Decreto Ejecutivo / PCM
Decreto Ejecutivo / PCM No. PCM-026-2019 — Autoriza contratación de servicios técnicos especializados y obras complementarias para Centro Cívico Gubernamental
Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-026-2019
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE
ESTADO,
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 245 de
la Constitución de la República, el Presidente de la República
tiene a su cargo la Administración General del Estado, siendo
entre otras, una de sus atribuciones emitir acuerdos y decretos
y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.
CONSIDERANDO: Que con fundamento a lo establecido en
los Artículos 11 y 17 de la Ley General de la Administración
Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la
suprema dirección y coordinación de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada, quien en el ejercicio
de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros
de conformidad con lo establecido en la Constitución de la
República y las leyes.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-062-2013 publicado en el Diario Oficial “La
Gaceta” No. 33,313 en fecha veintiséis (26) de diciembre
del año dos mil trece (2013) y Decreto Legislativo No. 307-
2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No.33,424
en fecha 12 de mayo del 201, se aprobó el CONTRATO DE
FIDEICOMISO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL
PROYECTO “CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL”,
suscrito entre la Comisión para la Promoción de la Alianza
Público Privada (COALIANZA) y el Banco LAFISE
(HONDURAS), S.A.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-001-2015, publicado en el Diario Oficial
“La Gaceta” No. 33,625 en fecha (07) de enero de (2015),
se declara de interés nacional y prioritario el proyecto de
inversión denominado “Centro Cívico Gubernamental”, en
aplicación a los Artículos 32, 40 y 49 de la Ley de Promoción
de la Alianza Público-Privada.
CONSIDERANDO: Que en fecha 01 de febrero del 2016
se adjudicó el contrato de Alianza Público Privada para la
prestación de los Servicios y el Diseño, Financiamiento,
Demolición, Construcción, Equipamiento, Operación,
Explotación y Mantenimiento de las Instalaciones del Centro
Cívico Gubernamental, al Inversionista Operador Privado
GIA+A. S.A de C.V., iniciando con la suscripción del mismo
el 20 de abril del 2016.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-014-2017, publicado en Diario Oficial La
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Gaceta Número 34,356 de fecha 5 de junio del año 2017,
Artículo 2, se crea la Unidad Ejecutora encargada de la
operación y puesta en marcha de las Obras Complementarias
a cargo del Estado de Honduras, así como del seguimiento y
facilitación de la administración del presupuesto, ejecución y
cumplimiento del Contrato por parte del Estado de Honduras
y del Inversionista Operador Privado, la cual estará adscrita
al Fideicomiso para la Administración del Proyecto Centro
Cívico Gubernamental, suscrito entre la Comisión para la
Promoción de la Alianza Público Privada (COALIANZA)
en su condición de Fideicomitente y Banco LAFISE, S.A. en
su condición de fiduciario, con autonomía de funcionamiento
dentro del marco de sus atribuciones, al cual se deberán
transferir los montos de asignaciones correspondientes a
Obras Complementarias, Obras Adicionales provenientes del
Fidecomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA) o demás
necesarios para su funcionamiento.
CONSIDERANDO: Que a los efectos indicados en el
Considerando anterior y siendo que la operación del Centro
Cívico Gubernamental está próxima a iniciar, surge la
necesidad de contratar apoyo técnico especializado en los
temas de logística para el translado y habitabilidad de las
Instituciones Participantes asi como en temas técnicos
operativos en tecnologías de información para el Proyecto
del “Centro Cívico Gubernamental”.
CONSIDERANDO: Que el Contrato de Alianza Público
Privada supra aludido en el Considerando que precede,
establece en la Cláusula Décima Séptima, numeral 17.3
referente a las Obligaciones principales de la Contratante
durante la etapa de construcción, literal e) Que el Gobierno
de Honduras deberá realizar las Obras complementarias que
responden a las necesidades Operativas y Logísticas que se
deben desarrollar en el Predio “A” dispuesto para el Centro
Cívico Gubernamental, de tal forma que vengan a dinamizar
los procesos operativos y viales con los que debe contar
este importante proyecto de restauración gubernamental del
Estado.
POR TANTO:
En aplicación a los Artículos: 245 numeral 11, 252 y 355 de
la Constitución de la República; Artículos 11 y 17 de la Ley
General de la Administración Pública y su reformas; Artículos
11, 13 numeral 1 de la Ley para la Promoción de la Alianza
Público-Privada y demás leyes aplicables.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizar al Comité Técnico del Fideicomiso
de Administración del “Centro Cívico Gubernamental”, a
contratar los servicios de:
I) Un consultor especializado o varios, según corresponda,
en temas de logística, planificación y procesos para
apoyar a La Contratante y a dicho Comité en el traslado
y habitabilidad del “Centro Cívico Gubernamental”
con el fin de: a) Apoyar en el proceso de formación y
capacitación de servidores públicos previo, durante y
posterior al traslado al “Centro Cívico Gubernamental”;
b) Asesorar en temas de coordinación e implementación
de las acciones de traslado, logística y habitabilidad de
las instituciones participantes del Proyecto del Centro
Civico Gubernamental (CCG); y, c) Demás funciones
que pudieran resultar de la implementación de las dos
actividades anteriores;
II) Contratar los servicios de un consultor especializado o
varios, según corresponda, en temas técnico operativo en
Tecnologías de Información para que apoye y asesore el
desarrollo de las labores de gestión y supervisión de la
infraestructura y servicios tecnológicos del Proyecto del
“Centro Cívico Gubernamental”.
Los honorarios de ambos servicios serán cubiertos con los
recursos disponibles no comprometidos del patrimonio del
Fideicomiso del “Centro Cívico Gubernamental”, previa
aprobación del Comité Técnico.
ARTÍCULO 2-. Autorizar al Comité Técnico del Fideicomiso
de Administración del “Centro Cívico Gubernamental” a
contratar los diseños y la supervisión de:
i) Las Obras Complementarias a cargo del Estado de
Honduras; y,
ii) Las Obras Complementarias exteriores y viales a cargo
del Estado de Honduras y demás obligaciones contraídas
mediante Contrato Alianza Público Privada para la
ejecución del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental”
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(Contrato APP). Estas contrataciones serán cubiertas
con los Recursos Disponibles fideicometidos destinados
a financiar la ejecución y construcción de las Obras
Complementarias del Contrato APP, según Decreto
Ejecutivo Número PCM - 018-2018, publicado en el Diario
Oficial “La Gaceta” No. 34,931 de fecha veintinueve (29)
de abril del año dos mil diecinueve (2019).
ARTÍCULO 3.- Derogar el Decreto Ejecutivo Número PCM-
014-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” Número
34,356, en fecha cinco (5) de junio del año 2017.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto Ejecutivo debe entrar
en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial
“La Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los seis (06) días del mes de
junio del año dos mil diecinueve (2019).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR
LEY.
EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA
PRESIDENCIA.
HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN.
MARÍA DOLORES AGÜERO LARA
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL.
REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL.
ARNALDO CASTILLO FIGUEROA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.
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JULIAN PACHECO TINOCO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD NACIONAL.
FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DEFENSA NACIONAL.
ALBA CONSUELO FLORES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
ARNALDO BUESO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN.
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
MAURICIO GUEVARA PINTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERIA
JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ROCIO IZABEL TABORA MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DERECHOS HUMANOS.
ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ENERGÍA.
ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
TURISMO
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