 55 SAN MARCOS 56 OCOTEPEQUE OCOTEPEQUE 57 CATACAMAS 58 JUTICALPA OLANCHO 59 DULCE NOMBRE DE CULMÍ 60 PATUCA 61 QUIMISTÁN 62 SANTA BÁRBARA SANTA BÁRBARA 63 PROTECCIÓN 64 ILAMA 65 LAS VEGAS 66 NACAOME 67 SAN LORENZO VALLE 68 OLANCHITO 69 YORO 70 EL PROGRESO YORO 71 EL NEGRITO 72 MORAZÁN 73 SANTA RITA 17 LA LIBERTAD 18 NUEVA ARCADIA 19 SANTA ROSA DE COPAN 20 FLORIDA COPÁN 21 EL PARAÍSO 22 CUCUYAGUA 23 COPÁN RUINAS 24 SAN NICOLÁS 25 CHOLOMA -- 9 of 136 -- IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA DESSIRÉ FLORES DUBÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA, POR LEY JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA -- 10 of 136 -- PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANI GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS -- 11 of 136 -- LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO PABLO RAMÓN SOTO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS -- 12 of 136 -- Sección B Avisos Legales Sección “B”

Resolución

Resolución No. 575-12/2022 — Modificación de Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales

RESOLUCIÓN No.575-12/2022.- Sesión No.4005 del 22 de diciembre de 2022.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto en la Constitución de la República y en la Ley del Banco Central de Honduras, corresponde a esta institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.574- 11/2021 del 18 de noviembre de 2021 se aprobaron las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales para la administración eficiente de dichas reservas, con el fin que se garantice su disponibilidad para minimizar la vulnerabilidad del país en tiempos de crisis o impactos negativos en los mercados de capitales internacionales y aumentar la confianza de que el país tiene la capacidad para cumplir con sus compromisos de deuda externa. CONSIDERANDO: Que el Departamento de Reservas I n t e r n a c i o n a l e s , 1 m e d i a n t e 1 memorándum RIN-747/2022 del 24 de noviembre de 2022, recomendó al Comité de Inversiones una revisión a las mencionadas Políticas de Inversión con el propósito de armonizar a una calificación crediticia mínima de largo plazo de A- para todo tipo de emisor resultando en mayores oportunidades para diversificar la cartera administrada. CONSIDERANDO: Que el Comité de Inversiones, en Sesión Ordinaria N°4/2022 del 30 de noviembre de 2022, estimó necesario y conveniente someter a consideración de este Directorio la aprobación de modificación a las Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales para adecuar las calificaciones crediticias mínimas, siendo coherente con la tolerancia al riesgo de un banco central. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342, párrafo tercero de la Constitución de la República; 2, 6, 16 incisos a) y l), y 29 de la Ley del Banco Central de Honduras, R E S U E L V E: I. Modificar los numerales 6.1 y 6.2 de las POLÍTICAS DE INVERSIÓN DE LAS RESERVAS MONETARIAS INTERNACIONALES, que en lo sucesivo se leerá de la forma siguiente: “6.1 Valores públicos soberanos: Emisores u obligaciones negociables incondicionalmente garantizadas por un gobierno soberano con una calificación crediticia mínima de largo plazo de A-. 6.2 Emisores u obligaciones negociables incondicionalmente garantizadas por agencias gubernamentales, otras entidades públicas, instituciones financieras con garantía del Gobierno o instituciones gubernamentales y organismos multilaterales con una calificación crediticia mínima de largo plazo de A-.” II. Como consecuencia de lo anterior, el texto íntegro de dichas Políticas de Inversión de las Reservas Monetarias Internacionales, incluida sus reformas, en lo sucesivo se leerá así: “POLÍTICAS DE INVERSIÓN DE LAS RESERVAS MONETARIAS INTERNACIONALES Las Reservas Monetarias Internacionales (RMI) del Banco Central de Honduras (BCH) son patrimonio económico de la nación, por lo cual, no estarán sujetas a embargo y no se podrán efectuar transferencias con -- 13 of 136 -- Sección B Avisos Legales recursos provenientes de dichas reservas a ninguna entidad pública o privada, excepto las establecidas en su ley orgánica. La inversión de las reservas se efectuará de acuerdo con las políticas siguientes: 1. Objetivos: Las RMI deben ser administradas de tal manera que garanticen que estén disponibles para cumplir con los objetivos siguientes: 1.1 Apoyar la política monetaria y cambiaria. 1.2 Minimizar la vulnerabilidad del país en tiempos de crisis o impactos negativos en los mercados de capitales internacionales y aumentar la confianza de que el país tiene la capacidad para cumplir con sus compromisos de deuda externa. Con el fin de cumplir estos objetivos, los activos de reserva deben ser invertidos bajo los criterios siguientes: Seguridad: Minimizar el riesgo de pérdida de capital invirtiendo en activos con una elevada calidad crediticia. Liquidez: Invertir en activos con un amplio mercado secundario y bajos costos de transacción, con el fin de disponer de recursos líquidos en forma oportuna. Rentabilidad: Maximizar el retorno de las reservas en el largo plazo, sujeto al cumplimiento de sus objetivos de seguridad, liquidez y la tolerancia al riesgo de mercado de la Institución. 2. Estructura de liquidez: Para efectos de la inversión de las Reservas Monetarias Internacionales Brutas se excluirán de las mismas el efectivo, las remesas en tránsito, el monto de las tenencias en oro no monetario, los aportes hechos a organismos internacionales de los cuales el país es miembro y cualquier otro activo internacional derivado de compromisos contraídos por el BCH o el Gobierno de la República, que por su naturaleza no sean susceptibles de negociación para obtener un rendimiento de ellos o disponerlos para efectuar pagos, denominándose a dicho saldo “Reservas Monetarias Internacionales Disponibles (RMID)”. Las RMID deberán ser segregadas por tramos para efectos de inversión, de acuerdo con los criterios siguientes: 2.1 Tramo de liquidez: El objetivo del tramo de liquidez es el de cubrir necesidades potenciales de liquidez a un plazo de un año, calculado a partir de un valor objetivo definido en los Lineamientos de Inversión al inicio de cada año financiero, el cual será presentado al Comité de Inversiones. A partir del cálculo de dicho valor, se define el rango de gestión del tramo de liquidez, el cual estará entre 70% y 110% del valor objetivo. Si el valor del tramo de liquidez está por debajo del límite inferior del rango de gestión, se deberá reestablecer desinvirtiendo en su orden de los tramos de inversión y pasivos hasta que se agote. Si el valor excede el límite superior del rango de gestión, se deberá invertir el exceso en el tramo de inversión una vez cubierto el tramo de pasivos. El tramo de liquidez a su vez estará invertido en los subtramos siguientes: a) Subtramo de Capital de Trabajo: Se conforma con el objetivo de cubrir las necesidades de liquidez a un plazo de un mes. El valor objetivo se calculará en base al promedio de las erogaciones históricas mensuales de los últimos seis (6) años más tres (3) desviaciones estándar. Se entiende por erogaciones históricas la asignación neta de divisas al Sistema Financiero Nacional, los pagos netos ordenados por el gobierno, retiros netos de la cuenta encaje e inversión obligatoria a un plazo de un mes. Si el monto del subtramo de capital de trabajo es inferior a su rango objetivo se deberá restablecer desinvirtiendo del subtramo de apoyo de liquidez hasta que se agote. Si el monto del capital de trabajo es superior al rango objetivo, se deberá restablecer invirtiendo en el subtramo de apoyo de liquidez. b) Subtramo de Apoyo de Liquidez: Se conforma con el objetivo de suplementar al capital de trabajo cuando sea necesario. 2.2 Tramo de Pasivos: El objetivo del tramo de pasivos es cubrir el valor de los pasivos en moneda extranjera del BCH. Para el monto de los pasivos en Derechos Especiales de Giro (DEG) se incluirá únicamente el diferencial de los pasivos no cubiertos con activos en la misma moneda. 2.3 Tramo de Inversión: El objetivo del tramo de -- 14 of 136 -- Sección B Avisos Legales inversión es el de maximizar los retornos a un horizonte de inversión superior a un año, invirtiendo los excesos del límite superior del rango de gestión del tramo de liquidez una vez cubierto el tramo de pasivos. Una vez que el tramo de liquidez supere su rango máximo, se contará con un plazo de tres meses para definir la modalidad de administración y su índice de referencia. Durante el año, el Departamento de Reservas Internacionales realizará los traslados entre los tramos de acuerdo con las necesidades de liquidez previstas y de conformidad con los límites establecidos en esta Política y sus Lineamientos. 3. Criterios de composición cambiaria: La composición por monedas de cada tramo deberá ser igual a las necesidades de liquidez contingentes que cada tramo busca cubrir, de la manera siguiente: 3.1 El Subtramo de Capital de Trabajo se mantendrá en las monedas utilizadas por el BCH para su operatividad. 3.2 El Subtramo de Apoyo de Liquidez mantendrá una composición por moneda de acuerdo con Lineamientos de Inversión. 3.3 El Tramo de Pasivos: La composición por moneda del tramo de pasivos replicará la composición de las obligaciones en moneda extranjera registradas en el balance del Banco Central de Honduras. Solamente en las monedas establecidas en los Lineamientos de Inversión. 3.4 El Tramo de Inversión: Se invertirá en monedas definidas en los Lineamientos de Inversión con el fin de disponer de recursos líquidos de forma oportuna. El Comité de Inversiones aprobará a inicio de cada año la composición por monedas objetivo para cada tramo, definidos en los Lineamientos de Inversión. 4. Tolerancia al riesgo de mercado: El objetivo de inversión estratégico para el total de las RMID será el de maximizar los retornos del portafolio en el largo plazo sujeto a que en ningún año financiero el valor en riesgo condicional (CVaR) al nivel de confianza del noventa y cinco por ciento no sea menor al negativo uno por ciento (-1%). Con el fin de cumplir este criterio, el Directorio aprobará la duración objetivo y la Colocación Estratégica de Activos del portafolio de reservas disponibles al inicio de cada año financiero, con base en la metodología propuesta por el Comité de Inversiones y los resultados obtenidos. Una vez aprobada la duración objetivo, el Departamento de Reservas Internacionales será responsable de velar que la duración mensual calculada no exceda la desviación aprobada por el Comité de Inversiones en los Lineamientos de Inversión. El Comité de Inversiones aprobará los índices de referencia para medir el desempeño de cada uno de los tramos entre los diferentes proveedores de índices del mercado. 5. Tolerancia al riesgo para manejo activo: El portafolio administrado de forma activa por instituciones supranacionales deberá ser gestionado de tal manera que su rendimiento no sea inferior en 50 p.b. al desempeño de los índices de referencia y un error de réplica de 50 p.b. para los diferentes portafolios a un plazo de un año. En el caso de un administrador externo privado la desviación en rendimiento y el error de réplica será establecida por el BCH en el momento de la negociación. En caso de excederse este límite por tres (3) años consecutivos, se deberá convocar a una reunión con el Comité de Inversiones para decidir si se retorna al índice de referencia o si se mantiene el manejo activo. El Comité de Inversiones será responsable de distribuir la tolerancia de riesgo entre los diferentes tramos, tanto administrados interna como externamente. 6. Sectores, activos elegibles y calidad crediticia mínima: Los activos elegibles se podrán mantener o invertir en valores gubernamentales, bancos centrales y en instituciones financieras internacionales de primer orden con instrumentos de inversión que tengan una calificación crediticia mínima de por lo menos dos (2) de las agencias calificadoras de riesgo siguientes: Moodys, Standard & Poor’s o Fitch Ratings. El detalle de dichos instrumentos se muestra a continuación: -- 15 of 136 -- Sección B Avisos Legales 6.1 Valores públicos soberanos: Emisores u obligaciones negociables incondicionalmente garantizadas por un gobierno soberano con una calificación crediticia mínima de largo plazo de A-. 6.2 Emisores u obligaciones negociables incondicionalmente garantizadas por agencias gubernamentales, otras entidades públicas, instituciones financieras con garantía del Gobierno o instituciones gubernamentales y organismos multilaterales con una calificación crediticia mínima de largo plazo de A-. 6.3 Obligaciones de bancos, otras instituciones financieras: depósitos en cuenta corriente, depósitos de una noche (overnight), cuentas de manejo de efectivo (sweep accounts), certificados de depósito, depósitos a plazo u otras obligaciones emitidas o incondicionalmente garantizadas por un banco u otra institución financiera con una calificación crediticia mínima de largo plazo de A- y con un vencimiento menor a seis meses. El Comité de Inversiones determinará en los Lineamientos de Inversión los activos elegibles para cada tramo del portafolio que cumplan con estos criterios, así como cupos por sector y por emisor. Cuando las RMID se inviertan en entidades legalmente independientes a su institución matriz, constituidas como subsidiarias, se considerarán para estas las calificaciones otorgadas por las calificadoras de riesgo de acuerdo con el perfil de crédito individual para cada entidad. En el caso específico de las corresponsalías, se podrán mantener inversiones en instituciones financieras que tengan una calificación de riesgo mínima de corto plazo de A-3 o su equivalente. 7. Otras Operaciones: 7.1 Contratos a futuro cotizados en bolsa sobre activos elegibles. 7.2 Acuerdo de recompras y préstamo de títulos valores sujeto a que el colateral se invierta en activos elegibles. 7.3 FX forwards El Comité de Inversiones aprobará los tipos de contratos de futuro de bolsa para cada tramo del portafolio, así como los lineamientos de inversión para invertir el colateral de operaciones de acuerdos de recompra y préstamo de títulos valores, que cumplan con los criterios establecidos por el Directorio. 8. Adicionalmente, el BCH podrá invertir en instituciones en las cuales es miembro o socio (accionista), así como en aquellas instituciones en las que el Gobierno de Honduras es miembro, cumpliendo con los límites establecidos en los lineamientos de inversión. 9. Criterios para la selección de contrapartes: 9.1 Custodios: Previa autorización del Directorio, el BCH podrá contratar los servicios de custodia de portafolios con bancos centrales y custodios globales con un valor de activos custodiados por encima de US$1 trillón (notación norteamericana) y con una calificación mínima de largo plazo de A-. 9.2 Administradores Externos: Previa autorización del Directorio, el BCH podrá contratar los servicios de administración de portafolios con bancos centrales y entidades supranacionales. También podrá contratar entidades financieras internacionales que administran portafolios por un valor en exceso de US$25 billones (notación norteamericana). 9.3 Corredores: El Comité de Inversiones puede seleccionar corredores para negociación de títulos valores elegibles entre los designados como negociadores primarios (Primary Dealers) por el Banco de la Reserva Federal de New York o por la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) (en inglés, European Security and Markets Authority, ESMA). 9.4 Firmas liquidadoras de contratos de futuros: El Comité de Inversiones puede seleccionar a las firmas liquidadoras de contratos de futuros adscritas a las principales bolsas de valores internacionales.” III. Derogar la Resolución No.574-11/2021, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 18 de noviembre de 2021. IV. La presente resolución entra en vigencia a partir de esta fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN Secretario del Directorio 06 E. 2023 -- 16 of 136 -- Sección B Avisos Legales

Resolución

Resolución No. 576-12/2022 — Estructura de tarifas por servicios de administración, custodia y registro de valores

Poder Ejecutivo

RESOLUCIÓN No.576-12/2022.- Sesión No.4005 del 29 de diciembre de 2022.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado fijará las tarifas que el Banco Central de Honduras, cobrará a los usuarios de los servicios de custodia y registro de valores. CONSIDERANDO: Que el Artículo 51 del Acuerdo No.08/2022 emitido por este Directorio el 19 de mayo de 2022, contentivo del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), dispone que el BCH, por medio de su Directorio, establecerá el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento. CONSIDERANDO: Que los artículos 8, inciso f) y 42 del Acuerdo No.02/2017 aprobado por este Directorio el 28 de septiembre de 2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, establecen que las Instituciones del Sistema Financiero (ISF) participantes deberán efectuar el pago de los servicios por la utilización del Sistema de Inversiones Obligatorias (SIO); asimismo, que el BCH, cobrará a las ISF por los servicios que preste dicho sistema, disponiendo que la forma, tipo y periodicidad de la retribución serán fijadas mediante resolución que emita el Directorio del BCH, la cual servirá para cubrir costos asociados a la operación y mantenimiento del sistema. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.285- 6/2022 del 16 de junio de 2022, el Directorio del BCH aprobó la nueva estructura de tarifas aplicadas por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH; indicando que dichas tarifas deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH. CONSIDERANDO: Que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.201 del 21 de diciembre de 2022 y con base en la opinión OM-1655/2022 del 12 de diciembre de 2022, resolvió someter a la aprobación del Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir del 1 enero de 2023, por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores -- 17 of 136 -- Sección B Avisos Legales que para tal efecto lleve el BCH, así también por los servicios que presta el SIO. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de República; 6, 16, literal m), 22 y 23 de la Ley del Banco Central de Honduras; 168 de la Ley de Mercado de Valores; 26 del Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta; 51 del Reglamento de la Depositaria de Valores del BCH (DV- BCH); 8, inciso f) y 42 del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, R E S U E L V E: 1. Realizar libre de gastos la primera inscripción por titular y suscriptor en el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 168 de la Ley de Mercado de Valores. 2. Aprobar la nueva estructura de tarifas por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH) y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras (BCH), contempladas en el detalle siguiente: La cuota semestral de mantenimiento del servicio de custodia para participantes directos o intermediarios será debitada automáticamente por el Banco Central de Honduras el 31 de enero y 31 de julio de cada año. Si las fechas mencionadas corresponden a un día inhábil el débito se realizará el día hábil siguiente. 3. Revisar al menos anualmente las tarifas por los servicios anteriormente indicados, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH. 4. Autorizar a la Gerencia la suscripción de las Adendas a los contratos vigentes de administración de valores suscritos entre el Banco Central de Honduras con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). La aplicación de la tarifa para el servicio de administración y custodia de valores gubernamentales a la que se hace referencia en el numeral dos (2) de la presente resolución será efectiva a partir de la fecha de suscripción de las adendas respectivas. 5. Derogar la Resolución No.285-6/2022 emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 16 de junio de 2022. 6. Comunicar esta resolución a la Bolsa Centroamericana de Valores, S.A., a las casas de bolsa, a las instituciones del sistema financiero nacional, a los fondos de previsión social, a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, para los fines pertinentes. 7. La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2023 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta». DR. GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN Secretario del Directorio 6 E. 2023 Resolución No.576-12/2022 - 3 - de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras (BCH), contempladas en el detalle siguiente: SSEERR VVII CCII OO TTAARR II FFAA 22 00 22 33 Administración y Custodia de Valores Gubernamentales. (Porcentaje anual sobre el saldo diario vigente colocado de cada una de las emisiones) Año 2023 0.4000% Año 2024 en adelante 0.3500% Cuota semestral por servicios electrónicos y mantenimiento para participantes directos en la DV-BCH y cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH. L23,300.00 Registro de cada inversionista. Sin cobro Mensajes por Operaciones en Mercado Secundario: Reportos Transferencias de Valores Facilidades Permanentes de Crédito e Inversión. Emisión de estados de cuenta impresos adicionales. Inversiones Obligatorias L180.0 c/u Pignoraciones, exceptuando los originados por orden judicial. La cuota semestral de mantenimiento del servicio de custodia para participantes directos o intermediarios será debitada automáticamente por el Banco Central de Honduras el 31 de enero y 31 de julio de cada año. Si las fechas mencionadas corresponden a un día inhábil el débito se realizará el día hábil siguiente. 3. Revisar al menos anualmente las tarifas por los servicios anteriormente indicados, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH. -- 18 of 136 -- Sección B Avisos Legales AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA República de Honduras Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS) UMAPS-LPN-05-2022 1. La Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS), comunica a todas las empresas que operan legalmente en el país y que estén interesadas en participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No.UMAPS- LPN-05-2022 PARA LA CONTRATACIÓN POR LOTES DEL SUMINISTRO DE SULFATO DE ALUMINIO GRADO “A” Y POLÍMERO NO IÓNICO N-300 PARA LAS PLANTAS POTABILIZADORAS DE LA UMAPS UBICADAS EN LAS CIUDADES DE TEGUCIGALPA Y COMAYAGÜELA, M.D.C., la cual estaba en suspenso, que se continuará con dicho proceso, definiendo como nueva fecha de apertura el 15 de febrero de 2023 y dejando sin valor ni efecto el pliego de condiciones anterior, en virtud que se efectuaron varias modificaciones al mismo entre ellas las cantidades así: CONTRATACIÓN POR LOTES DEL SUMINISTRO DE SULFATO DE ALUMINIO GRADO "A" Y POLÍMERO NO IÓNICO N- 300 PARA LAS PLANTAS POTABILIZADORAS DE LA UMAPS UBICADAS EN LAS CIUDADES DE TEGUCIGALPA Y COMAYAGÜELA, MEDC, ASÍ: LOTE No. 1: DOS MIL SEISCIENTAS TONELADAS MÉTRICAS (2600 TN EN SACOS DE 20 o 25 KG C/U) DE SULFATO DE ALUMINIO GRADO "A" Y LOTE No. 2: OCHO MIL KILOGRAMOS (8000 KG EN BOLSAS DE 25 KG C/U, ES DECIR 320 BOLSAS) DE POLÍMERO NO IÓNICO N-300) 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales, correspondientes al ejercicio fiscal 2023. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados en participar en la presente licitación, podrán adquirir los documentos de licitación a partir de la fecha de este aviso, mediante solicitud escrita dirigida al Ing, Arturo Trochez, Gerente General de UMAPS, a la atención de la Subgerencia Administrativa Financiera en la dirección al final de este llamado o remitida al correo electrónico indicado en este aviso.- Para adquirir los documentos de licitación, deberá efectuar el pago por la cantidad no reembolsable de OCHOCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L.800.00), para este efecto el pago se puede realizar a través de transferencia a la cuenta No. 200013433541 de Banco Ficohsa.- Entregar el comprobante de pago del pliego de condiciones en el Departamento de Contratos y Licitaciones en las instalaciones de la UMAPS ubicadas en el edificio de la primera avenida de Comayagüela, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. hasta las 3:30 p.m. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar el Documento Nacional de Identificación (DNI) o Carné de Residente o Pasaporte si fuera el caso. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (HonduCompras) en la dirección electrónica www.honducompras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito al correo electrónico contratosylicitaciones@umaps.hn y contratosylicitacionesumaps@gmail.com o el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Las consultas y/o aclaraciones a los pliegos requeridas por los potenciales oferentes podrán efectuarse desde el día de la publicación de este aviso hasta quince días calendario previos a la fecha de recepción de las ofertas. Los oferentes podrán remitir a la UMAPS los sobres sellados de las ofertas, presentados según lo establecido en el pliego de condiciones del proceso en referencia, pudiendo utilizar los servicios de mensajería certificados, asimismo, deberán entregar en las oficinas de la UMAPS las ofertas en sobres sellados siguiendo las medidas de bioseguridad establecidas. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Sala de Conferencias, Planta de Tratamiento de Aguas Residuales, La Vega, Bulevar Kuwait, frente al Aserradero Madequip, Comayagüela, M.D.C., a más tardar el día 15 de febrero de 2023 a las 10:00 a.m.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de la UMAPS y de los Oferentes o sus representantes que deseen asistir al acto en el lugar, día y hora antes señalados. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantia de Mantenimiento de Oferta de por lo menos el cinco por ciento (5%) del monto de la oferta y en la forma establecida en los documentos de licitación y con una vigencia del 15 de febrero de 2023 al 15 de junio de 2023. 6. Asimismo, se comunica que el pliego de condiciones ha sido modificado por lo que deberán abocarse a la oficina del Departamento de Contratos y Licitaciones de esta Unidad para adquirir el mismo y cualquier consulta al respecto dirigirla a los correos contratosylicitaciones@umaps.hn y contratosylicitacionesumaps@gmail.com Comayagüela, MDC, 30 de diciembre de 2022 ING. ARTURO TROCHEZ OVIEDO 6 E. 2023. -- 19 of 136 -- Sección B Avisos Legales Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE AVISO DE TITULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley, HACE SABER: Que el señor CARLOS MANUEL FUENTES HENRIQUEZ, ha solicitado Título Supletorio de los siguientes inmuebles: LOTE A: Un lote de terreno ubicado en El Sapote, sobre la Hacienda de Santa Teresa y Río Chiquito, AHORA DENOMINADO Potrerillos, jurisdicción del municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con un área total de DIECISIETE MANZANAS CON CUARENTA Y DOS CENTÉSIMAS DE MANZANA (17.42 Mz) equivalentes a CIENTO VEINTIUNO MIL NOVECIENTOS CUARENTA METROS CUADRADOS (121,940.00 M2), con la relación de medidas y colindancias siguientes: AL NOROESTE, colinda con Doris Amanda Fuentes Lemus y Carlos Manuel Fuentes Henríquez; AL NORESTE, colinda con Carlos Manuel Fuentes Henríquez; AL SURESTE, colinda con Carlos Manuel Fuentes Henríquez, Rafael Antonio Maldonado y Angelina Fuentes Melara; AL SUROESTE, colinda con calle pública de por medio con Narciso Fuentes Mancía, y Efraín Espinoza Aguilar. LOTE B: Un lote de terreno ubicado en El Barbasco, AHORA DENOMINADO Potrerillos, jurisdicción del municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con un área total de TRES MANZANAS CON SETENTA Y SIETE CENTÉSIMAS DE MANZANA (3.77 Mz) equivalentes a VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PUNTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (26,344.76 M2), con la relación de medidas y colindancias siguientes: AL NOROESTE: Colinda con José Francisco Fuentes Henrriquez, José Fidel Fuentes Fuentes; Nectaly Mena Hernández, Jacobo Lopez Maldonado y calle pública de por medio con Guillermo Mejía Bajurto; AL NORESTE: Colinda con Marco Antonio Ramírez; AL SURESTE: Colinda con Carlos Manuel Fuentes Henríquez, José Cándido Fuentes Lemus y José Antolín Fuentes Lemus; y AL SUROESTE: Colinda con Carlos Manuel Fuentes Henríquez, y Saul Espinoza Fuentes. El cual he poseído quieta, pacífica e interrumpida por más de diez años. Ocotepeque, 16 de noviembre del año 2022 Abg. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 6 D. 2022, 6 E. y 6 F. 2023 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve de agosto del 2022, compareció ante este Juzgado la ciudadana Kelin Manuela Lagos Bustillo, actuando en su condición personal, presentando escrito de demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través del Instituto Nacional de Migración, con Orden de Ingreso No.0801-2022-00962, para que se declare la ilegalidad y la nulidad de un acto administrativo consistente en el ACUERDO DE CANCELACION NO. 101- 2022, de fecha 22 de julio del 2022, emitido por el Instituto Nacional de Migración, reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento que se ordene el reintegro a su puesto de trabajo, asimismo como indemnización de daños y perjuicios se condene al Instituto Nacional de Migración al pago de los salarios dejados de percibir, asimismo a los derechos que me corresponden incluyendo las vacaciones que se generen durante la secuela de la presente demanda, de igual forma solicito se condene en costas a la parte demandada, así como la deducción de responsabilidad establecida en el artículo 188 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil de Honduras. Se acompañan documentos. Petición. Poder. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 6 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3112 Fecha de presentación: 2022-06-06 Fecha de emisión: 27 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LUIS ALBERTO ZUNIGA ZALDIVAR. Domicilio: TEGUCIGALPA,MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, FRANCISCO MORAZÁN, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANTIAGO FERNANDO VALLADARES TRIMINIO E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN sillyrabs G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño de logotipos, diseño de identidad corporativa, diseño editorial, diseño gráfico para eventos (congresos, seminarios, cursos, prestaciones, etc.), diseño de envases y etiquetas (packaging y labeling), diseño de folletos, brochures y flyers, diseño de carteles, ilustraciones, dibujos artísticos digitales, artes digitales, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 20223. _______ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. -- 20 of 136 -- Sección B Avisos Legales Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-739 Fecha de presentación: 2022-02-07 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BOMBAS Y MOTORES DE HONDURAS, S.A. DE C.V. (BOMOHSA) Domicilio: AVENIDA NUEVA ORLEANS, BARRIO LA GUARDIA, ENTRE 26 Y 27 CALLE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANTONIO VARGAS FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOMOHSA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “BOMOHSA” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Venta de maquinaria agrícola, equipo de bombeo, generación de energía y aire comprimido, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-1899 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ASOCIACION HONDUREÑA AL RESCATE DE LOS VALORES Y LA MORAL (VAMORAL) Domicilio: AVENIDA NUEVA ORLEANS, BARRIO LA GUARDIA, ENTRE 26 Y 27 CALLE SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANTONIO VARGAS FLORES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VALMORAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “VALMORAL” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en el ejemplar de etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación, formación y actividades culturales relacionadas con la preservación y difusión de los valores en el país, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-2406 Fecha de presentación: 2022-05-03 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: A. MENARINI LATIN AMERICA, S.L.U. Domicilio: BARCELONA, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCISCO ANTONIO GALDAMEZ MONGE E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONECTADO DE TODO CORAZÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta sin dar exclusividad sobre la palabra CORAZÓN. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmáceuticos cardiovasculares, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-7237 Fecha de presentación: 2021-12-22 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: ALIMENTOS H Y H, S.A. Domicilio: KM 6.5, CARRETERA AL ATLÁNTICO, ZONA 18, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY RENEE RIVERA FERRERA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Viu G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales y gaseosas; bebidas y zumos de frutas; mezcla o preparaciones de harinas con fibra en polvo para bebidas, preparaciones en polvo para bebidas con sabor a té y/o frutas de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 21 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-666 Fecha de presentación: 2022-02-02 Fecha de emisión: 30 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ASESORES GERENCIALES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAUL ANTONIO VILLALTA TERCERO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PARRANDEANDO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales, presentación al público de obras con fines culturales y de educación, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-1893 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 26 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Laboratorios Químico Farmacéuticos de Honduras S.A. de C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL MERCEDES MARGARITA BARAHONA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: ________ LESARTAN Número de Solicitud: 2022-665 Fecha de presentación: 2022-02-02 Fecha de emisión: 30 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ASESORES GERENCIALES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAUL ANTONIO VILLALTA TERCERO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PARRANDEANDO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para uso humano antihipertensivo, tabletas, solución o suspensión oral, para tratamiento de hipertensión arterial, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 ________ ________ Número de Solicitud: 2022-664 Fecha de presentación: 2022-02-02 Fecha de emisión: 14 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ASESORES GERENCIALES, S. DE R.L. C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAUL ANTONIO VILLALTA TERCERO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MUSIQUERA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programas educativos, de orientación y formación; servicios de entretenimiento; actividades culturales y musicales, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-4176 Fecha de presentación: 2022-07-14 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: NOVARTIS AG Domicilio: 4002 BASEL, SUIZA, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JESSICA REGINA COINDET JAMES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas oftálmicas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 -- 22 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-3059 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Teléfonos móviles; cámaras digitales; reproductor multimedia portátil; computadoras portátiles; auriculares inalámbricos para teléfonos móviles; auriculares inalámbricos para teléfonos inteligentes; auriculares inalámbricos para tabletas; baterías recargables; cargadores de batería; estuches de cuero para teléfonos móviles; estuches de cuero para teléfonos inteligentes; estuches de cuero para tabletas; fundas (tapas) abatibles para teléfonos móviles; fundas (tapas) abatibles para teléfonos inteligentes; fundas (tapas) abatibles para tabletas; tabletas; receptores de televisión; componentes electrónicos de audio, a saber, sistemas de sonido envolvente; decodificadores digitales; reproductores de DVD; pantallas de diodos emisores de luz; monitores [hardware informático]: anteojos 3D; ordenadores; impresoras para ordenadores; semiconductores; hardware de computadora; periféricos de computadora; sensores eléctricos; enrutadores de redes inalámbricas; cerraduras electrónicas; cerradura de puerta electrónica digital; dispositivo de control informático para cerraduras electrónicas digitales de puertas; software informático; enrutadores inalámbricos; actuadores eléctricos; aplicaciones de software informático descargables; software de aplicaciones informáticas para teléfonos móviles; firmware informático; relojes inteligentes; periféricos. informáticos portátiles; periféricos portátiles para ordenadores; periféricos portátiles para teléfonos móviles; periféricos portátiles para receptores de datos móviles; dispositivos electrónicos digitales portátiles compuestos principalmente por teléfonos inteligentes en forma de reloj; dispositivos electrónicos digitales portátiles, a saber, relojes inteligentes que incorporan tecnología de comunicación inalámbrica y compuestos principalmente por software y pantallas de visualización para ejecutar aplicaciones móviles, ver, enviar y recibir textos, correos electrónicos, alertas, datos e información desde teléfonos inteligentes; puentes de redes informáticas; puentes de redes informáticas inalámbricas; red de comunicaciones consistente en hardware y software informático para instalar y configurar redes de área local; redes de comunicación que consisten en múltiples concentradores independientes inalámbricos o unidades LAN (red de área local), y hardware y software de red asociado, que establecen una red digital en malla inalámbrica y se comunican con el usuario final; dispositivos de red domésticos; hardware de bus serie universal (USB); software operativo USB (bus serie universal); concentradores USB; unidades flash USB pregrabadas con software utilizado para permitir que los dispositivos electrónicos compartan datos y se comuniquen entre sí; dongle de bus serie universal (USB) (adaptadores de red inalámbricos); hardware informático, a saber, controladores de red para uso doméstico; adaptadores para acceso a redes inalámbricas; software de domótica para desarrolladores y clientes; software de aplicaciones móviles para domótica; toma de corriente; enchufes eléctricos; concentradores de redes informáticas; centros de comunicación; termómetros electrónicos (que no sean para uso médico); interruptores electrónicos; timbres eléctricos para puertas; altavoces de audio; controles eléctricos para sistemas de riego por aspersión; teléfonos inteligentes; relojes que comunican datos a asistentes digitales personales, teléfonos inteligentes, tabletas, PDA y computadoras personales a través de sitios web de Internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica; correas de reloj que comunican datos a asistentes digitales personales, teléfonos inteligentes, tabletas, PDA y computadoras personales a través de sitios web de Internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica; pulseras que comunican datos a asistentes digitales personales, teléfonos inteligentes, tabletas, PDA y computadoras personales a través de sitios web de Internet y otras redes informáticas y de comunicación electrónica, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 SmartThings Número de Solicitud: 2022-3717 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 4 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: NBA Properties, Inc. Domicilio: Olympic Tower 645 Fifth Avenue, New York, NY 10022, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UTAH JAZZ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Grabaciones de audio y grabaciones de vídeo que ofrezcan entretenimiento e información en el campo de baloncesto; accesorios de computadora, a saber, memorias flash USB en blanco, memorias flash pre grabadas que destaquen información en el campo del baloncesto; soportes adaptados para computadoras, computadoras portátiles y computadoras tipo tableta; agarraderas, soportes y fijaciones adaptados para dispositivos electrónicos portátiles, a saber, teléfonos inteligentes, computadoras tipo tabletas, cámaras y reproductores portátiles de sonido y vídeo; teclados para computadora, periféricos de palanca de mando de computadora, alfombrillas de ratón, ratones para computadora, lápiz óptico (stylus) para computadoras, lápices ópticos (styluses) para dispositivos de pantallas portátiles, estuches para discos compactos, estuches portátiles para cargar computadoras, fundas protectoras para computadoras portátiles y computadoras tipo tableta, descansos de muñeca para uso con computadoras, todo relacionado con el baloncesto; cargadores de baterías para teléfonos móviles; puertos de carga USB; programas informáticos para la visualización de información, estadísticas o curiosidades (trivia) acerca del baloncesto; software de computadora, a saber, protectores de pantalla que destaquen temas de baloncesto; software informático para acceder y para visualizar fondos de pantalla de computadora; “pieles” de computadora. a saber, películas de plástico ajustadas conocidas como “pieles” para cubrir y proteger aparatos electrónicos, a saber, teléfonos móviles, reproductores de música portátiles, dispositivos de asistentes personales digitales portátiles y tabletas electrónicas; software de juegos de computadora; software de videojuegos, cartuchos de videojuegos; radios, altavoces electrónicos de audio, auriculares y audífonos intraurales de audio, teléfonos inalámbricos, teléfonos; accesorios para teléfonos celulares, a saber, auriculares, correas para teléfonos móviles; cubiertas y soportes para reproductores de música portátiles, tabletas electrónicas y dispositivos de asistentes personales digitales portátiles (PDA’s por sus siglas en Inglés); cubiertas decorativas para placas de interruptores, monitores de vídeo, monitores de computadora, binoculares; gafas de sol; marcos o monturas de gafas; accesorios para lentes, a saber, correas y cadenas de lentes las cuales restringen los lentes del movimiento en el usuario; estuches para lentes y gafas de sol; imanes; cámaras desechables; tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de cajeros automáticos, tarjetas llave y tarjetas de llamadas telefónicas prepagadas codificadas magnéticamente; grabaciones de vídeo descargables, grabaciones de flujo de vídeo y grabaciones descargables de audio en el campo del baloncesto proporcionadas a través de Internet; software informático descargable para la visualización de bases de datos de información, información estadística, curiosidades (trivia), información de encuestas y encuestas interactivas en el ámbito de baloncesto proporcionado a través de Internet; software descargable de juegos de computadora; videojuegos interactivos descargables y software de juego de trivia descargable proporcionado a través del Internet; software informático descargable para uso como salvapantallas y fondos de escritorio, para acceder y visualizar navegadores de computadora, para uso en la visualización de datos en el Internet; publicaciones electrónicas descargables en la naturaleza de horarios de juegos, todo en el ámbito del baloncesto proporcionados a través de Internet; protectores bucales para deportes, de la clase (9). Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 23 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2021-4837 Fecha de presentación: 2021-09-17 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: LG ELECTRONICS INC. Domicilio: 128, Yeoui-daero, Yeongdeungpo-gu, Seoul, 07336, República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lavadoras de ropa eléctricas; lavavajillas automáticos; aspiradoras eléctricas; manguera para aspiradoras eléctricas; bolsa para aspiradoras eléctricas; aspiradoras de varilla; robots para uso industrial; robots que ayudan con las tareas diarias para uso doméstico; robots para limpieza; sistema modular que consiste de portadores de paletización robotizados; mecanismos de control para máquinas robóticas; sopladores rotativos eléctricos; bombas de aire comprimido; compresores rotativos; compresores para refrigeradores; secadores de centrifugado {sin calentar}; mezcladores eléctricos para uso doméstico; aspiradoras robóticas; procesadores de alimentos eléctricos; limpiadores a vapor para uso doméstico; aspiradoras de mano; aspiradoras eléctricas para uso doméstico y ropa de cama de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-2282 Fecha de presentación: 2022-04-28 Fecha de emisión: 16 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Kia Corporation Domicilio: 12, Heolleung-ro, Seocho-gu, Seoul, 06797, República de Corea. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° 40-2022-0054077 de fecha 23/03/2022 de Corea. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Instalación/mantenimiento/reparación de cargador de gas natural comprimido; servicios de garaje para el mantenimiento y reparación de vehículos de motor; servicios de sustitución de baterías de automóviles; carga de baterías de vehículos; servicios de reparación de vehículos; mantenimiento, revisión y reparación de vehículos; mantenimiento y reparación de vehículos de motor eléctricos; servicio de repostaje de gas hidrógeno para vehículos; estaciones de servicio de vehículos [repostaje y mantenimiento]; reparación y mantenimiento de automóviles y sus partes; provisión de información sobre la reparación o el mantenimiento de automóviles; mantenimiento y reparación de vehículos de motor; reparación de partes internas de automóviles; reparación y mantenimiento de vehículos; inspección de automóviles y partes de los mismos antes del mantenimiento y reparación; servicio de repostaje de gas natural para vehículos de motor; mantenimiento y reparación de neumáticos; servicios de recarga para vehículos eléctricos; reparación y mantenimiento de motores para vehículos de motor; KIA Glide N’ Serve reparación de dispositivos de frenado; instalación, mantenimiento y reparación de baterías y acumuladores; recarga de baterías y acumuladores; gestión de batería; instalación de sistemas de arranque remoto para automóviles; limpieza y lavado de automóviles; desinfección para vehículos; instalación personalizada de partes exteriores, interiores y mecánicas de vehículos [tuning]; tuning de vehículos de motor de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3062 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Provisión de información tecnológica en el campo de internet de las cosas (IoT) y software de interfaz de programación de aplicaciones (API) y servicios de software como servicio (SaaS) y servicios de plataforma como servicio (PaaS); servicios de software como servicio (SAAS); desarrollo de software informático; diseño de programas informáticos; actualización de software informático; investigación de software informático; mantenimiento de software informático; diseño de sistemas informáticos; análisis de sistemas informáticos; programación informática; desarrollo de programas informáticos; desarrollo de programas de procesamiento de datos; provisión de información en materia de diseño y desarrollo de software e instalación y mantenimiento de software; desarrollo de hardware informático; diseño de hardware informático; servicios de seguridad informática, a saber, hacer cumplir, restringir y controlar los privilegios de acceso de usuarios de recursos informáticos para recursos en la nube, móviles o de red en función de las credenciales asignadas; provisión de software no descargable en línea para ver, grabar, almacenar, compartir y analizar audio o vídeo, transmitir imágenes y vídeos a ubicaciones remotas; monitoreo electrónico de una ubicación, hogar u oficina mediante computadoras y sensores; monitorear el sistema de seguridad para garantizar el correcto funcionamiento; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software informático para la supervisión del hogar o del entorno y el control remoto o el acceso a sistemas HVAC, sistemas de gestión de energía, alarmas contra robos, problemas, seguridad y/o incendios, sistemas de iluminación, sistemas de cierre de puertas, cámaras de vídeo; diseño y desarrollo de sistemas de domótica y sistemas de seguridad para el hogar; diseño y desarrollo de software para la integración de productos y sistemas de domótica y seguridad para el hogar; instalación, mantenimiento y reparación de productos de domótica y de seguridad del hogar del tipo de software de domótica y de seguridad del hogar; diseño y desarrollo de sistemas de control doméstico automatizados, a saber, controladores eléctricos de temperatura y de humedad; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto para garantizar el correcto funcionamiento; servicios informáticos, a saber, actuar como proveedor de servicios de aplicaciones en el campo de la gestión de conocimientos para alojar software de aplicaciones informáticas con el fin de supervisar sistemas de seguridad y domótica y para su uso en el acceso remoto por vídeo de sistemas de seguridad; servicios informáticos, a saber, servicios de proveedores de alojamiento en la nube; servicios informáticos, a saber, integración de software informático en múltiples sistemas y redes; servicios informáticos, a saber, provisión de servidores de gestión de nubes a terceros; servicios de programación informática para el monitoreo de la ubicación, la comunicación inalámbrica y la interacción remota con dispositivos o aparatos de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 SmartThings -- 24 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2019-45973 Fecha de presentación: 2019-11-08 Fecha de emisión: 30 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: GRIFFITH FOODS INTERNATIONAL INC. Domicilio: One Griffith Center, Alsip, Illinois 60803, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Siropes para bebidas de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ ZAFRÁN Número de Solicitud: 2022-3719 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 4 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: NBA Properties, Inc. Domicilio: Olympic Tower 645 Fifth Avenue, New York, NY 10022, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UTAH JAZZ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, a saber, calcetería, calzado, zapatos de baloncesto, zapatillas de baloncesto, camisetas, camisas, camisas tipo polo, sudaderas, pantalones deportivos, pantalones, camisetas sin mangas, jerseys, pantalones cortos, pijamas, camisas deportivas, camisas de rugby, suéteres, fajas (prendas de vestir), corbatas, camisones, sombreros, gorras siendo prendas para cabeza, viseras siendo prendas para cabeza, trajes de calentamiento, pantalones de calentamiento, camisas de calentamiento sin mangas, camisas de disparo, chaquetas, blazers, corbatas siendo prendas de vestir, pañuelos de bolsillo, pañuelos, chaquetas resistentes al viento, parcas, abrigos, baberos para bebé que no sean de papel, ajuar de bebés para vestir, vinchas, muñequeras siendo prendas de vestir, delantales, ropa interior, calzoncillos tipo bóxer, bóxer slips, pantalones de vestir, orejeras, guantes, mitones, bufandas, camisas tejidas y de punto, vestidos de jersey, vestidos, vestidos y uniformes de porristas, ropa para baño, trajes de baño, trajes de natación, bikinis, tankinis, calzonetas para natación, calzonetas de baño, pantalones cortos para surf, trajes de neopreno, túnicas (encubrimientos) para la playa, túnicas (encubrimientos) para traje de baño, pareos para traje de baño, sandalias, sandalias de playa, sombreros de playa, viseras para el sol siendo prendas para la cabeza, gorros de natación, gorros de baño, sombrerería novedosa con pelucas adheridas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-1902 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (8) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cortauñas; juego de pinzas y limas para uñas; máquinas para cortar el pelo, cuchillas para la caída del pelo y recortadoras para mascotas, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ BOOTS & BARKLEY Número de Solicitud: 2022-1878 Fecha de presentación: 2022-04-18 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Riot Games, Inc. Domicilio: 12333 Olympic Blvd., Los Angeles, California 90064, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su cojunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de verificación de pagos basados en cadenas de bloque (blockchain); servicios de procesamiento de pagos con tarjeta de débito y tarjeta de crédito; servicios de procesamiento de transacciones de tarjetas de regalo; servicios financieros, a saber, seguimiento, rastreo y monitoreo de activos digitales o criptográficos y creación de tokens para activos digitales o criptográficos; emisión de tarjetas de crédito y tarjetas de débito de prepago; servicios financieros, a saber, provisión de moneda virtual no descargable en línea dentro del juego para uso por miembros de una comunidad en línea a través de una red informática global; servicios de criptomonedas, a saber, proveer una moneda digital o token digital para uso por parte de miembros de una comunidad en línea a través de una red informática global; servicios de criptomonedas, a saber, una moneda digital o token digital, que incorpora protocolos criptográficos, utilizados para operar y crear aplicaciones y cadenas de bloques (blockchains) en una plataforma informática descentralizada y como un método de pago de bienes y servicios; servicios de recaudación de fondos de caridad; organización de colecciones; organización de actividades y eventos para recaudar fondos, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 RIOT GAMES -- 25 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-3469 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jacobo Emilio Handal Vesdiski Domicilio: Barrio El Benque, 11 ave. 5 y 6 calle, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INGENIERIA H G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra INGENIERIA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alquiler de maquinaria de construcción; alquiler de equipos, máquinas y herramientas de construcción; servicios de construcción; servicios de información sobre construcción; supervisión de obras y proyectos de construcción; dirección de obras y proyectos de construcción; servicios de consultoría, información y asesoramiento en materia de construcción de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-1685 Fecha de presentación: 2022-04-01 Fecha de emisión: 10 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante:Workout Anytime Franchising Systems, LLC Domicilio: 2325 Lakeview Parkway, Suite 200, Alpharetta, Georgia 30009, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Para utilizarse con la Sol. 2284/2021 de la marca WORKOUT ANYTIME en clase 41. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicio de gimnasio, a saber, provisión de instrucción y equipo en el ámbito del ejercicio físico, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3445 Fecha de presentación: 2022-06-16 Fecha de emisión: 19 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIGMINT G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Molinillos de cocina eléctricos y batidoras de alimentos; batidoras eléctricas; cuchillos eléctricos; rebanadoras eléctricas de alimentos; abrelatas eléctricos; exprimidores eléctricos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-742 Fecha de presentación: 2022-02-08 Fecha de emisión: 3 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Industria La Popular, S.A. Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 4X G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca únicamente en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabón lavatrastos; jabones y detergentes para el lavado de la ropa y/o para la limpieza del hogar, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-4448 Fecha de presentación: 2021-08-27 Fecha de emisión: 13 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: Person & Covey, Inc. Domicilio: 616 Allen Avenue Glendale, CA 91201, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PC PERSON & COVEY. G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “PERSON & COVEY” asimismo la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para el cuidado de la piel, a saber, champús para el cabello; acondicionadores para el cabello; antitranspirantes; protectores solares; limpiadores; productos antipruríticos (anti-comezón); humectantes; gel de baño y desinfectantes para manos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 Tu Gimnasio. Tu Agenda -- 26 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-631 Fecha de presentación: 2022-01-31 Fecha de emisión: 18 de febrero de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO CIOSA, S.A.P.I. DE C.V. Domicilio: AVENIDA PASEO DEL VALLE NUM. EXT. 5131, FRACCIONAMIENTO GUADALAJARA TECHNOLOGY PARK, C.P. 45010, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INJETECH G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: No se otorga exclusividad sobre el término “COMPONENTS”. J.- Para Distinguir y Proteger: Bombas [máquinas]; bomba de gasolina; válvulas [partes de máquinas], de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. DENIS OMAR TURCIOS HERRERA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-1910 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de tienda minoristas y tiendas minoristas en línea que ofrecen una amplia variedad de bienes de consumo, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ BOOTS & BARKLEY Número de Solicitud: 2022-1921 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (19) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THRESHOLD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Piedra de alfarería; piedras no preciosas para jardín o para uso decorativo; estatuillas de arcilla, piedra, de la clase 19. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-5312 Fecha de presentación: 2021-10-13 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”, se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Boletines, libros electrónicos, materiales de cursos educativos, manuales, carteles, volantes informativos, diagramas, tarjetas de recetas, libros de cocina, podcasts y webcasts descargables en los campos de salud, salud cardiovascular, estado físico, nutrición y prevención, reducción o tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular, de la clase Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-408 Fecha de presentación: 2022-01-20 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA COLECTIVA A.- TITULAR Solicitante: National Association of Realtors Domicilio: 430 North Michigan Avenue, Chicago, Illinois, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN R REALTOR G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de educación y formación en el campo inmobiliario; servicios de entretenimiento; organización y dirección de conferencias y simposios; organización de concursos y ceremonias de entrega de premios; servicios de publicación, incluyendo los servicios de publicación electrónica, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 27 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-353 Fecha de presentación: 2022-01-18 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES MS. S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Plaza Las Hadas 1er. piso, contiguo a Tiendas Extra, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ. E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA PERRUQUERIA G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protegen los demas elementos denominativos que aparecen en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Los colores rojo rojo, azul, rosado, blanco, negro, café, tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad y venta de productos de limpieza, aseo, medicamentos veterinarios, venta de ropa para mascotas y accesorios como ser juguetes, collares, correas, pecheras, cosméticos, odorizantes, jabón de baño, y antipulgas de uso veterinario, vitaminas, suplementos alimenticios y comida para mascotas en general, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-354 Fecha de presentación: 2022-01-18 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES TURÍSTICAS LOS SUEÑOS S. de R.L. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ. E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IGLOO G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protege las palabras “ISLAND DOMES”. I.- Reivindicaciones: Los colores Dorado y Negro tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-5599 Fecha de presentación: 2021-10-21 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CORPORACIÓN ANDIFAR S.A. Domicilio: TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL FRANCISCO RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANDI- VAGIL LUBRIFEM G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmaceutico de consumo humano, gel íntimo humectante y restaurador de ph vaginal, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 6, 23 E. y 7 F. 2023 ________ ________ Número de Solicitud: 2021-5722 Fecha de presentación: 2021-10-27 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES TURISTICAS LOS SUEÑOS S. de R.L. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ. E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IGLOO G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protege las palabras “ISLAND DOMES”. I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Dorado y Negro tal como aparece en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Marketing., publicación de textos publicitarios, publicidad a través de una red informática, publicidad callejera, publicidad radiofónica y televisada, folletos, prospectos impresos, muestras, publicidad por correo electrónico, telemarketing, tramitación administrativa de pedidos de compra, venta al por menor, presentación de productos en cualquier medio de comunicación, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023 Número de Solicitud: 2022-3298 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SMG COMERCIAL SOCIEDAD ANONIMA Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL FRANCIS RODOLFO PARRALES ORDOÑEZ. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SMG G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamente la denominación “SMG” los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Esencias para elaborar bebidas, preparaciones para elaborar bebidas, bebidas de aloe vera sin alcohol, bebidas de frutas sin alcohol, bebidas de jugo de frutas sin alcohol, bebidas de sumos de frutas sin alcohol, bebidas gaseosas, bebidas gaseosas, polvos para elaborar bebidas, bebidas sin alcohol a base de miel, cócteles sin alcohol, estractos de frutas sin alcohol, sumos de fruta, limonadas, néctares de frutas sin alcohol, refrescos, de la clase 32 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023 -- 28 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-3791 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. Domicilio: COL. VILLA ERNESTINA, 7 AVENIDA, ENTRE 29 Y 30 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VIDASI G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “VIDASI” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023. _______ Número de Solicitud: 2022-3790 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDUSTRIAS GRANDEZA NATURAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE. Domicilio: COL. VILLA ERNESTINA, 7 AVENIDA, ENTRE 29 Y 30 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL NANCY YOLANY VARGAS GALLEGOS E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AGUA MAG G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege únicamentela denominación “AGUA MAG” y la apariencia de su etiqueta, los demás elementos denominativos no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023. Número de Solicitud: 2022-5004 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: NOVIS ESTUDIO LEGAL HONDURAS, S.A. Domicilio: Colonia Tepeyac, condominio, “El Paraíso”, Apt. 2, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANASOFIA MENDIETA VARGAS E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NOVIS G.- G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios jurídicos, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023. _______ Número de Solicitud: 2022-5005 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL A.- TITULAR Solicitante: NOVIS ESTUDIO LEGAL HONDURAS, S.A. Domicilio: Colonia Tepeyac, condominios, “El Paraíso”, Apt. 2, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL ANASOFIA MENDIETA VARGAS E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento dedicado a la prestación de servicios jurídicos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 E. y 7 F. 2023. NOVIS -- 29 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2021-849 Fecha de presentación: 2021-02-24 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Grupo Deware S.A. Domicilio: Comayagua, departamento de Comayagua, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (2) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LEGACY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pinturas, de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-529 Fecha de presentación: 2022-01-25 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JOSÉ LUIS RUEDA CALVET Domicilio: CARRETERA A FINCA SAN LUIS, ALDEA SAN LUIS, SAN SEBASTIÁN 11002, RETALHULEU , Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Belloballoon G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede exclusividad sobre el término “BALLOON”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Globos; globos de juguete; globos para fiestas; pelotas de juego; infladores especialmente adaptados para pelotas de juego; infladores especialmente adaptados para globos de fiesta (que no sean máquinas); pelotas para áreas de recreo; juguetes hinchables; juguetes para niños; juguetes acuáticos, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2021-6176 Fecha de presentación: 2021-11-12 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Industria Licorera Quezalteca, S.A. Domicilio: Aldea Santa Rita, La Esperanza Quetzaltenango, Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ALTABRUMA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas (excepto cerveza) específicamente; ron, bebidas espirituosas de ron, bebidas espirituosas destiladas hechas a base de caña de azúcar, bebidas a base de ron, preparaciones para bebidas alcohólicas, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-2312 Fecha de presentación: 2022-04-28 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGRO-INDUSTRIAS DEL CORRAL, S. DE R.L. Domicilio: Siguatepeque, departamento de Comayagua, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEL CORRAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le da protección a los demás elementos denominativos y numéricos presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-2762 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Agro Industrias Del Corral S. de R.L. Domicilio: Siguatepeque, departamento de Comayagua, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL SANDRA YADIRA AMAYA VALLADARES E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EL TOUR DE LA CARNE ARTE Y PASIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, así como la apariencia de los ejemplares de etiquetas, sin dar protección de los demás elementos denominativos que aparecen en las mismas. I.- Reivindicaciones: Esta señal de propaganda está vinculada a la marca DEL CORRAL con número de solicitud 2022-002312 en clase 29. J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 7, 22 D. 2022 y 6 E. 2023 -- 30 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-3073 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIOS CASASCO S.A.I.C. Domicilio: Boyacá 80 7mo. piso (C1406BGB), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN OTEVIL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico para el tratamiento del síndrome de Ménière y otros vértigos; antivertiginoso, vasodilatador cerebral, vasodilatador periférico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3058 Fecha de presentación: 2022-06-03 Fecha de emisión: 30 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, República de Corea B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SmartThings G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lavavajillas; batidoras eléctricas para uso doméstico; bolsas de aspiradoras eléctricas; aspiradoras eléctricas; lavadoras eléctricas para uso doméstico; aspiradoras robóticas, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3467 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 28 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BELIV LLC Domicilio: Popular Center 19th Floor, 208 Ponce de Leon Avenue, San Juan 00918, Puerto Rico. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SALUTARIS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales; aguas minerales con sabor a frutas; aguas con gas; aguas gaseosas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3471 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 29 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO H. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: San Pedro Sula, Departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AUTOSERVICIO DON FITO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra AUTOSERVICIO. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de venta al por mayor y al por menor de combustibles y derivados del petróleo; servicios de venta al por mayor y al por menor de repuestos de maquinaria vehicular e industrial, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2021-1548 Fecha de presentación: 2021-04-06 Fecha de emisión: 8 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PEPSICO, INC. Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JULIA R. MEJIA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN pep+ pepsico positive G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; gelatinas, mermeladas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; bocadillos que consisten principalmente de papas, nueces, productos de nueces, semillas, frutas, verduras o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de papas, tajadas crujientes de papas, frituras de frutas, bocadillos a base de frutas, pastas untables a base de frutas, frituras de vegetales, bocadillos a base de vegetales, cremas untables a base de vegetales, frituras de malanga, bocadillos de cerdo, bocadillos de res, bocadillos a base de soya, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 31 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-1901 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOOTS & BARKLEY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones médicas para el aseo de mascotas, a saber, champú, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-1900 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOOTS & BARKLEY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones no medicadas para el aseo de gatos y perros, a saber, champú para mascotas y aerosol refrescante y desenredante para mascotas; quitamanchas para mascotas; eliminadores de olores de mascotas; desodorantes para mascotas; limpiador de cajas de arena, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2021-5328 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”. Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: Número de Solicitud: 2021-5327 Fecha de presentación: 2021-10-14 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”. Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios educativos, a saber, proveer clases en línea, realización de conferencias, seminarios y talleres en los campos de la salud, la salud cardiovascular, el estado físico, la nutrición y la prevención, la reducción o el tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular; organizar y realizar eventos en el campo de la salud, el estado físico, la nutrición, la salud cardiovascular y la prevención, la reducción o el tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular con fines educativos, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _________ J.- Para Distinguir y Proteger: Proporcionar un sitio web con información en los campos de la salud, la salud cardiovascular, la nutrición, el estado físico y la prevención, la reducción o el tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _________ Número de Solicitud: 2021-5313 Fecha de presentación: 2021-10-13 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: American Heart Association, Inc. Domicilio: 7272 Greenville Ave., Dallas, Texas 75231, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMERICAN HEART ASSOCIATION G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo de los términos “AMERICAN” y “ASSOCIATION”. Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Boletines, manuales, folletos, cuadernillos, libros, panfletos, volantes informativos, tarjetas de billetera y diagramas impresos con información sobre salud, salud cardiovascular, estado físico, nutrición y prevención, reducción o tratamiento de eventos cardíacos, insuficiencia cardíaca, enfermedad cardiovascular y accidente cerebrovascular, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JAQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 32 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-1923 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THRESHOLD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Estantes para cartas, soportes para libros de cocina; suministros de oficina, a saber, clips para carpetas; pizarras, tablones de anuncios, pizarras magnéticas, pizarras con tachuelas; bandejas para archivos de escritorio, organizadores de escritorio; sujetalibros; cajas de archivo para el almacenamiento de registros comerciales y personales; cajas de almacenamiento de fotografías; globos; impresiones; papelería, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-1911 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BOOTS & BARKLEY G.- H.- Reservas/Limitaciones: Número de Solicitud: 2022-1913 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (6) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THRESHOLD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Estructuras metálicas de césped y jardín, a saber, gazebos, enrejados; estructuras metálicas para invernaderos; cajas decorativas hechas de metales no preciosos; perchas de metal para plantas; estacas de jardín de metal; tinas de metal; cestos de metales comunes; estatuas de escritorio hechas de metales no preciosos; herrajes metálicos para baños y cocinas, a saber, tiradores y llavines; ganchos de metal; ganchos metálicos para llaves; obras de arte decorativas de hierro forjado; hardware y accesorios decorativos hechos de metal, a saber, llavines de puertas, ganchos para ropa, tiradores de cajones, llavines de cajones, manijas de cajones, tiradores de armarios, llavines de armarios y manijas de armarios, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Toallas para mascotas; mantas para mascotas; cubrecamas de tela, de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-20 Fecha de presentación: 2022-01-03 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: OMAR ORLANDO GARCIA ZELAYA Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TACO POLLO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre las palabras de forma separada, los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiquetas no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _________ Número de Solicitud: 2022-21 Fecha de presentación: 2022-01-03 Fecha de emisión: 18 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: EMBLEMA A.- TITULAR Solicitante: OMAR ORLANDO GARCIA ZELAYA Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJIA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (50) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: La marca se protege como EMBLEMA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Establecimiento comercial para dedicarse a la venta de comidas rápidas, buffet, refrescos de toda clase, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 33 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2021-4769 Fecha de presentación: 2021-09-14 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: F. HOFFMANN-LA ROCHE AG. Domicilio: Grenzacherstrasse 124, 4070 Basilea, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LITUMBIA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para uso en oncológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-1398 Fecha de presentación: 2022-03-11 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GEMME ITALIAN PRODUCERS S.R.L. Domicilio: VIA DEL LAVORO 45, 25045 CASTEGNATO BRESCIA, Italia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (7) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Molinillos de café y sus partes y accesorios, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-2661 Fecha de presentación: 2022-05-18 Fecha de emisión: 16 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Société des Produits Nestlé S.A. Domicilio: 1800 Vevey, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL BLANCA REBECA MEJÍA LOZANO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WONDERFOODS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos y substancias alimenticias para bebés; preparaciones alimenticias para bebés; harinas lacteadas para bebés, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2020-15873 Fecha de presentación: 2020-05-14 Fecha de emisión: 17 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ESSITY HYGIENE AND HEALTH AKTIEBOLAG Domicilio: 405 03 GÖTEBORG, Suecia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SABA G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede protección a los términos “INTIMA WEAR DE”, presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lencería; ropa interior; calzoncillos; bragas; calzones; pantalones; pantalones largos; medias; leggings; bodies (ropa); corpiños [lencería]; sostenes; bóxeres; lencería absorbente de sudor; ropa interior absorbente de sudor; medias; gorros de ducha; pijamas; batas; trajes de baño; ropa para bañar; bañadores; calzonetas de baño; ropa de playa; batas de baño; polainas; ropa de papel; trajes informales para el tiempo libre; ropa informal para el tiempo libre; lencería; ropa de maternidad; ropa interior de maternidad; calentadores de cuerpo; ropa de dormir; ropa de noche; ropa interior femenina; trajes para sudar; pantalones deportivos; ropa interior desechable; ropa interior funcional, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 34 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-1979 Fecha de presentación: 2022-04-21 Fecha de emisión: 20 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Honor Device Co., Ltd. Domicilio: Suite 3401, Unit A, Building 6, Shum Yip Sky Park, No. 8089, Hongli West Road, Xiangmihu Street, Futian District, Shenzhen, Guangdong 518040, China. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege para ser usado únicamente en su forma conjunta “OS Turbo” sin reclamar exclusividad de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ordenadores; dispositivos periféricos informáticos; trajes de buceo; máscaras de buzo; tapones para los oídos para buceadores; pinzas nasales para buceadores y nadadores; guantes para buceadores; aparatos de respiración para nadar bajo el agua; aparatos de extinción de incendios; gafas inteligentes; relojes inteligentes; teléfonos inteligentes; rastreadores de actividad portátiles; estuches para teléfonos inteligentes; fundas para teléfonos inteligentes; películas protectoras adaptadas para teléfonos inteligentes; palos para selfies [monopies de mano]; marcos de fotos digitales; micrófonos; hardware de computadora; dispositivos de memoria informática; tarjetas de circuitos integrados [tarjetas inteligentes]; transpondedores; cajas para altavoces; dispositivos de comunicación de red; módems; fundas para ordenadores portátiles; baterías eléctricas; cargadores de baterías eléctricas; fuentes de alimentación portátiles (baterías recargables); tabletas; fundas para tabletas; soportes adaptados para tabletas; pantallas de visualización de panel plano; pantallas planas flexibles para ordenadores; computadoras portátiles; ordenadores portátiles; bolsas adaptadas para ordenadores portátiles; auriculares; audífonos; cascos de realidad virtual; registrador de datos de automóviles; decodificadores; altavoces; reproductores multimedia portátiles; aparatos de transmisión de sonido; videocámaras; cámaras [fotografía]; teclados de ordenador; ratón [periférico de computadora]; podómetros; aparatos de monitoreo que no sean para uso médico; monitores de vídeo; pulseras conectadas [instrumentos de medición]; programas informáticos, grabados; aplicaciones de software informático descargables; lentes ópticos; cuadros de distribución; transmisores de señales electrónicas; equipos de transmisión [telecomunicaciones]; instrumentos de prueba de gas; cajas negras [grabadoras de datos]; terminales interactivos de pantalla táctil; robots humanoides con inteligencia artificial; partituras electrónicas descargables; anillos inteligentes; interfaces de audio; unidades de efectos eléctricos y electrónicos para instrumentos musicales; ecualizadores [aparatos de audio]; estaciones meteorológicas digitales; biochips; detectores infrarrojos; llaveros electrónicos como aparatos de control remoto; fichas de seguridad [dispositivos de cifrado];lectores biométricos de huellas dactilares; aparatos de reconocimiento facial; software de reconocimiento facial; aparatos de central telefónica automática; radios; aparatos de análisis de aire; materiales para redes eléctricas [alambres, cables]; pantallas de vídeo; circuitos integrados; chips electrónicos; cámaras termográficas; básculas; balanzas con analizadores de masa corporal; asistentes digitales personales [PDA]; plataformas de software informático, grabado o descargable; ordenador de escritorio delgado; diccionarios electrónicos de mano; software de salvapantallas de ordenador, grabado o descargable; software informático grabado; gráficos descargables para teléfonos móviles; computadoras portátiles; aparatos de telecomunicaciones en forma de artículos de joyería; palos para selfies utilizados como accesorios para teléfonos inteligentes; robots de vigilancia de seguridad; monitores de visualización de vídeo portátiles; lentes para selfies; robots de laboratorio; robots de enseñanza; cables USB; cables USB para teléfonos móviles; aplicaciones descargables para su uso con dispositivos móviles; soportes para teléfonos móviles; pantallas táctiles; aparatos de televisión; enchufes eléctricos; tomas de corriente; intercomunicadores; cerradura de puerta digital; central de alarma; transductores; emoticonos descargables para teléfonos móviles; programas operativos de ordenador, grabados; pantallas de cristal líquido de pantalla grande [LCD]; diarios electrónicos; pantallas de visualización de cristal líquido [LCD]; bolígrafos electrónicos; impresoras de vídeo; balanzas electrónicas digitales portátiles; teléfonos inteligentes montados en la muñeca; televisores para automóviles; lápices ópticos de computadora; programas informáticos descargables; bolígrafos de pantalla táctil; balanzas; receptores de televisión [aparatos de TV]; enrutadores de red, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 OS Turbo Número de Solicitud: 2021-6939 Fecha de presentación: 2021-12-10 Fecha de emisión: 10 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PRODUCTOS FINOS, S.A. Domicilio: Vía 35-42 de la zona cuatro de la Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMBEX G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Jabones desinfectantes y/o antibacteriales; desinfectantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-5738 Fecha de presentación: 2021-10-28 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Industria La Popular, S.A. Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4 Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GIRA DE LA LIMPIEZA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad a los términos por separado. I.- Reivindicaciones: Para usarse con el registro No.135525 de la marca ULTRAKLIN en clase 03. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras substancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones, detergentes, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 35 of 136 -- Sección B Avisos Legales Número de Solicitud: 2022-1920 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 13 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THRESHOLD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Muebles; muebles de interiores y exteriores, específicamente mesas de centro, mesas de sala, mesas auxiliares, mesas de comedor, sillas, sillas de comedor, sillas reclinables, reposeras, otomanos, banquitos. bancos, bancos de trabajo, sofás, sillones y tumbonas; paragüeros; carritos de té; estantería; espejos; marcos para cuadros; marcos para fotografías; camas, almohadas y cojines; cojines de asiento; herrajes para cortinas, específicamente barras de tensión, sets (juegos) de barras, barras de madera. barras de acero, postes, anillos, soportes, anillos para cortinas que no sean de metal; pináculos decorativos de ventana; placas de pared elaborados de yeso, plástico o madera; tableros de exhibición; protectores para chimeneas para uso doméstico; pantallas de chimenea para uso doméstico; perchas; ganchos, anillos, barras, rodillos y postes de cortina; anillos para cortina de baño; barras para cortina de baño; almohadas de baño; percheros; cestas; toalleros, estantes para toallas; estantes para vinos; cajas de baratijas de madera; cojines; estatuas y estatuillas de yeso, plástico y madera; cajas no metálicas de almacenamiento para usar en cubiertas de edificios; cajas decorativas elaboradas de madera; productos y accesorios de almacenamiento y organización, a saber, estantes de almacenamiento, gavetas de almacenamiento, bastidores de almacenamiento; armarios; contenedores no metálicos para almacenamiento, específicamente cajas de almacenamiento elaboradas de madera y de plástico; estanterías; estantes para libros; escritorios; armarios para joyas; gabinetes; cómodas; tocadores; centros de entretenimiento; archivadores; botiquín de medicinas; mesas de noche; estacas de jardín no metálicas; estantes de ropa; percheros; estantes de sombreros; rodilleras de jardinería; estatuas de escritorio de madera, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ______ Número de Solicitud: 2022-1912 Fecha de presentación: 2022-04-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TARGET BRANDS, INC. Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN THRESHOLD G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Velas, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 ______ Número de Solicitud: 2022-3718 Fecha de presentación: 2022-06-24 Fecha de emisión: 4 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: NBA Properties, Inc. Domicilio: Olympic Tower 645 Fifth Avenue, New York, NY 10022, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UTAH JAZZ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicaciones y materias impresas, a saber, cromos de baloncesto, cromos, pegatinas, calcomanías, transferencias temporales de tatuaje, estampillas conmemorativas de baloncesto, entradas (boletos) conmemorativas de partidos de baloncesto, discos comerciales de cartón coleccionables, pizarras blancas autoadheribles y pizarras de borrado en seco autoadheribles, tableros para memorandos, portapapeles, vaseras de papel, tarjetas postales, manteles individuales de papel, pañuelos faciales, fichas, blocs de notas, libretas de notas, bolígrafos, crayones, marcadores punta de fieltro, bandas elásticas, plumas y lápices, estuches para plumas y para lápices, portalápices y portapapeles para escribir, soportes de documentos para escritorio, libros de recortes, sellos de hule, reglas para dibujar, estandartes y banderas de papel, carpetas de 3 anillos, carpetas para papelería, cuadernos de espiral, cuadernos de portafolio, fotografías con marcos y sin marcos, litografías, impresos artísticos, pósteres, calendarios, calcomanías para parachoques, cubiertas para libros, señaladores de páginas para libros, papel de regalo, libros de actividades infantiles, libros de colorear para niños; libros estadísticos de consulta, libros de guía y libros de referencia, todo en el ámbito del baloncesto; revistas en el campo del baloncesto, catálogos en el campo del baloncesto, programas de juegos conmemorativos y de souvenir relacionados con el baloncesto, banderines de papel, artículos de papelería, portafolios estilo papelería, tarjetas de invitación, certificados impresos, tarjetas de felicitación, tarjetas de navidad, tarjetas para las fiestas, hojas estadísticas informativas para temas de baloncesto; boletines informativos, folletos, panfletos y horarios de juego en el ámbito del baloncesto; cheques bancarios, cubiertas para chequeras, portachequeras, portapasaportes, sujetabilletes, libros de historietas (comics); tarjetas de crédito, tarjetas de regalo y tarjetas de llamadas telefónicas que no estén magnéticamente codificadas; clips de dinero; boletos impresos para eventos deportivos y de entretenimiento; portatarjetas coleccionables y portarecuerdos coleccionables en la naturaleza de portaboletos, portatarjetas coleccionables, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 22 D. 2022, 6 y 23 E. 2023 -- 36 of 136 -- Poder Ejecutivo

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Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2023 — Declaración de Emergencia Sanitaria por presencia de Influenza Aviar

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 02-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la República de Honduras es miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y en consecuencia adquiere la responsabilidad para el cumplimiento y aplicación de los acuerdos suscritos, como ser el Acuerdo Sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF de la OMC), instrumento que establece las directrices para que sus países miembros establezcan sus medidas sanitarias de forma transparente y con la sustentación técnica y científica necesaria de manera que las mismas no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 245 numerales 1, 2, 11, 29 y 45 de la Constitución de la República, la Presidenta de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y su representación; siendo entre sus otras sus atribuciones, cumplir y hacer cumplir la Constitución, los tratados y convenciones, leyes y demás disposiciones legales; dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley; y las demás que le confiere la Constitución y las Leyes. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo Número 157-94, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero de 1995, edición número 27,552, en su artículo 21, corresponde a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) a través del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), establecer las acciones de emergencia que sean necesarias para el combate o erradicación de enfermedades de carácter cuarentenario, cuando exista la sospecha o confirmación de su presencia en el país. De igual manera actuará cuando las enfermedades endémicas o enzoóticas EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL -- 37 of 136 --

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Decreto Ejecutivo — Declaración de Estado de Emergencia Sanitaria por Influenza Aviar

Congreso Nacional

adquieran niveles de incidencia que constituyan una amenaza a la producción nacional. CONSIDERANDO: Que el Programa Avícola Nacional (PAN) adscrito al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), estratégicamente desarrollará acciones de prevención, control y erradicación de las enfermedades aviares implementando actividades de erradicación tales como el monitoreo en granjas, aves de traspatio, ornato, de combate y otros a nivel nacional, sistema de vigilancia epidemiológica, infraestructura y servicio de diagnóstico, plan de capacitación, promoción y educación sanitaria, verificación del estado sanitario de las granjas y comunidades, erradicación de brotes o focos de enfermedades, vacunación, establecimiento de cuarentenas, sacrificio sanitario y despoblación, limpieza y desinfección y Centinelización en el área focal. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo C.D. SENASA 004-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 2 de junio de 2022, en su edición número 35,939, establece en los artículos 16, 28 y 30, que la Dirección Técnica de Salud Animal, a través del Programa Avícola Nacional (PAN), podrá aplicar medidas cuarentenarias en las granjas o parvadas de avicultura de traspatio así como medidas para el control de movilización, al aparecimiento de un brote o foco de la Influenza Aviar cuando lo considere pertinente pudiendo el personal designado para la ejecución realizar los decomisos, eliminación y destrucción de los productos y subproductos de origen avícola que representen un alto riesgo para la avicultura nacional. CONSIDERANDO: Que la Dirección General del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), notificó la presencia del virus de Influenza Aviar Tipo A, subtipo H5N1 en Pelícanos Pardos (Pelecanus Occidentalis) y solicita la activación del Plan Nacional para la prevención, detección temprana, control y erradicación de Influenza Aviar y la Declaración de Emergencia Sanitaria en el territorio nacional, generando el Comunicado #1 de la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) en donde se activa el Plan Nacional de Emergencia ante la presencia de Influenza Aviar (IA). CONSIDERANDO: El Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) señala que la Influenza Aviar (IA), es una enfermedad infecciosa viral altamente contagiosa causada por algunos de los diversos virus de Influenza Aviar Tipo A. Asimismo, se indica que el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), define dicha enfermedad como una infección de las aves de corral causada por cualquier virus de influenza de tipo A perteneciente a los subtipos H5 o H7 o por cualquier virus de influenza aviar de tipo A con un índice de patogenicidad intravenosa (IPIV) superior a 1,2 o que cause mortalidad entre el 90 al 100% de la parvada. CONSIDERANDO: Que el patrimonio avícola en Honduras se encuentra en riesgo inminente ante la presencia de la -- 38 of 136 -- Influenza Aviar (IA), subtipo H5N1, en aves migratorias debido a que la epidemiología de esta enfermedad es infecciosa y altamente contagiosa, que pueden propagarse rápidamente, devastar la industria avícola y dar lugar a pérdidas económicas y restricciones comerciales; por lo tanto es indispensable emprender acciones de vigilancia, control y erradicación de los brotes detectados. CONSIDERANDO: Que la Dirección Técnica de Salud Animal confirmó la presencia de la Influenza Aviar (IA) altamente patógena H5N1 en aves silvestres acuáticas (Pelícanos Pardos) en la playa de la ciudad de La Ceiba, Departamento de Atlántida (Latitud 15.7916040 y Longitud -86.791619) y en la Laguna de Alvarado, ubicada en la ciudad de Puerto Cortés, Departamento de Cortés (Latitud 15.829029 grados y Longitud -87.927665 grados), a través del seguimiento epidemiológico pasivo y activo, a su vez ha establecido y delimitado de acuerdo al riesgo las áreas focales, perifocales y tampón para ejercer las acciones de rastreo epidemiológico por técnicos, enterramiento y desinfección, tomas de muestras, control de movilización, recolección de muestras, sacrificio sanitario, envío de muestras, delimitación de áreas geográficas, y todas las acciones que deban realizarse para la erradicación de focos. CONSIDERANDO: Que en el año 2001 el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) realizó la declaración de Honduras como país libre de Influenza Aviar (IA). De esta manera, el estatus sanitario avícola de país libre a la Influenza Aviar ha garantizado la seguridad alimentaria y un mayor nivel de competitividad comercial, por lo que es indispensable el seguimiento de las acciones de vigilancia, control y erradicación de los focos de la Influenza Aviar que en este momento están ubicados en la playa de la ciudad de La Ceiba, Departamento de Atlántida y en la Laguna de Alvarado, ubicada en la ciudad de Puerto Cortés, Departamento de Cortés, que garantice la conservación del estatus de país libre de Influenza Aviar. CONSIDERANDO: Que se han activado todas las oficinas regionales del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) a nivel nacional, a efectos de adoptar medidas sanitarias inmediatas orientadas a reforzar acciones de vigilancia epidemiológica, para una detección temprana de la enfermedad en aves domésticas y silvestres. CONSIDERANDO: Que en atención a lo expuesto en los considerandos anteriores y dada la alta capacidad de diseminación de la Influenza Aviar (IA) altamente patógena, la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG) y la Dirección del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), sustenta la necesidad de establecer una DECLARATORIA DE EMERGENCIA SANITARIA por riesgo de diseminación del virus de la Influenza Aviar (IA) a las aves domésticas. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado establece en su artículo 63, numeral 1), que se podrá realizar -- 39 of 136 -- la Contratación Directa cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia. POR TANTO, En aplicación de las disposiciones establecidas en los artículos 59, 65, 145, 245 numerales 1), 2), 11), 29) y 45), 248, 321 y 323 de la Constitución de la República; artículos 11, 17, 22 inciso 9), 29 numeral 16), 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículo 21 del Decreto Legislativo Número 157-94; artículos 12 literal b), 16, 28 y 30 del Acuerdo C.D. SENASA 004-2022; artículos 9 y 63 de la Ley de Contratación del Estado; y, demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. DECLARAR ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el territorio nacional por un periodo de noventa (90) días calendario, periodo que puede ampliarse de acuerdo con la evaluación epidemiológica, con el objeto de prevenir, controlar y eliminar la presencia de Influenza Aviar (IA) altamente patógena en aves domésticas y silvestres. Lo anterior, ante la confirmación de la presencia en territorio nacional de la Influenza Aviar (IA) H5N1 detectada en aves silvestres acuáticas identificadas como Pelícanos Pardos (Pelecanus Occidentalis) en la playa de la ciudad de La Ceiba, Departamento de Atlántida y en la Laguna de Alvarado ubicada en la ciudad de Puerto Cortés, Departamento de Cortés. ARTÍCULO 2. Mantener y fortalecer las acciones de prevención, control y vigilancia epidemiológica para una detección temprana de la Influenza Aviar de alta patogenicidad en aves domésticas y silvestres, priorizando la zona de detección, con el objeto de eliminar el foco y evitar su diseminación a otras áreas geográficas del país, garantizando que Honduras mantenga su estatus sanitario como país libre de Influenza Aviar. ARTÍCULO 3.-Instruir al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA) para que a través de la Dirección Técnica de Salud Animal, adopte todas medidas sanitarias de forma inmediata, orientadas a prevenir la diseminación de la Influenza Aviar a las aves domésticas y silvestres del territorio nacional. ARTÍCULO 4. Instruir y autorizar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), a utilizar de su partida presupuestaria lo que sea necesario para poder hacerle frente a este ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA. ARTÍCULO 5. Instruir y facultar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), para que mediante el procedimiento de contratación directa realice -- 40 of 136 -- todas las contrataciones y adquisiciones para el suministro de bienes y servicios que se requieran con urgencia para poder hacerle frente al presente ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, garantizando su manejo de manera transparente y con veeduría social. Dichas contrataciones directas deberán realizarse de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y a las Disposiciones Generales del Presupuesto de Ingresos y Egresos de la República. El manejo y ejecución de estos fondos estará a cargo de la Dirección del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), quien deberá informar mensualmente de la misma a la Presidencia del Consejo Directivo, pudiendo realizar las operaciones presupuestarias necesarias derivadas de la aplicación del presente Decreto. ARTÍCULO 6. Los Gobiernos Municipales deben realizar actividades de prevención, control y comunicación para que la población contribuya con las acciones de detección temprana y eliminación de focos de infección, promoviendo así la vigilancia epidemiológica pasiva. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 07 días del mes de enero del año 2023. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 41 of 136 -- EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANI GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 42 of 136 -- LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 43 of 136 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO PABLO RAMÓN SOTO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS Poder Legislativo

Decreto Legislativo

Decreto Legislativo No. 115-2022 — Ley sobre Psoriasis

Congreso Nacional

DECRETO No. 115-2022 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Artículo 145 de la Constitución de la República establece que “Se reconoce el derecho a la protección de la salud. Es deber de todos participar en la promoción y preservación de la salud personal y de la comunidad. El Estado conservará el medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas…”. CONSIDERANDO: Que la Psoriasis es una enfermedad crónica que se manifiesta en inflamaciones de la piel, acompañada de descamaciones, manchas rojizas, irritaciones, ubicándose particularmente en áreas inmediatas articulaciones (codos, rodillas y en el cuero cabelludo), suele aparecer en personas de 15 y 35 años, con menos frecuencia en niños y personas mayores. No es contagiosa y afecta a dos (2) de cada cien (100) personas, representando el dos por ciento (2%). Se origina por condiciones del sistema inmunológico o en -- 44 of 136 -- EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 16 DE ENERO DEL 2023. NUM. 36,130 Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 03-2023 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decretos Ejecutivos Números PCM 03-2023, PCM 04-2023 A. 1 - 12 Sección B Avisos Legales B. 1 - 24 1 A. LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en los artículos 1 y 59 de Constitución de la República, el Estado tiene la obligación de asegurar a sus habitantes el goce de la justicia, la libertad, la cultura y el bienestar económico y social, ya que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Todos tienen la obligación de respetarla y protegerla. El Estado debe garantizar a la población en general el goce de los derechos humanos, así como brindar la seguridad, protección y prevención de inundaciones de gran riesgo en la zona norte del país, producidas por el efecto de fenómenos naturales. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir acuerdos y decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que Honduras es uno de los diez países a nivel mundial más vulnerables a los efectos del cambio -- 45 of 136 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL climático, los fenómenos meteorológicos provocan severas inundaciones que afectan cada vez con mayor frecuencia nuestro territorio, generando graves pérdidas materiales a nivel nacional, como lo sucedido durante los dos últimos fenómenos naturales que sucedieron en el año 2019, afectando todo el territorio nacional y dejando pérdidas aproximadas de CUARENTA Y CUATRO MIL MILLONES DE LEMPIRAS (L 44, 000,000,000.00), y en forma particular impactando con inundaciones la infraestructura de la zona del Valle de Sula, ocasionando un perjuicio económico que oscila en SEISCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS (L600,000,000.00). CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 14 de la “Ley Especial para Garantizar el Servicio de la Energía Eléctrica como un Bien Público de Seguridad Nacional y un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social”, el Poder Ejecutivo, con base a la Declaratoria de Emergencia debe iniciar la evaluación y la contratación directa de consultorías y asesorías, entre otros que se requieran para la realización o actualización de todos los estudios necesarios para la estructuración técnica y financiera en el marco de la construcción de represas que sirvan para el control de inundaciones y para la generación de energía con recursos renovables, especialmente las que cuenten con diseño y presupuesto, que podrá contratar o convenir bajo la modalidad llave en mano u otra modalidad que mejor se adecúe a las necesidades de determinado proyecto. CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República y su Gabinete de Gobierno han aprobado el inicio de ejecución de la importante obra de construcción de la Represa El Tablón, recibiendo el respaldo del Congreso Nacional con la aprobación de fondos de emergencia para llevar a cabo esta obra, contando adicionalmente con la venia de la empresa privada y la sociedad civil, para garantizar que este importante proyecto se lleve a cabo de la mejor manera y con el fin primordial de salvar vidas y evitar desastres económicos en la zona norte de nuestro país. CONSIDERANDO: El Gobierno de la República, debe tomar medidas para la contención y el control de las inundaciones a lo largo y ancho de la geografía nacional, dentro de las cuales se encuentra la urgente necesidad de construir de represas en diferentes zonas del país, por lo que, en búsqueda de soluciones efectivas a través de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y sus dependencias, se hace necesaria la inmediata toma de decisiones que garanticen -- 46 of 136 -- a la mayor brevedad, la implementación de proyectos, primordialmente el de la Represa El Tablón, para el control de las inundaciones provocadas por fenómenos naturales que afectan particularmente la zona norte de nuestro país, involucrando a las diferentes Secretarías de Estado e instituciones que coadyuven a la ejecución e implementación de dichos proyectos, como la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (Mi Ambiente), el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), el Instituto de Desarrollo Comunitario de Agua y Saneamiento (IDECOAS) la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON) y las fuerzas vivas del Valle de Sula, a efecto de agilizar a la mayor brevedad posible, toda petición relacionada con este proyecto. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado establece que se podrán realizar contrataciones directas, cuando se tenga por objeto proveer las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en el artículo 9 de la referida ley (artículo 63, numeral 1). CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Contratación del Estado, la declaración de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidenta en Consejo de Secretarios de Estado, cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionadas por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción, o por otras circunstancias excepcionales que afectaren sustancialmente la continuidad o la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos. POR TANTO, En aplicación de los artículos 1, 59, 245 numerales 2),11) y 19); y, 248 de la Constitución de la República; artículos 7, 11, 17, 18, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 9 y 63 numeral 1 de la Ley de Contratación del Estado; artículos 1, 2, 13 de la Ley Especial para Garantizar el Servicio de la Energía Eléctrica como Un Bien Público de Seguridad Nacional y Un Derecho Humano de Naturaleza Económica y Social; y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1: Declarar en ESTADO DE EMERGENCIA en todo el territorio nacional a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en todas sus unidades y dependencias, particularmente a la Unidad Ejecutora de Proyectos de Energía Renovable (UEPER), en todas las actividades atinentes a sus funciones contenidas en el Decreto Legislativo N°. 279-2010, autorizando a la Unidad Ejecutora de Proyectos de Energía Renovable (UEPER) para realizar mediante el proceso de contratación directa con todos sus requerimientos, la adquisición de bienes, servicios, suministros, construcción y ejecución de obras, arrendamiento de bienes, prestación -- 47 of 136 -- de servicios de consultorías, especialmente las que sean necesarios para la ejecución de la Represa El Tablón y demás programas, proyectos y acciones destinados a la contención y control de toda clase de desastres naturales, gozando dichos procesos de todas las prerrogativas y dispensas contenidas en el Decreto Legislativo N°. 279-2010. De igual forma se le autoriza para que proceda a elaborar, aprobar y ejecutar, todas aquellas actividades necesarias para asegurar el normal y eficiente funcionamiento de las represas hidroeléctricas propiedad de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE). ARTÍCULO 2: Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente (Mi Ambiente), el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), el Instituto de Desarrollo Comunitario de Agua y Saneamiento (IDECOAS); y a la Asociación de Municipios de Honduras (AMHON), a brindar el apoyo ágil y eficaz en el ámbito de sus competencias, con el objetivo de garantizar la realización e implementación efectiva de proyectos, primordialmente que permitan la construcción y desarrollo de la Represa El Tablón y así lograr un control efectivo de inundaciones a nivel nacional. ARTÍCULO 3: Los contratos suscritos al amparo del presente Decreto, estarán sujetos a los procesos de aprobación y auditoría previstos por la Constitución de la República y demás leyes aplicables en el país, los que deberán ser notificados al Tribunal Superior de Cuentas (TSC). ARTÍCULO 4: Lo establecido en el presente Decreto, deberá cumplirse con lo dispuesto en los artículos 9 y 63 de la Ley de Contratación del Estado y los artículos 169, 170 y 171 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. ARTÍCULO 5.- El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 14 días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA -- 48 of 136 -- JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER -- 49 of 136 -- RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL -- 50 of 136 -- YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO PABLO RAMÓN SOTO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-04-2023 — Prórroga de Estado de Emergencia Sanitaria en Sistema de Salud Pública

Poder Ejecutivo

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 04-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, consecuentemente, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla (artículo 59). En ese sentido, la Constitución establece que el derecho a la vida es inviolable, reconociéndole de tal manera que la Constitución de la República consagra el derecho a la protección de la salud de la población hondureña, la cual es una condicionante del derecho a la vida el cual es inviolable y es un deber de todos participar en la promoción y preservación de la salud y de la comunidad y es deber del Estado conservar un medio ambiente adecuado para proteger la salud de las personas (artículos 65 y 145). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene -- 51 of 136 -- a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República, la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual podrá tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional (artículo 252 párrafo segundo). CONSIDERANDO: Que además de la calamidad pública producida por el desabastecimiento de medicamentos y material médico quirúrgico esencial y la realización de varios procesos para la adquisición de estos medicamentos e insumos, varios de los cuales algunos han sido parcialmente declarados fracasados o desiertos, se suma la tardanza del proceso de adquisición de algunos medicamentos y material médico quirúrgico en el mercado nacional e internacional, resultando materialmente imposible reabastecer el sistema de salud a nivel nacional durante el año 2022. CONSIDERANDO: Que los procesos ordinarios de compra llevan un tiempo considerable pasa su culminación, poniendo en grave riesgo la salud de los ciudadanos en estado severo y crítico, que demandan con urgencia los medicamentos y material médico quirúrgico que a la fecha no han sido adquiridos por la Secretaría de Salud. CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros (artículo 9). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 16-2022 de fecha 10 de junio de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en su edición número 35,946, se declaró ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el Sistema de Salud Pública a nivel nacional por el año 2022, con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos y la atención oportuna de la población. CONSIDERANDO: Que las condiciones que motivaron la declaratoria de estado de emergencia sanitaria siguen vigentes, por lo que resulta necesario, para garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos y la atención oportuna de la población; asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante la actual ocurrencia de infección por coronavirus (COVID-19), prorrogar dicha declaratoria por el año 2023. POR TANTO, En uso de las facultades legales establecidas en los artículos 59, 65, 145, 245 numerales 2, 11, 29, 35 y 45 y 252 de la Constitución de la República; artículos 11, 17, 18, 22 numerales 9) y 12); 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; artículos 9 y 63 numeral 1) de la Ley de Contratación del Estado; Decreto Ejecutivo Número PCM 016-2022; y demás aplicables. -- 52 of 136 -- DECRETA: ARTÍCULO 1. Prorrogar la Declaratoria del ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, en todo el Sistema de Salud Pública a nivel nacional por el año 2023, con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos y la atención oportuna de la población; asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante la actual ocurrencia de infección por coronavirus (COVID-19). ARTÍCULO 2. Se instruye a la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE), para que emita una guía rápida de procedimiento para las contracciones directas en el sistema de salud pública, con el fin de acelerar los procesos de contratación en beneficio de ciudadanía en general. ARTÍCULO 3. El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 16 días del mes de enero del año 2023. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 53 of 136 -- EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 54 of 136 -- LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 55 of 136 -- GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO PABLO RAMÓN SOTO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS -- 56 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Sección “B” Tegucigalpa, Honduras C.A. DICIEMBRE-2022 HOSPITAL ESCUELA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) N. 10-2023-HE-CPE-AINAM El Hospital Escuela, en aplicación de los Artículos 26, 32, 38 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio invita a presentar ofertas para el suministro de: “ADQUISICIÓN DE INSUMOS PARA ALMACEN DE MATERIALES DEL HOSPITAL ESCUELA Y CLINICAS PERIFERICAS DE EMERGENCIA” Esta compra será financiada con Fondos Nacionales correspondiente al ejercicio fiscal año 2023. El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día Lunes 12 de Diciembre del 2022, en el horario de Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m., en la siguiente dirección: Departamento de Adquisiciones y Suministros, primer piso del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.DC., F.M., los Pliegos de esta Licitación poseen un valor no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 500.00), que deberán ser depositados a nombre del Hospital Escuela en Banco LAFISE S.A. en cuenta de cheques Nº 104503000209. El Pliego de Condiciones deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en participar en el proceso de Licitación Pública acompañada del comprobante de pago, números de teléfono y dirección de correo electrónico. La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera desde el día posterior a esta publicación hasta la fecha de la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el primer piso del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle "La Salud", Tegucigalpa. M.D.C., el día VIERNES 20 DE ENERO DE 2023, la hora Límite de Recepción de Ofertas será a las una y cuarenta y cinco de la tarde (l:45 p.m.), hora oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las dos de la tarde en punto (2:00 p.m.). La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes del Hospital Escuela, Oferentes o sus Representantes y Veedores Sociales. Para consultas o información dirigirse a la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes de la presentación de la oferta mediante nota en físico y/o correo Electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela. edu.hn con copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn DR. OSMIN ONAN TOVAR PEÑA DIRECTOR GENERAL INTERINO HOSPITAL ESCUELA 16 E. 2023 -- 57 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 20 de junio del año 2022 el Abogado Wilson Venancio Lainez Sánchez, representante procesal del señor Sergio Alejandro Martínez Raudales, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00584, contra el Estado de Honduras través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social, interpuso demanda para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho e infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca situación jurídica individualizada del títular de derechos que se reclama y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de los mismos, se ordene mediante sentencia definitiva el pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, más los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, a título de daños y perjuicios. Incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual mi representado fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal hasta el momento en que quede firme la sentencia definitiva condenatoria, a título de daños y perjuicios. Incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto el cual mi representado fue cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo, como décimo tercero, décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones.- Especial condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio en primera instancia. Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial.- Se acompañan documentos. Delegación de poder; En relación a Acuerdo de Cancelación No. SETRASS-377- 2022, emitido por Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2023 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50), de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de junio del año dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la Abogada DANIELA MARINA GÓMEZ LÓPEZ, en su condición de representante legal de los señores DELMIS YOLANY PAZ ZUNIGA, SILVIO JOSÉ PERDOMO y KEVIN ROBERTO SABILLON LEIVA, interponiendo demanda contencioso administrativa en procedimiento especial en materia de personal, con orden de ingreso No. 0801-2022-00515, contra el Estado de Honduras a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. Contraída a solicitar: ““contraída a solicitar “nulidad de actos de carácter particular (cancelación de tres cargos) de manera ilegal, injusta y violatorios de la Constitución de la República, de la Ley de Servicio Civil y su reglamento, al haber sido dictados con infracción del ordenamiento jurídico por quebrantar formalidades esenciales establecidas en las leyes, que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para establecerla se condene a la demandada al reintegro o restitución del cargo en por lo menos igualdad de condiciones.- Y a título de daños y perjuicios se condene a la demandada al pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia definitiva.- Reconocimiento de derechos y beneficios que sean generados en el curso del juicio.- Aumentos salariales.- Se solicita suspensión de los actos reclamados.- Nulidad del nombramiento de cualquier susti- tuto.- Acompaño documentos y señalo el lugar donde obran otros.."." Esto en relación a los acuerdos de cancelación IP-DGR-No. 192-2022. IP-DGR-No. 187-2022.- IP-DGR- No. 196-2022. Todos de fecha 9 de mayo del 2022. ESTEFANY GABRIELA MENDOZA GARCÍA SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2023 -- 58 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Abg. Edwin Roberto Lopez, actuando en representación de la empresa BASF COSTA RICA, S.A., tendiente a que autorice el / la RENOVACIÓN de Registro del producto. Nombre Comercial: KUMULUS 80 WG, compuesto por los elementos: SULPHUR 80% Grupo al que Pertenece: COMPUESTO INORGÁNICO Toxicidad: 5 Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Granulos dispersables (WG) Formulador y País de Origen: BASF, S.A./BRASIL, BASF SE/ ALEMANIA. Tipo de Uso: Fungicida, Acaricida EXP. SENASA No. 2205-1597 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., miercoles, 11 de enero del 2023 Ing. Fredy Samuel Raudales Barahona Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN Y MODIFICACIÓN DE REGISTRO-GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTAN- Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación y Modificación de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. La Sra. LIGIA MARIEL LÓPEZ, actuando en representación de la empresa BASF COSTA RICA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de Nombre Comercial: BASAGRAN 48 SL, compuesto por los elementos: BENTAZONE 48.00% Toxicidad: 4” Grupo al que Pertenece: BENZOTIADIAZINONA Estado Físico: LÍQUIDO Tipo de Formulación: CONCENTRADO SOLUBLE (SL) Formulador y País de Origen: BASF, S.A./BRASIL; BASF SE ALEMANIA. Tipo de Uso: HERBICIDA EXPEDIENTE No. 2205-1702 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., 20 DE DICIEMBRE DEL 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” ING. FREDY SAMUEL RAUDALES BARAHONA JEFE DEL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS (DRIA) 16 E. 2023 -- 59 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abg. Edwin Roberto López, actuando en representación de la empresa BASF COSTA RICA, S.A., tendiente a que autorice el / la RENOVACIÓN de Registro del producto. Nombre Comercial: NOMAX 15 SC, Compuesto por los elementos: 7.5% ALPHA-CYPERMETHRIN, 7.5% TEFLUBENZURON Grupo al que Pertenece: Piretroide, Benzofenilurea Toxicidad: 4 Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: BASF S/BRASIL; BASF AGRI- PRODUCTION SAS/FRANCIA Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA No. 2205-1704 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., martes, 27 de diciembre del 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abg. Edwin Roberto López Escoto, actuando en representación de la empresa: JEBAGRO GMBH, tendiente a que autorice el / la RENOVACIÓN de Registro del producto. Nombre Comercial: NICOZENT 4 SC, Compuesto por los elementos: 4% NICOSULFURON Grupo al que Pertenece: Sulfonilurea Toxicidad: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: JIANGSU REPONT AGROCHEMICAL, CO. LTD / China Tipo de Uso: Herbicida EXP. SENASA No. 2204-1130 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., martes, 27 de diciembre del 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 -- 60 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-030-2022-SDN “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DE ORDEN PÚBLICO (P.MO.P)” 1.- La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-030-2022-SDN, “ADQUISICIÓN DE ALIMENTOS PARA CANES DEL PRIMER BATALLÓN CANINO DE LA POLICÍA MILITAR DE ORDEN PÚBLICO (P.MO.P)”. 2.- El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fuente de Financiamiento Tesoro Nacional. 3.- La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4.- Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación pública por correo electrónico serviciosgenerales@sedena.gob.hn o mediante solicitud escrita dirigida a la Gerencia Administrativa, Licenciada Sabrina Florisel Bustamante García, Teléfono 2242-7950, 2242-7951, acompañada del recibo TGR-1 a nombre de la Secretaría de Defensa Nacional por valor de L.300.00 bajo el rubro 12121, en la ventanilla de atención al ciudadano ubicada en el primer piso de la Torre número 2, del Centro Cívico Gubernamental José Cecilio del Valle en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. 5.- Los documentos de la Licitación podrán ser examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn), periodo de aclaraciones al pliego de condiciones de fecha 30 de diciembre del año 2022 al 16 de enero del año 2023. 6.- Las ofertas deberán presentarse con los documentos solicitados en físico y sobre sellado (original, copia 1 y 2) en la dirección arriba descrita, a más tardar a las 10:00 a.m., del día 09 de febrero de 2023, las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 10:30 a.m., del día 09 de febrero de 2023, todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta equivalente, por lo menos, al dos por ciento (2%) del precio total de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C, 30 diciembre de 2022 ABOGADO JOSE MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL 16 E. 2023 -- 61 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) No. 04-2023-HE-ARIMT Tegucigalpa, Honduras C.A. DICIEMBRE-2022 HOSPITAL ESCUELA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) N. 04-2023-HE-ARIMT El Hospital Escuela en aplicación de los Artículos 26, 32, 38 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio invita a presentar ofertas para el suministro de: “ADQUISICIÓN DE REACTIVOS E INSUMOS DE MEDICINA TRANSFUCIONAL PARA EL HOSPITAL ESCUELA” Esta compra será financiada con Fondos Nacionales correspondiente al ejercicio fiscal año 2023. El Pliego de Condiciones estará disponible a partir del día MARTES 13 de Diciembre del 2022, (en el horario de Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 3:30 p.m. en la siguiente dirección: Departamento de Adquisiciones y Suministros, primer piso del Edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., F.M., los Pliegos de esta Licitación poseen un valor no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L. 500.00), que deberán ser depositados a nombre del Hospital Escuela en Banco LAFISE S.A. en cuenta de cheques Nº. 104503000209. El Pliego de Condiciones deberá ser solicitado mediante nota que indique su interés en participar en el proceso de Licitación Pública, acompañada del comprobante de pago, números de teléfono y dirección de correo electrónico. La recepción de la oferta deberá presentarse en sobre cerrado en la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera desde el día posterior a esta publicación hasta la fecha de la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el primer piso del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., el día LUNES 23 DE ENERO DE 2023, la hora límite de recepción de ofertas será a las ocho y cuarenta y cinco de la mañana (8:45 a.m.), Hora Oficial de la República de Honduras, acto seguido se procederá a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las nueve de la mañana en punto (9:00 a.m.). La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original a nombre del HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario contados a partir del día de la apertura de la oferta y por un monto equivalente al dos por ciento (2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia de representantes del Hospital Escuela, Oferentes o sus Representantes y Veedores Sociales. Para consultas o información dirigirse a la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes de la presentación de la oferta mediante nota en físico y/o correo electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn con copia a licitaciones@hospitalescuela.edu.hn. DR. OSMIN ONAN TOVAR PEÑA DIRECTOR GENERAL INTERINO HOSPITAL ESCUELA 16 E. 2023 -- 62 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN La Sra. LIGIA MARIEL LOPEZ Actuando en representación de la empresa: LIGIA MARIEL LÓPEZ Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN Nombre Comercial: FACET 25 SC Compuesto por los elementos: 25% QUINCLORAC Grupo al que Pertenece: ACIDO QUINOLINOCARBOXILICO Toxicidad: 5 Estado Físico: LIQUIDO Tipo de Formulación: Suspención concentrada (SC) Formulador y País de Origen: SCHIRM GMBH para BASF SE/ALEMANIA Tipo de Uso: HERBICIDA EXPSENASA No: 2205-1596 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., viernes, 30 de diciembre de 2022. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino Del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN de Registro de Plaguicidas o Sustancia afín. El Abg. Edwin Roberto Lopez Actuando en representación de la empresa: BASF COSTA RICA S.A. Tendiente a que autorice el/la RENOVACIÓN de Registro del producto. Nombre Comercial: KIFIX 70 WG Compuesto por los elementos: 52.50% IMAZAPIR, 17.50% IMAZAPIC Grupo al que Pertenece: IMIDAZOLINONA Toxicidad: 4 Estado Físico: Sólido Tipo de Formulación: Gránulos dispersables (WG) Formulador y País de Origen: BASF S.A./BRASIL BASF AGRICULTURAL PRODUCTS DE PUERTO RICO/ PUERTO RICO USA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA No: 2205-1699 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., martes, 27 de diciembre de 2022. Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino Del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 -- 63 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN de Registro de Plaguicidas o Sustancia afín. El Abg. JUAN RAMON ORTEGA, atuando en representación de la empresa: FERTILIZANTES DEL NORTE, S.A. D C.V. (FENORSA),Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN de Registro del producto. Nombre Comercial: Malathion 57 EC Compuesto por los elementos: Malathion 57% Grupo al que Pertenece: Organofosforado Toxicidad: 5 Estado Físico: Liquido Tipo de Formulación: Concentrado emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: QUIMICOS Y LUBRICANTES, S.A. (QUILUBRISA)/Guatemala. Tipo de Uso: Insecticida EXPSENASA No: 2206-1835 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. Tegucigalpa, M.D.C., miercoles, 16 de noviembre de 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 SECRETARIA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico CERTIFICA: La LICENCIA DE REPRESENTANTE Y DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO, otorgada mediante resolución No. 016-2023 de fecha 06 de enero del año 2023, mediante Carta de fecha 30 de septiembre del año 2022, que LITERALMENTE DICE: El Infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil REPRESENTACIONES E IMPORTACIONES DE HONDURAS SOCIEDAD ANÓNIMA (REPRIMHSA), como REPRESENTANTE Y DISTRIBUIDOR NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente CETIS d.d., de nacionalidad eslovena; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS, POR TIEMPO DEFINIDO; FECHA DE VENCIMIENTO: HASTA EL 01 DE ENERO DEL AÑO 2025, para Representar y Distribuir los siguientes productos: l. Los productos y servicios de impresión de documentos de seguridad ofrecidos y producidos por la empresa concedente, estos productos incluyen: todo tipo de libretas de pasaporte, libretas de pasaporte electrónico, laminados, cedulas, tarjetas, páginas de datos, los carnés de extranjeros residentes y otros documentos de seguridad fabricados. 2. Las soluciones del gobierno electrónico, AFIS; PKI, expedición de documentos, registros centrales, gestión de datos, inscripción de datos y soluciones de software y hardware ofrecidos por la empresa supra mencionada. MELVIN ENRIQUE REDONDO Secretario de Estado en el Despacho de Integración Económica y Comercio Exterior. Delegado mediante Acuerdo No. 022-2022.- JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los once días del mes de enero del año dos mil veintitrés. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 16 E. 2023 -- 64 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Aviso de Licitación Pública REPÚBLICA DE HONDURAS COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-CONADEH-04-2023 “CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN PARA LAS OFICINAS DEL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS” El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- CONADEH-04-2023, a presentar ofertas selladas para la “Contratación de los servicios de limpieza y desinfección para las oficinas del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Licenciada Karla Cruz Castañeda, Gerente Administrativo y Financiero Oficina Central del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH); ubicada en colonia Florencia Sur, a 50 metros de Farmacia Senros, Tegucigalpa. Teléfono: (504) 2231-0204 correo electrónico: gerencia.dminiracion@conadeh.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Oficina Central del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH); ubicada en Colonia Florencia Sur, a 50 Metros de Farmacia Senros, Tegucigalpa, a más tardar al 28 de febrero del 2023 a las 2:00 p.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, al 28 de febrero del 2023 a las 2:15 p.m. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 16 de enero 2023 BLANCA SARAI IZAGUIRRE LOZANO Comisionada Nacional de los Derechos Humanos 16 E. 2023 -- 65 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Aviso de Licitación Pública República de Honduras COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN-CONADEH-03-2023 “Contratación de los servicios de vigilancia y seguridad privada para las oficinas del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)” 1. EL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-CONADEH-03-2023 a presentar ofertas selladas para la “Contratación de los servicios de vigilancia y seguridad privada para las oficinas del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos (CONADEH)” 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Licenciada Karla cruz castañeda, Gerente Administrativo y Financiero OFICINA CENTRAL DEL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH); UBICADA EN COLONIA FLORENCIA SUR A 50 METROS DE FARMACIA SENROS, TEGUCIGALPA. Teléfono: (504) 2231- 0204 correo electrónico: gerencia.administracion@ conadeh.hn. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www. honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección OFICINA CENTRAL DEL COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (CONADEH); UBICADA EN COLONIA FLORENCIA SUR A 50 METROS DE FARMACIA SENROS, TEGUCIGALPA. A más tardar a las 10:00 A.M. del 28 de febrero del 2023. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, alas 10:15 A.M. del 28 de febrero del 2023. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa M.D.C. 16 de enero 2023 ABOGADA BLANCA SARAI IZAGUIRRE LOZANO Comisionada Nacional de los Derechos Humanos 16. E 2023 -- 66 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION/ MODIFICACION. La Sra. LIGIA MARIEL LOPEZ Actuando en representación de la empresa: BASF AGRICULTURAL PRODUCTS DE PUERTO RICO / PUERTO RICO. Tendiente a que autorice la RENOVACION/MODIFICACION Nombre Comercial: CONVEY 33.6 SC Compuesto por los elementos: 33.6% TOPRAMEZONE Grupo al que pertenece: BENZOILPIRAZOL Toxicidad: 5 Estado Físico: LIQUIDO Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: BASF AGRICULTURAL PRODUCTS DE PUERTO RICO/ PUERTO RICO Tipo de Uso: HERBICIDA EXPSENASA No: 2201-0140 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C. jueves, 29 de diciembre de 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Barahona Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOV/MODIF DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOV/ MODIF de registro de plaguicidas o sustancia afín. El Abg. Edwin Roberto Lopez actuando en representación de la empresa: BASF COSTA RICA S.A. tendiente a que autorice el/ la RENOV/MODIF de registro del producto. Nombre Comercial: CUMORA 50 SC Compuesto por los elementos: 50 % BOSCALID Grupo al que pertenece: Carboxamida Toxicidad: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Suspensión concentrada (SC) Formulador y País de Origen: BASF ESPAÑOLA S.L / ESPAÑA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA No: 2205-1701 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C. martes, 27 de diciembre de 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Barahona Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 -- 67 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACION Y MODIFICACION-GER DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de plaguicidas o sustancia afín. La Abg. LIGIA MARIEL LOPEZ, actuando en representación de la empresa: JEBAGRO GMBH. tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CARBARIL JEBAGRO 85 WP, compuesto por los elementos: CARBARYL 85.00% Grupo al que Pertenece: CARBAMATO Estado Físico: SOLIDO Formulador y País de Origen: HAILI GUIXI CHEMICAL PESTICIDE CO., LTD / CHINA Tipo de Uso: INSECTICIDA. EXPEDIENTE N. 2204-1103 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. Tegucigalpa, M.D.C., 22 de diciembre de 2022 “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 REPUBLICA DE HONDURAS SECRETARIA DE AGRICULTURA Y GANADERIA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROLIMENTARIA DIRECCION TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACION DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACION La Abg. MARIA VICTORIA NAVARRETE Actuando en representación de la empresa: AGROCOUNSEL, S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACION Nombre Comercial: SIRIUS 10 WP Compuesto por los elementos: 10%PYRAZOSULFURON- ETHYL Grupo al que pertenece: SULFONILUREA Toxicidad: 5 Estado Físico: SOLIDO Tipo de formulación: Polvo mojable (WP) Formulador y País de Origen: NISSAN CHEMICAL CORPORATION / JAPÓN Tipo de Uso: HERBICIDA EXPSENASA No: 2209-3383 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., viernes 30 de diciembre de 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 16 E. 2023 -- 68 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de septiembre del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el señor OMAR YOVANNI AMADOR ZUNIGA, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01597 contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA y DESCENTRALIZACIÓN, se promueve demanda especial en materia de personal para la declaración de nulidad de actos administrativos de carácter particular cancelación del cargo, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y como medida para restablecerla se ordene el reintegro al cargo en por lo menos igualdad de condiciones, con el pago de salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia definitiva. Reconocimiento de derechos y beneficios que sean generados en el curso del juicio aumentos salariales. Acompaño documentos y señalo el lugar donde obran otros se anuncian y ofrecen medios de prueba condena en costas-poder. En relación al Acuerdo de Cancelación Nº. 690-2022 de fecha 14 de septiembre del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2023 ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Tegucigalpa, M.D.C. República de Honduras, C.A. AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, con sede en Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 01 de abril del 2022, compareció a este juzgado el Ciudadano JUAN CARLOS MOLINA RIERA en su condición personal, por la VÍA DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, para la declaración de ilegalidad y nulidad del acto administrativo impugnado consistente en el RESOLUCIÓN SDN No 160-2021 emitida por la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa en fecha 25 de noviembre del 2021, reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten las medidas para el pago del complemento de auxilio de cesantía, o prestación similar que supuestamente se adeuda desde que se recibió el pago de la reserva laboral por parte del Instituto de Previsión Militar, más el pago de los intereses, daños y perjuicios ocasionados y que correspondiente a la cantidad de DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE LEMPIRAS CON CUARENTA Y CUATRO CENTAVOS (L. 227,529.44); contra el Estado de Honduras a través de la Procuraduría General de la República, quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden de ingreso No. 0801-2022-000187. Asimismo, se hace la advertencia que los legitimados como parte demandada con arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación. DOY FE. ABG. RUTH ALEJANDRA CASTELLÓN CERRATO SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2023 ________ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa, M.D.C., 09 de enero 2023 AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 10 de mayo del 2022, compareció a este juzgado el abogado Jhonatan Gabriel Rosales Corrales, en su condición de representante legal de la señora Amelia Sarahi Lara Paz, presentando escrito de demanda vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia, con orden de ingreso No.0801-2022-00364, solicitando la nulidad de un acto administrativo. Que se anule totalmente el mismo por hacer sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico. Que se reconozca una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al reintegro al puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta la fecha en que se reintegre a su puesto de trabajo mi representada, incluyendo los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social y las vacaciones y bonificaciones de las mismas que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta que sea reintegrada, así como todos los aumentos y beneficios que se otorguen durante la secuela del juicio a los servidores públicos. Costas. En relación al acto tácito, de fecha 19 de abril del 2022, por el cual se cancela verbalmente el ACUERDO DE NOMBRAMIENTO, de la señora Amelia Sarahi Lara Paz, en el cargo de Asesor Legal de dicha, secretaría y dejando constancia de dicha acción mediante Acta Notarial en fecha 26 de abril del 2022. RITO FRANCISCO OYUELA FLORES SECRETARIO ADJUNTO 16 E. 2023 -- 69 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de octubre del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Lesly Barahona Vivas, con orden de ingreso número 0801-2022-01631, contra la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, incoando demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico por exceso y desviación de poder.- Declarar la ilegalidad del mismo.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fui objeto y como medida para su pleno restablecimiento de mi derecho se ordene el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones y el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos y demás colaterales, desde la fecha del despido hasta que se ejecute la sentencia respectiva a título de daños y perjuicios.- Costa del juicio.- Se acompañan documentos.- Confiere poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación número 12997 de fecha 28 de septiembre del 2022, emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 16 E. 2023 ________ Zona Industrial de Procesamiento San José, S.A. Apartado Postal # 3973 - San Pedro Sula Tel: (504) 2516-3092 Honduras, C.A. C O N V O C A T O R I A El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil “ZONA INDUSTRIAL DE PROCESAMIENTO SAN JOSE, S.A.” (Zip San José) de este domicilio, por este medio convoca a los ACCIONISTAS para que participen en la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA que se desarrollará vía plataforma ZOOM, a las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) del día lunes 06 de marzo de 2023, asimismo, a la ASAMBLEA EXTRAORDINARIA para tratar los asuntos siguientes: ASAMBLEA ORDINARIA a) Inscripción. b) Nombramiento de escrutadores. c) Informe de escrutadores. d) Apertura de las asambleas. . e) Informe del Consejo de Administración. f) Lectura del Balance General y Estado de Resultados al 31 de diciembre de 2022. g) Informe del Comisario. h) Discusión, aprobación o modificación del Balance General y Estado de Resultados. i) Declaración de Dividendos, en caso que proceda. j) Elección del Consejo de Administración. k) Elección de los Comisarios. l) Asignación de emolumentos. ASAMBLEA EXTRAORDINARIA a) Aumento de capital. b) Modificación de Escritura de Constitución Social. Si por falta de quórum no se pudieran celebrar las Asambleas en la fecha señalada, queda convocada para el siguiente día a la misma hora y por el mismo medio, con los accionistas que participen. San Pedro Sula, Cortés, 23 de enero de 2023. Lorenzo J. Pineda R. Secretario Consejo de Administración 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-5426 Fecha de presentación: 2022-09-13 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: TICOS CONVIDA NUTRICION CNLP, S.A. Domicilio: San José, Sabana Este, cien metros Este y cien metros Norte del Gimnasio Nacional en el Centro de Nutrición Larisa Páez, Costa Rica, Costa Rica. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Fernando José Deras E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONVIDA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programas informáticos, software de todo tipo, aplicaciones móviles descargables para su uso con dispositivos informáticos portátiles, de la case 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 29 D. 2022, 16 y 30 E. 2023 ________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o -- 70 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-2561 Fecha de presentación: 2022-05-12 Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CAFÉ DEL MAR BAKERY SHOP Domicilio: BARRIO El CENTRO, CALLE DEL COMERCIO, TELA ATLÁNTIDA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS GEORGINA ANARIBA CASTILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAFÉ DEL MAR G. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CAFÉ DEL MAR" en su forma conjunta sin darle exclusividad a las palabras de forma separada, los demás elementos denominativos que aparecen en el ejemplar de etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de restaurante y café, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 _________ Número de Solicitud: 2022-4556 Fecha de presentación: 2022-08-03 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MARISELA DURON CONTRERAS Domicilio: EDIFICIO MEDICO DURON, BARRIO LA PLAZUELA, FRENTE AL ARBOLITO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL DAVID ARISTIDES SANTOS GONZALEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAB DURON G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “LAB”. No se protege la frase “PIONEROS EN PATOLOGÍA 1954”, presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3535 Fecha de presentación: 2022-06-20 Fecha de emisión: 13 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: ANDY WILLBOR PONCE GIRON Domicilio: Tegucigalpa M.D.C., Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUZ IDALIA GIRON E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MICELL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Venta de celulares y accesorios, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOSS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-4742 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 22 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: POPULATION SERVICES INTERNATIONAL (PSI). Domicilio: DISTRITO DE COLUMBIA, WASHINGTON, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, Estados Unidos de America. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CARLOS FELIPE DE JESÚS GIRÓN MENDIETA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SABATICA G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SABATICA” y la apariencia de la etiqueta, no se da exclusividad a los términos “SISTEMA ANTICONCEPTIVO DE 5 AÑOS” contenida en la misma. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Medicamento anticonceptivo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 -- 71 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-1807 Fecha de presentación: 2022-04-07 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS DEL PETROLEO SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE (DIPPETROL, S.A. DE C.V.) Domicilio: 21 Calle, 7 y 8 avenida, # 127, colonia Universidad, San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS GEORGINA ANARIBA CASTILLO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XPLUS G. H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización exportación e importación de aceites, grasas industriales, lubricantes, incluyendo gasolina para motores, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 30 D. 2022, 16 y 31 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-1567 Fecha de presentación: 2021-04-07 Fecha de emisión: 16 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: G INVESTMENTS, S. DE R.L. Domicilio: RESIDENCIAL, LA CASCADA, BLOQUE A, CASA #1, TEGUCIGALPA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL ROSA LIZETH IRIAS ALVAREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MISS CAPPUCCINO G. H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre la palabra “CAPPUCCINO” los demás elementos denominativos que aparecen en los ejemplares de etiqueta no se protegen. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café y sucedáneos del café, de la clase 30.- Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 D. 2022, 16 y 31 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-4370 Fecha de presentación: 2022-07-25 Fecha de emisión: 9 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES TECNOLOGICAS Y CREATIVAS DE HONDURAS, S. DE R.L. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., colonia América, Ave. América, Torre Ejecutiva Xcala, piso 8, local 806, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA JOSELINA CERRATO ORDOÑEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MASTER GAMING G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos “MASTER” y “GAMING” por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de aparatos e instrumentos científicos, fotográficos, cinematográficos, aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes, cajas registradoras, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3546 Fecha de presentación: 2022-06-20 Fecha de emisión: 15 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: DIANA BEATRIZ OCHOA MOLINA Domicilio: CORQUÍN, COPÁN, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL MARIA MERCEDES ROMERO LARA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CAFE ORQUIDEA G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “CAFE”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café, café en diversas presentaciones: Tostado en grano, tostado molido, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 D. 2022 y 16 E. 2023 -- 72 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-4411 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON, S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de naúseas y vómitos: preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 ALONOR Número de Solicitud: 2022-1736 Fecha de presentación: 2022-04-05 Fecha de emisión: 6 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: FUGASYA ________ J.- Para Distinguir y Proteger: Preparados farmacéuticos, en concreto, preparados de corticosteroides, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-4457 Fecha de presentación: 2022-07-28 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON, S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmaceuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de naúseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 BILASNOR NORMON -- 73 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-4937 Fecha de presentación: 2022-08-23 Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Immersive Health Solutions LLC. Domicilio: 1209 Orange Street Wilmington Delaware 19801 United States of America, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 2169026 de fecha 24/02/2022 de Canadá C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “REALITY ONE” en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cuero, imitación de cuero, pieles y cueros de animales y cuero vegano, maletines, bolsas de cuero, bolsas de compras reutilizables, bolsas de playa; cajas de cuero o cartón de cuero, maletines, estuches para tarjetas de visita, estuches de cuero o cartón de cuero, estuches para tarjetas de crédito (carteras), bolsas de juego, bolsas para ropa de viaje, bolsos de mano, llaveros, etiquetas de cuero, correas de cuero; etiquetas de equipaje, etiquetas de equipaje, estuches de música, sombrillas, carteras de bolsillo, monederos, mochilas escolares, cinturones de cuero, asas de maleta, maletas, bolsas de aseo, bolsas de herramientas; bolsas de viaje, paraguas, neceseres, bastones, bastones, bolsas de equipaje y de transporte, paraguas y sombrillas, bastones, collares, correas y ropa para animales, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 REALITY ONE ________ Número de Solicitud: 2022-5134 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jobchain Enterprises GmbH. Domicilio: DC Tower, Donau-City-Strasse 7, 1220 Vienna (Austria), Austria. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Proporcionar acceso a bases de datos; comunicaciones por teléfonos móviles; comunicaciones por terminales de ordenador; proporcionar salas de chat en Internet; envío de mensajes; proporcionar foros en línea; servicios de buscapersonas [radio, teléfono u otros medios de comunicación electrónica]; proporcionar canales de telecomunicación para servicios de telecompra; proporcionar acceso a los usuarios a redes informáticas mundiales: transmisión de vídeo a la carta; servicios de videoconferencia; servicios de correo de voz, de la clase 38 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 Jobchain Número de Solicitud: 2022-5135 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Jobchain Enterprises GmbH. Domicilio: DC Tower, Donau-City-Strasse 7, 1220 Vienna (Austria), Austria. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Academias [educación]; entrenamiento [formación]; organización de concursos [educación o entretenimiento]; organización y realización de conferencias; organización y realización de congresos; cursos por correspondencia; organización de eventos de entretenimiento de cosplay; examen educativo; servicios educativos prestados por escuelas; autoedición electrónica; servicios de entretenimiento; organización de exposiciones con fines culturales o educativos; organización de desfiles de moda con fines de entretenimiento; servicios de juegos prestados en línea desde una red informática; suministro de información en el ámbito de la educación; suministro de información en el ámbito del entretenimiento; suministro de información relativa a actividades recreativas; publicación en línea de libros y revistas electrónicas; suministro de publicaciones electrónicas en línea, no descargables; organización y realización de seminarios; servicios de enseñanza/educación/servicio de instrucción; suministro de clasificaciones de usuarios con fines de entretenimiento o culturales /suministro de clasificaciones de usuarios con fines de entretenimiento o culturales; suministro de reseñas de usuarios con fines de entretenimiento o culturales; orientación profesional [asesoramiento en materia de educación o formación]; reciclaje profesional; organización y realización de talleres [formación], de la clase 41 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 Jobchain ________ Número de Solicitud: 2022-5136 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jobchain Enterprises GmbH. Domicilio: DC Tower, Donau-City-Strasse 7, 1220 Vienna (Austria), Austria. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Almacenamiento de datos a través de una cadena de bloques, cadena de bloques como servicio [BaaS], diseño de software, consultoría de software, desarrollo de software, ingeniería de software, desarrollo de software, servicios de desarrollo de software, consultoría de software, diseño de sistemas de información [hardware y software informático] relacionados con las finanzas, suministro del uso temporal de software no descargable para analizar datos financieros y elaboración de informes, pruebas de equipos informáticos, desarrollo de programas informáticos para la logística, la gestión de la cadena de suministro y los portales de comercio electrónico, diseño y desarrollo de programas informáticos para la logística, la gestión de la cadena de suministro y los portales de comercio electrónico, supervisión electrónica de las transacciones con tarjeta de crédito para la detección de fraudes en internet, servicios de desarrollo relacionados con las bases de datos, programación de programas informáticos de gestión de bases de datos; desarrollo de bases de datos; desarrollo y mantenimiento de programas informáticos de bases de datos, diseño y desarrollo de programas informáticos de gestión de bases de datos, de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTÍNEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 Jobchain -- 74 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-870 Fecha de presentación: 2022-02-16 Fecha de emisión: 24 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DIFORZA INTERNACIONAL S.A. DE C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUIS ANTONIO VELASQUEZ VALLE E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RACINGTEC G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga protección sobre la frase “TUNIG ACCESORIES” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales relacionados a la comercialización de accesorios, repuestos y artículos para automóviles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-868 Fecha de presentación: 2022-02-16 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DIFORZA INTERNACIONAL S.A. DE C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUIS ANTONIO VELASQUEZ VALLE E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TAISO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales relacionados a la comercialización de accesorios, repuestos y artículos para automóviles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-871 Fecha de presentación: 2022-02-16 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: DIFORZA INTERNACIONAL S.A. DE C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUIS ANTONIO VELASQUEZ VALLE E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FORCETEC G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le otorga protección sobre la frase “POWER RANCING” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Gestión de negocios comerciales relacionados a la comercialización de accesorios, repuestos y artículos para automóviles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 -- 75 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-3581 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SIERRA ONCOLOGY, INC. Domicilio: 1820 GATEWAY DR., SUITE 110 SAN MATEO, CALIFORNIA 94404, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; servicios de pruebas médicas; servicios de cribado y análisis de ADN con fines médicos de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 ________ OJJAARA Número de Solicitud: 2022-4401 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON, S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN METRONOR NORMONG.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de náuseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-4410 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMIKANORG.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de náuseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico. de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 -- 76 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-3264 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 6 de julio de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB Domicilio: SE-106 38 Stockholm, Suecia, B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOWEVER YOU MOVE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se usará con la marca figurativa 2021-5967. J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; calzado; sombrerería; trajes deportivos; calzoncillos de baño; trajes de baño; batas de baño; bikinis; pantalón de gala; pantalones deportivos; pañuelos para el cuello; guantes; chaquetas deportivas; chaquetas de concha; chaquetas de lana; chaquetas acolchadas; pantalones cortos deportivos; faldas; ropa interior deportiva; camisetas manga corta; jumpers deportivos; monos; pañuelos de bolsillo; ropa impermeable; bufandas; camisetas deportivas; ropa de playa; camisetas deportivas sin mangas; sujetadores deportivos; medias de atletismo; medias deportivas; suéteres; camisetas deportivas; chalecos, mitones; ropa exterior; abrigos; chaquetas; ropa de niños; camisetas; pantalones cortos; medias; camisetas sin mangas; pantalones; jumpers; ropa interior; medias; sombreros; gorras; gorros; viseras; bandas para la cabeza; zapatos para correr; zapatos de entrenamiento; zapatos de senderismo; mascarillas faciales (ropa de moda); trajes de neopreno; bragas de cuello, bandas para el sudor, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-5518 Fecha de presentación: 2021-10-19 Fecha de emisión: 8 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: E.T. Browne Drug Co., Inc. Domicilio: 440 Sylvan Avenue, Englewood Cliffs, New Jersey 07632, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PALMER’ S COCOA BUTTER FORMULA G.- H.- Reservas/Limitaciones: NO SE DA EXCLUSIVIDAD A LAS PALABRAS “COCOA BUTTER FORMULA”, SOLO PODRA SER USADA EN SU FORMA CONJUNTA “PALMER´S COCOA BUTTER FORMULA”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado del cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3263 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 6 de julio de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB Domicilio: SE-106 38 Stockholm, Suecia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (18) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOWEVER YOU MOVE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se usará con la marca figurativa 2021-5966 J.- Para Distinguir y Proteger: Cuero e imitaciones de cuero; cueros y pieles de animales; maletas; bolsos; bolsos deportivos; sombrillas; bolsos para viaje; billeteras; bolsos de mano; bolsos de mano de noche; bolsos de trabajo; bolsos de hombro; sacos de lona; bolsos para compras; mochilas; bolsas para atletismo; carteras; baúles (maletas); llaveros; bolsos, de tocador, de la clase 18. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-5519 Fecha de presentación: 2021-10-19 Fecha de emisión: 8 de junio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: E.T. Browne Drug Co., Inc. Domicilio: 440 Sylvan Avenue, Englewood Cliffs, New Jersey 07632, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PALMER’S COCONUT OIL FORMULA G.- H.- Reservas/Limitaciones: NO SE DA EXCLUSIVIDAD A LAS PALABRAS “COCONUT OIL FORMULA”. SOLO PODRA SER USADA EN SU FORMA CONJUNTA “PALMER´S COCONUT OIL FORMULA”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para el cuidado de la piel, preparaciones para el cuidado del cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3267 Fecha de presentación: 2022-06-09 Fecha de emisión: 6 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB Domicilio: SE-106 38 Stockholm, Suecia. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HOWEVER YOU MOVE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Clases de actividades de gimnasia; instrucción de yoga, instrucción de pilates; servicio de aptitud física y deporte; servicio de renta relacionados a equipo e instalaciones para deporte, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 14, 29 D. 2022 y 16 E. 2023 -- 77 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-4458 Fecha de presentación: 2022-07-28 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CIPRONOR NORMON G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de náuseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 Número de Solicitud: 2022-5132 Fecha de presentación: 2022-08-30 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Jobchain Enterprises GmbH Domicilio: DC Tower, Donau-City-Strasse 7, 1220 Vienna (Austria), Austria B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Jobchain G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Administración de programas de fidelización de consumidores; tramitación administrativa de órdenes de compra; publicidad/ propaganda; servicios de agencia de publicidad/servicios de agencia publicitaria; publicidad por correo; servicios de asesoramiento en materia de gestión empresarial; servicios de intermediación empresarial relativos a la puesta en contacto de posibles inversores privados con empresarios que necesitan financiación; investigaciones empresariales; asesoramiento en materia de gestión y organización empresarial; asistencia en materia de gestión empresarial; asesoramiento en materia de gestión empresarial; gestión empresarial para proveedores de servicios autónomos; asesoramiento en materia de organización empresarial; servicios de gestión de proyectos empresariales para proyectos de construcción; investigación empresarial; consultoría empresarial profesional; suministro de información empresarial; suministro de información empresarial a través de un sitio web; administración comercial de la concesión de licencias de bienes y servicios de terceros; servicios de agencia de información comercial; servicios de intermediación comercial; suministro de información comercial y de contactos empresariales; suministro de información comercial y asesoramiento a los consumidores en la elección de productos y servicios; compilación: de información en bases de datos informáticas; compilación de estadísticas; compilación de índices de información con fines comerciales o publicitarios; análisis de precios de coste; búsqueda de datos en archivos informáticos para terceros; demostración de bienes; publicidad por correo directo; previsión económica; servicios de agencia de empleo; organización de exposiciones con fines comerciales o publicitarios; organización de desfiles de moda con fines promocionales; servicios de registro de regalos; servicios de agencia de importación y exportación; facturación; servicios de inteligencia de mercado; estudios de mercado; negociación y conclusión de transacciones comerciales para terceros; negociación de contratos comerciales para terceros; publicidad en línea en una red informática; puesta a disposición de un mercado en línea para compradores y vendedores de bienes y servicios; publicidad de pago por clic; consultoría de gestión de personal; contratación de personal; servicios de comparación de precios; promoción de bienes y servicios mediante el patrocinio de acontecimientos deportivos; optimización de motores de búsqueda para la promoción de ventas / optimización de motores de búsqueda para la promoción de ventas; organización de suscripciones a servicios de telecomunicaciones para otros; sistematización de información en bases de datos informáticas; servicios de declaración de impuestos; preparación de impuestos; organización de ferias comerciales; actualización y mantenimiento de datos en base, de datos informáticas; actualización y mantenimiento de información en registros; provisión de clasificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios / provisión de calificaciones de usuarios con fines comerciales o publicitarios; provisión de reseñas de usuarios con fines comerciales o publicitarios; redacción de currículos para otros/redacción de currículos para otros, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023 -- 78 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-3560 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 6 de enero de 2023 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL Solicitante: VUESTRA CASA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: SIGUATEPEQUE, BARRIO ABAJO, DEPARTAMENTO DE COMAYAGUA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL GERMAN HERRERA SIMON E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VUESTRA CASA G.- H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE EN SU FORMA CONJUNTA “VUESTRA CASA” SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LOS TERMINOS DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: EMPRESA DEDICADA ALA CREACIAÓN DE PROYECTOS DE ENTRENAMIENTO, EVENTOS ESPECIALES, ACTIVIDADES DE ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN, TODO LO RELACIONADO CON HOTELERIA Y GASTRONOMIA, BAR, SPA, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-4687 Fecha de presentación: 2022-08-10 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Compañia Televisora Hondureña S.A. Domicilio: Boulevar Suyapa, contiguo Emisoras Unidas, Tegucigalpa, M.D.C., CP 1101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ELA PATRICIA SARMIENTO E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Club Deportes TVC Premiamos tu Pasión, y DISEÑO G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Entrenamiento, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. Número de Solicitud: 2022-3571 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 7 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA Solicitante: ANPHAR S.A. DE C.V. Domicilio: COMPLEJO CONFECCIONES EL BARÓN, SEGUNDA CALLE , SALIDA VIEJA A LA LIMA, EDIFICIO 8, LOCAL 5, SAN PEDRO SULA, CORTÉS Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL ANGELICA MARIA LAGOS E.- CLASE INTERNACIONAL ( 5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HIDRA SAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS PARA PERSONAS, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. ______ [1] Solicitud: 2019-051330 [2] Fecha de presentación: 13-12-2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS A.- TITULAR [4] Solicitante: LUIS FERNANDO SABILLON GUZMAN [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SERVITECA Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 37 [8] Protege y distingue: Servicios técnicos, consiste en reparación mantenimiento y asesoria de electrodomesticos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NORA ELENA GUZMÁN POSAS USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de Febrero, del año 2020 [12] Reservas: No se protegen las palabras “TECH, SERVICES, CENTER” que aparecen en los ejemplares de etiqueta. Abogado. NORA GUZMAN Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. -- 79 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 16 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,130 Número de Solicitud: 2022-4118 Fecha de presentación: 2022-07-12 Fecha de emisión: 1 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL Solicitante: GRAPHXSOURCE HONDURAS S. DE R.L. Domicilio: BO. LOS ANDES 16 AVE, 6 Y 7 CALLE METRO PARK PISO 6, SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: DENOMINATIVA D.- APODERADO LEGAL ALICIA IRENE TABORA RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL ( ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMIN GRAPHX SOURCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: La finalidad comercial será: Servicios cientificos y tecnológicos asi como servicios de investigación y diseño relativo a ellos; servicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software, de la calse 50 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-4117 Fecha de presentación: 2022-07-12 Fecha de emisión: 1 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS Solicitante: GRAPHXSOURCE HONDURAS S. DE R.L. Domicilio: BO. LOS ANDES 16 AVE, 6 Y 7 CALLE METRO PARK PISO 6, SAN PEDRO SULA, CORTES, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: MIXTA D.- APODERADO LEGAL ALICIA IRENE TABORA RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (42 ) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRAPHXSOURCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se protegen demás elementos denominativos incorporados en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios científicos y tecnológicos así como de servicios de investigación y diseño relativo a llos, srvicios de análisis y de investigación industrial; diseño y desarrollo de ordenadores y software, de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 16, 31 E. y 15 F. 2023. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TECNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRICOLAS AVISO DE RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN La Abog. CARMEN PATRICIA BONILLA Actuando en representación de la empresa: LABORATORIOS QUIMICOS INDUSTRIALES, S.A (LAQUINSA) Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN Nombre Comercial: ATRALAQ 50 SC Compuesto por los elemetos: 50% ATRAZINE Gupo ala que Pertenece: TRIAZINE Toxicidad: 5 Estado físico: LIQUIDO Tipo de formulación: Suspención concentrada (SC) Formulador y País de Origen: LABORATORIO QUIMICO INDUSTRIALES, S.A (LAQUINSA) /COSTA RICA Tipo de Uso: HERBICIDA EXPESENASA No. 2207-2925 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C. viernes, 30 de diciembre de 2022 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe Interino Del Dartamento Regulatorio De Insumos Agrícolas 16. E 2023. -- 80 of 136 -- EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MIÉRCOLES 25 DE ENERO DEL 2023. NUM. 36,138 Poder Ejecutivo ACUERDO EJECUTIVO NÚMERO 02-2023 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Acuerdo Ejecutivo Número 02-2023, Decreto Ejecutivo PCM 05-2023 AVANCE A. 12 Sección B Avisos Legales B. 1 - 36 1 A. LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 245 de la Constitución, le corresponde a la Presidenta de la República, entre otras atribuciones, dirigir la Política General del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley y administrar la Hacienda Pública. CONSIDERANDO: Que el artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública establece que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su artículo 228 establece que la Procuraduría General de la República, tiene la representación legal del Estado, su organización y funcionamiento serán determinados por la Ley. CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, reformada mediante Decreto Legislativo Número 266-2013 en su artículo 19 numeral 3) establece que el Procurador General de la República tiene a su cargo la representación del Estado, en el cumplimiento de las atribuciones siguientes: 1)…2)...3) Comparecer en representación del Estado, conforme a las instrucciones de la Presidenta de la República como titular del Poder Ejecutivo, y al otorgamiento de los actos o contratos en que estuviere interesado el Estado. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 103 de la Constitución de la República. El Estado reconoce, fomenta y garantiza la existencia de la propiedad privada en su más amplio concepto de función social y sin más limitaciones que aquellas que por motivos de necesidad o de interés público establezca la Ley. -- 81 of 136 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 106, párrafo primero de la Constitución de la República, nadie puede ser privado de su propiedad, sino por causa de necesidad o interés público calificados por la Ley o por resolución fundada en ley, sin que medie previa indemnización justipreciada. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), y el Gobierno de la República de Japón, a través de la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), suscribieron el Convenio de Donación No Reembolsable No. 2160590, mediante el cual el Gobierno de Honduras se compromete a la adquisición de tierras para la Construcción del Proyecto de “Reconstrucción Puente en Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ejecutivo Número PCM 05-2022 de fecha seis (6) de abril de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Edición No. 35,892, establece en su artículo 21 numeral 14), suprimir la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). Asimismo, en el artículo 7 del cuerpo legal precitado, se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con la finalidad de desarrollar los proyectos y programas de infraestructura. Esta Secretaría contará con dos Subsecretarías: 1) Subsecretaría de Obras Públicas; y, 2) Subsecretaría de Transporte. CONSIDERANDO: Que el Decreto Ejecutivo Número PCM 11-2022 de fecha 3 de mayo de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Edición No. 35,913, establece en su artículo 4 que, con el objeto de continuar el normal desarrollo de los programas y proyectos ejecutados por las Secretarías de Estado suprimidas, estas mantendrán su carácter de organismos ejecutores de los respectivos proyectos que están en ejecución, debiendo realizar las actividades operativas y administrativas de los mismos, hasta que los programas y proyectos sean trasladados de manera ordenada, eficaz, eficiente y en debida forma a las instituciones públicas que correspondan. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), se encuentra ejecutando el Proyecto de “Reconstrucción Puente en Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”, ubicado en el Municipio de Nacaome, departamento de Valle, para lo cual es indispensable la adquisición de los terrenos adyacentes a dicho Proyecto, para poder construir dicho Puente. CONSIDERANDO: Que la inversión en infraestructura pública es un pilar esencial de la economía nacional, -- 82 of 136 -- fundamental para el crecimiento económico y la competitividad a nivelo internacional. Asimismo, la construcción es la industria que reporta la mayor generación de empleo, y frente a las secuelas de una crisis financiera internacional, ahora transformada en recesión económica global, la generación de empleo es indispensable para evitar mayores daños en las condiciones socioeconómicas de la población. CONSIDERANDO: Que la Dirección Nacional de Bienes del Estado, mediante Resoluciones de fecha catorce (14) de noviembre del año 2022, y resolución de fecha veintidós (22) de diciembre de 2022, declara favorable el proceso de indemnización a favor de los señores OSCAR RENÉ OLIVA MARTÍNEZ, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA y PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA, PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, MARÍA CLEOTILDE ORTÍZ ORTÍZ, CARLOS HUMBERTO PEÑA AGUILAR, JOSÉ ANTONIO MEJÍA RODRÍGUEZ, afectados por la ejecución del Proyecto de “Reconstrucción Puente en Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”. POR TANTO: En aplicación de lo dispuesto en los artículos 103,106, 245 numerales 11) y 19), 228 de la Constitución de la República; artículos 11, 29, 33, 36 y 116 de la Ley General de Administración Pública; artículo 19 numeral 3 de la Ley para Optimizar la Administración Pública; artículos 15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública contenida en Decreto Legislativo No. 58-11; artículo 126 de la Ley de Propiedad contenida en Decreto Legislativo No. 82- 2004; artículos 37, 43 y 47 de la Ley de Propiedad; Artículo 2 de la Ley de Contratación del Estado; artículo 2 numerales 1 y 2 de la Ley de Simplificación Administrativa; artículos 7 y 21 numeral 14) del Decreto Ejecutivo Número PCM 05-2022; artículo 3 reformado, inciso a) de la Ley de Impuesto sobre tradición de inmuebles; Acuerdo No. CD-IP-018-2021 del Instituto de la Propiedad; artículo 7 de la Ley de la Dirección Nacional de Bienes del Estado; artículo 71 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Dirección Nacional de Bienes del Estado; y demás aplicables. ACUERDA: PRIMERO: Autorizar al Procurador General de la República, para que en nombre y representación del Estado de Honduras, comparezca ante Notario Público, junto con los señores OSCAR RENÉ OLIVA MARTÍNEZ, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA y PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA, PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, MARÍA CLEOTILDE ORTÍZ ORTÍZ, CARLOS HUMBERTO PEÑA AGUILAR, JOSÉ ANTONIO MEJÍA RODRÍGUEZ, a formalizar la Escritura Pública correspondiente, a efecto de proceder a otorgar el Traspaso de Dominio a favor del Estado de Honduras, de los inmuebles ubicados en el Municipio de Nacaome, departamento de Valle, mismos que serán afectados debido la ejecución del Proyecto de “Reconstrucción Puente en Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”, los cuales los describen a continuación: -- 83 of 136 -- No. No. Expedi ente Nombre Afectado DNI AREA (M2) Valor por Terreno (Lps) Valor por Mejoras (Lps) Valor a Indemniz ar (Lps) Número de asiento inscrito en el Instituto de la Propiedad. 1 PGN- 002-T Oscar Rene Oliva Martínez 1701- 1988- 00835 91.56 61,064.11 No hay mejoras 61,064.11 Número de antecedente 14, Tomo 309 /matrícula 0002019794- 00000, asiento número 1 2 PGN- 003-T Carmen Jackeline Núñez García / Pedro Pablo Núñez Zambrano 1701- 1981- 05921 /1701- 1971- 00477 92.79 61,891.10 No hay mejoras 61,891.10 Número de antecedente 14, Tomo 309 /matrícula 0002021470- 00000, asiento número 1 3 PGN- 004-VT Carmen Jackeline Núñez García 1701- 1981- 05921 593.9 2 425,225.16 2,835,258.1 3,260,483. Número de antecedente 14, Tomo 309/matrícula 0002023100- 00000, asiento número 1 4 PGN- 007-VT Pedro Pablo Núñez Zambrano 1701- 1971- 00477 388.8 4 259,404.12 377,301.41 636,705.5 Número de antecedente 14, Tomo 309 / matrícula 0002019975- 00000, asiento número 1 PGN- 010- VNT María Cleotilde Ortíz Ortíz 0611- 1944- 00098 378.2 3 251,962.89 4,773,358.6 5,025,321. Número de antecedente 99, Tomo 385 /matrícula 0002010536- 00000, asiento número 1 PGN- 012- NT Carlos Humberto Peña Aguilar 1701- 1965- 00281 2,188 .37 1,569,352.9 2,287,645.1 3,856,998. Número de antecedente 14 tomo 309/ matrícula 0002057340- 00000, asiento número 1 7 PGN- 014-T José Antonio Mejía Rodríguez 1706- 1970- 00346 443.9 5 301,305.37 No hay mejoras 301,305.3 Matrícula 0002029312- 00000, asiento número 2, /matrícula 0002052791- 00000, asiento número 2 -- 84 of 136 -- SEGUNDO: Autorizar el Pago por la cantidad de Trece Millones Doscientos Tres Mil Setecientos Sesenta y Nueve Lempiras con cinco centavos (L 13,203,769.05), a favor de los señores OSCAR RENÉ OLIVA MARTÍNEZ, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA y PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, CARMEN JACKELINE NÚÑEZ GARCÍA, PEDRO PABLO NÚÑEZ ZAMBRANO, MARÍA CLEOTILDE ORTÍZ ORTÍZ, CARLOS HUMBERTO PEÑA AGUILAR, JOSÉ ANTONIO MEJÍA RODRÍGUEZ, por los inmuebles afectados debido a la ejecución del Proyecto de “Reconstrucción Puente en Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”, de conformidad a los Informes de Avalúo emitidos por la Comisión de Avalúo nombrada para tal efecto y las Resoluciones emitidas por la Dirección Nacional de Bienes del Estado. TERCERO: El Pago en mención, previo otorgamiento y registro de la Escritura de Tradición de Dominio a favor del Estado de Honduras, lo hará la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con cargo a la estructura presupuestaria siguiente: Institución 0411, Gerencia Administrativa 002, Unidad Ejecutora 010, Programa 13, Sub-Programa 00, Proyecto 001, Actividad u Obra 002, Fuente 11, Organización 01, Objeto de Gasto 41120. CUARTO: Se autoriza e instruye al Instituto de la Propiedad (IP), a simplificar el procedimiento de inscripción de las Escrituras de los referidos inmuebles a favor del Estado de Honduras. QUINTO: Con la finalidad de simplificar el proceso de inscripción de los bienes inmuebles a favor del Estado de Honduras y de conformidad con las leyes en la materia, se exime de: 1) El pago del Impuesto de Tradición del Inmueble, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 reformado, inciso a) de la Ley de Impuestos sobre Tradición de Inmuebles, así como cualquier otro tipo de impuestos, tasas de gravamen y formalidades para su registro, por ser inmuebles escriturados a favor del Estado; 2) El pago de la Tasa Registral de conformidad al Acuerdo No. CD-IP-018-2021 y las consideraciones de interés público del proyecto “Reconstrucción del Puente en la Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”, ubicado en el municipio de Nacaome, departamento de Valle; 3) Cualquier otro trámite administrativo para llevar a cabo las presentes diligencias en el presente caso. SEXTO: La totalidad de los honorarios notariales y gastos en que se incurra por la escrituración de los inmuebles señalados anteriormente correrán por cuenta del Proyecto “Reconstrucción del Puente en la Carretera Nacional No.1, Puente Guacirope”. SÉPTIMO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT) -- 85 of 136 -- Poder Ejecutivo

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-05-2023 — Prórroga de la declaratoria del Estado de Emergencia Alimentaria para el año 2023

Poder Ejecutivo

DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 05-2023 LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir acuerdos y decretos conforme a ley, adoptar las medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Constitución de la República, la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla (artículo 59). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual se reunirá para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional (artículo 252, párrafo segundo). CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Ley de Contratación del Estado, la declaración del estado de emergencia se hará mediante Decreto de la Presidenta de la República en Consejo de Ministros. Asimismo, dicha ley establece que la contratación directa podrá realizarse cuando tenga por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por una situación de emergencia al amparo de lo establecido en el artículo 9 (artículos 9 y 63 numeral 1). CONSIDERANDO: Que de conformidad a lo establecido en el artículo 347 de la Constitución de la República, la producción agropecuaria debe orientarse preferentemente a la satisfacción de las necesidades alimentarias de la población hondureña, dentro de una política de abastecimiento adecuado y precios justos para el productor y el consumidor. CONSIDERANDO: Que el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA) es un pilar fundamental para el desarrollo del sector agropecuario y el apoyo financiero a las MIPYME del país, las actividades fundamentales para la producción, procesamiento y almacenamiento de productos necesarios para la canasta básica y estrechamente vinculados a garantizar la soberanía alimentaria, representando un instrumento para asegurar la equidad en el acceso del crédito a los sectores productivos claves relacionados con la calidad de vida, la generación de empleo y la disminución del flujo migratorio forzado. -- 86 of 136 -- CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 04-2022 se declaró el sector agropecuario como prioridad nacional y de interés público. El Poder Ejecutivo y los demás sectores relacionados, deben coadyuvar sus esfuerzos para la implementación de acciones eficientes y eficaces para el fortalecimiento de dicho sector, a fin de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema. CONSIDERANDO: Que según cifras del Instituto Nacional de Estadísticas (INE), en el año 2021, a nivel nacional 53 de cada 100 hogares se encuentran en situación de pobreza extrema, es decir, que sus ingresos se ubican por debajo del costo de la canasta básica de alimentos. En este contexto, hay una mayor concentración de la pobreza extrema en el área rural. CONSIDERANDO: Que actualmente se atraviesa una crisis económica mundial producto de las condiciones climáticas y un limitado acceso a insumos para la producción, a lo cual se suman la pandemia de COVID-19 y el conflicto Rusia- Ucrania, que ha provocado conmoción en los mercados financieros internacionales y ha aumentado drásticamente la incertidumbre sobre la recuperación de la economía mundial. CONSIDERANDO: Que el erario público fue devastado en la anterior administración y durante los últimos años se emitieron disposiciones que incidieron en la operatividad de BANADESA y sus finanzas, producto de lo cual el banco continúa presentando una posición desfavorable crítica en los indicadores financieros, a consecuencia de deficiencia de capital y la falta de implementación de planes estratégicos, lo cual impide la prestación de servicios a un sector fundamental de la economía. CONSIDERANDO: Que producto de la mala administración, la falta de cumplimiento de los procesos de control y seguimiento de sus operaciones y un fallido proceso de intervención, BANADESA se encuentra en una grave situación institucional. Por lo anterior, ante la necesidad urgente de realizar la reactivación financiera y administrativa de BANADESA y con el objeto de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema, fue declarado el ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA en todo el territorio nacional por el año 2022, mediante Decreto Ejecutivo número PCM 10-2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 03 de mayo de 2022, en su edición 35,913. CONSIDERANDO: Que las condiciones que motivaron dicha Declaratoria ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA siguen vigentes, por lo que resulta necesario, para garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema, prorrogar dicha Declaratoria por el año 2023. POR TANTO, En aplicación de los artículos 59, 235, 245, 252 y 347 de la Constitución de la República; artículo 11, 116 y 117 de la Ley -- 87 of 136 -- General de Administración Pública; artículos 9 y 63 numeral 1 de la Ley de Contratación del Estado; Decreto Ejecutivo número PCM 04-2022; Decreto Ejecutivo número PCM 10- 2022; y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. Prorrogar la declaratoria del ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA en todo el territorio nacional por el año 2023, con el objeto de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema en el país, continuando con el proceso de reactivación económica y financiera del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (BANADESA). Para enfrentar esta grave crisis agroalimentaria, se faculta a BANADESA a realizar de manera inmediata todas las acciones necesarias para cumplir con el objeto de la presente Declaratoria de Estado de Emergencia, dentro del marco legal y cumpliendo con las condiciones establecidas por la COMISIÓN NACIONAL DE BANCOS Y SEGUROS (CNBS), incluyendo medidas temporales excepcionales, en particular para que el banco pueda colocar préstamos dirigidos al sector productivo. ARTÍCULO 2. Autorizar a BANADESA, por razones de urgencia, eficiencia y rapidez, la contratación directa de los servicios y bienes indispensables para su reactivación, así como la contratación de los técnicos, agrónomos, personal administrativo y financiero que cumpla con los requisitos de idoneidad, todo con el objeto de responder a la crisis de manera oportuna y en las mejores condiciones de costo y calidad, garantizando su manejo de manera transparente y con veeduría social. ARTÍCULO 3. Se instruye a BANADESA a garantizar un proceso de auditoría interna para cada préstamo otorgado, así como para todo el proceso logístico y técnico que tenga lugar en virtud de la presente declaratoria. ARTÍCULO 4. Se instruye y se autoriza a BANADESA para proceder a la utilización de los fondos aprobados en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, Ejercicio Fiscal 2023, aprobado mediante Decreto Legislativo 157-2022, para que el sector agrícola pueda acceder al financiamiento para la producción. ARTÍCULO 5. El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata, entrará en vigencia el día de su firma y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 23 días del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA. -- 88 of 136 -- DESSIRÉ FLORES DUBÓN SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA, POR LEY JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO -- 89 of 136 -- DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA -- 90 of 136 -- ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO PABLO RAMÓN SOTO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS -- 91 of 136 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: Aprobar el siguiente: REGLAMENTO ESPECIAL DE CREDITOS Y RECUPERACIONES DEL HOSPITAL MILITAR TÍTULO PRELIMINAR. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 92 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 09 de agosto del año 2022, comparece el señor Jorge Heraldo Corea Benítez interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00969, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, incoando demanda especial en materia de personal. Se solicita la declaración de ilegalidad y subsecuente nulidad de un acto administrativo de carácter particular. Reconocimiento de una situación como ser el reintegro al cargo del cual fui cancelado o a otro de igual o mejor categoría al momento de la ejecución de la sentencia y el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación ilegal e injusta hasta la fecha de reinstalación al cargo. Que se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento. Se acompañan documentos se relacionan con claridad los hechos de la demanda con los medios de prueba que se pretendan utilizar. Que se adopten las medidas necesarias para evitar retrasos en sus tramitaciones y se garantice la pronta resolución judicial en aplicación de las Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad. Se confiere poder. - Especial condena en costas a la parte demanda; en relación al Acuerdo de Cancelación No. CTL-A-SEDIS-1650-2022 de fecha 04 de julio del 2022 por emitido la Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA 25 E. 2023 ________ Sección “B” JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil veintidós (2022) compareció ante este juzgado el ciudadano MARIO EDILBERTO FLORES BARAHONA, quien confirió poder al abogado JUAN MANUEL BORJAS AVILA, promoviendo demanda en materia personal con orden de ingreso 0801-2022-01743, contra EL ESTADO DE HONDURAS A TRAVES DE LA SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. Para que se declare, no ser conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter personal consistente en el Acuerdo de Cancelación No. STSS-604-2022, de fecha treinta (30) de septiembre de dos mil veintidós (2022). Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten la medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: A) Reintegro en mi cargo, B) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación.- Se reconozca y otorgue el derechos de igualdad salarial de manera retroactiva con todos sus derechos laborales, nivelaciones salariales de conformidad al mayor salario otorgado a otro inspector de trabajo, en cumplimiento del artículo 128 numeral tercero de la Constitución de la República.- se acompañan documentos.- petición y poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 25 E. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de septiembre de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado el abogado JUAN MANUEL BORJAS AVILA, en su condición de representante procesal de señor OLVER IVAN QUIÑONEZ ESCALANTE, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-01414 contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, demanda contencioso administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora nombrada en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM-005-2022 de fecha seis (06) de abril y PCM-011-2022 de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022).- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Pago de prestaciones e indemnizaciones laborales, b) Pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios a partir de la fecha de cancelación. Petición y poder. En relación al Acuerdo de Cancelación No. CTL-1511-2022 de fecha 31de agosto del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 25 E. 2023 -- 93 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la señora ROSA TERESA CRUZ COBOS, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-00973, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, demanda contencioso administrativo en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social.- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Reintegro en mi cargo; y, b) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación.- Se acompañan documentos.- Petición y poder. En relación al acto impugnado el Acuerdo de Cancelación No. SETRASS-431-2022 de fecha 29 de julio del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 25 E. 2023 ______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha once (11) de mayo del año dos mil veintidós (2022), interpuso demanda ante este Juzgado las señoras Diana Patricia Mondragón Aguilar y Tirza Suyapa Espinoza Salinas, con orden de ingreso número 0801-2022-00369, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería, incoando demanda ordinaria para nulidad parcial de acto administrativo que declaro con lugar un recurso de reposición parcialmente interpuesto contra la Resolución SAG-004-2022 consistente en reclamo administrativo de ajuste salarial.- Para que en sentencia definitiva se declare.- Pago.- Retroactivo en nivelación de ajustes de salarios y reclasificación de plazas ordenada en Resolución- SAG NÚMERO-039-2022.- Certificada con número SG- SAG-019-2022 costas del juicio se acompañan documentos.- Poder. ABG. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 25 E. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintidós (2022), la abogada NORMA PATRICIA REYES CRUZ, en su condición de apoderada legal de los señores JORGE RAFAEL MOREL FLORES, NIVIDA ALEJANDRA URBINA NUÑEZ Y JORGE ALBERTO SUAZO, compareció ante este Juzgado promoviendo demanda en materia personal con orden de ingreso 0801-2022-01574, contra EL ESTADO DE HONDURAS A TRAVES DE LA AGENCIA DE REGULACION SANITARIA (ARSA). Para que se declare la ilegalidad y nulidad de los actos administrativos de carácter particular, personal consistente en los Acuerdos No. 212-2022 de fecha 09 de septiembre de 2022, Acuerdo No. 229-2022 y Acuerdo No. 230-2022 ambos de fecha 23 de septiembre de 2022. Por no ser dictados conforme a derecho, por infringir el ordenamiento jurídico y por contener vicios de nulidad y quebrantamientos de las formalidades esenciales establecidas en la ley incluso con exceso y desviación de poder. - Que se reconozca la situación jurídica individualizada y se adopten las medidas necesarias para el restablecimiento de los derechos. Se ordene a la Agencia de Regulación Sanitaria (ARSA) el reintegro a un puesto de trabajo de igual o de mejor categoría a mis representados y a título de daños y perjuicios el pago de sueldos dejados de percibir desde la fecha de cancelación hasta que con sujeción de las normas procesales quede firme la sentencia. - Más el pago de los beneficios que ocurran durante el juicio, como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones, bonificaciones por concepto de vacaciones, vacaciones no gozadas y reconocimiento de los incrementos salariales. - Condena en costas. - Habilitación de días y horas inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. -Se acompañan documentos. - Poder ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 25 E. 2023 -- 94 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ADQUISICIÓN DE PROGRAMA DE LICENCIAMIENTO DE "MICROSOFT 365 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-PGR-001-2022 La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-001-2022, a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Programa de Licenciamiento de "Microsoft 365. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a LICDA. GLADYS NOHEMI AVILEZ TOME, Gerente General de Administración de la PGR, en el Edificio PGR Residencial el Trapiche calle principal, cuarto nivel, del miércoles 4 de enero al 18 de enero del 2023, de 08:30 a.m., a 04:30 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Gerencia General de Administración, Edificio PGR Resi- dencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a las once (11) de la mañana en punto (11:00 a.m.), el día 06 de febrero del 2023.-Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las once (11) con quince minutos de la mañana (11:15 a.m.), del día 6 de febrero del 2023, en el salón Escuela de Procurador, tercer nivel, Edificio PGR Residencial el Trapiche. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de Mantenimiento de oferta equivalente al 2% del valor de la oferta y con una vigencia mínima de 120 días calendario a partir la fecha de apertura de ofertas. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de diciembre del 2022. MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA 25 E. 2023 _______ Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ADQUISICIÓN DE POLIZA DE SEGURO TODO RIESGO INCENDIO, SEGURO PARA VEHÍCULOS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-PGR-002-2022 La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-002-2022, a presentar ofertas selladas para la Adquisición de Póliza de Seguro todo Riesgo Incendio, Seguro para Vehículos. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a LICDA. GLADYS NOHEMI AVILEZ TOMÉ, Gerente General de Administración de la PGR, en el Edificio PGR Residencial el Trapiche calle principal, cuarto nivel, del miércoles 4 de enero al 18 de enero del 2023, de 08:30 a.m., a 04:30 p.m. -- 95 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia General de Administración, edificio PGR, Residencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a la una (1) de la tarde en punto (1:00 p.m.) el día 6 de febrero del 2022.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las dos (2) con quince minutos de la tarde (2:15 p.m.) del día 6 de febrero del 2023, en el salón Escuela de Procurador, tercer nivel, edificio PGR, Residencial El Trapiche. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta equivalente al 2% del valor de la oferta y con una vigencia mínima de 120 días calendario a partir de la fecha de apertura de ofertas. Tegucigalpa, M.D.C., 29 de diciembre del 2022. MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA 25 E. 2023 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-PGR-003-2022 La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-003-2022 a presentar ofertas selladas para la ADQUISICIÓN DE MOBILIARIO Y EQUIPO DE OFICINA. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a LICDA. GLADYS NOHEMI AVILEZ TOMÉ, Gerente General de Administración de la PGR, en el edificio PGR, Residencial El Trapiche calle principal, cuarto nivel, del miércoles 04 de enero al 18 de enero del 2023 de 08:30 a.m. a 04:30 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia General de Administración, edificio PGR, Residencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a las diez (10) de la mañana en punto (10:00 a.m.) el día 07 de febrero del 2023.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las once (11) con quince minutos de la mañana (11: 15 a.m.) del día 07 de febrero del 2023, en el salón Escuela de Procurador, tercer nivel, edificio PGR Residencial El Trapiche. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta equivalente al 2% del valor de la oferta y con una vigencia mínima de 120 días calendario a partir de la fecha de apertura de ofertas. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de diciembre del 2022. MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA 25 E. 2023 _______ -- 96 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ADQUISICIÓN DE EQUIPO INFORMÁTICO LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-PGR-004-2022 La PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-004-2022, a presentar ofertas selladas para la ADQUISICIÓN DE EQUIPO INFORMÁTICO. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a LICDA. GLADYS NOHEMI AVILEZ TOMÉ, Gerente Gener al de Administración de la PGR, en el edificio PGR, Residencial el Trapiche calle principal, cuarto nivel, del miércoles 4 de enero al 18 de enero del 2023, de 08:30 a.m., a 04:30 p.m. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección Gerencia General de Administración, edificio PGR, Residencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a la una (1) de la tarde en punto (1:00 p.m.), el día 7 de febrero del 2023.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las dos (2) con treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.) del día 7 de febrero del 2023, en el salón Escuela de Procurador, tercer nivel, edificio PGR, Residencial El Trapiche. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta equivalente al 2% del valor de la oferta y con una vigencia mínima de 120 días calendario a partir de la fecha de apertura de ofertas. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de diciembre del 2022. MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA 25 E. 2023 _______ Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA ADQUISICIÓN DE FLOTA DE VEHÍCULOS LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. LPN-PGR-005-2022 La PROCURADURIA GENERAL DE LA REPÚBLICA (PGR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-PGR-005-2022 a presentar ofertas selladas para la ADQUISICIÓN DE FLOTA DE VEHÍCULOS. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a LICDA. GLADYS NOHEMI AVILEZ TOMÉ, Gerente General de Administración de la PGR, en el edificio PGR, Residencial El Trapiche, calle principal, cuarto nivel, del miércoles 04 de enero al 18 de enero del 2023, de 08:30 a.m., a 04:30 p.m. -- 97 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HonduCompras", (www.honducompras.gob.hn). Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia General de Administración, Edificio PGR, Residencial El Trapiche, cuarto nivel, a más tardar a la una (1) de la tarde en punto (1:00 p.m.) el día 08 de febrero del 2023.- Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las dos (2) con treinta minutos de la tarde (2:30 p.m.) del día 8 de febrero del 2023, en el salón Escuela de Procurador, tercer nivel, Edificio PGR, Residencial El Trapiche. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una garantía de Mantenimiento de oferta equivalente al 2% del valor de la oferta y con una vigencia mínima de 120 días calendario a partir de la fecha de apertura de ofertas. Tegucigalpa, M.D.C., 30 de diciembre del 2022. MANUEL ANTONIO DÍAZ GALEAS PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA 25 E. 2023 _______ Poder Judicial JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE SANTA ROSA DE COPÁN AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que la señora DORIS LUCIA FIGUEROA REINA, quien es mayor de edad, casada, abogada, hondureña, con Tarjeta de Identidad número: 0401-1965-00884 y con domicilio en esta ciudad de Santa Rosa, departamento de Copán, ha presentado SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, de un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado La Sabana de este término municipal, actualmente conocido como el sitio de Las Palomas, Belén, jurisdicción de esta ciudad de Santa Rosa, departamento de Copán, el cual se describe de la siguiente manera: Un lote de terreno con un área total de TRES PUNTO VEINTISIETE MANZANAS (3.27 MZ), con las colindancias siguientes: AL NORTE: Colinda con DORIS LUCIA FIGUEROA REINA; AL SUR: Colinda con herederos FIGUEROA REINA; AL ESTE: Colinda con JOAQUIN SAAVEDRA; y, al OESTE: Colinda con calle de por medio y con hermanos SANTOS JACOB; dicho terreno lo ha poseído en forma quieta, pacífica e ininterrumpida por más de diez años. Representa Abg. AVID ENRIQUE HERNANDEZ GARCIA Santa Rosa de Copán, 18 de febrero del 2022 EMMA DELFINA RAMOS BANEGAS SECRETARIA 25 N., 26 D. 2022 y 25 E. 2023 _______ JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 09 de agosto del año 2022 comparece el Abogado JUAN MANUEL BORJAS AVILA, representante procesal de la señora ZENYA VANESSA SUAZO MORALES, interpuso demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No.0801-2022-00977, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora, incoando demanda contencioso administrativo, en materia personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a través de la Comisión Técnica Liquidadora nombrada en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos PCM-005-2022, de fecha seis (06) de abril y PCM-011-2022, de fecha veintinueve (29) de abril de dos mil veintidós (2022).- Se declare la ilegalidad y su nulidad.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: a) Reintegro en el cargo u otro cargo de iguales o mejores condiciones laborales en aquel organismo con personalidad jurídica propia a la que por ley se le haya transferido las competencias atribuciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno, en cumplimiento del artículo 22 de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo; y, b) Pago de los salarios dejados de percibir a título de daños y perjuicios a partir de la fecha de cancelación.- Quede a salvo la garantía consagrada en el artículo 129 de la Constitución de la República.- Petición y Poder. MARGARITA ALVARADO GALVEZ SECRETARIA ADJUNTA. 25 E. 2023 -- 98 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Tegucigalpa, Honduras C.A. DICIEMBRE-2022 HOSPITAL ESCUELA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL (LPN) No.12-2023-HE-AFLTF El Hospital Escuela en aplicación de los artículos 26, 32, 38 y 46 de la Ley de Contratación del Estado, por este medio invita a presentar ofertas para el suministro de: "ADQUISlCIÓN DE FORMULAS LACTEAS, TORTILLAS Y FILETE DE PESCADO PARA EL HOSPITAL ESCUELA". Esta compra será financiada con Fondos Nacionales correspondiente al ejercicio fiscal año 2023. El pliego de Condiciones estará disponible a partir del día MARTES 20 de DICIEMBRE del 2022, en el horario de lunes a viernes de 7:30 a.m, a 3:30 p.m, en la siguiente dirección: Departamento de Adquisición y Suministros, primer piso del edificio Bloque Materno Infantil, Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., F.M., Los Pliegos de esta Licitación poseen un valor no reembolsable de QUINIENTOS LEMPIRAS EXACTOS (L 500.00), que deberán ser depositados a nombre del Hospital Escuela en Banco LAFlSE, S.A., en cuenta de cheques Nº 104503000209. El Pliego de Condiciones deberan ser solicitado mediante nota que indique su interés en participar en el proceso de Licitación Pública, acompañada del comprobante de pago, números de teléfono y dirección de correo electrónico. La recepción de la oferta deberan presentarse en sobre cerrado en la dirección administrativa Financiera desde el día martes 20 de diciembre del año 2022, hasta la fecha de la apertura, misma que se efectuará en un acto público en el , Auditorio Dr. Enrique Aguilar Paz, ubicado en el primer Piso del Hospital Escuela, Boulevard Suyapa, Calle “La Salud”, Tegucigalpa, M.D.C., el día LUNES 30 DE ENERO DEL AÑO 2023, 1a hora límite de recepción de ofertas será a las nueve y cuarenta cinco de la mañana (9:45 a.m.), hora Oficial de la República Honduras, acto seguido se procedera a la apertura de los sobres que contengan las ofertas a las diez de la mañana en punto (10:00 a.m.). La oferta deberá estar acompañada de una Garantía de Mantenimiento de Oferta en Original, a nombre del HOSPITAL ESCUELA, con una vigencia de ciento veinte (120) días calendario, contados a patir del día de la apertura de la oferta y por un monto equivalente al Dos por Ciento (2%), del valor total de la oferta expresada en Lempiras. El acto de apertura se efectuará en presencia, de representantes del Hospital Escuela, oferentes o sus Representantes y Veedores Sociales. Consultas: Para consultas o información dirigirse a la Dirección de Gestión Administrativa y Financiera hasta diez (10) días antes de la presentación de la oferta mediante nota en físico y/o correo electrónico martha.rodriguez@hospitalescuela.edu.hn con copia a licitaciones@,hospitalescuela.edu.hn. DR. OSMIN ONAN TOVAR PEÑA DIRECTOR GENERAL INTERNO HOSPITAL ESCUELA 25 E. 2023 -- 99 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha primero (01) de abril del dos mil veintidós, compareció ante este Juzgado el señor JUAN MANUEL BORJAS AVILA, incoando demanda personal con orden de ingreso No. 0801-2022-00193, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Se declare la ilegalidad y su nulidad. Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto. Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: A) Restitución en mi cargo y, B) Pagos de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de cancelación. Se acompañan documentos. Petición y poder. En relación al Acuerdo de cancelación No. STSS-282-2022 de fecha 14 de marzo de 2022. RITO FRANCISCO OYUELA SECRETARIO ADJUNTO 25 E. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. Tegucigalpa M.D.C., 15 de noviembre de 2022. A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo cincuenta (50) de la Ley de ésta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha uno (01) de agosto del año dos mil veintidós (2022), compareció a este Juzgado la señora CLAUDIA YAMILETH ELVIR BERRIOS, incoando demanda Contencioso Administrativo en materia de Personal, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, con orden de ingreso número 0801-2022-00796, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social. Se declare la ilegalidad y su nulidad. Se reconozca la situación juridica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto. Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser: A) Restitución en mi cargo y B) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación. Se acompañan documentos. Petición y poder. En relación al Acuerdo de cancelación No. STSS-393-2022 de fecha 30 de junio del año 2022. ABG. GERARDO VERLAN CASTRO NAVARRO SECRETARIO ADJUNTO 25 E. 2023 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del Artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto de dos mil veintidós (2022), compareció ante este Juzgado la abogada JAZMIN JAEL ESCOTO DUARTE, quien confirió poder al abogado JUAN MANUEL BORJAS AVILA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801- 2022-00974, J.5, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en Acuerdo No. SETRASS-432-2022, de fecha veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022), emitido por la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.- Se declare la ilegalidad y su nulidad total.- Se reconozca la situación jurídica individualizada por el acto ilegal e injustificado de que he sido objeto.- Se adopten las medidas necesarias para su pleno restablecimiento como ser; A) Reintegro en mi cargo y B) Pago de los salarios dejados de percibir a partir de la fecha de mi cancelación.- Se acompañan documentos.- Petición y poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 25 E. 2023 __________ __________ -- 100 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 CERTIFICACIÓN El Suscrito Oficial Jurídico de Secretaría General, de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 831- 2022.- SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, veintitrés de junio del dos mil veintidós. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha seis de marzo del año dos mil diecinueve, misma que corre bajo número de ingreso PJ-06032019-166, por la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, actuando en su condición de Apoderada Legal de la Asociación denominada “Child & Family Foundation.-Verein zur Unterstützung und Fórderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, hecho que se acredita mediante CARTA PODER de fecha siete de febrero del año dos mil diecinueve; contraída a pedir que se incorpore PERSONALIDAD JURIDICA Y ESTATUTOS, a favor de su representada, petición que fue registrada bajo el número de expediente administrativo PJ-06032019-166. CONSIDERANDO: Que la Organización constituida en el extranjero, denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, se crea como Asociación sin fines de lucro, constituida bajo las leyes de Austria, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres, así mismo estando sus estatutos apegados a la legislación hondureña. CONSIDERANDO: Que el domicilio de las Agencias y Sucursales de instituciones extranjeras, respecto a las negociaciones verificadas en Honduras, será el hondureño de conformidad con el Artículo 69 párrafo segundo del Código Civil, siendo este en la ciudad de la Ceiba, departamento de Atlántida. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contendida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes. -- 101 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. POR TANTO La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 26 numeral 2), 29 reformado, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 56 y 58 del Código Civil; 1, 6, 89, 10, 11, 15, 24, 25, 26 y demás aplicables de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD); 1, 3, 4, 8 inciso b), 10, 11, 13, 14, 15, 17 y demás aplicables del Reglamento de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD); 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo de Delegación de firma No. 14- 2022 de fecha 08 de febrero del año 2022. RESUELVE: PRIMERO: Incorporar a la Asociación sin fines de lucro constituida en el extranjero denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Fórderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, con domicilio de su sede matriz en Graz, Austria y en Honduras en la ciudad de la Ceiba, departamento de Atlántida; Teniendo como Objetivo el siguiente: La asociación que no persigue fines lucrativos desea apoyar y fomentar a nivel internacional e in situ a niños, jóvenes y familias necesitados que necesitan ayuda material o personal. Se trata en primer lugar de ofrecer ayuda para la auto-ayuda. Además, la asociación se dedica a la lucha contra la pobreza y la miseria en países en desarrollo mediante el fomento del desarrollo económico y especialmente social que debe inducir a un proceso de una economía sostenible y al crecimiento económico unido a cambios estructurales y sociales. SEGUNDO: Las disposiciones y normas señaladas en los presentes Estatutos incorporados que sean contrarias a la Norma Jurídica vigente hondureña se tendrán como no expresadas, prevaleciendo la Normativa Hondureña Vigente. TERCERO: Tener como representante Legal de la Organización constituida en el extranjero, denominada -- 102 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, en Honduras a la señora BARBARA HANNELORE SICKENBERGER GEB. GRIES, mayor de edad, soltera, de nacionalidad Alemana, con Carné de Extranjero Residente número 01-0607-2007-02801, con domicilio en la colonia El Confite, municipio de La Ceiba, departamento de Atlántida, quien queda obligada en caso de cesar en sus funciones comunicar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CUARTO: La Organización constituida en el extranjero, denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, presentará ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, a través de la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. QUINTO: Una vez incorporada la Organización constituida en el extranjero, denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, se inscribirá ante esta misma, el representante legal. SEXTO: La Organización constituida en el extranjero, denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. -- 103 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 SÉPTIMO: La disolución y liquidación de la Organización constituida en el extranjero, denominada “Child & Family Foundation. - Verein zur Unterstützung und Förderung von bedürftigen Kindern, Jugendlichen und Familien”, se hará de conformidad a las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. OCTAVO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOVENO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobada por el Poder Ejecutivo, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. DÉCIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. DÉCIMO PRIMERO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO SEGUNDO: De oficio procédase a emitir la Certificación de la presente Resolución, a razón de ser entregada al interesado. NOTIFÍQUESE. (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los 8 días del mes de diciembre de dos mil Veintidós. NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO 25 E. 2023 -- 104 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 CERTIFICACIÓN El suscrito, Oficial Jurídico de Secretaría General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización. CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 1220- 2022.- SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, ocho de septiembre del año dos mil veintidós. VISTA: Para resolver la manifestación en la notificación de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veintidós, por la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la Organización constituida en el extranjero denominada “CHILD & FAMILY FOUNDATION.- VEREIN ZUR UNTERSTÜTZUNG UND FORDERUNG VON BEDURFTIGEN KINDERN, JUGENDLICHEN UND FAMILIEN”, extremo que está debidamente acreditado mediante CARTA PODER de fecha siete de febrero del año dos mil diecinueve, petición que se encuentra registrada con orden de ingreso PJ-06032019-166. Se procede en los siguientes términos: ANTECEDENTES PRIMERO: En fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, esta Secretaría de Estado, emitió la resolución número 831-2022, mediante la cual se le otorgó Personalidad Jurídica a la Organización constituida en el extranjero denominada CHILD & FAMILY FOUNDATION. - VEREIN ZUR UNTERSTUTZUNG UND FÖRDERUNG VON BEDURFTIGEN KINDERN, JUGENDLICHEN UND FAMILIEN, con domicilio de su sede matriz en Graz, Austria y en Honduras en la ciudad de La Ceiba, departamento de Atlántida. SEGUNDO: En fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veintidós, compareció ante esta Secretaría de Estado, la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, a notificarse de la Resolución No. 831-2022, de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, en la cual manifestó estar no conforme de la misma, en virtud de que a su representada se le omitió la traducción al español de su nombre, así como también manifiesta la Abogada que en la precitada resolución, en la parte resolutiva, en su apartado “noveno” se consigno: “Los, presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobada por el Poder Ejecutivo...”, teniendo en cuenta que este tipo de asociaciones, los estatutos de las mismas ya vienen aprobados tanto por sus directivos y por -- 105 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 las autoridades gubernamentales del país de origen, debiendo la Secretaría de Estado, aceptarlos siempre y cuando no contravenga a la legislación hondureña. MOTIVACIÓN FÁCTICA Y JURÍDICA PRIMERO: Como cuestión previa a la revisión de los hechos sobre los que versa la petición fórmulada por la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, en su condición antes mencionada, se determinó que esta Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, es competente para conocer la solicitud referida en autos, en virtud de estar así dispuesto en el artículo 128 de la Ley de Procedimiento Administrativo. SEGUNDO: Asimismo, de dicha revisión, se logró determinar, por parte de esta Secretaría de Estado, que la documentación acompañada a la misma, se ajusta a los parámetros establecidos en el artículo 128 de la Ley de Procedimiento Administrativo, se pasaron los autos a la vista de esta autoridad superior, para emitir la presente resolución, ya que, el caso concreto, es de aquellos, que la resolución que se emita, no afectará derechos subjetivos o intereses legítimos, por lo que es procedente prescindir del Dictamen Legal, tal y como, lo establece el artículo 72 párrafo segundo de la Ley de Procedimiento Administrativo. TERCERO: En el caso concreto, la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, en la condición con que actúa, argumenta que la resolución número 831-2022 de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, debe ser corregida, en virtud de que, en la misma, por error involuntario se omitió la traducción al español de su nombre, siendo lo correcto y debiendo leerse “...ASOCIACION PARA EL APOYO Y FOMENTO DE NIÑOS, JOVENES Y FAMILIAS NECESITADOS”. Así como también en la cláusula “noveno” de la parte resolutiva se consignó por error involuntario: “Los presentes estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobada por el Poder Ejecutivo...”, teniendo en cuenta que este tipo de asociaciones, los estatutos de las mismas ya vienen aprobados tanto por sus directivos y por las autoridades gubernamentales del país de origen, debiendo la Secretaría de Estado, aceptarlos siempre y cuando no contravenga a la legislación hondureña, mismo apartado quedará sin valor y efecto, sin afectar el contenido de la resolución 831-2022 de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós. CUARTO: Que la Ley de Procedimiento Administrativo, refiere en el artículo 128 que: “...En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión...” -- 106 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 QUINTO: Que según lo normado en la disposición legal antes reproducida, la rectificación se refiere a la corrección de un error material del acto administrativo, especialmente cuando tal error sea manifiesto y de fácil verificación y si bien modifica materialmente el contenido del primer acto, no altera su sustancia, siendo su procedencia excepcional y con efectos retroactivos.1 Que a los fines de la corrección o rectificación de una resolución resulta necesario que se trate efectivamente de un simple error, material de copia o tipeo, transcripción o redacción, concordancia entre el considerando (motivación), con los antecedentes de hecho y derecho que preceden al acto. SEXTO: Que en la citada resolución se ha incurrido en un error involuntario al omitir la traducción al español del nombre de la Organización constituida en el extranjero, siendo lo correcto y debiendo leerse “...ASOCIACION PARA EL APOYO Y FOMENTO DE NIÑOS, JOVENES Y FAMILIAS NECESITADOS”, según se observa a folio ciento sesenta y seis (166), del expediente de mérito, por lo que atento lo indicado precedentemente, corresponde rectificar los errores materiales involuntarios referidos, dado que la rectificación propuesta no altera la substancia del acto administrativo que le sirve de antecedente. SÉPTIMO: De conformidad con las disposiciones transcritas y con fundamento en una interpretación sistemática de la disposición invocada, es decir, una interpretación acorde con la unidad y la coherencia del ordenamiento legal aplicable en el caso concreto, puede afirmarse que la petición objeto de estudio se encuentra ajustada a derecho, por las razones ya expuestas, por lo que, es procedente rectificar la resolución número 831-2022, de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, en el sentido, de que por medio de la misma, se agreguen la traducción al español del nombre de la organización, mismo que deberá leerse “...ASOCIACION PARA EL APOYO Y FOMENTO DE NIÑOS, JOVENES Y FAMILIAS NECESITADOS”. Así como también omitir, pero sin afectar el contenido de la resolución precitada, la clausula “novena” de la parte resolutiva de la resolución No. 831-2022, de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós. POR TANTO. La Secretaría de Estado en el Despacho de Gobernación, Justicia y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos: 30, 31, 80, 90, 111 de la Constitución de la República; Decreto Ejecutivo número PCM-055-2017, de fecha 12 de septiembre de 2017; 22, 23, 24, 25, 26, 72, 83, 84 y 128 de la Ley de Procedimiento Administrativo; Acuerdo No. 14-2022 de fecha 08 de febrero del 2022.- __________________________ 1 conf. Juan C. Cassagne en Derecho Administrativo, Tomo II, págs. 244/5 -- 107 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR la petición formulada en la notificación de fecha treinta y uno de agosto del año dos mil veintidós, por la Abogada IRMA YADIRA ARGUETA BOURDETT, quien actúa en su condición de Apoderada Legal de la Organización constituida en el extranjero denominada CHILD & FAMILY FOUNDATION. - VEREIN ZUR UNTERSTÜTZUNG UND FÓRDERUNG VON BEDÜRFTIGEN KINDERN, JUGENDLICHEN UND FAMILIEN / ASOCIACION PARA EL APOYO Y FOMENTO DE NIÑOS, JOVENES Y FAMILIAS NECESITADOS. SEGUNDO: RECTIFICAR LA RESOLUCIÓN NÚMERO 831-2022 de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, emitida por esta Secretaría de Estado, específicamente en las siglas del nombre de la asociación, la cual, para efectos subsiguientes deberá leerse de la siguiente manera: “CHILD & FAMILY FOUNDATION. - VEREIN ZUR UNTERSTÜTZUNG UND FÓRDERUNG VON BEDÜRFTIGEN KINDERN, JUGENDLICHEN UND FAMILIEN / ASOCIACION PARA EL APOYO Y FOMENTO DE NIÑOS, JOVENES Y FAMILIAS NECESITADOS”. Así como también omitir, pero sin afectar el contenido de la resolución precitada, la clausula “novena” de la parte resolutiva de la resolución No. 831-2022, de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós. TERCERO: Mantener incólume en sus demás partes la decisión adoptada mediante resolución número 831-2022, de fecha veintitrés de junio del año dos mil veintidós, emitida por esta Secretaría de Estado. CUARTO: Instruir a la Secretaría General para que remita las presentes diligencias a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para fines de conocimiento y registro. - NOTIFIQUESE. - (F) CARMEN HAYDEÉ LÓPEZ FLORES SUB- SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA (F) CELSO DONADÍN ALVARADO HERNÁNDEZ SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil Veintidós. NORMAN ALEXANDER ROMERO ANDINO OFICIAL JURIDICO 25 E. 2023 -- 108 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Marcas de Fábrica Número de Solicitud: 2022-1945 Fecha de presentación: 2022-04-20 Fecha de emisión: 15 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20,8044, Zurich, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIFA + G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Clips para billetes de banco; manteles de papel; servilletas de papel; bolsas de plástico para la compra; bolsas de papel; tarjetas de invitación; tarjetas de felicitación; cajas de cartón plegado; papel de envoltorio; posabotellas y posavasos de papel; individuales y salvamanteles; bolsas de basura de papel o de plástico; envoltorios de papel de alimentos; etiquetas ( de papel y cartón); toallas de papel; toallas para remover el maquillaje hechas de papel; toallitas en cajas; pañuelos de bolsillo de papel; artículos de papelería y útiles escolares (excepto equipos); tableros magnéticos (artículos de papelería); máquinas de escribir; papel para mecanografía, copiado y escritura (artículos de papelería); sobres; blocs temáticos de papel blocks de papel; libretas; blocs de papel para apuntes; encuadernadores; cajas para archivar; fundas para documentos; cubiertas de libros; marcapáginas; litografías; pinturas enmarcadas o no; blocks para pintar; libros para colorear; libros para dibujar y con actividades; papel luminoso; papel adhesivo para notas; papel crepé; papel de seda; papel para termotransferencia; papel termosensible; grapas de oficina; grapadoras; banderas de papel; banderines de papel; instrumentos de escritura; plumas estilográficas; lápices; bolígrafos; juegos de lápices; juegos de bolígrafos; lápices de punta porosa; lápices para colorear; bolígrafos; rotuladores de punta amplía; tintas; tampones de tinta; sellos de goma; cajas de pintura; lápices para pintar y colorear; tiza para escribir; decoraciones para lápices (artículos de papelería); clichés de imprenta; revistas; diarios; libros y revistas, particularmente sobre atletas o eventos deportivos; material pedagógico impreso; cuadros para registrar resultados; programas de acontecimientos especiales; álbumes de acontecimientos especiales; álbumes de fotografías; libretas de autógrafos; libretas de direcciones; agendas; agendas personales; mapas carreteros; billetes de entrada; boletos (tickets) y tarjetas de embarque de aerolíneas; cheques; horarios impresos; panfletos y folletos; historietas [productos de imprenta]; tarjetas íntercambiables coleccionables; cromos de deportes; pegatinas para parachoques; adhesivos; álbumes para pegatinas; calendarios; carteles; fotografías; tarjetas postales; sellos postales; sellos postales para coleccionar; planchas de sellos conmemorativos; letreros y señales de publicidad hechas de papel o cartón; calcomanías; artículos de oficina, excepto muebles; líquidos correctores; gomas de borrar; sacapuntas; soportes para instrumentos de escritura; pinzas para sujetar papeles; chinchetas; reglas; cintas autoadhesivas para la papelería; dispensadores de cinta adhesiva; clichés de multicopista; portapapeles de clip [artículos de oficina]; soportes para blocs de notas; sujetalibros; sellos (de oficina); tarjetas de débito hechas de papel o cartón; tarjetas de crédito (sin codificar) de papel o cartón; etiquetas para equipaje; fundas para pasaportes; cordones de papel para tarjetas de identificación, tarjetas de crédito sin codificación magnética hechas de plástico, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRCA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 Número de Solicitud: 2022-1948 Fecha de presentación: 2022-04-20 Fecha de emisión: 24 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Fédération Internationale de Football Association (FIFA) Domicilio: FIFA-Strasse 20,8044, Zurich, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIFA + G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Telecomunicaciones; servicios de comunicaciones por medio de teléfonos y teléfonos móviles; servicios de comunicaciones electrónicas por medio de teléfonos; radiocomunicación; servicios de comunicaciones prestados mediante fax; servicios de radiobúsqueda; servicios de comunicaciones por medio de teleconferencia; difusión de programas de televisión; radiodifusión; servicios de agencia de prensa y noticias; alquiler de equipos telefónicos, fax y otros equipos comunicacionales; transmisión de un sitio web comercial en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de transmisión y de programación para radio y televisión suministrado a través de satélites, cable o por redes inalámbricas; mensajería electrónica; servicios de suministro de acceso a blogs, a salas de chat, a tablones de anuncios o a foros de discusión; suministro en línea de salas de chat y tablones de anuncios electrónicos para la transmisión de mensajes, de comentarios y de contenido multimedia entre usuarios para redes sociales; suministro de acceso a sitios web con mapas, información sobre direcciones de conducción y la ubicación de comercios; transmisión de mensajes e imágenes por ordenador; suministro de acceso a servicios de pedido y compra desde el hogar y desde la oficina a través de ordenadores, de una red informática global y/o de tecnologías de comunicaciones interactivas; correo electrónico; suministro de conexiones de telecomunicación a internet o bases de datos; suministro de acceso a sitios web con música digital en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de telecomunicaciones de información (incluidos sitios web), programas informáticos y cualquier otros datos; transmisión de programas de radio y de televisión relacionados con deportes y con eventos deportivos; suministro de conexiones a instalaciones informáticas (servicios de telecomunicaciones); suministro de acceso a bases de datos informáticas y a computadores centralizados (servicios de tecnologías de la información o IT); suministro de acceso a la internet a través de una red informática global o a través de dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica (servicios de tecnologías de la información o IT); emisión continua de material de audio y de vídeo desde la internet; servicios de transmisión en flujo continuo de contenidos de vídeo, audio y televisión; suministro de acceso a motores de búsqueda para internet; telecomunicaciones de información, incluyendo páginas web, programas informáticos y cualquier otro dato; audio, vídeo, noticias en tiempo real, contenido de entretenimicnto o información para formar comunidades virtuales y participar en redes sociales; servicios de telecomunicaciones, en concreto, transmisión electrónica de contenido y datos de realidad virtual, de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 -- 109 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2020-24292 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 18 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LIBRA ASSOCIATION Domicilio: Quai de I’lle 1204 Geneva, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de autenticación; prestación de servicios de autenticación de información de identificación personal; servicios de redes sociales en línea; red de inversión social en línea en la naturaleza de servicios de redes sociales en línea en el ámbito de las inversiones; facilitación de uso temporal de un software en línea no descargable para redes sociales en el ámbito de las inversiones; servicios de verificación de usuarios; servicios de verificación de identificación; suministro de un sitio web con información sobre el desarrollo de la privacidad, la seguridad, la cadena de bloques y las tecnologías de contabilidad distribuida, y la ley de gobierno de datos; consultoría de cumplimiento normativo en el campo de moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales y de cadena de bloques (blockchain), activos digitalizados, token digital, token de cifrado y aplicaciones de token de utilidad; servicio de redes sociales en línea para inversores que permiten transacciones financieras e intercambio de moneda digital, moneda virtual, criptomoneda, activos digitales y de cadena de bloques (blockchain), activos digitalizados, tokens digitales, tokens criptográficos y tokens de utilidad; prestación de servicios de autenticación de usuarios; servicios de validación de identidad; prestación de servicios de autenticación y verificación de usuarios para transacciones de pago; prestación de servicios de autenticación de usuarios utilizando tecnología para transacciones de comercio electrónico, transacciones de pago y cambio de moneda digital y transferencia electrónica de fondos, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ DIEM Número de Solicitud: 2020-24293 Fecha de presentación: 2020-12-01 Fecha de emisión: 18 de junio de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LIBRA ASSOCIATION Domicilio: Quai de I’lle 1204 Geneva, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DIEM G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de marketing, publicidad y promoción; información comercial; prestación de servicios de investigación de mercado e información; promoción de los bienes y servicios de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; servicios comerciales y publicitarios; servicios de administración y gestión de empresas; consultas empresariales; servicios de consultoría y asesoramiento en el ámbito de la prestación de información comercial y comercial; servicios de inteligencia de mercado; facilitar el intercambio y la venta de servicios y productos de terceros a través de redes informáticas y de comunicación; proporcionar mercados en línea para vendedores de bienes y/o servicios; proporcionar facilidades en línea para conectar a los vendedores con los compradores; la provisión de un mercado de instalaciones en línea para conectar a los vendedores con compradores y vendedores de bienes y servicios; proporcionar un sitio web para conectar a los vendedores con los compradores; proporcionar un sitio web que incluye un mercado en línea para la venta y el comercio de bienes virtuales con otros usuarios; la organización de transacciones comerciales y contratos comerciales; organizar y concluir transacciones comerciales para otros; organización de transacciones comerciales en línea; suministro de información comercial de bases de datos en línea; servicios de comercio en línea relacionados con la organización de intercambios de divisas virtuales y transacciones de criptomonedas; organizar y llevar a cabo eventos especiales con fines comerciales, promocionales o publicitarios; organizar y llevar a cabo eventos especiales con fines comerciales; cadena de bloques (blockchain) como un servicio, a saber, asesoramiento empresarial e información en el campo de la tecnología cadena de bloques (blockchain); compilación de índices de información mediante la tecnología cadena de bloques (blockchain), de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2021-4506 Fecha de presentación: 2021-08-31 Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: CJ CHEILJEDANG CORPORATION Domicilio: CJ Cheiljedang Center, 330, Dongho-ro, Jung-gu, Seoul, República de Corea. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativo D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Café; té; cacao; café artificial; fideos de arroz; pasta; fideos; tapioca; sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan de molde; pasteles confitería; chocolate; helado; sorbetes [hielo]; helados comestibles; azúcar, miel, melaza; levadura; levadura en polvo; sal; condimentos especias hierbas en conserva [condimentos]; vinagre; salsas [condimentos]; hielo (agua congelada); bibimbap [arroz mezclado con verduras y ternera]; galletas; migas de pan; tortas bocadillos a base de cereales; chips [productos de cereales]; aderezos para ensaladas; fermentos para pastas; albóndigas a base de harina; aromas alimentarios, distintos de los aceites esenciales; platos liofilizados cuyo ingrediente principal es el arroz; miel de caña; panqueques de kimchi; adobos; comidas preparadas a base de fideos; pimienta; pizzas pasteles bocadillos pudines arroz preparado enrollado en algas; arroz; bocadillos a base de arroz; salsa de soya; rollitos de primavera; papillas; mandu [bolas de masa hervida al estilo coreano], de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 BIBIGO -- 110 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-5155 Fecha de presentación: 2022-08-31 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UNIBELL S.A.C. Domicilio: Av. Javier Prado Oeste 1475 San Isidro, Lima, Perú B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBI E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Acondicionadores para el cabello; champús; colorantes para el cabello; tintes para el cabello; decolorantes para uso cosmético; lociones capilares; peróxido de hidrógeno para uso cosmético; preparaciones para alisar el cabello; tintes cosméticos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ SUMAQ Número de Solicitud: 2022-3199 Fecha de presentación: 2022-06-08 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: Papa John’s International, Inc. Domicilio: 2002 Papa John´s Boulevard, Louisville, KY 40299, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Señal de propaganda que será usada con la marca PAPA JOHNS, con solicitud de registro No. 2021-6355 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Pollo; nuggets de pollo; alitas de pollo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ BETTER INGREDIENTS. BETTER PIZZA. Número de Solicitud: 2022-4342 Fecha de presentación: 2022-07-22 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: BLUST INTERNATIONAL LLC Domicilio: 8 The Green, suit A, Dover, Delaware 19901, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLUST ON G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege para ser usado en su forma conjunta “BLUST ON” sin otorgar exclusividad de los elementos denominativos en forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Colorantes para el cabello; shampoo; acondicionador para el cabello; preparaciones y tratamientos para el cabello de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3196 Fecha de presentación: 2022-06-08 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INDALECIO DANIEL ROSTRO LISTA Domicilio: DR. HERMOGENES ALVAREZ 3347, MONTEVIDEO CP 11800, MONTEVIDEO, Uruguay B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRESH UP G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “FRESH UP” en su forma conjunta sin dar exclusividad a los términos de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos para higiene bucal: toallitas para bebés, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2019-52905 Fecha de presentación: 2019-12-27 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: WHATSAPP, LLC Domicilio: 1601 WILLOW ROAD, MENLO PARK, CALIFORNIA 94025, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de procesamiento de transacciones financieras; procesamiento y transmisión de datos de pago de facturas para usuarios de redes informáticas y de comunicación; servicios de transferencia de fondos; servicios de procesamiento de transacciones de tarjetas de crédito, tarjetas de débito y tarjetas de regalo; servicios comerciales, es decir, servicios de procesamiento de transacciones de pago; prestación de servicios de pago electrónico móvil para terceros; servicios financieros; servicios de procesamiento de pagos; servicios de transacciones financieras, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 -- 111 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-5010 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 4 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Hilton Worldwide Manage Limited Domicilio: Maple Court Central Park, Reeds Crescent, Watford WD24 4QQ, United Kingdom, Reino Unido B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de alojamiento en hoteles; provisión de alojamiento temporal; reservas de alojamiento temporal de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ ADAPT SUITES BY HILTON Número de Solicitud: 2022-3915 Fecha de presentación: 2022-07-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Meta Platforms, Inc. Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (45) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de redes sociales en línea de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ REELS Número de Solicitud: 2022-3912 Fecha de presentación: 2022-07-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Meta Platforms, Inc. Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN REELS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Software informático descargable para redes sociales e interacción con comunidades en línea; software informático descargable para la publicación y el intercambio en línea de contenido e imágenes digitales de formato breve definidos por el usuario; software de ordenador descargable para modificar contenido breve de audio, vídeo y audiovisuales; software descargable para modificar y permitir la transmisión de contenido y datos de vídeo, audio, audiovisuales y vídeo de formato corto; software informático descargable para procesar imágenes, gráficos, audio, vídeo y texto en contenido de vídeo de formato breve; software descargable para encontrar contenido digital de formato breve generado por el usuario y editores de contenido y para suscribirse a contenido digital de formato breve generado por el usuario de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-3913 Fecha de presentación: 2022-07-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Meta Platforms, Inc. Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (38) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de intercambio de vídeos entre pares, en concreto, transmisión electrónica de vídeos de formato corto generados por usuarios y contenido audiovisual entre usuarios de internet de la clase 38. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ________ REELS Número de Solicitud: 2022-3914 Fecha de presentación: 2022-07-01 Fecha de emisión: 10 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: Meta Platforms, Inc. Domicilio: 1601 Willow Road, Menlo Park, California 94025, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de esparcimiento, en concreto facilitación de bases de datos electrónicas y en línea interactivas para publicar y compartir contenido digital breve definido por el usuario, en concreto vídeos en línea; servicios de entretenimiento, en concreto suministro de bases de datos electrónicas y en línea interactivas para compartir vídeos de formato breve generados por usuarios, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 REELS -- 112 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-3173 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede protección ni uso exclusivo del término “REMESA”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 ________ FICOHSA REMESA + Número de Solicitud: 2022-3172 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: BANCO FINANCIERA COMERCIAL HONDUREÑA, S.A. (BANCO FICOHSA) Domicilio: Edificio Plaza Victoria, colonia Las Colinas, Blvd. Francia, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “CAJA”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 ________ CAJA FICOHSA Número de Solicitud: 2022-3147 Fecha de presentación: 2022-06-07 Fecha de emisión: 21 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: RAINBOW AGROSCIENCES (GUATEMALA), SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: 2a. calle 9-54 Sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, departamento de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Sultronic G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Herbicida para uso en la agricultura, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-2726 Fecha de presentación: 2022-05-20 Fecha de emisión: 19 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Poly Fibras, Sociedad Anónima Domicilio: Calzada La Paz, 12-21 zona 5, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (24) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NAP INC G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cubrecamas; sábanas; fundas de almohada, fundas de colchón, fundas de edredón; ropa de cama; de la clase 24. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 ________ Número de Solicitud: 2022-2725 Fecha de presentación: 2022-05-20 Fecha de emisión: 19 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Poly Fibras, Sociedad Anónima Domicilio: Calzada La Paz, 12-21 zona 5, Ciudad de Guatemala, Guatemala B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JOSÉ ROBERTO TIJERINO INESTROZA E.- CLASE INTERNACIONAL (20) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NAP INC G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Almohadas de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 -- 113 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-3776 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 5 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUMITOMO CHEMICAL COMPANY, LIMITED Domicilio: 2-7-1, Nihonbashi, Chuo-ku, Tokyo 103-6020, Japón B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EXCALIA MAX G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones químicas para uso en la fabricación de insecticidas, fungicidas y herbicidas con fines agrícolas, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ EXCALIA MAX Número de Solicitud: 2021-6215 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ASP Global Manufacturing GmbH Domicilio: Im Majorenacker, 10, Schaffhausen, Suiza 8207, Suiza B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ASP G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bandejas de esterilización para instrumentos médicos, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-1666 Fecha de presentación: 2022-04-01 Fecha de emisión: 19 de julio de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: “EXINMEX”, SOCIEDAD ANÓNIMA PROMOTORA DE INVERSIÓN DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: Ciudad de México, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (11) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Safe & Clean G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “SAFE & CLEAN” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra “Tecnología”. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Estufas, parrillas, encimeras, hornos, secadoras, refrigeradoras, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-2686 Fecha de presentación: 2022-05-19 Fecha de emisión: 12 de septiembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Menarini International Operations Luxembourg S.A. Domicilio: 1, Avenue de la Gare, Luxembourg, L-1611, Luxemburgo B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RANEXA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y condiciones cardiovasculares, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ RANEXA Número de Solicitud: 2022-4472 Fecha de presentación: 2022-07-28 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: JOHNSON & JOHNSON Domicilio: One Jonhson & Jonhson Plaza, New Brunswick, New Jersey 08933-7001, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LAZCLUZE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas humanas para la prevención y tratamiento de enfermedades virales, enfermedades autoinmunes e inflamatorias, enfermedades cardiovasculares y pulmonares, enfermedades del sistema nervioso central, enfermedades del sistema neurológico periférico, dolor, enfermedades dermatológicas, enfermedades gastrointestinales, enfermedades infecciosas, enfermedades metabólicas, enfermedades oncológicas, enfermedades oflálmicas, enfermedades respiratorias, úlceras digitales y enfermedades cerebrovasculares; ansiolíticos; antialérgicos; antiinfecciosos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 LAZCLUZE -- 114 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-2797 Fecha de presentación: 2022-05-24 Fecha de emisión: 16 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: Ciudad de México, México . B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: SE PROTEGE LA DENOMINACIÓN “SHOT COMPLETE” EN SU FORMA CONJUNTA SIN DAR EXCLUSIVIDAD A LOS TERMINOS DE FORMA SEPARADA. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos; sustancias dietéticas para uso médico: Medicamentos, multivitamínicos complementos y suplementos alimenticios; suplementos alimenticios destinados a completar una dieta normal o a beneficiar la salud; sustitutos de comidas; alimentos y bebidas dietéticas para uso médico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ SHOT COMPLETE Número de Solicitud: 2019-12090 Fecha de presentación: 2019-03-15 Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PURATOS, NAAMLOZE VENNOOTSCHAP Domicilio: Industrialaan 25, B-1702 Groot-Bijgaarden, Bélgica B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEÓN E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos lácteos y sustitutos lácteos; nata, crema de mantequilla y sustitutos de nata, en particular sustitutos de nata elaborada con grasas vegetales; crema artificial; crema batida y sustitutos de la crema batida hecha con grasas vegetales, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 SPLENDID Número de Solicitud: 2021-4041 Fecha de presentación: 2021-08-06 Fecha de emisión: 28 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. Domicilio: Ciudad de México, México . B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE MALDONADO E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta “SUEROX FUSSION” sin dar exclusividad de uso de forma separada. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Agua de seltz; aguas gaseosas; aguas carbonatadas; aguas minerales [bebidas], bebidas de frutas sin alcohol; bebidas de jugos de frutas sin alcohol; bebidas de zumos de frutas sin alcohol; bebidas energéticas; bebidas enriquecidas con proteínas para deportistas; bebidas isotónicas; bebidas sin alcohol; extractos de frutas sin alcohol; néctares de frutas sin alcohol; polvos para elaborar bebidas gaseosas; preparaciones para elaborar aguas gaseosas; preparaciones para elaborar aguas carbonatadas; zumos de frutas; jugos de frutas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 __________ SUEROX FUSSION Número de Solicitud: 2022-3804 Fecha de presentación: 2022-06-28 Fecha de emisión: 22 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: COMERCIALIZADORA EPROMEX SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Domicilio: CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEON, México. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN XUMA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reivindican los colores Pantone 7699 C, Pantone 7433 C, Pantone 7413 C, Pantone 9184 C, Pantone 7697 C, Pantone 7625 C, Pantone 144 C. J.- Para Distinguir y Proteger: Explotación o dirección de una empresa comercial; publicidad; servicios de composición de página con fines publicitarios; búsquedas de negocios; demostración de productos; difusión de anuncios publicitarios; diseño de material publicitario; distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras]; distribución de muestras; fijación de carteles publicitarios; relaciones públicas; sondeos de opinión, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023 -- 115 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2021-1456 Fecha de presentación: 2021-03-26 Fecha de emisión: 9 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: A. LOACKER- S.P.A. Domicilio: Via Gasters 3, 39054 Auna di Sotto, Renon (BZ), Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se protege el logo y se reivindican los colores Rojo, Blanco, Azul, Verde y Amarillo. J.- Para Distinguir y Proteger: Pastelería y productos de confitería, en particular obleas y galletas; chocolates y productos de chocolate, en particular pralinés; preparaciones de cereal, en particular meriendas a base de cereales; café, té y cacao, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-81 Fecha de presentación: 2022-01-05 Fecha de emisión: 9 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO OMNILIFE, S.A. DE C.V. Domicilio: AVENIDA INGLATERRA, NUMERO EXTERIOR 3089. NUMERO INTERIOR I, COLONIA VALLARTA PONIENTE, GUADALAJARA, JALISCO, MEXICO, C.P. 44110, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: El agrupamiento para el beneficio de terceros de productos nutricionales, de higiene, salud y belleza, incluyendo: Suplementos alimenticios; complementos nutricionales; preparaciones de vitaminas; agua, refrescos, sodas, bebidas energéticas, hipotónicas, isotónicas e hipertónicas; preparaciones para hacer bebidas; bebidas no alcohólicas; bebidas nutricionales con vitaminas y minerales no de uso médico en presentación de mezcla liquida, en polvo o lista para beber; bebidas y preparaciones para hacer bebidas a base de té y café; galletas; productos cosméticos y de perfumería (excepto su transporte), para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia en comercios minoristas, mayoristas y mediante catálogos o medios de comunicación electrónicos”, de la clase 35 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ GENTE QUE CUIDA A LA GENTE Número de Solicitud: 2021-5180 Fecha de presentación: 2021-10-01 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: Gaxy I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos biológicos para uso en agricultura, de clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-5304 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 14 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Intercontinental Great Brands LLC Domicilio: 100 Deforest Avenue, East Hanover, New Jersey, 07936, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BUBBALOO G.- H.- Reservas/Limitaciones: La denominación a proteger es “BUBBALOO” y la apariencia de la etiqueta, no se protege ROLLO que aparece en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Goma de mascar, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2022-80 Fecha de presentación: 2022-01-05 Fecha de emisión: 21 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO OMNILIFE, S.A. DE C.V. Domicilio: AVENIDA INGLATERRA, NUMERO EXTERIOR 3089. NUMERO INTERIOR I, COLONIA VALLARTA PONIENTE, GUADALAJARA, JALISCO, MEXICO, C.P. 44110, México B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCÍA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: El agrupamiento para el beneficio de terceros de productos nutricionales, de higiene, salud y belleza, incluyendo: Suplementos alimenticios; complementos nutricionales; preparaciones de vitaminas; agua, refrescos, sodas, bebidas energéticas, hipotónicas, isotónicas e hipertónicas; preparaciones para hacer bebidas; bebidas no alcohólicas; bebidas nutricionales con vitaminas y minerales no de uso médico en presentación de mezcla líquida, en polvo o lista para beber; bebidas y preparaciones para hacer bebidas a base de té y café; galletas; productos cosméticos y de perfumería (excepto su transporte), para que los consumidores puedan examinarlos y comprarlos a su conveniencia en comercios minoristas, mayoristas y mediante catálogos o medios de comunicación electrónico, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 OMNILIFE -- 116 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-2813 Fecha de presentación: 2022-05-25 Fecha de emisión: 3 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel AG & Co. KGaA Domicilio: HenkelstraBe 67, 40589 Düsseldorf, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. 018602150 de fecha 16/11/2021 de European Intellectual Property Office (EUIPO) C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (17) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Caucho en bruto y semielaborado, gutapercha, goma, amianto, mica y sucedáneos de todas estas materias; plásticos y resinas en forma extruida para su uso en la fabricación; materiales de embalaje, taponamiento y aislamiento; revestimientos industriales [aislantes]; selladores, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ BONDERITE Número de Solicitud: 2022-2812 Fecha de presentación: 2022-05-25 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Henkel AG & Co. KGaA Domicilio: HenkelstraBe 67, 40589 Düsseldorf, Alemania. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº. O 18602150 de fecha 16/11/2021 de European Intellectual Property Office (EUIPO) C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (4) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales, cera; lubricantes; composiciones absorbentes, humectantes y aglutinantes de polvo; combustibles e iluminantes; velas y mechas para alumbrado, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ BONDERITE Número de Solicitud: 2021-3155 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 15 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (1) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: CLORBAN I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Productos químicos para uso en la agricultura. de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 __________ Número de Solicitud: 2021-3164 Fecha de presentación: 2021-06-25 Fecha de emisión: 3 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UPL Corporation Ltd Domicilio: 5TH FLOOR, NEWPORT BUILDING, LOUIS PASTEUR STREET, PORT LOUIS, Mauricio B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LÓPEZ (BUFETE DURON) E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: SE REIVINDICA LOS COLORES PRESENTES EN LA ETIQUETA J.- Para Distinguir y Proteger: Formación y realización de seminarios y mesas redondas educativas relacionadas con productos y servicios agrícolas, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-954 Fecha de presentación: 2022-02-23 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: The Coca-Cola Company Domicilio: One Coca Cola Plaza, Atlanta, Georgia 30313, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LUCIA DURON LOPEZ E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aguas minerales y gaseosas; bebidas carbonatadas; jarabes y otras preparaciones para hacer bebidas, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 -- 117 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-2126 Fecha de presentación: 2022-04-25 Fecha de emisión: 17 de mayo de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARLA FOODS AMBA Domicilio: Sonderhoj 14 DK-8260 Viby J., Dinamarca. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN M1 G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominacion “M1” y la apariencia de su etiqueta, no se protege la palabra “Arla” que aparece en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Los colores, Azul Celeste, Azul oscuro, Verde, Amarillo y Blanco. J.- Para Distinguir y Proteger: Alimentos para bebés; alimentos para bebés en polvo; fórmulas infantiles; sucedáneos de la leche materna; leche en polvo para niños pequeños y bebés, también enriquecida con vitaminas minerales y/o proteínas, de la clase 5 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-4748 Fecha de presentación: 2022-08-12 Fecha de emisión: 23 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: SACOS AGRO INDUSTRIALES, SOCIEDAD ANONIMA. Domicilio: Anillo periférico, diecisiete guión treinta y seis (17-36) de la Zona Once (11) Ciudad de Guatemala, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (22) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LOS MEROS MEROS G.- LOS MEROS MEROS H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sacos de polipropileno; sacos para transporte y almacenamiento de mercancías a granel, de la clase 22. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2021-6223 Fecha de presentación: 2021-11-15 Fecha de emisión: 15 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: VANS, Inc. Domicilio: 1588 South Coast Drive, Costa Mesa, California 92626, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISEÑO ESPECIAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Calzado, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. FIDEL ANTONIO MEDINA. Registrador legal 10, 25 E. y 9 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-2348 Fecha de presentación: 2022-04-29 Fecha de emisión: 16 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Unilever IP Holdings B.V. Domicilio: Weena 455, 3013 Al Rotterdam, Reino de los Países Bajos. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONTINENTAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Sopas, preparaciones para hacer sopas, preparaciones para sopas de verduras, comidas preparadas a base de vegetales, comidas preparadas a base de pasta, comidas preparadas a base de arroz, comida de pescado para consumo humano, concentrado a base de vegetales para cocinar, nata a base de vegetales, pasta para untar, caldos consomés y preparaciones a base de vegetales para hecer productos mencionados, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abg. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-4849 Fecha de presentación: 2022-08-18 Fecha de emisión: 14 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: MAPFRE ASISTENCIA COMPAÑIA INTERNACIONAL DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A. Domicilio: Ctra. de Pozuelo 52, Edificio 1 Anexo, 28222 Majadahonda, Madrid, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAWDY G.- H.- Reservas/Limitaciones: Con reivindicación de color Rojo, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; asistencia médica ; servicios de telemedicina, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. -- 118 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-1947 Fecha de presentación: 2022-04-20 Fecha de emisión: 25 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR SOLICITANTE: Fédération Internationale de Football Association (FIFA). DOMICILIO: FIFA-Strasse 20, 8044, Zurich, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FIFA + G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; oficinas de empleo, selección de personal; promoción de ventas de derechos de medios; servicios de publicidad a través de patrocinio; servicios publicitarios y promocionales; promoción de eventos deportivos en el campo del fútbol; agencias de publicidad; servicios de publicidad a través del patrocinio; publicidad en línea; servicios de información, asesoría y consultoría relacionado con la gestión de negocios y la administración de negocios suministrados en línea o a través de la internet; servicios de publícidad y promoción; difusión de material publicitario y promocional; puesta a disposición y alquiler de espacios publicitarios y de material publicitario; publicación de material y textos publicitarios; alquiler de tiempo publicitario en los créditos de películas; servicios de publicidad por radio y por televisión; servicios de publicidad en forma de animación; promoción de eventos deportivos en el área del fútbol; promoción de productos y servicios de terceros; búsqueda de negocios patrocinadores en relación con competencias de fútbol; compilación de anuncios publicitarios para su uso como páginas web en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; suministros de espacio en sitios web a través de la internet para publicitar productos y servicios; suministro de mercado en línea para compradores y vendedores de productos y servicios; prestación de servicios de subastas en línea; compilacion de directorios para publicar en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; marketing promocional; servicios de agencia de promoción de deportes y relaciones públicas; servicios de estudio de mercado; búsqueda de mercados; servicio de sondeo de opinión pública; organización de eventos, exhibiciones, ferias y demostraciones con propósitos comerciales, promocionales y de publicidad; organización de publicidad para exhibiciones comerciales; gestión de bases de datos; recopilación de estadísticas; servicios en el ámbito de la colección de datos de estadísticas otras informaciones sobre desempeños deportivos; consultoría en organización y dirección de negocios; consultoría en materia de negocios; organización de competencias promocionales; suministros de información comercial; servicios de publicidad de eventos deportivos en el campo del fútbol; servicios minoristas, incluyendo servicios de ventas minorista en línea relacionado con productos de metales comunes, implementos y herramientas de mano, aparatos/equipos ópticos y audiovisuales y magnéticos y eléctricos/electrónicos, aparatos/equipos médicos, aparatos/equipos de iluminación y calefacción y cocción y refrigeración y secado y ventilación, vehículos y sus accesorios, productos de metales preciosos, joyería e instrumentos cronométricos, insignias y alfileres, instrumentos musicales, productos de papel y de cartón, material impreso y artículos de papelería, boletos (tickets), para eventos deportivos, productos de cuero y de imitación de cuero, equipaje y bolsos y contenedores, paraguas, muebles, artículos promocionales y de muestra, productos y de materias textiles, vestimenta y sombrerería y calzado, cintas y cordones y productos derivados, revestimentos de piso/suelos, juegos y juguetes y artículos deportivos, alimentos y productos alimenticios; bebidas no alcohólicas y bebidas alcohólicas, solventes, parafina; cera, asfalto y petróleo, combustibles; aceites, lubricantes; fluidos de transmisión; líquidos de freno, agentes anticongelantes, refrigerantes; líquidos hidráulicos, grasas, gasolina, combustibles diésel, gases combustibles, gases inflamables; biocombustibles, tapacubos, neumáticos, cubiertas para neumáticos, aleaciones para ruedas, protectores solares, bacas, estanterías deportivas, cubiertas de asientos, cubiertas de automóviles, patatas fritas, patatas fritas a la francesa, leche, productos de leche, bebidas elaboradas con yogur, batidos de leche, productos lácteos, queso, leche de soya [sucedáneo de la leche], bebidas no alcohólicas, aguas minerales y gaseosas, bebidas energéticas, bebidas isotónicas, bebidas y jugos de frutas y verduras, cervezas ale, cervezas sin alcohol, café, té, cacao, pasteles, galletas, galletas saladas [crackers], dulces, helado cremoso, productos de confitería, caramelos de chocolate, chocolate, fritos de maíz, mostaza, vinagres, salsas [condimento], hamburguesas [sándwiches], hamburguesas con queso [sándwiches], sándwiches rellenos con pescado, con carne o con vegetales, perritos calientes [sándwiches], permitiendo a los clientes ver y comprar estos productos en el mercado o a travéz de internet o vía de comunicación electrónica inalámbrica; servicios de almacén en esta clase, incluyendo la venta al detalle de productos alimenticios y bebibles; servicios de ventas minoristas y suministros de alimentos y bebidas a través de máquinas expendedoras; servicios de ventas al por menor de alimentos en restaurantes, comedores escolares cafeterías, pastelerías, cantinas, delicatesen [heladería, tiendas de yogur, cafés tiendas de galletas]. Cantinas corporativas, servicios de venta minorista incluyendo servicios de venta minorista en línea en relación con combustibles, gases combustibles, queroseno; biocombustible; aceites y grasas para motor, lubricantes y grasas, aceites y líquidos para transmisión hidráulica, fluidos para circuitos hidráulicos y aceites hidráulicos, permitiendo a los clientes que vean y compren estos productos en el mercado o en internet o mediante comunicación electrónica inalámbrica; servicios de administración comercial para el procesamiento de ventas hechas en la internet o en dispositivos electrónicos de comunicación inalámbrica; servicios de facturación; promoción de ventas, a saber, suministro de programas de ventaja para clientes; servicios de promoción, venta de boletos (tickets); servicios de fidelización de clientes y de club de servicios a clientes con propósito comercial, promocional y/o publicitario; distribución de tarjetas de lealtad y de membresía codificadas que pueden contener información personal del usuario para controlar el acceso a recintos deportivos; servicios de venta al por menor de productos virtuales, a saber, calzado, ropa, artículos de sombrerería , artículos de óptica para la vista, bolsas de deporte, mochilas, equipos de deporte, arte, trofeos, juguetes y accesorios para su uso en línea; servicios de venta al por menor en línea de mercancías virtuales, a saber, calzado, ropa, artículos de sombrerería, artículos de óptica para la vista, bolsas, bolsas de deporte, mochilas, equipos de deporte, arte, trofeos, juguetes y accesorios; suministro de espacios de venta en línea para compra y venta de productos virtuales; servicios de organización y dirección de eventos, exhibiciones, exposiciones y conferencias con fines comerciales en las industrias de entretenimiento interactivo, realidad virtual, electrónica de consumo y videojuegos; servicio de venta en línea de hardware y software de realidad virtual realidad aumentada; servicio de en línea de contenido de realidad virtual y medios digitales, a saber, música pregrabada, vídeo, imágenes, texto, obras audiovisuales y software de juegos de realidad virtual y aumentada, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. -- 119 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-3183 Fecha de presentación: 2022-06-08 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yuga Labs, Inc Domicilio: 1430 S Dixie Hwy, Ste. 105 1075 Coral Gables, FL 33146-3108, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N° M/TT/0001/058981 de fecha 15/03/2022 de Trinidad y Tobago. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (32) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KODAS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Cervezas; bebidas energizantes; bebidas no alcoholicas; refrescos, de la clase 32. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-3184 Fecha de presentación: 2022-06-08 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yuga Labs, Inc Domicilio: 1430 S Dixie Hwy, Ste. 105 1075 Coral Gables, FL 33146-3108, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD:Se otorga prioridad N° M/TT/0001/058981 de fecha 15/03/2022 de Trinidad y Tobago. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (33) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KODAS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas; vino; licor; bebidas espirituosas; licores; cócteles, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-3768 Fecha de presentación: 2022-06-27 Fecha de emisión: 03 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO DELTRON, S.A. Domicilio: Calle Rául Rebagliati N° 170, Urb. Santa Catalina, La Victoria, Lima Perú. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ADVANCE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ordenadores y computadoras de regazo (laptops), tabletas electrónicas (tablets), ordenadores portátiles (notebooks), mini ordenadores portátiles (mini notebooks), computadoras, equipos para el procesamiento de la información, ratón (mouse), perifericos informáticos, ordenadores, teléfonos celulares, calculadoras, microprocesadores, memorias RAM, discos duros internos y externos, CD-ROM (disco compacto), controles para DVD, asistentes personales digitales, disco óptico de alta densidad, monitores (hardware), teclados, impresoras, parlantes, audifonos, memorias USB, reproductores de vídeo y música, proyectores, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABG. MARBELY ROXANA MARTINEZ MOLINA Registro de la propiedad industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-5009 Fecha de presentación: 2022-08-25 Fecha de emisión: 4 de enero de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIOS A.- TITULAR Solicitante: Hilton Worldwide Manage Limited Domicilio: Maple Court Central Park, Reeds Crescent, Watford WD24 4QQ, United Kingdom, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (43) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BELONG SUITES BY HILTON H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de alojamiento en hoteles; provisión de alojamiento temporal; reservas de alojamiento temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-1584 Fecha de presentación: 2022-03-18 Fecha de emisión: 19 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Ape Foundation Domicilio: Whitehall Chambers, 2nd Floor Whitehall House, 238 North Church Street, PO Box 31489, KY1- 1206, George Town, Grand Cayman, Islas Caimán. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN APECOIN H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Ropa; sombreros; gorros o tocados; chaquetas; jerseys; pantalones; camisas; playeras; suéteres; sudaderas; zapatos; bufandas; zapatillas deportivas; calcetines, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. -- 120 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-764 Fecha de presentación: 2022-02-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante: AGF88 HOLDING SRL Domicilio: Vía del Palú 7D 35018 San Martino di Lupari (PD), Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TECHNO FRUIT COLOR G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto sin darle exclusividad sobre los términos por separado. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: : Lociones para el cabello; champús; acondicionador para el cabello; tintes para el cabello; mascarillas para el cuidado del cabello; tintes para el cabello; laca para el cabello; Aceites esenciales; Jabón; Cremas faciales para uso cosmético; Crema para el cuerpo; lociones para el cuerpo; crema anti-arrugas; máscaras de belleza; jabones en forma de gel; geles para las manos; geles limpiadores; cremas para las manos; dentífricos; perfumes; desodorantes; esmaltes para uñas; espumas para uso en la ducha; gel de ducha, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-762 Fecha de presentación: 2022-02-08 Fecha de emisión: 21 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGF88 HOLDING SRL Domicilio: Vía del Palú 7D 35018 San Martino di Lupari (PD), Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EGOBOND G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Lociones para el cuidado del cabello; champús; bálsamo para el cabello; tintes para el cabello; mascarillas para el cuidado del cabello; tintes para el cabello; Aclaradores para el cabello; preparaciones para decolorar el cabello; lociones de tratamiento para fortalecer el cabello; aceites etéreos; jabón; crema para la cara; loción corporal; crema anti-arrugas; cremas de manos; máscaras de belleza; aceites capilares y tratamiento para la reconstrucción y fortalecimiento de la estructura queratinica del cabello, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-765 Fecha de presentación: 2022-02-08 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR Solicitante:AGF88 HOLDING SRL Domicilio: Vía del Palú 7D 35018 San Martino di Lupari (PD), Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLONDEGO G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede protección sobre fragmentaciones en la denominación o en la etiqueta, protegiendo la denominación “BLONDEGO” como un solo término. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tintes para el cabello; decolorantes y aclarantes para el cabello; jabones; perfume; aceites esenciales; lociones para el cuidado del cabello; tintes (Cosméticos); tinte para el cabello; champú; geles; esmaltes para uñas y lacas para el cabello; cremas para el cabello; Aceites para el acondicionamiento del cabello; Tintes para el cabello; Laca para el cabello; bálsamo para el cabello; agentes abrillantadores para el cabello; preparaciones para teñir, decolorar y blanquear el cabello; Preparaciones no médicas anticaspa; cremas y polvos para el cabello; Preparaciones no médicas para prevenir la caída del cabello; Preparaciones para el cuidado, limpieza, peinado y protección del cabello en forma de geles, acondicionadores, lociones, espumas, mousses, polvos; cremas para el cuidado del rostro, limpieza de pestañas y preparaciones para el cuidado; Tintes para pestañas; colores para las cejas; dentífricos. de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la propiedad industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-766 Fecha de presentación: 2022-02-08 Fecha de emisión: 29 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: AGF88 HOLDING SRL Domicilio: Vía del Palú 7D 35018 San Martino di Lupari (PD), Italia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO RUBÍ E.- CLASE INTERNACIONAL (3) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BLONDESSE G.- H.- Reservas/Limitaciones: : No se le concede protección sobre fragmentaciones en la denominación o en la etiqueta, protegiendo la denominación “BLONDESSE” como un solo término. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: : tintes para el cabello; productos cosméticos; jabones; perfume; aceites esenciales; lociones para el cuidado del cabello; tintes cosméticos; colores para el cabello; champú; geles; esmaltes para uñas y lacas para el cabello; cremas para el cabello; aceites para el acondicionamiento del cabello; Tintes para el cabello; Laca para el cabello; Bálsamo para el cabello; agentes abrillantadores para el cabello; preparaciones para teñir, decolorar y blanquear el cabello; preparaciones no médicas anticaspa; cremas y polvos para el cabello; preparaciones no médicas para prevenir la caída del cabello; Preparaciones cosméticas y de higiene personal para el cuidado, limpieza y protección del cuerpo y la cara; preparaciones de maquillaje; Preparaciones para el cuidado, la limpieza, el peinado y la protección del cabello en forma de geles, acondicionadores, lociones, espumas, mousses, polvos; cremas para el cuidado del rostro, limpieza de pestañas y preparaciones para el cuidado; preparaciones para la limpieza y el cuidado de las cejas; tintes para pestañas; Colores para las cejas; dentífricos, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. ______ Número de Solicitud: 2022-1358 Fecha de presentación: 2022-03-10 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Yuga Labs, Inc Domicilio: 1430 S Dixie Hwy, Ste. 105 1075 Coral Gables, FL 33146-3108, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- CLASE INTERNACIONAL (28) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Juguetes, juegos y juguetes; figuritas de juguete; juguetes de peluche; figuras de acción; pelotas; balones de baloncesto; cartas de juego; tarjetas coleccionables; unidades portátiles para jugar juegos electrónicos, de computadora, interactivos y de vídeo; dispositivos de juego; dispositivos de juegos móviles; máquinas de juegos de entretenimiento; consolas de juegos; controladores de juegos para computadora y video juegos; joysticks de juegos de computadora; joysticks de videojuegos; ratones para juegos; teclados para juegos; patinetas; tablas de patinaje, de la clase 28. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 25 E. y 9 y 24 F. 2023. -- 121 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2020-6828 Fecha de presentación: 2020-02-12 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: GRUPO MC SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: EL PROGRESO, YORO, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GRUPO MC G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término “GRUPO” I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de construcción, servicios de reparación , servicios de instalación; construcción y mantenimiento de calles, edificios, estructura, centros y áreas verdes, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2020-6822 Fecha de presentación: 2020-02-12 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: GRUPO MILENIO, S.A. DE C.V. Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ariah G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Programas informáticos y software, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023_______ Número de Solicitud: 2020-6825 Fecha de presentación: 2020-02-12 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2021 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: CONSTRUCTORA OBRAS Y DESARROLLOS, SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APODERADO LEGAL JULIA ESTELA SANDOVAL HANDAL E.- CLASE INTERNACIONAL (37) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ODESA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Construcción de obras civiles y proyectos, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 -- 122 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-4403 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON, S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculures y presión arterial; preparaciones farmacéuticas, para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas y preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades; trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de náuseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema inmunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3584 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 22 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Novartis AG. Domicilio: 4002 Basel, Switzerland, Suiza. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-4404 Fecha de presentación: 2022-07-26 Fecha de emisión: 13 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: LABORATORIO NORMON, S.A. Domicilio: Tres Cantos, Ronda de Valdecarrizo 6, España. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL Graciela Sarahí Cruz Raudales E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de trastornos psicológicos, neurodegenerativos y epilepsia; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de diabetes y neuropatía diabética; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos cardiovasculares y presión arterial; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del dolor y del dolor neuropático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema nervioso y nervioso periférico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, alergias y trastornos reumáticos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las enfermedades y trastornos del sistema digestivo; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema reproductivo y disfunciones sexuales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema urinario; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de infecciones virales y bacterianas; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades; trastornos metabólicos, hormonales y renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos musculoesqueléticos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del cáncer; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de náuseas y vómitos; preparaciones farmacéuticas utilizadas para reducir los efectos tóxicos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema circulatorio y linfático; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema imunológico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 ROSUNOR NORMON OLIPTYNA IRBENOR NORMON -- 123 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-3479 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 11 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUCIONES INTERNACIONALES, S.A. DE C.V. Domicilio: BARRIO MEDINA, 8 AVENIDA, 10 Y 11 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS PINEDA RAMÍREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 4 VIENTOS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica Amarillo y Azul. J.- Para Distinguir y Proteger: Salsas y condimentos, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3482 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. Domicilio: BO. GUAMILITO, 6 AVENIDA, 3 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS PINEDA RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (29) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GENIAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica el color Azul. J.- Para Distinguir y Proteger: Carne y pescado, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3483 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. Domicilio: BO. GUAMILITO, 6 AVENIDA, 3 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS PINEDA RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GENIAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica el color Azul. J.- Para Distinguir y Proteger: Café, té, arroz, pastas alimenticias y fideos, chocolate, miel, sal, salsas y hielo, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3484 Fecha de presentación: 2022-06-17 Fecha de emisión: 13 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ACCESORIOS PARA COMPUTADORAS Y OFICINAS, S.A. DE C.V. Domicilio: BO. GUAMILITO, 6 AVENIDA, 3 CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS PINEDA RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GENIAL G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica el color Azul. J.- Para Distinguir y Proteger: Productos agrícolas, granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas, hierbas aromáticas frescas; plantas y flores naturales, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-3286 Fecha de presentación: 2022-06-10 Fecha de emisión: 4 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: INVERSIONES ALEJANDRA Y ALAN UNIVERSAL. Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL IRIS PINEDA RAMIREZ E.- CLASE INTERNACIONAL (25) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AILANY G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Se reinvindica el color Amarillo. J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir, calzado y los artículos de sombreria para personas, de la clase 25. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 -- 124 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2019-34165 Fecha de presentación: 2019-08-09 Fecha de emisión: 17 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FRONIUS INTERNATIONAL GMBH Domicilio: FRONIUSSTRASSE 1,4643 PETTENBACH, Austria. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (9) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FRONIUS G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Instalaciones fotovoltaicas: transformadores de energía, que consisten principalmente en transformadores, inversores, inversores solares y dispositivos de medición y regulación para los mismos; acumuladores para energía solar; unidades de suministro de energía; software descargable en forma de aplicación móvil; aplicaciones móviles; software de comunicación para el intercambio electrónico de datos, sonido, vídeo, imágenes y gráficos a través de redes informáticas, móviles, inalámbricas y de telecomunicaciones; aparatos eléctricos y electrónicos para medir, controlar, analizar, regular, conmutar y almacenar electricidad; instalaciones y sistemas de suministro de energía; convertidores de corriente y voltaje, en particular para máquinas de soldadura y corte; software informático para configuración, control y evaluación de productos de inversor solar; software para configurar, controlar y evaluar aparatos de soldadura y corte; controles por microprocesador para todos los productos mencionados; componentes y accesorios para lo anterior clase 9, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ FRONIUS Número de Solicitud: 2021-7327 Fecha de presentación: 2021-12-29 Fecha de emisión: 28 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER Domicilio: 50 RUE CARNOT, 92284 SURESNES CEDEX, Francia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (10) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MOVED BY YOU G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Esta Señal de Propaganda estará ligado al Registro número 147223, correspondiente a la Marca de Fábrica SERVIER, la cual se encuentra vigente. J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos, instrumentos y equipo de cirugía, medicina, dental, y veterinaria, extremidades artificiales de ojos y dientes; artículos ortopédicos; materiales de sutura; medias de soporte, calcetas y calcetines; soportes, calcetas y calcetines para venas varicosas; vestimenta de bandas de compresión; aparatos médicos; instrumentos y equipo para introducir preparaciones farmacéuticas dentro del cuerpo humano; dispositivos de infusión y jeringas; para propósitos médicos; instrumentos y herramientas de diagnósticos para propósitos médicos; aparatos para el análisis de sangre (para uso médico); aparatos médicos para uso en endoscopia, inhaladores, monitoreo fisiológico y aparatos de medida para propósitos médicos; aparato telemétrico para uso médico; instrumentos de acupuntura; aparatos auditivos; análisis automatizado para propósitos médicos, aparatos de imágenes médicos, aparatos de masaje, de la clase 10. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. MOVED BY YOU Número de Solicitud: 2021-5534 Fecha de presentación: 2021-10-20 Fecha de emisión: 18 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: UNIVISIÓN COMMUNICATIONS INC. Domicilio: 5999 Center Drive, Los Angeles, California 90045, Estados Unidos de América. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 90645412 de fecha 14/04/2021 de Estados Unidos de América. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (41) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UNIVISA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios educativos y de esparcimiento, principalmente, producción, programación y distribución de televisión y radio; producción de conciertos de música en vivo y otros eventos de entretenimiento en vivo, principalmente, programas de juegos, programas de variedades, programas de comedia y concursos de talentos; producción de festividades nacionales del tipo de conciertos de música; proporcionar música pregrabada y en vivo, vídeos, juegos, fotos, imágenes, noticias y programas relacionados con el entretenimiento, películas, programas de televisión, gráficos e información relacionada con películas y programas de televisión con comedia, drama, acción, variedad, aventura, deportes, musicales, noticias de actualidad y entretenimiento, documentales y animaciones entregados por internet, redes de comunicaciones eléctronicas, redes informáticas y redes de comunicaciones inalámbrica, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ UNIVISA Número de Solicitud: 2022-2195 Fecha de presentación: 2022-04-27 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER Domicilio: 50 Rue Carnot, 92284 SURESNES Cedex, Francia B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN E.- CLASE INTERNACIONAL (44) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Con reinvindicación de los colores Naranja mandarina (Pantone 171) y Azul noche (Pantone 273), tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; servicios veterinarios; cuidados de higiene y belleza para seres humanos o animales; consejos de salud; consultoría de farmacia; servicios de salud; servicios telemedicina; servicios terapéuticos; servicios de diagnóstico médico; servicios de atención domiciliaria; servicios de prescripción médica individualizados; servicios de recetas médicas en línea; brindar apoyo en el seguimiento de pacientes que reciben tratamiento médico; asesoramiento con respecto al tratamiento médico domiciliario; consejos sobre automedicación; suministro de información médica a pacientes; servicios de examen médico a distancia; asesoramiento sobre el bienestar personal [salud]; monitoreo médico de pacientes incluyendo monitoreo a distancia, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. -- 125 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2021-3956 Fecha de presentación: 2021-08-03 Fecha de emisión: 16 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: FARMINA PET FOODS BRASIL, LTDA. Domicilio: Rua Armelina, 479, Braganca Paulista (SP), Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL EMMA ROSARIO VALLE REAÑOS E.- CLASE INTERNACIONAL (31) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FARMINA G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: No se le da exclusividad en la palabra Pet Foods. J.- Para Distinguir y Proteger: Alimento para ganado; alimento para animales; alimento para animales de compañia; harinas para animales; granos para consumo animal; objetos comestible; y masticables para animales; papas para el engorde de ganado; papas para el engorde de animales; sal para ganado; preparaciones para engorde de animales; alimentos para animales; alimentos para pájaros; granos para la alimentación animal, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ Número de Solicitud: 2022-5305 Fecha de presentación: 2022-09-07 Fecha de emisión: 23 de noviembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Montres Tudor SA. Domicilio: Rue François-Dussaud 3, Geneva, Suiza. B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad No. 033002022 de fecha 07/03/2022 de Suiza. C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO E.- CLASE INTERNACIONAL (14) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Reloj y artículos de relojería, principalmente relojes, relojes de pulsera, componentes para reloj y artículos de relojería y accesorios para reloj y artículos de relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojes y relojería y joyería, movimientos de relojes y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ Número de Solicitud: 2021-1711 Fecha de presentación: 2021-04-16 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: SUZANO, S.A. Domicilio: Av. Professor Magalhaes Neto. No. 1752, 10° andar, salas 1010 e 1011, Pituba, CEP 41810-012, Salvador - BA, Brasil. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN greenbag G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Tarjeta de papel; materiales de embalaje [llenado; amortiguación] en papel o cartón; papel; papel de embalaje, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador Legal 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ Número de Solicitud: 2021-5500 Fecha de presentación: 2021-10-19 Fecha de emisión: 12 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Boehringer Ingelheim Vetmedica GmbH. Domicilio: 55218 Ingelheim, Alemania. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (5) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VAXXILIVE G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Presentada carta de consentimiento, en favor de VAXXILIVE por parte VAXXITEK, dando consentimiento para el registro en Honduras de la marca VAXXILIVE presentada bajo el número 5500- 2021 el 12 de octubre de 2021 en clase (05) por BOEHRINGER INGELHEIM VETMEDICA GMBH. J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones veterinarias para aves de corral, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 10, 25 E. y 9 F. 2023. _______ VAXXILIVE Número de Solicitud: 2022-4095 Fecha de presentación: 2022-07-11 Fecha de emisión: 12 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: Nicoventures Holdings Limited. Domicilio: Globe House, 1 Water Street, London, WC2R, 3LA, Reino Unido. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (34) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: Con reivindicación del color, Pantone 7517C, tal como se muestra en los ejemplares que se acompañan. J.- Para Distinguir y Proteger: Sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco para calentar: dispositivos y partes de dispositivos para calentar tabaco; sucedáneos del tabaco para inhalar, snus con tabaco; rapé con tabaco; snus sin tabaco; rapé sin tabaco; bolsas de nicotina oral libres de tabaco (no para uso médico), de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL 10, 25 E. y 9 F. 2023. -- 126 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2022-4042 Fecha de presentación: 2022-07-08 Fecha de emisión: 11 de agosto de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA FIESTA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: BARRIO SOLARES NUEVOS CONTIGUO A SUPERMERCADO FIESTA, ENTRE AVENIDA COLÓN Y BOULEVARD 15 DE SEPTIEMBRE, LA CEIBA, ATLANTIDA, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL RAMON ARIEL NOVONDO PEÑA E.- CLASE INTERNACIONAL (16) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BINGO G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se considera denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Papel higienico, pepel toalla, servilletas, de la clase 16. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 ________ ________ Número de Solicitud: 2022-2764 Fecha de presentación: 2022-05-23 Fecha de emisión: 1 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: SEBASTIAN TELLECHEA Domicilio: Antártida Argentina 474 Benavidez, Porvincia de Buenos Aires, Argentina. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL José María Juárez Pacheco E.- CLASE INTERNACIONAL (36) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN IHS Seguros G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede el uso exclusivo del término “SEGUROS”, no se protege la frase “FINANCIAL & RISK MANAGEMENT SPECIALISTS” presente en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de asesoramiento de seguros de vida, seguros de salud y seguros de retiro o inversiones, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 25 E., 9 y 24 F. 2023 Convocatoria Por medio de la presente se convoca a todos los accionistas de la Sociedad Mercantil denominada LASER SIGHT, S.A. DE C.V. Primer Centro de Corrección Visual laser de este domicilio, a la Asamblea General Ordinaria de accionistas, la cual debido a que no podemos reunirnos normalmente y tratando de observar las medidas de bioseguridad que el sistema de salud establece por el covid 19, se acuerda celebrarse virtualmente a través de internet via zoom, para lo cual estaremos enviando a su email o teléfono celular las claves de acceso correspondientes para que dicha asamblea se celebre el día jueves 9 de febrero, a las 5:00 p.m., para tratar asuntos concernientes a los Artículos 168 del Codigo de Comercio, en caso de no reunirse el quórum requerido en la primera convocatoria, la asamblea se reunirá en segunda convocatoria, una hora después esto es a las 6 :00 P.M., en el mismo lugar con los accionistas que concurran de manera virtual . Tegucigalpa, M.D.C., 20 de enero de 2023 CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN 25 E. 2023 Número de Solicitud: 2022-4880 Fecha de presentación: 2022-08-19 Fecha de emisión: 3 de octubre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR Solicitante: INMO-SERVICIOS, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (INSERSA) Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL JESUS ALFREDO PINEDA ALVARADO E.- CLASE INTERNACIONAL (35) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BODEX MART G.- H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad del término “MART”. I.- Reivindicaciones: Se protegen los colores tal y como se presentan en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Comercialización de productos varios para terceros, especialmente a minimarket, supermercado, bodegas, abastos en general de productos comestibles, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 -- 127 of 136 -- La G aceta Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 25 D E E N E R O D E L 2023 N o . 36,138 Número de Solicitud: 2020-5656 Fecha de presentación: 2020-02-05 Fecha de emisión: 4 de abril de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: ARROCERA LOS CORALES , SOCIEDAD ANÓNIMA Domicilio: FINCA SAN FRANCISCO, VILLANUEVA, Guatemala. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa D.- APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN G.- H.- Reservas/Limitaciones: No se le concede protección a ninguno de los signos denominativos presentes en la etiqueta. I.- Reivindicaciones: Se protegen los colores tal y como aparecen en la etiqueta. J.- Para Distinguir y Proteger: Harina de maíz, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 _______ Número de Solicitud: 2022-6708 Fecha de presentación: 2022-11-11 Fecha de emisión: 2 de diciembre de 2022 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR Solicitante: PS Universal, S. de R.L. Domicilio: Colonia Lomas del Mayab, calle Santa Bárbara, casa número 1309, Tegucigalpa, M.D.C., CP 11101, Honduras. B.- PRIORIDAD: C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta D.- APODERADO LEGAL Francisco Alejandro Pavón Bustillo E.- CLASE INTERNACIONAL (30) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Delish G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Helados; pasteles; galletas; pays; magdalenas; dulces, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARÍA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 26 D. 2022, 10 y 25 E. 2023 -- 128 of 136 -- EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. MARTES 31 DE ENERO DEL 2023. NUM. 36,143 Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 06-2023 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número PCM 06-2023 AVANCE A. 8 Sección B Avisos Legales B. 1 - 28 1 A.

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-06-2023 — Ratificación de Resolución del Banco Central de Honduras sobre ampliación de plazo para presentación de informes de auditoría

Poder Ejecutivo

LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir Acuerdos y Decretos conforme a ley, adoptar les medidas de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud de los habitantes (artículos 235 y 245 numerales 2, 11 y 29). CONSIDERANDO: Que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la administración pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros. Asimismo, los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias (artículos 11 y 116 de la Ley General de la Administración Pública). CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada (artículo 342). CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.24-1/2021 del 21 de enero de 2021 y Resolución No.494-10/2021 del 2 de octubre de 2021 el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH), por unanimidad de votos de sus miembros, aprobó el otorgamiento de los préstamos solicitados por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, con base en el artículo 40, párrafo segundo de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), por un monto de sesenta y dos millones cuatrocientos cincuenta -- 129 of 136 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL mil Derechos Especiales de Giro (DEG 62,450,000.00), aproximadamente ochenta y nueve millones ochocientos cuarenta y un mil setecientos sesenta y seis dólares de los Estados Unidos de América (EUA) con veintiocho centavos (US$89,841,766.28) y ochenta y siete millones cuatrocientos mil DEG (DEG87,400,000.00) equivalente a ciento veinticuatro millones cuatrocientos veinticuatro mil quinientos ocho dólares de los EUA con noventa y ocho centavos (US$124,424,508.98), respectivamente; créditos que fueron ratificados mediante Decretos Ejecutivos Número PCM 013-2021 y PCM 108-2021, publicados el 29 de enero de 2021 y el 4 de octubre de 2021 en el Diario Oficial “La Gaceta”, respectivamente. Posteriormente, se suscribieron los respectivos Convenios de Crédito entre Banco Central de Honduras (BCH) y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), mediante oficio DGCP- GV-89/2022 del 11 de mayo de 2022, solicitó al Banco Central de Honduras (BCH) prórroga hasta el 28 de diciembre de 2022 para la presentación de los informes validados por una firma de auditoría externa conforme a lo establecido dentro del apartado “Responsabilidad y Obligaciones del Gobierno” de los dos Convenios de Crédito. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo No.30-2022 del 8 de abril de 2022, que reformó el artículo 72 del Decreto Legislativo No.107-2021, contentivo del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2022, modificando los montos de contratación del citado artículo, razón por la cual la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), cambió la modalidad de contratación de los Servicios de Auditoría Externa a un Concurso Público Nacional, lo cual requiere más tiempo, ya que se está en la obligatoriedad con base a ley de publicar el proceso mínimo cuarenta (40) días calendario, en la plataforma de Honducompras y en dos diarios de circulación nacional, de igual forma es necesario al menos cuatro semanas adicionales como mínimo para la evaluación, adjudicación y contratación de la firma auditora y adicionalmente el tiempo requerido para la ejecución de la auditoría, por lo que se requiere prórroga para la fecha de presentación de dichos informes de auditoría al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 28 de diciembre de 2022. CONSIDERANDO: Que los Convenios de créditos suscritos entre el Banco Central de Honduras (BCH) y el Gobierno de la República, por intermedio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), se enmarca en lo establecido en el Artículo 40, párrafo segundo de la Ley del Banco Central de Honduras, que establece que la Autoridad Monetaria podrá -- 130 of 136 -- otorgar créditos al Gobierno en casos de emergencia o de grave calamidad pública y su aprobación requerirá el voto unánime de los miembros del Directorio, así como su ratificación mediante Decreto emitido por la Presidenta de la República en Consejo de Ministros, debiendo darse inmediata cuenta al Congreso Nacional de la emisión del mismo. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.341- 7/2022, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras (BCH) el 28 de julio de 2022, por unanimidad de votos de sus miembros, aprobó modificar parcialmente el numeral 3 de la Resolución No.24-7/2021 del 21 de enero de 2021, en lo relacionado a “Otros”, específicamente en su párrafo tercero, en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de ejecución de los recursos validados por una firma auditora externa y sometidos a consideración del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), deberán ser presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 28 de diciembre de 2022, manteniendo inalterable las demás condiciones del Crédito. De igual forma, se aprobó modificar parcialmente el numeral 3 de la Resolución No.494-10/2021 del 2 de octubre de 2021, en lo relacionado a “Otros”, específicamente en su párrafo séptimo, en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de ejecución de los recursos validados por una firma auditora externa y sometidos a consideración del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), deberán ser presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 28 de diciembre de 2022, manteniendo inalterable las demás condiciones del Crédito. CONSIDERANDO: Que de conformidad a la Constitución de la República la Presidenta convoca y preside el Consejo de Ministros, el cual se reunirá para tomar resolución en todos los asuntos que juzgue de importancia nacional y para conocer de los casos que señale la Ley (artículo 252, párrafo segundo). POR TANTO; En uso de las facultades contenidas en los artículos 235, 245, 252 y 342 de la Constitución de la República; 1, 2, 6, 16, 40 y 55 de la Ley del Banco Central de Honduras; 7, 11, 17, 18, 22, 116 y 117 de la Ley General de la Administración Pública; 72 del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y sus Disposiciones Generales Ejercicio Fiscal 2022 contenido en el Decreto Legislativo No.30-2022 del 8 de abril de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en igual fecha y Resolución No.341-7/2022 del 28 de julio de 2022, emitida por unanimidad de votos de los miembros del Directorio del Banco Central de Honduras; y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. Ratificar la Resolución No.341-7/2022 de fecha 28 de julio de 2022, emitida por unanimidad de votos de los miembros del Directorio del Banco Central de Honduras (BCH), mediante la cual se aprobó modificar parcialmente el numeral 3 de la Resolución No.24-7/2021 del 21 de enero de 2021, en lo relacionado a “Otros”, específicamente en su Párrafo Tercero, en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de ejecución de los recursos validados por una firma auditora externa y sometidos a consideración del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), deberán ser presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 28 de diciembre de 2022, manteniendo inalterable las demás condiciones del -- 131 of 136 -- Crédito, de igual forma modificar parcialmente el numeral 3 de la Resolución No.494-10/2021 del 2 de octubre de 2021, en lo relacionado a “Otros”, específicamente en su Párrafo Séptimo, en el sentido de ampliar el plazo para que los informes de ejecución de los recursos validados por una firma auditora externa y sometidos a consideración del Tribunal Superior de Cuentas (TSC), deberán ser presentados al Banco Central de Honduras (BCH) a más tardar el 28 de diciembre de 2022, manteniendo inalterable las demás condiciones del Crédito. ARTÍCULO 2. Facultar a la titular de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que en nombre y representación del Gobierno de la República suscriba con la Presidenta del Banco Central de Honduras (BCH), el Addéndum al Convenio de Crédito correspondiente. ARTÍCULO 3. Dar inmediata cuenta de la emisión del presente Decreto Ejecutivo al Congreso Nacional. ARTÍCULO 4. El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 26 días del mes de Enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA RODOLFO PASTOR DE MARÍA CAMPOS SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL RIXI RAMONA MONCADA GODOY SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN -- 132 of 136 -- EDUARDO ENRIQUE REINA GARCÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL ÁNGEL EDMUNDO ORELLANA MERCADO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN RICARDO ARTURO SALGADO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA PEDRO JOSÉ BARQUERO TERCERO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER RAMÓN ANTONIO SABILLÓN PINEDA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL JOSÉ MANUEL MATHEU AMAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD -- 133 of 136 -- LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN MELINA NATALIE ROQUE SANDOVAL SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA MAURICIO ANTONIO RAMOS SUAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO -- 134 of 136 -- EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. LUNES 30 DE ENERO DEL 2023. NUM. 36,142 Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 01-2023 SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo Número 01-2023 SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO Acuerdos Ministeriales Nos. 012-2023, 013-2023, 014-2023, 016-2023 Sección B Avisos Legales B. 1 - 16 1 A.

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. 01-2023 — Autorización a la Dirección General de Información y Prensa para contratación directa de servicios técnicos y artísticos especializados

Poder Ejecutivo

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para beneficio del pueblo la Presidenta de la República, correspondiéndole dirigir la Política General del Estado y representarlo, así como emitir acuerdos y decretos conforme a ley (artículos 235 y 245 numerales 2) y 11)). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada y en el ejercicio de sus funciones podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM 023-2022 de fecha 16 de Septiembre de 2022, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en su edición 36,031, se creó la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República, como un órgano de la Administración Central adscrito a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE). CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado establece los supuestos en los que podrá realizarse la contratación directa de bienes y servicios, señalando que procede la misma cuando se trate de trabajos científicos, técnicos o artísticos especializados (artículo 63 numeral 6)). CONSIDERANDO: Que dentro de las funciones de la Dirección General de Información y Prensa se encuentra suscribir contratos para la contratación de pautas publicitarias, con medios de comunicación convencionales o alternativos, sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, todo bajo las normas de la estrategia de la comunicación del Gobierno de la República y la contratación servicios de producción de insumos o contenidos publicitarios y materiales de comunicación y prensa. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República requiere -- 135 of 136 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL para su correcto funcionamiento realizar la contratación de bienes y servicios técnicos y artísticos especializados, con la debida diligencia, oportunidad y mérito, atendiendo las condiciones de la oferta de espacios publicitarios y servicios de producción de contenidos en los medios de comunicación del país. POR TANTO, En aplicación de los artículos 235, 245, 248, 321 y 323 de la Constitución de la República; artículos 7, 11, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; 63, numeral 6) de la Ley de Contratación del Estado; Decreto Ejecutivo PCM-023-2022; y demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1. Autorizar a la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República, adscrita a la Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE), para que pueda realizar la contratación directa para la adquisición y el suministro de servicios técnicos y artísticos especializados en materia de comunicación, necesarios para el correcto funcionamiento de la Dirección, específicamente para la contratación de: a) Pauta publicitaria con medios de comunicación, convencionales o alternativos, sean personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, todo bajo las normas de la estrategia de comunicación del Gobierno de la República; b) La contratación de servicios de elaboración de insumos o contenidos publicitarios y materiales de comunicación y prensa del Gobierno de la República; y, c) La contratación de monitores, mediciones, encuestas, asesorías, estudios de opinión u otros medios técnicos en materia de comunicación. ARTÍCULO 2. El presente Decreto se limita de manera exclusiva a las contrataciones de servicios contemplados dentro de las facultades y atribuciones de la Dirección General de Información y Prensa del Gobierno de la República. ARTÍCULO 3. Las actuaciones y la documentación correspondiente, realizadas al amparo del presente Decreto, serán remitidas al Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP). ARTÍCULO 3. El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y entrará en vigencia a partir de su fecha, debiendo publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 19 días del mes de Enero del año dos mil veintitrés (2023). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA ANGÉLICA LIZETH ALVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA, POR LEY -- 136 of 136 --