Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 006 — Reforma al Plan de Arbitrios del Ejercicio Fiscal 2020 en sus Artículos 19 y 131
Poder Ejecutivo
ACUERDO No.006.- CONSIDERANDO: Que
la Corporación Municipal es el órgano deliberativo
y legislativo de la Municipalidad y tiene entre
sus atribuciones crear, reformar y derogar los
instrumentos normativos de conformidad con la Ley
de Municipalidades. - CONSIDERANDO: Que ha
venido a conocimiento y aprobación de la Corporación
Municipal, por parte de las Gerencias de Atención
al Ciudadano, Recaudación y Control Financier o y
Movilidad Urbana, las reformas a los Artículos 19 y
131 del Plan de Arbitrios año dos mil veinte (2020),
aprobado mediante Acuerdo No.044 contenido en el
Acta No.029 de fechas once y doce de diciembre del
año dos mil diecinueve, publicado en el Diario Oficial
La Gaceta No.35,136 en fecha 30 de diciembre de
2019.- CONSIDERANDO: Que las Corporaciones
Municipales emitirán normas de aplicación general
dentro del término municipal, en asuntos de su
exclusiva competencia, las que deberán comunicarse
por cualquier medio idóneo tales como: prensa escrita,
radio, televisión, avisos y altavoces.- POR TANTO:
La Corporación Municipal del Distrito Central por
unanimidad de votos y en uso de sus facultades y de
conformidad con lo establecido en los Artículos 12
numeral 2), 25 numerales 1), 4) y 7) de la Ley de
Municipalidades; 13 de su Reglamento.- ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Reformar el Plan de
Arbitrios del Ejercicio Fiscal año dos mil veinte (2020),
en sus Artículos 19 y 131, los cuales de ahora en
adelante deberán leerse íntegramente así:
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ABOG. THELMA LETICIA NEDA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
Administración: 2230-3026
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
“CAPÍTULO II.- IMPUESTO SOBRE INDUSTRIA,
COMERCIO Y SERVICIOS. - ARTÍCULO 19.- El
Impuesto sobre Industria, Comercio y Servicios, se
cobrará y pagará de conformidad con lo establecido en
la Ley de Municipalidades, su reglamento y el presente
Plan.
Cuando una persona natural o jurídica quiera poner
en operación un negocio, donde ya operaba uno, la
Alcaldía de oficio realizará una inspección de campo,
con los inspectores de la Gerencia de Atención al
Ciudadano (AER) y cuando el caso lo amerite con
personal del Departamento Municipal de Justicia.
Las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas
que en virtud de la ley estén exentos del pago del
Impuesto Sobre Industria, Comercio y Servicios y
todos los demás interesados en obtener los beneficios
correspondientes, deberán solicitarlo anualmente,
por escrito, ante la Gerencia de Recaudación y
Control Financiero, debiendo esta gerencia emitir la
calificación de exención municipal con base en la
naturaleza de su actividad y el alcance de la ley que
le sirve de fundamento. El beneficio otorgado no les
exime de los procesos de fiscalización y auditoría
que se programen, sin perjuicio de los informes que
periódicamente rindan a la gerencia de recaudación y
control financiero.
Los contribuyentes sujetos al Impuesto de Industria,
Comercio, Servicio deberán solicitar previamente el
permiso de operación cumpliendo con las formalidades
establecidas en el “Reglamento Municipal que
Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado
de Obtención del Permiso de Operación de Negocio
en el Distrito Central”, la falta de cumplimiento de
este permiso de operación no exime al contribuyente
del pago de este impuesto así como el pago de las
correspondientes tasas por prestación de servicios. Este
pago NO legaliza el negocio y tendrá noventa (90) días
para legalizar su respectivo negocio y/o comercio. En
caso de no efectuarse la debida legalización la AMDC
procederá al cierre del mismo.
ARTÍCULO 131.- Estos permisos y su renovación
pagarán de acuerdo a lo siguiente:
a), b), c),
d) Por permiso de estacionamiento de puntos de taxi
colectivos se cobrará trescientos lempiras (L.300.00)
por unidad de forma anual, por microbuses y buses
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interurbanos se cobrará anualmente setecientos
cincuenta Lempiras (L.750.00) por unidad, tarifa
con derecho a veinticinco (25) metros lineales de
estacionamiento.- En cada permiso la Sección de
Ingeniería de Transporte ordenará las modalidades del
estacionamiento de cada unidad motorizada, de acuerdo
al Reglamento Municipal de Tránsito correspondiente y
ordenanzas emitidas por la Corporación.
e)…
….
ARTÍCULO SEGUNDO: Este Acuerdo es de ejecución
inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La
Gaceta y transcribirse a la Gerencia de Atención al
Ciudadano, así como a las dependencias competentes de
esta Municipalidad para su conocimiento y ejecución.
- PUBLÍQUESE Y COMUNÍQUESE. - Sello f) Eva
del Carmen López Peraza, Alcaldesa, por Ley; y los
Regidores: Juan Carlos García Medina, Silvia Consuelo
Montalván Matute, José Javier Velásquez Cruz, Nilvia
Ethel Castillo Cruz, Carlos Roberto Amador, Martha
Alicia García Casco, Martín Stuar Fonseca Zúniga y
Joselyn Marisol Ardón Munguía. - Sello f) Cossette
A. López-Osorio A., Secretaria Municipal”.
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del
Distrito Central, a los doce días del mes de marzo del
año dos mil veinte.
COSSETTE A. LÓPEZ-OSORIO A.
SECRETARIA MUNICIPAL
AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO
La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de
Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley,
HACE CONSTAR: Que la señora NORMA LETICIA
PINEDA SANTOS quien actúa en nombre y representación
de la señora MARIA FLORINDA ALVARADO, ha
solicitado Título Supletorio del Inmueble siguiente: Un Lote
de terreno con un área de DOSCIENTOS SESENTA Y
SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y TRES
CENTESIMAS DE METRO CUADRADO (266.63 m2),
ubicado en el Barrio Brisas San Marqueñas en el casco urbano
de la ciudad de San Marcos, municipio de San Marcos,
departamento de Ocotepeque, con las medidas y colindancias
síguientes: AL NORESTE: Mide Veintiún metros con
cincuenta centímetros (21.50) y colinda con Argentina
Tobías, antes con Norma Liceth Reyes Reyes, Daniela Lizeth
Fajardo Reyes, Daniel Alfonso Fajardo Reyes, Jose Modesto
Fajardo, Miguel Ángel Fajardo Fuentes, Berta Lydia Fajardo
Fuentes, Reyna Yadira Fajardo Fuentes y Jacqueline Fajardo
Fuentes; AL SUROESTE: Mide veintiún metros con, diez
Centímetros (21.10) y colinda con José Santos Melgar Paz,
antes con Norma Liceth Reyes Reyes, Daniela Lizeth Fajardo
Reyes, Daniel Alfonso Fajardo Reyes, Jose Modesto Fajardo
Fuentes, Miguel Angel Fajardo Fuentes, Berta Lydia Fajardo
Fuentes, Reyna Yadira Fajardo Fuentes y Jacqueline Fajardo
Fuentes; AL SURESTE: Mide DOCE METROS CON
CINCUENTA CENTIMETROS (12.50) y colinda con
Iglesia Cantico Nuevo, calle pública de por medio antes con
carretera de Mercedes; y, AL NOROESTE: Mide DOCE
METROS CON SESENTA CENTIMETROS (12.60 Mts.)
y colinda con Miriam Anabel Vasquez, calle pública de por
medio, anteriormente propiedad de los señores Norma Liceth
Reyes Reyes, Daniela Lizeth Fajardo Reyes, Daniel Alfonso
Fajardo Reyes, José Modesto Fajardo Fuentes, Miguel Angel
Fajardo Fuentes, Berta Lydia Fajardo Fuentes, Reyna Yadira
Fajardo Fuentes y Jacqueline Fajardo Fuentes.- El cual han
poseído en forma quieta, pacífica, ininterrumpidamente por
más de dieciséis años.- Representante Legal Abg.- EDGAR
JAVIER MADRID CHINCHILLA.-
Ocotepeque, 20 de junio del 2019
ABOGADA CINDY JOSELIN CARTAGENA PINTO.
SRIA
JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE
OCOTEPEQUE
13M., 16 A. y 20 M. 2020.
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(E.N.A.G.)
Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental
Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339
Suscripciones:
Nombre:___________________________________________________________________________________________
Dirección: _________________________________________________________________________________________
Teléfono: _________________________________________________________________________________________
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1) DECRETA: ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de sus partes el Contrato de Préstamo No.5017/BL-HO,
enviado al Congreso Nacional por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia,
para su discusión y aprobación, dicho contrato fue suscrito a los 30 días del mes de Abril del 2020, entre el Gobierno de
la República Honduras, en su condición de prestatario y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
TEGUCIGALPA
Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al
Poder Judicial.
SAN PEDRO SULA
Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono:
2552-2699.
CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:
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