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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

21 marzo 2020Edición No. 35,206

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-023-2020 — Reforma del Decreto Ejecutivo PCM-005-2020 sobre Estado de Emergencia Humanitaria y Sanitaria

Poder Ejecutivo

DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-023-2020 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 245 numerales 2, 11, 29 y 35 de la Constitucion de la Republica, le corresponde al Presidente de la Republica entre otras atribuciones, dirigir la Politica General del Estado, representarlo, emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, adoptar las medidas de promocion, prevencion, recuperacion y rehabilitacion de la salud de los habitantes, crear, mantener y suprimir servicios publicos y tomar las medidas que sean necesarias para su buen funcionamiento CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 11 de la Ley General de la Administracion Publica, el Presidente de la Republica tiene a su cargo la suprema direccion y coordinacion de la Administracion Publica Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por si o en Consejo de Secretarios de Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Numero PCM-005-2020 de fecha 10 de febrero de 2020 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 10 de febrero de 2020, se declaro ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, en todo el territorio nacional, con el proposito de continuar y fortalecer las acciones de prevencion y control y garantizar la atencion a las personas que estan padeciendo de dengue; asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevencion, control y garantizar la atencion a las personas con infeccion por coronavirus (COVID-19). CONSIDERANDO: Que a la fecha el Sistema de Vigilancia Epidemiologica de la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud, por medio del Laboratorio Nacional de Virologia confirmo mediante examen de laboratorio que hay mas casos confirmados de COVID-19, y que estas medidas extraordinarias se hacen necesarias para la contencion a nivel nacional para contener la propagacion y mitigar los impactos negativos en la salud de las personas y salvar vidas. POR TANTO; En aplicacion de las disposiciones establecidas en los Articulos 59, 65, 145, 233, 245 numerales 1, 2, 11, 29, 45, articulos 248, 321 y 323 de la Constitucion de la Republica; Articulos 11, 17, 18, 22 incisos 9), 29 numeral 5), 116, 117, 119 de la Ley General de la Administracion Publica y su reforma mediante Decreto Legislativo No. 266-2013, Articulos 9, 63 y demas aplicables de la Ley de Contratacion del Estado; articulos 5 y 9 de la Ley del Sistema Nacional de Gestion de Riesgos (SINAGER), Articulo 67 numeral 1 del Reglamento de Organizacion, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; Articulos 1, 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 177, 179, 180, 181, 188 del Codigo de Salud y Decreto Ejecutivo numero PCM-005-2020. DECRETA: ARTICULO 1.- Reformar el Articulo 1 y 7 del Decreto Ejecutivo numero PCM-005-2020 de fecha 10 de febrero de 2020 y publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 10 de febrero de 2020, los cuales se leeran asi: "ARTICULO 1.- Declarar ESTADO DE EMERGENCIA HUMANITARIA Y SANITARIA en todo el territorio nacional, con el proposito de continuar y fortalecer las acciones de prevencion y control y garantizar la atencion a las personas que estan padeciendo de dengue; asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevencion, control y garantizar la atencion a las personas ante la actual ocurrencia de infeccion por coronavirus (COVID-19). La Declaratoria de Emergencia a que se refiere este Decreto Ejecutivo tendra vigencia hasta el 31 de Diciembre del año 2020, misma que podra ser prorrogada. ARTICULO 7.- Se instruye a la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud, a la Comision Permanente de Contingencias (COPECO) y al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), a utilizar de su partida presupuestaria lo que sea necesario para poder hacerle frente a este ESTADO DE EMERGENCIA HUMANITARIA Y SANITARIA, declarado en el presente Decreto, garantizando su manejo de manera transparente y con veeduría social Asimismo, la Secretaria de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperacion Internacional y la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas junto con la Secretaria de Estado en el Despacho de Salud, deben gestionar, la obtencion de recursos financieros, servicios y bienes materiales en calidad de donacion destinados a cubrir todo o parte de la actual emergencia, ante las Agencias Internacionales de Cooperacion y Gobiernos amigos." ARTICULO 2.- El presente Decreto entrara en vigencia el dia de su publicacion en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte (20) dias del mes de marzo del año dos mil veinte (2020). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. JUAN ORLANDO HERNANDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACION GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBALJAIR DIAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONELAYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION. LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACION INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SANCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL MARIA ANTONIA RIVERA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONOMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS. JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ROCIO IZABEL TABORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ARNALDO BUESO HERNANDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACION ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGIA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERIA NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE GABRIEL ALFREDO RUBI PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTION DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES