Acuerdo Ministerial
Acuerdo Ministerial No. 322-2022 — Nombrar Comisión Técnica Liquidadora para supresión y liquidación de Secretarías de Estado, Programas, Gabinetes y otros organismos
ACUERDO NÚMERO 322-2022
SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
CONSIDERANDO (1): Que constitucionalmente
las Secretarías de Estado son
órganos de la administración
general del país y dependen
directamente de la Presidenta
de la República.
CONSIDERANDO (2): Q u e l o s S e c r e t a r i o s d e
Estado son colaboradores de
la Presidenta de la República
en el Despacho de los asuntos
públicos y en la orientación,
coordinación, dirección y
supervisión de los órganos
de la Administración Pública
Centralizada y la coordinación
de las entidades y órganos
desconcentrados o de las
instituciones descentralizadas,
en el área de su competencia.
CONSIDERANDO (3): Que las Secretarías de Estado
están a cargo de los Secretarios
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de Estado correspondientes,
quienes para el despacho de
los asuntos de su competencia,
serán asistidos por uno (1) o más
Subsecretarios, el Secretario
General y los Directores
Generales o titulares de otros
órganos de autoridad que las
leyes determinen.
CONSIDERANDO (4): Que es atribución y deber
común de los Secretarios de
Estado, emitir acuerdos y
resoluciones en los asuntos de
su competencia y aquellos que
le delegue la Presidenta de la
República, así como cuidar de
su ejecución, de acuerdo con lo
establecido por el artículo 36
numeral 8) de la Ley General
de la Administración Pública.
CONSIDERANDO (5): Q u e d e a c u e r d o c o n l o
dispuesto por los artículos 30
y 33 de la Ley General de la
Administración Pública, los
Secretarios de Estado podrán
delegar en los subsecretarios,
cualquiera de sus facultades,
incluyendo las que hubieren
sido delegadas por la Presidenta
de la República.
CONSIDERANDO (6): Que para cumplir con el
p r o c e s o d e s u p r e s i ó n y
liquidación de las Secretarías de
Estado, Programas, Gabinetes
E s p e c i a l e s , G a b i n e t e s
Sectoriales e Institutos y
Direcciones aprobado mediante
Decreto Ejecutivo Número
PCM-11-2022, dictado en
Consejo de Secretarios de
Estado y publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” en fecha 3
de mayo de 2022, se instruye y
faculta a la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas,
para que nombre una Comisión
Técnica Liquidadora, con
atribuciones plenas en lo
conducente a la liquidación del
personal por contrato y acuerdo,
pago de pasivos y deudas
para lo cual puede requerir
el auxilio de la Secretaría de
Estado en el Despacho de
la Presidencia a través de la
Dirección General de Servicio
Civil, la Secretaría de Estado
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en los Despachos de Trabajo y
Seguridad Social (STSS), las
Gerencias Administrativas de
las instituciones suprimidas y
otras instituciones del Estado si
fuere necesario, quedando esas
obligadas a prestar su inmediata
colaboración.
CONSIDERANDO (7): Que el nombramiento de
l a C o m i s i ó n T é c n i c a
Liquidadora debe efectuarse
en un plazo máximo de 7 días
hábiles, contados a partir de
la publicación del Decreto
Ejecutivo Número PCM-11-
2022, la cual se efectuó en el
Diario Oficial La Gaceta, el 3
de mayo de 2022.
CONSIDERANDO (8): Que el artículo 2 del Decreto
Ejecutivo Número PCM-
11 - 2 0 2 2 , e s t a b l e c e q u e :
las Secretarías de Estado,
P r o g r a m a s , G a b i n e t e s
E s p e c i a l e s y G a b i n e t e s
Sectoriales que se suprimen
mediante el Decreto Ejecutivo
PCM-05-2022, en su artículo 21
deberán proceder a la inmediata
l i q u i d a c i ó n o p e r a t i v a ,
administrativa y financiera,
siendo las instituciones a
suprimir: Secretaría de Estado
en el Despacho de Coordinación
de Gobierno; Secretaría de
Estado en el Despacho de
Transparencia; Despacho
Ministerial de Socialización y
Acompañamiento Digital de
los Proyectos Presidenciales
y la Dirección Nacional de
Intervención Social, ambos
organismos adscritos a la
Secretaría de la Presidencia;
Subsecretaría II, Sub Secretaría
III, Unidad de Apoyo Técnico
P r e s i d e n c i a l , P r o g r a m a
H o n d u r a s , P r o g r a m a d e
Viviendas y Obras Sociales,
todos dependientes de la
Secretaría de Estado en el
Despacho de la Presidencia;
Proyectos Especial Economía
Naranja; Escuela de Alta
Gerencia Pública; Consejo
Presidencial de Economía
Verde; Sistema Presidencial
de Gestión por Resultados
( S P G R ) ; D e s p a c h o d e
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Prioridades Presidenciales e
innovación Pública dependiente
d e l a P r e s i d e n c i a d e l a
República; Gabinete Técnico
para la Formulación de la
Estrategia de Simplificación
Administrativa; Dirección
de Transformación Digital,
como un órgano permanente
al interior de la Secretaría de
Estado en el Despacho de
Finanzas (SEFIN); Inversiones
Estratégicas/MCC-Honduras
(INVEST-H); Programa Vida
Mejor; Secretaría de Estado en
los Despachos de Infraestructura
y Servicios Públicos (INSEP);
Secretaría de Desarrollo e
Inclusión Social; Gabinete
Especial para la reactivación
Económica y Social; el Gabinete
de Gobernabilidad; Gabinete
Sectorial; Gabinete Económico;
Gabinete de Infraestructura,
Servicios y Empresas Públicas;
y el Gabinete de Prevención,
Seguridad y Defensa.
Así mismo, en el artículo 2
del Decreto Ejecutivo Número
PCM-11-2022, se suprimen
i g u a l m e n t e l a D i r e c c i ó n
Ejecutiva de Cultura, Arte y
Deportes (DECAD), la Comisión
Nacional Pro Instalaciones
Deportivas (CONAPID) y el
Instituto Nacional de la Mujer
(INAM), debiendo proceder
a la inmediata liquidación
operativa, administrativa y
financiera.
POR TANTO:
Esta Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, en
aplicación de los Artículos 33, 36 numerales 2), 8), 18) y 24),
116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública;
Artículos 23 y 27 de la Ley de Procedimiento Administrativo;
Decreto Ejecutivo PCM-05-2022 publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de abril del 2022; Decreto
Ejecutivo Número PCM-11-2022, publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” en fecha 3 de mayo del 2022.
ACUERDA:
PRIMERO: Nombrar la Comisión Técnica Liquidadora,
responsable de ejecutar la supresión y
liquidación de las Secretarías de Estado,
Programas, Gabinetes Especiales, Gabinetes
Sectoriales e Institutos, Direcciones y
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Comisiones, establecidas en el artículo 21 del
Decreto Ejecutivo PCM-05-2022, publicado en
el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de abril
del 2022. La Comisión Técnica Liquidadora
estará integrada por un Coordinador y un Sub
Coordinador, un delegado de la Unidad de
Auditoría Interna y un delegado de la Dirección
General de Presupuesto de la Secretaría de
Finanzas; y, un delegado de la Dirección
Nacional de Bienes del Estado y para cada caso
concreto uno o más delegados de la Secretaría
de Estado, ente u organismo creado, que se
relacione con el ente u organismo suprimido.
La Comisión Técnica Liquidadora se integrará
con personal técnico en el área, asesores legales
especializados y personal auxiliar necesario
para el cumplimiento de sus funciones.
Asimismo, podrá conformar comisiones o
equipos de trabajo para efectuar los procesos
con la mayor inmediatez.
SEGUNDO: La Comisión Técnica Liquidadora está facultada
para ejecutar todas las acciones necesarias y
emitir los actos administrativos requeridos para
dar cumplimiento al mandato consignado en los
Decretos Ejecutivos PCM-05-2022 y PCM-11-
2022 dictados por la Presidenta de la República
en Consejo de Secretarios de Estado, en el
sentido de liquidar operativa, administrativa
y financieramente las siguientes instituciones:
1) Secretaria de Estado en el Despacho de
Coordinación de Gobierno; 2) Secretaría de
Estado en el Despacho de Transparencia;
3) Despacho Ministerial de Socialización y
Acompañamiento Digital de los Proyectos
Presidenciales y la Dirección Nacional de
Intervención Social, ambos organismos
adscritos a la Secretaría de la Presidencia; 4)
Sub Secretaría II, Sub Secretaría III, Unidad
de Apoyo Técnico Presidencial, Programa
Honduras, Programa de Viviendas y Obras
Sociales, todos dependientes de la Secretaría
de Estado en el Despacho de la Presidencia;
5) Proyecto Especial Economía Naranja; 6)
Escuela de Alta Gerencia Pública; 7) Consejo
Presidencial de Economía Verde; 8) Sistema
Presidencial de Gestión por Resultados (SPGR);
9) Despacho de Prioridades Presidenciales
e innovación Pública dependiente de la
Presidencia de la República; 10) Gabinete
Técnico para la Formulación de la Estrategia de
Simplificación Administrativa; 11) Dirección
de Transformación Digital, como un órgano
permanente al interior de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN);
12) Inversiones Estratégicas/MCC-Honduras
(INVEST-H); 13) Programa Vida Mejor;
14) Secretaría de Estado en los Despachos
de Infraestructura y Servicios Públicos
(INSEP); 15) Secretaría de Desarrollo e
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Inclusión Social; 16) Gabinete Especial para
la reactivación Económica y Social; 17)
Cinco Gabinetes Sectoriales: Gobernabilidad;
Social; Económico; Infraestructura, Servicios y
Empresas Públicas; y Prevención, Seguridad y
Defensa); 18) Dirección Ejecutiva de Cultura,
Arte y Deportes (DECAD); 19) Comisión
Nacional Pro Instalaciones Deportivas
(CONAPID) y 20) Instituto Nacional de la
Mujer (INAM).
TERCERO: La Comisión Técnica Liquidadora tendrá
atribuciones plenas en lo conducente a la
liquidación del personal por acuerdo, contrato
permanente y temporal (contrato y jornal),
pago de pasivos y deudas de las Instituciones,
Gabinetes y Estructuras Suprimidas, para lo
cual puede requerir el auxilio de la Secretaría
de Estado en el Despacho de la Presidencia
a través de la Dirección General de Servicio
Civil, la Secretaría de Estado en los Despachos
de Trabajo y Seguridad Social (STSS), las
Gerencias Administrativas de las instituciones
suprimidas y otras instituciones del Estado si
fuere necesario, quedando obligadas a prestar
su inmediata colaboración.
CUARTO: La Comisión Técnica Liquidadora al concluir
las liquidaciones de las instituciones suprimidas
deberá presentar un informe a la Presidencia de
la República, sobre las operaciones realizadas
y hallazgos encontrados, asimismo deberá
solicitar al Tribunal Superior de Cuentas
(TSC), la realización de una auditoría detallada
de los activos y pasivos de las entidades
suprimidas y ese órgano constitucional
informará a la Comisión y a la Presidencia
de la República los resultados de la citada
auditoría en el presente ejercicio fiscal, para lo
cual la Comisión Técnica Liquidadora deberá
incluir en el requerimiento de financiamiento
de las liquidaciones, el financiamiento de las
auditorías a realizarse.
QUINTO: Nombrar provisionalmente al Abogado Carlos
Antonio Díaz Sánchez, como Coordinador de
la Comisión Técnica Liquidadora, establecida
en el artículo 1, del Decreto Ejecutivo Número
PCM-11-2022, dictado por la Presidenta de la
República en Consejo de Secretarios de Estado
y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”
en fecha 3 de mayo del 2022.
El Coordinador de la Comisión Técnica
Liquidadora deberá elaborar de inmediato
un plan de trabajo que será validado por la
máxima autoridad de la Secretaría de Estado
en el Despacho de Finanzas (SEFIN), previo
a su ejecución.
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SEXTO: Se delega al Licenciado Roberto Carlos
Ramírez Alvarenga, en su condición de
Subsecretario de Crédito e Inversión Pública
de la SEFIN, para el seguimiento a todos los
procesos que realice la Comisión Técnica
Liquidadora, siendo garante de las funciones
y facultades encomendadas.
SEPTIMO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata
y deberá publicarse en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito
Central, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos
mil veintidós (2022).
NOTIFÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
RIXI MONCADA GODOY
SECRETARIA DE ESTADO
EN EL DESPACHO DE FINANZAS
CLAUDIA REGINA SALOMÓN MÉNDEZ
SECRETARIA GENERAL
Secretaría de Estado en
los Despachos de Turismo
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