Resolución
Resolución No. 10-2022 — Derogación y modificación de numerales de la Normativa Complementaria al Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas
Poder Judicial
ACUERDO No.10/2022.- Sesión No.3972 del 2 de junio
de 2022.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL
DE HONDURAS,
CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto en la Constitución
de la República y en la Ley del Banco
Central de Honduras (BCH), corresponde a
esta Institución formular, desarrollar y
ejecutar la política monetaria, crediticia
y cambiaria del país.
CONSIDERANDO: Que en el marco del plan de modernización
operacional de la política cambiaria y de
la estrategia de desarrollo del Mercado
Organizado de Divisas, desde junio de
2021, el BCH culminó con el proceso
gradual de liberalización del 100% de
la entrega de divisas por parte de los
agentes cambiarios al BCH, trasladando
de esta forma la atención de la demanda
de divisas del sector privado de la
economía a los agentes cambiarios.
CONSIDERANDO: Que para las operaciones de compra
y venta de divisas que realice el BCH
y sus agentes cambiarios, así como
las que efectúe el sector público,
se aplicará el Reglamento para la
Negociación en el Mercado Organizado
de Divisas; asimismo, la Normativa
Complementaria a dicho Reglamento,
a fin de facilitar su cumplimiento y
aplicación.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.07/2021
del 3 de junio de 2021, se aprobó
la Normativa Complementaria del
Reglamento para la Negociación en
el Mercado Organizado de Divisas, la
cual fue reformada mediante acuerdos
No.17/2021, No.03/2022 y No.05/2022,
del 9 de diciembre de 2021, 3 y 31 de
marzo de 2022, respectivamente, todos
emitidos por el Directorio del Banco
Central de Honduras.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el comportamiento
de la oferta y demanda de divisas se
determinó que la economía genera los
flujos de divisas que permiten a los
agentes cambiarios atender directamente
la demanda de divisas del sector privado
de la economía.
CONSIDERANDO: Que conforme con la propuesta presentada
por el Departamento de Operaciones
Cambiarias de esta Institución al Comité
de Divisas en la Sesión Ordinaria
No.14/2022 del 27 de mayo de 2022,
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referente a la solicitud de la Asociación
Hondureña de Instituciones Bancarias
(Ahiba), sobre los tiempos de envío
de los Saldos de Tenencia de divisas
de los agentes cambiarios, así como
el reporte consolidado de compra y
venta de divisas en forma preliminar,
el Comité de Divisas aprobó someter
a consideración de este Directorio
la eliminación del numeral 8.2 y
la modificación del numeral 8.6 de
la Normativa Complementaria al
Reglamento para la Negociación en
el Mercado Organizado de Divisas, en
el sentido que los agentes cambiarios
remitan diariamente a más tardar a las
10:00 a.m. del siguiente día hábil al de la
realización de las operaciones y por los
medios indicados por el BCH, el dato
de los saldos contables de las cuentas
del balance analítico que conforman la
tenencia de divisas, asimismo, dar de
baja al envío del reporte consolidado de
compra y venta de divisas preliminar.
CONSIDERANDO: Que en el Punto 3 del Acta de la Sesión
Ordinaria No.14/2022 del Comité de
Divisas antes referida y de acuerdo
con el análisis del comportamiento del
mercado cambiario, se acordó someter a
consideración de este Directorio la
modificación a la normativa cambiaria,
en el sentido de eliminar de la misma
los numerales 5, 5.1, 5.2, 5.3 y literal
f) del numeral 6.1 de la Normativa
Complementaria al Reglamento para la
Negociación en el Mercado Organizado de
Divisas, relacionado con la potestad del
BCH de vender divisas directamente.
POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de
la Constitución de la República; 54 y 118
de la Ley General de la Administración
Pública; 2, 6, 16, incisos a), f) y n),
29 y 32 de la Ley del Banco Central
de Honduras; 46, numerales 11 y 12
de la Ley del Sistema Financiero; 3
de la Ley Monetaria y en las Normas
Generales del Comité de Divisas del
Banco Central de Honduras, contenidas
en la Resolución No.206-4/2021 del 29
de abril de 2021,
A C U E R D A:
I. Derogar los numerales 5, 5.1., 5.2., 5.3., literal f) del
numeral 6.1 y 8.2. y aprobar la modificación del inciso
8.6 de la Normativa Complementaria al Reglamento
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para la Negociación en el Mercado Organizado de
Divisas, contenida en el Acuerdo No.05/2022, emitido
por el Directorio del BCH el 31 de marzo de 2022,
que en lo sucesivo se leerá así:
“8.6 Los agentes cambiarios deberán remitir
diariamente a más tardar a las 10:00 a.m. del
siguiente día hábil al de la realización de las
operaciones y por los medios indicados por
el BCH, el dato de los saldos contables de las
cuentas del balance analítico que conforman
la tenencia de divisas. …”
II. Como consecuencia de lo anterior, en lo sucesivo
el texto íntegro de la Normativa Complementaria
al Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, incluidas las reformas, se leerá
así:
“NORMATIVA COMPLEMENTARIA AL
REGLAMENTO PARA LA
NEGOCIACIÓN EN EL MERCADO
ORGANIZADO DE DIVISAS
1. COMPRA DE DIVISAS
Para efectos de lo dispuesto en los artículos 4 y 6
del Reglamento para la Negociación en el Mercado
Organizado de Divisas, en adelante denominado
Reglamento, se establece que:
1.1. Las compras de divisas realizadas por los
agentes cambiarios a sus clientes del sector
privado deberán realizarse mediante los
diferentes medios de pagos existentes y bajo
su propia cuenta y riesgo. Asimismo, las
compras de divisas diferentes al dólar de los
EUA realizadas por los agentes cambiarios a
sus clientes del sector privado se harán bajo
su propia cuenta y riesgo y no formarán parte
de la tenencia de divisas.
1.2. Las divisas compradas por los agentes
cambiarios a sus clientes del sector privado
de acuerdo con el numeral anterior, deberán
utilizarse para los fines detallados a
continuación:
a) Erogaciones propias.
b) Ventas diarias a los clientes del sector
privado por montos menores o iguales
a un millón quinientos mil dólares de
los EUA (US$1,500,000.00).
c) Para la venta en el Mercado Interbancario
de Divisas (MID).
Las divisas no utilizadas en los conceptos
anteriores formarán parte de la tenencia
de divisas, sin exceder el límite autorizado
por el Directorio del BCH.
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Cuando no se realicen eventos de
negociación en el MID, los agentes
cambiarios podrán acumular los ingresos
de divisas en las cuentas de la tenencia de
divisas, sin considerarse para el cálculo
de la misma; estas divisas deberán ser
negociadas en el evento inmediato
posterior del MID.
Las transacciones realizadas por los
agentes cambiarios para los destinos
antes descritos deberán reportarse
detalladamente en l os archivos
electrónicos de compra y venta de divisas
de acuerdo con lo establecido en la boleta
correspondiente.
2. PRECIO BASE
2.1. Para efectos de lo dispuesto en el Artículo
9 del Reglamento para la Negociación en el
Mercado Organizado de Divisas, se considerarán
para el cálculo del Precio Base las siguientes
variables:
a) Diferencial de Inflación Interna y
Externa: Se entenderá como Tasa de
Inflación Externa el promedio ponderado
de las tasas de inflación estimadas de
los principales socios comerciales de
Honduras y la inflación interna se medirá
por el Índice de Precios al Consumidor
(IPC). El diferencial de inflación se
determinará comparando la variación
interanual del IPC registrada en el último
mes con la inflación externa, ponderada
con la estructura de comercio exterior,
misma que se revisará periódicamente.
b) Índice de Tipo de Cambio Efectivo
Nominal: Mide la evolución de los tipos
de cambio de los principales socios
comerciales respecto al dólar de los
EUA.
c) Cobertura de Reservas Internacionales:
Número de meses de importación que
cubre el saldo de los Activos de Reservas
Oficiales del BCH.
2.2. El Precio Base se calculará cada cinco (5)
eventos del MID, tomando en consideración las
variables descritas en el numeral anterior.
3. N E G O C I A C I Ó N E N E L M E R C A D O
INTERBANCARIO DE DIVISAS (MID)
3.1. De conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 12 del Reglamento, los eventos de
negociación en el MID se efectuarán para
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la compra y venta de dólares de los EUA
exclusivamente, bajo el esquema de primeras
entradas-primeras salidas y serán realizados
en los días señalados por el BCH.
Las divisas compradas por los agentes
cambiarios en el MID deberán utilizarse para
lo siguiente:
a) Erogaciones propias.
b) Ventas por cliente del sector privado por
montos menores o iguales a un millón
quinientos mil dólares de los EUA
(US$1,500,000.00) diariamente.
c) Venta a sus clientes del sector privado
para la conversión de recursos en
moneda local provenientes del servicio
y negociación de deuda interna emitida
por la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y
colocada a inversionistas no residentes.
Las divisas compradas en el MID
deberán venderse a los clientes al Tipo
de Cambio de Referencia (TCR) del día
de la venta, más la comisión cambiaria.
Las divisas adquiridas por los agentes
cambiarios autorizados en el MID y no
utilizadas en los conceptos anteriores
formarán parte de su tenencia de divisas.
3.2. Conforme a lo dispuesto en el Artículo 13
del Reglamento, la duración y los horarios
habituales de la negociación en el MID serán
informados por la Gerencia del BCH mediante
circular dirigida a los agentes cambiarios; no
obstante, los horarios específicos diarios y
demás información relevante concerniente
a dichos eventos serán suministrados en
el aviso de convocatoria a los eventos de
negociación de dicho mercado.
3.3. Acorde con lo dispuesto en el Artículo 14
del Reglamento, las funciones del Comité
de Negociación en el Mercado Interbancario
de Divisas son las siguientes:
a) Convocar al evento de negociación en el
MID e informar los resultados del evento
anterior.
b) Dar seguimiento a las transacciones en
el MID.
c) Aplicar los lineamientos establecidos por
el Directorio del BCH para participar en
el MID.
d) Levantar y suscribir diariamente el acta
sobre los resultados de cada negociación
en el MID.
e) Informar mensualmente al Comité de
Divisas sobre la evolución del MID.
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f) Solicitar información adicional a
los agentes cambiarios, cuando sea
necesario.
3.4. De conformidad a lo dispuesto en el Artículo
15 del Reglamento, los precios de las ofertas
de compra y venta de divisas presentadas en el
MID deberán estar comprendidos en una banda
cambiaria de uno por ciento (1%) por encima
y por debajo del centro de la banda cambiaria,
el que estará conformado como un promedio
ponderado entre el promedio del precio base y
el tipo de cambio promedio ponderado del MID,
calculado de la siguiente forma:
Centro de la Banda Cambiaria= Promedio
de siete (7) días previos del Precio Base x 80%
+ Promedio de siete (7) días previos del tipo de
cambio promedio ponderado del MID x 20%.
No se aceptarán solicitudes de compra y venta de
divisas cuyos precios ofrecidos sean superiores al
techo o inferiores al piso de la banda.
Los agentes cambiarios y el BCH podrán
presentar ofertas de compra y venta de divisas
por un monto mínimo de diez mil dólares de los
EUA (US$10,000.00) y en múltiplos íntegros de
diez dólares de los EUA (US$10.00) para montos
superiores.
El monto máximo por cada oferta de compra de
divisas será de un millón de dólares de los EUA
(US$1,000,000.00) cada una.
Si un participante en el MID ingresa una oferta
de compra o venta de divisas, no podrá ingresar
una nueva oferta mientras la anterior este
pendiente de calce.
4. INGRESOS DE DIVISAS POR ACTIVIDADES
NO CAMBIARIAS Y POR MOVIMIENTO DE
CAPITAL Y FINANCIEROS DEL SECTOR
BANCARIO
De conformidad a lo dispuesto en el Artículo 19
del Reglamento, se establece lo siguiente:
4.1. El ingreso de divisas por actividades no
cambiarias de los agentes cambiarios y por
movimientos de capital y financieros del
sector bancario, registrados en la tenencia
de divisas por agente cambiario podrá ser
utilizado para lo siguiente:
a) Erogaciones propias.
b) Venta por cliente del sector privado por
montos menores o iguales a un millón
quinientos mil dólares de los EUA
(US$1,500,000.00) diariamente.
c) Venta en el MID.
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Las divisas no utilizadas en los conceptos
descritos en este numeral formarán parte de
la tenencia de divisas.
5. (Derogado)
5.1 (Derogado)
5.2 (Derogado)
5.3 (Derogado)
6. COMISIONES CAMBIARIAS
Las comisiones cambiarias, conforme a lo
dispuesto en los artículos del Reglamento, serán
las siguientes:
6.1. El BCH:
a) Pagará una comisión cambiaria por la
compra de divisas en el MID de cero
punto tres por ciento (0.3%).
b) No pagará comisión cambiaria por la
compra directa de divisas efectuada al
sector público y a las personas naturales
y jurídicas.
c) Cobrará una comisión cambiaria por
venta de divisas en el MID de cero punto
tres por ciento (0.3%).
d) Cobrará una comisión cambiaria de cero
punto uno por ciento (0.1%) a los agentes
cambiarios sobre el monto de divisas
utilizadas para erogaciones propias y
para la venta a sus clientes del sector
privado.
e) Cobrará una comisión cambiaria por
venta directa de divisas a las instituciones
del sector público de cero punto siete por
ciento (0.7%).
f) (Derogado)
g) Cobrará una comisión cambiaria por venta
directa de divisas a otras personas naturales
o jurídicas del sector privado, diferentes a
los agentes cambiarios, de cero punto siete
por ciento (0.7%).
6.2. Los agentes cambiarios autorizados:
a) Cobrarán a sus clientes del sector privado
una comisión cambiaria por la venta de
divisas, misma que no podrá exceder del
cero punto siete por ciento (0.7%).
b) Cobrarán una comisión cambiaria de
cero punto tres por ciento (0.3%) por las
divisas vendidas en el MID.
c) No cobrarán comisión por la compra de
divisas realizadas a sus clientes del sector
privado.
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7. TENENCIA DE DIVISAS
7.1. Para efectos de lo dispuesto en los artículos
22, 23 y 24 del Reglamento, el agente
cambiario deberá mantenerse dentro de su
límite máximo diario de tenencia de divisas
establecido por el BCH. Únicamente a la
CNBS le será comunicado el detalle del
límite de tenencia establecido para cada uno
de los agentes cambiarios.
El límite de tenencia de divisas que le
corresponda a cada agente cambiario le será
notificado por el BCH en forma individual.
La tenencia diaria de divisas de los agentes
cambiarios estará integrada por la suma de
saldos que presenten las cuentas en moneda
extranjera del balance analítico de los
agentes cambiarios, así:
Para instituciones del sector bancario:
• 111.0103 “Caja, Caja Movimiento Diario,
Divisas del Sistema de Subastas”.
• 111.0202 “Caja, Caja de Reserva, Divisas
del Sistema de Subastas”.
• 113.01 “Depósitos en Bancos del Interior,
Depósitos en Moneda Extranjera”.
• 116.01 “Depósitos en Bancos del Exterior,
Depósitos a la Vista”.
Para las casas de cambio:
• 100.02 “Caja-Moneda Extranjera”.
• 101.02 “Depósitos en Bancos Nacionales-
Moneda Extranjera”.
• 102 “Depósitos en Bancos del Exterior-
Moneda Extranjera”.
• 104.06 “Cuentas Por Cobrar-Banco
Central de Honduras-Subasta”.
7.2. En las cuentas antes descritas solamente se
deberán incluir las divisas originadas de las
fuentes siguientes:
a) Las divisas compradas a sus clientes del
sector privado acorde con lo dispuesto en
el numeral 1.
b) Las divisas compradas en el MID.
c) Los ingresos de divisas recibidos por
actividades no cambiarias de los agentes
cambiarios y movimientos de capital y
financiero del sector bancario que los
agentes cambiarios determinen integrar
en las cuentas de tenencia de divisas.
Las divisas de los incisos anteriores
podrán utilizarse para erogaciones
propias, venta por cliente del sector
privado por montos menores o iguales
a un millón quinientos mil dólares de
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los EUA (US$1,500,000.00), el cual
representa el monto máximo diario de
venta por cliente y venta en el MID en
el caso de los agentes cambiarios.
7.3. Los agentes cambiarios que al cierre de sus
operaciones diarias registren excesos del
límite de tenencia de divisas establecido,
deberán transferir dichos excesos al BCH
a más tardar el siguiente día hábil al del
registro del excedente al TCR vigente de la
fecha en que ocurrió el exceso. El BCH no
pagará comisión cambiaria por los montos
transferidos por este concepto. Los agentes
cambiarios que incumplan en el traslado de
estas divisas, en los términos antes descritos,
serán reportados a la CNBS y sancionados
acorde a lo establecido en la normativa
vigente.
Dichos excedentes deberán reportarse en
los archivos electrónicos de compra y venta
de divisas acorde a lo establecido en el
instructivo dispuesto para tal fin en la página
web del BCH.
7.4. Los agentes cambiarios podrán solicitar
ajustes por errores en sus operaciones que
hayan generado excedentes en su tenencia de
divisas, como resultado de las revisiones en
las operaciones reportadas inicialmente, los
que deberán ser debidamente documentados
y remitidos al BCH para su descargo
cuando éstos correspondan; caso contrario,
se notificará al agente cambiario que se
mantiene el nivel de tenencia de divisas
registrado. En todo caso, los ajustes que
resulten de tales revisiones se liquidarán a
los precios de compra de las transacciones
originales.
7.5. Los límites máximos de tenencia de divisas
que se establecen para las nuevas instituciones
que sean autorizadas a partir de la vigencia
de esta resolución serán de ochocientos mil
dólares de los EUA (US$800,000.00) para
los bancos y de cuatrocientos mil dólares de
los EUA (US$400,000.00) para las casas de
cambio.
8. REPORTES E INFORMACIÓN ADICIONAL
Acorde con lo dispuesto en los artículos 7 y 20 del
Reglamento, se establece lo siguiente:
8.1. Para los efectos de los reportes solicitados
por el BCH a los agentes cambiarios, el
dólar de EUA será la unidad de cuenta que
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se utilizará para expresar todas las divisas
negociadas por los agentes cambiarios.
8.2. (Derogado)
8.3. Los agentes cambiarios deberán enviar de
forma electrónica a través del sistema de
Balanza Cambiaria, a más tardar a las 9:00
a.m. del siguiente día hábil de la realización
de las operaciones, el reporte diario de las
transacciones cambiarias realizadas.
8.4. Los agentes cambiarios enviarán las
Declaraciones de Ingreso de Divisas
Provenientes de las Exportaciones al BCH a
más tardar el segundo día hábil a la recepción
de las mismas.
8.5. Los agentes cambiarios deberán asegurarse
de reportar las transacciones de sus clientes
en forma individual, acorde con el instructivo
del archivo electrónico de compra y venta
de divisas disponible para tal fin en la
página web del BCH. No se aceptará el
envío de archivos con registros acumulados
o la presentación de los datos en forma
incompleta o incorrecta.
8.6. Los agentes cambiarios deberán remitir
diariamente a más tardar a las 10:00 a.m. del
siguiente día hábil al de la realización de las
operaciones y por los medios indicados por
el BCH, el dato de los saldos contables de las
cuentas del balance analítico que conforman
la tenencia de divisas.
8.7. Los agentes cambiarios deberán asegurarse
que toda la información remitida al BCH
esté correcta, sea fidedigna y de conformidad
con lo solicitado; no obstante, el BCH podrá
solicitar a la CNBS la verificación de la
misma.”
III. Instruir a la Secretaría del Directorio para que
comunique este acuerdo a la Comisión Nacional
de Bancos y Seguros, a los agentes cambiarios, a la
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a
la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias
(Ahiba) para los fines pertinentes.
IV. El presente acuerdo entrará en vigencia a partir del
6 de junio de 2022 y deberá publicarse en el Diario
Oficial La Gaceta.
HUGO DANIEL HERRERA CARDONA
Secretario del Directorio
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ZOLITUR
INVITACIÓN
LPN ZOLITUR-01-2022
“CONSTRUCCIÓN DE PRIMERA ETAPA
DE ALCANTARILLADO SANITARIO
FRANCOURT FLAT-MAN TRAP EN
ROATAN ISLAS DE LA BAHÍA”
A todas las empresas Precalificadas en la Categoría
“Obras Hidráulicas” de la precalificación ZOLITUR
PRECA-01-2022, se les notifica que a partir de hoy día 20 de
mayo del 2022, podrán descargar los pliegos de condiciones
del proceso de Licitación Pública Nacional LPN 01-2022
a través de las páginas web: www.Honducompras.gob.hn
o www.zolitur.gob.hn se realizará una visita de campo No
Obligatoria el día 01 de junio a las 10:00 am, punto de
encuentro en Oficinas Principales de ZOLITUR en Roatán,
Islas de la Bahía.
Se solicita se envié nota de interés en participar en dicho
proceso, adjunto con recibo de pago TGR-1 por la cantidad
de doscientos lempiras (L. 200.00) no reembolsables (Código
rubro 12121 Comisión Administradora Zona Libre Turística
código institución 102).
Se recibirán interpretaciones, discrepancias u omisiones
desde la fecha de publicación hasta el día 09 de junio del
año 2022.
Las propuestas deberán hacerlas llegar a la dirección: Edif.
ZOLITUR calle principal hacia French Harbour frente a
Banco Lafise Roatán, Islas de la Bahía, a más tardar a las
02:00 p.m., hora oficial de la República de Honduras del día
14 de junio del año 2022, acto seguido se llevará a cabo el
proceso de apertura de las propuestas, en presencia de las
empresas que hubiesen presentado ofertas y que deseen
asistir.
Cualquier consulta que surgiera, favor comunicarse mediante
email a la siguiente dirección electrónica: info@zolitur.gob.hn
o llamar a los teléfonos: (504) 9499-1661.
Abogada Paula Rosario Bonilla
Directora Ejecutiva de ZOLITUR
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Sección “B”
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INVITACIÓN DE PRE-CALIFICACIÓN
Asunto: Precalificación No.01-2022, Precalificación de
Empresas Constructoras
La Empresa Nacional Portuaria, invita a las empresas
constructoras, a presentar Documentos para la Precalificación
de Obra en los ramos o especialidades de Edificación en
General y Obras Hidráulicas.
Los solicitantes que satisfagan los requerimientos de esta
precalificación, serán incluidos en el registro de potenciales
participantes en procesos de Licitación Pública Nacional
denominadas “Rehabilitación de cerco perimetral y
protección costera de Puerto Castilla”.
“Rehabilitación de cerco muelle 1 -A y protección costera,
Puerto Cortés”.
La legislación, aplicable en el presente proceso de
Precalificación será la Ley de Contratación del Estado y
su Reglamento, Disposiciones Generales del Presupuesto
vigente y otras aplicables de forma pertinente del marco legal
de la República de Honduras, como la Ley de Procedimiento
Administrativo, Ley de lo Contencioso Administrativo,
Código Penal, etc.
Los solicitantes a participar en la Precalificación, deberán
solicitar los pliegos mediante solicitud electrónica,
licitaciones@enp.hn o personalmente a través de una carta
dirigida a la Empresa Nacional Portuaria, ubicada en la
siguiente dirección: 1 avenida 1 calle, Barrio El Centro
,Puerto Cortés, departamento de Cortés, o en la oficina de
enlace, ubicada en el Centro Cívico Gubernamental, Torre
II, noveno piso, Boulevard Juan Pablo II en Tegucigalpa
,M.D.C., a partir, del día 24 del mes mayo del año 2022, de
7:00 a.m. a 4:00 p.m. de lunes a jueves y viernes de 8:00
a.m. a 3:00 p.m. De presentar solicitud personalmente se le
entregará gratuitamente copia del Documento Base y en caso
de solicitar el mismo vías correo electrónico se le enviará
copia escaneada por dicho medio.
Los interesados, deberán entregar la Documentación de
Precalificación en la Unidad de Adquisiciones, a más tardar
el día viernes 24 de junio del 2022, hasta las 2:00 p.m.,
entregándose a cada interesado una constancia de recepción
de documentos.
Puerto Cortés, Cortés, 23 de mayo del 2022
Dr. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA
GERENTE GENERAL ENP.
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Aviso de Licitación Pública Nacional
República de Honduras
EMPRESA NACIONAL PORTUARIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
ENP-LPN-GC-04-2022, PARA EL “SUMINISTRO
E INSTALACIÓN DE DEFENSAS EN MUELLE 1-A”.
1. La Empresa Naconal Portuaria (ENP), invita a las
empresas interesadas en participar en la Licitación
Pública Nacional ENP-LPN-GC-04-2022 a
presentar ofertas selladas para el “SUMINISTRO E
INSTALACIÓN DE DEFENSAS EN MUELLE
1-A”.
2. El financiamiento para la realización del presente
proceso proviene exclusivamente de fondos propios de
la ENP.
3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos
de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la
Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la
presente licitación a partir de la fecha, mediante solicitud
escrita al Lic. David Ricardo Suazo Cáceres, Director de
la Unidad de Aquisiciones, en las oficinas de la Unidad de
Adquisiciones, ubicada en el edificio Administrativo No.
1 de la Empresa Nacional Portuaria en Puerto Cortés o en
la oficina de enlace de Tegucigalpa, ubicada en el Centro
Cívico Gubernamental, Torre 2, noveno piso, boulevard
Juan Pablo II, en horario de 7:00 a.m., a 4:00 p.m., de lunes
a jueves y viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. previo al pago de
L.200.00 (DOSCIENTOS LEMPIRAS EXACTOS),
no reebolsables. Los documentos de licitación también
podrán ser examinados en el Sistema de ínformación de
Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,
"HonduCompras",(www.honducompras.gob.hn),
cualquier consulta realizarla al correo eléctrónico
licitaciones@enp.hn.
5. Las Ofertas deberán presentarse en físico, en la siguiente
dirección: Sala de Juntas de Licitaciones de la Empresa
Nacional Portuaria, ubicada en el tercer piso, edificio
Tamec, en Puerto Cortés, departamento de Cortés , a
más tardar el 23 de junio de 2022 a las 10:00 a.m.,
hora oficial de la República de Honduras, las ofertas que
se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas
se abrirán en presencia de los representantes de los
oferentes que desean asistir en la dirección, fecha y
hora arriba indicada. Todas las ofertas deberán estar
acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de
la Ofertas, por un porcentaje igual o mayor al 2% de la
oferta económica presentada.
6. Únicamente se aceptarán ofertas de los interesados que
hayan adquirido el documento de la presente licitación,
siguiendo las instrucciones del numeral cuatro (4) del
presente aviso.
Puerto Cortés, departamento de Cortés, 23 de mayo del 2022.
DR. CARLOS ARTURO BUESO CHINCHILLA
MINISTRO GERENTE GENERAL
6 J. 2022.
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La G aceta
Sección B A v isos L egales
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BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS REPUBLICA DE HONDURAS
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y
para los efectos de ley, HACE SABER: Que el ciudadano
BENICIO YANES REYES, mayor de edad, soltero,
agricultor, hondureño y vecino de aldea El Sitio, jurisdicción
de aldea Los Lesquines, jurisdicción del municipio de La
Unión, departamento de Copán, con Tarjeta de Identidad
número 0412-1979-00296, ha presentado una solicitud
de Título Supletorio de Dominio, del siguiente inmueble:
Un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El
Ladrillo o Laguna Seca, jurisdicción del municipio de La
Unión, departamento de Copán, con un área poco más o
menos de QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE PUNTO CERO
METROS CUADRADOS (556,699.00 M2), equivalente a
SETENTA Y NUEVE PUNTO OCHENTA Y CUATRO
MANZANAS (79.84 MZ), de extensión superficial,
constante con las colindancias siguientes: AL NORTE:
Colinda con propiedad de herederos de Rene Pérez, río por
medio y con propiedad de Edwin Javier García García; AL
SUR: Colinda con propiedad de Rafael Lopez Guevara, calle
por medio; AL ESTE: Colinda con propiedad del señor Allan
Edgardo Moreno Caballero, calle por medio y con propiedad
de Irma Posadas; AL OESTE: Colinda con calle pública y
con propiedad del señor Benicio Yanes y con propiedad de
Erasmo Yanes. El cual ha poseído en forma quieta pacífica
e interrumpidamente por más de diez años. Representa la
Abogada JULIA MARIA MELGAR HERNANDEZ.
Santa Rosa de Copán. 02 de mayo del año 2022
SECRETARIA HOGLA SELITA MEDINA
SECRETARIA
6 M., 6 J. y 6 J. _______
AVISO DE TITULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección
Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER: Que en
la Solicitud de Título Supletorio promovida por el señor
JOSE EVERTO CARDOZA, mayor de edad, hondureño,
casado, agricultor, con Identidad N0. 0420-1987 00097,
con domicilio en Yaunera San Pedro Copán, es dueño de
dos lores de terreno, ubicado en río Colorado San Pedro
departamento de Copán, Lote 1: Teniendo un área superficial
de CINCO PUNTO SETENTA Y CINCO CENTESIMAS
DE MANZANAS (5.75Mz), con las colindancias siguientes:
AL NORTE; colinda con Rafael Navarrete Santos; - AL
SUR: colinda con Jorge Leonel Mejía Estévez, Reina
Isabel Mejía, María Rita Villeda y Gerardo Mejía Villeda
AL ESTE; colinda con José Heberto Cardoza Paz, calle de
por medio.- AL NOROESTE, Elsa Judith Romero Estévez
y Laura Maribel Romero Estévez. LOTE 2: Teniendo un
área superficial de cuatro punto setenta y ocho, centésimas
de Manzanas (4.78 Mz), con las colindancias siguientes:
AL NORTE, colinda con Gerardo Mejía Villeda y Ramón
Arturo Estévez; AL SUR, colinda con William Mejia
Villeda, Gustavo Mejía Villeda, Pedro Perdomo, Deisy
Eduviges Perdomo, Mimbreño y Rosa Margarita Perdomo;
AL ESTE, colinda con Amado Agustin Membreño, Gabriela
María Chávez, Gloria Argentina Serrano, María de Jesús
Membreño y Manuel Arnulfo Moreno; AL OESTE, colinda
con José Everto Cardoza Paz, Rafael Navarrete Santos y
José Erdulfo Orellana, calle de por medio, dichos lotes de
terreno los hubo mediante Documento de Compraventa
que le hiciera al señor Francis Edgardo Cardoza Paz, los
cuales ha poseído de manera quieta y pacífica, tranquila y
no interrumpida por más de diez años. Representado por el
Abogado PEDRO ALVARADO
Santa Rosa de Copán, 24 de enero 2022
HOGLA SELITA MEDINA
SECRETARIA
6 M., 6 J. y 6 J.
_______
JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
República de Honduras, C.A.
AVISO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo
Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo
cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados
y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER:
Que en fecha 30 de septiembre del 2021, compareció ante
este Juzgado la abogada Lidia Estela Cardona Padilla,
en su condición de Procuradora General de la República
y por ende representante legal del Estado de Honduras,
por actuaciones de la Dirección Nacional de la Niñez,
Adolescencia y familia (DINAF), incoando demanda
EN MATERIA ORDINARIA, para la declaración de
ilegalidad y nulidad de los actos administrativos impugnados
consistentes en la RESOLUCION No. 1337-DE-2019,
de fecha dos de septiembre del 2019 y la RESOLUCION
CI-IHSS-SECG No. 1286/14-07-2021, emitidas por la
COMISION INTERVENTORA DEL INSTITUTO
HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL, que se
reconozca una situación jurídica individualizada y la adopción
de las medidas necesarias para el pleno restablecimiento de
la misma, entre ellas: la indemnización de los daños reales
efectivamente causados, cuando proceda; contra el Estado
de Honduras a través del Instituto Hondureño de Seguridad
Social; quedando registrada en esta Judicatura bajo el orden
de ingreso No. 0801-2021-00410.- Asimismo se hace la
advertencia que los legitimados como parte demandada con
arreglo al inciso C) del artículo 17 de la Ley de la Jurisdicción
de lo Contencioso Administrativo y los coadyuvantes se
entenderán EMPLAZADOS con la presente publicación.
Abg. KENIA MARITZA CASTRO MARTINEZ
SECRETARIA ADJUNTA
6 J. 2022
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Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN
CENTRO DE JUSTICIA CIVIL
AVISO DE CANCELACION Y REPOSICION
DE UN TITULO VALOR
El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras
Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en
general y para los efectos de ley HACE SABER: Que en
el expediente 0801-2021-02273-CV compareció en fecha
quince de abril del año dos mil veintiuno (2021) la señora
KIELIN NINOSKA REYES SEVILLA, solicitando la
cancelación y reposición de un Título Valor consistente en
un Certificado de Depósito a Plazo Fijo número 06986 por
un valor de CUARENTA MIL LEMPIRAS (L. 40,000.00),
con fecha de apertura 22 de junio del 2017 y fecha de
vencimiento 22 de junio del 2018, con números de cuentas
de ahorro 100000000221563 y 100000000237296, con la
Institución FINANCIERA FINSOL S.A., a favor de la
señora KIELIN NINOSKA REYES SEVILLA.
Tegucigalpa, M.D.C., 24 de mayo del año 2022
ABG. MARCO TULIO CALLIZO S.
SECRETARIO ADJUNTO
EXPEDIENTE NÚMERO 0801-2021-02273-CV
6 J. 2022
_______
Poder Judicial
Honduras
JUZGADO DE LETRAS CIVIL
DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN
AVISO DE CANCELACION DE TITULO VALOR
El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del
Departamento de Francisco Morazán, al público en general y
para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en el expediente
registrado bajo el número 0801-2020-01574-CV, ante este
Despacho de Justicia, compareció el Abogado FELICIANO
RUEDA NUÑEZ, en su condición de representante
procesal del señor CLEMENTE MARTINEZ RUBIO
solicitando la cancelación y reposición del siguiente Título
Valor: No. 710 CON REGISTRO No. 01-0820 por un total
de doscientos setenta y dos (272) acciones inscritas en libro
de registro de accionistas tomo II folio No. 0710. Acciones
suscritas en noviembre de 1979 con industrias Cementera
Hondureña. S.A. de C.V.; lo que se pone en conocimiento
del público para los efectos de Ley correspondiente.
Tegucigalpa, M.D.C., 06 de junio del 2022.
Elias Ricardo Sosa Martínez
Secretario Adjunto
6 J. 2022
_______
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Colores
J.- Para Distinguir y Proteger: “Importación, compra, venta, fabricación y/o distribución de productos químicos y
agroquímicos”, de la clase 50.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-1185
Fecha de presentación: 2021-03-15
Fecha de emisión: 14 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: EMBLEMA
A.- TITULAR
Solicitante: GTM HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: San Pedro Sula, Cortés, Honduras
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
BERNABÉ SORTO RAMIREZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (50)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
_________
LA
no es responsable del contenido de las publica-
ciones, en todos los casos la misma es fiel con
el original que
recibimos para el propósito
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H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para la prevención y el
tratamiento de enfermedades trastornos del tracto alimentario y del metabolismo y de la
sangre y órganos formadores de sangre; preparaciones farmacéuticas para la prevención
y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema cardiovascular, sistema
musculo-esquelético, sistema nervioso central, sistema nervioso periférico, sistema
genitourinario y sistema respiratorio, preparaciones farmacéuticas para la prevención
y el tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos piel y tejidos dañados;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de inflamaciones y
enfermedades y trastornos inflamatorios; preparaciones para la prevención y el tratamiento
de enfermedades y trastornos oftalmológicos; preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento y la prevención de enfermedades y trastornos hormonales; farmacéuticas para
el tratamiento y la prevención de enfermedades y trastornos infecciosos e infecciones
víricas; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades
y trastornos oncológicos y autoinmunes; terapias inmunológicas basadas en células para
el tratamiento del cáncer, tratamiento de enfermedades inmunológicas y el tratamiento de
enfermedades infecciosas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado DENIS OMAR TURCIOS HERRERA
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
Número de Solicitud: 2022-709
Fecha de presentación: 2022-02-04
Fecha de emisión: 22 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Boehringer Ingelheim International GmbH
Domicilio: 55218 Ingelheim, Alemania
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO CASCO FORTIN
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
JUNNBRY
G.-
_________
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Diseño y desarrollo de hardware, software, periféricos y
juegos informáticos y de vídeo; servicios de consultoría de hardware y software informáticos;
programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; almacenamiento de
datos electrónicos; servicios de computación en la nube; alquiler de hardware, software
y periféricos informáticos; suministro de software en línea no descargable; servicios de
consulta para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría
Número de Solicitud: 2021-5963
Fecha de presentación: 2021-11-05
Fecha de emisión: 12 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Apple Inc.
Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N° 83235 de fecha 04/05/2021 de Jamaica
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AirTag
G.-
en seguridad informática y seguridad de datos; servicios de cifrado de datos; suministro de
información de hardware o software en línea; mantenimiento, reparación y actualización de
hardware, software, periféricos y aplicaciones informáticas; servicios de soporte técnico,
diagnóstico y resolución de problemas de hardware y software informáticos y servicios
de mesa de ayuda informática; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios
web; servicios de alojamiento de sitios web; suministro de motores de búsqueda para
obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación
de índices de información en línea, sitios y otros recursos disponibles en internet y otras
redes de comunicaciones electrónicas; servicios de cartografía y mapeo; acceso a un
portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar libros,
publicaciones y otros documentos electrónicos; acceso a un portal de internet que permite a
los usuarios obtener una vista previa y descargar libros, publicaciones y otros documentos.
de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
_________
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Administración financiera de negociación bursátil de
acciones y otros valores financieros en mercados financieros; intercambio financiero;
servicios de asesoramiento e información financiera; procesamiento de información
financiera; información financiera proporcionada por medios electrónicos en el ámbito de
los activos alternativos; servicios financieros, principalmente, ente, servicios de negociación
financiera electrónica, compensación y conciliación de transacciones financieras a través
de internet y redes de comunicaciones electrónicas, gestión de activos financieros, gestión
de carteras de inversión, fondos de inversión, fondos indexados y fondos negociables
en bolsa, servicios de asesoría de inversiones sobre vehículos de inversión agrupados,
inversión de fondos, consultas de inversión e inversión de fondos para terceros; servicios
financieros, principalmente, negociación de instrumentos financieros para terceros en
forma de valores, opciones, futuros, derivados, instrumentos de deuda y comodidades;
servicios de comercio de criptomonedas; servicios de intercambio de criptomonedas;
consultas financieras en el ámbito de los activos digitales, específicamente, criptomoneda,
moneda virtual, tokens digitales, moneda digital, tokens de aplicaciones descentralizadas
y activos basados en blockchain; procesamiento de pagos con criptomonedas; servicios
de intermediación financiera para el comercio de criptomonedas; servicios de negociación
financiera electrónica del tipo de servicios de negociación algorítmica; transferencia
electrónica de activos digitales en forma de monedas virtuales; concesión de préstamos
con fines comerciales financieros; concesión de préstamos comerciales; facilitación
de servicios de pago entre pares; suministro de información financiera en el ámbito de
la criptomoneda, moneda digital y moneda virtual; servicios de ejecución comercial,
específicamente, servicios de ejecución comercial de valores para servicios de ejecución
comercial de moneda virtual; servicios de verificación de pagos basados en cadena de
bloques; servicios de intercambio de criptomonedas con tecnología en cadena de bloques.
de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-7214
Fecha de presentación: 2021-12-22
Fecha de emisión: 23 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Coinbase, Inc.
Domicilio: 100 Pine Street, #1250, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de
América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
JUNNBRY
Marcas de Fábrica
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La G aceta
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H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instrumentos quirúrgicos y médicos; jeringas para la inyección de
medicamentos para uso humano; jeringas y agujas para inyección suministradas como un kit para la inyección de
medicamentos para uso humano, de la clase 10.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
PICLEO
Número de Solicitud: 2021-5803
Fecha de presentación: 2021-11-01
Fecha de emisión: 22 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Bayer Aktiengesellschaft
Domicilio: Kaiser Wilhelm-Allee, 51373 Leverkusen, Alemania
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PICLEO
G.-
_________
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Pesticidas, preparaciones para destruir animales dañinos, fungicidas, herbicidas y
insecticidas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada MARÍA LIDIA PAZ SALAS
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
PASTARXT
Número de Solicitud: 2021-4916
Fecha de presentación: 2021-09-21
Fecha de emisión: 20 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Corteva Agriscience LLC
Domicilio: 9330 Zionsville Road, Indianápolis, Indiana 46268, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
PASTARXT
G.-
_________
Número de Solicitud: 2021-5644
Fecha de presentación: 2021-10-22
Fecha de emisión: 6 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Univision Digital IP Holdings, LLC
Domicilio: 5999 Center Drive, Los Angeles, California, Estados Unidos de América
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 97057572 de fecha 03/10/2021 de Estados Unidos de América.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
VIX+
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software de ordenador descargable para uso en la transmisión de contenidos
audiovisuales de vídeo bajo demanda, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
_________
VIX+
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas a base de manzana, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-5654
Fecha de presentación: 2021-10-22
Fecha de emisión: 6 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Alimentos Maravilla, Sociedad Anónima
Domicilio: La Tercera Avenida Norte Final Finca El Zapote, zona dos, Guatemala
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
_________
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Bebidas a base de uva, de la clase 32.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad
Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-5653
Fecha de presentación: 2021-10-22
Fecha de emisión: 6 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Alimentos Maravilla, Sociedad Anónima
Domicilio: La Tercera Avenida Norte Final Finca El Zapote, zona dos, Guatemala
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
LEONARDO PABLO CASCO ALVARADO
E.- CLASE INTERNACIONAL (32)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
-- 31 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos
antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos
cardiovasculares; preparaciones farmacéuticas dermatológicas; preparaciones farmacéuticas inhaladas
para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones
farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas
para la prevención y el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas
para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema autoinmunitario, el
sistema metabólico, el sistema endocrino, el sistema musculoesquelético y el sistema genitourinario;
preparaciones farmacéuticas para su uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y afecciones
oculares; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos del ritmo
cardíaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades y trastornos
relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el
tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento
de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la hipertensión;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones
farmacéuticas para su uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para su uso en urología;
preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y
el tratamiento del cáncer y los tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento
de alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades óseas;
preparaciones farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma,
de la clase 5
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de
Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
Número de Solicitud: 2021-5796
Fecha de presentación: 2021-11-01
Fecha de emisión: 22 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Novartis AG
Domicilio: 4002 Basel, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JESSICA REGINA COINDET
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
_________
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable para usar con dispositivos
móviles a saber, software para ayudar a pacientes con enfermedades y trastornos
del sistema nervioso central, de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
Número de Solicitud: 2022-579
Fecha de presentación: 2022-01-26
Fecha de emisión: 28 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Novartis AG
Domicilio: 4002 Basel, Switzerland, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JESSICA REGINA COINDET
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de software como servicio
(SAAS) que incluyen software para ayudar a pacientes y fisioterapeutas
en el diagnóstico, manejo y tratamiento de enfermedades y trastornos del
sistema nervioso central, de la clase 42.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
Número de Solicitud: 2022-580
Fecha de presentación: 2022-01-26
Fecha de emisión: 28 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Novartis AG
Domicilio: 4002 Basel, Switzerland, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- CLASE INTERNACIONAL (42)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
_________
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos y suministro de
información sobre estos servicios, de la clase 44.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
Número de Solicitud: 2022-581
Fecha de presentación: 2022-01-26
Fecha de emisión: 28 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Novartis AG
Domicilio: 4002 Basel, Switzerland, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
JESSICA REGINA COINDET JAMES
E.- CLASE INTERNACIONAL (44)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TUGALTO
FLEXTERITY FLEXTERITY
FLEXTERITY
-- 32 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
__________
Número de Solicitud: 2022-36
Fecha de presentación: 2022-01-04
Fecha de emisión: 3 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (11)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Difusores de aceites; esenciales; difusores de
aire para aceites esenciales; difusores de aire para aromaterapia; purificadores
de aire! purificadores de aire eléctricos; aparatos para desodorizar el aire;
difusores eléctricos de ambientadores saturadores; filtros de aire; difusores
que parte de instalaciones de alumbrado; aparatos de iluminación de diodos
electroluminicentes [LED]; luminarias LED; lámparas de escritorio; lámparas
eléctricas; luces nocturnas [excepto velas]; aparatos de iluminación, de la clase
11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
DOTERRA
Número de Solicitud: 2022-39
Fecha de presentación: 2022-01-04
Fecha de emisión: 16 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (25)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Prendas de vestir; camisas; zapatos; sombreros;
guantes [prendas de vestir]; corbatas: artículos de sombrerería; calzado, de clase
25.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
DOTERRA
__________
Número de Solicitud: 2021-7136
Fecha de presentación: 2021-12-17
Fecha de emisión: 25 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su forma conjunta “DEEP BLUE” sin
dar exclusividad sobre el término “BLUE”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites esenciales, aceites esenciales para uso cosmético;
aceites esenciales para uso personal; aceites esenciales de tocador; aromas [aceites
esenciales]; aceites de baño que no sean medicinales; aceites esenciales mesclados; aceites
para el cuerpo [de uso cosmético]; aceites destilados para el cuidado de belleza; aceites
naturales con una finalidad cosmética; aceites no medicinales; aceites para bronceado
[cosméticos]; aceites para uso cosmético; aceites de tocador; aceites de masaje no
medicinales; aceites para el cuidado de la piel [cosméticos]; cremas cosméticas; cremas de
masajes no medicinales; crema (no medicinales) para el cuerpo; lociones corporales que no
sean para uso médico; loción para de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
DEEP BLUE
Número de Solicitud: 2022-45
Fecha de presentación: 2022-01-04
Fecha de emisión: 2 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DÖTERRA HOLDINGS, LLC.
Domicilio: 389 South 1300 West Pleasant Grove, Utah 84062, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
GRACIELA SARAHÍ CRUZ RAUDALES
E.- CLASE INTERNACIONAL (29)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Batidos de leche, de la clase 29.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
DOTERRA
-- 33 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
__________
Número de Solicitud: 2021-5485
Fecha de presentación: 2021-10-19
Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZUNIGA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, a saber,
antibióticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico, de la
clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
CLAVUNOVUM
Número de Solicitud: 2021-6326
Fecha de presentación: 2021-11-17
Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA GROUP CORPORATION GmbH
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
GABRIELA FUENTES CALDERON
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el
tratamiento de la hipertensión, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
INDAPADIUR DUO
__________
Número de Solicitud: 2021-377
Fecha de presentación: 2021-01-27
Fecha de emisión: 24 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: DIAMOND QUEST LTD.
Domicilio: 6F.-6, No.65, Sec.2, Fuxing S. Rd., Da’an Dist., Taipei City
106, Taiwan (R.O.C.), Taiwán
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
ALFREDO JOSE VARGAS CHEVEZ
E.- CLASE INTERNACIONAL (34)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tabaco; cigarrillos; artículos para
fumadores; cerillas, de la clase 34.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley
correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
CHAUFFE
Número de Solicitud: 2021-4716
Fecha de presentación: 2021-09-10
Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION GmbH
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZUNIGA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
U UNINUTRA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar enfermedades crónicas
y agudas, productos farmacéuticos para el tratamiento cardiometabólico, hipertensión, e
insuficiencia cardiaca, problemas gastrointestinales, enfermedades respiratorias, dolor
agudo o crónico, productos analgésico, antiinflamatorios, antirreumáticos, antibióticos,
productos antiparasitarios; preparaciones de vitaminas; suplementos alimenticios/dietéticos/
dietarios a base de mezclas de vitaminas, minerales, aminoácidos, proteínas, hierbas y/u
otros nutrientes; complementos alimenticos a base de colágeno, suplementos dietéticos
con colágeno hidrolizado, suplementos nutricionales de péptido de colágeno y colágeno
para uso médico; preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas o animales; emplastos,
material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes,
geles antibacterianos; geles corporales medicinales; geles para uso dermatológico; geles
corporales para uso farmacéutico; geles tópicos para uso médico y terapéutico; geles
desinfectantes antibacterianos para la piel a base de alcohol, gel desinfectante para las
manos; alcohol para uso tópico, alcohol en gel; productos veterinarios; productos para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88
de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 M. y 6 J. 2022
-- 34 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2022-809
Fecha de presentación: 2022-02-10
Fecha de emisión: 28 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: KAWASAKI JUKOGYO KABUSHIKI KAISHA (KAWASAKI HEAVY INDUSTRIES,
LTD.).
Domicilio: 1-1, Higashikawasaki-cho, 3-Chome, Chuo-ku, Kobe, Japón.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 2021- 120216 de fecha 28/09/2021 de Japón.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
Marcelo Antonio Turcios Vindel
E.- CLASE INTERNACIONAL (4)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas minerales para uso industrial (no combustibles),
aceites lubricantes, aceite de motor, aceite para engranajes, aceites lubricantes para cadenas
de transmisión, aceites de horquilla delantera, aceites de suspensión, aceites lubricantes
antioxidantes, aceites de filtro, aceites y grasas lubricantes para vehículos, aceites lubricantes
sintéticos, aceites lubricantes sintéticos, aceites para filtros de aire, grasas no minerales para
uso industrial, aceites de motor, lubricantes sólidos, combustíble, aceites minerales para uso
industrial, de la clase 4
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022.
Número de Solicitud: 2021-2477
Fecha de presentación: 2021-05-24
Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA
Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote
veinticuatro (24), Complejo Industrial Mixto Norte, Zona seis (6) de Mixco, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
Marcelo Antonio Turcios Vindel
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico,
específicamente medicamentos para tratar trastornos digestivos, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022.
_______
MOTIFLAT
Número de Solicitud: 2022-808
Fecha de presentación: 2022-02-10
Fecha de emisión: 10 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: KAWASAKI JUKOGYO KABUSHIKI KAISHA (KAWASAKI HEAVY INDUSTRIES,
LTD.).
Domicilio: 1-1, Higashikawasaki-cho, 3-Chome, Chuo-ku, Kobe, Japón.
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad No. 2021- 120216 de fecha 28/09/2021 de Japón.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
Marcelo Antonio Turcios Vindel
E.- CLASE INTERNACIONAL (28)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Máquinas y aparatos de atracciones para su uso en parques de
atracciones: juguetes; muñecas; ir a juegos de mesa; juegos de shogi [ajedrez japonés]; uta-garuta
[naipes japoneses]; dado; juegos de mesa sugoroku; tazas para dados; damas chinas [juegos]
juegos de ajedrez; juegos de damas: aparatos para realizar trucos de magia: dominó; juego
de cartas; hanafuda [naipes japoneses]; dominó chino; máquinas y aparatos de juego, equipo
de billar; material deportivo, que no sea para escalada, surf, esquí acuático y submarinismo;
equipos deportivos para surf, esquí acuático y submarinismo; aparatos de atracciones para
parques de atracciones; vehículos de parques de atracciones; aparejo de pescar; juguetes en
miniatura de motocicletas, juguetes para motocicletas controlados por radio; modelos de plástico
para motocicletas: consolas de videojuegos para el hogar para carreras de motos: máquinas de
videojuegos recreativos para carreras de motos; máquinas de videojuegos recreativos; máquinas
de videojuegos para el hogar; juegos de mano con pantallas de cristal líquido; vehículos para
niños [juguetes]; modelos a escala; modelos de plástico; modelos de metal; juguetes para
mascotas domésticas, de la clase 28
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022.
_______
Número de Solicitud: 2021-3308
Fecha de presentación: 2021-06-30
Fecha de emisión: 27 de septiembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Med Pharma, S.A.
Domicilio: Kilómetro dieciséis punto cinco (16.5) Carretera a San Juan Sacatepéquez, Lote
veinticuatro (24), Complejo Industrial Mixco Norte, Zona seis (6) de Mixco, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
Marcelo Antonio Turcios Vindel
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico,
productos higiénicos y santarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso
médico, medicamentos para tratar problemas gastrointestinales, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022.
GASTREXX
-- 35 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2021-5486
Fecha de presentación: 2021-10-19
Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION, GmbH.
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZUNIGA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticoos, a saber, antibióticos,
productos higiénicos y sanitarios para uso médico, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022. _______
CIPRONOVUM
Número de Solicitud: 2021-6325
Fecha de presentación: 2021-11-17
Fecha de emisión: 20 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA GROUP CORPORATION, GmbH.
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
GABRIELA FUENTES CALDERON
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para el tratamiento de la
diabetes mellitus tipo 2, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022.
EFINEX XR
Número de Solicitud: 2021-5605
Fecha de presentación: 2021-10-21
Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: LUMINOVA PHARMA CORPORATION, GmbH.
Domicilio: Dr. J. Bollag & Cie. AG, Unter Altstadt 10, 6302 Zug, Suiza.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativo
D.- APODERADO LEGAL
JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZUNIGA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Productos famacéuticos, a saber, productos
farmacéuticos para el tratamiento de la iinflamación de la piel, artículaciones,
pulmones y otros órganos y productos farmacéuticos para el tratamiento de
condiciones comunes como: ásma, alergias, artritis, trastornos sanguíneos o
enfermedades de la glándula suprarrenal; preparaciones para uso médico; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022.
_______
DEXANOVUM
Número de Solicitud: 2021-4715
Fecha de presentación: 2021-09-10
Fecha de emisión: 30 de noviembre de 2021
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: UNIVERSIDAD FRANCISCO MARROQUIN
Domicilio: 6 calle final 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixto
D.- APODERADO LEGAL
JOSAFAT ALEXANDER IZAGUIRRE ZUNIGA
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
FIRST TUESDAY
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Educación/ enseñanza/ instrucción [enseñanza]/ servicios
educativos/ formación; transferencia de conocimientos especializados; organización y direcicón
de coloquios, conferencias, cursos, presentaciones, congresos, seminarios, simposios, mesas
redondas; talleres de formación; organización y dirección de foros presenciales; organización y
dirección de foros virtuales, de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022.
-- 36 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2021-5533
Fecha de presentación: 2021-10-20
Fecha de emisión: 2 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: UNIVISION COMMUNICATIONS INC.
Domicilio: 5999 Center Drive, Los Angeles, California 90045, Estados Unidos de
América
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°. 90645412 de fecha 14/04/2021 de Estados Unidos de América
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Casco Fortín
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
UNIVISA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de transmisión de televisión; servicios de
medios móviles en la naturaleza de transmisión electrónica, difusión y entrega de
contenido de entretenimiento de audio, vídeo y multimedia, incluyendo archivos de
texto, datos, imágenes, audio, vídeo y audiovisuales a través de Internet, comunicación
inalámbrica, redes de comunicaciones electrónicas y redes informáticas; servicios
de radiodifusión, Internet y radiodifusión inalámbrica, principalmente, transmisión
de audio y vídeo de eventos en directo y pregrabados por radiofrecuencias, redes
informáticas mundiales y dispositivos de comunicación inalámbrica de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
UNIVISA
Número de Solicitud: 2021-2278
Fecha de presentación: 2021-05-17
Fecha de emisión: 18 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: RECKITT BENCKISER VANISH B.V.
Domicilio: Siriusdreef 14, 2132WT, Hoofddorp, Holanda, Reino de los Países Bajos
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°. UK00003556593 de fecha 17/05/2021 de Reino Unido.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Emma Rosario Valle Reaños
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
Vanish
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Detergentes antibacteriales y antisépticos para
el lavado; impulsores antibacteriales e antisépticos para el lavado; abrillantador
antibacterial y antiséptico para el lavado; quitamanchas antibacterial y antiséptico
para el lavado; limpiadores y champús para alfombras antibacteriales y antisépticos;
quitamanchas antibacterial y antiséptico para alfombras de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Maria Lidia Paz Salas
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
Número de Solicitud: 2021-7082
Fecha de presentación: 2021-12-15
Fecha de emisión: 8 de febrero de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Sinking Ship Entertainment INC
Domicilio: 1179 King Street West, Suit 302, Toronto, Ontario, Canadá M6K3C5,
Canadá
B.- PRIORIDAD:
Se otorga prioridad N°. 2116094 de fecha 23/06/2021 de Canadá
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Pablo Casco Alvarado
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
DINO DANA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento en forma de películas
distribuidas a través de medias de audio y vídeo, específicamente televisión, satélite,
cable y redes informáticas mundiales; servicios de entretenimiento del tipo de
series de televisión para niños distribuidas a través de medios de audio y vídeo,
específicamente, redes informáticas mundiales; actuaciones en vivo con personajes
de una serie de televisión para niños; servicios de entretenimiento para niños a
través de Internet o redes informáticas, específicamente, programas de televisión y
producciones cinematográficas en el ámbito de entretenimiento para niños; servicios
de producción, específicamente, producción de películas animadas y de programas
de televisión; servicios de entretenimiento en forma de series de televisión para
niños distribuidos a través de medias de audio y vídeo, específicamente, redes de
televisión, satélite y cable; proveer información educativa de interés general para
niños en el campo de la ciencia a través de Internet o redes informáticas de la clase 41
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Franklin Omar López Santos
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
DINO DANA
Número de Solicitud: 2021-7212
Fecha de presentación: 2021-12-22
Fecha de emisión: 23 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Coinbase, Inc.
Domicilio: 100 Pine Street, #1250, San Francisco, California 94104, Estados Unidos
de América
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Pablo Casco Alvarado
E.- CLASE INTERNACIONAL (9)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Software descargable para su uso en comercio
electrónico, almacenamiento, envío, recepción, aceptación y transmisión de
moneda digital y gestión de transacciones de cambio y pago de moneda digital;
software descargable para procesar pagos electrónicos y transferir fondos desde
y hacia terceros; software de autenticación descargable para controlar el acceso
y las comunicaciones con ordenadores y redes informáticas; tarjetas de crédito
codificadas magnéticamente; tarjetas de identificación magnéticas; software de
aplicaciones móviles descargables para facilitar transacciones financieras; software
de aplicaciones móviles descargables para su uso en la gestión de información
comercial y empresarial; software descargable para permitir a los inversores para
apostar sus activos digitales, votar para apoyar eventos de gobernanza de la red, crear
activos digitales y ejecutar transacciones de activos digitales; software descargable
para gestionar y verificar transacciones de criptomonedas en la cadena de bloques;
software descargable para gestionar y validar transacciones de criptomonedas
utilizando contratos inteligentes basados en cadenas de bloques; software descargable
para acceder, leer y rastrear información en la cadena de bloques de la clase 9.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo
88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
-- 37 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2021-5806
Fecha de presentación: 2021-11-01
Fecha de emisión: 3 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio: 7a. Avenida 5-10, zona 4 Centro Financiero, Torre I, Ciudad de Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Casco Fortín
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ebi
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios y financieros de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
Número de Solicitud: 2021-7215
Fecha de presentación: 2021-12-22
Fecha de emisión: 17 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: Coinbase, Inc.
Domicilio: 100 Pines Street, #1250, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Figurativa
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Pablo Casco Alvarado
E.- CLASE INTERNACIONAL (41)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios educativos, principalmente, clase en línea, tutoriales,
seminarios y talleres en los campos de las finanzas, moneda digital, criptomonedas y activos
digitales de la clase 41.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
Número de Solicitud: 2021-6726
Fecha de presentación: 2021-12-02
Fecha de emisión: 7 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: Bayer Intellectual Property GmbH
Domicilio: Alfred-Nobel-Str. 10, 40789 Monheim am Rhein, Alemania
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Pablo Casco Alvarado
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
QUICKBAIT
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones: Pais de Origen: Unión Europea Código de País: EU
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para destruir animales dañinos; fungicidas,
herbicidas de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
QUICKBAIT
Número de Solicitud: 2021-5805
Fecha de presentación: 2021-11-01
Fecha de emisión: 4 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: BANCO INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio: 7a. Avenida 5-10, zona 4 Centro Financiero, Torre I, ciudad de Guatemala, Guatemala.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Leonardo Casco Fortín
E.- CLASE INTERNACIONAL (36)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CORPORACIÓN BI
G.-
H.- Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término “CORPORACIÓN”.
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Servicios bancarios y financieros de la clase 36.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogado Jorge Arthuro Sierra Carcamo
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
_______
Número de Solicitud: 2021-2318
Fecha de presentación: 2021-05-18
Fecha de emisión: 4 de abril de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: OM Pharma SA
Domicilio: 22, rue du Bois-du-Lan, 1217 Meyrin/Geneva, Suiza
B.- PRIORIDAD:
Se otorga Prioridad No. 16540/2020 de fecha 20/11/2020 de Suiza.
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
Emma Rosario Valle Reaños
E.- CLASE INTERNACIONAL (10)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
OM PHARMA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: “Aparatos e instrumentos quirúrgicos y médicos para ser
utilizados en la administración o aplicación de preparaciones farmacéuticas recipientes para la
aplicación de medicamentos” de la clase (10).
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la
Ley de Propiedad Industrial.
Abogada María Lidia Paz Salas
Registro de la Propiedad Industrial
5, 20 M. y 6 J. 2022.
-- 38 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2022-1574
Fecha de presentación: 2022-03-18
Fecha de emisión: 3 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARÍA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
TOSYMIEL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional de uso humano, de
la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2022-1859
Fecha de presentación: 2022-04-08
Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARÍA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
VERZALIN
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano
antihelmíntico, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2022-1861
Fecha de presentación: 2022-04-08
Fecha de emisión: 16 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARÍA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ULTIZULIDA
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano
antiinflamatorio no esteroideo con propiedades analgésicas y antipiréticas, de
la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2022-1578
Fecha de presentación: 2022-03-18
Fecha de emisión: 3 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARÍA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
ULTIFORMIN LP
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para
tratar la diabetes: para el control del azúcar en la sangre, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2022-918
Fecha de presentación: 2022-02-22
Fecha de emisión: 9 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: ULTIMATE DE HONDURAS, S.A. DE C.V.
Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
MARÍA LOURDES PERALTA
E.- CLASE INTERNACIONAL (5)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
CARNIFIZZ
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional compuesto por
Aminoácidos y Zinc, de la clase 5.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
-- 39 of 40 --
La G aceta
Sección B A v isos L egales
R
E
P
Ú
BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 6 D E J U N I O D E L 2022 N o . 35,942
Número de Solicitud: 2021-2285
Fecha de presentación: 2021-05-17
Fecha de emisión: 18 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: CARLISLE INTANGIBLE, LLC.
Domicilio: 16430 N. Scottsdale Road, Scottsdale AZ 85254, Estados Unidos
de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
CLARIBEL MEDINA DE LEON
E.- CLASE INTERNACIONAL (19)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
READYFLASH
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Tableros para techos, de la clase 19.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2022-95
Fecha de presentación: 2022-01-05
Fecha de emisión: 23 de marzo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: HONEY WELL INTERNATIONAL INC.
Domicilio: 855 S. MINT St., Charlotte, NC 28202, USA, Estados Unidos de América.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
CLARIBEL MEDINA DE LEON
E.- CLASE INTERNACIONAL (11)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
HONEYWELL
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Ventiladores eléctricos; ventiladores de techo;
calentadores eléctricos portátiles; humidificadores; luces de cuerda; bombillas;
bombillas LED; tubos de iluminación ; luces de acento para uso en interiores;
tiras de luces para uso en interiores ; dispositivos de iluminación LED para
aplicaciones de iluminación en interiores y exteriores; artefactos de iluminación
solar, en concreto unidades y artefactos de iluminación alimentados por energía
solar para interiores y exteriores; luces para todo clima que funcionan con energía
solar; acondicionadores de aire; acondicionadores de aire portátiles; enfriadores
de aire por evaporación; unidades de HVAC; filtros de aire para unidades de
aire acondicionado; filtros de aire para purificadores de aire; limpiadores de aire
domésticos; limpiadores de aire portátiles; filtros de agua; paneles de captación
de calor solar; paneles solares para la producción de electricidad; unidades de
refrigeración de energía solar; refrigeradores; congeladores; enfriadores de
vino; máquinas de hielo; máquinas de enfriamiento de bebidas, de la clase 11.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Transmisión de información, incluida la
información contenida en páginas Web, programas informáticos y todo tipo de
datos difusión de vídeos, transmisión de vídeos, difusión de vídeos por Internet
transmisión de contenidos de vídeo por Internet, transmisión de podcasts de
vídeo, transmisión de información a través de sistemas de comunicación por
vídeo, servicios de acceso por medios de telecomunicación a contenidos de vídeo
disponibles en Internet, servicios de acceso a portales de Internet que contienen
programas de vídeo a la carta transmisión electrónica de audio, vídeo y otros
tipos de datos y documentos mediante redes entre pares transmisión de archivos
de datos, audio, vídeo y multimedia, incluidos archivos descargables y archivos
difundidos en flujo continuo en redes informáticas mundiales, de la clase 38.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado MANUEL ANTONIO RODRIGUEZ RIVERA
Registro de la Propiedad Industrial
20 M., 6 y 21 J. 2022
_______
Número de Solicitud: 2020-23797
Fecha de presentación: 2020-10-29
Fecha de emisión: 24 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO
A.- TITULAR
Solicitante: AUDITOOL S. A. S.
Domicilio: Colombia, Carrera 55 No. 152B - 68 Torre A, of 610, Bogotá, Colombia.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Mixta
D.- APODERADO LEGAL
CLARIBEL MEDINA DE LEON
E.- CLASE INTERNACIONAL (38)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
AUDITOOL
G.-
Número de Solicitud: 2021-4047
Fecha de presentación: 2021-08-06
Fecha de emisión: 18 de mayo de 2022
Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA
A.- TITULAR
Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL. S. A. B. DE C. V.
Domicilio: CIUDAD DE MEXICO, México.
B.- PRIORIDAD:
C.- TIPO DE SIGNO
DISTINTIVO: Denominativa
D.- APODERADO LEGAL
CLARIBEL MEDINA DE LEON
E.- CLASE INTERNACIONAL (3)
F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN
GROOMEN PINK
G.-
H.- Reservas/Limitaciones:
I.- Reivindicaciones:
J.- Para Distinguir y Proteger: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para la colada; Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; (preparaciones abrasivas); perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones para el cabello; Dentífricos, de la clase 3.
Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.
Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial.
Abogado JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO
Registro de la Propiedad Industrial
6, 21 J. y 6 J. 2022
-- 40 of 40 --
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