Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-048-2019 — Crear el Distrito Turístico Maravillas Coloniales en la zona del Valle de Comayagua
Poder Ejecutivo
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO
DE SECRETARIOS DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo
245 de la Constitución de la República, corresponde al
Presidente Constitucional de la República, la Administración
General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la
de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y
Resoluciones conforme a la Ley.
CONSIDERANDO: Que el Artículo 11 de la Ley General
de la Administración Pública literalmente establece: "El
Presidente de la República tiene a su cargo la suprema
dirección y coordinación de la Administración Pública
centralizada y descentralizada. El Presidente de la República
en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en
Consejo de Ministros”.
CONSIDERANDO: Que Honduras posee un variado
patrimonio cultural y gastronómico, cuenta con pueblos y
comunidades que atraen por su sorprendente y cautivadora
belleza natural como ser: selvas, bosques, cascadas, playas,
entre otros. Esta diversidad natural y cultural son elementos
esenciales que lo convierten en un excelente destino turístico
hacia el mundo.
CONSIDERANDO: Que el turismo es uno de los
sectores económicos con mayor potencial de crecimiento,
constituyéndose en un pilar fundamental para el desarrollo
económico y social del país, es por ello que el Presidente
de la República en Consejo de Secretarios de Estado,
mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-011-2014, hizo la
declaración del Sector Turismo como factor prioritario para
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ABOG. THELMA LETICIA NEDA
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
el desarrollo del país, constituyéndola como una Política de
Estado. La cual debe tener objetivos y acciones tendientes a
la conservación, protección y aprovechamiento integral de
los recursos turísticos nacionales.
CONSIDERANDO: Que los departamentos de La Paz y
Comayagua, cuentan con municipios que se han establecido
como destinos turísticos de tipo colonial, religioso,
gastronómico y otros atractivos para los turistas nacionales
y extranjeros. En virtud de lo anterior, se vuelve necesario
crear las condiciones ideales para que el turista visite esta
zona con el objetivo de dinamizar su economía, a través
de la generación de empleo y la productividad en el sector
turístico.
POR TANTO:
El Presidente de la República, en el uso de las facultades
que le confiere los Artículos 235, 245 numerales 1), 2), 11),
y 45), 248 y 255 de la Constitución de la República; Artícu-
los 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 22 numeral 9), 116, 117 y 119 de la
Ley General de la Administración Pública y sus reformas;
y, Artículos 3, 10, 11 y 13 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Crear el Distrito Turístico en la zona
del Valle de Comayagua, denominado como “Maravillas
Coloniales”. Este Distrito Turístico debe estar integrado por
los municipios siguientes: La Paz y Cane, en el departamento
de La Paz; Comayagua, Ajuterique, Lejamaní, Lamaní, en
el departamento de Comayagua; así como cualquier otro
municipio de la zona que posteriormente se pudiese agregar.
ARTÍCULO 2.- Instruir al Instituto Hondureño de Turismo
(IHT), a elaborar y desarrollar un Plan Estratégico para
la implementación del Distrito Turístico “Maravillas
Coloniales”, en coordinación con las autoridades locales,
entes gubernamentales y actores de la empresa privada de
la zona del Valle de Comayagua, gestionando el apoyo y
acompañamiento de la Cooperación Internacional.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto Ejecutivo debe entrar
en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del
mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019).
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COMUNÍQUESE Y PUBLIQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR LEY
EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA
PRESIDENCIA
HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
LISANDRO ROSALES BANEGAS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
MARIA ANTONIA RIVERA ROSALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
JULIAN PACHECO TINOCO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD NACIONAL
FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DEFENSA NACIONAL
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ALBA CONSUELO FLORES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MAURICIO GUEVARA PINTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
ELVIS YOVANY RODAS
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ROCIO IZABEL TÁBORA MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DERECHOS HUMANOS
ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ENERGÍA
NICOLE MARRDER AGUILAR
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
TURISMO
NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y
SANEAMIENTO (SEDECOAS)
GABRIEL ALFREDO RUBÍ PAREDES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS
NACIONALES
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