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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

13 diciembre 2019Edición No. 35,123

Decreto Ejecutivo

Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2019 — Crear el Distrito Turístico Maravillas Coloniales en la zona del Valle de Comayagua

Poder Ejecutivo

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente Constitucional de la República, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública literalmente establece: "El Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada. El Presidente de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros”. CONSIDERANDO: Que Honduras posee un variado patrimonio cultural y gastronómico, cuenta con pueblos y comunidades que atraen por su sorprendente y cautivadora belleza natural como ser: selvas, bosques, cascadas, playas, entre otros. Esta diversidad natural y cultural son elementos esenciales que lo convierten en un excelente destino turístico hacia el mundo. CONSIDERANDO: Que el turismo es uno de los sectores económicos con mayor potencial de crecimiento, constituyéndose en un pilar fundamental para el desarrollo económico y social del país, es por ello que el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-011-2014, hizo la declaración del Sector Turismo como factor prioritario para -- 1 of 4 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL el desarrollo del país, constituyéndola como una Política de Estado. La cual debe tener objetivos y acciones tendientes a la conservación, protección y aprovechamiento integral de los recursos turísticos nacionales. CONSIDERANDO: Que los departamentos de La Paz y Comayagua, cuentan con municipios que se han establecido como destinos turísticos de tipo colonial, religioso, gastronómico y otros atractivos para los turistas nacionales y extranjeros. En virtud de lo anterior, se vuelve necesario crear las condiciones ideales para que el turista visite esta zona con el objetivo de dinamizar su economía, a través de la generación de empleo y la productividad en el sector turístico. POR TANTO: El Presidente de la República, en el uso de las facultades que le confiere los Artículos 235, 245 numerales 1), 2), 11), y 45), 248 y 255 de la Constitución de la República; Artícu- los 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 22 numeral 9), 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas; y, Artículos 3, 10, 11 y 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. DECRETA: ARTÍCULO 1.- Crear el Distrito Turístico en la zona del Valle de Comayagua, denominado como “Maravillas Coloniales”. Este Distrito Turístico debe estar integrado por los municipios siguientes: La Paz y Cane, en el departamento de La Paz; Comayagua, Ajuterique, Lejamaní, Lamaní, en el departamento de Comayagua; así como cualquier otro municipio de la zona que posteriormente se pudiese agregar. ARTÍCULO 2.- Instruir al Instituto Hondureño de Turismo (IHT), a elaborar y desarrollar un Plan Estratégico para la implementación del Distrito Turístico “Maravillas Coloniales”, en coordinación con las autoridades locales, entes gubernamentales y actores de la empresa privada de la zona del Valle de Comayagua, gestionando el apoyo y acompañamiento de la Cooperación Internacional. ARTÍCULO 3.- El presente Decreto Ejecutivo debe entrar en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). -- 2 of 4 -- COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL MARIA ANTONIA RIVERA ROSALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS JULIAN PACHECO TINOCO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD NACIONAL FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL -- 3 of 4 -- ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ELVIS YOVANY RODAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE ROCIO IZABEL TÁBORA MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) GABRIEL ALFREDO RUBÍ PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES -- 4 of 4 --