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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

10 agosto 2020Edición No. 35,339

Resolución

Resolución No. CREE-082 — Revocación de Resoluciones CREE-009 y CREE-024 y derogación de reglamentos sobre compras de capacidad y juntas de licitación

ACUERDO CREE-082 C O M I S I Ó N R E G U L A D O R A D E E N E R G Í A ELÉCTRICA. TEGUCIGALPA, MUNICIPIO DE DISTRITO CENTRAL A LOS TREINTA Y UN DÍAS DE JULIO DE DOS MIL VEINTE. RESULTANDO: Que la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) ha llevado a cabo un proceso de revisión integral de la regulación del Mercado Eléctrico Nacional en el que aprobó la emisión de un nuevo Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica, mediante Acuerdo CREE-073 de fecha 30 de junio de 2020. Que dentro de los objetivos de la revisión regulatoria antes referida, se busca la simplificación del marco legal que rigen

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo — Autorización para suscripción de Contrato de Préstamo con el BCIE para Proyecto de Modernización del Documento de Identificación

CONSIDERANDO: Que el Gobierno, de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) para la ejecución del Proyecto de Modernización del Documento de Identificación en Honduras (Identifícate). CONSIDERANDO: Que el proyecto tiene como objetivo general mejorar los procesos de identificación del Registro Nacional de las Personas a fin de garantizar confianza en la población hondureña. POR TANTO: En uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 245 numeral 11, 247, 248, 255 de la Constitución de la República, 33, 36 numerales 1 y 2, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA ARTÍCULO 1: Autorizar a la Licenciada ROCIO IZABEL TABORA MORALES, en su condición de Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas y/o a la Licenciada LILIAM ODALIS RIVERA OCHOA, en su condición de Subsecretaria de Crédito e Inversión Pública, para que en nombre y representación del Gobierno de la República de Honduras, suscriban un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) hasta por un monto de Treinta yNueve Millones Cuatrocientos Sesenta y Cuatro Mil Trescientos Quince Dólares de los Estados Unidos de Norte América (US$39,464,315.00), para financiar la ejecución del Proyecto de Modernización del Documento de Identificación en Honduras (Identifícate). ARTÍCULO 2: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata a partir de su aprobación y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta". COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. MARTHA DOBLADO ANDARA Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno Acuerdo de Delegación 023-2018, de fecha 16 de abril, 2018 ROXANA MELANI RODRÍGUEZ Subsecretaria de Finanzas y Presupuesto ________ -- 1 of 3 -- CONSIDERANDO: Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante Decreto No. 61- 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de junio de 2020, se creó la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempeñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, sus disposiciones serán desarrolladas mediante reglamentos al igual que normativas técnicas específicas. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, es función de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica la de expedir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de la Ley y el adecuado funcionamiento del subsector eléctrico. Que de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Administración Pública aplicada de manera supletoria, el las actividades de los agentes que actúan en el Mercado Eléctrico Nacional. Que en apego a lo anterior, en el Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica recientemente aprobado se incluyó, entre otros aspectos, el conjunto de disposiciones que regulan la compra de nueva capacidad de generación que hagan las empresas de distribución, así como una serie de disposiciones relativas a la conformación y actividades de la Junta de Licitación que se involucra en los procesos de nueva compra de capacidad de generación por parte de las empresas distribuidoras. Que las disposiciones relacionadas en el párrafo anterior, originalmente se establecieron en los reglamentos denominados Reglamento de Compras de Capacidad Firme y Energía y Reglamento Interno para Juntas de Licitación, aprobados por la CREE mediante Resoluciones CREE-009 y CREE- 024 de fecha 11 de noviembre de 2015 y 10 de abril de 2017, respectivamente, ambos debidamente publicados en el Diario Oficial “La Gaceta”. Que como resultado de la emisión y aprobación del nuevo Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica, se hace necesario derogar los reglamentos denominados Reglamento de Compras de Capacidad Firme y Energía y Reglamento Interno para Juntas de Licitación. Que mediante Acuerdos CREE-073 y CREE-074, ambos de fecha 30 de junio de 2020, se modificó la Resolución CREE- 009 de fecha 11 de noviembre de 2015, en el sentido de revocar los literales a) y c) del resolutivo “PRIMERO” contenido en la misma y en vista de que dicho acto administrativo sufrirá la revocación de su último literal vigente, que otrora aprobó el Reglamento de Compras de Capacidad Firme y Energía, corresponde entonces revocar el acto administrativo en referencia de manera total. -- 2 of 3 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL órgano que dictó el acto administrativo podrá revocarlo o modificarlo cuando desaparecieren las circunstancias que lo motivaron o sobrevinieren otras que, de haber existido a la sazón, el acto no habría sido dictado, así como también podrá revocarlo o modificarlo cuando no fuere oportuno o conveniente a los fines del servicio para el cual se dictó. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, administrativas, técnicas, operativas, económicas, financieras y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-080-2020 del 31 de julio de 2020, el Directorio de Comisionados acordó emitir el presente acuerdo. POR TANTO La CREE en uso de sus facultades y de conformidad con lo establecido en los Artículos 1, literal A y B, 3 primer párrafo, literal F romano III, literal I, 8 y demás aplicables de la Ley General de la Industria Eléctrica; Artículos 4, 19 numeral 6 y demás aplicables del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica; artículo 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo aplicado de manera supletoria, por unanimidad de votos de los Comisionados presentes, ACUERDA PRIMERO: Revocar la Resolución CREE-009 de fecha 11 de noviembre de 2015, en el sentido de revocar su único literal vigente contenido en la misma, relativo a la aprobación del Reglamento de Compras de Capacidad Firme y Energía, en consecuencia, se deroga el Reglamento de Compras de Capacidad Firme y Energía publicado en fecha 18 de noviembre de 2015 en el Diario Oficial “La Gaceta”, así como su modificación contenida en Resolución CREE-040 publicado en fecha 24 de agosto de 2017, las que quedan sin valor ni efecto. SEGUNDO: Revocar de manera total la Resolución CREE- 024 de fecha 10 de abril de 2017, mediante la cual se aprobó el Reglamento Interno para Juntas de Licitación, en consecuencia, se deroga el Reglamento Interno para Juntas de Licitación publicado en fecha 18 de octubre de 2017 en el Diario Oficial “La Gaceta”. TERCERO: Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 Literal F romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo. CUARTO: Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas a que procedan con la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial “La Gaceta”. QUINTO: El presente acuerdo es de ejecución inmediata. JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA -- 3 of 3 --