Acuerdo Ejecutivo
Acuerdo Ejecutivo No. 147-2018 — Transferencia de bien inmueble ubicado en El Zarzal a favor de la Secretaría de Coordinación General de Gobierno
Poder Ejecutivo
Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 23 de enero de 2018
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que el artículo 245 de la Constitución
de la República de Honduras en su numeral 11, establece que
es atribución del Presidente de la República emitir acuerdos
y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a
Ley.
CONSIDERANDO: Que el artículo 11 de la Ley General
de la Administración Pública estatuye que el Presidente
de la República tiene a su cargo la suprema dirección y
coordinación de la Administración Pública Centralizada y
Descentralizada.
CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son
colaboradores del Presidente de la República en la orientación,
coordinación, dirección y supervisión de los órganos y
entidades de la Administración Pública Nacional, en el área de
su competencia.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 29
reformado de la Ley General de la Administración Pública,
la Secretaría de Coordinación General de Gobierno tiene
como atribuciones las siguientes: Auxiliar al Presidente de la
República en la coordinación de la administración pública;
la planificación estratégica, en el marco de la Visión de País
y Plan de Nación; la definición de las políticas generales;
la asignación de los recursos para el logro de los objetivos
y metas definidos por el Presidente de la República en el
plan estratégico anual y plurianual por sectores, mediante
articulación del Subsistema de Presupuesto y el Programa
de Inversión Pública; los mecanismos y procedimientos de
seguimiento y evaluación de los resultados de la gestión
del Gobierno; las recomendaciones al Presidente de la
República para mejorar la eficacia y el impacto de las
políticas y programas gubernamentales, la transparencia en
la asignación y uso de los recursos, la promoción de igualdad
de oportunidades; la formulación y ejecución de políticas y
programas de transparencia y lucha contra la corrupción, el
desarrollo de la ética pública, la rendición de cuentas y la
coordinación de los controles internos; el análisis, proposición
y ejecución de los planes para la modernización y reforma
del Estado; las estadísticas nacionales y la supervisión del
sistema de recaudación tributaria.
CONSIDERANDO: Que actualmente la Secretaría de
Finanzas ostenta la titularidad dominical del bien inmueble
donde opera la Secretaría de Coordinación General de
Gobierno, el cual se encuentra ubicado en el lugar denominado
-- 1 of 2 --
ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO
JORGE ALBERTO RICO SALINAS
Coordinador y Supervisor
Colonia Miraflores
Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Administración: 2230-3026
Planta: 2230-6767
CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
“El Zarzal” del municipio del Distrito Central, el cual se
encuentra inscrito bajo asiento No. 1 de la matrícula No.
0000335007 del Instituto de la Propiedad.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 2
del Reglamento del Decreto Legislativo No. 274-2010, la
transferencia es el traslado de dominio de una propiedad
fiscal que se realiza entre entidades de la Administración
Pública Centralizada y Descentralizada.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo
4 del Decreto Ejecutivo No. PCM-047-2015 de fecha 2 de
septiembre del 2015 y publicado en el Diario Oficial La
Gaceta del 14 de septiembre del 2015, le corresponde a
la Dirección Nacional de Bienes del Estado la función de
autorizar las transferencias de bienes fiscales.
CONSIDERANDO: Que el artículo 19 numeral 3) de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República prescribe
que el Procurador General de la República tiene, entre otras,
la atribución de comparecer en representación del Estado
conforme a las instrucciones del Presidente de la República
como titular del Poder Ejecutivo en el otorgamiento de los
actos y contratos en que estuviere interesado el Estado.
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.
031-2015, el Presidente Constitucional de la República,
delegó en el Secretario de Coordinación General de Gobierno,
la potestad de firmar Acuerdos Ejecutivos que según la Ley
de la Administración Pública, son potestad del Presidente de
la República.
POR TANTO
En el uso de las facultades de que está investido y en
aplicación de los artículos: 245 numerales 5 y 11, de la
Constitución de la República; 10, 33, 116, 118, 119, 122 de
la Ley General de la Administración Pública; 3, 26 de la Ley
de Procedimiento Administrativo; 19 numeral 3) de la Ley
Orgánica de la Procuraduría General de la República; 4 y
7 del Decreto No. 274-2010 de fecha 11 de enero del 2011,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 16 de marzo del
2011; 2 del Reglamento del Decreto Legislativo No. 274-
2010 y 4 del Decreto Ejecutivo No. PCM-047-2015 de fecha
2 de septiembre del 2015 y publicado en el Diario Oficial La
Gaceta del 14 de septiembre del 2015.
ACUERDA:
PRIMERO: Instruir a la Procuraduría General de la
República (PGR), a la Secretaría de Estado en el Despacho
de Finanzas (SEFIN) y a la Dirección Nacional de Bienes
del Estado (DNBE) para que en el ámbito de sus respectivas
competencias, se efectúe la transferencia del bien inmueble
ubicado en el lugar denominado “El Zarzal” del municipio
del Distrito Central, el cual se encuentra inscrito bajo asiento
No. 1 de la matrícula No. 0000335007 del Instituto de la
Propiedad a favor de la Secretaría de Estado en el Despacho
de Coordinación General de Gobierno.
SEGUNDO: El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en
vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO
Secretario de Estado de la Secretaría de Coordinación
General de Gobierno
Por Delegación según Decreto Ejecutivo No.031-2015
WILFREDO CERRATO RODRÍGUEZ
Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas
-- 2 of 2 --
Ver como documento individual→