Decreto Ejecutivo
Decreto Ejecutivo No. PCM-009-2019 — Incorporación del Programa Iluminando Sonrisas al Programa Escuelas Saludables
Poder Ejecutivo
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS
DE ESTADO,
CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 245
numerales 2 y 11 de la Constitución de la República de
Honduras, corresponde al Presidente Constitucional de la
República, entre otras atribuciones, dirigir la política general
del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos y
expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
CONSIDERANDO: Que en consonancia con el Artículo
4 de la Ley General de Administración Pública, reformado
mediante Decreto Legislativo No. 266-2013, publicado el
veintitrés (23) de enero del 2014, manifiesta que la creación,
modificación o supresión de las Secretarías de Estado o de
los Organismos o Entidades Desconcentradas, solamente
puede ser hecha por el Presidente de la República en Consejo
de Secretarios de Estado.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Artículo 11
de la Ley General de Administración Pública, el Presidente
de la República tiene a su cargo la suprema dirección y
coordinación de la Administración Pública Centralizada y
Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones,
actuar por sí o en Consejo de Ministros.
CONSIDERANDO: Que según lo establecido en el Artículo
14 numerales 2, 3 y 4 de la Ley General de Administración
Pública reformado mediante el Decreto Legislativo No. 266-
2013, el Presidente de la República por Decreto en Consejo
de Secretarios de Estado puede fusionar las dependencias
internas que dupliquen funciones o actividades, o que
fusionadas puedan desempeñarse eficientemente, igualmente,
suprimir dependencias internas cuando sea necesario o
conveniente para los fines de la Administración Pública y
reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la
Administración Pública demande.
CONSIDERANDO: Que al tenor de lo establecido en el
Artículo 29 numeral 4) de la Ley General de Administración
Pública reformado, es competencia de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social, entre
otras le corresponde: “Lo concerniente a la formulación,
coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas
en materia de desarrollo e inclusión social de reducción de
la pobreza; así como de la planificación, administración y
ejecución de los programas y proyectos que se derivan de
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ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia MirafIores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
esas políticas y los que vayan dirigidos a grupos vulnerables
y los orientados a la niñez, juventud, pueblos indígenas y
afrohondureños, discapacitados y personas con necesidades
especiales y adultos mayores”.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo
Número PCM-001-2000, fue creado el “PROGRAMA
ESCUELAS SALUDABLES”, el cual tiene por objeto
mejorar la condición de vida, especialmente de la
comunidad escolar para fomentar en la misma el desarrollo
de conductas, habilidades y destrezas orientadas a la práctica
y consideración de la salud, favoreciendo la formación del
conocimiento, actividades y prácticas relacionadas a la
salud, alimentación y nutrición.
CONSIDERANDO: Que el “PROGRAMA SOCIAL
ILUMINANDO SONRISAS” también conocido como
“Construyendo Sonrisas”, nace con el apoyo financiero de
Gobierno de Taiwán mediante el Convenio de Cooperación
suscrito entre el Gobierno de Honduras y el Gobierno de la
República de China-Taiwán, teniendo como principal objeto
brindar servicios odontológicos a través de campañas de
fluorización y educación dental, impartidas por especialistas.
CONSIDERANDO: Que para un eficaz desempeño
de las funciones propias de la Secretaría de Estado
en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social,
resulta necesario la incorporación del “PROGRAMA
ILUMINANDO SONRISAS” al “PROGRAMA ESCUELAS
SALUDABLES”, a fin de efectuar la coordinación y
articulación interinstitucional de manera sistemática y
ordenada, procurando las actividades tendientes a mejorar de
manera progresiva las condiciones de vida de la comunidad
escolar, focalizándose en el área de la salud, lo cual
garantizará un mayor impacto social.
POR TANTO,
En aplicación de los Artículos 245 numerales 2 y 11 de la
Constitución de la República; Artículos 4, 5, 7, 11, 14, 22, 29
numeral 4), Artículos 36 numeral 8, 116, 117 y 119 de la Ley
General de la Administración Pública y su reforma mediante
Decreto Legislativo No, 266-2013.
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Incorporar el Programa “ILUMINANDO
SONRISAS” actualmente dependiente de la Secretaría de
Estado en el Despacho de la Presidencia al “PROGRAMA
ESCUELAS SALUDABLES” dependiente de la Secretaría
de Estado en los Despachos de Desarrollo e Inclusión Social.
ARTÍCU LO 2.- Se incorpora el “PROGRAMA ILUMINADO
SONRISAS” al “PROGRAMA ESCUELAS SALUDABLES”
dependiente de la Secretaría de Estado en los Despachos de
Desarrollo e Inclusión Social, absorbiendo, asimismo sus
activos, presupuestos, bienes muebles e inmuebles, tangibles
e intangibles (Cuentas bancarias, concesiones, créditos
mercantiles en general) y demás cargas dentro de la categoría
enunciada. Se insta a la Secretaría de Finanzas, para que a
través de su Dirección General de Bienes Nacionales proceda
a realizar los descargos de bienes muebles e inmuebles
asignados al “Programa Iluminando Sonrisas” y su posterior
asignación al “Programa Escuelas Saludables”.
ARTÍCULO 3.- Su estructura administrativa será establecida
mediante Acuerdo Ministerial.
ARTÍCULO 4.- El presente Decreto entra en vigencia el día
de su publicación el Diario Oficial “La Gaceta”.
Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa,
municipio del Distrito Central, a los trece (13) días del mes
de febrero del año dos mil diecinueve (2019).
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COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO, POR
LEY
EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA
PRESIDENCIA
HÉCTOR LEONEL AYALA ALVARENGA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN
MARÍA DOLORES AGÜERO LARA
SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN
INTERNACIONAL
REINALDO ANTONIO SÁNCHEZ RIVERA
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL
ARNALDO CASTILLO FIGUEROA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DESARROLLO ECONÓMICO
ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS
JULIAN PACHECO TINOCO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SEGURIDAD NACIONAL
FREDY SANTIAGO DÍAZ ZELAYA
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DEFENSA NACIONAL
ALBA CONSUELO FLORES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
SALUD
ARNALDO BUESO
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
EDUCACIÓN
CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
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MAURICIO GUEVARA PINTO
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
JOSÉ ANTONIO GALDAMES FUENTES
SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE
RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
ROCÍO IZABEL TÁBORA MORALES
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
FINANZAS
KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR
SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
DERECHOS HUMANOS
ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
ENERGÍA
ERNIE EMILIO SILVESTRI THOMPSON
SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE
TURISMO
Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-011-2019
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